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Identificación del fenómeno de alienación parental en los procesos de separación

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ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 1 
 
 
Identificación del Fenómeno de Alienación Parental en los Procesos de Separación Familiar 
y su Efecto en las Decisiones Judiciales sobre Custodia y Cuidado Personal, 2016 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
María Cecilia Riascos 
Mayo 2017 
 
 
 
 
 
 
Universidad Libre – Seccional Cali 
Facultad de Derecho 
Derecho, Ciencias Políticas y Sociales 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 2 
 
 
Dedicatoria 
 
Toda mi atención en el desarrollo de este trabajo lo dedico con cariño a todos los niños, niñas y 
adolescentes de nuestra sociedad que merecen el respeto a sus derechos fundamentales, entre 
ellos, a mantener lazos amorosos con sus progenitores y demás parientes, a pesar de la disolución 
del núcleo familiar. 
 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 3 
 
Agradecimientos 
 
Mi agradecimiento a todos... 
A Dios por ser mi guía y por brindarme la capacidad y la fortaleza para concluir mi objetivo. 
A mi madre Isaura por su cariño y apoyo incondicional, a mis hijas Sussan y Vicky por motivar 
mis días, a mis nietas Samantha y Valeria por su amor, alegría, comprensión y paciencia en la 
espera de culminar mi carrera, a mi hermana Socorro por su cariño, a mi Yerno Daniel por su 
innegable colaboración. 
A mis amigos que de una u otra manera me brindaron su colaboración y se involucraron en este 
proyecto: Argenis, Adriana, Blanca, Gloria, Olga, Jhon Jairo, Leyzer, y a todos aquellos 
compañeros de clase que hicieron grata la estancia en las aulas. 
Extiendo este reconocimiento a todos los maestros de mi educación superior, quienes me han 
dado las pautas para mi formación profesional. 
Destaco mi agradecimiento a los Profesores de mi alma mater: Dra. Virginia Gutiérrez 
<Directora Trabajo Grado>, Lic. Holbein Giraldo <Tutor Metodológico> y Dr. Emilson 
Palacios, por su orientación en el desarrollo de esta investigación. A los profesores Jesús Alberto 
Aguilar y Arnoldo Collazos por su participación como Jurados. 
A la Profesora Lucy Sánchez, Trabajadora Social y Especialista en Intervención Familiar de la 
Universidad del Valle por sus valiosos aportes para el desarrollo de este tema. 
Agradezco a las Autoridades Académicas de la Universidad Libre - Seccional Cali, a la 
Subsecretaría de Policía y Justicia de la Alcaldía de Santiago de Cali, a todos los funcionarios de 
las Comisarías de Familia de Cali, por su invaluable apoyo para hacer posible el trabajo de 
campo de esta investigación. 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 4 
 
 
Tabla de Contenido 
 
Introducción ................................................................................................................................8 
Capítulo 1. Alienación Parental como Forma de Violencia Psicológica que Afecta a Niños, Niñas 
y Adolescentes .......................................................................................................................... 11 
1.1 Historia de la Alienación Parental ............................................................................... 11 
1.1.1 Surgimiento del Síndrome de Alienación Parental. .................................................... 12 
1.1.2 Identificación del Síndrome de Alienación Parental. ................................................. 13 
1.2 Definición Conceptual de Alienación Parental ............................................................ 14 
1.2.1 Violencia psicológica. ............................................................................................... 15 
1.2.2 Alienación parental (definición). ............................................................................... 18 
1.3 Países que han Legislado o están en Vías de Legislar, sobre el Maltrato Infantil 
denominado “Alienación Parental” ........................................................................................ 20 
1.3.1 Legislación sobre alienación parental en Estados Unidos. ........................................ 20 
1.3.2 Legislación sobre alienación parental en España. ..................................................... 22 
1.3.3 Legislación sobre alienación parental en Brasil. ....................................................... 25 
1.3.4 Legislación sobre alienación parental en Argentina. ................................................. 25 
1.3.5 Legislación sobre alienación parental en México. ..................................................... 26 
1.3.6 Legislación sobre alienación parental en otros países. .............................................. 27 
Conclusión. ........................................................................................................................ 28 
Capítulo 2. La Legislación Colombiana frente al Fenómeno de la Alienación Parental .............. 30 
2.1 Antecedentes sobre el Fenómeno de Alienación Parental en Colombia ........................ 34 
2.2 Proyectos de Ley sobre el Fenómeno de Alienación Parental en Colombia .................. 44 
2.2.1 Proyecto de Ley No.249 de 2008. .............................................................................. 44 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 5 
 
2.2.2 Proyecto de Ley No.108 de 2011 Cámara. ................................................................. 48 
2.2.3 Proyecto de Ley No.035 de 2014 Cámara. ................................................................. 52 
2.3 Jurisprudencia sobre el Fenómeno de Alienación Parental en Colombia ...................... 54 
2.3.1 Sentencia T-408 de 1995. .......................................................................................... 55 
2.3.2 Sentencia T-884 de 2011. .......................................................................................... 56 
2.3.3 Proceso N°35393. ..................................................................................................... 57 
2.3.4 Casación 40455. ........................................................................................................ 58 
2.4 Análisis de la Ausencia de Normatividad para Regular la Alienación Parental en 
Colombia ............................................................................................................................... 59 
Conclusión. ........................................................................................................................ 63 
Capítulo 3. Identificación del Fenómeno de Alienación Parental en Procesos de Ruptura Familiar 
en Santiago de Cali y su Efecto en las Decisiones Judiciales sobre Custodia y Cuidado Personal
 ................................................................................................................................................. 65 
3.1 Revisión Documental .................................................................................................. 65 
3.1.1 Objetivo de la Revisión Documental. ......................................................................... 65 
3.1.2 Ficha Técnica de la Revisión Documental ................................................................. 66 
3.1.3 Descripción de la Revisión Documental. ................................................................... 67 
3.2 Resultados de Variables Cuantitativas ......................................................................... 68 
3.3 Resultados Variables Cualitativas ............................................................................... 73 
Conclusión. ........................................................................................................................ 76 
Propuestas ................................................................................................................................. 77 
 
 
 
 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 6 
 
 
 
Lista de Tablas 
 
Tabla 1. Estadísticas de divorcios y disolución de uniones maritales de hecho en Colombiahasta 
2016. ......................................................................................................................................... 31 
Tabla 2. Descripción de la Revisión Documental. ..................................................................... 68 
 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 7 
 
Lista de Gráficas 
 
Gráfica 1. Resultado Encuesta Profesionales en Derecho, Psicología y Trabajo Social sobre 
Conocimiento del SAP. .............................................................................................................. 35 
Gráfica 2. Resultado de la Encuesta sobre Alienación Parental como forma de Maltrato Infantil.
 ................................................................................................................................................. 36 
Gráfica 3. Resultado de la Encuesta de Conocimiento de Norma sobre el SAP.......................... 37 
Gráfica 4. Resultado de la Encuesta sobre Legislación Colombiana frente al SAP. ................... 38 
Gráfica 5. Resultado de la Encuesta sobre SAP como Causal de Demanda en Procesos 
Judiciales. ................................................................................................................................. 39 
Gráfica 6. Resultado de la Encuesta sobre Consulta Interdisciplinaria en Procesos de SAP...... 40 
Gráfica 7. Resultado de la Encuesta sobre Guarda y Custodia Compartida. ............................. 40 
Gráfica 8. Resultado de la Encuesta sobre Régimen de Convivencia Familiar. ......................... 41 
Gráfica 9. Resultado de la Encuesta sobre el Tema de Alienación Parental en la Cátedra de 
Derecho de Familia................................................................................................................... 42 
Gráfica 10. Resultado Revisión Documental sobre Tipo de Violencia IntraFamiliar. ................ 70 
Gráfica 11. Resultado Revisión Documental sobre Prevalencia Sujeto Alienante. ..................... 70 
Gráfica 12. Resultado Revisión Documental sobre Prevalencia Sujeto Alienado. ...................... 71 
Gráfica 13. Resultado Revisión Documental sobre Edad Promedio del Sujeto Ofendido. .......... 72 
Gráfica 14. Resultado Revisión Documental sobre Características de la Violencia Sicológica en 
SAP. .......................................................................................................................................... 73 
 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 8 
 
 
Introducción 
 
Esta investigación nace de un propósito, más allá de cumplir un requisito para obtener el título de 
Abogada, de señalar una de tantas problemáticas que afectan la integridad física y emocional de 
los sujetos centrales de este estudio que se presentan de manera sutil en la cotidianidad de las 
relaciones intrafamiliares, cuyo fundamento está estipulado en el artículo 44 de nuestra Carta 
Magna (Constitución Política de Colombia Anotada, 2012), en la cual Colombia superpone la 
atención y defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes sobre los de los demás, y 
delega en principio de corresponsabilidad esta función en el Estado, la familia, la comunidad en 
general y los órganos judiciales. 
 
