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Plan de Gestión Ambiental de Cali

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Documento Técnico para el 
Plan de Gestión Ambiental de Cali 
PGAC 
 
 
 
 
 
Santiago de Cali, diciembre de 2019 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un parque Natural con Ciudad Página | i 
 
ALCALDE 
Norman Maurice Armitage Cadavid 
 
DIRECTORA DAGMA 
Claudia María Buitrago Restrepo 
 
Jefe de la Unidad de Apoyo a la Gestión 
Mauricio Alejandro Jaramillo Parra 
 
Subdirectora de Gestión Integral de Ecosistemas y UMATA 
Ana Dorly Jaramillo Salazar 
 
Subdirección de Gestión De Calidad Ambiental 
Héctor Alejandro Paz Gómez 
 
EQUIPO DAGMA 
Daniel Ascúntar Ríos Asesor – Compilador 
Gloria Irney Almario Álvarez Asesora 
Paula Alejandra Méndez Ospina Asesora 
Andrés Fernando Toro Vélez Asesor 
Alfonso Lenis Libreros Asesor 
Javier Ospina Cocuy Asesor 
Carlos Acosta Pinzón Asesor 
Óscar Rivera Luna Asesor 
Víctor Alfonso Cerón Hernández Asesor 
Gonzalo Duque Ricaute Financiero 
Carolina Vallejo Bravo Administrativo - Vital 
Jhon Jairo Toro Chaves Gestión de Calidad Acústica 
Edwin Rodrigo Escobar Pérez Ecourbanismo 
Diego Carvajal Trujillo Planeación 
Viviana Andrea Huetio Vergara Gestión Urbanística Ambiental 
Marlyn Olave Guapi Gestión Ambiental Empresarial 
Mónica Patricia Londoño Moreno Conservación de Ecosistemas 
Luis Fernando Potosí Guzmán Participación 
Oscar Marino Escobar UMATA 
Miguel Fernando Vásquez Abadía Gestión De Flora 
Gisela Arizabaleta Moreno Calidad Del Aire 
Diego Fernando Benavides Gallego Residuos Solidos 
Álvaro Loaiza Duque Recurso Hídrico 
Andrés Mauricio Salazar Loaiza Flora 
William Andrés Posada Ruiz Fauna 
Edgar Humberto Herrera Figueroa Laboratorio de Monitoreo Ambiental 
Marcela Villa González Gestión del Riesgo 
Sonia Del Mar González Bonilla Educación 
Fabián Chavarriaga Lenis Sistemas 
Adriana Yadira Portocarrero Hurtado Comunicaciones 
Andrés Fernando Gironza Potes Contratación 
Lina María Lujan Feijoo Trámites 
 
 
 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un parque Natural con Ciudad Página | ii 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad* 
 
Una ciudad resiliente y sustentable, con cuencas 
conservadas, agua segura para todos, preservación de la 
biodiversidad, aire limpio y una comunidad consciente de su 
rol, todos por el sueño de un ambiente sano” 
 
 
 
 
 
 
 
 
Alcaldía de Santiago de Cali 
Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente 
DAGMA, 2019 
*Frase construida colectivamente al interior del DAGMA durante el ejercicio de proyección de Santiago de Cali como Distrito Especial 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un parque Natural con Ciudad Página | iii 
 
TABLA DE CONTENIDO 
 
PRESENTACIÓN ................................................................................ 7 
1 MARCO DE REFERENCIA ........................................................... 9 
1.1 Visión ....................................................................................................... 10 
1.2 Propósito .................................................................................................. 11 
1.3 Conexión Urbano – Rural – Regional ....................................................... 11 
1.4 Ordenamiento Jurídico ............................................................................. 14 
2 PLANIFICACIÓN AMBIENTAL EN CALI .....................................20 
2.1 Antecedentes ........................................................................................... 20 
2.2 Lineamientos de Políticas Ambientales .................................................... 28 
Política de Gestión Ambiental Urbana ...................................................................... 28 
Política Nacional de Producción y Consumo Sostenible ........................................... 30 
Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico ................................. 31 
Política Nacional de Gestión Integral de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos .... 32 
Política para la Gestión Sostenible del Suelo ............................................................ 33 
Política Nacional de Cambio Climático ..................................................................... 34 
2.3 Instrumentos de Planificación Ambiental .................................................. 36 
3 EJES TRANSVERSALES ............................................................40 
3.1 Gestión Integral del Cambio Climático ..................................................... 40 
3.2 Gestión del Riesgo ................................................................................... 42 
3.3 Seguridad Hídrica .................................................................................... 44 
3.4 Educación y Cultura Ambiental ................................................................ 47 
3.5 Ambiente y Salud ..................................................................................... 50 
3.6 Fortalecimiento Institucional y Gobernanza ............................................. 54 
3.7 Correlación entre los Ejes Transversales y las Líneas Estratégicas ........ 62 
4 LÍNEAS ESTRATÉGICAS ............................................................64 
4.1 Gestión Integral del Suelo ........................................................................ 64 
Esquema de Pago por Servicios Ambientales - PSA ................................................ 66 
Ecoeficiencia Rural ................................................................................................... 67 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un parque Natural con Ciudad Página | iv 
 
Construcción Sostenible ........................................................................................... 68 
Manejo del Espacio Público y Paisaje ....................................................................... 68 
Administración Alrededor del Espacio Público .......................................................... 69 
4.2 Gestión Integral de la Biodiversidad ......................................................... 70 
Estructura Ecológica y Conservación ........................................................................ 73 
Flora ......................................................................................................................... 74 
Fauna ....................................................................................................................... 76 
4.3 Gestión Integral del Agua ......................................................................... 77 
Uso Eficiente y Múltiple del Agua .............................................................................. 78 
Agua y Sociedad ....................................................................................................... 79 
Líneas Estratégicas para la Gestión Integral del Agua .............................................. 81 
Articulación de Instrumentos de Gestión del Agua .................................................... 82 
4.4 Mitigación del Cambio Climático y Gestión Integral del Aire .................... 88 
Calidad del Aire ........................................................................................................ 88 
Ambiente Sonoro ...................................................................................................... 91 
4.5 Producción y Consumo Sostenible........................................................... 92 
Negocios Verdes y Economía Circular ...................................................................... 92 
Alternativas Energéticas y Movilidad Sostenible ....................................................... 95 
Gestión de Residuos Sólidos ....................................................................................98 
Sostenibilidad y Productividad ................................................................................ 102 
5 CRONOGRAMA Y SEGUIMIENTO ............................................ 105 
6 SIGLAS ...................................................................................... 106 
7 REFERENCIAS .......................................................................... 109 
 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un parque Natural con Ciudad Página | v 
 
LISTA DE TABLAS 
 
Tabla 1.1 Marco normativo para la gestión ambiental territorial ............................ 16 
Tabla 2.1 Lineamientos para la gestión ambiental urbana .................................... 29 
Tabla 2.2 Lineamientos para la gestión integral de cambio climático .................... 35 
Tabla 2.3 Instrumentos de planificación ambiental complementarios ................... 39 
Tabla 3.1 Líneas estratégicas de la Política Pública Municipal de Educación 
Ambiental .............................................................................................................. 49 
Tabla 3.2 Factores ambientales de manejo en relación con la salud .................... 52 
Tabla 3.3 Espacios de articulación interinstitucionales e intersectoriales ............. 55 
Tabla 4.1 Líneas estratégicas para la gestión integral de la biodiversidad ........... 71 
Tabla 4.2 Líneas estratégicas para la gestión integral del agua............................ 81 
Tabla 4.3 Línea estratégica: Conservación de áreas estratégicas en la gestión del 
agua ...................................................................................................................... 82 
Tabla 4.4 Línea estratégica: Mejoramiento de la calidad de agua ........................ 83 
Tabla 4.5 Línea estratégica: Agua para Cali productiva y sostenible .................... 85 
Tabla 4.6 Línea estratégica: Gestión integral de riesgos asociados al agua ......... 86 
Tabla 4.7 Línea estratégica: Fortalecimiento institucional y generación de 
conocimiento en la gestión del agua ..................................................................... 86 
Tabla 4.8 Línea estratégica: Gobernabilidad y gobernanza del agua ................... 87 
Tabla 4.9 Líneas estratégica: Educación ambiental para la gestión del agua ....... 87 
Tabla 4.10 Cronograma de transición hacia movilidad sostenible......................... 97 
Tabla 4.11 Instrumentos para la construcción sostenible en Santiago de Cali ... 100 
Tabla 5.1 Cronograma de instrumentos de gestión ambiental ............................ 105 
 
 
LISTA DE FIGURAS 
Figura 1.1. Los servicios ecosistémicos en Santiago de Cali ................................ 12 
Figura 1.2. Conectividad urbano – rural – regional de Santiago de Cali ............... 13 
Figura 1.3. Autoridades ambientales actuales en Santiago de Cali ...................... 15 
Figura 2.1. Descargas de agua provenientes de Santiago de Cali al río Cauca ... 22 
Figura 2.2 Tasa de mortalidad ajustada por edad para las Enfermedades 
Transmisibles en hombres y mujeres, Santiago de Cali 2005-2016. ..................... 22 
Figura 2.3. Áreas de manejo del suelo rural en Santiago de Cali .......................... 23 
Figura 2.4. Organigrama actual del DAGMA como Autoridad Ambiental Urbana . 26 
Figura 2.5. Organigrama proyectado del DAGMA como Autoridad Ambiental 
Distrital .................................................................................................................. 27 
Figura 2.6. Criterios y sectores estratégicos para la Política de Producción y 
Consumo Sostenible ............................................................................................. 30 
Figura 2.7. Ejes estratégicos de la Política de Producción y Consumo Sostenible 31 
Figura 2.8. Acciones de ordenación y gestión del recurso hídrico ........................ 32 
Figura 2.9. Esquema general de una gestión integral de la biodiversidad y sus 
servicios ecosistémicos ......................................................................................... 33 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un parque Natural con Ciudad Página | vi 
 
