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| Asesoría Técnica Parlamentaria 
 
Junio 2023 
 
 
 
Cuidado infantil desde el ámbito laboral y 
educativo 
Casos de Chile, Luxemburgo y Noruega 
 
 
 
Autor 
Pamela Cifuentes Vidal 
Email: pcifuentes@bcn.cl 
 
 
 
 
 
Nº SUP: 138324 
 
 
 
 
 Resumen 
El presente informe da cuenta de elementos para el cuidado infantil, 
desde el ámbito laboral y educativo, a los que pueden acceder los padres 
que trabajan, incluido los trabajadores con jornadas no habituales, 
cuando requieren ayuda para conciliar su vida laboral y familiar. 
 
Luxemburgo. Los padres en el ámbito laboral cuentan no sólo con 
derechos de licencias remuneradas para el cuidado de sus hijos en los 
primeros meses de vida, sino también con permisos parentales flexibles 
que pueden usar hasta los 6 años del niño, tanto el padre como la madre. 
Por otra parte, la política educativa ha propiciado también un sistema de 
cuidado infantil extraescolar gratuito, especialmente para niños entre 4 a 
12 años; mientras que, para los niños entre 0 y 3 años, existen ayudas
económicas para costear los gastos en la educación de los niños en etapa 
preescolar. Asimismo, podemos indicar que, si bien no existen 
estructuras de guarderías propiamente nocturnas, el sistema considera 
igualmente ofertas para los padres que tienen jornadas de trabajo no 
habituales, a través de servicios de cuidado que funcionan en horarios no 
hábiles (Mini-crèches o Assistants parentaux). 
 
Noruega. Al igual que otros países nórdicos, ha procurado diseñar las 
licencias laborales por motivo de la llegada de los hijos, con un enfoque 
de género, transformando sus permisos maternales en permisos 
parentales, con el objetivo de ir aumentando la participación de los papás 
en la crianza de los niños, y aumentando también la fuerza laboral 
femenina. Por otra parte, existe una completa institución pedagógica de 
calidad para los niños más pequeños, esto es: los jardines infantiles 
(barnehagen), además de una estructura extraescolar para los niños de 
educación primaria y cuyos objetivos, entre otros, es facilitar el cuidado 
de los niños mientras sus padres trabajan o estudian. Asimismo, se 
advierte que esta institucionalidad se efectúa por lo general en horarios 
hábiles, por lo tanto, no cubre las necesidades de aquellos padres que 
trabajan en horarios especiales. Sin embargo, el Estado apoya con 
beneficios económicos a los padres que requieran cuidados para sus 
hijos, pero se exige ser padre o madre soltera, sin redes de apoyo para 
acceder a estos beneficios. 
 
 
 
 
 
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Introducción 
La mayoría de los padres que trabajan requieren apoyos para el cuidado infantil de sus hijos, ya sea 
porque sus hijos están en edad preescolar, o bien porque asisten a la escuela. Pero el término de la 
jornada laboral de los padres, por lo general, no coincide con el término de la jornada escolar. Por lo 
tanto, requieren cuidados después de la escuela (como también cuando los niños están de vacaciones); 
e incluso a veces requieren cuidados en situaciones de emergencia, como recientemente 
experimentamos todos los trabajadores, a nivel mundial, especialmente aquellos de servicios 
esenciales, por la pandemia por COVID-191. 
 
Por otra parte, la mayoría de los niños desde el nacimiento, gracias a la existencia de las licencias 
maternales y paternales, pueden ser cuidados por sus padres. Sin embargo, una vez que expiran estos 
permisos, algunos padres trabajadores dependen de un cuidado informal, proporcionados por familiares, 
amigos o vecinos; o bien dependen de cuidados formales o institucionales, como los servicios de jardines 
infantiles o guarderías organizadas, de carácter privado o estatal. 
 
Esto último se conoce como la educación y atención de la primera infancia (EAPI)2, la cual constituye un 
componente vital en el marco de la política familiar, ya que son por lo general las madres las que suelen 
asumir la mayoría de las responsabilidades de cuidado, de tal manera que estos sistemas formales de 
cuidado ayudan a las madres a encontrar el equilibrio deseado entre el trabajo y la familia cuando 
regresan al trabajo después de la licencia por maternidad o paternidad. Por este motivo, a su vez, 
facilitan su participación en el mercado laboral. La EAPI también se asocia positivamente con el 
desarrollo infantil, el aprendizaje, una mayor igualdad de oportunidades y una reducción de la pobreza 
(OECD, 2023). 
 
En ese contexto descrito, existen también padres trabajadores que deben cumplir una jornada en 
horarios no hábiles para otros servicios o actividades, es decir, deben cumplir su jornada los días 
sábados, domingos o festivos, o bien en horario nocturno con sistemas de turnos como es el caso de 
los trabajadores del área de la salud, o por ejemplo trabajadores de procesos productivos que no se 
pueden paralizar. En todos estos casos, los servicios de cuidado infantil formales se complejizan, pues 
los servicios de guarderías o jardines infantiles disponibles, en general, no funcionan en horarios 
vespertinos. 
 
A la luz de estas problemáticas, el presente informe aborda la actual situación nacional en la materia, 
describiendo la normativa que sustenta los beneficios y derechos existentes a los cuales pueden acceder 
las madres, padres y cuidadores(as). Luego, en la segunda sección, se describen los casos de 
Luxemburgo y Noruega. Cabe subrayar que ambos países fueron seleccionados porque poseen altas 
 
1 Recordemos que la pandemia por COVID-19 expuso nuevamente el tema del cuidado infantil, como un tema 
relevante a considerar por parte de las autoridades, ya que durante las medidas de emergencia sanitaria, se 
promovió el teletrabajo, cuando el trabajo así lo permitía, como también las clases no presenciales para los 
estudiantes. Por lo tanto, los padres que debieron quedarse en casa, se vieron enfrentados, no solo a tener que 
manejar las tareas propias del hogar, sino también las tareas laborales, y al cuidado y apoyo escolar de niños y 
adolescentes. 
2 Early childhood education and care (ECEC). 
 
 
 
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tasas de participación laboral femenina, así como uno de los más altos usos de servicios de educación 
y atención de la primera infancia de los países OCDE. 
 
Finalmente, para elaborar este informe se utilizaron fuentes de legislación internacional, normativa 
nacional, fuentes oficiales de organismos gubernamentales e informes de organismos internacionales. 
 