El tema sobre el fenómeno de Alienación Parental que aquí se presenta, deviene de los 
procesos de ruptura del núcleo familiar, por tanto es importante señalar que Antonio Ríos Sarrió 
(2009, págs. 61-81) contempla dos tipos de conflictos, los que surgen del divorcio saludable, en 
el cual a pesar de la reestructuración del sistema familiar, se procura mantener armónicamente 
las relaciones entre padres e hijos y entre hermanos, preservando el bienestar de los hijos, y 
aquellos conflictos generados en el divorcio sintomático, en el que se presenta confusión de los 
roles familiares y alteración de los patrones de identidad, generando sentimientos de culpa, 
resentimiento, evasión de responsabilidades, situación que conduce al descuido y desprotección 
de los hijos y donde su principal característica es la constante manifestación de violencia física y 
psicológica lo que hace necesario la intermediación judicial. 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 9 
 
Es evidente que un proceso de separación familiar genera conflictos acerca de la custodia y 
cuidado personal de los hijos lo que conlleva a una confrontación de derechos fundamentales, 
tanto de padres como de hijos, en el que deben prevalecer los derechos de los niños, niñas y 
adolescentes (2012, pág. 73), entre ellos el de conservar amorosos lazos familiares con ambos 
progenitores y gozar de la protección y cuidados para su normal desarrollo. 
 
En Colombia desde los años 80 se percibe el auge de este fenómeno social por el alto número 
de divorcios y separaciones de hecho, muchos de los cuales han llegado a los estrados judiciales 
como consecuencia de la dificultad para establecer acuerdos sobre la custodia y cuidado personal 
de los niños, niñas y adolescentes, situación que también se ve reflejada en los informes que el 
notariado colombiano remite a la Superintendencia de Notariado y Registro, donde las cifras de 
divorcio son alarmantes. 
 
Generalmente los conflictos por custodia entre los progenitores, provienen de un deseo de 
venganza por parte de uno hacia el otro padre que dio origen a la ruptura y/o separación del 
núcleo familiar, la mayoría de los casos por infidelidad, y consideran que el mayor castigo es 
separarlo de los hijos. Otro problema que se observa al decidir la custodia, es el desconocimiento 
y/o rechazo de la actual diversidad de modelos de la estructura y dinámica familiar, donde 
muchos padres ya están involucrados en el cuidado personal de los hijos y quieren seguir 
participando activamente aún después del divorcio y/o la separación, pero se deja ésta a la 
madre, considerada como la figura principal del cuidado de los hijos, factor característico y 
tradicional de la cultura occidental. 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 10 
 
En la legislación colombiana es poco lo que se ha avanzado en este asunto, por eso surge la 
necesidad de realizar este tipo de investigaciones que permitan presentar propuestas para ampliar 
la literatura del tema en referencia y definir una línea estructurada desde la doctrina y la 
jurisprudencia. 
 
En esta investigación se presenta un estudio del abordaje jurídico en la legislación colombiana 
frente a procesos en los que se percibe expresa o tácitamente el Síndrome de Alienación Parental, 
conocido con la abreviatura SAP y en inglés con la abreviatura PAS Parental Alienation 
Syndrome, para lo cual se hace necesario identificar sus elementos de origen, su definición y 
relación con el área jurídica, conocer la legislación sobre este concepto en diferentes países, 
finalmente mostrar la importancia que representa para la sociedad colombiana el reconocimiento 
de este fenómeno, entendido desde el punto de vista jurídico como una forma de violencia 
psicológica y emocional que afecta a niños, niñas y adolescentes en el contexto de los procesos 
de separación conyugal y/o ruptura del núcleo familiar donde no existe acuerdo sobre la custodia 
y el cuidado personal. 
 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 11 
 
 
Capítulo 1. Alienación Parental como Forma de Violencia Psicológica que Afecta a Niños, 
Niñas y Adolescentes 
 
En este capítulo se abordará todo lo relacionado con el término de Alienación Parental que 
facilite la comprensión de este fenómeno y su identificación como forma de violencia 
psicológica que afecta el bienestar integral de los niños, niñas y adolescentes, tales como sus 
elementos de origen, su definición y relación con el área jurídica, se señalarán los países donde 
se ha legislado sobre este concepto y se hará referencia a los autores más destacados sobre el 
tema en algunos de ellos. 
 
Paraempezar es necesario esclarecer que según el diccionario de la Real Academia Española, 
el término alienación se refiere a la limitación o condicionamiento de la personalidad de un 
individuo, así mismo, como procede del verbo alienar que significa privar de algo, en relación 
con el tema que se estudia, se puede inferir la alienación parental como la interferencia al 
derecho de tener una familia y no ser separada de ella (2012, pág. 73). 
 
1.1 Historia de la Alienación Parental 
Es importante señalar que este fenómeno, si bien fue identificado en los Estados Unidos 
alrededor de los años 80, tiene un carácter universal por su relación inicial en los procesos de 
divorcio y rupturas del núcleo familiar, por lo cual este estudio recoge conceptos y legislación 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 12 
 
sobre el tema abordado en diferentes países de América y Europa, que se mostrarán en el 
desarrollo de este capítulo. 
 
1.1.1 Surgimiento del Síndrome de Alienación Parental. El término Síndrome de Alienación 
Parental surge como una conclusión de la práctica privada del psiquiatra estadounidense Richard 
A. Gardner (The Parental Alienation Syndrome., 1998), siendo éste el primero en hacer 
referencia a este fenómeno, quien notó una serie de conductas entre sus pacientes afectados por 
situaciones de divorcio que generaban fuertes contiendas por la custodia de los niños. 
 
El doctor Richard Gardner, psiquiatra del niño y del adulto, psiquiatra forense y profesor 
clínico de psiquiatría de la Universidad de Columbia, manifestó que el SAP consistía en que un 
progenitor alienaba a un niño en contra del otro progenitor con el fin de obtener la custodia para 
sí (Rivera Ragland & Fields, 2003, pág. 10), fenómeno universal que apareció en la década de 
los 80 como consecuencia de la crisis de la institución familiar. 
 
Gardner propuso la inclusión del SAP en el Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos 
mentales (en inglés, Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders, abreviado DSM), 
editado por la Asociación Estadounidense de Psiquiatría (en inglés, American Psychiatric 
Association, abreviado APA), pero no fue aceptada por considerar que se trataba de un cuadro 
clínico inducido en el niño, niña o adolescente, por uno de los progenitores como respuesta a una 
disfunción relacional familiar y por ende tampoco cumplía los estandares de la CIE-10 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 13 
 
(Clasificación Internacional de las Enfermedades (CIE) de la Organización Mundial de Salud 
(OMS)). 
 
El DSM es una obra que contiene una clasificación de los trastornos mentales y proporciona 
descripciones claras de las categorías diagnósticas, con el fin de que los clínicos e investigadores 
de las ciencias de la salud puedan diagnosticar, estudiar e intercambiar información y tratar los 
distintos trastornos mentales, como se puede apreciar en los fundamentos históricos de la 
Introducción del DSM-IV. (Juan J. López-Ibor Aliño, American Psychiatric Association, Manuel 
Valdés Miyar, 2003) 
 
Debido a la notable repercusión en un comportamiento de inadaptación social de los niños, 
niñas y adolescentes a nivel global como consecuencia de este fenómeno y su impacto jurídico, 
actualmente la OMS estudia la inclusión del SAP en la quinta edición del DSM-V y I 
Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Otros Problemas de Salud, edición 
décimoprimera (ICD-11). 
 
1.1.2 Identificación del Síndrome de Alienación Parental. Gardner, si bien introdujo la 
definición del PAS en 1985 (1998), retoma este concepto en el 2006 estableciendo además un 
comparativo entre Alienación Parental y el Síndrome de Alienación Parental, en el cual señala 
que el SAP se presenta principalmente en contextos de disputa de los padres por la custodia de 
los hijos menores pero no excluye que pueda darse este conflicto entre los padres y otros 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 14 
 
parientes, como pueden ser los padrastros, los abuelos y tíos. Considera que existen dos factores 
principales en la aparición del SAP y son, de un lado el lavado de cerebro que hace un progenitor 
a uno de los niños en contra del otro progenitor y por otro, la contribución del mismo niño en la 
campaña de denigración de dicho progenitor. (Richard A. Gardner, S. Richard Sauber, 
Demosthenes Lorandos., 2006). 
 
El SAP se constituye en una forma de violencia, que afecta especialmente a los niños de más 
corta edad. Usualmente, tanto el infante como el adolescente puede mostrar una actitud de 
indiferencia, generalmente es una actitud de pasividad frente al problema; no obstante, se 
presenta un deterioro en las estructuras orgánicas, psíquicas y de ejecución social que alteran la 
personalidad del menor de edad y afecta a todos los integrantes del núcleo familiar. (Bautista 
Castelblanco, 2007, págs. 65-72) 
 
1.2 Definición Conceptual de Alienación Parental 
Para explicar el fenómeno del SAP, desde el enfoque socio jurídico como una forma de violencia 
psicológica que afecta a niños, niñas y adolescentes, se consultó un artículo publicado en la Red 
de Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal (Redalyc) por Lucy 
Bautista, Magíster en Psicología Clínica de la Universidad Santo Tomás y autora colombiana, en 
el que desarrolla claramente el concepto de violencia psicológica como manipulación mental, 
acoso psicológico y violencia pasiva en el marco de la dinámica relacional familiar. 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 15 
 
1.2.1 Violencia psicológica. A continuación se describe cada uno de los conceptos de violencia 
que permiten identificar el fenómeno de Alienación Parental y algunos ejemplos de sus 
manifestaciones: 
 La manipulación mental. Consiste en una influencia directa o indirecta de un progenitor 
en el niño, niña y adolescente, con un interés personal de alterar negativamente la 
percepción que éste tiene del otro progenitor. 
 
