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VERSION 1 
 
GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
Estrategia de publicación y divulgación para la aplicación del reglamento de 
seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas basado en la 
Resolución 1409 de 2012. 
 
Elaborado por: 
 
Ricardo Camilo Cipamocha Castro (Ingeniero Industrial, Especialista En Salud Ocupacional, 
Entrenador En Trabajo Seguro En Alturas Del Sena Centro De Biotecnología Agropecuaria- 
Mosquera). 
 
Ricardo Cipamocha Garavito (Ingeniero Mecánico, Especialista En Salud Ocupacional, 
Entrenado En Trabajo Seguro En Alturas Certificado Por El Sena). 
 
ASESORES TECNICOS PROFESIONALES ATEP LTDA. 
 
APORTES 
Equipo de profesionales de la Unidad Estratégica de Prevención para el sector Construcción y 
Líder Nacional. 
 
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BOGOTÁ 
FEBRERO 2013 
 
 
 
 
 
 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
TABLA DE CONTENIDO 
 
 
1. Justificación 3 
 
2. Objetivos 4 
 
3. Alcance 5 
 
4. Marco legal 5 
 
5. Definiciones 7 
 
6. Procedimiento general para realizar trabajo en alturas 11 
 
7. Determinación de los riesgos en trabajos en altura del sector 
construcción. 24 
 
8. Zonas criticas en obras de construcción. 29 
 
9. Cuerdas, nudos y amarres 32 
 
10. Principales actividades y elementos para el control del riesgo en el 
sector de la construcción. 39 
 
Anexo 1: Permiso para trabajos en alturas 47 
 
Anexo 2: Lista de verificación 48 
 
Anexo 3: Hoja de vida de equipos 50 
 
Anexo 4: Procedimiento de control de condiciones y de actos 
inseguros en obras de construcción. 51 
 
Anexo 5: Normas, instructivos y estándares de seguridad para obras 
en construcción. 54 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
1. JUSTIFICACIÓN 
 
“El trabajo en alturas está considerado como de alto riesgo debido a que en las estadísticas 
nacionales, es una de las primeras causas de accidentalidad y de muerte en el trabajo”. 
(Resolución 1409 de 2012 Ministerio del trabajo). 
 
Si entendemos por trabajo en alturas la definición contenida en el artículo 1° de la citada 
resolución que es “todo trabajo en el que exista el riesgo de caer a 1,50 m o más sobre un nivel 
inferior”, podemos afirmar que son muchos las tareas o trabajos que implican esta condición y 
dentro de éstos podemos citar, entre otros: trabajos en andamios, escaleras, cubiertas, postes, 
plataformas, vehículos, así como trabajos en profundidad, excavaciones y pozos, entre otros. 
Además, son numerosas las actuaciones que requieren la realización de trabajos en altura tales 
como tareas de mantenimiento, reparación, construcción, restauración de edificios u obras de 
arte, montaje de estructuras, limpiezas especiales, entre otros. 
 
La mejor manera de prevenir los accidentes por caídas desde alturas es la de garantizar y 
mantener unas condiciones de trabajo seguras, dando prioridad a las medidas de protección 
colectiva frente a las medidas de protección individual; suministrar todos los equipos de 
seguridad requeridos, acompañado de un procedimiento que garantice que tales equipos se 
mantengan en las mejores condiciones de uso, que los trabajadores si los utilizan de la manera 
adecuada y los jefes estén pendientes que los pasos del procedimiento se cumplan a cabalidad, 
con este peligro, nada se puede dejar al azar. Todo lo anterior debe estar acompañado además, 
con un buen programa de información, formación y entrenamiento (teórico – práctico) sobre los 
riesgos de la actividad y la manera segura de trabajar cuando se está en alturas. 
 
POSITIVA COMPAÑÍA SEGUROS S.A. es consciente de la importancia de controlar este factor 
de riesgo y por tal razón establece esta Guía Técnica y espera que una vez establecidos todos 
los mecanismos de difusión, capacitación y entrenamiento, se implemente y se haga un 
seguimiento riguroso y rutinario de cada uno de los pasos definidos en esta y se de el 
cumplimiento ESTRICTO de las normas establecidas para EJECUTAR TRABAJOS EN 
ALTURAS por parte de cada empresa. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
2. OBJETIVOS 
 
2.1. OBJETIVO GENERAL 
 
Definir y establecer la guía técnica de prevención y protección contra caídas en el sector de la 
construcción, para las empresas afiliadas a POSITIVA COMPAÑÌA DE SEGUROS /ARL. 
 
 
2.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS 
 
 Realizar actividades de prevención y asesoría para el riesgo de trabajo en alturas de 
acuerdo a la legislación vigente en Colombia. 
 
 Elaborar, publicar y divulgar Guías Técnicas estandarizadas por actividades económicas 
para la aplicación de la resolución 1409 de 2012 Ministerio del Trabajo. 
 
 Cumplir con una de las exigencias de la normatividad vigente, la cual exige la 
implementación de procedimientos para trabajar en alturas. 
 
 Socializar y divulgar las disposiciones legales relacionadas con la seguridad en la 
ejecución de trabajos en alturas. 
 
 Definir las normas básicas de seguridad para realizar trabajos en alturas. 
 
 Enumerar los trabajos críticos y las zonas críticas en las obras de construcción. 
 
 Establecer normas, instructivos y estándares de seguridad específicos para alunas 
labores a desarrollar que implique trabajo en alturas. 
 
 Orientar en la selección de equipos y elementos de protección personal a utilizar para 
trabajar en alturas y su aplicación en los diferentes sistemas de trabajo. 
 
 Definir una guía de instrucción para la capacitación de todas las personas involucradas 
con los trabajos en alturas. 
 
 Explicar la importancia del buen uso de los sistemas de prevención y protección contra 
caídas. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
3. ALCANCE 
 
Esta guía será entregada y divulgada a las respectivas empresas afiliadas a Positiva Cia de 
Seguros / ARL. 
 
 
4. MARCO LEGAL 
 
4.1. RESOLUCIÓN 2413 DE 1979 
 
Artículo 40. Protección para evitar la caída: Se colocarán vallas de protección, de acuerdo 
con la naturaleza del trabajo que se efectúe. 
 
4.2. LEY 52 DE 1993 
 
Artículo 18. Trabajos en alturas incluidos los tejados. 
 
1. Siempre que ello sea necesario para prevenir un riesgo o cuando la altura de la estructura o 
su pendiente exceda la fijada por la legislación nacional, deberán tomarse medidas preventivas 
para evitar la caída de los trabajadores, herramientas y otros materiales u objetos. 
 
2. Cuando los trabajadores se encuentren encima o cerca de tejados o cualquier superficie 
cubierta de material frágil, a través del cual puedan caerse, deberán adoptarse medidas 
preventivas para que no pisen por inadvertencia ese material frágil o pueda caer a través de él. 
 
 
RESOLUCIÓN 1409 de 2012 
 
Por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo 
en alturas y aplica a todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y 
trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales de la 
economía, que desarrollen trabajo en alturas con peligro de caídas. 
 
Para efectos de la aplicación de la presente resolución, se entenderá su obligatoriedad en todo 
trabajo en el que exista el riesgo de caer a 1,50 mts o más sobre un nivel inferior. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
5. DEFINICIONES. 
 
De acuerdo a la Resolución 1409 de 2012 Ministerio del Trabajo 
 
5.1. ABSORBEDOR DE CHOQUE: Equipo cuya función es disminuir las fuerzas de impacto en 
el cuerpo del trabajador o en los puntos de anclaje en el momento de una caída. 
 
5.2. ACCESO POR CUERDAS:Técnica de ascenso, descenso y progresión por cuerdas con 
equipos especializados para tal fin, con el propósito de acceder a un lugar especifico de una 
estructura. 
 
5.3. ANCLAJE: Punto seguro al que pueden conectarse equipos personales de protección 
contra caídas con resistencia certificada a la rotura y un factor de seguridad, diseñados y 
certificados en su instalación por un fabricante y/o una persona calificada. Puede ser fijo o móvil 
según la necesidad. 
 
 
 
5.4. APROBACIÓN DE EQUIPOS: Documento escrito y firmado por una persona calificada, 
emitiendo su concepto de cumplimiento con los requerimientos del fabricante. 
 
5.5. ARNÉS DE CUERPO COMPLETO: Equipo de protección personal diseñado para distribuir 
en varias partes del cuerpo el impacto generado durante una caída. Es fabricado en correas 
cosidas y debidamente aseguradas, e incluye elementos para conectar equipos y asegurarse a 
un punto de anclaje. Debe ser certificado bajo un estándar nacional o internacionalmente 
aceptado. 
 
Hay que tener en cuenta que el arnés de cuerpo completo es un elemento del Programa de 
Protección Contra Caídas, lo cual significa que utilizándolo de forma independiente o sea sin los 
otros elementos del Programa genera una FALSA SEGURIDAD en razón a que este elementó, 
por si solo, no protege al trabajador. 
 
 
 
 
 
 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 
5.6. AYUDANTE DE SEGURIDAD: Trabajador designado por el empleador para verificar las 
condiciones de seguridad y controlar el acceso a las áreas de riesgo de caída de objetos o 
personas. Debe tener una constancia de capacitación en protección contra caídas para trabajo 
seguro en alturas en nivel avanzado o tener certificado de competencia laboral para trabajo 
seguro en alturas. 
 
5.7. BARANDA: Barrera que se instala al borde de un lugar para prevenir la posibilidad de 
caída. Debe garantizar una capacidad de carga y contar con un travesaño de agarre superior, 
una barrera colocada a nivel del suelo para evitar la caída de objetos y un travesaño intermedio 
o barrera intermedia que prevenga el paso de personas entre el travesaño superior y la barrera 
inferior. 
 