Figura 2.10. Elementos que contribuyen a la degradación del suelo .................... 34 
Figura 2.11. Articulación de instrumentos de planificación en Santiago de Cali ... 38 
Figura 3.1. Balance hídrico de usos del agua en Santiago de Cali ....................... 45 
Figura 3.2. Saneamiento y manejo del agua residual en Santiago de Cali ........... 46 
Figura 3.3. Mesas Técnicas del COTSA municipal ............................................... 53 
Figura 3.4. Plataformas del Sistema de Información Ambiental de Colombia ....... 60 
Figura 3.5. Ejemplos de sistemas de información ambiental en Santiago de Cali 61 
Figura 3.6. Ejes transversales y gestión integral de los recursos naturales .......... 63 
Figura 4.1. Esquema de una economía circular .................................................... 93 
Figura 4.2. Esquema de articulación del Plan Municipal de Negocios Verdes ...... 95 
Figura 4.3. Ejemplos de uso de energía solar en Santiago de Cali y la región ..... 96 
Figura 4.4. Plataforma WEB para registro de generadores y gestores de RCD.. 100 
Figura 4.5. Código de colores para separación de residuos sólidos en Colombia
 ............................................................................................................................ 102 
 
 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 7 
 
PRESENTACIÓN 
 
El Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente (DAGMA), es un organismo 
adscrito al Municipio de Santiago de Cali, ahora Distrito Especial, en virtud de lo instituido en 
la Ley 1933 de 2018 y encargado según lo dispuesto en Decreto Municipal 411.0.20.0516 de 
2016, de la gestión ambiental en el Municipio de Santiago de Cali, y la máxima autoridad 
ambiental dentro de su perímetro urbano. Como tal, es el organismo técnico director de la 
protección y conservación de los recursos naturales renovables, responsable de la política y 
la acción ambiental y de brindar asistencia técnica agropecuaria, enfocada en su desarrollo 
sostenible, conforme a las normas vigentes. 
 
Por ser un Departamento Administrativo, posee la facultad de generar e impartir lineamientos 
gubernativos transversales a los demás organismos del ente territorial, en materia ambiental. 
Concomitante con su condición de dependencia de la Alcaldía de Santiago de Cali, también 
es un organismo perteneciente al Sistema Nacional Ambiental (SINA) cuya rectoría es 
ejercida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. 
 
Con la expedición de la Ley 1933 de 2018, Cali fue reconocida como un Distrito Especial. El 
equipo de trabajo del DAGMA hizo un ejercicio colectivo durante un año, para revisar el 
impacto que esta ley tendría para la entidad territorial y para la gestión integral de los 
recursos naturales renovables y de los territorios. La conclusión es que dicho impacto será 
fundamental: En lugar de 22 comunas y 15 corregimientos, el proceso de distritalización 
conllevará a que se conformen unas 6 localidades, en su casi totalidad urbano/rurales; esta 
condición será necesaria para el manejo territorial basado en cuencas como las unidades de 
ordenamiento, planeación y manejo fundamentales. 
 
Esta mirada permitirá tener un manejo que visibilice las relaciones entre la ciudad y la 
ruralidad y la región que no sólo la circundan, sino que literalmente la sostienen. Esto 
conllevará a que cada localidad asuma sus relaciones de vecindad, no sólo con las demás, 
sino, al mismo tiempo, con los municipios vecinos, en una perspectiva de complementariedad 
de actividades entre unas entidades territoriales y el Distrito Especial, viendo la región en su 
conjunto como un sistema abiertocon relaciones múltiples y complejas. 
 
También es imprescindible tener en cuenta que gran parte de la ruralidad caleña está 
dedicada a la conservación de ecosistemas y a la regulación hídrica, de tal manera que sólo 
un 13% puede dedicarse a la producción sostenible, a la luz de lo previsto en el Plan de 
Ordenamiento Territorial vigente (POT, 2014). 
 
Igualmente, se hace necesario que la entidad territorial asuma en su conjunto la estrategia 
para el tratamiento jurídico de las áreas que antiguamente fueron baldíos de la Nación y que 
en los años cuarenta le fueron adjudicados a Santiago de Cali con el único propósito de la 
conservación de las cuencas. Ello tendría un impacto directo sobre la propiedad que múltiples 
actores tienen sobre dichas áreas. Similar situación existe con respecto a los ejidos, mientras 
estas situaciones no se encuentren suficientemente decantadas, será prácticamente 
imposible tomar decisiones estructurales sobre políticas de desarrollo rural de Santiago de 
Cali. 
 
De otro lado, está próxima a comenzar una década decisiva en temas relacionados con el 
Cambio Climático. En ella, siguiendo los lineamientos de la Ley 1964 de 2019, de Movilidad 
Sostenible, Cali tendrá que tomar decisiones sobre la renovación de su parque automotor, en 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 8 
 
especial el del MÏO y el de la administración distrital. Y éste no sólo será un tema de 
disminución de gases de efecto invernadero, sino, y es quizás aún más importante, también 
de mejoramiento de la calidad del aire, para lo cual es urgente la disminución de emisión de 
material particulado, PM-10 y PM-2.5; ambos, en especial el segundo, son una fuente 
fundamental de enfermedades cardiorrespiratorias que, no sólo afectan a la niñez, la vejez, 
los enfermos y las mujeres embarazadas, sino a la población en general. 
 
Igualmente, en 2022, cuando se haya culminado el Jarillón de Cali, la entidad territorial tendrá 
que iniciar las acciones pertinentes para solucionar de raíz las situaciones derivadas de los 
asentamientos humanos de desarrollo incompleto que, por tener tal condición, no permiten 
inversiones públicas tendientes a mejorar las condiciones de vida de los pobladores de los 
mismos. Urge que Santiago de Cali regularice todos aquellos que sean susceptibles de ello, 
por no encontrarse en zonas de alto riesgo no mitigable, y con estos últimos, busque 
opciones de reasentamiento. 
 
El abordar de manera integral esta problemática, lo cual debe profundizarse ya, permitirá, no 
sólo dignificar a una buena parte de la población, a devolverle sus derechos a la vida, la 
salud, al agua potable y al saneamiento, sino también, a mejorar las condiciones de ambiente 
sano, en especial en lo relacionado con la calidad del agua de los ríos, quebradas y canales, 
sino también de superación de amenazas de remoción en masa e inundaciones. 
 
No menos importante es facilitar que quienes de tiempo atrás han venido ocupando de buena 
fe y en forma pacífica las áreas del Parque Nacional Natural Los Farallones de Cali y de la 
Reserva Forestal Protectora Nacional de Cali, puedan continuar morando allí, siempre y 
cuando lo hagan bajo acuerdos de conservación con la entidad territorial y sus autoridades 
ambientales. De esta manera se encontrará una feliz confluencia entre inclusión social, 
calidad de vida y protección de ecosistemas. 
 
El DAGMA presenta el Documento Técnico para el Plan de Gestión Ambiental de Cali 
(PGAC), que tiene como propósito armonizar todos los instrumentos de planificación que 
giran en torno a la gestión ambiental; por ello, hacen parte integral de él todos aquellos 
referentes citados en el presente documento, con sus respectivos Anexos y Documentos 
Técnicos de Soporte, los cuales estarán disponibles en medio digital en el área de Planeación 
del DAGMA. 
 
Se toma como base el “Diagnóstico Estratégico del Sector Ambiental del Municipio de 
Santiago de Cali”, obtenido en el marco del Convenio Interadministrativo Nº 4133.027.2.032-
2017 entre el Municipio de Santiago de Cali – Departamento Administrativo de Gestión del 
Medio Ambiente (DAGMA) y la Universidad del Valle, cuyo objetivo consistió en “Aunar 
esfuerzos institucionales técnicos, económicos y administrativos para construir 
colectivamente un diagnóstico estratégico para el sector ambiental en el municipio de 
Santiago de Cali que contenga los ejercicios de planificación que se han realizado en el 
Municipio en los últimos años con un enfoque de sustentabilidad”. 
 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 9 
 
1 MARCO DE REFERENCIA 
 
Una planeación del territorio en función de las cuencas hidrográficas permite seleccionar, 
implementar y optimizar aquellos usos que respondan a las necesidades de la población y al 
mismo tiempo proteger los recursos naturales para las futuras generaciones, en concordancia 
con los direccionamientos enmarcados en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la 
Agenda 2030, que priorizan la planificación integral a favor de las personas, el planeta y la 
prosperidad. 
 
