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Documento Técnico para el Plan de Gestión Ambiental de Cali PGAC Santiago de Cali, diciembre de 2019 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un parque Natural con Ciudad Página | i ALCALDE Norman Maurice Armitage Cadavid DIRECTORA DAGMA Claudia María Buitrago Restrepo Jefe de la Unidad de Apoyo a la Gestión Mauricio Alejandro Jaramillo Parra Subdirectora de Gestión Integral de Ecosistemas y UMATA Ana Dorly Jaramillo Salazar Subdirección de Gestión De Calidad Ambiental Héctor Alejandro Paz Gómez EQUIPO DAGMA Daniel Ascúntar Ríos Asesor – Compilador Gloria Irney Almario Álvarez Asesora Paula Alejandra Méndez Ospina Asesora Andrés Fernando Toro Vélez Asesor Alfonso Lenis Libreros Asesor Javier Ospina Cocuy Asesor Carlos Acosta Pinzón Asesor Óscar Rivera Luna Asesor Víctor Alfonso Cerón Hernández Asesor Gonzalo Duque Ricaute Financiero Carolina Vallejo Bravo Administrativo - Vital Jhon Jairo Toro Chaves Gestión de Calidad Acústica Edwin Rodrigo Escobar Pérez Ecourbanismo Diego Carvajal Trujillo Planeación Viviana Andrea Huetio Vergara Gestión Urbanística Ambiental Marlyn Olave Guapi Gestión Ambiental Empresarial Mónica Patricia Londoño Moreno Conservación de Ecosistemas Luis Fernando Potosí Guzmán Participación Oscar Marino Escobar UMATA Miguel Fernando Vásquez Abadía Gestión De Flora Gisela Arizabaleta Moreno Calidad Del Aire Diego Fernando Benavides Gallego Residuos Solidos Álvaro Loaiza Duque Recurso Hídrico Andrés Mauricio Salazar Loaiza Flora William Andrés Posada Ruiz Fauna Edgar Humberto Herrera Figueroa Laboratorio de Monitoreo Ambiental Marcela Villa González Gestión del Riesgo Sonia Del Mar González Bonilla Educación Fabián Chavarriaga Lenis Sistemas Adriana Yadira Portocarrero Hurtado Comunicaciones Andrés Fernando Gironza Potes Contratación Lina María Lujan Feijoo Trámites Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un parque Natural con Ciudad Página | ii Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad* Una ciudad resiliente y sustentable, con cuencas conservadas, agua segura para todos, preservación de la biodiversidad, aire limpio y una comunidad consciente de su rol, todos por el sueño de un ambiente sano” Alcaldía de Santiago de Cali Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente DAGMA, 2019 *Frase construida colectivamente al interior del DAGMA durante el ejercicio de proyección de Santiago de Cali como Distrito Especial Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un parque Natural con Ciudad Página | iii TABLA DE CONTENIDO PRESENTACIÓN ................................................................................ 7 1 MARCO DE REFERENCIA ........................................................... 9 1.1 Visión ....................................................................................................... 10 1.2 Propósito .................................................................................................. 11 1.3 Conexión Urbano – Rural – Regional ....................................................... 11 1.4 Ordenamiento Jurídico ............................................................................. 14 2 PLANIFICACIÓN AMBIENTAL EN CALI .....................................20 2.1 Antecedentes ........................................................................................... 20 2.2 Lineamientos de Políticas Ambientales .................................................... 28 Política de Gestión Ambiental Urbana ...................................................................... 28 Política Nacional de Producción y Consumo Sostenible ........................................... 30 Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico ................................. 31 Política Nacional de Gestión Integral de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos .... 32 Política para la Gestión Sostenible del Suelo ............................................................ 33 Política Nacional de Cambio Climático ..................................................................... 34 2.3 Instrumentos de Planificación Ambiental .................................................. 36 3 EJES TRANSVERSALES ............................................................40 3.1 Gestión Integral del Cambio Climático ..................................................... 40 3.2 Gestión del Riesgo ................................................................................... 42 3.3 Seguridad Hídrica .................................................................................... 44 3.4 Educación y Cultura Ambiental ................................................................ 47 3.5 Ambiente y Salud ..................................................................................... 50 3.6 Fortalecimiento Institucional y Gobernanza ............................................. 54 3.7 Correlación entre los Ejes Transversales y las Líneas Estratégicas ........ 62 4 LÍNEAS ESTRATÉGICAS ............................................................64 4.1 Gestión Integral del Suelo ........................................................................ 64 Esquema de Pago por Servicios Ambientales - PSA ................................................ 66 Ecoeficiencia Rural ................................................................................................... 67 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un parque Natural con Ciudad Página | iv Construcción Sostenible ........................................................................................... 68 Manejo del Espacio Público y Paisaje ....................................................................... 68 Administración Alrededor del Espacio Público .......................................................... 69 4.2 Gestión Integral de la Biodiversidad ......................................................... 70 Estructura Ecológica y Conservación ........................................................................ 73 Flora ......................................................................................................................... 74 Fauna ....................................................................................................................... 76 4.3 Gestión Integral del Agua ......................................................................... 77 Uso Eficiente y Múltiple del Agua .............................................................................. 78 Agua y Sociedad ....................................................................................................... 79 Líneas Estratégicas para la Gestión Integral del Agua .............................................. 81 Articulación de Instrumentos de Gestión del Agua .................................................... 82 4.4 Mitigación del Cambio Climático y Gestión Integral del Aire .................... 88 Calidad del Aire ........................................................................................................ 88 Ambiente Sonoro ...................................................................................................... 91 4.5 Producción y Consumo Sostenible........................................................... 92 Negocios Verdes y Economía Circular ...................................................................... 92 Alternativas Energéticas y Movilidad Sostenible ....................................................... 95 Gestión de Residuos Sólidos ....................................................................................98 Sostenibilidad y Productividad ................................................................................ 102 5 CRONOGRAMA Y SEGUIMIENTO ............................................ 105 6 SIGLAS ...................................................................................... 106 7 REFERENCIAS .......................................................................... 109 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un parque Natural con Ciudad Página | v LISTA DE TABLAS Tabla 1.1 Marco normativo para la gestión ambiental territorial ............................ 16 Tabla 2.1 Lineamientos para la gestión ambiental urbana .................................... 29 Tabla 2.2 Lineamientos para la gestión integral de cambio climático .................... 35 Tabla 2.3 Instrumentos de planificación ambiental complementarios ................... 39 Tabla 3.1 Líneas estratégicas de la Política Pública Municipal de Educación Ambiental .............................................................................................................. 49 Tabla 3.2 Factores ambientales de manejo en relación con la salud .................... 52 Tabla 3.3 Espacios de articulación interinstitucionales e intersectoriales ............. 55 Tabla 4.1 Líneas estratégicas para la gestión integral de la biodiversidad ........... 71 Tabla 4.2 Líneas estratégicas para la gestión integral del agua............................ 81 Tabla 4.3 Línea estratégica: Conservación de áreas estratégicas en la gestión del agua ...................................................................................................................... 82 Tabla 4.4 Línea estratégica: Mejoramiento de la calidad de agua ........................ 83 Tabla 4.5 Línea estratégica: Agua para Cali productiva y sostenible .................... 