Esta forma de violencia psicológica, que puede ser ejercida por otros parientes cercanos 
<abuelos, tíos>, en realidad vulnera derechos fundamentales del niño, niña y adolescente, al 
limitar su libertad y autonomía para formar sus propios criterios y valores que le permitan tomar 
decisiones sobre su propia vida. 
 
En algunos niños, niñas y adolescentes, esta influencia puede afectar la percepción de sí 
mismos en el desarrollo de sus procesos de identificación y tipificación sexual, conceptos, roles, 
adaptación social y en algunas ocasiones, pueden tener manifestaciones o reacciones fisiológicas 
como consecuencia del temor a expresar sus propias opiniones y/o sentimientos. 
 
Características de este tipo de violencia son: los comentarios despectivos, exaltar las 
desventajas laborales, la crítica negativa y malintencionada, la burla, el chantaje afectivo. 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 16 
 
De esta manera se vulnera la dignidad humana, uno de los principios fundantes de nuestra 
Carta Magna y el derecho al libre desarrollo de la personalidad <arts.1 y 16> (2012) (Corte 
Constitucional de Colombia, 2002). 
 El acoso psicológico. Este tipo de violencia, a veces sutil, se caracteriza por la 
continuidad y persistencia de conductas morales y hasta el uso de la fuerza física de un 
progenitor sobre el otro o sobre los hijos, con la intención de derrumbarlo y destruirlo 
moralmente. El acoso psicológico presenta dos modalidades: 
i. Acoso vertical: cuando se ejerce del padre o madre sobre el hijo. 
ii. Acoso horizontal: cuando se presenta entre los dos progenitores. 
 
Ejemplo de estas conductas persistentes son las críticas negativas, amenazas, injurias y 
calumnias que generan en el otro progenitor o en los niños, niñas y adolescentes, estados 
anímicos de inseguridad, inestabilidad, angustia, preocupación, irritabilidad entre otras.Este tipo 
de conductas se describen en los arts. 220 al 222, 229, 230 A y 233 y son delitos contra la 
integridad moral y la violencia intrafamiliar (Arboleda Vallejo, 2012). 
 Violencia pasiva. Es un tipo de maltrato en el cual, el agresor puede ser o no 
consciente de su comportamiento y del efecto que causa en su víctima. La autora ha 
detectado cuatro modalidades de agresión pasiva: 
i. El abandono indolente: es la indiferencia o falta de atención afectiva hacia los hijos. 
Ejemplo: cuando uno o los dos progenitores no cumplen con sus obligaciones; dejan los 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 17 
 
hijos al cuidado de otros parientes o amigos y no hay demostraciones de afecto; se da el 
aporte económico para el sostenimiento y no se brinda el afecto. 
ii. La sobreprotección: es el exceso de atención y cuidados por uno de los progenitores o los 
parientes más cercanos. Consiste en mimos y regalos exagerados; satisfacerle todos los 
caprichos; evitar que sufran necesidades; solucionarle los problemas. Estas conductas 
rodean al niño, niña y adolescente de un mundo irreal, privado aparentemente de 
carencias, que le impiden desarrollar su independencia personal y dificultad para tomar 
decisiones. 
iii. La falsa promesa: son las promesas que no se cumplen sin justificación alguna y se 
presentan permanentemente, generando frustración en los niños, niñas y adolescentes. 
iv. La confrontación ilusa: conducta sutil, intencionada o no, que busca desvalorar al otro 
progenitor por sus habilidades, logros y hasta por sus adquisiciones materiales. 
 
Las manifestaciones de violencia anteriormente descritas, claramente vulneran derechos 
prevalentes de los niños, niñas y adolescentes contemplados en la Constitución de 1991, art.44 
(2012). 
 
En cuanto a la relación de los efectos que produce la violencia psicológica en los niños, niñas 
y adolescentes con la manifestación de las características del fenómeno de alienación parental en 
el ámbito jurídico, se puede sintetizar que vulneran el principio de dignidad humana como bien 
lo ha manifestado la Corte Constitucional (2002). 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 18 
 
1.2.2 Alienación parental (definición). Gardner et al. (2006) manifiesta que la alienación 
parental es un término general que abarca cualquier situación en la que un niño o un adolescente 
puede ser alienado de un padre, bien sea por abuso físico, abuso verbal, abandono y negligencia, 
sin embargo, cuando esta alienación proviene de la programación sistemática de uno de los 
padres hacia los niños para marginarlo del contacto con el otro padre, se adecúa el término al 
síndrome de alienación parental, entendido éste como una categoría particular de la alienación 
parental. Inducir un SAP en un niño es una forma de abuso emocional que no solo deteriora, sino 
que puede llegar a destruir el vínculo del niño con un buen padre. 
 
Aguilar (2006) define el SAP como una afectación en la estructura de la conciencia de los 
hijos consecuencia del proceso por el cual un progenitor mediante estrategias pretende 
obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor. Expresa además, que esta conducta no 
necesariamente es motivada por el divorcio o separación y que también puede presentarse en 
otros parientes cercanos. 
 
Para José María Bouza (Bouza, J., Pedroza, S., 2008), coautor del libro (SAP) SÍNDROME 
DE ALIENACIÓN PARENTAL. Proceso de obstrucción del vínculo entre los hijos y uno de sus 
progenitores: si bien el síndrome de alienación parental es un “desorden que surge habitualmente 
en el contexto de las disputas por la custodia de un hijo”, considera la Alienación Parental como 
un proceso en el cual se reiteran conductas que alteran los vínculos entre padres e hijos, porque 
describe un componente inminentemente jurídico y las características que identifican el 
fenómeno alienante, las cuales se pueden verificar en las pruebas que obran en los expedientes 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 19 
 
que se tramitan en todos los juzgados, en las manifestaciones de quienes la producen, en las 
declaraciones de los afectados y por supuesto, en las alteraciones que sufren los hijos dentro de 
estos procesos, de allí la importancia de poner límites en cuanto se detectan. En consecuencia 
define la Alienación Parental como: 
Una Patología Jurídica, presente en las separaciones o divorcios llamados destructivos con 
hijos menores, con los síntomas presentes, pero debiéndose considerar como el conjunto de 
acciones de un progenitor, usualmente el progenitor conviviente, en forma inconsciente o 
consciente, tendientes a eliminar la presencia afectiva y física de los hijos con el otro 
progenitor, y la utilización de estrategias legales y extrajudiciales para tal fin. 
 
Por esta razón, afirma Bouza que este comportamiento resulta más sencillo de comprender 
por los profesionales del Derecho en la rutina del seguimiento de los expedientes con 
intervención de sicólogos y sociólogos para indagar los por qué de estas acciones de un 
progenitor para destruir “la imagen personal, social y legal” del otro progenitor. 
 
Para complementar el término utilizado en la definición que hace Bouza sobre alienación 
parental, se trae al autor de Conflicto familiar y ruptura matrimonial (Bolaños, 1998) quien 
refiere en su libro que en los procesos de separación familiar se presentan transitoriamente una 
serie de conflictos que según su efecto puede ser productivo, funcional o destructivo, y cita a 
Milne para describir cada uno de estos: 
 Productivo: cuando conduce a una solución creativa que podría haber pasado 
desapercibida de no existir la disputa. 
 Funcional: cuando provoca la distancia emocional necesaria entre dos individuos 
dolidos. 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 20 
 
 Destructivo: cuando conlleva una tensión prolongada, produce hostilidad crónica, reduce 
drásticamente la calidad de vida, perjudica el bienestar sicológico o destruye relaciones 
familiares. 
 
Es así como el Dr. Díaz Usandivaras, manifiesta que el SAP es el proceso por el cual uno de 
los padres, de una manera descalificante o destructiva se refiere al otro progenitor, durante o 
después de una separación, con la intención “de alejar o indisponer al hijo” contra ese progenitor. 
(2006) 
 
1.3 Países que han Legislado o están en Vías de Legislar, sobre el Maltrato Infantil 
denominado “Alienación Parental” 
 
1.3.1 Legislación sobre alienación parental en Estados Unidos. Específicamente el Estado de 
Ohio, incluye en su política pública las siguientes recomendaciones a los juzgados en lo referente 
a los procesos sobre guardia y custodia: 
i. Debe considerar aquellas conductas de un progenitor tendientes a interferir en la relación 
con su otro progenitor como evidencia de alienación parental. 
ii. Debe considerar todos los factores relevantes en la determinación del mejor interés para 
el niño, niña y adolescente, que implique la participación plena y positiva de ambos 
progenitores en la vida de sus hijos. 
 
A continuación, se presentan algunos apartes de uno de los fallos de la Corte Suprema de 
Ohio, en los cuales, se detecta claramente la aplicación de la política pública que rechaza la 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 21 
 
alienación parental; recomienda la custodia compartida; la regulación de visitas; determina la 
protección de los niños, niñas y adolescentes, sobre cualquier tipo de conducta inapropiada, 
descrita con características de abandono indolente y otras que afecten la relación entre ambos 
progenitores, comportamiento que se conoce como acoso horizontal. 
 