Aunado a lo anterior, los líderes del mundo han adoptado la Nueva Agenda Urbana (NAU), 
aprobada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano 
Sostenible (ONU, 2017), que establece un renovado estándar mundial para el desarrollo 
urbano sostenible e invita a repensar la forma de planificar, gestionar y vivir en las ciudades. 
Ante ello, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible manifiesta que Colombia debe 
encaminar su desarrollo con particular énfasis en tres aspectos de la implementación de la 
NAU, que inciden en su resiliencia, relativos al ODS número 11, Ciudades y comunidades 
sostenibles; al ODS número 13, Acción por el clima y al 15, Vida de ecosistemas terrestres. 
 
En la NAU, los líderes se han comprometido a enfrentar retos como la implementación de 
medidas para ciudades más limpias, el fortalecimiento de la resiliencia en las ciudades para 
reducir el riesgo y el impacto de los desastres, la adopción de estrategias para hacer frente al 
cambio climático mediante el control de sus emisiones de gases de efecto invernadero, el 
mejoramiento de la conectividad y el apoyo a iniciativas innovadoras y ecológicas, entre 
otros. 
Quizás lo más importante e innovador de la NAU es que promueve los sistemas territoriales 
que integran las funciones urbanas y rurales en los marcos espaciales nacionales y 
subnacionales y los sistemas de ciudades y asentamientos humanos, buscando la 
ordenación y el uso sostenible de los recursos naturales, el suministro fiable y las cadenas de 
valor que conectan la oferta y la demanda en las zonas urbanas y rurales; con ello se 
pretende fomentar el desarrollo regional equitativo en todo el proceso continuo de las zonas 
urbanas y rurales y colmar las brechas sociales, económicas y territoriales. 
Esa integración urbano/rural de la NAU es esencial para Santiago de Cali, la tercera ciudad 
más importante de Colombia, con alrededor de 2.4 millones de habitantes (DANE, 2019); un 
territorio de amplia diversidad natural, social y cultural, que se desarrolla sobre una superficie 
de 55.884 Ha (POT Cali, 2014) donde la zona urbana comprende un total de 11.915 Ha (21%) 
y el área rural abarca 43.969 Ha (79%). La proporción indica una gran mayoría territorial de 
suelo rural, en el cual también es indispensable resaltar las áreas protegidas, tales como el 
Parque Nacional Natural Farallones de Cali (12.952 Ha), la Reserva Forestal Protectora 
Nacional del Río Cali (9.603 Ha), la Reserva Municipal de Uso Sostenible del Río Meléndez 
(651 Ha) y el Distrito Regional de Manejo Integrado del Río Pance (1.405 Ha) 
 
Estos atributos biogeográficos, así como la gran riqueza en recursos hídricos, biodiversidad y 
paisaje proyectana Santiago de Cali como un territorio propicio para, a través de una visión 
sistémica, hacer de las cuencas hidrográficas verdaderas unidades de planificación y 
ordenamiento urbano-rural-regional, permitiendo prever, estructurar y hacer una gestión 
sostenible de los recursos naturales renovables disponibles para sus habitantes, a la luz de 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 10 
 
los direccionamientos de orden internacional que surgen frente a los retos ambientales 
ulteriores. 
 
Santiago de Cali está compuesta por una amalgama de espacios sociales y biofísicos 
diferenciados, en los cuales han prosperado distintas infraestructuras, culturas o ensambles 
urbanos, rurales y urbano-rurales, con procesos de poblamiento que han construido múltiples 
interacciones. Es en este escenario donde la gestión ambiental debe basarse en el socio-
ecosistema como unidad estratégica de análisis y proyección, siempre buscando el equilibrio 
entre el desarrollo socio-económico y la conservación de los recursos naturales. 
 
1.1 Visión 
 
En coherencia con los lineamientos de las políticas ambientales nacionales y los instrumentos 
de planificación del orden regional, hacia el año 2040, Santiago de Cali habrá priorizado su 
conversión hacia un territorio resiliente, reconociendo sus capacidades y limitaciones, 
avanzando de manera significativa en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo 
Sostenible, en un marco de acción regional concertada con los municipios vecinos; la 
conservación de las cuencas será prioridad en los Planes de Desarrollo y por eso se habrá 
convertido en destino preferido para el turismo de naturaleza y científico en América Latina, la 
competitividad empresarial, las manifestaciones culturales y deportivas y la prestación de 
servicios, siendo y ejemplo en la implementación de acciones para la adaptación al cambio 
climático, la seguridad hídrica y el bienestar de todos sus habitantes. 
 
Santiago de Cali será el territorio de la sostenibilidad ambiental, reconocido por la 
recuperación y conservación de su estructura ecológica, en armonía con el desarrollo 
significativo de actividades socio-económicas que previenen y resuelven las problemáticas 
ambientales, al tiempo que garantizan una mejor calidad de vida para sus pobladores, con 
equidad social y de género. Será líder en la región y el país por configurar un escenario en el 
que sus habitantes y visitantes sientan profundo bienestar al disfrutar de un ambiente sano, 
de espacio público óptimo, de aire limpio, de seguridad hídrica, de movilidad fluida y 
amigable, de una rica cultura de sus habitantes, de una economía próspera, de un territorio 
sostenible. 
 
Contará con autoridades ambientales fortalecidas y organizaciones comunitarias 
representativas, con conciencia ambiental y partícipes en la gestión de su propio desarrollo, 
también con una institucionalidad receptiva frente a las necesidades de dicha comunidad, 
habiendo legitimado la gestión socio-ambiental del territorio, a través de la construcción de 
acuerdos públicos, comunitarios y privados, enmarcados en los derechos constitucionales y 
respaldados por conceptos técnicos contemporáneos y de gestión de recursos que la hagan 
trascender en el tiempo. 
 
Frente a los retos del cambio climático y la dinámica de la variabilidad climática, Santiago de 
Cali se habrá posicionado como un territorio en proceso de mitigación y adaptación; una 
entidad territorial que habrá disminuido sus emisiones de gases de efecto invernadero porque 
habrá transitado a una movilidad basada en energías renovables no convencionales, porque 
sus empresas y familias harán un uso racional del agua y la energía, y el uso de materiales 
estará basado en su minimización y su ciclo de vida, logrando una economía circular; una 
entidad territorial que hará un manejo adecuado de las cuencas y que habrá disminuido los 
riesgos de desastres; una entidad territorial enmarcada en la educación ambiental, la 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 11 
 
conservación y la producción sostenible, con la suficiente capacidad de comunicarse con sus 
actores sociales en función de la acción colectiva. 
 
1.2 Propósito 
 
El Plan de Gestión Ambiental de Cali (PGAC) es un instrumento de articulación para la 
planeación de largo plazo para el territorio caleño, que permite organizar y orientar la gestión 
ambiental construida por los actores estratégicos de diversos sectores con la intención de 
que el desarrollo se dinamice en un escenario de sostenibilidad y resiliencia. 
 
El PGAC tiene como propósito armonizar todos los instrumentos de planificación que giran en 
torno a la gestión ambiental, sin pretender ser un documento prospectivo ni vinculante, como 
sí lo son aquellos instrumentos a los cuales se hace aquí referencia; se parte del enfoque 
preventivo plasmado en todos aquellos planes vigentes que incorporan derroteros para el 
manejo eficiente de los recursos naturales y la conservación ambiental y también destaca 
espacios de gobernanza para el fortalecimiento social e institucional. 
 
Siguiendo la experiencia del Plan de Gestión Ambiental de Bogotá D.C., el PGAC se formula 
como un instrumento que orienta los objetivos y estrategias ambientales hacia la 
sostenibilidad y que permita, además, articular interinstitucionalmente procesos de planeación 
y gestión ambiental, garantizando y fortaleciendo la corresponsabilidad y la participación 
comunitaria en la toma de decisiones (SDA, 2010), para resolver las problemáticas 
ambientales que conllevan las dinámicas socio-ambientales, sin que éstas se entorpezcan. 
 
1.3 Conexión Urbano – Rural – Regional 
 
Dentro de la complejidad socio-ecosistémica evidenciada en Santiago de Cali, es necesario 
promover una Red Ecológica Urbano-Rural-Regional (REUR) que genere conectividades 
ecológicas efectivas para favorecer la conservación, la rehabilitación y la viabilidad de los 
ecosistemas existentes. Esta red invita a devolver la mirada hacia la zona rural que circunda 
la ciudad, para comenzar a romper la dicotomía campo-ciudad y establecer poco a poco, en 
la conciencia ciudadana, el reconocimiento de la interdependencia y complementariedad 
ecológica y cultural que se ido transformando a partir de un metabolismo urbano y de 
conurbación, del cual depende su entorno rural/regional. 
 
Es esencial reconocer el contexto multidimensional (social, cultural, político, climatológico, 
ecológico, económico y geoespacial) que facilite conocer las potencialidades de la ciudad en 
sus interrelaciones urbano-rurales e identificar los flujos de materia, energía e información con 
los otros territorios a nivel regional, con el fin de garantizar la sostenibilidad ambiental y por ende 
la de sus servicios ecosistémicos de abastecimiento, apoyo, regulación y desarrollo cultural (Ver 
Figura 1.1). 
 