5.8. CAPACITACIÓN: Para efectos de esta norma, es toda actividad realizada en una empresa 
o institución autorizada, para responder a sus necesidades, con el objetivo de preparar el 
talento humano mediante un proceso en el cual el participante comprende, asimila, incorpora y 
aplica conocimientos, habilidades y destrezas que lo hacen competente para ejercer sus 
labores en el puesto de trabajo. 
 
5.9. CENTRO DE ENTRENAMIENTO: Sitio destinado para la formación de personas en trabajo 
seguro en alturas, que cuenta con infraestructura adecuada para desarrollar y/o fundamentar el 
conocimiento y las habilidades necesarias para el desempeño del trabajador y la aplicación de 
las técnicas relacionadas con el uso de equipos y configuración de sistemas de Protección 
Contra Caídas de alturas. Además de las estructuras, el Centro de Entrenamiento deberá contar 
con equipos de Protección Contra Caídas Certificados, incluyendo líneas de vida verticales y 
horizontales, sean portátiles o fijas y todos los recursos para garantizar una adecuada 
capacitación del trabajador. 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
Los centros de entrenamiento que se utilicen para impartir la formación de trabajo seguro en 
alturas, deben cumplir con las normas de calidad que adopte el Ministerio del Trabajo. 
 
5.10. CERTIFICACIÓN DE EQUIPOS: Documento que certifica que un determinado elemento 
cumple con las exigencias de calidad de un estándar nacional que lo regula y en su ausencia, 
de un estándar avalado internacionalmente. Este documento es emitido generalmente por el 
fabricante de los equipos. 
 
5.11. CERTIFICADO DE COMPETENCIA LABORAL: Documento otorgado por un organismo 
certificador investido con autoridad legal para su expedición, donde reconoce la competencia 
laboral de una persona para desempeñarse en esa actividad. 
 
5.12. CERTIFICADO DE CAPACITACIÓN: Documento que se expide al final del proceso en el 
que se da constancia que una persona cursó y aprobó la capacitación necesaria para 
desempeñar una actividad laboral. Este certificado no tiene vencimiento. 
 
5.13. CERTIFICACIÓN PARA TRABAJO SEGURO EN ALTURAS: Certificación que se 
obtiene mediante el certificado de capacitación de trabajo seguro en alturas o mediante el 
certificado en dicha competencia laboral. 
 
5.14. CONECTOR: Cualquier equipo certificado que permita unir el arnés del trabajador al 
punto de anclaje. 
 
 
 
5.15. COORDINADOR DE TRABAJO EN ALTURAS: Trabajador designado por el empleador, 
denominado antiguamente persona competente en la normatividad anterior, capaz de identificar 
peligros en el sitio en donde se realiza trabajo en alturas, relacionados con el ambiente o 
condiciones de trabajo y que tiene su autorización para aplicar medidas correctivas inmediatas 
para controlar los riesgos asociados a dichos peligros. Debe tener certificación en la norma de 
competencia laboral vigente para trabajo seguro en alturas, capacitación en el nivel de 
coordinador de trabajo en alturas 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
y experiencia certificada mínima de un año relacionada con trabajo en alturas. Los requisitos de 
certificación, capacitación y experiencia del coordinador de trabajo en alturas, serán exigidos a 
partir de los dos años siguientes a la expedición de la presente resolución, mientras que 
transcurre dicho tiempo deben contar como mínimo con el certificado de capacitación del nivel 
avanzado en trabajo en alturas o certificación de dicha competencia laboral. 
La designación del coordinador de trabajo en alturas no significa la creación de un nuevo cargo, 
ni aumento en la nómina de la empresa, esta función puede ser llevada a cabo por ejemplo por 
el coordinador o ejecutor del programa de salud ocupacional o cualquier otro trabajador 
designado por el empleador. 
 
5.16. DISTANCIA DE DESACELERACIÓN: La distancia vertical entre el punto donde termina 
la caída libre y se comienza a activar el absorbedor de choque hasta que este último pare por 
completo. 
 
5.17. DISTANCIA DE DETENCIÓN: La distancia vertical total requerida para detener una caída, 
incluyendo la distancia de desaceleración y la distancia de activación. 
 
5.18. ENTRENADOR EN TRABAJO SEGURO EN ALTURAS: Persona con formación en el 
nivel de entrenador, certificado en la norma de competencia laboral para trabajo seguro en 
alturas vigente. 
 
5.19. EQUIPO DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS CERTIFICADO: Equipo que cumple con 
las exigencias de calidad de la norma nacional o internacional que lo regula, sin que este último 
pueda ser menos exigente que el nacional. 
 
5.20. ESLINGA DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS: Sistema de cuerda, reata, cable u otros 
materiales que permiten la unión al arnés del trabajador al punto de anclaje. Su función es 
detener la caída de una persona, absorbiendo la energía de la caída de modo que la máxima 
carga sobre el trabajador sea de 900 libras. Su longitud total, antes de la activación, debe ser 
máximo de 1,8 m. Deben cumplir los siguientes requerimientos: 
 
a) Todos sus componentes deben ser certificados; 
b) Resistencia mínima de 5.000 libras (22,2 kilo-newtons – 2.272 kg); 
c) Tener un absorbedor de choque; y 
d) Tener en sus extremos sistemas de conexión certificados. 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
5.21. ESLINGA DE POSICIONAMIENTO: Elemento de cuerda, cintas, cable u otros materiales 
con resistencia mínima de 5.000 libras (22,2 kilonewtons – 2.272 kg) que puede tener en sus 
extremos ganchos o conectores que permiten la unión al arnés del trabajador y al punto de 
anclaje, y que limita la distancia de caída del trabajador a máximo 60 cm. Su funciónes ubicar 
al trabajador en un sitio de trabajo, permitiéndole utilizar las dos manos para su labor. 
 
 
 
5.22. ESLINGA DE RESTRICCIÓN: Elemento de cuerda, reata, cable u otro material con 
resistencia mínima de 5.000 libras (22,2 kilonewtons – 2.272 kg) y de diferentes longitudes o 
graduable que permita la conexión de sistemas de bloqueo o freno. Su función es limitar los 
desplazamientos del trabajador para que no llegue a un sitio del que pueda caer. 
Todas las eslingas y sus componentes deben ser certificados de acuerdo con las normas 
nacionales o internacionales pertinentes. 
 
5.23. EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES PARA TRABAJO SEGURO EN 
ALTURAS: Proceso por medio del cual un evaluador recoge de una persona, información sobre 
su desempeño y conocimiento con el fin de determinar si es competente, o aún no, para 
desempeñar una función productiva de acuerdo a la norma técnica de competencia laboral 
vigente. 
 
5.24. EVALUADOR DE COMPETENCIAS LABORALES EN PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS 
PARA TRABAJO SEGURO EN ALTURAS: Persona certificada como evaluador de 
competencias laborales y con certificación vigente en la norma de competencia laboral que va a 
evaluar y debe estar certificado en el nivel de entrenador. 
 
5.25. FACTOR DE SEGURIDAD: Número multiplicador de la carga real aplicada a un elemento, 
para determinar la carga a utilizar en el diseño. 
 
5.26. GANCHO: Equipo metálico con resistencia mínima de 5.000 libras (22.2 kilonewtons – 
2.272 kg) que es parte integral de los conectores y permite realizar conexiones entre el arnés y 
los puntos de anclaje, sus dimensiones varían de acuerdo a su uso, los ganchos están provistos 
de una argolla u ojo al que está asegurado el material del equipo conector (cuerda, reata, cable, 
cadena, entre otros) y un sistema de apertura y cierre con doble sistema de accionamiento para 
evitar una apertura accidental, que asegure que el gancho no se salga de su punto de conexión. 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 
 
 
5.27. HUECO: Para efecto de esta norma es el espacio vacío o brecha en una superficie o 
pared, sin protección, a través del cual se puede producir una caída de 1,50 m o más de 
personas u objetos. 
 
5.28. LÍNEAS DE VIDA HORIZONTALES: Sistemas certificados de cables de acero, cuerdas, 
rieles u otros materiales que debidamente ancladas a la estructura donde se realizará el trabajo 
en alturas, permitan la conexión de los equipos personales de protección contra caídas y el 
desplazamiento horizontal del trabajador sobre una determinada superficie; la estructura de 
anclaje debe ser evaluada con métodos de ingeniería. 
 
5.29. LÍNEAS DE VIDA HORIZONTALES FIJAS: Son aquellas que se encuentran 
debidamente ancladas a una determinada estructura, fabricadas en cable de acero o rieles 
metálicos y según su longitud, se soportan por puntos de anclaje intermedios; deben ser 
diseñadas e instaladas por una persona calificada. Los cálculos estructurales determinarán si se 
requiere de sistemas absorbentes de energía. 
 
5.30. LÍNEAS DE VIDA HORIZONTALES PORTÁTILES: Son equipos certificados y 
preensamblados, elaborados en cuerda o cable de acero, con sistemas absorbentes de choque, 
conectores en sus extremos, un sistema tensionador y dos bandas de anclaje tipo Tie Off. Estas 
se instalarán por parte de los trabajadores autorizados entre dos puntos de comprobada 
resistencia y se verificará su instalación por parte del coordinador de trabajo en alturas o de una 
persona calificada. 
 
5.31. LÍNEAS DE VIDA VERTICALES: Sistemas certificados de cables de acero, cuerdas, 
rieles u otros materiales que debidamente ancladas en un punto superior a la zona de labor, 
protegen al trabajador en su desplazamiento vertical (ascenso/descenso). Serán diseñadas por 
una persona calificada, y deben ser instaladas por una persona calificada o por una persona 
avalada por el fabricante o por la persona calificada. 
 
5.32. MÁXIMA FUERZA DE DETENCIÓN, MFD: La máxima fuerza que puede soportar el 
trabajador sin sufrir una lesión, es 1.800 libras (8 kilonewtons – 816 kg). 
 