En el caso (Davis v. Flickinger (1997), 77 Ohio St. 3d 415, 419), la Corte suprema de Ohio 
observó que: 
Es deber y obligación de cada padre fomentar y alentar el amor y respeto del niño hacia el 
otro progenitor,y la dejación en esta obligación es tan dañina para el niño como la dejación 
en proporcionarle alimentación, vestido, o cobijo. Quizás es más dañino porque no importa 
cómo de bien alimentado o vestido pueda estar, un niño no puede ser feliz si no se siente 
amado por uno de sus dos padres. 
 
Esta Corte manifestó en el mismo caso que un progenitor: 
 “… no debería implicarse en comportamientos que incrementen la hostilidad y frustren la 
cooperación entre los padres.” (Davis supra at 417, 419-420) y “… no debería presentar 
denuncias infundadas encaminadas a terminar con los derechos de visita del otro padre.” (Id. at 
419). 
 
La legislación de Ohio ha reconocido específicamente y condenado algunos tipos de 
comportamientos de Alienación Parental en sus leyes atendiendo al mejor interés para el menor. 
(R.C. 3109.04 (F)(1)(i)). Específicamente la ley reconoce que un progenitor no puede denegar 
continua e intencionalmente al otro padre su derecho de visita. (R.C. 3109.04 (F)(1)(f)). De igual 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 22 
 
manera la ley reconoce que un progenitor debe respetar y facilitar los derechos de visita del otro 
progenitor. (R.C. 3109.04 (F)(1)(f)). 
 
Como se puede observar, el concepto de Alienación Parental en la legislación de Ohio 
comprende muchos tipos de conducta inapropiada que ha llevado a la implementación de 
políticas públicas acogidas y aplicadas por los juzgados para defender prevalentemente los 
derechos de los niños, niñas y adolescentes (2012, pág. 73) en los procesos para otorgar su 
guarda y custodia. 
 
1.3.2 Legislación sobre alienación parental en España. España, en el tema que se estudia, tuvo 
un avance muy importante con la promulgación de la Ley 15 de 2005 sobre custodia compartida, 
en consecuencia de la aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos 
Humanos, de conformidad con el artículo 10.2 de su Constitución (FJ8 de la STC 303/1993, de 
25 de octubre). 
 
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) establece claramente el concepto 
jurídico de alienación parental, totalmente ajeno a un diagnóstico clínico, como un 
comportamiento que vulnera el derecho humano al respeto de la vida familiar, garantizado por el 
artículo 8 del Convenio, y condena al Estado cuyas autoridades lo permitan. 
 
He aquí algunos pronunciamientos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 23 
 
Caso Mincheva contra Bulgaria, Sentencia de 2 septiembre 2010, apartado 99: 
El Tribunal estima igualmente que al no obrar con la debida diligencia, las autoridades 
internas, con su comportamiento, favorecieron un proceso de alienación parental en 
detrimento de la demandante, vulnerándose así su derecho al respeto de la vida familiar, 
garantizado por el artículo 8. 
 
Caso Saleck Bardi contra España, Sentencia de 24 de mayo de 2011: “En los asuntos relativos 
a la vida familiar, la ruptura del contacto con un niño muy pequeño puede conducir a una 
alteración creciente de la relación con sus padres”, pese a que la declaración de la niña reveló su 
“negativa a volver con su madre y a mantener todo contacto con ella”, por lo cual España fue 
condenada por el TEDH, ya que las autoridades judiciales permitieron hacer a esta niña ajena a 
su madre, vulnerando su derecho humano al respeto de la vida familiar. 
 
Caso Bordeianu contra Moldavia, Sentencia de 11 de enero de 2011, párrafo 60: “el 
cumplimiento de la sentencia en cuestión resultó ser un trámite muy delicado debido al síndrome 
de alienación parental que padece la niña.” 
 
Caso Piazzi contra Italia, Sentencia de 2 de noviembre de 2010, párrafo 59: “los intentos de la 
madre de enfrentar al menor contra su padre podían desembocar en un síndrome de alienación 
parental.” 
También se destacan algunos fallos del Tribunal Supremo de España, Sala de lo Civil: 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 24 
 
Sentencia de 30-6-2009, FJ 5 párr. 4º: “Pero de estas sentencias se debe extraer la doctrina 
según la cual constituye una violación del derecho a la vida familiar reconocida en el Convenio, 
el impedir que los padres se relacionen con sus hijos”. 
 
Sentencia núm. 115/1999 de 10 febrero FJ 4: respecto de un niño del divorcio que es 
“imposible pretender su aislamiento total y permanente respecto a su comunicación con el 
padre”. 
 
Sin embargo, en este país se ha presentado oposición para aplicar mecanismos de protección 
entre la violencia que representa la alienación parental y la violencia de género, como se puede 
ver en el documento del Consejo General del Poder Judicial - CGPJ < órgano de gobierno de los 
jueces> págs. 128-132 “Guía de criterios de actuación judicial frente a la violencia de género” 
donde se instruye, a los Jueces y Magistrados contra el uso del SAP y de la alienación parental. 
En la página 129 dice: “Términos como alienación parental pueden ser usados para culpar a las 
mujeres…”. 
 
Lo anterior ha generado una polémica fuerte en el ámbito legislativo porque este 
pronunciamiento del CGPJ vulnera directa y flagrantemente el artículo 12.3 de la Ley Orgánica 
del Poder Judicial (LOPJ): 
Tampoco podrán los Jueces y Tribunales, órganos de gobierno de los mismos o el Consejo 
General del Poder Judicial dictar instrucciones, de carácter general o particular, dirigidas a sus 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 25 
 
inferiores, sobre la aplicación o interpretación del ordenamiento jurídico que lleven a cabo 
en el ejercicio de su función jurisdiccional. 
 
1.3.3 Legislación sobre alienación parental en Brasil. Bajo la presidencia de Luis Ignacio Lula 
da Silva, 26 de agosto de 2010, se promulgó la Ley N°12.318 Contra la Alienación Parental, la 
cual entró en vigor tras su publicación. A continuación, se presentan los artículos 1 y 9 de esta 
ley por su relación directa en la prevención de la alienación parental: 
Arte. 1 - Se considera un acto de alienación parental la injerencia en la formación psicológica 
del niño o adolescente, alentado o inducido por uno de los padres, abuelos o por quien tenga 
autoridad sobre la custodia o vigilancia del niño o adolescente, con el fin de obligar al niño a 
renunciar al progenitor alienado o que cause un perjuicio al establecimiento o mantenimiento de 
los vínculos con este último. 
Arte. 9 - Sección II del Capítulo I del Título VII del Estatuto del Niño y del Adolescente, 
aprobado por la Ley Nº8069 del 13 de julio de 1990, en vigor con la siguiente adición: "El arte. 
236-A. Para prevenir o impedir ilegalmente el contacto o la convivencia del niño o adolescente 
con el progenitor alienado. Pena: prisión de seis meses a dos años, si el hecho no constituya un 
delito más grave." 
 
1.3.4 Legislación sobre alienación parental en Argentina. La Corte Suprema de Justicia de la 
Nación, máximo tribunal de justicia de Argentina reconoce el Síndrome de Alienación Parental 
en su publicación No.1 y No.2 en la Revista de Investigaciones del Instituto de Investigaciones 
del año 2004, cuando emite esta referencia: 
MENORES. SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL (FRANCIA). El síndrome de 
alienación parental es el proceso en el que el niño es llevado, por uno de los padres, de 
manera más o menos sutil, a compartir un conjunto de ideas y percepciones falsas, 
deformadas o exageradas sobre el otro padre. El niño se vuelve gradualmente cautivo del 
modo de pensar del progenitor alienante. El objetivo de un peritaje psicológico en materia 
civil es separar los rasgos propios de la relación paterna de los conyugales y, al mismo 
tiempo, esclarecer la diferenciación de los problemas fundamentales: el de los padres y 
aquellos relacionados con el divorcio en sí mismo... 
 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 26 
 
1.3.5 Legislación sobre alienación parental en México. A partir del año 2014 entraron en vigorlas nuevas disposiciones del Código Civil contra la alienación parental que el Gobierno del 
Distrito Federal publicó en la Gaceta Oficial aprobadas en la Cámara de Diputados en los 
artículos 275, 283, 285, 411 y 417 y se adicionó el 444 Ter, que a continuación se muestran: 
Se considera violencia familiar la acción de un progenitor que afecte la conciencia de un 
menor de edad con el objetivo de impedir, obstaculizar o destruir vínculos con el otro 
progenitor, acción que se denomina alienación parental y en consecuencia, el padre alienador 
será suspendido de la patria potestad, así como del régimen de visitas y convivencias, aunque 
medie decreto de autoridad competente. 
En caso de alienación leve o moderada ejercida por el padre alienador que tenga la guarda y 
custodia del niño, niña y adolescente, ésta pasará de inmediato al otro progenitor. 
Cuando se evidencie un caso de alienación parental severo, se suspenderá todo contacto con el 
padre alienador y la familia de éste y el niño, niña y adolescente será sometido al tratamiento 
que indique el especialista que haya diagnosticado dicho trastorno y se llevará a cabo en el 
Departamento de Alienación Parental del Servicio Médico Forense del Tribunal Superior de 
Justicia del Distrito Federal, donde además se evaluará a los parientes más cercanos para 
determinar transitoriamente, la persona que estará a cargo del niño, niña y adolescente hasta 
que sea posible la convivencia con el progenitor no alienador. 
 