Lo anterior permite abordar los conflictos socio-ambientales desde un enfoque integral y 
sistémico, para seleccionar y plantear alternativas de solución a problemáticas existentes, 
acordes a ese contexto y que se deben ser la base para un equilibrio entre la conservación de la 
biodiversidad y la productividad, siempre priorizando los beneficios colectivos, de manera que se 
beneficie la continuidad en la disponibilidad de los servicios ecosistémicos mencionados 
anteriormente, que son la base del desarrollo socio-económico (FAO, 2019). 
 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 12 
 
Existen retos socio-ambientales importantes, pues en algunos sectores el concepto de 
cuenca debe ser interiorizado y asociado a componentes reconocidos públicamente, 
haciendo visibles las cuencas existentes en un territorio de interacción urbano –rural, los 
servicios que presta y las presiones que las afectan. Habrá situaciones transversales como 
las condiciones de vulnerabilidad y riesgo, la necesidad del empoderamiento comunitario, la 
promoción de la educación ambiental y la cultura ciudadana, entre otros, cuyo abordaje se 
puede hacer de manera conjunta, sobre principios de equidad y sostenibilidad. 
 
 
Figura 1.1. Los servicios ecosistémicos en Santiago de Cali 
Fuente: Adaptado de FAO (2019) 
 
En esta visión de cuencas también se promueve la construcción de lazos y procesos en 
territorios que han vivido históricamente la exclusión social y espacial; allí puede verse la 
oportunidad de ampliar y fortalecer la participación comunitaria a través de formas 
innovadoras de democracia directa, de democracia en red, como una oportunidad para 
fortalecer la conexión urbano – rural, siendo coherentes con la implementación de la Nueva 
Agenda Urbana propuesta por la Organización de las Naciones Unidas (ONU, 2017), que, 
entre otros, busca reducir disparidades e inequidades urbanas y territoriales en el interior de 
ciudades, entre áreas rurales y urbanas. 
 
Desde un enfoque sistémico, Santiago de Cali se presenta como un sistema abierto y 
complejo, donde hay intercambios de recursos, bienes y servicios entre el área urbana y 
rural, y éstas a su vez interactúan con la región bajo la misma dinámica, lo cual implica que 
su planificación debe contemplarse también en función de la regionalización; ese 
metabolismo urbano jugará un papel transcendental para facilitar el entendimiento de sus 
redes de abastecimiento de materiales y energía, en busca de eficiencia en sus procesos de 
transformación, así como la minimización de los impactos ambientales generados por las 
diversas actividades que allí se realizan. Es ahí donde la visión de cuencas le permitirá a 
Santiago de Cali ser eficaz en el ordenamiento del territorio. 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 13 
 
La visión sistémica de ordenamiento por cuencas urbano – rurales, también se vincula a la 
Estrategia de Crecimiento Verde, como un enfoque transversal y envolvente que busca el 
bienestar económico y social de la población para asegurar que la base de los recursos 
naturales provea los bienes y servicios ambientales necesarios para lograr un desarrollo 
social y económico sostenible. 
 
Las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático deben corresponder a la 
magnitud del conflicto, que comprende la conexión de los ecosistemas urbanos-rurales y 
regionales e integración de ecosistemas y corredores de vida con todos los municipios 
vecinos, en aras de la mitigación y la adaptación. 
 
Con el municipio de Buenaventura, en la vertiente occidental del Parque Nacional Natural 
Farallones de Cali (Ver Figura 1.2), con el Municipio de Dagua, a partir de la divisoria de 
aguas entre la cuenca del río Cali y la cuenca del río Dagua, así como la Reserva Forestal 
Protectora Nacional en conexión con Yumbo y La Cumbre a través de un bosque seco con 
tendencia sub-xerofítica. 
 
 
Figura 1.2. Conectividad urbano – rural – regional de Santiago de Cali 
Fuente: POT Cali (2014), MADS (2017), MADS (2018) 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 14 
 
Con los municipios de Candelaria y Palmira, ligados por la recuperación de los corredores 
biológicos de la margen derecha y de la margen izquierda del río Cauca. Con los municipios 
de Puerto Tejada y Jamundí, al sur de la zona rural de Cali, en relación con los procesos de 
conurbación que se vienen adelantando y las poblaciones itinerantes de ambos territorios y, 
más hacia el sur, con los municipios que pertenecen a las cuencas de los ríos Palo, 
Desbaratado y Paila, en el departamento del Cauca, referente a la provisión de servicios 
ecosistémicos de calidad del agua para el abastecimiento de Cali. 
 
Santiago de Cali se destaca como un centro de referencia en la dinamización de los flujos de 
materiales y energía para el suroccidente colombiano, desde y hacia el interior y exterior, 
convirtiéndolo en un foco neural para el desarrollo socio-económico del país. Debido a ello, la 
optimización en el manejo de los recursos naturales que le permiten ser ese referente, es una 
actividad ineludible dentro de la planificación ambiental del territorio. El desconocimiento de 
esta realidad podría generar escenarios insostenibles y de escasa resiliencia. 
 
1.4 Ordenamiento Jurídico 
 
Con la expedición de la Ley 99 de 1993 se crea la categoría de “Grandes Centros Urbanos”, 
definidos en su artículo 66 como “Los municipios, distritos o áreas metropolitanas cuya 
población urbana fuere igual o superior a un millón de habitantes (1.000.000)”. A este tipo de 
municipios, la norma les otorga la posibilidad de crear autoridades ambientales urbanas, a las 
cuales se les señalan sus competencias: “…ejercerán dentro del perímetro urbano las 
mismas funciones atribuidas a las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), en lo que 
fuere aplicable al ambiente urbano.” En aplicación de lo anterior, Santiago de Cali, por tener 
más de un millón de habitantes, se clasifica en la categoría de Gran Centro Urbano con las 
mismas competencias de las CAR, en cuanto al ambiente urbano. 
 
Para el cumplimiento de este mandato legal, el Santiago de Cali constituyó una entidad 
especializada, el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente – DAGMA, el 
Decreto Extraordinario 411.0.20.0516 de 2016, relacionando parte de las funciones 
señaladas en el Artículo 31 de la Ley 99 de 1993, pero en la norma vigente, aún quedan 
algunas por fuera. 
 
Con la expedición de la Ley 1933 del 1 de agosto de 2018, Santiago de Cali es un distrito 
especial. El artículo 124 de la Ley 1617 de 2013, que refiere a la Competencia Ambiental, y 
que, en su inciso primero, es una norma general para todos los distritos especiales, deja claro 
que el Concejo Distrital por iniciativa del Alcalde Distrital, creará un Establecimiento Público 
Ambiental, que desempeñará las funciones de Autoridad Ambiental en la jurisdicción del 
Distrito. Lo anterior representará una modificación sustancial en la gestión ambiental para 
Santiago de Cali porque, de contar con un organismo perteneciente a la administración 
central como corresponde a la actual estructura administrativa, sería creado un 
establecimiento público descentralizado por servicios (arts. 49, 69 y 70 de la Ley 489 de 
1997). 
 
De acuerdo con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS, 2016), los 
determinantes ambientales son normas de superior jerarquía en materia ambiental para la 
elaboración, adopción y ajustes de las herramientas de Ordenamiento Territorial (POT, EOT y 
PBOT). La Ley 388 de 1997 se refiere a las determinantes de los planes de ordenamiento 
territorial para los municipios y distritos, definiendo en su artículo 10 como determinantes 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 15 
 
ambientales, aquellas relacionadas con la conservación y protección del ambiente, los 
recursos naturales, la prevención de amenazas y riesgos naturales, incluyendo lo siguiente: 
 
a) Las directrices, normas y reglamentos expedidos en ejercicio de sus respectivas 
facultades legales, por las entidades del Sistema Nacional Ambiental, en los aspectos 
relacionados con el ordenamiento espacial del territorio, de acuerdo con la Ley 99 de 
1993 y el Decreto Ley 2811 de 1974, Código Nacional de Recursos Naturales Renovables 
y de Protección al Medio Ambiente, tales como las limitaciones derivadas del estatuto de 
zonificación de uso adecuado del territorio y las regulaciones nacionales sobre uso del 
suelo en lo concerniente exclusivamente a sus aspectos ambientales. 
 
b) Las regulacionessobre conservación, preservación, uso y aprovechamiento de los 
recursos naturales renovables; las disposiciones producidas por las Autoridades 
Ambientales Competentes (Figura 1.3), en cuanto a la reserva, alinderamiento, 
administración o sustracción de los distritos de manejo integrado, los distritos de 
conservación de suelos, las reservas forestales y parques naturales de carácter regional; 
las normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas y las directrices y 
normas expedidas por las autoridades ambientales para la conservación de las áreas de 
especial importancia ecosistémica. 
 
c) Las disposiciones que reglamentan el uso y funcionamiento de las áreas que integran el 
sistema de parques nacionales naturales y las reservas forestales nacionales. 
 
d) Las políticas, directrices y regulaciones sobre prevención de amenazas y riesgos 
naturales, el señalamiento y localización de las áreas de riesgo para asentamientos 
humanos, así como las estrategias de manejo de zonas expuestas a amenazas y riesgos 
naturales. 
 
 
Figura 1.3. Autoridades ambientales actuales en Santiago de Cali 
Fuente: Adaptado de POT Cali (2014) 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 16 
 
 
El concepto de ordenamiento ambiental del territorio viene de la Ley 99 de 1993, según la 
cual es una función atribuida al Estado para regular y orientar el proceso de diseño y 
planificación de uso del territorio y de los recursos naturales renovables de la Nación, a fin de 
garantizar su adecuada explotación y su desarrollo sostenible. 
 