5.33. MEDIDAS DE PREVENCIÓN: Conjunto de acciones individuales o colectivas que se 
implementan para advertir o evitar la caída de personas y objetos cuando se realizan trabajos 
en alturas y forman parte de las medidas de control. Entre ellas están: sistemas de ingeniería; 
programa de protección contra caídas y las medidas colectivas de prevención. 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
5.34. MEDIDAS DE PROTECCIÓN: Conjunto de acciones individuales o colectivas que se 
implementan para detener la caída de personas y objetos una vez ocurra o para mitigar sus 
consecuencias. 
 
5.35. MOSQUETÓN: Equipo metálico en forma de argolla que permite realizar conexiones 
directas del arnés a los puntos de anclaje. Otro uso es servir de conexión entre equipos de 
protección contra caídas o rescate a su punto de anclaje. 
 
 
 
5.36. PERSONA CALIFICADA: Ingeniero con experiencia certificada mínima de dos años para 
calcular resistencia materiales, diseñar, analizar, evaluar, autorizar puntos de anclaje y elaborar 
especificaciones de trabajos, proyectos o productos acorde con lo establecido en la presente 
resolución. La persona calificada es la única persona que da la autorización a un punto de 
anclaje sobre el cual se tengan dudas. 
 
 
5.37. POSICIONAMIENTO DE TRABAJO: Conjunto de procedimientos mediante los cuales se 
mantendrá o sostendrá el trabajador a un lugar específico de trabajo en alturas, limitando la 
caída libre de este a 2 pies (0,60 m) o menos. 
 
5.38. REENTRENAMIENTO: Proceso anual obligatorio, por el cual se actualizan conocimientos 
y se entrenan habilidades y destrezas en prevención y protección contra caídas. Su contenido y 
duración depende de los cambios en la norma para protección contra caídas en trabajo en 
alturas, o del repaso de la misma y de las fallas que en su aplicación el empleador detecte, ya 
sea mediante una evaluación a los trabajadores o mediante observación a los mismos por parte 
del coordinador de trabajo en alturas. El reentrenamiento debe realizarse anualmente o cuando 
el trabajador autorizado ingrese como nuevo en la empresa, o cambie de tipo de trabajo en 
alturas o haya cambiado las condiciones de operación o su actividad. Las empresas o los 
gremios en convenio con éstas pueden efectuar el reentrenamiento directamente bajo el 
mecanismo de UVAE o a través de terceros autorizados por esta resolución. Debe quedar 
prueba del reentrenamiento, que puede ser, mediante lista de asistencia, constancia o 
certificado. 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
5.39. REQUERIMIENTO DE CLARIDAD O ESPACIO LIBRE DE CAÍDA: Distancia vertical 
requerida por un trabajador en caso de una caída, para evitar que este impacte contra el suelo o 
contra un obstáculo. El requerimiento de claridad dependerá principalmente de la configuración 
del sistema de detención de caídas utilizado. 
 
5.40. RESTRICCIÓN DE CAÍDA: Técnica de trabajo que tiene por objetivo impedir que el 
trabajador sufra una caída de un borde o lado desprotegido. 
 
5.41. RODAPIÉ: Elemento de protección colectiva que fundamentalmente previene la caída de 
objetos o que ante el resbalón de una persona, evita que esta caiga al vacío. Debe ser parte de 
las barandas y proteger el área de trabajo a su alrededor. 
 
5.42. TRABAJADOR AUTORIZADO: Trabajador que posee el certificado de capacitación de 
trabajo seguro en alturas o el certificado de competencia laboral para trabajo seguro en alturas. 
 
5.43. TRABAJOS EN SUSPENSIÓN: Tareas en las que el trabajador debe “suspenderse” o 
colgarse y mantenerse en esa posición, mientras realiza su tarea o mientras es subido o bajado. 
 
5.44. TRABAJO OCASIONAL: Son las actividades que no realiza regularmente el trabajador o 
que son esporádicos o realizados de vez en cuando.5.45. TRABAJO RUTINARIO: Son las actividades que regularmente desarrolla el trabajador, en 
el desempeño de sus funciones. 
 
5.46. UNIDADES VOCACIONALES DE APRENDIZAJE EN EMPRESAS (UVAE): Las 
empresas, o los gremios en convenio con estas, podrán crear unidades vocacionales de 
aprendizaje, las cuales son mecanismos dentro de las empresas que buscan desarrollar 
conocimiento en la organización mediante procesos de autoformación, con el fin de preparar, 
entrenar, reentrenar, complementar y certificar la capacidad del recurso humano para realizar 
labores seguras en trabajo en alturas dentro de la empresa. La formación que se imparta a 
través de las UVAES deberá realizarse con los entrenadores para trabajo seguro en alturas. 
 
Para que la empresa, o los gremios en convenio con estas, puedan crear una Uvae deberán 
cumplir en las instalaciones de las empresas o en la obra de construcción con los requisitos 
para el trabajo seguro en alturas establecidos en la presente resolución. 
 
5.47. SISTEMAS DE PROTECCIÓN DE CAÍDAS CERTIFICADO: Conjunto de elementos y/o 
equipos diseñados e instalados que cumplen con las exigencias de calidad de la norma 
nacional o internacional que lo regula, y aprobado por una persona calificada si existen dudas. 
En ningún momento, el estándar internacional puede ser menos exigente que el nacional. 
 
Otras Definiciones 
 
5.50. EMISOR DEL PERMISO: Persona que ha sido entrenada, evaluada y calificada para la 
observación del cumplimiento de las normas de seguridad para trabajos en altura, y que 
además posee la autonomía suficiente para autorizar o desautorizar la realización de un Trabajo 
en Alturas. 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
5.51. MONTAJE: Es la disposición de las cuerdas, andamios o escaleras, señalización y los 
demás procedimientos que se realizan antes de autorizar a las personas para que ejecuten los 
trabajos en alturas. 
 
5.52. ANDAMIO: Estructura modular provisional, utilizada para acceder a sitios elevados que no 
permiten accesos directos. 
 
 
 
 
 
5.53. ESCALERA: Estructura que conecta dos niveles situados a diferentes alturas, compuesta 
por dos perfiles paralelos verticales (Largueros o contrahuellas) unidos por perfiles horizontales 
(Peldaños o Huellas). 
 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
5.54. SEÑALIZACIÓN: Son aquellas indicaciones que en conjunto y mediante una serie de 
estímulos, condicionan la actuación de la persona que las recibe frente a una situación, hecho o 
riesgo que se pretende resaltar, tales como: 
 
- Riesgo de accidente. 
- Riesgo contra la salud. 
- Situaciones de emergencia 
 
5.55. Salud Ocupacional: Conjunto de disciplinas que tienen como finalidad la promoción de la 
salud en el trabajo a través del fomento y mantenimiento del más elevado nivel de bienestar en 
los trabajadores, previniendo alteraciones de la salud generadas por las condiciones de trabajo, 
protegiéndolos contra los riesgos resultantes de la presencia de agentes nocivos y 
colocándolos en un cargo acorde con sus aptitudes físicas y psicológicas. 
 
5.56. Exposición: Periodo de tiempo al que están sometidos los distintos grupos de 
trabajadores afectados por los factores de riesgo. Dicha información implica una acción 
continua y sistemática de observación y medición, de manera que exista un conocimiento 
actualizado a través del tiempo, que permitan una adecuada orientación de las actividades 
preventivas posteriores. 
 
5.57. Factores de Riesgo: Aquellas condiciones del ambiente, la tarea, los instrumentos, los 
materiales, la organización y el contenido del trabajo que encierran un daño potencial en la 
salud física o mental, o sobre la seguridad de las personas. 
 
5.58. Riesgo: La probabilidad de ocurrencia de un evento generado por una condición de 
trabajo capaz de desencadenar alguna lesión o daño de la salud e integridad del trabajador; 
daño en los materiales y equipos o alteración del ambiente laboral y extra laboral. 
 
5.59. Peligrosidad: Relación matemática obtenida del producto entre la probabilidad de 
ocurrencia, la intensidad de la exposición, las consecuencias más probables derivadas de una 
condición de riesgo específica. 
 
5.60. Mantenimiento Preventivo: Es aquel que se hace a la máquina o equipos, elementos e 
instalaciones locativas, de acuerdo con el estimativo de vida útil de sus diversas partes para 
evitar que ocurran daños, desperfectos o deterioro. 
 
5.61. Normas de Seguridad: Son las reglas que deben seguirse para evitar daños que puedan 
derivarse como consecuencia de la ejecución de un trabajo. Especifican o determinan 
detalladamente las instrucciones a seguir en la operación, manipulación de máquinas y 
herramientas. 
 
5.62. Caída Libre: Movimiento que sigue un cuerpo cuando la única fuerza que recibe es la de 
la gravedad. 
 
5.63. Efecto Péndulo: Movimiento oscilante realizado por un elemento sometido a la fuerza de 
gravedad y a una tensión que no es paralela a su eje central vertical. 
 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
5.64. Resistencia: Es la capacidad de un elemento sólido para resistir esfuerzos y fuerzas 
aplicadas sin romperse, adquirir deformaciones permanentes o deteriorarse de algún modo. 
 
 
6. PROCEDIMIENTO GENERAL PARA REALIZAR TRABAJO EN ALTURAS. 
 
De acuerdo a la actividad económica y a la labor a realizar, se ejecuta el trabajo en alturas, 
donde es de obligatorio cumplimiento la normatividad legal vigente en Colombia. 
 
El seguimiento a estas labores se realiza, entre otras, por el responsable del Sistema de 
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) de la respectiva empresa y la correcta 
realización de las actividades del Procedimiento de Trabajo Seguro en Alturas. 
 