I. Situación en Chile 
Nuestra legislación, en el ámbito laboral, contempla también un sistema de cuidados tras el nacimiento 
de un hijo, logrando, como veremos, avances al respecto, puesto que no solo habla de la protección a 
la maternidad, sino también de la paternidad, todo con el objetivo de conciliar lo laboral con la vida 
familiar. 
 
1. Licencias maternales y paternales 
 
En materia de licencias maternales y paternales, originalmente el Código del Trabajo otorgaba solo un 
descanso de maternidad pagado de 6 semanas antes del parto y de 12 semanas después de él. Si bien 
esa sigue siendo la regla general, la Ley N° 20.545 de 2016 extendió este periodo de postnatal en 
determinados casos: 
 
 18 semanas, si el parto se produce antes de iniciada la trigésimo tercera semana de gestación o 
si el niño al nacer pesa menos de 1.500 gramos. 
 7 días más, por cada niño nacido en caso de partos múltiples. 
 
2. Permiso postnatal parental 
 
Por otra parte, la Ley N° 20.545 que modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales, instaura 
también un sistema que otorga a las mujeres trabajadoras un descanso postnatal por más de tres meses, 
beneficio que también puede recibir el padre. Esto se conoce como permiso postnatal parental, el que 
se agrega a los tres meses de permiso maternal postnatal ya existentes. Este permiso puede ser de: 12 semanas con descanso a jornada completa y pago total de subsidio. 
 18 semanas si la madre elige regresar a su trabajo por media jornada, en cuyo caso el subsidio 
será por la mitad del monto. 
 
Cabe agregar que dichos subsidios tienen un tope de 66 UF, menos descuentos legales. 
 
Como se señaló, parte de este permiso parental también puede traspasarse al padre que trabaja. En 
efecto, si la madre decide tomarse 12 semanas a jornada completa, puede traspasar un máximo de seis 
semanas al padre a jornada completa. Pero si la madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, 
puede traspasar un máximo de 12 semanas en media jornada. En ambos casos las semanas utilizadas 
por el padre deben ubicarse en el periodo final del permiso, dándole derecho a un subsidio en base a 
sus remuneraciones con el mismo tope ya mencionado. 
 
 
 
 
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El padre, igualmente, tiene derecho a un permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un 
hijo, el que puede utilizar a su elección desde el momento del parto, siendo de forma continua, pero 
excluyendo el descanso semanal, o bien podrá distribuirlo dentro del primer mes desde la fecha del 
nacimiento. 
 
3. Continuación de la crianza en la primera infancia 
 
Ahora bien, una vez terminadas las licencias y permisos señalados, los padres, por lo general, vuelven 
a trabajar, a la vez que los cuidados y crianza se sustentan en vías informales y formales, esto es, sin 
ánimo de exhaustividad: 
 
 Familiares o amigos que apoyan en la crianza. 
 Servicios formales a través del contrato de personas que los cuidan en el hogar (trabajadoras de 
casa particular). 
 Servicios de cuidado de la infancia formales para los preescolares, que se llevan a cabo en 
establecimientos que imparten educación parvularia, denominados Salas Cunas o Jardines 
Infantiles, que pueden ser públicos o privados y cuyo servicio puede ser ofrecido, por lo general, 
en jornadas continuas, pero que siempre se efectúa en horarios hábiles. 
 
Los establecimientos de educación parvularia que entregan educación integral a niñas y niños entre 0 y 
6 años, para funcionar legalmente, deben contar con a lo menos una autorización de funcionamiento. 
Respecto de aquellos que pretendan impetrar para su operación y funcionamiento aportes del Estado, 
deben obligatoriamente contar con el reconocimiento oficial. De igual forma, la ley dispone que los 
establecimientos de educación parvularia que no reciban aportes regulares del Estado siempre podrán 
solicitar el reconocimiento oficial del Estado. Ambos tipos de habilitaciones son otorgados por el 
Ministerio de Educación. Por lo tanto, es importante destacar que los establecimientos que no cuenten 
con alguna de estas certificaciones no pueden funcionar ni publicitarse como tales o con denominaciones 
análogas a las salas cunas o jardines infantiles, pudiendo la Superintendencia de Educación clausurar 
estos establecimientos3. 
 
4. Derecho a sala cuna 
 
Es también la legislación laboral la que contempla el derecho a sala cuna para madres y padres 
trabajadores, pero este no es un derecho universal, toda vez que la legislación señala que esta 
obligación es solo para el empleador que ocupa 20 o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil, 
el cual debe tener salas cunas donde las mujeres trabajadoras pueden dar alimento a sus hijos menores 
de 2 años y dejarlos mientras trabajan (Art. 203 del Código del Trabajo). Para dar cumplimiento a la 
obligación de disponer de salas cunas, el empleador puede optar, entre las siguientes tres modalidades: 
 
 Mantener salas anexas e independientes del local de trabajo. 
 
3 Ley N° 20.832 de 2015 y Decreto 315 de 2011 reglamenta requisitos de adquisición, mantención y pérdida del 
reconocimiento oficial del estado a los establecimientos educacionales de educación parvularia, básica y media 
 
 
 
 
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 Construir y mantener, en conjunto con otros empleadores de la misma área geográfica, servicios 
comunes de sala cuna. 
 Pagar los gastos directamente a la sala cuna, para que la mujer trabajadora lleve a sus hijos 
menores de dos años. 
 
En esta materia, hay que tener también en consideración que la Ley N° 20.379, que creó el Subsistema 
de Protección Integral de la Infancia “Chile Crece Contigo”, a cargo del Ministerio de Desarrollo Social 
y Familia. Efectivamente, este programa otorga una serie de prestaciones de acceso universal 
garantizado, dirigidas a niños, niñas y sus familias que pertenezcan a los hogares del 60% de menos 
recursos de la población nacional. Dentro de estas prestaciones se encuentra el Derecho a Sala Cuna 
y Jardines Infantiles, donde se garantiza el acceso gratuito para niños y niñas, cuya madre, padre o 
cuidador(a) se encuentre trabajando, estudiando o buscando trabajo. 
 