El marco normativo para el Plan de Gestión Ambiental de Santiago de Cali (PGAC), se 
fundamenta en la regulación establecida para la formulación de las líneas estratégicas que lo 
conforman, conjuntamente con los demás instrumentos de planificación institucional en 
general, así como para el fortalecimiento del instrumento estratégico en particular. En la 
Tabla 1.1 se destacan algunas normas como principales referentes para su formulación. 
 
Tabla 1.1 Marco normativo para la gestión ambiental territorial 
Norma Materia Regulada 
Decreto Ley Decreto 2811 de 1974, por el cual se dicta el Código Nacional 
de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. 
 
Ley 99 de 1993 por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se 
reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del 
medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema 
Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones, artículos 1 
num.10; 65 numerales 1, 5 y 6; 
 
Política Nacional de Educación Ambiental 2002; decretos 411.0.20.0566 de 
2016; 4112.010.20.0659 de 2017 SIGAC;. PRAES y PROCEDAS. Decreto 
1743 de Agosto 3 de 1994. Por el cual se instituye el Proyecto de Educación 
Ambiental para todos los niveles de educación formal, se fijan criterios para 
la promoción de la educación ambiental no formal e informal y se establecen 
los mecanismos de coordinación entre el Ministerio de Educación Nacional y 
el Ministerio del Medio Ambiente. 
 
Resolución 0627 de 2006 expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y 
Desarrollo Territorial, por la cual se estableció la norma nacional de ruido y 
ruido ambiental 
 
Ley 1549 de 2012, por la cual se fortalece la institucionalización de la 
Política Nacional de Educación Ambiental y su incorporación efectiva en el 
desarrollo territorial, artículos 4, 6, 7. 
 
Decreto 1076 de 2015. 
Para el recurso Agua: su uso y aprovechamiento desde su artículo 
2.2.3.2.1.1. hasta el 2.2.3.1.1.6; así como las disposiciones relacionadas con 
los usos del recurso hídrico, el Ordenamiento del Recurso Hídrico y los 
vertimientos; 
 
Para el recurso Flora: en cuanto a la regulación del uso, manejo, 
aprovechamiento y conservación de los bosques y la flora silvestre con el fin 
de lograr un desarrollo sostenible se contemplan desde el artículo 
2.2.1.1.1.1, hasta el 2.2.1.1.15.3; 
 
Para el recurso Fauna: que en el capítulo II, título II, se establecen las 
Prohibiciones generales respecto a la fauna silvestre, como en el Art. 
2.2.1.2.25.1. Numeral 8: “Destruir o deteriorar nidos, guaridas, madrigueras, 
cuevas, huevos o crías de animales de la fauna silvestre, o los sitios que les 
 Autoridad y gestión 
ambiental. 
 Educación, 
comunicación y 
participación 
 Estrategias de 
gestión ambiental 
 Ambiente y Salud 
 Espacio público y 
paisaje. 
 Ambiente sonoro. 
 Biodiversidad. 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 17 
 
sirven de hospedaje o que constituyen su hábitat., así como las actividades 
a cargo de las autoridades ambientales relacionados con la fauna silvestre, 
entre las cuales se destaca la del Numeral 10: “Exigir la declaración de 
efecto ambiental o el estudio ecológico y ambiental previo y 
evaluarlo teniendo en cuenta lo previsto en este decreto tanto a quienes 
aprovechan el recurso como a quienes realicen o pretendan realizar 
actividades susceptibles de deteriorarlo”. 
Decreto Ley Decreto 2811 de 1974, por el cual se dicta el Código Nacional 
de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. 
 
Ley 99 de 1993 por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se 
reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del 
medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema 
Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones. 
 
Decreto 1077 de 2015 Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, por el cual 
se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y 
Territorio, Título 2, artículos 2.3.2.2.2.3.22,26,27,30,44,74,83,86,87,90 – 
Planeación para el ordenamiento territorial. 
 
Resolución número 0472 de 2017 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo 
Sostenible, por la cual se reglamenta la gestión integral de los residuos 
generados en las actividades de Construcción y Demolición (RCD) y se 
dictan otras disposiciones; 
 
Acuerdo Municipal 0373 de 2014 "por medio del cual se adopta la revisión 
ordinaria de contenido de largo plazo del Plan de Ordenamiento Territorial 
del Municipio de Santiago de Cali", Subcapítulo V - Subsistema de Gestión 
Integral de Residuos Sólidos artículos 166,167,168, 170; Sección II 
Residuos Especiales, en los artículos 174 y siguientes, por el cual se 
formulan los lineamientos para la ubicación y operación de estaciones de 
trasferencia y sitios de Aprovechamiento, Tratamiento y Disposición Final de 
RCD en el Municipio de Santiago de Cali; 
 
Decreto Municipal 411.0.20.1147 de 2015 "por medio del cual se adopta el 
Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos del Municipio de Santiago de 
Cali 2015 - 2027 y se dictan otras disposiciones”; 
 
Plan de Restauración Ecológica del Municipio de Santiago de Cali. 
Resolución 4133.0.21.1234 de 2016. 
 
Decreto Municipal 0771 de 2018 por el cual se reglamenta el control a la 
gestión integral de residuos de la construcción y demolición -RCD en 
Santiago de Cali 
 Gestión residuos 
sólidos 
 Monitoreo 
ambiental 
 Servicios 
ecosistémicos y 
sostenibilidad 
Decreto 1077 de 2015 Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, por el cual 
se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y 
Territorio. En su título 6 desde el artículo 2.2.6.1.1.1 hasta el 2.2.6.3.10., 
incluye lo relacionado con las licencias urbanísticas, sus requisitos y la 
competencia de los curadores urbanos, así como la obligación ambiental 
específica del adecuado manejo de los Residuos de Construcción y 
Demolición (RCD) en su artículo 2.2.6.1.2.3.6, numeral 4. 
 
Decreto 1076 de 2015. 
 
Ley 1964 de 2019, “por medio de la cual se promueve el uso de vehículos 
 Gestión integral del 
agua y uso 
eficiente 
 Producción y 
consumo 
sostenible 
 Eficiencia 
energéticaPlan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 18 
 
eléctricos en Colombia y se dictan otras disposiciones”. 
Ley 388 de 1997 por la cual se modifica la Ley 9ª de 1989, y la Ley 3ª de 
1991 y se dictan otras disposiciones, artículos 1,2,3,6; 
 
Decreto 1285 de 2015, por el cual se modifica el Decreto 1077 de 2015, 
Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo 
relacionado con los lineamientos de construcción sostenible para 
edificaciones, Parte 2 Libro 2, Título 7; 
 
Decreto Ley 3571 de 2011, por el cual se establecen los objetivos, 
estructura, funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y se 
integra el Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio, artículo 17, 
numeral 7; 
 
Resolución 0549 de 2015, “por la cual se reglamenta el Capítulo 1 del Título 
7 de la Parte 2, del Libro 2 del Decreto número 1077de 2015, en cuanto a 
los parámetros y lineamientos de construcción sostenible y se adopta la guía 
para el ahorro de agua y energía en edificaciones” 
 Construcción 
sostenible 
 Articulación urbano 
rural regional 
Decreto 2372 de 2010 en donde se define de la siguiente manera los Planes 
de Manejo Ambiental de las Áreas Protegidas: “Cada una de las áreas 
protegidas que integran el SINAP contarán con un plan de manejo que será 
el principal instrumento de planificación que orienta su gestión de 
conservación para un periodo de cinco (5) años de manera que se 
evidencien resultados frente al logro de los objetivos de conservación que 
motivaron su designación y su contribución al desarrollo del SINAP. 
 
Ley 1523 de 2012, “por la cual se adopta la Política Nacional de Gestión del 
Riesgo de Desastres, se establece el Sistema Nacional de Gestión del 
Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones” artículos 9, 12, 14, 
27,32,37, 38, 39, 40, 41, 46 
 
Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR 10, Título 
A, Capítulo A, punto 1.3.13 Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo 
Territorial 
 Gestión del riesgo 
 Seguridad hídrica 
 Estructura 
Ecológica 
 Biodiversidad y 
gestión integral del 
suelo 
Decreto Ley 2811 de 1974, por el cual se dicta el Código Nacional de 
Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. 
 
Ley 99 de 1993, por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se 
reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del 
medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema 
Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones. 
 