Por esta razón, se presentó una iniciativa de reforma del Código Penal Federal para 
determinar en forma explícita quiénes pueden ser los sujetos activos de alienación parental 
considerada en este país como delito de violencia familiar, en los siguientes términos: 
Único. Se reforma el artículo 343 Bis, donde se adiciona un segundo párrafo y se recorre el 
actual en el orden, estableciendo la figura de alienación parental en el Código Penal Federal; 
como violencia intrafamiliar respecto de los menores de edad o pupilos en relación de quienes 
tengan la patria potestad, tutela o custodia. 
 
Texto propuesto. Capítulo Octavo. Violencia Familiar. 
Artículo 343 Bis. Comete el delito de violencia familiar quien lleve a cabo actos o conductas 
de dominio, control o agresión física, psicológica, patrimonial o económica, a alguna persona 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 27 
 
con la que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial, de parentesco por 
consanguinidad, afinidad o civil, concubinato, o una relación de pareja dentro o fuera del 
domicilio familiar. 
A quien cometa el delito de violencia familiar se le impondrá de seis meses a cuatro años de 
prisión y perderá el derecho de pensión alimenticia. Asimismo, se le sujetará a tratamiento 
psicológico especializado. 
 
1.3.6 Legislación sobre alienación parental en otros países. 
 Canadá: este país realiza periódicamente el Simposio Canadiense Para el Síndrome de 
Alienación Parental (CS - PAS), conferencia de carácter nacional e internacional a la que 
asisten profesionales de diferentes disciplinas <salud mental, abogados de familia y 
otras> dedicados a la prevención y el tratamiento de Alienación Parental y el Síndrome 
de Alienación Parental. 
 Bolivia: en los avances que ha realizado esta nación, está el tema de la ley de autonomías, 
presentado por los Asambleístas en la cual se define el Síndrome de Alienación Parental 
como una forma de maltrato sicológico que consiste en la programación de un progenitor 
a un hijo/a en contra del otro progenitor en un proceso de separación, afectando la psique 
del hijo/a, conducta que pocas veces se identifica y se logra subsanar. 
 Chile: lo que se pudo identificar de este país es que reposa un informe sobre Regulación 
del Cuidado Personal de los Niños en Chile en la Biblioteca del Congreso Nacional de 
Chile bajo el nombre de “Síndrome de Alienación Parental. Regulación y Jurisprudencia 
en Chile y en el Derecho Comparado”. 
 Paraguay: se presentó un nuevo Proyecto de Ley por la Diputada Olga Ferreira y el 
Diputado Dany Durand que busca proteger a los niños, niñas y adolescentes del Síndrome 
de Alienación Parental a través de una nueva normativa contra la alienación parental. 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 28 
 
 Perú: en el Congreso del Estado, la diputada Bertha Yolanda Rodríguez promueve la 
iniciativa para prohibir y sancionar el fenómeno de alienación parental, donde uno de los 
progenitores coacciona al otro para obtener beneficios a cambio de permitir contacto con 
sus hijos o influencia a los niños para que rechacen a alguno de sus padres. La iniciativa 
pretende además, dar preferencia a la custodia compartida y elevar la pena hasta 12 años 
de prisión al padre que sustraiga a sus hijos. 
Cabe mencionar, que uno de los argumentos para sustentar la iniciativa es que se ha detectado 
alienación parental en el 40% de los procesos de divorcio, en los cuales es muy común escuchar 
frases como éstas: te quitaré a tus hijos; no volverás a ver a tus hijos; incurriendo así en un acto 
de violencia que deja a niños, niñas y adolescentes profundos daños emocionales para su vida. 
La Corte Suprema de Justicia - Sala Civil Permanente por jurisprudencia resolvió el primer 
caso de síndrome de alienación parental en el régimen de custodia. 
 Puerto Rico: la Asamblea Legislativa promueve añadir un inciso al artículo 3 de la Ley 
246 de 2011, el cual define el maltrato por alienación parental como la obstaculización 
por parte de un progenitor y sus parientes cercanos, utilizando estrategias diversas para 
influenciar negativamente a los niños, niñas y adolescentes que afecte sus vínculos con el 
otro progenitor y su familia extensa. 
 
Conclusión. Cada vez son más los países en Centro América al igual que en Estados Unidos, 
México, Argentina, España y Colombia, entre otros, donde ha surgido la necesidad de legislar 
y/o modificar la legislación existente en materia de Derecho de Familia frente a la presentación 
del fenómeno de Alienación Parental en los procesos de divorcio y/o separación familiar, con el 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 29 
 
propósito de garantizar la protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, pues 
son ellos los que resultan directamente afectados, siendo víctimas de diferentes formas de 
violencia con predominio del maltrato sicológico y emocional por parte de sus progenitores. 
 
La situación que se observa en nuestro país es que los avances respecto al tema son pocos, si 
bien es cierto que se cuenta con el Código de Infancia y Adolescencia (Congreso de Colombia, 
2006) y otras leyes que regulan la violencia intrafamiliar, los jueces y demás autoridades que 
administran justicia en materia de familia se ven limitados para abordar el fenómeno de 
alienación parental en los diferentes procesos que llegan a sus despachos porque no existe 
explícitamente una ley que lo defina con el nombre concreto y que formule mecanismos de 
intervención interdisciplinarios que facilite la labor de los profesionales del derecho para aplicar 
efectiva y eficazmente la normatividad vigente en la protección prevalente de los derechos de los 
niños, niñas y adolescentes (2012, pág. 73), cuando de otorgar custodia y regular visitas se trata. 
 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 30 
 
 
Capítulo 2. La Legislación Colombiana frente al Fenómeno de la Alienación Parental 
Colombia no ha sido la excepción a este fenómeno y si bien las estadísticas de la 
Superintendencia de Notariado y Registro (Tabla 1) se basan en los divorcios de matrimonios 
legalmente establecidos, ya que solo hasta el año 2016 existen en el país estadísticas de las 
separaciones de las uniones maritales de hecho, se puede constatar el incremento del 25.4% de 
las cifras de separaciones año tras año, que pasaron de 3.391 divorcios enel año 2006 a 13.346 
para el año 2010, situación que también se ve reflejada en las Sentencias de la Corte 
Constitucional desde la Constitución de 1991. 
 
Según la Superintendencia de Notariado y Registro se ha establecido que para el primer 
semestre de 2006 se realizaron 1.224 divorcios en 839 notarías a nivel nacional y entre los 
departamentos y ciudades que más participación obtuvieron se encuentran a Bogotá con 343, 
Antioquia con 190, Valle con 178, Santander con 96, Atlántico con 76, entre otros. 
 
En el segundo semestre de 2006, se realizaron 2.167 divorcios, lo que arroja una variación 
superior a 943 divorcios con relación al semestre anterior. Dentro de los departamentos y 
ciudades que más participación obtuvieron se encuentra otra vez a Bogotá con 462, Antioquia 
con 425, Valle con 398, Santander con 103, Atlántico con 100, entre otros. Para un total de 3.391 
divorcios reportados por los notarios del país para el año 2006. 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 31 
 
Para la vigencia de 2007, fueron reportados 8.304 divorcios lo que deja 4.913 divorcios más 
que el año anterior. Para la vigencia de 2008, se reportaron 9.436; para el año 2009, fueron 
reportados 10.618; lo cual refleja un incremento notable en separación de parejas año tras año. 
Según esta misma fuente en el año 2010, 13.346 parejas se separaron, siendo diciembre el mes 
en el que más rupturas se presentaron. Estos datos han prendido la alarma a nivel nacional pues 
cada día más de 36 parejas rompen su matrimonio. 
 
Es importante resaltar que la concentración de la demanda para el trámite de divorcios se 
concentra en los principales departamentos como Cundinamarca, Antioquia, Atlántico, Valle y 
Santanderes, mientras que en las zonas rurales no se encuentran crecimientos significativos para 
estos períodos entre ellos Amazonas, Guainía, Guajira, Guaviare, Putumayo, Sucre, Vaupés y 
Vichada (Superintendencia de Notariado y Registro, 2015). 
Tabla 1. Estadísticas de divorcios y disolución de uniones maritales de hecho en Colombia 
hasta 2016. 
Departamento Municipio 
2
0
0
6
 
2
0
0
7
 
2
0
0
8
 
2
0
0
9
 
2
0
1
0
 
2016 
D
iv
o
rc
io
s Disolución 
Unión 
Marital De 
Hecho 
Amazonas 8 - 
 Leticia 5 - 
Antioquia 615 2183 87 
 Medellín 1069 25 
Arauca 43 3 
 Arauca 18 3 
Atlántico 176 988 12 
 Barranquilla 631 1 
Bogotá 805 4395 138 
 Bogotá 4395 138 
Bolívar 310 12 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 32 
 
Departamento Municipio 
2
0
0
6
 
2
0
0
7
 
2
0
0
8
 
2
0
0
9
 
2
0
1
0
 
2016 
D
iv
o
rc
io
s Disolución 
Unión 
Marital De 
Hecho 
 Cartagena 219 8 
Boyacá 359 22 
 Tunja 71 - 
Caldas 462 28 
 Manizales 261 6 
Caquetá 84 5 
 Florencia 65 2 
Casanare 103 16 
 Yopal 51 9 
Cauca 283 11 
 Popayán 172 7 
Cesar 172 36 
 Valledupar 109 23 
Chocó 26 2 
 Quibdó 24 1 
Córdoba 143 11 
 Montería 62 8 
Cundinamarca 701 51 
 Soacha 92 - 
Guainía 2 2 
 Inírida 2 1 
Guaviare 4 - 
 