 
6.1. NORMAS BASICAS PARA EJECUTAR CUALQUIER TRABAJO EN ALTURAS 
 
6.1.1. Se debe realizar una inspección detallada del área donde se va a desarrollar el trabajo en 
alturas, con el objetivo de identificar claramente, riesgos asociados a la labor, procedimiento de 
trabajo, tipo de equipos de protección contra caídas a utilizar, ubicación de los anclajes que 
posean la resistencia requerida (5000 lbs por persona conectada) y que su colocación evite el 
efecto péndulo en caso de una caída. 
 
6.1.2. La ejecución de cualquier trabajo en alturas que se vaya a realizar requiere la expedición 
de la lista de chequeo para labores rutinarias o el correspondiente permiso de trabajo para 
labores no rutinarias y el cumplimiento de las normas acá relacionadas y del procedimiento 
descrito. 
 
6.1.3. Los emisores de los permisos y los ejecutores de los trabajos en alturas, deben ser 
personas certificadas de acuerdo a la normatividad legal vigente en Colombia para tal fin. 
 
 
6.1.4. Las tareas que se realicen en la empresa de manera rutinaria o no y que impliquen 
trabajos en alturas, deben tenerse identificadas previamente y ser conocidas por los directos 
responsables de ordenar su ejecución. No obstante, cualquier otra tarea, que no se haya 
identificado y que reúna los requisitos de la definición de trabajo en alturas, debe realizarse 
cumpliendo las normatividad legal vigente y los lineamientos de esta guía. 
. 
 
6.2. LOS TRABAJADORES QUE REALICEN TRABAJOS EN ALTURAS DEBEN: 
 
 Asistir a las capacitaciones programadas por el empleador y aprobar satisfactoriamente las 
evaluaciones, así como asistir a los reentrenamientos. 
 
 Cumplir todos los procedimientos de salud y seguridad en el trabajo establecidos por el 
empleador. 
 
 Informar al empleador sobre cualquier condición de salud que le pueda generar 
restricciones, antes de realizar cualquier tipo de trabajo en alturas. 
18 
 
 
GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 Utilizar las medidas de prevención y protección contra caídas que sean implementadas por 
el empleador. 
 
 Reportar al coordinadorde trabajo en alturas el deterioro o daño de los sistemas 
individuales o colectivos de prevención y protección contra caídas. 
 
 Participar en la elaboración y el diligenciamiento del permiso de trabajo en alturas, así como 
acatar las disposiciones del mismo. 
 
 
6.3. LOS EMPLEADORS QUE DENTRO DE SU ACTIVIDADES TENGA TRABAJO EN 
ALTURAS DEBEN 
 
 Realizar las evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias 
clínicas ocupacionales conforme a lo establecido en las Resoluciones 2346 de 2007 y 1918 
de 2009 expedidas por el Ministerio de la Protección Social o las normas que las 
modifiquen, sustituyan o adicionen. 
 
 Incluir en el programa de salud ocupacional denominado actualmente Sistema de Gestión 
de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el programa de protección contra caídas 
de conformidad con la presente resolución, así como las medidas necesarias para la 
identificación, evaluación y control de los riesgos asociados al trabajo en alturas, a nivel 
individual por empresa o de manera colectiva para empresas que trabajen en la misma 
obra. 
 
 Cubrir las condiciones de riesgo de caída en trabajo en alturas, mediante medidas de 
control contra caídas de personas y objetos, las cuales deben ser dirigidas a su prevención 
en forma colectiva, antes de implementar medidas individuales de protección contra caídas. 
En ningún caso, podrán ejecutarse trabajos en alturas sin las medidas de control 
establecidas en la presente resolución. 
 
 Adoptar medidas compensatorias y eficaces de seguridad, cuando la ejecución de un 
trabajo particular exija el retiro temporal de cualquier dispositivo de prevención colectiva 
contra caídas. 
Una vez concluido el trabajo particular, se volverán a colocar en su lugar los dispositivos de 
prevención colectiva contra caídas. 
 
 Garantizar que los sistemas y equipos de protección contra caídas, cumplan con los 
requerimientos de esta resolución. 
 
 Disponer de un coordinador de trabajo en alturas, de trabajadores autorizados en el nivel 
requerido y de ser necesario, un ayudante de seguridad según corresponda a la tarea a 
realizarse; lo cual no significa la creación de nuevos cargos sino la designación de 
trabajadores a estas funciones. 
 
 
 
19 
 
GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 Garantizar que el suministro de equipos, la capacitación y el reentrenamiento, incluido el 
tiempo para recibir estos dos últimos, no generen costo alguno para el trabajador. 
 
 Garantizar un programa de capacitación a todo trabajador que se vaya a exponer al riesgo 
de trabajo en alturas, antes de iniciar labores. 
 
 Garantizar que todo trabajador autorizado para trabajo en alturas reciba al menos un 
reentrenamiento anual, para reforzar los conocimientos en protección contra caídas para 
trabajo seguro en alturas. En el caso que el trabajador autorizado ingrese como nuevo en la 
empresa, o cambie de tipo de trabajo en alturas o haya cambiado las condiciones de 
operación o su actividad, el empleador debe también garantizar un programa de 
reentrenamiento en forma inmediata, previo al inicio de la nueva actividad. 
 
 Garantizar la operatividad de un programa de inspección, conforme a las disposiciones de la 
presente resolución. Los sistemas de protección contra caídas deben ser inspeccionados 
por lo menos una vez al año, por intermedio de una persona o equipo de personas avaladas 
por el fabricante y/o calificadas según corresponda. 
 
 Asegurar que cuando se desarrollen trabajos con riesgo de caídas de alturas, exista 
acompañamiento permanente de una persona que esté en capacidad de activar el plan de 
emergencias en el caso que sea necesario. 
 
 Solicitar las pruebas que garanticen el buen funcionamiento del sistema de protección 
contra caídas y/o los certificados que lo avalen. Las pruebas deben cumplir con los 
estándares nacionales y en ausencia de ellos, con estándares internacionales vigentes para 
cada componente del sistema; en caso de no poder realizar las pruebas, se debe solicitar 
las memorias de cálculo y datos del sistema que se puedan simular para representar o 
demostrar una condición similar o semejante de la funcionalidad y función del diseño del 
sistema de protección contra caídas. 
 
 Asegurar la compatibilidad de los componentes del sistema de protección contra caídas; 
para ello debe evaluar o probar completamente si el cambio o modificación de un sistema 
cumple con el estándar a través del coordinador de trabajo en alturas o si hay duda, debe 
ser aprobado por una persona calificada. 
 
 Incluir dentro de su Plan de Emergencias un procedimiento para la atención y rescate en 
alturas con recursos y personal entrenado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 
de la presente resolución. 
 
 Garantizar que los menores de edad y las mujeres embarazadas en cualquier tiempo de 
gestación no realicen trabajo en alturas. 
 
 Es obligación del empleador asumir los gastos y costos de la capacitación certificada de 
trabajo seguro en alturas o la certificación en dicha competencia laboral en las que se deba 
incurrir. 
 
 
 
20 
 
GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
Las empresas podrán compartir recursos técnicos, tales como equipos de protección, equipos 
de atención de emergencias, entre otros, garantizando que en ningún momento por este motivo, 
se dejen de controlar trabajos en alturas con riesgo de caída en ninguna de estas empresas, de 
acuerdo con lo estipulado en la presente resolución y en ningún momento se considerará esto 
como un traslado de responsabilidades, siendo cada empresa la obligada a mantener las 
adecuadas condiciones de los recursos que utilicen. 
 
 
6.4. PERMISO DE TRABAJO EN ALTURAS 
 
El permiso de trabajo en alturas es un mecanismo que mediante la verificación y control previo 
de todos los aspectos relacionados en la resolución 1409/2012 del Ministerio del Trabajo, tiene 
como objeto prevenir la ocurrencia de accidentes durante la realización de trabajos en alturas. 
 
Este permiso de trabajo debe ser emitido para trabajos ocasionales definidos por el coordinador 
de trabajo en alturas para los efectos de la aplicación de la resolución 1409 de 2012 y puede 
ser diligenciado por el trabajador o por el empleador y debe ser revisado y verificado en el sitio 
de trabajo por el coordinador de trabajo en alturas. 
 
Cuando se trate de trabajos rutinarios, a cambio del permiso de trabajo en alturas, debe 
implementarse una lista de chequeo que será revisada y verificada en el sitio de trabajo por el 
coordinador de trabajo en alturas. 
 
El permiso de trabajo debe contener como mínimo lo siguiente: 
 
1. Nombre (s) del trabajador (es). 
 
2. Tipo de trabajo. 
 
3. Altura aproximada a la cual se va a desarrollar la actividad. 
 
4. Fecha y hora de inicio y de terminación de la tarea. 
 
5. Verificación de la afiliación vigente a la seguridad social. 
 
6. Requisitos de trabajador (requerimientos de aptitud). 
 
7. Descripción y procedimiento de la tarea. 
 
8. Elementos de protección personal seleccionados por el empleador teniendo en cuenta los 
riesgos y requerimientos propios de la tarea, conforme a lo dispuesto en la presente resolución. 
 
9. Verificación de los puntos de anclaje por cada trabajador. 
 
10. Sistema de prevención contra caídas. 
 
11. Equipos, sistema de acceso para trabajo en alturas. 
 
 
21 
 
GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
12. Herramientas a utilizar. 
 
13. Constancia de capacitación o certificado de competencia laboral para prevención para 
caídas en trabajo en alturas. 
 
14. Observaciones, y 
 
15. Nombres y apellidos, firmas y números de cédulas de los trabajadores y de la persona que 
autoriza el trabajo. 
 
El permiso de trabajo en alturas debe tener en cuenta las medidas para garantizar que se 
mantenga una distancia segura entre el trabajo y líneas o equiposeléctricos energizados y que 
se cuente con los elementos de protección necesarios, acordes con el nivel de riesgo (escaleras 
dieléctricas, parrillas, EPP dieléctrico, arco eléctrico, entre otros.) 
 