Decreto 1076 de 2015, artículos 2.2.5.1.2.4., 2.2.5.1.2.8. y 2.2.5.1.2.10; 
literales b), j) y (k) del 2.2.5.1.6.1; 2.2.5.1.10.4; establecen la competencia 
del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para dictar normas de 
calidad del aire o inmisión, los niveles periódicos de inmisión, prevención y 
control de la contaminación atmosférica proveniente de actividades mineras, 
industriales y de transporte, y, en general, de la ocasionada por toda 
actividad o servicio, público o privado, así como la obligación de las 
autoridades competentes de publicar los niveles de Prevención, Alerta y 
Emergencia ante la ocurrencia de un episodio, cuando se incremente la 
concentración y tiempo de duración de la contaminación atmosférica. 
 Gestión integral del 
aire 
 Sostenibilidad, 
productividad y 
ambiente 
Fuente: Elaboración propia 
 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 19 
 
En la Tabla 1.1 se presentan solo algunos referentes normativos para la gestión ambiental. 
Conjuntamente, deben tenerse en cuenta todas aquellas normas asociadas con la gestión de 
flora, aprovechamiento de árboles aislados, fauna, recurso hídrico, concesiones de aguas 
superficiales y subterráneas, PUEAA, vertimientos, PMSV, procesos sancionatorios, residuos 
especiales, ordinarios y peligrosos, gestión urbanística, contaminación visual, conservación 
de ecosistemas, SIMAP, franjas y zonas ribereñas, UMATA, entre otras. Además, en el 
desarrollo del documento se incluyen otros referentes normativos que complementan la 
formulación, de acuerdo a cada temática. 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 20 
 
2 PLANIFICACIÓN AMBIENTAL EN CALI 
 
2.1 Antecedentes 
 
El contexto global, regional y local de Santiago de Cali 
 
A propósito de la declaración de Santiago de Cali como Distrito Especial, mediante la Ley 
1933 de 2018, la entidad territorial ha reforzado su visión de Capital del Pacífico Colombiano; 
se ha considerado que, en el marco de la Alianza del Pacífico, existen las condiciones 
propicias para alcanzarlo. No obstante, si de lo que se trata es de lograr una verdadera 
inserción en la economía global, es necesario pensar con qué otras ciudades de la Cuenca 
del Pacífico del continente compite Cali, que no es un puerto marítimo; que, a pesar de que 
se encuentra muy cerca de Buenaventura, su relación institucional con esta última es 
prácticamente nula. 
 
Se hace necesario que Cali propugne por una región desconcentrada que se articule a partir 
de las diferentes vocaciones productivas de los municipios y que evite que la capital 
departamental continúe creciendo y expandiéndose sobre el valle geográfico del Río Cauca. 
Con ello se revertiría el hecho palpable de que algunas entidades territoriales cumplen 
simplemente como ciudades dormitorio. Capítulo fundamental en ello es la apuesta que se 
les ha hecho a las tecnologías de la información y las comunicaciones para disminuir los 
desplazamientos diarios de personas que viven en un municipio y trabajan en otro. Aunque 
no lo parezca, la dimensión ambiental de toda esta reflexión es fundamental para evitar que 
se siga profundizando la conurbación entre unas y otras poblaciones. 
 
La Ley de Cali, Distrito Especial, le confiere a la entidad territorial una connotación especial 
en aspectos como el Deporte, la Cultura, el Turismo, las Empresas y los Servicios. La palabra 
ambiente no aparece en el texto legal; sin embargo, es imposible contar en el largo plazo con 
estos atributos, si no se garantizan otros que son requisitos necesarios como los servicios 
ecosistémicos, los cuales tienen cuatro dimensiones: los de abastecimiento, los de 
regulación, los de hábitat o soporte y los culturales. Vale decir que sin sostenibilidad no es 
posible la competitividad del Distrito Especial. 
 
La estructura ecológica principal es la conexión de Cali con la región, a través principalmente 
del Parque Nacional Natural Farallones de Cali, la Reserva Nacional Forestal Protectora de 
Cali y el Río Cauca. El primero y la segunda constituyen los más importantes corredores 
ecológicos que se extienden en sentido sur/norte; el tercero, que tiene el mismo sentido, es 
nuestra principal fuente hídrica (alrededor del 75% del agua potable de Cali proviene del Río 
Cauca), que debería ser nuestra arteria de vida regional, pero en realidad Cali lo convierte en 
una vena desprovista de oxígeno y, por tanto, de vida. 
 
La Cali urbana tiene su propio metabolismo: Las principales fuentes de energía, agua, 
oxígeno, suelo y biodiversidad se encuentran en lo rural o lo regional; existen numerosos 
flujos de alimentos y materiales desde lo global, lo nacional, lo regional y lo rural hacia la 
ciudad; flujos de personas que se trasladan desde diversos municipios a laborar en la capital 
y que, al final de cada día, regresan a dormir a sus lugares de origen; como atrás se afirmó, 
Cali se abastece de agua en gran medida del Río Cauca, y en un 25% de sus tributarios que 
drenan desde los Farallones. La energía que se consume en Cali proviene fundamentalmente 
de fuentes hídricas ubicadas por fuera de su jurisdicción. 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGACSantiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 21 
 
El correlato de lo anterior es que los residuos sólidos originados en Cali representan 
aproximadamente el 50% de los que llegan diariamente al Relleno Sanitario de Yotoco 
(Superservicios, 2016); los residuos principalmente líquidos son arrojados al Río Cauca, en 
un 20% sin tratamiento alguno y, en el caso de los que provienen de la Planta de Tratamiento 
de Aguas Residuales-PTAR Cañaveralejo, tienen un escaso tratamiento primario avanzado. 
Cerca del 35% de las emisiones de CO2 del departamento del Valle del Cauca se originan en 
Cali y, dentro de ésta, más del 90% es originada en las fuentes móviles, entre las cuales son 
determinantes las producidas por las motos y por los vehículos alimentados con diésel 
(DAGMA- Univalle, 2017). 
 
Este escenario genera la imperiosa necesidad de adelantar desde ya acciones que lleven a 
una verdadera Economía Circular, esto es, que se involucre en todos los ámbitos de la 
producción y la prestación de servicios el concepto de ciclo de vida de los materiales 
utilizados en los procesos productivos. Ello implica, por un lado, profundizar desde ya, con 
todas sus consecuencias, el Programa de Aprovechamiento contenido en el Plan de Gestión 
Integral de Residuos Sólidos-PGIRS de la ciudad y estructurar el esquema de 
aprovechamiento, que pasa además por implementar la Política Pública Municipal de 
Recicladores de Oficio Organizados como actores privilegiados a los que les correspondería 
este mercado. Lo anterior, de conformidad con lo ordenado en la Sentencia T-291/2009, 
expedida por la Corte Constitucional. 
 
También pasa la reflexión por la deuda que tiene Cali con la descontaminación del Río 
Cauca, habida cuenta de que éste, a su paso por la ciudad, se ve impactado en términos de 
calidad de agua, dadas las cerca de 100 toneladas diarias de DBO5 que recibe de las 
descargas urbanas, de las cuales 78 corresponden a la Planta de Tratamiento de Aguas 
Residuales-PTAR Cañaveralejo (Ver Figura 2.1). En la actualidad, este activo es objeto de 
un proceso de optimización de su tratamiento primario, que se encuentra contenido en el Plan 
de Saneamiento y Manejo de Vertimientos-PSMV, aprobado mediante Resolución 1484 de 
2016, expedida por el DAGMA. También hace parte del mismo, para el año 2025, la entrada 
en funcionamiento del tratamiento secundario del 50% del caudal que recibe la mencionada 
PTAR, pero éste aún no tiene financiación. 
 
Es estrictamente necesario, entonces, que se tramiten los recursos que están previstos en el 
CONPES 3750 y 3858 de 2016 y que vienen siendo discutidos en la Comisión Río Cauca, por 
solicitud del DAGMA, para que, apalancando otras fuentes de financiación, se lleve a cabo 
esta vital inversión para que las aguas que reciben los habitantes de los municipios hacia el 
norte de Cali, tengan una mejor calidad y que nuestro río padre recupere su vitalidad. 
 
También es necesario que la entidad territorial aborde desde ahora la renovación de su 
parque automotor hacia vehículos impulsados por energías renovables no tradicionales; ello, 
teniendo en cuenta que las fuentes móviles generan más del 90% del material particulado, 
responsable de numerosos casos de morbilidad y mortalidad en la ciudad. 
 
Para el periodo 2005 al 2016, en el grupo de las Enfermedades Transmisibles, las causas 
que presentan mayores tasas de mortalidad son la Infección Respiratoria Aguda (IRA), 
VIH/SIDA y Tuberculosis en el segmento de los hombres. Las dos primeras son responsables 
del 65% de esta pérdida. Las IRAs, es la mayor causa de mortalidad transmisible en las 
mujeres (Ver Figura 2.2). El comportamiento es una tendencia a la baja para los años 2005 
hasta el 2008, a partir del año 2009 hasta el 2016 la tendencia es irregular, sin embargo para 
el 2016 muestra un descenso bastante significativo (SSPM, 2018). 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 22 
 
 
Figura 2.1. Descargas de agua provenientes de Santiago de Cali al río Cauca 
Fuente: Adaptado de Google por DAGMA (2019) 
 
 
Figura 2.2 Tasa de mortalidad ajustada por edad para las Enfermedades Transmisibles 
en hombres y mujeres, Santiago de Cali 2005-2016. 
Fuente: SSPM (2018) 
 
La relación urbano/rural 
 
Sólo el 21% del territorio caleño es urbano, frente a un 79% rural; cuando el área de 
expansión sea una realidad material, lo urbano significará el 24%. A su vez, el 40% es área 
protegida del orden nacional, el 14% es de regulación hídrica y sólo el 13%, en la margen 
oriental, está previsto en el Plan de Ordenamiento Territorial-POT, para producción sostenible 
(Ver Figura 2.3). Por tanto, no es viable contemplar que los Farallones se conviertan en la 
despensa alimentaria de Cali, dado que la vocación de este ecosistema es la de producción 
de suelo, bosque, agua, oxígeno y biodiversidad. 
 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 23 
 
 
Figura 2.3. Áreas de manejo del suelo rural en Santiago de Cali 
Fuente: POT (2014) 
 
Entre 1938 y 1943, el Ministerio de Economía Nacional (hoy Hacienda y Crédito Público) 
expidió tres resoluciones a través de las cuales declaró reserva forestal los bosques de las 
cuencas de los ríos Cali, Meléndez y Aguacatal. A su vez, la Ley 54 de 1941 adjudicó baldíos 
de la Nación al Municipio de Cali ubicados en la cuenca del Río Cali; y la Ley 175 de 1948 
adjudicó baldíos de la nación al Municipio de Cali ubicados en las cuencas de los ríos 
Meléndez, Cañaveralejo, Lili y Pance. Todos ellos sujetos a una condición de uso exclusivo 
de conservación ambiental. Asimismo, en 1960, a través de la Resolución 806, expedida por 
el Ministerio de Agricultura, se adjudicaron los baldíos de la Nación al Municipio de Cali. 
 