5. Derecho a sala cuna para padres con distribución de jornadas especiales de trabajo 
 
La legislación laboral, a propósito de lo establecido en el Título II de la Protección a la Maternidad, 
Paternidad y Vida Familiar del Código del Trabajo, no señala cómo se cumple esta obligación por parte 
del empleador de ofrecer el servicio de sala cuna para los padres que cumplan jornadas de trabajo 
distribuidas en horarios no hábiles. Sin embargo, la Dirección del Trabajo, en numerosos dictámenes, 
ha sostenido que en estos casos la obligación de otorgar sala cuna sigue recayendo en el empleador, 
pues este derecho debe abarcar toda la jornada laboral de la trabajadora, toda vez que lo que busca el 
legislador al establecer tal derecho: poder dejar a su hijo en un lugar de cuidado y crianza mientras 
trabaja para ese empleador, de manera que si debe laborar en día sábado, domingo e incluso en días 
festivos, el empleador está igualmente obligado a proporcionar sala cuna en dichos días, así como 
también en horario nocturno, si, por ejemplo, a la trabajadora le corresponde trabajar de noche. 
 
No obstante, en la práctica no todas las empresas cuentan con salas cunas propias, o bien los diversos 
establecimientos de salas cunas disponibles durante esa distribución especial de jornada se encuentran 
cerrados y sin atención, lo que implica que la madre trabajadora que se encuentra en tal situación, no 
pueda hacer uso efectivo de este derecho. Sobre el particular, la Dirección del Trabajo ha emitido 
pronunciamientos que aceptan atendidas las especiales características de la prestación de servicios, la 
compensación monetaria del beneficio de sala cuna, doctrina que encuentra su fundamento en el interés 
superior del niño y justifican que, por consiguiente, en situaciones excepcionales la madre trabajadora 
que labora en ciertas y determinadas condiciones pueda pactar con su empleador el otorgamiento de 
un bono compensatorio por un monto que resulte apropiado para financiar el servicio de sala cuna, 
cuando ella no pueda hacer uso de este beneficio4 . 
 
6. Cuidados durante el período escolar 
 
Por último, respecto a niños y adolescentes que asisten al nivel escolar básico y medio, los 
establecimientos escolares por ley deben cumplir una jornada escolar completa (JEC)5, lo que 
 
4 Ver Oficio N°2069, de 04.07.2002 y Dictamen N°642/41 de 05.02.2004. 
5 La JEC fue establecida en Chile a partir de la Ley Nº 19.532 de 1997. Ver también Decreto 755 del Ministerio de 
Educación, de 1997. 
 
 
 
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comprende a los establecimientos subvencionados regulados por el Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 
1998 del Ministerio de Educación, del sector municipal y los particulares considerados vulnerables 
socioeconómica o educativamente. Solo pueden exceptuarse de esta jornada, los establecimientos de 
educación básica y media que así lo soliciten, y siempre quehubieren demostrado altos niveles de 
calidad. Sin embargo, aun siendo extendida esta jornada en la mayoría de los establecimientos 
escolares, las jornadas de los padres por lo general son más largas, y actualmente el sistema educativo 
no cuenta con servicios extra escolares que contemplen con alternativas de cuidado para los hijos de 
padres que trabajan. 
 
II. Experiencia en la legislación extranjera 
En un nuevo informe de la UNICEF (2021), Where do rich countries stand childcare?, se analiza la 
normativa y políticas públicas de 41 países de altos ingresos, incluido nuestro país, clasificándolos en 
función de sus políticas nacionales de cuidado infantil y licencia parental. Según este informe, el cuidado 
infantil accesible, asequible y de calidad ayuda, por una parte, a los padres a volver al trabajo y, por otra 
parte, mejora el desarrollo de la infancia, promoviendo en definitiva una sociedad con mayor equidad de 
género. 
 
El informe señala también que ningún país analizado es líder en los cuatro puntos evaluados en el 
informe, estos es: derecho de licencia parental remunerada, acceso, calidad y asequibilidad. Lo que 
sugiere entonces esos resultados, según el informe, es que hay margen de mejoras en las políticas de 
todos los países, incluso entre los países considerados más family friendly. 
 
Se efectúa un ranking de los países respecto de cuáles ofrecen mejor cuidado infantil. El primer lugar lo 
ocupa Luxemburgo, país miembro de la Unión Europea. Le siguen tres países nórdicos: Islandia, Suecia 
y Noruega; y luego otro país de la Unión Europea: Alemania. Estos cinco países, señala el informe, 
logran combinar la asequibilidad con la calidad del cuidado infantil institucionalizado. También ofrecen 
generosas licencias parentales, tanto a las madres como a los padres, dándoles a los padres que 
trabajan opciones de cuidado para sus hijos. En cambio, Eslovaquia, Estados Unidos y Chipre, ocupan 
los últimos lugares de la tabla de clasificación. Las principales razones de por qué ocupan estos lugares 
es por las bajas inversiones en licencias y cuidado de los niños que se advierten, lo cual parece indicar 
que el cuidado de los niños se ve más como una responsabilidad privada que pública. 
 
Asimismo, el estudio analiza las políticas sobre cuidado infantil solo de dos países latinoamericanos: 
Chile y México, donde nuestro país ocupa el lugar N° 25, mientras que México el lugar N°30. 
 
En particular, respecto de cada uno de los puntos evaluados, los hallazgos a destacar fueron los 
siguientes: 
 
a. Derechos a licencia remuneradas por maternidad/paternidad. Al respecto, Japón, Rumania, 
Estonia y la República de Corea ocupan los primeros lugares en derechos de licencia. Rumania 
y Estonia, tienen la licencia más larga disponible para las madres, mientras que Japón y Corea 
tienen la licencia más larga para los padres. 
 
 
 
 
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De todos modos los datos muestran que la disparidad en cuanto al derecho de licencia entre 
padre y madre sigue siendo fuerte. De hecho, menos de la mitad de los países ricos ofrecen al 
menos 32 semanas de licencia con sueldo completo a las madres. A los padres se les ofrece un 
período siempre más breve: “(…) pocos padres lo aprovechan por barreras profesionales y 
culturales, aunque esta tendencia está cambiando” señala el informe. Islandia es el más 
avanzado en esta materia, ya que ofrece 90 días de licencia a los papás, para ayudar a sus 
esposas y comenzar a vincularse de inmediato con sus hijos. 
 
b. Acceso. En este punto lo evaluado fueron los niños menores de 3 años que utilizan educación 
y cuidados de la primera infancia durante al menos una hora a la semana, así como niños en 
instituciones de educación parvularia un año antes de comenzar la escuela. 
 