No se podrán realizar trabajos en alturas en exteriores cuando se presente condiciones 
climáticas desfavorables (vientos fuertes, tormentas eléctricas, entre otros). 
 
El trabajo se debe suspender si las condiciones de seguridad se vuelven desfavorables en un 
momento dado (corto circuito, escapes de gases, entre otros). 
 
Cuando se termine la tarea, el (los) ejecutor(es) deben devolver el permiso al emisor y éste lo 
debe hacer llegar al empleador, donde se archivarán, previa verificación acerca de si el 
permiso estuvo bien diligenciado o no. En caso de que el permiso presente algún 
incumplimiento, el empleador le hará retroalimentación al emisor del permiso y le hará 
seguimiento. 
 
El (los) nivel(es) por debajo del área donde se va a realizar un trabajo en alturas, deberá(n) 
estar delimitado con cintas reflectivas o de precaución (o en su defecto manilas o cuerdas con 
señales de advertencia) y debe(n) estar debidamente señalizado(s) con las leyendas 
“PELIGRO” y/o “NO PASE”, a una distancia segura y adecuada a criterio del coordinador de 
alturas en todo el perímetro del área de trabajo. 
 
Cuando se solicite un permiso para trabajos en alturas y se requiera de otros permisos, tales 
como el de trabajos en caliente, trabajos en espacios confinados o aseguramiento de energías 
peligrosas, es indispensable verificar que todos los requerimientos de seguridad de los otros 
permisos se cumplan. 
 
Para realizar trabajos en alturas programados, es necesario informar, por escrito, al empleador 
el tipo de trabajo que se va a realizar, el sitio, la fecha, la hora y los responsables de su 
ejecución y supervisión. Tal información deberá enviarse al menos con tres días hábiles de 
anticipación. El empleador procederá a verificar que el personal emisor y ejecutor sea el 
certificado, entrenado y autorizado. 
 
Cuando existen contratistas y/o subcontratistas para realizar trabajos en alturas, se le informará 
de tal evento al empleador, con 5 días de anticipación. La información debe especificar el tipo 
 
 
22 
 
GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
de trabajo que se va a realizar, el sitio, la fecha y los nombres y los números de las cédulas de 
las personas que ejecutarán el trabajo. Esta información es necesaria para proceder a brindar la 
inducción respectiva y avalar de esta forma que es personal certificado y pueden realizar 
trabajos en alturas, antes de iniciar el contrato. 
 
Tanto para los contratistas o subcontratistas que van a realizar trabajos en alturas, se les debe 
exigir que sean ellos quienes suministren las medidas de protección colectiva e individuales y 
los equipos de protección personal necesarios y que tales equipos sean certificados cumpliendo 
con la normatividad vigente, de manera que se garantice su fiabilidad. Esta será verificada por 
el emisor del permiso. 
 
El empleador será el responsable de inspeccionar los equipos y los sistemas de acceso para 
realizar trabajos en alturas como escaleras, andamios, plataformas, entre otros, existentes en 
cada una de las áreas. Esta inspección se realizará permanentemente. Una vez realizada la 
inspección se enviará una copia del formato al empleador para que proceda a corregir las fallas 
encontradas. 
 
A todos los equipos para realizar trabajos en alturas (arneses, eslingas, líneas de vida, 
mosquetones, conectores, absorbedores, entre otros) se les debe llevar una hoja de vida. 
 
Cada uno de estos elementos debe contar con una hoja de vida, que debe contener como 
mínimo, la marca, fecha de fabricación, inspecciones planeadas y mantenimientos. 
 
6.2.2 PROCEDIMIENTO DE ELABORACION DESARROLLO Y EJECUCION DEL PERMISO 
DE TRABAJO EN ALTURAS. 
 
PASO 1. 
 
EL TRABAJADOR AUTORIZADO (Ejecutor): 
 
Acude donde su Jefe Inmediato para que diligencien en conjunto el permiso para trabajos en 
alturas y/o lista de chequeo para que sea revisado y verificado en el sitio de trabajo por el 
coordinador de trabajo en alturas con las respectivas instrucciones y recomendaciones 
necesarias. 
 
 
PASO 2. 
 
EL COORDINADOR DE TRABAJO EN ALTURAS Y/O JEFE INMEDIATO (Emisor): 
 
 Comprueba que se cumplan las condiciones de seguridad de la lista de verificación para 
trabajos rutinarios. (Anexo 2). 
 
 Llena y autoriza el permiso de trabajo en alturas para trabajo No Rutinarios (Anexo 1) y 
verifica que se cumpla con lo indicado. 
 
 Verifica y diligencia, si es necesario, otros permisos como el de espacios confinados, 
trabajos en calientes y manejo de energías peligrosas. 
23 
 
GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 Responde por las tareas hasta la terminación del trabajo. 
 
 Ordena la instalación de la delimitación en la(s) zona(s) por debajo del área donde se va 
a realizar el trabajo en alturas y la colocación de la señalización respectiva. 
 
 
PASO 3. 
 
EL TRABAJADOR (Ejecutor): 
 
 Coloca el permiso y las listas de verificación en un lugar visible a nivel del piso (antes de 
empezar la tarea). 
 
 Instala las barreras de protección en todos los accesos que haya a diferentes niveles 
(delimitación y señalización). 
 
 
PASO 4. 
 
EL AYUDANTE DE SEGURIDAD (EMPLEADO O TRABAJADOR QUE PASE O SE 
ENCUENTRE CERCA DEL SITIO DONDE SE REALIZA EL TRABAJO) 
 
Reporta a cualquier supervisor, coordinador de trabajo en alturas, jefe de Departamento, 
brigadista, salud ocupacional, o a su Jefe inmediato, cuando detecte cualquiera de las 
siguientes fallas: 
 
 
 Falta el permiso y/o la lista de verificación. 
 No se cumplen las recomendaciones del permiso. 
 Existan permisos incompletos. 
 No estén colocadas las barreras de protección. 
 No se cumpla con lo indicado en las listas de verificación. 
 
NOTA: La responsabilidad de reportar cualquiera de las fallas anteriores, es OBLIGATORIA 
para todos los trabajadores de la empresa, que las detecten . 
 
 
PASO 5. 
 
COORDINADOR DE TRABAJO EN ALTURAS Y/O EL JEFE INMEDIATO (Emisor): 
 
Garantiza que se den todas las condiciones de seguridad necesarias durante todo el tiempo que 
se utilice para la realización del trabajo. 
 
 
 
24 
 
GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
PASO 6. 
 
CUALQUIER EMISOR, COMO EL COORDINADOR DE TRABAJO EN ALTURAS, 
SUPERVISOR, JEFE DE DEPARTAMENTO, BRIGADISTA, FUNCIONARIO DE SALUD 
OCUPACIONAL O JEFE 
 
Suspenderá cualquier trabajo en alturas, en caso que no cumpla con alguno de los lineamientos 
del presente procedimiento 
 
 
PASO 7. 
 
EL TRABAJADOR (Ejecutor) 
 
Realiza el trabajo de manera segura y con el cumplimiento las normas de seguridad 
establecidas por el Sistema de la Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo (SG-SST) y 
las demás consignadas en este documento. 
 
 
PASO 8. 
 
EL TRABAJADOR (Ejecutor) 
 
Termina el trabajo y procede siempre a: 
 
 Quitar todas las barreras de protección y las señales. 
 Desmontar y guardar los andamios, las escaleras y demás implementos que haya 
utilizado. 
 Dejar limpia y organizada el área. 
 Dar aviso al Coordinador de Trabajo en Alturas, Supervisor o al Jefe de turno o de 
Departamento, si así se lo exigen. 
 Retirar el permiso y la lista de verificación y entregarlos al emisor 
 
 
PASO 9. 
 
EL COORDINADOR DE TRABAJO EN ALTURAS Y/O JEFE INMEDIATO (Emisor): 
 
Verifica la terminación del trabajo, la limpieza del área y entrega o envía la lista de verificación 
y/o el permiso al Salud Ocupacional. 
 
EL COORDINADOR DE TRABAJO EN ALTURAS, JEFE INMEDIATO (EMISOR), EL 
TRABAJADOR (EJECUTOR) Y LOS AYUDANTES DE SEGURIDAD, tienen la 
obligación de informar al coordinador del Sistema de la Gestión de la Seguridad y la 
Salud en el Trabajo (SG-SST) o al representante del empleador asignado, cualquier 
inconformidad, incidente o accidenteocurrido durante la ejecución de la tarea, para 
tomar las acciones correctivas, preventivas o mejora, pertinentes. 
25 
 
 
 
 
GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
6.3 PROCEDIMIENTOS POR TAREA EN LABORES DE ALTURA. 
 
Las actividades que implican labores en altura requieren unos procedimientos específicos como 
son: 
 
6.3.1 PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS CON ESCALERAS. 
 
6.3.1.1 NORMAS BÁSICAS PARA LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS EN ESCALERAS. 
 
 Las escaleras sólo deben utilizarse para trabajos en un lugar determinado, que no 
superen dos (2) horas de duración. Para tiempos más largos es preferible instalar un 
andamio. Si el sitio donde se realizará la labor no permite instalar un andamio el 
personal ejecutor deberá realizar pausas activas. 
 
 Hay que usar ÚNICAMENTE escaleras que estén en buenas condiciones. 
Se deben descartar las que estén defectuosas o en mal estado. 
 
 En una escalera de madera la carga máxima soportable recomendada es 
aproximadamente de 95 kilos, y la carga máxima a transportar ha de ser de 25 kilos. En 
las escaleras metálicas la carga máxima recomendada es de 150 kilos e igualmente la 
carga máxima a llevar es de 25 kg (NTP 239). 
 