Por su parte, en 1968, el Acuerdo Municipal 045, cedió a INVICALI los mencionados baldíos. 
A partir de ahí, se dio una serie de adjudicaciones que, por supuesto, estuvieron viciadas de 
falsa tradición. Con posterioridad, mediante sentencias en primera instancia del Juzgado 12 
Penal del Circuito, sentencia del 12 de mayo de 2010, delitos de peculado por apropiación y 
celebración indebida de contratos y, en segunda instancia, del Tribunal Superior de Cali, Sala 
Penal, Sentencia del 13 de diciembre de 2012, esta última confirmando la primera en todas 
sus partes, se condenó a una Directora del DAGMA por haber comprado el predio El Rubí, 
ubicado en los terrenos en cuestión, entre otras razones, por haber incurrido en comprar un 
predio que, según ambas autoridades judiciales, era de propiedad del Municipio, 
independientemente de que hubiera tenido adjudicaciones a terceros. 
 
Igualmente, por acción popular presentada por el ingeniero Claudio Borrero, quien también 
fue el actor en los anteriores procesos penales, la Sección Primera del Consejo de Estado, 
mediante Sentencia del 2004-00656 del 26 de junio de 2015, exhortó al Municipio a continuar 
cuidando lo que aún estuviera en sus manos. Sin embargo, las leyes 54 de 1941 y 175 de 
1948 siguen en vigor; y así tiene que serlo porque el Consejo de Estado carece de 
competencia para anular leyes, lo cual es del resorte exclusivo de la Corte Constitucional. 
 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 24 
 
Quiere decir, entonces, que existen dos posibles escenarios para dictar una política de 
desarrollo rural para Cali: a) Que, siguiendo la ruta de las dos sentencias penales, los 
terrenos contenidos en los antiguos tres baldíos sigan siendo de propiedad del Municipio, en 
cuyo caso la entidad territorial tiene que proponerse su recuperación material; y b) Que, 
siguiendo la sentencia administrativa, el Municipio simplemente se dedique a preservar lo que 
aún conserva. 
 
Por el otro lado, al parecer,la mayoría de los terrenos definidos por el POT a producción 
sostenible y que se encontrarían en manos de productores agroindustriales, tendrían una 
condición jurídica de ejidos. Sobre ello, no ha sido posible obtener información precisa 
porque, a pesar de enormes esfuerzos por acceder a la información relacionada con la 
Sentencia del Tribunal Superior de Cali del 27 de mayo de 1995, no ha sido posible lograrlo. 
 
Asimismo, el uso del suelo en área del Parque Nacional Natural Farallones de Cali es 
totalmente restrictivo, y el de la Reserva Forestal Protectora Nacional tiene unas limitaciones 
muy similares. La Unidad de Parques maneja una Mesa Nacional de Uso, Ocupación y 
Tenencia con respecto a todos los parques nacionales naturales y, a su vez, tiene una 
regional respecto del Parque Farallones; el DAGMA sólo tiene un rol de acompañante en 
dicho escenario de diálogo con los delegados de los habitantes del Parque. Mientras esa 
Mesa no avance, es difícil tomar decisiones de mediano y largo plazo sobre el uso del suelo 
y, por tanto, sobre una política de desarrollo rural que implique actividades productivas. 
 
En el entretanto, en diciembre de 2018 la Unidad de Parques Nacionales expidió la 
Resolución 470 de 2018, "Por medio de la cual se establece una medida de manejo para la 
intervención de infraestructura habitable existente, en situación de deterioro o colapso, que 
genere riesgo a la vida y/o al medio ambiente, al interior de las áreas del Sistema de Parques 
Nacionales Naturales y se dictan otras disposiciones" 
 
Dicha normativa flexibiliza algunas actividades en el Parque; de manera similar, la Ley 1955 
de 2019, aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo, contiene el artículo 7º, de acuerdo con 
el cual las autoridades ambientales, en coordinación con otras entidades públicas, pueden 
celebrar acuerdos con población campesina en condición de vulnerabilidad que habite, ocupe 
o realice usos tradicionales asociados a la economía campesina en áreas protegidas del 
Sistema Nacional de Áreas Protegidas-SINAP, que deriven su sustento de estos usos y que 
puedan ser reconocidos con una relación productiva artesanal y tradicional con el área 
protegida, con el objeto de contribuir a la atención de conflictos de uso, ocupación y tenencia 
que se presenten en esas áreas. 
 
Según la citada norma, estos acuerdos permitirán generar alternativas de usos compatibles 
con los objetivos de conservación de esas áreas, ordenar y regular los usos asociados a la 
economía campesina, para mejorar el estado de su conservación, definir actividades 
productivas acordes con los objetos de conservación y las condiciones de vida de la 
población, garantizando sus derechos fundamentales. Queda, pues, clara la importancia de 
este artículo 7º para resolver los conflictos de la ruralidad occidental de Cali. 
 
Y, para hacer más complejo el análisis de la temática, se tiene que en 2017 fue expedida la 
Ley 1876, por la cual se creó el Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria. Esta ley tiene 
varios aspectos relevantes: Por un lado, promueve la privatización de la asistencia técnica 
rural, de tal manera que ésta ya no sería obligatoria para las entidades territoriales, lo cual no 
sería bueno para la población campesina caleña. Y, por el otro, derogó la Ley 607 de 2000, 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 25 
 
pero al mismo tiempo estableció que ella misma, la 1876, entraría en vigencia cuando fuese 
reglamentada por el gobierno nacional, el cual, luego de dos años, aún no lo ha hecho; 
conclusión, hay un vacío normativo grave en la materia. 
 
En la actualidad, el DAPM no viabiliza inversiones en la ruralidad caleña ni para compra de 
insumos para los pequeños productores, ni tampoco para financiarles a éstos proyectos de 
desarrollo. Lo anterior, por cuanto dicho departamento administrativo está obligado a seguir 
los lineamientos del DNP, el cual se basa en la ley derogada, esto es, en la 607 de 2000. Por 
el contrario, la Ley 1876 de 2018 sí es muy proactiva en materia de financiación de proyectos 
a pequeños productores, pero hay que esperar a que sea reglamentada para poderla aplicar. 
 
El DAGMA al servicio de Cali 
 
El DAGMA, como su nombre lo indica, es un departamento administrativo del orden municipal 
y, como tal, es un organismo principal del sector central (artículo 226 del Decreto 
Extraordinario 411.0.20.0516 de 2016). Es importante destacar que no se trata de una 
secretaría que se encarga de asuntos sectoriales, sino de una entidad que aborda asuntos 
transversales y que marca pautas en éstos frente a las demás. 
 
Un contraste realizado a las funciones contenidas en el artículo 31, en armonía con el 66 de 
la Ley 99 de 1993, frente a las incorporadas al artículo 229 del Decreto 411.0.20.0516 de 
2016, deja traslucir que 15 funciones que le corresponderían, según la norma nacional, no le 
fueron adscritas, según la disposición municipal. 
 
Al DAGMA le corresponde ser autoridad ambiental en el área urbana de Santiago de Cali, 
esto es, ejercer funciones de inspección, vigilancia y control, incluyendo la atención de 
trámites ambientales, hacerles seguimiento y eventualmente adelantar procesos 
sancionatorios. Todo ello, en el área urbana, en relación con los diversos recursos naturales 
renovables: Suelo, agua, flora, fauna, aire. Pero, además ser responsable de la conservación 
de los ecosistemas en todo el territorio caleño implica una gran responsabilidad frente a la 
estructura ecológica que busca la conectividad urbano-rural-regional. Además, es 
responsable de la Unidad Municipal de Asistencia Técnica Agropecuaria (UMATA), 
cumpliendo una labor un tanto contradictoria de hacer asistencia técnica directa a pequeños 
productores rurales que se encuentran asentados en áreas en las que el uso del suelo sólo 
es jurídicamente apto para conservación y para regulación hídrica. 
 
Desde octubre de 2017, se propuso, y se ha profundizado en ello, tener como unidades 
fundamentales de trabajo las cuencas hidrográficas, vistas como socio-ecosistemas, no sólo 
como elementos biofísicos. Esto, por cuanto Cali tiene el privilegio de estar atravesada por 
varios ríos, que son los que le dan la vida, pero también deteriorados por actividades de 
origen antropogénico. 
 