Al respecto, en primer lugar hay que relevar que el informe muestra que, por una parte, luego de 
las licencias parentales, los padres trabajadores recurren al cuidado informal, es decir, el cuidado 
proporcionado sin remuneración por familiares, amigos o vecinos; o bien a un cuidado formal, en 
guarderías especializadas. Lo interesante es que el informe muestra que solo el 27% de los niños 
menores de 3 años y 29% de los niños desde los 3 años hasta la edad escolar, dependen del 
cuidado informal, durante al menos una hora a la semana. Sin embargo, el cuidado informal es 
casi inexistente en los países nórdicos. 
 
También, el informe muestra que, de los países analizados, solo 28 tienen datos disponibles que 
muestran cierto acceso gratuito al cuidado infantil, sin embargo, en 16 países el acceso no 
comienza sino hasta que el niño tiene 3 años, mientras que en otros seis países comienza incluso 
más tarde. Solo Bélgica, Dinamarca, Lituania, Noruega y Eslovenia, ofrecen acceso gratuito 
para niños menores de 3 años. En todo caso, las horas de acceso son más compatibles con 
los padres que trabajan a tiempo parcial, ya que el derecho promedio es de 25 horas semanales, 
y son los hogares de altos ingresos los que tienen el doble de probabilidades de utilizar el cuidado 
formal para niños menores de 3 años. 
 
c. Calidad. Se evaluó, por una parte, la proporción de niños por docente en instituciones de 
educación parvularia y calificaciones mínimas para convertirse en docente de educación 
preescolar. 
 
En este punto, Islandia, Letonia, Nueva Zelanda, Finlandia y Dinamarca tienen la más alta calidad 
de cuidado infantil. Mientras que Dinamarca, Finlandia y Nueva Zelanda combinan una 
proporción baja de niños por personal con una alta calificación para garantizar que estos reciban 
suficiente atención por parte del personal capacitado. 
 
d. Asequibilidad. Se evaluó, por una parte, el costo de cuidado infantil para una pareja, ambos 
trabajadores remunerados, salario promedio y dos hijos (post subsidios del gobierno); y, por otra 
parte, el costo para un padre/madre soltero de bajos ingresos y dos hijos (post subsidios del 
gobierno). 
 
 
 
 
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En cuanto a este punto, el informe muestra que Irlanda, Nueva Zelanda y Suiza tienen las 
guarderías menos asequibles para la clase media, ya que, por ejemplo, una pareja de dos 
personas que trabajan, salario medio, necesitan igualmente gastar entre un tercio y la mitad de 
un salario para pagar el cuidado de dos niños. Por otra parte, se señala que aunque la mayoría 
de los países estudiados subvencionan el cuidado de los niños de los grupos desfavorecidos, un 
padre soltero de dos hijos, con bajos ingresos, en Eslovaquia, Chipre y Estados Unidos, necesita 
igualmente gastar entre un tercio y la mitad de su sueldo para el cuidado infantil. 
 
A continuación, y teniendo como punto de partida el informe señalado, este documento analiza la 
legislación y políticas públicas en materia de cuidado infantil de dos países ricos: Luxemburgo y 
Noruega. 
 
 Luxemburgo actualmente es el país mejor evaluado en materia de cuidado infantil. Sin embargo, 
debemos tener en consideración que tiene tan sólo 640.064 habitantes (2021) y un ingreso 
familiar disponible neto ajustado6 promedio per cápita de $44.773 USD (2021), cifra mayor que 
el promedio de la OCDE que es de $30.490 USD. En cuanto a la tasa de participación laboral de 
mujeres, esta es alta: 58,1% (2021)7, como también la tasa de participación en matriculación en 
los servicios de educación y atención de la primera infancia, ya que en los niños entre 0 a 2 años 
es de 63,6% y en los de 3 a 5 años es de 89,5%. 
 
De los antecedentes recabados en este informe, en primer lugar podemos advertir que en 
Luxemburgo los padres trabajadores cuentan con derechos desde el ámbito laboral, que le 
permiten conciliar su vida laboral y familiar con mayor flexibilidad, especialmente en los primeros 
años de vida de sus hijos. Por otra parte, la política educativa ha propiciado también, un sistema 
de cuidado infantil extraescolar,entendiendo que este sistema es una extensión del sistema 
educativo formal y, por lo tanto, necesario en la formación del estudiante. En ese contexto, el 
sistema educativo otorga bastante apoyo a los padres trabajadores, especialmente de hijos 
menores de 12 años. Asimismo, podemos indicar que si bien no existen estructuras de 
guarderías propiamente nocturnas, el sistema considera igualmente ofertas para los padres que 
tienen jornadas de trabajo especiales a través de servicios de cuidado en horarios no hábiles. 
 
 Noruega, por su parte, tiene una población bastante más grande, 5.408.320 habitantes (2021), 
y su ingreso familiar disponible neto ajustado promedio per cápita es de $39.144 USD al año 
(2021), cifra también mayor que el promedio de la OCDE que es de $30.490 USD al año. En 
cuanto a la tasa de participación laboral de mujeres esta también es alta, 61% (2021), como 
también la tasa de participación en matriculación en los servicios de educación y atención de la 
primera infancia, ya que en los niños entre 0 a 2 años es de 58,28% y en los de 3 a 5 años es de 
97,02%. 
 
 
6 El ingreso familiar disponible neto ajustado es la cantidad de dinero que una familia percibe, o gana, cada año 
después de impuestos y transferencias. Representa el dinero del que dispone una familia para gastar en bienes o 
servicios. 
7 Ver datos base en Banco Mundial. Disponible en: http://bcn.cl/3dpg3 
 
 
 
 
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Noruega, al igual que otros países nórdicos, ha procurado diseñar las licencias laborales por 
motivo de la llegada de los hijos, con un enfoque de género, transformando sus permisos 
maternales en permisos parentales, con el objetivo de ir aumentando la participación de los 
papás en la crianza de los niños y aumentando también la fuerza laboral femenina. Por otra parte, 
existe una completa institución pedagógica de calidad para los niños más pequeños, estos son 
los ‘jardines infantiles’ (barnehagen), además de una estructura extraescolar para los niños de 
educación primaria y cuyo objetivo, entre otros, es facilitar el cuidado de los niños mientras sus 
padres trabajan o estudian. Asimismo, se advierte que esta institucionalidad se efectúa 
generalmente en horarios hábiles, de modo que no cubre las necesidades de aquellos padres 
que trabajan en horarios especiales. Sin embargo, el Estado apoya con beneficios económicos 
a los padres que requieran cuidados para sus hijos, pero se exige ser padre o madre soltera, sin 
redes de apoyo para acceder a estos beneficios. 
 