San José del 
Guaviare 4 - 
Huila 467 27 
 Neiva 241 17 
La Guajira 48 2 
 Ríohacha 18 - 
Magdalena 89 7 
 Santa Marta 60 5 
Meta 251 20 
 Villavicencio 161 12 
Nariño 391 20 
 Pasto 281 11 
Norte de 
Santander 361 49 
 Cúcuta 214 36 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 33 
 
Departamento Municipio 
2
0
0
6
 
2
0
0
7
 
2
0
0
8
 
2
0
0
9
 
2
0
1
0
 
2016 
D
iv
o
rc
io
s Disolución 
Unión 
Marital De 
Hecho 
Putumayo 54 9 
 Mocoa 21 8 
Quindío 647 22 
 Armenia 396 20 
Risaralda 832 23 
 Pereira 631 18 
San Andrés y 
Providencia 31 6 
 
San Andrés 
Isla 23 5 
Santander 199 926 94 
 Bucaramanga 618 58 
Sucre 153 10 
 Sincelejo 87 8 
Tolima 477 37 
 Ibagué 276 12 
Valle 576 3143 90 
 Cali 1621 34 
Vaupés - - 
 Mitú - - 
Vichada 6 - 
 
Puerto 
Carreño 5 - 
TOTAL 3391 8304 9436 10618 13346 30045 1328 
Fuente: elaboración propia. 
 
En el avance de esta investigación, se realizó la aplicación de una encuesta dirigida a 
profesionales de Derecho, Trabajo Social y Sicología, al igual que una entrevista personal a un 
Abogado Especialista en Derecho de Familia y a una Profesional en Trabajo Social Especialista 
en Intervención Familiar, quienes en el desarrollo de su actividad profesional se ven inmersos día 
a día en procesos de separación familiar donde se presenta el fenómeno de Alienación Parental 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 34 
 
como elemento constitutivo de violencia intrafamiliar, básicamente centrada en el maltrato 
psicológico de los niños, niñas y adolescentes, con el objetivo de determinar el abordaje socio 
jurídico que se realiza en las instancias judiciales frente a la Alienación Parental y el 
conocimiento de normas suficientes y eficaces en nuestro ordenamiento jurídico para superar 
este flagelo de violencia en contra de nuestros niños, niñas y adolescentes. 
 
2.1 Antecedentes sobre el Fenómeno de Alienación Parental en Colombia 
Con el fin de determinar el conocimiento de los profesionales en Derecho, Trabajo Social y 
Psicología, sobre el Síndrome de Alienación Parental en Cali y su relación con los Procesos de 
Separación Familiar se aplicó una encuesta <elaboración propia> de manera personal y directa 
durante el período del 17 al 28 de febrero del año 2014 titulada “Encuesta sobre el conocimiento 
del Síndrome de Alienación Parental en la ciudad de Cali y su relación con los Procesos de 
Separación Conyugal”. (Anexo 1) 
 
Esta encuesta se realizó a veinte profesionales en las disciplinas descritas, que tenían en su 
formación académica y desempeño laboral, afinidad con el área de familia en sus diferentes 
ámbitos. El cuestionario contiene 20 preguntas abiertas y cerradas, diseñado en dos partes: la 
primera, para obtener información general sobe el perfil del encuestado y la segunda, para 
responder de fondo los interrogantes que se plantean en la investigación. 
 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 35 
 
Los resultados obtenidos en la utilización de este instrumento de recolección de datos, a pesar 
de que la muestra poblacional a la que se aplicó la encuesta fue reducida, como ejercicio 
académico fue significativo para avanzar en la investigación, de tal manera que se presentarán 
los aspectos más destacados sobre el conocimiento del tema de alienación parental y su relación 
con los procesos de separación o ruptura del núcleo familiar. 
 
Las respuestas de los encuestados a la pregunta 1 del cuestionario ¿Sabe usted qué es el 
Síndrome de Alienación Parental (SAP)?, permiten señalar que más del 50% de los profesionales 
encuestados que se desempeñan en el ámbito jurídico de atención a los asuntos de familia en 
Cali, manifestaron no conocer qué es el síndrome de alienación parental. Gráfica 1. 
 
 
Fuente: elaboración propia. 
Gráfica 1. Resultado Encuesta Profesionales en Derecho, Psicología y Trabajo Social sobre 
Conocimiento del SAP. 
42% 
58% 
¿Sabe usted qué es el Síndrome de Alienación 
Parental (SAP)? 
1 SÍ
1 NO
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 36 
 
Sin embargo, más del 70% de los profesionales encuestados, después de presentarleslas 
características del síndrome de alienación parental como parte del desarrollo de la actividad, 
señalaron en sus respuestas a la pregunta 5 ¿Considera usted que la alienación parental en 
cualquiera de sus manifestaciones, es maltrato infantil? que esta conducta evidentemente 
corresponde a un tipo de maltrato infantil, término en el que actualmente se engloba todo tipo de 
conducta que afecta el bienestar físico y/o psicológico de niños, niñas y adolescentes, 
contemplado tanto en el Código Penal (Arboleda Vallejo, 2012) y el Código de Infancia y 
Adolescencia (2006) de nuestro país. Gráfica 2. 
 
 
Fuente: elaboración propia. 
Gráfica 2. Resultado de la Encuesta sobre Alienación Parental como forma de Maltrato 
Infantil. 
71% 
29% 
¿Considera usted que la alienación parental en 
cualquiera de sus manifestaciones, es maltrato 
infantil? 
5 SÍ
5 NO
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 37 
 
 
Fuente: elaboración propia. 
Gráfica 3. Resultado de la Encuesta de Conocimiento de Norma sobre el SAP. 
 
Las respuestas de los profesionales encuestados a la pregunta 7 ¿Conoce usted alguna norma 
en nuestra legislación mediante la cual se pueda ejercer control y prevención para la alienación 
parental?, donde el 71% manifestaron desconocer la norma en el ordenamiento jurídico de 
Colombia para ejercer control y prevención de la alienación parental bajo el argumento de que 
no está explícitamente definida con el término concreto, por lo cual, el operador jurídico debe 
remitirse a la figura de maltrato infantil y/o violencia intrafamiliar dejando por fuera el análisis 
probatorio de conductas evidentes de maltrato psicológico. Gráfica 3. 
 
29% 
71% 
¿Conoce usted alguna norma en nuestra 
legislación mediante la cual se pueda ejercer 
control y prevención para la alienación parental? 
7 SÍ
7 NO
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 38 
 
 
Fuente: elaboración propia. 
Gráfica 4. Resultado de la Encuesta sobre Legislación Colombiana frente al SAP. 
 
El 100% de los encuestados al responder la pregunta 8 ¿Cree usted que nuestra legislación es 
suficiente, adecuada y eficiente para la protección de los niños, niñas y adolescentes? 
consideraron que la legislación colombiana no es suficiente, ni adecuada, ni eficiente para la 
protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, porque carece de políticas públicas 
en materia de familia que garanticen el cumplimiento de estas normas, de la capacitación 
permanente de los funcionarios judiciales para abordar temas cambiantes, de promover el trabajo 
interdisciplinario desde la academia misma y de la tipificación de muchas conductas como las 
descritas en la Alienación Parental que crean un vacío procedimental a los jueces a la hora de 
tomar decisiones. Gráfica 4. 
 
0% 
100% 
¿Cree usted que nuestra legislación es suficiente, 
adecuada y eficiente para la protección de los 
derechos de los niños, niñas y adolescentes? 
8 SÍ
8 NO
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 39 
 
 
Fuente: elaboración propia. 
Gráfica 5. Resultado de la Encuesta sobre SAP como Causal de Demanda en Procesos 
Judiciales. 
 
En un 84% las personas que respondieron la pregunta 9 de la encuesta ¿Alguna vez ha 
escuchado el argumento de alienación parental como causa para la demanda en un proceso de 
separación conyugal? no han escuchado el argumento de alienación parental como causal para la 
demanda en un proceso de separación conyugal y/o ruptura del núcleo familiar. Gráfica 5. 
 
En la pregunta 13 se cuestionó ¿si el juez que conoce de un proceso en el que se encuentren 
características de violencia psicológica como las descritas en la alienación parental debía recurrir 
a profesionales de otras disciplinas? el 76% de los encuestados consideró pertinente y necesario 
consultar profesionales en sicología y trabajo social, principalmente porque estos profesionales 
han sido formados específicamente para detectar a través de diferentes estrategias, conductas 
16% 
84% 
¿Alguna vez ha escuchado el argumento de 
alienación parental como causa para la demanda 
en un proceso de separación conyugal? 
9 SÍ
9 NO
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 40 
 
psicológicas y su efecto en el desarrollo del individuo, su adaptación social y su entorno familiar, 
como las que se relacionan con el fenómeno de Alienación Parental. Gráfica 6. 
 
Fuente: elaboración propia. 
Gráfica 6. Resultado de la Encuesta sobre Consulta Interdisciplinaria en Procesos de SAP. 
 