Luego de la Reforma Administrativa de 2016, el DAGMA es una entidad que quedó con una 
estructura sencilla: la Dirección, dos subdirecciones y la Unidad de Apoyo a la Gestión (Ver 
Figura 2.4). Entre las subdirecciones, la de Gestión de Calidad Ambiental quedó con las 
competencias propias del ejercicio de la autoridad ambiental en el área urbana, lo cual se 
centra en la función y el proceso de Inspección, Vigilancia y Control-IVC. En contraste, la 
Subdirección de Gestión de Conservación de Ecosistemas y UMATA tiene su misión centrada 
en proteger y gestionar los ecosistemas, que no sólo son rurales, y que no sólo se centran en 
la Estructura Ecológica Principal, sino también a la Complementaria. Por su parte, la Unidad 
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Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 26 
 
de Apoyo hace las veces del área corporativa y tiene a su cargo modernizar la entidad, 
hacerla más eficiente y, sobre todo, más transparente. 
 
 
Figura 2.4. Organigrama actual del DAGMA como Autoridad Ambiental Urbana 
Fuente: Elaboración propia, DAGMA (2019) 
 
Siendo las cuencas hidrográficas la unidad fundamental para la gestión ambiental, se apunta 
a dos objetivos: a la gestión integral de los recursos naturales renovables y a la gestión 
integral de los territorios. A la primera inducen el Código de Recursos Naturales (Decreto Ley 
1811 de 1974) y la Ley 99 de 1993; a la segunda llevan la Ley de Cali, Distrito Especial (Ley 
1933 de 2018) y la Ley de Distritos Especiales (Ley 1617 de 2013). 
 
Estas dos apuestas permitieronproponer para el futuro una reorganización del actual 
DAGMA con un Consejo Directivo, una Gerencia General y cuatro Gerencias de apoyo (Ver 
Figura 2.5). En dicha propuesta, cada una de las tres gerencias misionales haría tanto 
conservación como IVC y tendría un ámbito urbano y rural. Ésta es la razón por la cual 
también el DAGMA propuso que las localidades del Distrito Especial fueran urbano/rurales 
para que fueran pensadas buscando la integración y no la separación; justo, ése es el aporte 
de la visión de cuencas vistas como socio-ecosistemas. 
 
La estructura proyectada se fundamenta en un Consejo Directivo, tal como establece la Ley 
1617 de 2013. Luego aparece en cabeza de la entidad una Gerencia General, con una 
Secretaría General y las respectivas asesorías para los controles internos. Tendría a su cargo 
cuatro (4) Gerencias, dos (2) de ellas especializadas en los recursos naturales objeto de 
conservación, inspección, vigilancia y control; una Gerencia con características transversales 
para la mitigación y adaptación al cambio climático que incluye también la protección de la 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 27 
 
calidad del aire y, finalmente, una Gerencia Corporativa que cumpliría las funciones de apoyo 
para dar soporte a todos los demás componentes en el cumplimiento de sus funciones 
misionales. 
 
 
Figura 2.5. Organigrama proyectado del DAGMA como Autoridad Ambiental Distrital 
Fuente: Elaboración propia, DAGMA (2019) 
 
De manera transversal, también se conecta el área de Relacionamiento Social, que 
comprende instancias encargadas de las Comunicaciones, la Educación y la Participación, 
aspectos fundamentales para una gestión ambiental eficiente, legítima y sustentable. A 
continuación, se describe la finalidad de las Gerencias propuestas: 
 
a) Gerencia para la gestión integral del agua: Se proyecta como la instancia encargada de la 
preservación de la gran riqueza hídrica con la que cuenta Santiago de Cali, realizando 
acciones tanto de conservación como de inspección, vigilancia y control en toda la 
secuencia lógica de la dinámica del agua en las cuencas hidrográficas, desde los 
nacimientos hasta su entrega y vertimientos al río Cauca, pasando por las rondas 
hídricas, los humedales y el acuífero, elementos de suma importancia, cuya interrelación 
permitirá garantizar la seguridad hídrica distrital, en concordancia con los lineamientos de 
la Política Nacional de Gestión Integral del Recurso Hídrico (MADS, 2010) y toda la 
normativa que se ha derivado de dicha política. Esta Gerencia contaría con tres grupos 
claramente interrelacionados, uno encargado de la Conservación, otro de Calidad de 
Agua y el tercero se enfocará en la Demanda; los tres deberán funcionar de manera 
articulada, en virtud de promover una verdadera gestión integral del agua en el territorio 
distrital, con acciones coordinadas que optimicen el uso de recursos. 
 
b) Gerencia para la gestión integral del suelo y la biodiversidad: Instancia encargada de 
atender la conservación, inspección, vigilancia y control de los recursos suelo, flora y 
fauna, integrando el entramado de relaciones existentes entre dichos recursos y su 
relevancia para la prestación de los servicios ecosistémicos de los cuales depende el 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 28 
 
desarrollo del Distrito, aplicando también los lineamientos definidos en la Política para la 
Gestión Integral de la Biodiversidad y sus Servicios Ecosistémicos (MADS, 2013) y la 
Política para la Gestión Sostenible del Suelo (MADS, 2016); a la vez se busca destacar el 
recurso suelo al nivel de importancia que verdaderamente representa para el territorio, 
dadas sus funciones vitales y estructurantes. En esta Gerencia se incorporan los grupos 
de Ecosistemas Terrestres, el Vivero, la UMATA (Unidad para el Servicio de Extensión 
Agropecuaria) y los componentes de Flora y Fauna. 
 
c) Gerencia de Cambio Climático: Instancia integradora de todos los elementos del 
ecosistema para, a través de una visión holística, deberá proyectar las intervenciones 
requeridas en función de grandes presiones ambientales globales y locales para enfrentar 
el cambio climático, las vulnerabilidades que surgen de éste y de muchas actividades 
antrópicas que generan amenazas sobre las comunidades, así como los controles para la 
gestión y recuperación del espacio público. Elemento fundamental en ésta es la gestión 
integral para la Calidad del Aire y el control de la Contaminación Acústica, así como la 
producción y el consumo sostenible en el sector empresarial, la gestión integral de 
Residuos Sólidos, la Gestión del Riesgo, la Infraestructura Sostenible y un Centro de 
Monitoreo Ambiental que producirá la información requerida por todos los otros 
componentes de la entidad. Esta Gerencia se fundamenta en la Política Nacional de 
Producción y Consumo Sostenible (MAVDT, 2010), la Política Nacional de Cambio 
Climático (MADS, 2017) y la Ley 1931 de 2018, por la cual se establecen directrices para 
la gestión del cambio climático. 
 
d) Gerencia Corporativa: Tomaría las mismas funciones que actualmente desempeñan las 
Unidades de Apoyo a la Gestión, conforme al Decreto Extraordinario 516 de 2016 y 
algunas adicionales derivadas de la creación de la Autoridad Ambiental Distrital como un 
establecimiento público con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y 
patrimonio independiente. 
 
2.2 Lineamientos de Políticas Ambientales 
 
Política de Gestión Ambiental Urbana 
 
La PGAU se formuló en el año 2008 para todo el territorio nacional y se orientó a definir 
principios e instrumentos de política pública, que permitieran manejar y hacer gestión 
ambiental al interior del perímetro urbano de las grandes, medianas y pequeñas áreas 
urbanas, acorde con sus características específicas y sus problemáticas ambientales 
actuales (MAVDT, 2008). 
 
El alcance de esta Política comprende un enfoque integral de la gestión ambiental urbana 
soportado en las políticas existentes, para lo cual definió directrices y criterios de articulación 
de las diferentes políticas, programas y planes sectoriales formulados o en proceso de 
formulación. En este sentido, la PGAU invita a que todas las política e instrumentos que se 
deriven de ellas, se diseñen de manera articulada, con objetivos comunes y robustos que 
optimicen el uso de los recursos y fortalezcan la gestión ambiental. Tal y como 
reiteradamente se ha expresado en este documento, la PGAU parte de considerar que: 
 
 Plan de Gestión Ambiental de Cali, PGAC 
 
Santiago de Cali, un Parque Natural con Ciudad Página | 29 
 
“La vida humana en las ciudades depende fundamentalmente de su relación (la de las 
ciudades) con regiones próximas y lejanas de las cuales obtiene los insumos de energía y 
materia esenciales para su reproducción sostenida y creciente. 
 
Por lo tanto, para asegurar el desarrollo sostenible de las ciudades colombianas, éstas deben 
de manera prioritaria, establecer una nueva forma de relación con las regiones circundantes de 
las cuales depende su metabolismo. Para esto es necesario adoptar un esquema de gestión 
descentralizado y democrático del desarrollo urbano que permita un uso racional de los 
recursos naturales renovables y no renovables en el contexto regional, teniendo como 
referente su disponibilidad y renovabilidad, así como las condiciones de agotabilidad y 
demanda a las que son sometidos.” 1 
 
La PGAU plantea seis objetivos y tres estrategias que abarcan diversos aspectos asociados a 
la gestión ambiental urbana, todos ellos relacionados con actividades socio-económicas que 
tienen implicaciones de tipo ambiental (Ver Tabla 2.1), la gestión del riesgo, la movilidad, el 
espacio público, etc.

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