85 Tabla 4.6 Línea estratégica: Gestión integral de riesgos asociados al agua ......... 86 Tabla 4.7 Línea estratégica: Fortalecimiento institucional y generación de conocimiento en la gestión del agua ..................................................................... 86 Tabla 4.8 Línea estratégica: Gobernabilidad y gobernanza del agua ................... 87 Tabla 4.9 Líneas estratégica: Educación ambiental para la gestión del agua ....... 87 Tabla 4.10 Cronograma de transición hacia movilidad sostenible......................... 97 Tabla 4.11 Instrumentos para la construcción sostenible en Santiago de Cali ... 100 Tabla 5.1 Cronograma de instrumentos de gestión ambiental ............................ 105 LISTA DE FIGURAS Figura 1.1. Los servicios ecosistémicos en Santiago de Cali ................................ 12 Figura 1.2. Conectividad urbano – rural – regional de Santiago de Cali ............... 13 Figura 1.3. Autoridades ambientales actuales en Santiago de Cali ...................... 15 Figura 2.1. Descargas de agua provenientes de Santiago de Cali al río Cauca ... 22 Figura 2.2 Tasa de mortalidad ajustada por edad para las Enfermedades Transmisibles en hombres y mujeres, Santiago de Cali 2005-2016. ..................... 22 Figura 2.3. Áreas de manejo del suelo rural en Santiago de Cali .......................... 23 Figura 2.4. Organigrama actual del DAGMA como Autoridad Ambiental Urbana . 26 Figura 2.5. Organigrama proyectado del DAGMA como Autoridad Ambiental Distrital .................................................................................................................. 27 Figura 2.6. Criterios y sectores estratégicos para la Política de Producción y Consumo Sostenible ............................................................................................. 30 Figura 2.7. Ejes estratégicos de la Política de Producción y Consumo Sostenible 31 Figura 2.8. Acciones de ordenación y gestión del recurso hídrico ........................ 32 Figura 2.9. Esquema general de una gestión integral de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos ......................................................................................... 33 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un parque Natural con Ciudad Página | vi Figura 2.10. Elementos que contribuyen a la degradación del suelo .................... 34 Figura 2.11. Articulación de instrumentos de planificación en Santiago de Cali ... 38 Figura 3.1. Balance hídrico de usos del agua en Santiago de Cali ....................... 45 Figura 3.2. Saneamiento y manejo del agua residual en Santiago de Cali ........... 46 Figura 3.3. Mesas Técnicas del COTSA municipal ............................................... 53 Figura 3.4. Plataformas del Sistema de Información Ambiental de Colombia ....... 60 Figura 3.5. Ejemplos de sistemas de información ambiental en Santiago de Cali 61 Figura 3.6. Ejes transversales y gestión integral de los recursos naturales .......... 63 Figura 4.1. Esquema de una economía circular .................................................... 93 Figura 4.2. Esquema de articulación del Plan Municipal de Negocios Verdes ...... 95 Figura 4.3. Ejemplos de uso de energía solar en Santiago de Cali y la región ..... 96 Figura 4.4. Plataforma WEB para registro de generadores y gestores de RCD.. 100 Figura 4.5. Código de colores para separación de residuos sólidos en Colombia ............................................................................................................................ 102 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 7 PRESENTACIÓN El Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente (DAGMA), es un organismo adscrito al Municipio de Santiago de Cali, ahora Distrito Especial, en virtud de lo instituido en la Ley 1933 de 2018 y encargado según lo dispuesto en Decreto Municipal 411.0.20.0516 de 2016, de la gestión ambiental en el Municipio de Santiago de Cali, y la máxima autoridad ambiental dentro de su perímetro urbano. Como tal, es el organismo técnico director de la protección y conservación de los recursos naturales renovables, responsable de la política y la acción ambiental y de brindar asistencia técnica agropecuaria, enfocada en su desarrollo sostenible, conforme a las normas vigentes. Por ser un Departamento Administrativo, posee la facultad de generar e impartir lineamientos gubernativos transversales a los demás organismos del ente territorial, en materia ambiental. Concomitante con su condición de dependencia de la Alcaldía de Santiago de Cali, también es un organismo perteneciente al Sistema Nacional Ambiental (SINA) cuya rectoría es ejercida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Con la expedición de la Ley 1933 de 2018, Cali fue reconocida como un Distrito Especial. El equipo de trabajo del DAGMA hizo un ejercicio colectivo durante un año, para revisar el impacto que esta ley tendría para la entidad territorial y para la gestión integral de los recursos naturales renovables y de los territorios. La conclusión es que dicho impacto será fundamental: En lugar de 22 comunas y 15 corregimientos, el proceso de distritalización conllevará a que se conformen unas 6 localidades, en su casi totalidad urbano/rurales; esta condición será necesaria para el manejo territorial basado en cuencas como las unidades de ordenamiento, planeación y manejo fundamentales. Esta mirada permitirá tener un manejo que visibilice las relaciones entre la ciudad y la ruralidad y la región que no sólo la circundan, sino que literalmente la sostienen. Esto conllevará a que cada localidad asuma sus relaciones de vecindad, no sólo con las demás, sino, al mismo tiempo, con los municipios vecinos, en una perspectiva de complementariedad de actividades entre unas entidades territoriales y el Distrito Especial, viendo la región en su conjunto como un sistema abiertocon relaciones múltiples y complejas. También es imprescindible tener en cuenta que gran parte de la ruralidad caleña está dedicada a la conservación de ecosistemas y a la regulación hídrica, de tal manera que sólo un 13% puede dedicarse a la producción sostenible, a la luz de lo previsto en el Plan de Ordenamiento Territorial vigente (POT, 2014). Igualmente, se hace necesario que la entidad territorial asuma en su conjunto la estrategia para el tratamiento jurídico de las áreas que antiguamente fueron baldíos de la Nación y que en los años cuarenta le fueron adjudicados a Santiago de Cali con el único propósito de la conservación de las cuencas. Ello tendría un impacto directo sobre la propiedad que múltiples actores tienen sobre dichas áreas. Similar situación existe con respecto a los ejidos, mientras estas situaciones no se encuentren suficientemente decantadas, será prácticamente imposible tomar decisiones estructurales sobre políticas de desarrollo rural de Santiago de Cali. De otro lado, está próxima a comenzar una década decisiva en temas relacionados con el Cambio Climático. En ella, siguiendo los lineamientos de la Ley 1964 de 2019, de Movilidad Sostenible, Cali tendrá que tomar decisiones sobre la renovación de su parque automotor, en Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 8 especial el del MÏO y el de la administración distrital. Y éste no sólo será un tema de disminución de gases de efecto invernadero, sino, y es quizás aún más importante, también de mejoramiento de la calidad del aire, para lo cual es urgente la disminución de emisión de material particulado, PM-10 y PM-2.5; ambos, en especial el segundo, son una fuente fundamental de enfermedades cardiorrespiratorias que, no sólo afectan a la niñez, la vejez, los enfermos y las mujeres embarazadas, sino a la población en general. Igualmente, en 2022, cuando se haya culminado el Jarillón de Cali, la entidad territorial tendrá que iniciar las acciones pertinentes para solucionar de raíz las situaciones derivadas de los asentamientos humanos de desarrollo incompleto que, por tener tal condición, no permiten inversiones públicas tendientes a mejorar las condiciones de vida de los pobladores de los mismos. Urge que Santiago de Cali regularice todos aquellos que sean susceptibles de ello, por no encontrarse en zonas de alto riesgo no mitigable, y con estos últimos, busque opciones de reasentamiento. El abordar de manera integral esta problemática, lo cual debe profundizarse ya, permitirá, no sólo dignificar a una buena parte de la población, a devolverle sus derechos a la vida, la salud, al agua potable y al saneamiento, sino también, a mejorar las condiciones de ambiente sano, en especial en lo relacionado con la calidad del agua de los ríos, quebradas y canales, sino también de superación de amenazas de remoción en masa e inundaciones. No menos importante es facilitar que quienes de tiempo atrás han venido ocupando de buena fe y en forma pacífica las áreas del Parque Nacional Natural Los Farallones de Cali y de la Reserva Forestal Protectora Nacional de Cali, puedan continuar morando allí, siempre y cuando lo hagan bajo acuerdos de conservación con la entidad territorial y sus autoridades ambientales. De esta manera se encontrará una feliz confluencia entre inclusión social, calidad de vida y protección de ecosistemas. El DAGMA presenta el Documento Técnico para el Plan de Gestión Ambiental de Cali (PGAC), que tiene como propósito armonizar todos los instrumentos de planificación que giran en torno a la gestión ambiental; por ello, hacen parte integral de él todos aquellos referentes citados en el presente documento, con sus respectivos Anexos y Documentos Técnicos de Soporte, los cuales estarán disponibles en medio digital en el área de Planeación del DAGMA. Se toma como base el “Diagnóstico Estratégico del Sector Ambiental del Municipio de Santiago de Cali”, obtenido en el marco del Convenio Interadministrativo Nº 4133.027.2.032- 2017 entre el Municipio de Santiago de Cali – Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente (DAGMA) y la Universidad del Valle, cuyo objetivo consistió en “Aunar esfuerzos institucionales técnicos, económicos y administrativos para construir colectivamente un diagnóstico estratégico para el sector ambiental en el municipio de Santiago de Cali que contenga los ejercicios de planificación que se han realizado en el Municipio en los últimos años con un enfoque de sustentabilidad”. Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 9 1 MARCO DE REFERENCIA Una planeación del territorio en función de las cuencas hidrográficas permite seleccionar, implementar y optimizar aquellos usos que respondan a las necesidades de la población y al mismo tiempo proteger los recursos naturales para las futuras generaciones, en concordancia con los direccionamientos enmarcados en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030, que priorizan la planificación integral a favor de las personas, el planeta y la prosperidad. Aunado a lo anterior, los líderes del mundo han adoptado la Nueva Agenda Urbana (NAU), aprobada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible (ONU, 2017), que establece un renovado estándar mundial para el desarrollo urbano sostenible e invita a repensar la forma de planificar, gestionar y vivir en las ciudades. Ante ello, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible manifiesta que Colombia debe encaminar su desarrollo con particular énfasis en tres aspectos de la implementación de la NAU, que inciden en su resiliencia, relativos al ODS número 11, Ciudades y comunidades sostenibles; al ODS número 13, Acción por el clima y al 15, Vida de ecosistemas terrestres. En la NAU, los líderes se han comprometido a enfrentar retos como la implementación de medidas para ciudades más limpias, el fortalecimiento de la resiliencia en las ciudades para reducir el riesgo y el impacto de los desastres, la adopción de estrategias para hacer frente al cambio climático mediante el control de sus emisiones de gases de efecto invernadero, el mejoramiento de la conectividad y el apoyo a iniciativas innovadoras y ecológicas, entre otros. Quizás lo más importante e innovador de la NAU es que promueve los sistemas territoriales que integran las funciones urbanas y rurales en los marcos espaciales nacionales y subnacionales y los sistemas de ciudades y asentamientos humanos, buscando la ordenación y el uso sostenible de los recursos naturales, el suministro fiable y las cadenas de valor que conectan la oferta y la demanda en las zonas urbanas y rurales; con ello se pretende fomentar el desarrollo regional equitativo en todo el proceso continuo de las zonas urbanas y rurales y colmar las brechas sociales, económicas y territoriales. Esa integración urbano/rural de la NAU es esencial para Santiago de Cali, la tercera ciudad más importante de Colombia, con alrededor de 2.4 millones de habitantes (DANE, 2019); un territorio de amplia diversidad natural, social y cultural, que se desarrolla sobre una superficie de 55.884 Ha (POT Cali, 2014) donde la zona urbana comprende un total de 11.915 Ha (21%) y el área rural abarca 43.969 Ha (79%). La proporción indica una gran mayoría territorial de suelo rural, en el cual también es indispensable resaltar las áreas protegidas, tales como el Parque Nacional Natural Farallones de Cali (12.952 Ha), la Reserva Forestal Protectora Nacional del Río Cali (9.603 Ha), la Reserva Municipal de Uso Sostenible del Río Meléndez (651 Ha) y el Distrito Regional de Manejo Integrado del Río Pance (1.405 Ha) Estos atributos biogeográficos, así como la gran riqueza en recursos hídricos, biodiversidad y paisaje proyectana Santiago de Cali como un territorio propicio para, a través de una visión sistémica, hacer de las cuencas hidrográficas verdaderas unidades de planificación y ordenamiento urbano-rural-regional, permitiendo prever, estructurar y hacer una gestión sostenible de los recursos naturales renovables disponibles para sus habitantes, a la luz de Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 10 los direccionamientos de orden internacional que surgen frente a los retos ambientales ulteriores. Santiago de Cali está compuesta por una amalgama de espacios sociales y biofísicos diferenciados, en los cuales han prosperado distintas infraestructuras, culturas o ensambles urbanos, rurales y urbano-rurales, con procesos de poblamiento que han construido múltiples interacciones. Es en este escenario donde la gestión ambiental debe basarse en el socio- ecosistema como unidad estratégica de análisis y proyección, siempre buscando el equilibrio entre el desarrollo socio-económico y la conservación de los recursos naturales. 1.1 Visión En coherencia con los lineamientos de las políticas ambientales nacionales y los instrumentos de planificación del orden regional, hacia el año 2040, Santiago de Cali habrá priorizado su conversión hacia un territorio resiliente, reconociendo sus capacidades y limitaciones, avanzando de manera significativa en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en un marco de acción regional concertada con los municipios vecinos; la conservación de las cuencas será prioridad en los Planes de Desarrollo y por eso se habrá convertido en destino preferido para el turismo de naturaleza y científico en América Latina, la competitividad empresarial, las manifestaciones culturales y deportivas y la prestación de servicios, siendo y ejemplo en la implementación de acciones para la adaptación al cambio climático, la seguridad hídrica y el bienestar de todos sus habitantes. Santiago de Cali será el territorio de la sostenibilidad ambiental, reconocido por la recuperación y conservación de su estructura ecológica, en armonía con el desarrollo significativo de actividades socio-económicas que previenen y resuelven las problemáticas ambientales, al tiempo que garantizan una mejor calidad de vida para sus pobladores, con equidad social y de género. Será líder en la región y el país por configurar un escenario en el que sus habitantes y visitantes sientan profundo bienestar al disfrutar de un ambiente sano, de espacio público óptimo, de aire limpio, de seguridad hídrica, de movilidad fluida y amigable, de una rica cultura de sus habitantes, de una economía próspera, de un territorio sostenible. Contará con autoridades ambientales fortalecidas y organizaciones comunitarias representativas, con conciencia ambiental y partícipes en la gestión de su propio desarrollo, también con una institucionalidad receptiva frente a las necesidades de dicha comunidad, habiendo legitimado la gestión socio-ambiental del territorio, a través de la construcción de acuerdos públicos, comunitarios y privados, enmarcados en los derechos constitucionales y respaldados por conceptos técnicos contemporáneos y de gestión de recursos que la hagan trascender en el tiempo. Frente a los retos del cambio climático y la dinámica de la variabilidad climática, Santiago de Cali se habrá posicionado como un territorio en proceso de mitigación y adaptación; una entidad territorial que habrá disminuido sus emisiones de gases de efecto invernadero porque habrá transitado a una movilidad basada en energías renovables no convencionales, porque sus empresas y familias harán un uso racional del agua y la energía, y el uso de materiales estará basado en su minimización y su ciclo de vida, logrando una economía circular; una entidad territorial que hará un manejo adecuado de las cuencas y que habrá disminuido los riesgos de desastres; una entidad territorial enmarcada en la educación ambiental, la Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 11 conservación y la producción sostenible, con la suficiente capacidad de comunicarse con sus actores sociales en función de la acción colectiva. 1.2 Propósito El Plan de Gestión Ambiental de Cali (PGAC) es un instrumento de articulación para la planeación de largo plazo para el territorio caleño, que permite organizar y orientar la gestión ambiental construida por los actores estratégicos de diversos sectores con la intención de que el desarrollo se dinamice en un escenario de sostenibilidad y resiliencia. El PGAC tiene como propósito armonizar todos los instrumentos de planificación que giran en torno a la gestión ambiental, sin pretender ser un documento prospectivo ni vinculante, como sí lo son aquellos instrumentos a los cuales se hace aquí referencia; se parte del enfoque preventivo plasmado en todos aquellos planes vigentes que incorporan derroteros para el manejo eficiente de los recursos naturales y la conservación ambiental y también destaca espacios de gobernanza para el fortalecimiento social e institucional. Siguiendo la experiencia del Plan de Gestión Ambiental de Bogotá D.C., el PGAC se formula como un instrumento que orienta los objetivos y estrategias ambientales hacia la sostenibilidad y que permita, además, articular interinstitucionalmente procesos de planeación y gestión ambiental, garantizando y fortaleciendo la corresponsabilidad y la participación comunitaria en la toma de decisiones (SDA, 2010), para resolver las problemáticas ambientales que conllevan las dinámicas socio-ambientales, sin que éstas se entorpezcan. 