 En una escalera sólo debe trabajar una sola persona. 
 
 Las escaleras deben tener zapatas de seguridad a ambos lados de los largueros, (las 
zapatas deben ofrecer fricción entre la escalera y el piso). Si el piso es de 
superficie blanda la escalera tendrá zapatas de seguridad con “chuzos” que se entierren 
y le den estabilidad. 
 
 
 
 
 
6.3.1.2 NORMAS PARA LA UBICACION DE LAS ESCALERAS 
 
Inspeccione bien el área donde va a trabajar y a colocar la escalera. Tenga siempre en cuenta 
los siguientes requisitos: 
 
26 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 Asegure la estabilidad. La base de la escalera debe quedar sólidamente asentada sobre 
superficies horizontales, planas, resistentes, limpias de grasas o suciedades, y no 
estarán húmedas o lisas y se hará uso de las zapatas para impedir su deslizamiento. 
 
 
 
 
 No se debe situar una escalera sobre elementos inestables o móviles (cajas, canastillas, 
bidones, planchas, entre otros). Nunca se apoyará la escalera sobre escombros o 
ladrillos. 
 
 Mantenga todo tipo de escaleras (y herramientas) a una distancia mínima de 3,5 metros 
de los cables de alto voltaje y de cualquier otra obstrucción que pudiera haber en lo alto. 
Si el trabajo a realizar está cerca de líneas de energía, se recomiendan escaleras de 
fibra de vidrio ó de madera ya que la metálicas son conductoras de energía. El aluminio 
e incluso las escaleras de madera o las escaleras de fibra de vidrio que estén húmedas 
o sucias pueden conducir electricidad. Preferiblemente desenergice las líneas de 
conducción eléctrica. 
 
 Cuando requiera ubicarla al frente de una puerta o ventana asegúrese que éstas queden 
bloqueadas de tal manera que nadie las pueda abrir. Señalice el área convenientemente 
indicando este tipo de riesgo. 
 
 No coloque la escalera en lugares de paso, evite el riesgo de choque con peatones o 
vehículos y en cualquier caso, señalice con cintas o conos reflectivos o utilice una 
persona para que avise de la circunstancia. 
 
 Antes de usar cualquier escalera, compruebe siempre que el área sobre su cabeza esté 
despejada. Mantenga desocupadas las áreas alrededor del extremo superior e inferior 
de la escalera. 
 
 
6.3.1.3 NORMAS PARA EL USO DE LA ESCALERA 
 
 La escalera debe apoyarse formando un ángulo de inclinación de 45º a 60º con respecto 
a la horizontal, dependiendo del largo ésta. 
27 
 
 
 
GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 La escalera tendrá que sujetarse con cintas o con cuerdas para ventearla tanto en la 
parte inferior como en la superior. 
 
 
 
 
 La escalera debe sobrepasa al menos 1 m el punto de apoyo superior (NTP239). 
 
 
 
 
 
 Para subir a una escalera se debe llevar un calzado que sujete bien los pies. Observe 
que las suelas no estén impregnadas de barro, grasa, aceite u otros materiales 
deslizantes, pues a su vez ensucian los escalones de la propia escalera. Y lo mismo hay 
que inspeccionar en los barrotes y las zapatas de la escalera. 
 
 El ascenso, descenso y los trabajos desde escaleras se efectuarán de frente a las 
mismas, nunca dando la espalda y utilizando las dos manos. Tenga en cuenta: suba o 
baje peldaño por peldaño y agárrese con las dos manos. 
 
28 
 
 
 
GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 
 
 La escalera se debe situar de forma que se pueda acceder fácilmente al punto de 
operación sin tener que estirarse o colgarse. Para acceder a otro punto de operación se 
debe variar la posición de la escalera volviendo a verificar los elementos de seguridad 
de la misma. 
 
 Cuando se esté en la escalera, el trabajador no podrá extender su cuerpo fuera de ella 
para alcanzar un área mayor. Hay que mantener el cuerpo centrado para que la hebilla 
del cinturón esté entre los largueros laterales. Los trabajos que requieran movimientos o 
esfuerzos peligrosos, solo se efectuarán si se utiliza cinturón de seguridad o se adoptan 
otras medidas de protección alternativas. 
 
 SI NO 
 
 
 
 El trabajo en escaleras se hará siempre como máximo en el antepenúltimo peldaño. 
(tercero de arriba a abajo). Nunca se pare sobre los dos últimos travesaños y no use 
el borde superior ni el último escalón como apoyo. Si el trabajo requiere más 
flexibilidad de la normal en un nivel alto, es mejor usar un andamio. 
 
 Se prohíbe el transporte o manipulación de cargas por o desde escaleras de mano, 
cuando por sus dimensiones o por el peso se puedan comprometer la seguridad o la 
estabilidad del trabajador. 
29 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
La carga máxima a transportar no superará los 25 Kg. No se debe subir o bajar de las 
escaleras transportando materiales o herramientas pesadas sobre los hombros. Es más 
seguro emplear lazos con polea, aparejos, chicharras o diferenciales. 
 
 
 
 Si se manejan herramientas, se utilizarán cinturones especiales, bolsas o bandoleras 
para su transporte de modo que sea posible el ascenso y descenso con las manos 
libres. 
 
 Trabajos que impliquen esfuerzos grandes y el uso de las dos manos, trabajos a la 
intemperie con condiciones climáticas desfavorables, visibilidad reducida u otros 
peligros, deben sustituir las escaleras por otros medios tales como andamios, 
plataformas móviles, púlpitos, entre otros 
 
 Las herramientas o materiales que se estén utilizando durante el trabajo en una escalera 
manual, no deben dejarse sobre los peldaños sino que se ubicarán en una bolsa sujeta 
a la escalera, colgada del hombro o sujeta a la cintura del trabajador. 
 
 La escalera no puede moverse estando el trabajador sobre ella. 
 
 Cuando se presenten lluvias ó amagos de tormenta se debe suspender el trabajo de 
inmediato. 
 
 Cuando esté en la escalera evite lanzar o arrojar objetos, sobre estiramientos para 
alcanzar objetos lejanos y hacer bromas. 
 
 La utilización de escaleras de más de 4 metros, o de escaleras de extensión, o 
escaleras de tijeras largas, requiere de un ayudante. 
 
 Con escaleras extensibles además de las anteriores normas debe tenerse en cuenta la 
de no colocar las manos en la parte móviles pues éstas pueden causar heridas severas. 
 
 Al trabajar con escaleras de tijera, tenga en cuenta lo siguiente: 
 
 
30 
 
GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 La escalera debe estar nivelada y asegurada y los largueros deberán estar 
completamente abiertos. 
 
 Nunca se suba por las riostras transversales. No pase de un lado a otrode la escalera 
por la parte superior. 
 
 El apoyar un pie en la escalera y otro en una estructura adyacente (máquinas, losas, 
entre otros), hace perder la estabilidad de la escalera lo cual puede ocasionar que esta 
se voltee y usted pierda el equilibrio. Mantenga los dos pies en los peldaños de la 
escalera. 
 
 Pararse en la parte superior de la escalera de tijera (último peldaño), le hace perder la 
estabilidad por lo que la escalera puede voltearse. 
 
 
6.3.2 PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR TRABAJOS CON ANDAMIOS 
 
6.3.2.1 SELECCIÓN 
 
Seleccione el andamio de acuerdo al tipo de trabajo que se vaya a ejecutar (tubular, set - lock y 
de carga), el andamio debe estar certificado y cumplir con la legislación legal vigente. 
 
Los andamios deberán proyectarse, montarse y mantenerse convenientemente de manera que 
se evite que se desplomen o se desplacen accidentalmente. 
 
Las plataformas de trabajo, las pasarelas y las escaleras de los andamios deberán construirse, 
dimensionarse, protegerse y utilizarse de forma que se evite que las personas caigan o estén 
expuestas a caídas de objetos. A tal efecto, sus medidas se ajustarán al número de 
trabajadores que vayan a utilizarlos. 
 
Cuando no se disponga de la nota de cálculo del andamio elegido, o cuando las configuraciones 
estructurales previstas no estén contempladas en ella, deberá efectuarse un cálculo de 
resistencia y estabilidad, a menos que el andamio esté montado según una configuración tipo 
generalmente reconocida. 
 
En función de la complejidad del andamio elegido, deberá elaborarse un plan de montaje, de 
utilización y de desmontaje. Este plan y el cálculo a que se refiere el apartado anterior deberán 
ser realizados por una persona calificada de acuerdo a la resolución 1409 de 2012 del 
Ministerio del Trabajo que lo habilite para la realización de estas actividades. Este plan podrá 
adoptar la forma de un plan de aplicación generalizada, completado con elementos 
correspondientes a los detalles específicos del andamio de que se trate. 
 
 
6.3.2.2 MONTAJE Y UTILIZACION DE LOS ANDAMIOS 
 
 El sitio donde va a armarse el andamio no debe interrumpir la circulación o acceso a 
zonas restringidas como entradas y salidas de emergencia, escaleras de acceso, 
tableros de control o eléctricos, camillas y otros, que se consideren importantes. 
31 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 Los alrededores del andamio deben estar limpios, libres de escombros, varillas, o 
cualquier otro tipo de elemento que ocasionen una lesión mayor en caso de una caída. 
 
 Verifique e inspeccione el lugar donde va a armar el andamio, teniendo en cuenta que el 
piso no sea falso y que no existan líneas eléctricas energizadas. De presentarse este 
último problema, se debe tratar al máximo de desenergizar y bloquear para poder 
realizar la labor. 
 