1. Luxemburgo 
 
Antes de abordar las medidas que la normativa dispone, es pertinente tener en consideración que la 
jornada normal de trabajo en Luxemburgo, no debe exceder de 8 horas diarias y de 40 horas semanales 
(Art. L. 211-5 del Código del Trabajo), salvo excepciones que se rigen por convenios colectivos o leyes 
especiales y que permiten acordar jornadas más allá de los límites legales dado el servicio que prestan. 
Tal puede ser el caso del personal empleado en establecimientos hospitalarios. Asimismo, el Código del 
Trabajo regula también el trabajo nocturno, entendido como el intervalo entre las 22:00 y las 6:00 horas, 
estableciendo que el tiempo normal de trabajo de los trabajadores nocturnos no puede exceder 
igualmente las 8 horas en promedio durante el período de un día o 24 horas continuas, calculado sobre 
un período de 7 días (Art. L. 211-14 Código del Trabajo). 
 
Asimismo, los trabajadores tienen derecho a feriado legal de 26 días hábiles de vacaciones 
remuneradas, pudiendo beneficiarse de días libres adicionales por convenio colectivo o acuerdos entre 
las partes. 
 
Por otra parte, en materia educativa, la asistencia a la escuela es obligatoria desde los 4 hasta los 16 
años, de tal manera que todo niño matriculado en un municipio queda automáticamente inscrito en las 
listas de la escuela pública del municipio de residencia. En la educación primaria, que es hasta los 12 
años de edad aproximadamente, los niños, como regla general, asisten a la escuela 3 días completos: 
lunes, miércoles y viernes, en una jornada diaria de 8:00 a 16:00 horas; y 2 medias jornadas durante la 
mañana, los días martes y jueves. Tienen aproximadamente 9 semanas de vacaciones de verano y, 
además, durante el año disponen de 7 semanas adicionales de vacaciones por distintos motivos8. 
 
1.1. Políticas de cuidado infantil desde el ámbito laboral 
 
En materia de conciliación trabajo-familia y cuidado parental, la normativa laboral establece licencias 
específicas para el cuidado del hijo. Por una parte, considera un permiso de maternidad (congé de 
 
8 1 semana de noviembre para las fiestas de Todos los Santos; 2 semanas en diciembre/enero para el período de 
Navidad; 1 semana de febrero para las vacaciones de carnaval; 2 semanas de vacaciones en marzo/abril para el 
período de Semana Santa; 1 semana en mayo/junio para Pentecostés. 
 
 
 
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maternité) pagado, cuya duración es de 8 semanas antes del parto y de 12 semanas después del parto; 
además de una licencia de paternidad (o "Pappecongé") que es una licencia extraordinaria de 10 días 
que se concede al padre trabajador (incluye a los padres que realicen prácticas profesionales) con 
motivo del nacimiento de un hijo o de la llegada de un hijo menor de 16 años en adopción. 
 
Asimismo, la normativa laboral y de seguridad social otorga lo que se denomina permiso parental 
(congé parental), que puede ser tomado por el padre o la madre para cuidar a su hijo, ya sea 
interrumpiendo su carrera profesional o reduciendo su jornada laboral. Este permiso parental persigue 
un doble objetivo: por una parte, que el permiso parental permita a los padres pasar más tiempo con su 
hijo, manteniendo su trabajo y sin tener que elegir entre el trabajo y la crianza; y, por otra parte, para el 
empleador, la licencia parental permite que el trabajador permanezca en la empresa, lo que aumenta 
por un lado la empleabilidad, especialmente de las mujeres, y permite retener a los buenos empleados 
(Ministère des Affaires Familiales, de l'Intégration et de la Grande Région, 2023). 
 
El padre o madre puede tomar un 1° permiso parental, que es después del permiso de maternidad o 
de adopción; y luego puede acceder a un 2° permiso parental, siempre que sea antes de los 6 años 
del hijo o de los 12 años del hijo adoptado. 
 
El 1º y 2º permiso parental se pueden disfrutar a tiempo completo, a tiempo parcial o fraccionado, según 
el número de horas indicado en el contrato de trabajo de los padres y su situación. Así, por ejemplo, si 
la persona cumple 40 horas a la semana o es independiente, puede elegir entre: 
 
 Licencia a tiempo completo de 4 o 6 meses. 
 Licencia de media jornada de 8 o 12 meses al 50% de su jornada normal de trabajo, con acuerdo 
del empleador. 
 Licencia dividida: 4 períodos de un mes durante un período máximo de 20 meses, con acuerdo 
del empleador. 
 Licencia dividida: 1 día o 2 medios días por semana por un período máximo de 20 meses, con el 
acuerdo del empleador. 
 
Durante el permiso parental, el progenitor tiene derecho a un subsidio mensual de licencia parental 
(indemnité de congé parental mensuelle) pagado por la Caja de Asignaciones Familiares (Caisse pour 
l'avenir des enfants, CAE), en sustitución de las remuneraciones. El importe de la prestación otorgada 
se calcula sobre la base de un promedio de las remuneraciones mensuales percibidas durante los 12 
meses anteriores al inicio del permiso parental (Art. 307 Code de la Sécurité Sociale). Para el pago del 
permiso parental, la Caja cuenta con los siguientes recursos: a) aportes de los empleadores y b) una 
subvención estatal anual que cubra el exceso de gastos sobre los ingresos, fijado por la ley de 
presupuesto (Art. 319 y 320 del Codede la Sécurité Sociale). 
 
1.2. Políticas de cuidado infantil desde el ámbito educativo 
 
En Luxemburgo se acoge el término “educación no formal” (l’éducation non-formelle) para referirse al 
trabajo educativo organizado fuera del sistema escolar, es decir, en horarios que no son propios de 
la jornada escolar, y donde se ofrece un servicio de cuidado infantil para los padres, que les permite a 
 
 
 
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los niños desarrollar, en un ambiente más relajado, las habilidades esenciales para la vida: lenguaje, 
motricidad, relaciones sociales, creatividad, etc. (Ministère de l’Éducation nationale, de l’Enfance et de 
la Jeunesse, 2021). 
 