Fuente: elaboración propia. 
Gráfica 7. Resultado de la Encuesta sobre Guarda y Custodia Compartida. 
76% 
24% 
¿Cree usted que en los procesos de alienación 
parental, el juez debe recurrir a profesionales de 
otras disciplinas? 
 
13 SÍ
13 NO
80% 
20% 
¿Cree usted que en Colombia se debe legislar 
sobre la guarda y custodia compartida? 
15 SÍ
15 NO
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 41 
 
Sobre la necesidad de legislar en Colombia sobre la guarda y custodia compartida, el 80% de 
los profesionales que participaron en la encuesta, respondieron a la pregunta 15 que sí, porque el 
rol de cuidador ha cambiado con la misma evolución de la dinámica relacional familiar, donde 
muchos de los padres en la actualidad están activamente involucrados en la crianza de sus hijos. 
Gráfica 7. 
 
La pregunta 18 fue respondida que sí en un 75% por los profesionales que diligenciaron la 
encuesta, frente a la conveniencia de implementar legalmente un régimen de convivencia 
familiar en Colombia como parte de las políticas públicas que faciliten la interacción del Estado, 
la sociedad y la familia como garantes de la defensa de los Derechos de los Niños, Niñas y 
Adolescentes. Gráfica 8. 
 
Fuente: elaboración propia. 
Gráfica 8. Resultado de la Encuesta sobre Régimen de Convivencia Familiar. 
 
75% 
25% 
¿Cree usted necesario implementar en nuestro 
ordenamiento jurídico un Régimen de 
Convivencia Familiar? 
18 SÍ
18 NO
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 42 
 
 
Fuente: elaboración propia. 
Gráfica 9. Resultado de la Encuesta sobre el Tema de Alienación Parental en la Cátedra de 
Derecho de Familia. 
 
Finalmente, el 86% de los profesionales encuestados estuvieron de acuerdo en que el tema de 
alienación parental considerada como un proceso por su efecto jurídico, debe incluirse en el 
contenido curricular en el área de Derecho de Familia, porque es desde la academia con enfoque 
interdisciplinario que se forman los jueces para abordar estos temas en el marco de una 
normatividad clara y precisa, vinculada a las políticas públicas que garanticen su eficacia. 
Gráfica 9. 
 
En cuanto a la entrevista (Anexos 2 y 3) realizada a la Profesional en Trabajo Social 
Especialista en Intervención Familiar Lucy Sánchez Muñoz, Profesora Hora Cátedra de la 
Universidad del Valle, y al Abogado Especialista en Derecho de Familia Emilson Palacios, 
86% 
14% 
¿Está de acuerdo en que la alienación parental 
considerada como un proceso, debe incluirse 
como material dentro del tema Derecho de 
Familia? 
20 SÍ
20 NO
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 43 
 
Profesor Titular de la Universidad Libre – Seccional Cali, en relación al tema de esta 
investigación se logró identificar los siguientes aspectos: 
 El fenómeno de Alienación Parental se adopta como un mecanismo de defensa por el 
progenitor afectado por la separación (víctima), consistente en conductas sutiles que 
alteran negativamente la relación parental y repercute directamente en el libre desarrollo 
de la personalidad en los niños, niñas y adolescentes con el propósito de impedir el 
contacto con el progenitor causante de la desintegración familiar y finalmente obtener la 
custodia para sí. 
 Las características de estas conductas bastante difíciles de determinar, se observan en la 
descalificacióndel otro progenitor, campaña de difamación, falsas denuncias, 
obstaculizar las visitas programadas, no informar oportunamente de eventos a los que 
debe asistir el otro progenitor, olvidar darle los recados a los hijos de las llamadas del 
padre. Muchas de estas conductas inclusive se originan en el núcleo familiar mucho antes 
de presentarse la ruptura y/o separación como por ejemplo: desautorizar al otro 
progenitor en presencia de los hijos, entre otras. 
 Uno de los problemas mayores para abordar este fenómeno cuando se detecta en los 
casos por ruptura familiar ligada a desacuerdo sobre la custodia de los hijos, es que la 
alienación parental no está definida ni tipificada en el ordenamiento jurídico como tal, 
por tanto, el operador jurídico se ve limitado a clasificar el caso como violencia 
intrafamiliar y por analogía con el maltrato infantil. 
 Colombia está en mora para responder a este flagelo a través de un régimen de 
convivencia familiar y se hace prioritario que el fenómeno de la alienación familiar sea 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 44 
 
abordado desde la jurisprudencia y la academia de manera interdisciplinaria, con la 
participación activa de profesionales en sicología forense y especialistas en intervención 
familiar, además de otras áreas profesionales. Lo que hace necesaria la capacitación en 
este tema, desde los contenidos programáticos de los programas de derecho hasta la 
capacitación y actualización a los funcionarios de Comisarías de Familia, del Instituto de 
Bienestar Familiar y de los Juzgados, directamente ligados al ordenamiento jurídico que 
sume a las políticas de protección de los niños, niñas y adolescentes para prevenir esta 
situación. 
 
2.2 Proyectos de Ley sobre el Fenómeno de Alienación Parental en Colombia 
Como parte de los antecedentes del fenómeno de Alienación Parental en Colombia se desprende 
la motivación del legislador para promulgar una ley que regule los procesos de separación, 
divorcio y/o anulación de matrimonio en lo referente a la custodia y cuidado personal de los 
hijos. 
 
2.2.1 Proyecto de Ley No.249 de 2008. El 12 de mayo de 2008 Juan Carlos Vélez Uribe, en 
calidad de Ponente, presenta el Proyecto de Ley No.249 de 2008 SENADO, por medio de la cual 
se pretendía establecer el régimen de Custodia Compartida de los hijos menores y modificar el 
artículo 230 A del Código Penal vigente, adicionando un inciso final que decía: “De igual forma 
se aplicarán las penas previstas en este artículo al progenitor que valiéndose de la custodia, 
utilice o manipule a sus hijos menores para obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro 
progenitor”. (Anexo 4). 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 45 
 
Resumen de las consideraciones. Los autores del proyecto, Honorables Senadores Mauricio 
Jaramillo Martínez y Juan Carlos Vélez Uribe y el Honorable Representante a la Cámara 
Guillermo Santos Marín, presentaron como una cuestión de derechos humanos el derecho del 
niño a seguir manteniendo vínculos estrechos y asiduos con sus dos padres tras el divorcio, el 
derecho de ambos padres a seguir siéndolo tras el divorcio, el derecho, en definitiva, a preservar 
los lazos familiares naturales tras la ruptura del contrato matrimonial. 
 
En la consideración del Proyecto se presentó una recopilación de estudios sobre las ventajas y 
la viabilidad de la custodia compartida, con especial atención a su importancia para el desarrollo 
armónico y equilibrado del niño. En general, todos ellos coinciden en atribuir a la custodia 
compartida las siguientes ventajas, entre otras: mejor adaptación del niño a su entorno familiar y 
social, mejor rendimiento escolar, mayor satisfacción de los niños con la distribución de los 
tiempos de convivencia con ambos padres, mayores niveles de autoestima y confianza en sí 
mismos, mejor relación del niño con cada uno de sus padres, menos problemas psíquicos o 
síntomas de estrés psicosomático. 
 
Fundamentos Jurídicos. 
 Convención sobre los Derechos del Niño. En cuyo artículo 9.3 establece que 
Los Estados Partes respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos 
padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo 
regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño. 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 46 
 
 El derecho constitucional prevalente del niño a tener una familia y no ser separado de 
ella. Consecuencia obligada de la importancia que el Constituyente de 1991 atribuyó a la 
familia, en su carácter de institución fundamental para el normal desarrollo de la 
personalidad humana, fue la consagración expresa del derecho de todo niño a tener una 
familia y no ser separado de ella expresamente incorporado hoy en la Carta (Art. 44). 
Sentencia T-523/92. 
 La unidad familiar como principio supremo. La consagración expresa del derecho 
fundamental y prevalente del niño a tener una familia y no ser separado de ella implica 
que su unidad constituye hoy exigencia que desborda la voluntad individual de los 
miembros del grupo, en aras de la primacía y supervivencia de la institución familiar 
como el ambiente más adecuado y natural para el desarrollo de la personalidad humana, 
según la concepción plasmada en la Carta de 1991. Sentencia T-523/92. 
 
Argumentos a favor de la exclusividad de la custodia. 
 La estabilidad. Para una sociedad en la que los niños, ya desde los primeros meses de su 
vida, reparten su tiempo entre la guardería y el hogar, es una pobre argumentación esa 
supuesta inestabilidad que conllevaría el desplazamiento entre los hogares materno y 
paterno. Pero sobre todo, no se ha tenido en cuenta el hecho evidente de que lo 
importante para el niño no es la estabilidad material, sino la estabilidad emocional y la 
sensación de seguridad que le proporciona el contacto asiduo con ambos padres. 
 El mutuo acuerdo. En nuestro sistema jurídico, donde el juez otorga una custodia 
exclusiva en cabeza de uno de los progenitores y la regulación de visitas cada quince días 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 47 
 
al progenitor no custodio, conlleva a una claudicación de éste en cuanto a sus legítimos 
derechos sin tener como punto de partida la igualdad de derechos y obligaciones de 
ambos padres. Es evidente que, una vez establecida esa igualdad de derechos y 
obligaciones, los cónyuges tendrán menos interés en adoptar planteamientos contenciosos 
y alimentar las discrepancias, ya que nada tendrán que ganar con ello. 
 El tiempo de convivencia. Por consiguiente, otro de los mitos que hay que desterrar es la 
creencia en que la coparentalidad (o custodia compartida) significa necesariamente un 
reparto al 50 por ciento de los períodos de convivencia del niño con cada uno de los 
padres. Más bien, convendría interpretar la coparentalidad como un reparto al 50 por 
ciento de los derechos y obligaciones de ambos padres. 
 