1.3 Conexión Urbano – Rural – Regional Dentro de la complejidad socio-ecosistémica evidenciada en Santiago de Cali, es necesario promover una Red Ecológica Urbano-Rural-Regional (REUR) que genere conectividades ecológicas efectivas para favorecer la conservación, la rehabilitación y la viabilidad de los ecosistemas existentes. Esta red invita a devolver la mirada hacia la zona rural que circunda la ciudad, para comenzar a romper la dicotomía campo-ciudad y establecer poco a poco, en la conciencia ciudadana, el reconocimiento de la interdependencia y complementariedad ecológica y cultural que se ido transformando a partir de un metabolismo urbano y de conurbación, del cual depende su entorno rural/regional. Es esencial reconocer el contexto multidimensional (social, cultural, político, climatológico, ecológico, económico y geoespacial) que facilite conocer las potencialidades de la ciudad en sus interrelaciones urbano-rurales e identificar los flujos de materia, energía e información con los otros territorios a nivel regional, con el fin de garantizar la sostenibilidad ambiental y por ende la de sus servicios ecosistémicos de abastecimiento, apoyo, regulación y desarrollo cultural (Ver Figura 1.1). Lo anterior permite abordar los conflictos socio-ambientales desde un enfoque integral y sistémico, para seleccionar y plantear alternativas de solución a problemáticas existentes, acordes a ese contexto y que se deben ser la base para un equilibrio entre la conservación de la biodiversidad y la productividad, siempre priorizando los beneficios colectivos, de manera que se beneficie la continuidad en la disponibilidad de los servicios ecosistémicos mencionados anteriormente, que son la base del desarrollo socio-económico (FAO, 2019). Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 12 Existen retos socio-ambientales importantes, pues en algunos sectores el concepto de cuenca debe ser interiorizado y asociado a componentes reconocidos públicamente, haciendo visibles las cuencas existentes en un territorio de interacción urbano –rural, los servicios que presta y las presiones que las afectan. Habrá situaciones transversales como las condiciones de vulnerabilidad y riesgo, la necesidad del empoderamiento comunitario, la promoción de la educación ambiental y la cultura ciudadana, entre otros, cuyo abordaje se puede hacer de manera conjunta, sobre principios de equidad y sostenibilidad. Figura 1.1. Los servicios ecosistémicos en Santiago de Cali Fuente: Adaptado de FAO (2019) En esta visión de cuencas también se promueve la construcción de lazos y procesos en territorios que han vivido históricamente la exclusión social y espacial; allí puede verse la oportunidad de ampliar y fortalecer la participación comunitaria a través de formas innovadoras de democracia directa, de democracia en red, como una oportunidad para fortalecer la conexión urbano – rural, siendo coherentes con la implementación de la Nueva Agenda Urbana propuesta por la Organización de las Naciones Unidas (ONU, 2017), que, entre otros, busca reducir disparidades e inequidades urbanas y territoriales en el interior de ciudades, entre áreas rurales y urbanas. Desde un enfoque sistémico, Santiago de Cali se presenta como un sistema abierto y complejo, donde hay intercambios de recursos, bienes y servicios entre el área urbana y rural, y éstas a su vez interactúan con la región bajo la misma dinámica, lo cual implica que su planificación debe contemplarse también en función de la regionalización; ese metabolismo urbano jugará un papel transcendental para facilitar el entendimiento de sus redes de abastecimiento de materiales y energía, en busca de eficiencia en sus procesos de transformación, así como la minimización de los impactos ambientales generados por las diversas actividades que allí se realizan. Es ahí donde la visión de cuencas le permitirá a Santiago de Cali ser eficaz en el ordenamiento del territorio. Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 13 La visión sistémica de ordenamiento por cuencas urbano – rurales, también se vincula a la Estrategia de Crecimiento Verde, como un enfoque transversal y envolvente que busca el bienestar económico y social de la población para asegurar que la base de los recursos naturales provea los bienes y servicios ambientales necesarios para lograr un desarrollo social y económico sostenible. Las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático deben corresponder a la magnitud del conflicto, que comprende la conexión de los ecosistemas urbanos-rurales y regionales e integración de ecosistemas y corredores de vida con todos los municipios vecinos, en aras de la mitigación y la adaptación. Con el municipio de Buenaventura, en la vertiente occidental del Parque Nacional Natural Farallones de Cali (Ver Figura 1.2), con el Municipio de Dagua, a partir de la divisoria de aguas entre la cuenca del río Cali y la cuenca del río Dagua, así como la Reserva Forestal Protectora Nacional en conexión con Yumbo y La Cumbre a través de un bosque seco con tendencia sub-xerofítica. Figura 1.2. Conectividad urbano – rural – regional de Santiago de Cali Fuente: POT Cali (2014), MADS (2017), MADS (2018) Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 14 Con los municipios de Candelaria y Palmira, ligados por la recuperación de los corredores biológicos de la margen derecha y de la margen izquierda del río Cauca. Con los municipios de Puerto Tejada y Jamundí, al sur de la zona rural de Cali, en relación con los procesos de conurbación que se vienen adelantando y las poblaciones itinerantes de ambos territorios y, más hacia el sur, con los municipios que pertenecen a las cuencas de los ríos Palo, Desbaratado y Paila, en el departamento del Cauca, referente a la provisión de servicios ecosistémicos de calidad del agua para el abastecimiento de Cali. Santiago de Cali se destaca como un centro de referencia en la dinamización de los flujos de materiales y energía para el suroccidente colombiano, desde y hacia el interior y exterior, convirtiéndolo en un foco neural para el desarrollo socio-económico del país. Debido a ello, la optimización en el manejo de los recursos naturales que le permiten ser ese referente, es una actividad ineludible dentro de la planificación ambiental del territorio. El desconocimiento de esta realidad podría generar escenarios insostenibles y de escasa resiliencia. 1.4 Ordenamiento Jurídico Con la expedición de la Ley 99 de 1993 se crea la categoría de “Grandes Centros Urbanos”, definidos en su artículo 66 como “Los municipios, distritos o áreas metropolitanas cuya población urbana fuere igual o superior a un millón de habitantes (1.000.000)”. A este tipo de municipios, la norma les otorga la posibilidad de crear autoridades ambientales urbanas, a las cuales se les señalan sus competencias: “…ejercerán dentro del perímetro urbano las mismas funciones atribuidas a las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), en lo que fuere aplicable al ambiente urbano.” En aplicación de lo anterior, Santiago de Cali, por tener más de un millón de habitantes, se clasifica en la categoría de Gran Centro Urbano con las mismas competencias de las CAR, en cuanto al ambiente urbano. Para el cumplimiento de este mandato legal, el Santiago de Cali constituyó una entidad especializada, el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente – DAGMA, el Decreto Extraordinario 411.0.20.0516 de 2016, relacionando parte de las funciones señaladas en el Artículo 31 de la Ley 99 de 1993, pero en la norma vigente, aún quedan algunas por fuera. Con la expedición de la Ley 1933 del 1 de agosto de 2018, Santiago de Cali es un distrito especial. El artículo 124 de la Ley 1617 de 2013, que refiere a la Competencia Ambiental, y que, en su inciso primero, es una norma general para todos los distritos especiales, deja claro que el Concejo Distrital por iniciativa del Alcalde Distrital, creará un Establecimiento Público Ambiental, que desempeñará las funciones de Autoridad Ambiental en la jurisdicción del Distrito. Lo anterior representará una modificación sustancial en la gestión ambiental para Santiago de Cali porque, de contar con un organismo perteneciente a la administración central como corresponde a la actual estructura administrativa, sería creado un establecimiento público descentralizado por servicios (arts. 49, 69 y 70 de la Ley 489 de 1997). De acuerdo con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS, 2016), los determinantes ambientales son normas de superior jerarquía en materia ambiental para la elaboración, adopción y ajustes de las herramientas de Ordenamiento Territorial (POT, EOT y PBOT). La Ley 388 de 1997 se refiere a las determinantes de los planes de ordenamiento territorial para los municipios y distritos, definiendo en su artículo 10 como determinantes Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 15 ambientales, aquellas relacionadas con la conservación y protección del ambiente, los recursos naturales, la prevención de amenazas y riesgos naturales, incluyendo lo siguiente: a) Las directrices, normas