Se trata de un servicio que no distingue entre preescolares y escolares que requieran de cuidados post 
jornada escolar, por lo que puede ser llevado a cabo por distintas instituciones, públicas o privadas. No 
obstante lo anterior, cualquiera de ellas debe contar con una aprobación emitida por el Ministerio de 
Educación Nacional, Infancia y Juventud sobre la base de criterios de honorabilidad, calificación del 
personal, proporción de personal, servicios a ofrecer, desarrollo e infraestructura. 
 
La calidad de la educación no formal está garantizada y no solo se limita a la infraestructura y los 
estándares de seguridad de todos los servicios de educación y cuidado infantil, incluido el servicio de 
Asistencia Parental (Assistants parentaux). Por una parte, propicia la formación continua del personal, 
ofreciendo el Estado capacitación gratuita al personal educativo, apoyo profesional a los equipos 
directivos y formación específica para el personal técnico y administrativo. Por otra parte, cuenta con 
supervisión regular, monitoreada por agentes regionales del Servicio Nacional de la Juventud (SNJ). 
 
Asimismo, este es un sistema que cuenta con una normativa que establece ciertos lineamientos 
educativos, denominado ‘Règlement grand-ducal du 28 juillet 2017 portant établissement du cadre de 
référence national «Éducation non formelle des enfants et des jeunes»’. En el reglamento se describen 
los objetivos generales y los principios pedagógicos que se deben implementar en beneficio de los niños. 
Al mismo tiempo, proporciona lineamientos para la planificación de actividades educativas, teniendo 
como centro de las consideraciones la autonomía, la participación voluntaria, el aprendizaje del grupo, 
en torno a la imagen de un ‘niño competente’, dotado de diversas capacidades e intereses desde el 
nacimiento. 
 
Hasta el año 2022, como veremos, esta oferta estaba solo considerada para niños en edad preescolar, 
aunque no completamente gratuita. Sin embargo, a partir del año escolar 2022-2023, mediante la ‘Loi 
du 29 juillet 2022’, se amplía la oferta para la educación escolar básica, y su principal característica es 
que se trata de una oferta gratuita para todos los escolares, independientemente de los ingresos de los 
padres. 
 
Se debe tener en consideración, que como se señaló todo niño a partir de los 3 años9 que viva en 
Luxemburgo tiene derecho a una educación básica escolar gratuita (Art. 23 de la Constitución Política). 
Empero, la oferta en educación no formal no es un derecho consagrado constitucionalmente. En 
consecuencia, esta nueva medida representa un paso importante en la política educativa de ese país, 
en cuanto garantiza el acceso universal a la oferta de la educación y atención a la infancia. Y ello 
incluye tanto en la educación formal como no formal de los niños escolares (a partir de los 3 o 4 años 
hasta los 12 años), teniendo como objetivo promover que tengan las mismas posibilidades de tener éxito 
en su trayectoria escolar, independientemente de su contexto socioeconómico. 
 
 
9 La educación infantil desde los 3 años es optativa, ya que la escolarización obligatoria comienza a los 4 años 
(Eurydice, 2023). 
 
 
 
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Para esta oferta de educación y atención de la infancia, Luxemburgo cuenta con diversas instituciones, 
todas ellas ofrecen un servicio diurno de cuidado infantil, pero la normativa señala que pueden fijar 
franjas de horarios de funcionamiento, entre las 5:00 am y las 23:00 pm. 
 
Pueden ser instituciones aprobadas por el Estado (asociaciones sin fines de lucro o municipales10) o 
bien instituciones privadas. Todas ellas se encuentran reguladas por ‘Règlement grand-ducal modifié du 
14 novembre 2013 concernant l’agrément à accorder aux gestionnaires de services d’éducation et 
d’accueil pour enfants’. Estas instituciones son: 
 
 Salas Cunas (Crèches). Son instituciones que acogen a niños de 3 meses a 4 años, es decir, 
antes de la escolarización obligatoria. Operan de acuerdo a diferentes conceptos pedagógicos. 
Así, hay jardines infantiles orgánicos, de empresa, multilingües, en los bosques ("Bëschcrèche"), 
etc. Pueden ser municipales, aprobadas por el Estado o privadas. 
 
 Mini jardines infantiles (Mini-crèches). Son estructuras descentralizadas que pueden albergar 
hasta 11 niños de entre 0 y 12 años. Se exige que un mínimo de 2 personas la administren, 
sujeto al cumplimiento de las normas de seguridad, higiene y calidad. Esta organización permite 
ofrecer a los niños un ambiente más familiar y un horario flexible, pensado de 5:00 am a 23:00 
horas pm. 
 
 Guarderías (Garderies). Acogen a niños pequeños de 2 meses a 8 años, pero con un tope 
máximo de 16 horas a la semana. Es más una solución de problemas puntuales de cuidado para 
las familias o una buena solución para que un niño se acostumbre a convivir con otros niños. 
Pueden ser municipales o privadas. 
 
 Centros de día (Foyers de jour). Los centros de día acogen a escolares de 4 a 12 años, es decir, 
hasta el final de la educación básica. Están abiertos fuera del horario escolar y durante las 
vacaciones escolares. Los niños comen juntos en el comedor al mediodía y hacen los deberes 
de clase por las tardes. 
 
 Casas auxiliares (Maisons relais). Ofrecen una mayor flexibilidad en cuanto a horarios y cuidados 
que las guarderías. Atienden a niños escolarizados, desde los 3 o 4 años hasta los 12 años, en 
algunos casos hasta los 18 años. Están abiertas de 7 am a 7 pm, y ofrecen entretenimiento y 
ayuda con las tareas. 
 
Asimismo, existe también otro servicio de cuidado infantil, que se conoce como Asistencia Parental 
(Assistants Parentaux), la cual se caracteriza por promover un cuidado infantil en grupos reducidos y en 
horarios atípicos, y que cuenta con una normativa específica, la ‘Loi du 30 novembre 2007 portant 
réglementation de l'activité d'assistance parentale’. 
 
10 La Gobernanza de este nivel educativo (preescolar y educación primaria) está a cargo del Estado y de los 
municipios. Los municipios tienen que proporcionar las instalaciones escolares. Los docentes son nombrados y 
pagados por el Estado y asignados a los municipios (Eurydice 2023). 
 