A pesar de que este proyecto de Ley fue aprobado por el Senado en primer debate el 09 de 
diciembre de 2008 y luego se aprobó en segundo debate el 22 de abril de 2009, fue archivado el 
16 de Junio de 2010 de conformidad con el Artículo 157 de la Ley 5ª de 1992. (Anexo 5). 
 
No obstante, con posterioridad se han presentado hasta la fecha dos proyectos de Ley a saber: 
Proyecto de Ley No.108 de 2011 Cámara y el Proyecto de Ley No.035 de 2014 Cámara, de los 
cuales se hace una breve descripción. 
 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 48 
 
2.2.2 Proyecto de Ley No.108 de 2011 Cámara. Proyecto de Ley No.108 de 2011 Cámara, por 
medio de la cual se regula la custodia y cuidado personal alterno de los hijos menores de edad. 
(Anexo 6). 
 
Síntesis del proyecto. Este proyecto de Ley, busca regular la custodia y cuidado personal 
alterno de los hijos menores de edad, cuando los padres no cohabitan, para garantizara los niños 
y niñas o adolescentes sus derechos fundamentales prevalentes y su desarrollo integral. Tiene 
aplicación en los casos donde los progenitores no han logrado llegar a un acuerdo sobre el 
ejercicio de sus derechos y responsabilidades parentales siempre y en cuando, que no vaya en 
contravía de la salud y estabilidad psicológica y emocional del niño, niña y adolescente. 
 
Antecedentes legislativos y trámite del proyecto. No es la primera vez que el proyecto de ley 
hace tránsito en el Congreso de la República, ya había sido radicado bajo el número 337 de 2009 
Cámara, 05 de 2008 Senado, haciendo tránsito por esta corporación y cumpliendo su trámite 
legal, fue retirado por su autor por cuanto no se había presentado ponencia para primer debate, y 
era de iniciativa congresional. 
El actual proyecto fue radicado en la Secretaría de la Cámara: 
 Recibido en Comisión Primera: octubre 6 de 2011. 
 Publicado en la Gaceta del Congreso número 736 de 2011. 
Autores: Honorable Senador Juan Carlos Vélez Uribe y el Honorable Representante Carlos 
Edward Osorio. 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 49 
 
Ponentes: Honorables Representantes Jorge Eliécer Gómez Villamizar (Coordinador); Carlos 
Edward Osorio Aguilar (Coordinador); Germán Navas Talero, Rosmery Martínez Rosales, 
Alfonso Prada Gil, Fernando de la Peña Márquez, Humphrey Roa Sarmiento. 
 
Fundamentos. 
 Uno de los fundamentos principales del proyecto de ley y su principal sustento científico 
es la existencia del Síndrome de Alienación Parental (SAP). 
 Artículo 44 de la Constitución Política que enmarca los derechos fundamentales de los 
niños de manera global y cita como fundamentales: el derecho a la vida, a la seguridad 
social, a la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser 
separados de ella, el cuidado, el amor, la educación y la cultura, además la recreación y la 
libre expresión de su opinión. En su inciso segundo impone a la sociedad y al Estado la 
obligación de asistir y proteger al niño para un desarrollo integral armónico con el fin de 
garantizar sus derechos. 
 
Exposición de motivos. 
 Marco legal y constitucional. 
i. El proyecto de ley específicamente habla en el objeto de la garantía a los niños, niñas y 
adolescentes de sus derechos fundamentales prevalentes y su desarrollo integral y no solo 
eso, precisamente en el artículo 3° y como desarrollo de los dos precedentes, desarrollan 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 50 
 
los derechos de los niños que han sido protegidos mediante el artículo 44 de la 
Constitución. 
 
El proyecto reglamenta elementos estructurales y esenciales del derecho fundamental de los 
niños, y en ese sentido deben ser regulados a través de una ley especial como lo es una Ley 
Estatutaria, por mandato constitucional; así las cosas durante los debates al interior de las 
Cámaras la mayoría con la que debe ser aprobado este tipo de proyectos es la mayoría absoluta 
que requiere de la mayoría de los votos de los integrantes, como así lo predica el artículo 117 y 
119 de la Ley 5ª de 1992, que el debate se lleve a cabo en una sola legislatura y el requisito 
especialísimo de ser objeto de revisión previa por parte de la Corte Constitucional. 
 
ii. En cuanto al fundamento principal basado en la existencia del Síndrome de Alienación 
Parental (SAP), se argumentó que la comunidad científica expresa por medio de consenso 
que este síndrome no reúne los criterios metodológicos científicos necesarios para ser 
aceptado y por eso se lo considera pseudocientífico. No es pertinente basar la formación 
de una ley en un síndrome que la comunidad científica ha declarado como inexistente, 
entre otras cosas, porque no todos los hijos de padres separados sufrirían del nombrado 
síndrome, aceptar que padecen de un síndrome, equivale a declarar que estos hijos tienen 
una enfermedad mental. 
 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 51 
 
Un síndrome es definido por la Organización Mundial de la Salud como el conjunto de 
síntomas que caracterizan una enfermedad, así las cosas, sería declarado mediante el mandato de 
la ley que los hijos de padres separados en forma general están enfermos por el simple hecho de 
la separación de sus padres. 
 
El SAP ha sido rechazado como entidad clínica por las dos instituciones más reconocidas en 
el mundo en términos de salud y trastornos mentales: la Organización Mundial de la Salud y la 
Asociación Americana de Psicología. Es por eso que no aparece ni en el CIE-10 (OMS) ni en el 
DSM-IV, este último publicado por la Asociación Americana de Psiquiatría. 
 
iii. Con este proyecto se modificaría tácitamente el Código Civil Títulos XII y XIV del Libro 
I del Código Civil, artículos 160, 161, 162 y s.s. y la Ley 1ª de 1976, Ley 1098 de 2006; 
en cuanto a la competencia que establece los alimentos, como este no es claro en cuanto a 
las competencias y en cuanto a la determinación de en cabeza de quién radica la 
obligación de cancelar los alimentos, el ordenamiento jurídico colombiano pierde 
armonía y deja a la hermenéutica jurídica la resolución de estos casos entrañando 
inseguridad jurídica. 
 
 Proposición. Por las anteriores consideraciones y en cumplimiento del encargo hecho por 
la Mesa Directiva de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes y con 
fundamento en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992, (Anexo 5), se rindió 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 52 
 
ponencia Negativa y se solicitó Archivar el Proyecto de ley número 108 de 2011 
Cámara, por medio de la cual se regula la custodia y cuidado personal alterno de los 
hijos menores de edad. 
 
2.2.3 Proyecto de Ley No.035 de 2014 Cámara. Ponencia para primer debate en la Comisión 
Primera de la Cámara de Representantes al Proyecto de Ley número 035 de 2014 Cámara, por 
medio de la cual se garantizan los derechos de los niños, niñas o adolescentes en el proceso de 
custodia, cuidado personal y visitas cuando los padres no cohabitan, su objetivo es llenar los 
posibles vacíos existentes en la normatividad colombiana, para garantizar los derechos de los 
niños, niñas o adolescentes durante y después del proceso de separación o divorcio de sus padres. 
(Anexo 7). 
Autor: Honorable Representante Arturo Yepes Alzate. 
Ponente: Honorable Representante Telésforo Pedraza Ortega. 
 
Por la relación del articulado con diferentes entidades, se pidieron conceptos al Instituto 
Colombiano de Bienestar Familiar, a la Procuraduría delegada para la Infancia y Adolescencia, y 
al Consejo Superior de la Judicatura; así como también las observaciones radicadas en la 
audiencia pública que se adelantó en fecha 12 de febrero de 2015; cuyas observaciones se vieron 
reflejadas en el contexto del articulado. 
 
ALIENACIÓN PARENTAL EN PROCESOS DE SEPARACIÓN FAMILIAR 53 
 
Índice temático de la ponencia para el correspondiente debate en la Comisión Primera de la 
Cámara de Representantes: 
1. Antecedentes legales respecto de la custodia, cuidado personal y visitas de menores en 
Colombia. 
2. Legislación actual respecto de la custodia, cuidado personal y visitas de menores. 
3. Competencia jurisdiccional respecto de la regulación del régimen de custodia, cuidado 
personal y visitas de menores. 
4. Desarrollo jurisprudencial sobre criterios jurídicos generales y específicos respecto del interés 
superior del menor. 
5. Reubicación del niño y límites al derecho a la circulación. 
6. La Custodia Compartida en otros países. 
7. Trámite legislativo. - Audiencia Pública. 
8. Observaciones a partir de los conceptos radicados. 
9. Articulado del proyecto de ley. 
10. Pliego de modificaciones 
11. Texto propuesto para primer debate 
12. Proposición 
A continuación se transcribe uno de los artículos que incorpora un elemento esencial para el 
avance de la legislación colombiana

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