y reglamentos expedidos en ejercicio de sus respectivas facultades legales, por las entidades del Sistema Nacional Ambiental, en los aspectos relacionados con el ordenamiento espacial del territorio, de acuerdo con la Ley 99 de 1993 y el Decreto Ley 2811 de 1974, Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, tales como las limitaciones derivadas del estatuto de zonificación de uso adecuado del territorio y las regulaciones nacionales sobre uso del suelo en lo concerniente exclusivamente a sus aspectos ambientales. b) Las regulacionessobre conservación, preservación, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables; las disposiciones producidas por las Autoridades Ambientales Competentes (Figura 1.3), en cuanto a la reserva, alinderamiento, administración o sustracción de los distritos de manejo integrado, los distritos de conservación de suelos, las reservas forestales y parques naturales de carácter regional; las normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas y las directrices y normas expedidas por las autoridades ambientales para la conservación de las áreas de especial importancia ecosistémica. c) Las disposiciones que reglamentan el uso y funcionamiento de las áreas que integran el sistema de parques nacionales naturales y las reservas forestales nacionales. d) Las políticas, directrices y regulaciones sobre prevención de amenazas y riesgos naturales, el señalamiento y localización de las áreas de riesgo para asentamientos humanos, así como las estrategias de manejo de zonas expuestas a amenazas y riesgos naturales. Figura 1.3. Autoridades ambientales actuales en Santiago de Cali Fuente: Adaptado de POT Cali (2014) Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 16 El concepto de ordenamiento ambiental del territorio viene de la Ley 99 de 1993, según la cual es una función atribuida al Estado para regular y orientar el proceso de diseño y planificación de uso del territorio y de los recursos naturales renovables de la Nación, a fin de garantizar su adecuada explotación y su desarrollo sostenible. El marco normativo para el Plan de Gestión Ambiental de Santiago de Cali (PGAC), se fundamenta en la regulación establecida para la formulación de las líneas estratégicas que lo conforman, conjuntamente con los demás instrumentos de planificación institucional en general, así como para el fortalecimiento del instrumento estratégico en particular. En la Tabla 1.1 se destacan algunas normas como principales referentes para su formulación. Tabla 1.1 Marco normativo para la gestión ambiental territorial Norma Materia Regulada Decreto Ley Decreto 2811 de 1974, por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. Ley 99 de 1993 por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones, artículos 1 num.10; 65 numerales 1, 5 y 6; Política Nacional de Educación Ambiental 2002; decretos 411.0.20.0566 de 2016; 4112.010.20.0659 de 2017 SIGAC;. PRAES y PROCEDAS. Decreto 1743 de Agosto 3 de 1994. Por el cual se instituye el Proyecto de Educación Ambiental para todos los niveles de educación formal, se fijan criterios para la promoción de la educación ambiental no formal e informal y se establecen los mecanismos de coordinación entre el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio del Medio Ambiente. Resolución 0627 de 2006 expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por la cual se estableció la norma nacional de ruido y ruido ambiental Ley 1549 de 2012, por la cual se fortalece la institucionalización de la Política Nacional de Educación Ambiental y su incorporación efectiva en el desarrollo territorial, artículos 4, 6, 7. Decreto 1076 de 2015. Para el recurso Agua: su uso y aprovechamiento desde su artículo 2.2.3.2.1.1. hasta el 2.2.3.1.1.6; así como las disposiciones relacionadas con los usos del recurso hídrico, el Ordenamiento del Recurso Hídrico y los vertimientos; Para el recurso Flora: en cuanto a la regulación del uso, manejo, aprovechamiento y conservación de los bosques y la flora silvestre con el fin de lograr un desarrollo sostenible se contemplan desde el artículo 2.2.1.1.1.1, hasta el 2.2.1.1.15.3; Para el recurso Fauna: que en el capítulo II, título II, se establecen las Prohibiciones generales respecto a la fauna silvestre, como en el Art. 2.2.1.2.25.1. Numeral 8: “Destruir o deteriorar nidos, guaridas, madrigueras, cuevas, huevos o crías de animales de la fauna silvestre, o los sitios que les Autoridad y gestión ambiental. Educación, comunicación y participación Estrategias de gestión ambiental Ambiente y Salud Espacio público y paisaje. Ambiente sonoro. Biodiversidad. Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 17 sirven de hospedaje o que constituyen su hábitat., así como las actividades a cargo de las autoridades ambientales relacionados con la fauna silvestre, entre las cuales se destaca la del Numeral 10: “Exigir la declaración de efecto ambiental o el estudio ecológico y ambiental previo y evaluarlo teniendo en cuenta lo previsto en este decreto tanto a quienes aprovechan el recurso como a quienes realicen o pretendan realizar actividades susceptibles de deteriorarlo”. Decreto Ley Decreto 2811 de 1974, por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. Ley 99 de 1993 por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones. Decreto 1077 de 2015 Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Título 2, artículos 2.3.2.2.2.3.22,26,27,30,44,74,83,86,87,90 – Planeación para el ordenamiento territorial. Resolución número 0472 de 2017 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, por la cual se reglamenta la gestión integral de los residuos generados en las actividades de Construcción y Demolición (RCD) y se dictan otras disposiciones; Acuerdo Municipal 0373 de 2014 "por medio del cual se adopta la revisión ordinaria de contenido de largo plazo del Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Santiago de Cali", Subcapítulo V - Subsistema de Gestión Integral de Residuos Sólidos artículos 166,167,168, 170; Sección II Residuos Especiales, en los artículos 174 y siguientes, por el cual se formulan los lineamientos para la ubicación y operación de estaciones de trasferencia y sitios de Aprovechamiento, Tratamiento y Disposición Final de RCD en el Municipio de Santiago de Cali; Decreto Municipal 411.0.20.1147 de 2015 "por medio del cual se adopta el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos del Municipio de Santiago de Cali 2015 - 2027 y se dictan otras disposiciones”; Plan de Restauración Ecológica del Municipio de Santiago de Cali. Resolución 4133.0.21.1234 de 2016. Decreto Municipal 0771 de 2018 por el cual se reglamenta el control a la gestión integral de residuos de la construcción y demolición -RCD en Santiago de Cali Gestión residuos sólidos Monitoreo ambiental Servicios ecosistémicos y sostenibilidad Decreto 1077 de 2015 Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio. En su título 6 desde el artículo 2.2.6.1.1.1 hasta el 2.2.6.3.10., incluye lo relacionado con las licencias urbanísticas, sus requisitos y la competencia de los curadores urbanos, así como la obligación ambiental específica del adecuado manejo de los Residuos de Construcción y Demolición (RCD) en su artículo 2.2.6.1.2.3.6, numeral 4. Decreto 1076 de 2015. Ley 1964 de 2019, “por medio de la cual se promueve el uso de vehículos Gestión integral del agua y uso eficiente Producción y consumo sostenible Eficiencia energéticaPlan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 18 eléctricos en Colombia y se dictan otras disposiciones”. Ley 388 de 1997 por la cual se modifica la Ley 9ª de 1989, y la Ley 3ª de 1991 y se dictan otras disposiciones, artículos 1,2,3,6; Decreto 1285 de 2015, por el cual se modifica el Decreto 1077 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo relacionado con los lineamientos de construcción sostenible para edificaciones, Parte 2 Libro 2, Título 7; Decreto Ley 3571 de 2011, por el cual se establecen los objetivos, estructura, funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y se integra el Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio, artículo 17, numeral 7; Resolución 0549 de 2015, “por la cual se reglamenta el Capítulo 1 del Título 7 de la Parte 2, del Libro 2 del Decreto número 1077de 2015, en cuanto a los parámetros y lineamientos de construcción sostenible y se adopta la guía para el ahorro de agua y energía en edificaciones” Construcción sostenible Articulación urbano rural regional Decreto 2372 de 2010 en donde se define de la siguiente manera los Planes de Manejo Ambiental de las Áreas Protegidas: “Cada una de las áreas protegidas que integran el SINAP contarán con un plan de manejo que será el principal instrumento de planificación que orienta su gestión de conservación para un periodo de cinco (5) años de manera que se evidencien resultados frente al logro de los objetivos de conservación que motivaron su designación y su contribución al desarrollo del SINAP. Ley 1523 de 2012, “por la cual se adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones” artículos 9, 12, 14, 27,32,37, 38, 39, 40, 41, 46 Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR 10, Título A, Capítulo A, punto 1.3.13 Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial Gestión del riesgo Seguridad hídrica Estructura Ecológica Biodiversidad y gestión integral del suelo Decreto Ley 2811 de 