 
 
 
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Este servicio consiste en el cuidado regular y retribuido, de día o de noche, de niños de 0 a 12 años o 
que no hayan terminado la educación básica o la educación especial. Es un servicio prestado por un 
asistente parental, por cuenta propia o ajena, en virtud de un contrato de servicios celebrado con una 
persona física o jurídica de derecho público o privado, cuya actividad profesional u objeto social 
comprende la organización de asistencia parental. Como se señaló, se encuentra regulada por ‘Loi du 
30 novembre 2007 portant réglementation de l'activité d'assistance parentale’, pero se debe considerar 
que, recientemente en marzo de 202311, el Consejo de Gobierno (Conseil de Gouvernement) aprobó un 
proyecto de ley con el objetivo de reforzar la actividad de Asistencia Parental, modificando algunas de 
sus disposiciones.La normativa con sus modificaciones dispone que el número máximo de niños que puede cuidar esta 
persona que ofrece Asistencia Parental está limitado a 5 niños, no pudiendo tener a más de 2 niños 
menores de 2 años y considerando en el cálculo a sus propios hijos. Además, la ley dispone de un 
período de cuidado diurno y nocturno continuo de un niño, que no puede exceder de 3 semanas. 
 
Para poder ejercer como asistente parental se requiere autorización del Ministerio de la Familia, y tanto 
el asistente de los padres, como las personas que convivan con él en el mismo hogar, deben reunir las 
condiciones de honorabilidad que se evalúan en función de los antecedentes penales. Asimismo, para 
solicitar ser asistente parental, se debe demostrar que tienen un nivel mínimo de calificación, esto es a 
lo menos la finalización exitosa de una clase de tercer año de educación secundaria clásica o general 
(antes se exigía sólo técnica), acreditar formación previa, y periódicamente debe realizar sesiones de 
formación continua o de supervisión en el año. 
 
La normativa también dispone que el Asistente Parental debe comprender y expresarse en, al menos, 
uno de los tres idiomas oficiales: francés, alemán o luxemburgués. 
 
1.3. Apoyo económico directo para el cuidado de los niños 
 
Como se indicó, todos los niños escolares, entre 4 y 12 años, están afectos a la gratuidad en cualquiera 
de las instituciones de cuidado infantil de educación no formal que los padres elijan. El único límite es 
que la gratuidad se aplica sólo durante las semanas escolares, de lunes a viernes, de 7:00 a 19:00 
horas. Fuera de esta franja horaria y durante vacaciones se podrá acceder al beneficio del Chèque-
service Accueil o Cheque de Servicio de Acogida (CSA). 
 
Por otra parte, los niños de 0 a 3 años no están afectos a la gratuidad, por lo tanto, cuentan, por una 
parte, con el CSA y, además, con el derecho a 20 horas de acogida gratuita. 
 
Así, para este grupo poblacional, el CSA se convierte en una ayuda económica para costear los gastos 
en la educación no formal de los niños preescolares y escolares cuando corresponda. Para calcular su 
monto se evalúa la realidad de las diferentes situaciones familiares: 
 
 
11 Consultar modificación en: http://bcn.cl/3djtn 
 
 
 
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 Los ingresos del hogar en el que vive el niño (se consideran por igual las parejas casadas, parejas 
con acuerdos civiles o parejas de hecho). 
 El número de hijos que reciben asignaciones familiares en el hogar y el rango del hijo en el grupo 
familiar. 
 El tipo de estructura institucional que se opte. 
 El número de horas de acogida del niño en la estructura educativa de cuidado infantil. 
 Ventajas específicas según la edad del niño (programa de educación multilingüe, comidas 
parcialmente gratuitas y cuidado de niños sujetos a escolaridad obligatoria). 
 
Mientras que en el caso de las horas de asistencia gratuitas, el Estado ofrece a los menores, entre 1 
a 4 años, hasta 20 horas de asistencia gratuita a las instituciones de educación no formal, en el marco 
de la educación multilingüe. Este programa de educación multilingüe se introdujo en octubre de 2017, 
en todos los servicios de educación y cuidado de niños pequeños, con el objetivo de familiarizar a los 
niños de 1 a 4 años con los idiomas oficiales luxemburgués, francés y alemán, teniendo como base que, 
cuanto antes se entra en contacto con un idioma, más fácil es adquirirlo. 
 
El Estado, en todo caso, contribuye financieramente a un máximo de 60 horas para cuidado de niños 
por semana. La cotización máxima del Estado es de 6 euros/hora por hijo que asiste a una institución 
de cuidado infantil ascendiendo a 3,75 euros/hora por un niño cuidado por un Asistente Parental durante 
el día (7 a 19 horas). Para cuidado en horario nocturno (19:00 a 07:00 horas), fines de semana y festivos, 
la aportación estatal se incrementa en 0,50 euros/hora. Sin embargo, la reforma del 2023 sobre la 
Asistencia Parental antes señalada incrementó la ayuda estatal máxima de 3,75 euros a 5,40 euros por 
hora y por niño, sea este cuidado de día o de noche. Durante las vacaciones escolares, el costo del 
cuidado de los niños preescolares tiene un tope de 100 euros por semana, al que se agrega el costo de 
las comidas. 
 
Por último, se debe indicar que las instituciones que ofrecen servicios de educación y de cuidado son 
libres de fijar sus tarifas por hora y cualquier superación de los límites máximos es responsabilidad de 
los padres. 
 
2. Noruega 
 
En Noruega, la jornada laboral se encuentra definida en la legislación laboral (Ley del Entorno Laboral 
o Arbeidsmiljøloven). Allí, se señala que el horario normal de trabajo no debe exceder las 9 horas diarias 
ni las 40 horas semanales. Asimismo, establece ciertas reglas especiales en la jornada, como en el caso 
de los trabajos en turnos, trabajos nocturnos o los que se realicen los fines de semana y festivos, los 
cuales no pueden exceder las 9 horas diarias ni las 38 a la semana (Sección 10-4). Los trabajadores 
tienen derecho a un feriado legal de 25 días al año (Lov om ferie o Ley de Vacaciones, Art. 5). 
 
Por otra parte, en Noruega, la educación es obligatoria y gratuita para los niños y jóvenes de 6 a 16 
años. En la educación primaria, las jornadas escolares, por lo general, parten entre 8:00 y 9:00 horas y 
duran hasta las 13:00 horas, aproximadamente. Asimismo, tienen a lo menos 8 semanas de vacaciones 
en verano más otras 4 semanas durante el año. 
 