 Todo andamio debe ser armado sobre una superficie plana y firme que garantice apoyo 
y que sea capaz de sostener el peso que cargará y que no le permita asentarse o 
inclinarse. Si existe la necesidad de nivelarlo use elementos sólidos que no tengan 
peligro de reventarse o desmoronarse. Si es necesario levantar un andamio sobre 
terreno blando, debe disponerse de soportes como tablas secas y resistentes o bloques 
de concreto, para apoyar las patas del andamio evitando que se hundan de cualquier 
lado y pierda la estabilidad. Nunca se debe permitir el uso de ladrillos huecos o 
elementos frágiles. 
 
 Verifique que todas las partes necesarias para armar el andamio (Crucetas, acoples, 
pines, largueros metálicos y horizontales), estén completas, que todas correspondan al 
mismo juego, modelo o configuración (mezclar partes diferentes puede causar puede 
causar fallas estructurales que derrumben el andamio) y que todos los elementos 
ensamblen perfectamente. 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 
 
 
 
 
 Los cuerpos del andamio no deben tener grietas, deformaciones, soldaduras agrietadas 
y deben estar libres de grasas y cemento. 
 
 Arme el andamio completo (cerchas, chapolas cuerpo), verificando que los ensambles 
entre cada nivel queden bien hechos. Golpee con un mango de madera todos los 
elementos metálicos y los que presenten desajustes, soldaduras deficientes y 
travesaños dañados, no los utilice. 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 
 La distancia entre el andamio y la estructura más cercana debe ser de 40 cm., en caso 
de que la distancia sea mayor, se deben colocar anclajes indeformables. El tipo de 
anclaje se determinará de acuerdo al punto fijo de la estructura. 
 
 Al montar y desmontar los cuerpos de los andamios, utilice los mazos de caucho o 
madera, evite los martillos metálicos, pues estos pueden debilitar las soldaduras. 
 
 Dentro de lo posible y después de que el andamio pase de tres cuerpos, trate de fijarlo 
por medio de vientos (con cuerdas) a una estructura firme. 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 Revise que la plataforma de sustentación esté completa y bien amarradas entre si y 
anclada correctamente al andamio. 
 
 Las cerchas del andamio se deben colocar todas con su respectivo pin o agarradera de 
seguridad, en cada unión del larguero vertical y la cercha. 
 
 
 
 
 Para montar y desmontar el andamio, permanezca amarrado de una parte de la 
estructura (línea de vida). 
 
 Si el andamio tiene ruedas en la base, debe tener un mecanismo de freno, traba o 
anclaje que evite desplazamientos involuntarios de la estructura. 
 
 La altura de un andamio móvil no puede exceder 4 veces la mínima dimensión de la 
base, ni superar los cinco metros desde el piso al nivel de la plataforma superior. 
 
 Cuando la altura del andamio supere los 4.5 m, se debe anclar cada 4.5 m. Los anclajes 
deberán proporcionar estabilidad al andamio y se puede utilizar una estructura fija 
adyacente o el suelo utilizando tres líneas tensoras, igualmente separadas. 
 
 Siempre que realice trabajos en andamios utilice arnés verificando que la instalación de 
la línea de vida sea a puntos de anclaje diferentes a los del andamio. 
 
 No es correcto amarrar el arnés de seguridad del andamio, pero si no hay otra 
alternativa, se debe hacer del último cuerpo para no quedar con caída libre. 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 Las ruedas de la parte inferior de los andamios deben tener sistema de frenado y se 
debe trabar colocándoles cuñas laterales para evitar deslizamiento accidental. 
 
 
 
 
 Los andamios armados, no se deben trasladar o mover horizontalmente, excepto 
cuando posean ruedas en la base, en este caso se debe hacer con el andamio 
totalmente desocupado, sin objetos o personas en su plataforma superior o en la 
estructura 
 
 
 
 No se debe subir al andamio a través de las crucetas, esto se hace por la escalera que 
éste trae o por otra que se adicione, de no poseer ninguna de las dos se debe hacer por 
la parte interna de la estructura. 
 
 Hay que utilizar portaherramientas o una manila para subir o bajar los elementos de 
trabajo. 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 Nunca se debe trabajar sobre el último cuerpo del andamio, éste debe servir de 
resguardo y seguro para la persona que se encuentra arriba. 
 
 Siempre se debe señalizar el área de trabajo con cintas reflectivas o mamparas a una 
distancia de un (1) metro alrededor o hasta donde nos dé capacidad el andamio. 
 
 
 
 
 
 Es considerado un acto Inseguro, el intentar alcanzar objetos o lugares que estén por 
fuera del alcance desu brazo extendido cuando se esta parado en forma vertical, sobre 
la plataforma. Se debe bajar y utilizar una escalera o correr el andamio para acercarse al 
objeto o lugar que desea alcanzar. 
 
 Si durante el proceso de armado, ejecución del trabajo o desarmado, se presentan, 
lluvias, vientos fuertes o tormentas, se debe suspender la actividad. 
 
 Se debe verificar que la plataforma y/o los elementos metálicos que deban manipular 
permanezcan a una distancia, entre el extremo superior del andamio y el cable eléctrico 
mas cercano, superior a cuatro (4) metros, para evitar el choque eléctrico por contacto 
directo o por la formación de arco eléctrico. Si esta condición no puede evitarse, se 
deberá abrir el circuito (sacarlo de funcionamiento) o aislar con mantas dieléctricas los 
cables cercanos. 
 
 Las herramientas, materiales y recipientes que estén en el andamio, se deben amarrar 
para evitar que se caigan. 
 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
6.3.3 PROCEDIMIENTO PARA UTILIZACIÓN DE PLATAFORMAS 
 
 Se debe utilizar plataformas certificadas de acuerdo a la legislación vigente. 
 
 
 
 En el nivel superior del andamio, debe instalarse una plataforma que cubra toda el área 
horizontal y se debe instalar un cerramiento o barrera de 1.20 mts de altura en todo el 
perímetro del andamio También debe instalarse un guardapiés, de mínimo 0.9 metros de 
altura. 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
7. DETERMINACIÓN DE LOS RIESGOS EN TRABAJOS EN ALTURA DEL SECTOR DE LA 
CONSTRUCCION. 
 
 
7.1 PLUMA GRÚA: 
 
Se utiliza para transportar de forma vertical materiales, equipos y herramientas, normalmente 
instaladas en bordes de losa, sobre andamios de carga ó en vacíos de fosos de ascensor ó 
puntos fijos. 
 
PELIGROS: Instalación, operación, despacho, recibo de materiales en altura. 
 
 
RIESGOS: Caídas de altura, caídas de objetos, riesgo eléctrico y atrapamientos. 
 
 
Operación de pluma. 
 
 
 Riesgo de caída NO UTILIZAR 
 Ese cinturón 
 
Despacho de materiales, recibo de canastas y coches vacíos. 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
Recibo de materiales en borde de losa. 
 
 
 
 
7.2 MALACATE: 
 
Se utiliza para transportar de forma vertical materiales, equipos y herramientas, normalmente 
instaladas cerca de alguna fachada del edificio. 
 
Es una estructura compuesta por cuerpos metálicos venteados de la estructura del edificio, por 
el cual unos cables suben y bajan una plataforma de trabajo con 2 compuertas: 1 para llenarlo y 
otra para retirar el material. 
 
PELIGROS: Instalación, operación, despacho, recibo de materiales en altura. 
 
RIESGOS: Caídas de altura, caídas de objetos, riesgo eléctrico y atrapamientos. 
 
Instalación, operación y venteo. 
 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
Espera del material. 
 
 
 
 
 
Recibo de materiales. 
 
 
 
Zona de cargue y descargue. 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
7.3 TORRE GRÚA: 
 
 
 
 
Se utiliza para transportar de forma vertical materiales, equipos y herramientas, normalmente 
instaladas cerca del edificio, posee contrapesas que sostienen y dan apoyo a la torre. 
 
Tiene un brazo metálico por el cual se mueven los materiales, equipos y herramientas en 
sentido horizontal y vertical. 
 
Es una estructura compuesta por cuerpos metálicos venteados de la estructura del edificio. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
PELIGROS: Instalación, operación, despacho, recibo de materiales en altura. 
 
Trabajos de montaje, desmontaje y mantenimiento 
 
 
NTP 125 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
En la Utilización 
 
 
 
NTP 125 
 
 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
Durante la Utilización 
 
NTP 125 
 
 
RIESGOS: Caídas de altura, caídas de objetos, riesgo eléctrico y atrapamientos. 
 
 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
7.4 ESCALERAS: 
 
Compuestas por largueros y peldaños, elaboradas en madera, metal ó fibras. Se usan para 
alcanzar alturas prolongadas, subir ó bajar de un sitio a otro. 
 
A diferencia de otros equipos ó sistemas es para trabajos puntuales, si se requiere de un tiempo 
mayor de trabajo usar andamios. 
 
PELIGROS: Instaladas a borde de losa, cerca de vacíos ó fosos de ascensor. Su material y 
diseño. 
 
RIESGOS: Caídas de altura. 
 
 
 
ESCALERA ESCALERA ESCALERA 
SIMPLE DE TIJERA COMPUESTA 
 
 
7.5 ANDAMIOS: 
 
Es una estructura temporal elevada constituida por brazos y cuerpos metálicos reforzados con 
cerchas ó sistemas de fijación. Existen andamios de tijera, de carga y colgantes. 
 
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PELIGROS: Instalados a borde de losa, cerca de vacíos ó fosos de ascensor. Su material y 
diseño. Anclajes inseguros ó faltos de resistencia, estado y revisión. 
Plataformas sin amarrar ó defectuosos. 
 