1974, por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. Ley 99 de 1993, por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones. Decreto 1076 de 2015, artículos 2.2.5.1.2.4., 2.2.5.1.2.8. y 2.2.5.1.2.10; literales b), j) y (k) del 2.2.5.1.6.1; 2.2.5.1.10.4; establecen la competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para dictar normas de calidad del aire o inmisión, los niveles periódicos de inmisión, prevención y control de la contaminación atmosférica proveniente de actividades mineras, industriales y de transporte, y, en general, de la ocasionada por toda actividad o servicio, público o privado, así como la obligación de las autoridades competentes de publicar los niveles de Prevención, Alerta y Emergencia ante la ocurrencia de un episodio, cuando se incremente la concentración y tiempo de duración de la contaminación atmosférica. Gestión integral del aire Sostenibilidad, productividad y ambiente Fuente: Elaboración propia Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 19 En la Tabla 1.1 se presentan solo algunos referentes normativos para la gestión ambiental. Conjuntamente, deben tenerse en cuenta todas aquellas normas asociadas con la gestión de flora, aprovechamiento de árboles aislados, fauna, recurso hídrico, concesiones de aguas superficiales y subterráneas, PUEAA, vertimientos, PMSV, procesos sancionatorios, residuos especiales, ordinarios y peligrosos, gestión urbanística, contaminación visual, conservación de ecosistemas, SIMAP, franjas y zonas ribereñas, UMATA, entre otras. Además, en el desarrollo del documento se incluyen otros referentes normativos que complementan la formulación, de acuerdo a cada temática. Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 20 2 PLANIFICACIÓN AMBIENTAL EN CALI 2.1 Antecedentes El contexto global, regional y local de Santiago de Cali A propósito de la declaración de Santiago de Cali como Distrito Especial, mediante la Ley 1933 de 2018, la entidad territorial ha reforzado su visión de Capital del Pacífico Colombiano; se ha considerado que, en el marco de la Alianza del Pacífico, existen las condiciones propicias para alcanzarlo. No obstante, si de lo que se trata es de lograr una verdadera inserción en la economía global, es necesario pensar con qué otras ciudades de la Cuenca del Pacífico del continente compite Cali, que no es un puerto marítimo; que, a pesar de que se encuentra muy cerca de Buenaventura, su relación institucional con esta última es prácticamente nula. Se hace necesario que Cali propugne por una región desconcentrada que se articule a partir de las diferentes vocaciones productivas de los municipios y que evite que la capital departamental continúe creciendo y expandiéndose sobre el valle geográfico del Río Cauca. Con ello se revertiría el hecho palpable de que algunas entidades territoriales cumplen simplemente como ciudades dormitorio. Capítulo fundamental en ello es la apuesta que se les ha hecho a las tecnologías de la información y las comunicaciones para disminuir los desplazamientos diarios de personas que viven en un municipio y trabajan en otro. Aunque no lo parezca, la dimensión ambiental de toda esta reflexión es fundamental para evitar que se siga profundizando la conurbación entre unas y otras poblaciones. La Ley de Cali, Distrito Especial, le confiere a la entidad territorial una connotación especial en aspectos como el Deporte, la Cultura, el Turismo, las Empresas y los Servicios. La palabra ambiente no aparece en el texto legal; sin embargo, es imposible contar en el largo plazo con estos atributos, si no se garantizan otros que son requisitos necesarios como los servicios ecosistémicos, los cuales tienen cuatro dimensiones: los de abastecimiento, los de regulación, los de hábitat o soporte y los culturales. Vale decir que sin sostenibilidad no es posible la competitividad del Distrito Especial. La estructura ecológica principal es la conexión de Cali con la región, a través principalmente del Parque Nacional Natural Farallones de Cali, la Reserva Nacional Forestal Protectora de Cali y el Río Cauca. El primero y la segunda constituyen los más importantes corredores ecológicos que se extienden en sentido sur/norte; el tercero, que tiene el mismo sentido, es nuestra principal fuente hídrica (alrededor del 75% del agua potable de Cali proviene del Río Cauca), que debería ser nuestra arteria de vida regional, pero en realidad Cali lo convierte en una vena desprovista de oxígeno y, por tanto, de vida. La Cali urbana tiene su propio metabolismo: Las principales fuentes de energía, agua, oxígeno, suelo y biodiversidad se encuentran en lo rural o lo regional; existen numerosos flujos de alimentos y materiales desde lo global, lo nacional, lo regional y lo rural hacia la ciudad; flujos de personas que se trasladan desde diversos municipios a laborar en la capital y que, al final de cada día, regresan a dormir a sus lugares de origen; como atrás se afirmó, Cali se abastece de agua en gran medida del Río Cauca, y en un 25% de sus tributarios que drenan desde los Farallones. La energía que se consume en Cali proviene fundamentalmente de fuentes hídricas ubicadas por fuera de su jurisdicción. Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGACSantiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 21 El correlato de lo anterior es que los residuos sólidos originados en Cali representan aproximadamente el 50% de los que llegan diariamente al Relleno Sanitario de Yotoco (Superservicios, 2016); los residuos principalmente líquidos son arrojados al Río Cauca, en un 20% sin tratamiento alguno y, en el caso de los que provienen de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales-PTAR Cañaveralejo, tienen un escaso tratamiento primario avanzado. Cerca del 35% de las emisiones de CO2 del departamento del Valle del Cauca se originan en Cali y, dentro de ésta, más del 90% es originada en las fuentes móviles, entre las cuales son determinantes las producidas por las motos y por los vehículos alimentados con diésel (DAGMA- Univalle, 2017). Este escenario genera la imperiosa necesidad de adelantar desde ya acciones que lleven a una verdadera Economía Circular, esto es, que se involucre en todos los ámbitos de la producción y la prestación de servicios el concepto de ciclo de vida de los materiales utilizados en los procesos productivos. Ello implica, por un lado, profundizar desde ya, con todas sus consecuencias, el Programa de Aprovechamiento contenido en el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos-PGIRS de la ciudad y estructurar el esquema de aprovechamiento, que pasa además por implementar la Política Pública Municipal de Recicladores de Oficio Organizados como actores privilegiados a los que les correspondería este mercado. Lo anterior, de conformidad con lo ordenado en la Sentencia T-291/2009, expedida por la Corte Constitucional. También pasa la reflexión por la deuda que tiene Cali con la descontaminación del Río Cauca, habida cuenta de que éste, a su paso por la ciudad, se ve impactado en términos de calidad de agua, dadas las cerca de 100 toneladas diarias de DBO5 que recibe de las descargas urbanas, de las cuales 78 corresponden a la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales-PTAR Cañaveralejo (Ver Figura 2.1). En la actualidad, este activo es objeto de un proceso de optimización de su tratamiento primario, que se encuentra contenido en el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos-PSMV, aprobado mediante Resolución 1484 de 2016, expedida por el DAGMA. También hace parte del mismo, para el año 2025, la entrada en funcionamiento del tratamiento secundario del 50% del caudal que recibe la mencionada PTAR, pero éste aún no tiene financiación. Es estrictamente necesario, entonces, que se tramiten los recursos que están previstos en el CONPES 3750 y 3858 de 2016 y que vienen siendo discutidos en la Comisión Río Cauca, por solicitud del DAGMA, para que, apalancando otras fuentes de financiación, se lleve a cabo esta vital inversión para que las aguas que reciben los habitantes de los municipios hacia el norte de Cali, tengan una mejor calidad y que nuestro río padre recupere su vitalidad. También es necesario que la entidad territorial aborde desde ahora la renovación de su parque automotor hacia vehículos impulsados por energías renovables no tradicionales; ello, teniendo en cuenta que las fuentes móviles generan más del 90% del material particulado, responsable de numerosos casos de morbilidad y mortalidad en la ciudad. Para el periodo 2005 al 2016, en el grupo de las Enfermedades Transmisibles, las causas que presentan mayores tasas de mortalidad son la Infección Respiratoria Aguda (IRA), VIH/SIDA y Tuberculosis en el segmento de los hombres. Las dos primeras son responsables del 65% de esta pérdida. Las IRAs, es la mayor causa de mortalidad transmisible en las mujeres (Ver Figura 2.2). El comportamiento es una tendencia a la baja para los años 2005 hasta el 2008, a partir del año 2009 hasta el 2016 la tendencia es irregular, sin embargo para el 2016 muestra un descenso bastante significativo (SSPM, 2018). Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 22 Figura 2.1. Descargas de agua provenientes de Santiago de Cali al río Cauca Fuente: Adaptado de Google por DAGMA (2019) Figura 2.2 Tasa de mortalidad ajustada por edad para las Enfermedades Transmisibles en hombres y mujeres, Santiago de Cali 2005-2016. Fuente: SSPM (2018) La relación urbano/rural Sólo el 21% del territorio caleño es urbano, frente a un 79% rural; cuando el área de expansión sea una realidad material, lo urbano significará el 24%. A su vez, el 40% es área protegida del orden nacional, el 14% es de regulación hídrica y sólo el 13%, en la margen oriental, está previsto en el Plan de Ordenamiento Territorial-POT, para producción sostenible (Ver Figura 2.3). Por tanto, no es viable contemplar que los Farallones se conviertan en la despensa alimentaria de Cali, dado que la vocación de este ecosistema es la de producción de suelo, bosque, agua, oxígeno y biodiversidad. Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 23 Figura 2.3. Áreas de manejo del suelo rural en Santiago de Cali Fuente: POT (2014) Entre 1938 y 1943, el Ministerio de Economía Nacional (hoy Hacienda y Crédito Público) expidió tres resoluciones a través de las cuales declaró reserva forestal los bosques de las cuencas de los ríos Cali, Meléndez y Aguacatal. A su vez, la Ley 54 de 1941 adjudicó baldíos de la Nación al Municipio de Cali ubicados en la cuenca del Río Cali; y la Ley 175 de 1948 adjudicó baldíos de la nación al Municipio de Cali ubicados en las cuencas de los ríos Meléndez, Cañaveralejo, Lili y Pance. Todos ellos sujetos a una condición de uso exclusivo de conservación ambiental. Asimismo, en 1960, a través de la Resolución 806, expedida por el Ministerio de Agricultura, se adjudicaron los baldíos de la Nación al Municipio de Cali. Por su parte, en 1968, el Acuerdo Municipal 045, cedió a INVICALI los mencionados baldíos. A partir de ahí, se dio una serie de adjudicaciones que, por supuesto, estuvieron viciadas de falsa tradición. Con posterioridad, mediante sentencias en primera instancia del Juzgado 12 Penal del Circuito, sentencia del 12 de mayo de 2010, delitos de peculado por apropiación y celebración indebida de contratos y, en segunda instancia, del Tribunal Superior de Cali, Sala Penal, Sentencia del 13 de diciembre de 2012, esta última confirmando la primera en todas sus partes, se condenó a una Directora del DAGMA por haber comprado el predio El Rubí, ubicado en los terrenos en cuestión, entre otras razones, por haber incurrido en comprar un predio que, según ambas autoridades judiciales, era de propiedad del Municipio, independientemente de que hubiera tenido adjudicaciones a terceros. Igualmente, por acción popular presentada por el ingeniero Claudio Borrero, quien también fue el actor en los anteriores procesos penales, la Sección Primera del Consejo de Estado, mediante Sentencia del 2004-00656 del 26 de junio de 2015, exhortó al Municipio a continuar cuidando lo que aún estuviera en sus manos. Sin embargo, las leyes 54 de 1941 y 175 de 1948 siguen en vigor; y así tiene que serlo porque el Consejo de Estado carece de competencia para anular leyes, lo cual es del resorte exclusivo de la Corte Constitucional. Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 24 Quiere decir, entonces, que existen dos posibles escenarios para dictar una política de desarrollo rural para Cali: a) Que, siguiendo la ruta de las dos sentencias penales, los terrenos contenidos en los antiguos tres baldíos sigan siendo de propiedad del Municipio, en cuyo caso la entidad territorial tiene que proponerse su recuperación material; y b) Que, siguiendo la sentencia administrativa, el Municipio simplemente se dedique a preservar lo que aún conserva. Por el otro lado, al parecer,la mayoría de los terrenos definidos por el POT a producción sostenible y que se encontrarían en manos de productores agroindustriales, tendrían una condición jurídica de ejidos. Sobre ello, no ha sido posible obtener información precisa porque, a pesar de enormes esfuerzos por acceder a la información relacionada con la Sentencia del Tribunal Superior de Cali del 27 de mayo de 1995, no ha sido posible lograrlo. Asimismo, el uso del suelo en área del Parque Nacional Natural Farallones de Cali es totalmente restrictivo, y el de la Reserva Forestal Protectora Nacional tiene unas limitaciones muy similares. La Unidad de Parques maneja una Mesa Nacional de Uso, Ocupación y Tenencia con respecto a todos los parques nacionales naturales y, a su vez, tiene una regional respecto del Parque Farallones; el DAGMA sólo tiene un rol de acompañante en dicho escenario de diálogo con los delegados de los habitantes del Parque. Mientras esa Mesa no avance, es difícil tomar decisiones de mediano y largo plazo sobre el uso del suelo y, por tanto, sobre una política de desarrollo rural que implique actividades productivas. En el entretanto, en diciembre de 2018 la Unidad de Parques Nacionales expidió la Resolución 470 de 2018, "Por medio de la cual se establece una medida de manejo para la intervención de infraestructura habitable existente, en situación de deterioro o colapso, que genere riesgo a la vida y/o al medio ambiente, al interior de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y se dictan otras disposiciones" Dicha normativa flexibiliza algunas actividades en el Parque; de manera similar, la Ley 1955 de 2019, aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo, contiene el artículo 7º, de acuerdo con el cual las autoridades ambientales, en coordinación con otras entidades públicas, pueden celebrar acuerdos con población campesina en condición de vulnerabilidad que habite, ocupe o realice usos tradicionales asociados a la economía campesina en áreas protegidas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas-SINAP, que deriven su sustento de estos usos y que puedan ser reconocidos con una relación productiva artesanal y tradicional con el área protegida, con el objeto de contribuir a la atención de conflictos de uso, ocupación y tenencia que se presenten en esas áreas. Según la citada norma, estos acuerdos permitirán generar alternativas de usos compatibles con los objetivos de conservación de esas áreas, ordenar y regular los usos asociados a la economía campesina, para mejorar el estado de su conservación, definir actividades productivas acordes con los objetos de conservación y las condiciones de vida de la población, garantizando sus derechos fundamentales. Queda, pues, clara la importancia de este artículo 7º para resolver los conflictos de la ruralidad occidental de Cali. Y, para hacer más complejo el análisis de la temática, se tiene que en 2017 fue expedida la Ley 1876, por la cual se creó el Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria. Esta ley tiene varios aspectos relevantes: Por un lado, promueve la privatización de la asistencia técnica rural, de tal manera que ésta ya no sería obligatoria para las entidades territoriales, lo cual no sería bueno para la población campesina caleña. Y, por el otro, derogó la Ley 607 de 2000, Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 25 pero al mismo tiempo estableció que ella misma, la 1876, entraría en vigencia cuando fuese reglamentada por el gobierno nacional, el cual, luego de dos años, aún no lo ha hecho; conclusión, hay un vacío normativo grave en la materia. En la actualidad, el DAPM no viabiliza inversiones en la ruralidad caleña ni para compra de insumos para los pequeños productores, ni tampoco para financiarles a éstos proyectos de desarrollo. Lo anterior, por cuanto dicho departamento administrativo está obligado a seguir los lineamientos del DNP, el cual se basa en la ley derogada, esto es, en la 607 de 2000. Por el contrario, la Ley 1876 de 2018 sí es muy proactiva en materia de financiación de proyectos a pequeños productores, pero hay que esperar a que sea reglamentada para poderla aplicar. El DAGMA al servicio de Cali El DAGMA, como su nombre lo indica, es un departamento administrativo del orden municipal y, como tal, es un organismo principal del sector central (artículo 226 del Decreto Extraordinario 411.0.20.0516 de 2016). Es importante destacar que no se trata de una secretaría que se encarga de asuntos sectoriales, sino de una entidad que aborda asuntos transversales y que marca pautas en éstos frente a las demás. Un contraste realizado a las funciones contenidas en el artículo 31, en armonía con el 66 de la Ley 99 de 1993, frente a las incorporadas al artículo 229 del Decreto 411.0.20.0516 de 2016, deja traslucir que 15 funciones que le corresponderían, según la norma nacional, no le fueron adscritas, según la disposición municipal. Al DAGMA le corresponde ser autoridad ambiental en el área urbana de Santiago de Cali, esto es, ejercer funciones de inspección, vigilancia y control, incluyendo la atención de trámites ambientales, hacerles seguimiento y eventualmente adelantar procesos sancionatorios. Todo ello, en el área urbana, en relación con los diversos recursos naturales renovables: Suelo, agua, flora, fauna, aire. Pero, además ser responsable de la conservación de los ecosistemas en todo el territorio caleño implica una gran responsabilidad frente a la estructura ecológica que busca la conectividad urbano-rural-regional. Además, es responsable de la Unidad Municipal de Asistencia Técnica Agropecuaria (UMATA), cumpliendo una labor un tanto contradictoria de hacer asistencia técnica directa a pequeños productores rurales que se encuentran asentados en áreas en las que el uso del suelo sólo es jurídicamente apto para conservación y para regulación hídrica. Desde octubre de 2017, se propuso, y se ha profundizado en ello, tener como unidades fundamentales de