RIESGOS: Caídas de altura y caídas de objetos. 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANDAMIO 
MOVIL 
SISTEMA DE 
ANDAMIAJE 
FIJO 
ANDAMIO 
COLGANTE 
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8. ZONAS CRÍTICAS EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN: 
 
 
8.1. ACCESOS Y DESPLAZAMIENTOS EN OBRAS: 
 
Esta zona es muy crítica por el ingreso, salida y desplazamiento de trabajadores, ingenieros, 
proveedores, terceros y propietarios. 
 
PELIGROS: Área cercana de estructura, mampostería, plumas, malacates, torres grúas. 
 
RIESGOS: Caída de objetos, golpes y heridas. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
8.2. BORDE DE LOSA: 
 
Los bordes de losa son muy peligrosos ya que el personal que se acerca se arriesga demasiado 
para hacer trabajos de corta duración sin asegurarse. 
 
 
 
 
 
 
PELIGROS: Obstáculos: varillas, materiales, equipos, escombros que impidan el 
desplazamiento y generen tropiezos. 
 
RIESGOS: Caída a nivel y de altura. 
 
REDES VERTICALES DE FACHADA 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
DEFINICIÓN Y GENERALIDADES 
 
Las redes de seguridad son protecciones colectivas que sirven para impedir o limitar la caída de 
personas de altura. Están soportadas por una cuerda perimetral u otros elementos de sujeción o 
combinación de ellos. 
 
Las redes de seguridad, a diferencia de las protecciones individuales, permiten la libertad de 
movimientos de los trabajadores por encima del área que cubren. Tanto el ancho máximo de 
malla, como la energía mínima de rotura están normalizados. 
 
 
Normas UNE EN 1263-1 y 1263-2 
 
Las normas europeas aplicables a las redes de seguridad y a sus accesorios son las UNE EN 
1263-1 y 2. 
 
Para entender el contenido de estas normas conviene definir algunos conceptos: 
 
• Malla: serie de cuerdas organizadas en un modelo geométrico básico (en cuadrados o 
rombos) formando una red. 
 
• Red: conexión de mallas. 
 
• Red de seguridad: red soportada por una cuerda perimetral u otros elementos de sujeción o 
una combinación de ellos, diseñada para recoger personas que caigan desde cierta altura. 
 
• Tamaño de malla: distancia entredos nudos o conexiones de una cuerda de malla, medida 
de centro a centro de dichas conexiones. 
 
• Cuerda de malla: cuerda con la cual están fabricadas las mallas de una red. 
 
• Cuerda perimetral: cuerda que pasa a través de cada malla en los bordes de una red y que 
determina las dimensiones de la red de seguridad. 
 
• Cuerda de atado: cuerda utilizada para atar la cuerda perimetral a un soporte adecuado. 
 
• Cuerda de unión: cuerda utilizada para unir varias redes de seguridad. 
 
• Malla de ensayo: malla que se aloja en la red de seguridad para determinar el deterioro 
debido al envejecimiento y que puede retirarse sin alterar las prestaciones de la red. 
 
• Estructura soporte: estructura a la cual están sujetas las redes y que contribuye a la 
absorción de la energía cinética en caso de acciones dinámicas. 
 
• Tipo: clasificación de las redes en función de la energía de rotura y de la anchura de malla. 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
• Sistema: conjunto de componentes de las redes de seguridad que forman un equipo para 
utilizarlo de acuerdo con el manual de instrucciones. 
 
A su vez, la norma distingue cuatro sistemas de redes de seguridad: 
 
• Sistema "S": red de seguridad con cuerda perimetral. 
 
 
 
 
• Sistema "T": red de seguridad sujeta a consolas para su utilización horizontal. 
 
 
 
 
• Sistema "U": red de seguridad sujeta a una estructura soporte para su utilización vertical (en 
este caso se trata como sistema provisional de protección de borde). 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
 
 
 
 
• Sistema "V": red de seguridad con cuerda perimetral sujeta a un soporte tipo horca. 
Estos tipos de redes serán objeto de estudio en las fichas correspondientes. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
NTP 124 
 
Objeto de la utilización de las redes de protección 
 
 
 
 
 
Las redes pueden tener por objeto: 
 
1 Impedir la caída de personas u objetos y, cuando esto no sea posible, 
2 Limitar la caída de personas y objetos. 
 
Para conseguir el primer objetivo, aparte de otras posibles protecciones, se pueden utilizar: 
 
 Redes tipo tenis. 
 Redes verticales con o sin horcas (para fachadas). 
 Redes horizontales (en huecos). 
 
 
En el segundo caso se pueden utilizar: 
 
 Redes horizontales. 
 Redes verticales (con horcas). 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
TIPOS DE REDES 
 
Redes para evitar caídas 
 
Redes tipo tenis 
 
Se pueden utilizar, fundamentalmente, para proteger los bordes de los forjados en plantas 
diáfanas, colocando siempre la red por la cara interior de los pilares de fachada. 
 
Constan de una red de fibras, cuya altura mínima será de 1,25 m, dos cuerdas del mismo 
material de 12 mm de diámetro, una en su parte superior y otra en la inferior, atadas a los 
pilares para que la red quede convenientemente tensa, de tal manera que pueda soportar en el 
centro un esfuerzo de hasta 150 Kgs. 
 
Redes horizontales 
 
Están destinadas a evitar la caída de operarios y materiales por los huecos de los forjados. Las 
cuerdas laterales estarán sujetas fuertemente a los estribos embebidos en el forjado. 
 
Redes para limitar caídas 
 
Redes con soporte tipo horca 
 
 
 
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GUÍA TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA 
CAIDAS PARA EL SECTOR CONSTRUCCIÓN 
 
 
Las llamadas redes con horca se diferencian de las verticales de fachada en el tipo de soporte 
metálico al que se fijan y en que sirven para impedir la caída únicamente en la planta inferior, 
mientras que en la superior sólo limitan la caída. 
 
La dimensión más adecuada para estas redes verticales es de 6 x 6 m. El tamaño máximo de 
malla será de 1OO mm si se trata de impedir la caída de personas. Si se pretende evitar 
también la caída de objetos, la dimensión de la malla debe ser, como máximo, de 25 mm. La 
malla debe ser cuadrada y no de rombo, ya que estas últimas producen efecto "acordeón", 
siempre peligroso por las variaciones dimensionales que provoca. 
 
Características físicas de las redes de protección 
 
Material utilizado en la confección de la red 
 
La red se elabora con cuerdas de fibras normalmente sintéticas, ya que en las fibras naturales 
encontramos una serie de inconvenientes tales como: 
 Son menos resistentes que las sintéticas. 
 Pierden resistencia a los agentes atmosféricos, agua y luz, que favorecen su 
autodestrucción. 
 Son atacadas por mohos, bacterias, agentes contaminantes, entre otros. Y con ello su 
resistencia se ve muy mermada por putrefacción. 
 
Al tener menos resistencia deberán incrementarse los grosores de las redes, mayor peso, 
menos flexibilidad, menos elasticidad, entre otros, con el consiguiente peligro que se produzcan 
lesiones por estas causas. 
Las fibras de origen químico que en principio pueden tenerse en cuenta en el mercado nacional 
pueden resumirse en las siguientes: poliéster, poliamida, polietileno y polipropileno, todas ellas 
con una serie de ventajas e inconvenientes que se analizarán según el uso que se vaya a 
realizar. 
 
Poliéster: Resistente, no le atacan los agentes atmosféricos, imputrescible, es sin lugar a 
dudas el mejor hilo químico que puede utilizarse. 
 
Poliamida: De iguales características que el poliéster, presenta la ventaja de tener una gran 
elasticidad, absorbiendo más suavemente los impactos. 
 
Polietileno y polipropileno: Estos hilos presentan la ventaja de su bajo peso específico, por 
ello los fabricados con estos materiales son muy ligeros, resistentes a los ataques 
bacteriológicos y a la humedad. Se ha comprobado que la resistencia a la abrasión y al doblado 
es sensiblemente inferior al hilo de poliamida (normalmente entre 10 y 20 veces inferior en 
resistencia). La pérdida de resistencia por degradación que sufren estos hilos a los rayos 
solares es muy notable. A los pocos meses de exposición el hilo se endurece volviéndose 
quebradizo. Otras dos ventajas que ofrecen estos hilos en su gran sensibilidad al calor. Algunos 
de ellos a 90º C ya empiezan a reblandecer y por tanto a perder notable resistencia. 
 
 
 
 
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Características químicas 
 
Aspectos a tener en cuenta 
 
La intemperie: El medio habitual en que se utilizan las redes es la intemperie. Los rigores 
climáticos afectan de diferente manera a las fibras en función de su origen (natural, artificial o 
mixto) y, dentro de cada grupo, según su composición química, tal como se ha visto 
anteriormente. 
 
Proyección de partículas incandescentes: En los casos en los que se realizan trabajos de 
soldadura por encima del nivel de las redes, hay que tener en cuenta el deterioro que las 
partículas incandescentes pueden producir en las mismas, disminuyendo su resistencia. 
Ensayos realizados sobre distintas cuerdas muestran que, en general, el comportamiento de las 
fibras naturales frente a la soldadura es mucho mejor que el de las artificiales. Entre éstas 
últimas, unas responden mejor que otras en función de su composición y trenzado. No obstante, 
todas las fibras experimentan mermas en su resistencia, por lo que debe estudiarse un sistema 
de protección adecuado, ya sea encamisándolas con fibras ignífugas, o a través de otros 
medios. 
 
Agentes ambientales especiales: Para la utilización de redes en lugares con contaminantes 
especiales (productos químicos volátiles expulsados por chimeneas, etc) que puedan afectar a 
la resistencia de las mismas, habrá que elegir el tipo de fibra o tratamiento necesario para 
eliminar o disminuir la degradación. 
 
Óxido de hierro: El óxido de hierro ataca normalmente a las fibras, por lo que todos los 
elementos metálicos en contacto con las redes (soportes, anclajes, entre otros), deberán tener 
impregnaciones

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