trabajo las cuencas hidrográficas, vistas como socio-ecosistemas, no sólo como elementos biofísicos. Esto, por cuanto Cali tiene el privilegio de estar atravesada por varios ríos, que son los que le dan la vida, pero también deteriorados por actividades de origen antropogénico. Luego de la Reforma Administrativa de 2016, el DAGMA es una entidad que quedó con una estructura sencilla: la Dirección, dos subdirecciones y la Unidad de Apoyo a la Gestión (Ver Figura 2.4). Entre las subdirecciones, la de Gestión de Calidad Ambiental quedó con las competencias propias del ejercicio de la autoridad ambiental en el área urbana, lo cual se centra en la función y el proceso de Inspección, Vigilancia y Control-IVC. En contraste, la Subdirección de Gestión de Conservación de Ecosistemas y UMATA tiene su misión centrada en proteger y gestionar los ecosistemas, que no sólo son rurales, y que no sólo se centran en la Estructura Ecológica Principal, sino también a la Complementaria. Por su parte, la Unidad Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 26 de Apoyo hace las veces del área corporativa y tiene a su cargo modernizar la entidad, hacerla más eficiente y, sobre todo, más transparente. Figura 2.4. Organigrama actual del DAGMA como Autoridad Ambiental Urbana Fuente: Elaboración propia, DAGMA (2019) Siendo las cuencas hidrográficas la unidad fundamental para la gestión ambiental, se apunta a dos objetivos: a la gestión integral de los recursos naturales renovables y a la gestión integral de los territorios. A la primera inducen el Código de Recursos Naturales (Decreto Ley 1811 de 1974) y la Ley 99 de 1993; a la segunda llevan la Ley de Cali, Distrito Especial (Ley 1933 de 2018) y la Ley de Distritos Especiales (Ley 1617 de 2013). Estas dos apuestas permitieronproponer para el futuro una reorganización del actual DAGMA con un Consejo Directivo, una Gerencia General y cuatro Gerencias de apoyo (Ver Figura 2.5). En dicha propuesta, cada una de las tres gerencias misionales haría tanto conservación como IVC y tendría un ámbito urbano y rural. Ésta es la razón por la cual también el DAGMA propuso que las localidades del Distrito Especial fueran urbano/rurales para que fueran pensadas buscando la integración y no la separación; justo, ése es el aporte de la visión de cuencas vistas como socio-ecosistemas. La estructura proyectada se fundamenta en un Consejo Directivo, tal como establece la Ley 1617 de 2013. Luego aparece en cabeza de la entidad una Gerencia General, con una Secretaría General y las respectivas asesorías para los controles internos. Tendría a su cargo cuatro (4) Gerencias, dos (2) de ellas especializadas en los recursos naturales objeto de conservación, inspección, vigilancia y control; una Gerencia con características transversales para la mitigación y adaptación al cambio climático que incluye también la protección de la Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 27 calidad del aire y, finalmente, una Gerencia Corporativa que cumpliría las funciones de apoyo para dar soporte a todos los demás componentes en el cumplimiento de sus funciones misionales. Figura 2.5. Organigrama proyectado del DAGMA como Autoridad Ambiental Distrital Fuente: Elaboración propia, DAGMA (2019) De manera transversal, también se conecta el área de Relacionamiento Social, que comprende instancias encargadas de las Comunicaciones, la Educación y la Participación, aspectos fundamentales para una gestión ambiental eficiente, legítima y sustentable. A continuación, se describe la finalidad de las Gerencias propuestas: a) Gerencia para la gestión integral del agua: Se proyecta como la instancia encargada de la preservación de la gran riqueza hídrica con la que cuenta Santiago de Cali, realizando acciones tanto de conservación como de inspección, vigilancia y control en toda la secuencia lógica de la dinámica del agua en las cuencas hidrográficas, desde los nacimientos hasta su entrega y vertimientos al río Cauca, pasando por las rondas hídricas, los humedales y el acuífero, elementos de suma importancia, cuya interrelación permitirá garantizar la seguridad hídrica distrital, en concordancia con los lineamientos de la Política Nacional de Gestión Integral del Recurso Hídrico (MADS, 2010) y toda la normativa que se ha derivado de dicha política. Esta Gerencia contaría con tres grupos claramente interrelacionados, uno encargado de la Conservación, otro de Calidad de Agua y el tercero se enfocará en la Demanda; los tres deberán funcionar de manera articulada, en virtud de promover una verdadera gestión integral del agua en el territorio distrital, con acciones coordinadas que optimicen el uso de recursos. b) Gerencia para la gestión integral del suelo y la biodiversidad: Instancia encargada de atender la conservación, inspección, vigilancia y control de los recursos suelo, flora y fauna, integrando el entramado de relaciones existentes entre dichos recursos y su relevancia para la prestación de los servicios ecosistémicos de los cuales depende el Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 28 desarrollo del Distrito, aplicando también los lineamientos definidos en la Política para la Gestión Integral de la Biodiversidad y sus Servicios Ecosistémicos (MADS, 2013) y la Política para la Gestión Sostenible del Suelo (MADS, 2016); a la vez se busca destacar el recurso suelo al nivel de importancia que verdaderamente representa para el territorio, dadas sus funciones vitales y estructurantes. En esta Gerencia se incorporan los grupos de Ecosistemas Terrestres, el Vivero, la UMATA (Unidad para el Servicio de Extensión Agropecuaria) y los componentes de Flora y Fauna. c) Gerencia de Cambio Climático: Instancia integradora de todos los elementos del ecosistema para, a través de una visión holística, deberá proyectar las intervenciones requeridas en función de grandes presiones ambientales globales y locales para enfrentar el cambio climático, las vulnerabilidades que surgen de éste y de muchas actividades antrópicas que generan amenazas sobre las comunidades, así como los controles para la gestión y recuperación del espacio público. Elemento fundamental en ésta es la gestión integral para la Calidad del Aire y el control de la Contaminación Acústica, así como la producción y el consumo sostenible en el sector empresarial, la gestión integral de Residuos Sólidos, la Gestión del Riesgo, la Infraestructura Sostenible y un Centro de Monitoreo Ambiental que producirá la información requerida por todos los otros componentes de la entidad. Esta Gerencia se fundamenta en la Política Nacional de Producción y Consumo Sostenible (MAVDT, 2010), la Política Nacional de Cambio Climático (MADS, 2017) y la Ley 1931 de 2018, por la cual se establecen directrices para la gestión del cambio climático. d) Gerencia Corporativa: Tomaría las mismas funciones que actualmente desempeñan las Unidades de Apoyo a la Gestión, conforme al Decreto Extraordinario 516 de 2016 y algunas adicionales derivadas de la creación de la Autoridad Ambiental Distrital como un establecimiento público con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio independiente. 2.2 Lineamientos de Políticas Ambientales Política de Gestión Ambiental Urbana La PGAU se formuló en el año 2008 para todo el territorio nacional y se orientó a definir principios e instrumentos de política pública, que permitieran manejar y hacer gestión ambiental al interior del perímetro urbano de las grandes, medianas y pequeñas áreas urbanas, acorde con sus características específicas y sus problemáticas ambientales actuales (MAVDT, 2008). El alcance de esta Política comprende un enfoque integral de la gestión ambiental urbana soportado en las políticas existentes, para lo cual definió directrices y criterios de articulación de las diferentes políticas, programas y planes sectoriales formulados o en proceso de formulación. En este sentido, la PGAU invita a que todas las política e instrumentos que se deriven de ellas, se diseñen de manera articulada, con objetivos comunes y robustos que optimicen el uso de los recursos y fortalezcan la gestión ambiental. Tal y como reiteradamente se ha expresado en este documento, la PGAU parte de considerar que: Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 29 “La vida humana en las ciudades depende fundamentalmente de su relación (la de las ciudades) con regiones próximas y lejanas de las cuales obtiene los insumos de energía y materia esenciales para su reproducción sostenida y creciente. Por lo tanto, para asegurar el desarrollo sostenible de las ciudades colombianas, éstas deben de manera prioritaria, establecer una nueva forma de relación con las regiones circundantes de las cuales depende su metabolismo. Para esto es necesario adoptar un esquema de gestión descentralizado y democrático del desarrollo urbano que permita un uso racional de los recursos naturales renovables y no renovables en el contexto regional, teniendo como referente su disponibilidad y renovabilidad, así como las condiciones de agotabilidad y demanda a las que son sometidos.” 1 La PGAU plantea seis objetivos y tres estrategias que abarcan diversos aspectos asociados a la gestión ambiental urbana, todos ellos relacionados con actividades socio-económicas que tienen implicaciones de tipo ambiental (Ver Tabla 2.1), la gestión del riesgo, la movilidad, el espacio público, etc.
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