 
 
 
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2.1. Políticas de cuidado infantil desde el ámbito laboral 
 
No existe un permiso de maternidad por separado, pero igualmente es obligatorio que las mujeres tomen 
seis semanas después del parto por motivos de salud. Además, pueden opcionalmente tomarse tres 
semanas antes de la fecha prevista del parto y estas semanas serán parte de la cuota que le 
correspondan en el permiso parental, como veremos. La normativa contempla igualmente lo que se 
conoce como permiso de embarazo (svangerskapspenger), con hasta 12 semanas a las mujeres 
embarazadas que deben dejar de trabajar, debido a riesgos químicos, biológicos o físicos, siempre y 
cuando la empresa no pueda ofrecerles un trabajo alternativo (Sección 14-4 de la Ley de Seguridad 
Social). Ambos beneficios son responsabilidad del Ministerio de la Infancia y la Familia (Barne-og 
familiedepartementet). 
 
Respecto a los permisos propios del padre, estos son de responsabilidad del Ministerio del Trabajo e 
Inclusión (Arbeids- og inkluderingsdepartementet), y la ley señala que existe un permiso de paternidad 
(pappapermisjon) de dos semanas y que es bastante flexible, ya que puede ser usado antes o después 
del parto, pudiendo fraccionarse e incluso utilizarse por otra persona si los padres no viven juntos, ya 
que el objetivo es que se asista a la madre (Bungum y Kvande, 2022). 
 
Por lo tanto, el permiso más importante con el que cuentan ambos padres para el cuidado de sus hijos 
es el Permiso Parental (foreldrepengeperioden), que está bajo la responsabilidad del Ministerio de la 
Infancia y la Familia. La duración del permiso dependerá del porcentaje de remuneraciones que se 
reciba, así los padres pueden optar por recibir una cobertura de ingresos del 100 % durante 49 semanas 
de permiso o una cobertura de ingresos del 80 %, durante 59 semanas. 
 
El sistema propone cuotas para la madre (mødrekvoten) y cuotas para el padre (fedrekvote) respecto 
de este permiso. De manera que, de las 49 semanas, el padre tiene 15 semanas de permiso para cuidar 
a sus hijos, que no se pueden transferir a la madre y que se pierden si no se utiliza. Por su parte, la 
madre también tiene 15 semanas. Más aún, la madre tiene derecho a 3 semanas de permiso pagadas 
antes del parto. Además, la ley exige que, como regla general, lospropios padres puedan decidir cómo 
se distribuirán las 16 semanas restantes (el período conjunto). Sin embargo, se señala que las primeras 
seis semanas después del nacimiento están reservadas para la madre y, en consecuencia, forman parte 
de la cuota de madres, de manera que el padre sólo puede iniciar su permiso a partir de la séptima 
semana después del nacimiento, salvo que la madre no pueda cuidar sola del hijo debido a una 
enfermedad, o bien el padre tenga el cuidado exclusivo del hijo. El sistema, eso sí, supone que ambos 
padres trabajan. 
 
Asimismo, en materia de permisos de cuidado, existen: 
 
 Un permiso de cuidado no remunerado, donde cada progenitor tiene derecho a solicitar a su 
empleador 1 año de permiso, después del permiso parental. 
 Se contempla también el trabajo flexible para los padres de hijos hasta 10 años, los cuales tienen 
derecho a solicitar trabajar a tiempo parcial. 
 Permisos de cuidados para personas dependientes por temas de salud (10 días). 
 
 
 
 
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2.2. Políticas de cuidado infantil desde el ámbito educativo 
 
En Noruega, puede distinguirse más claramente que existe una institucionalidad propia de cuidado y 
asistencia para los preescolares y otra para los niños que ya comenzaron su escolaridad y que requieren 
cuidados después de que terminan la jornada escolar. 
 
2.2.1. Nivel Preescolar 
 
Para los niños preescolares (0 a 6 años)12, existen los jardines infantiles (barnehagen), los cuales 
funcionan, por lo general, en un único horario, de lunes a viernes de 07:00 a 17:00 horas y pueden tener 
diversas estructuras: 
 
 Jardín Infantil Común (Ordinær barnehage). Es el tipo más común de jardín infantil y abierto para 
que cualquiera solicite un cupo. Pueden ser públicos o privados. 
 Jardín Infantil de Empresas (Bedriftsbarnehage). Es un jardín infantil que generalmente es 
propiedad de una empresa u organización y que admite principalmente a los hijos de los 
empleados de las empresas o lugares de trabajo específicos. 
 Jardín Infantil familiar (familiabarnehage). Son pequeñas guarderías donde el funcionamiento se 
desarrolla en pequeños grupos en casas particulares. Puede haber hasta diez niños menores de 
3 años. El trabajo con los niños lo lleva a cabo un asistente de jardín de infancia familiar quien 
recibe orientación y seguimiento de una docente de jardines infantiles. El municipio es el 
responsable de aprobar y supervisar las guarderías familiares. 
 Jardín Infantil universitario (estudiantebarnehage). Jardines infantiles que acogen a los hijos de 
estudiantes de educación superior. Por ejemplo, el de la Universidad de Oslo. 
 Jardín Infantil Abierto (Åpen barnehage). Un jardín infantil, sin cita previa, donde los padres 
acompañan a sus hijos. Las actividades se enfocan en el juego, el lenguaje y las relaciones, y es 
una manera de socializar con otros niños y padres en su vecindario. 
 
La normativa que rige los Jardines Infantiles es la Ley de Jardines Infantiles (Lov om barnehager, 
barnehageloven), la cual señala que todos los niños que cumplan un año tienen derecho a un cupo en 
un jardín infantil (Art. 16). La demanda es alta, por ejemplo, en Oslo, el 90% de los niños menores de 5 
años asisten a jardines infantiles (Municipio de Oslo). 
 
Estos tipo de jardines infantiles pueden ser municipales o privados (propiedad de empresas comerciales 
o de alguna organización sin fines de lucro), recayendo la responsabilidad de su funcionamiento en los 
municipios. Asimismo, el municipio debe brindar orientación y supervisión de los jardines infantiles para 
que funcionen de acuerdo a las mismas normas y reglamentos vigentes, principalmente la Ley de 
Jardines Infantiles y el ‘Plan Marco para el contenido y las tareas de los jardines infantiles’ (Rammeplan 
for barnehagens innhold og oppgaver) que proporciona pautas para la base de valores, contenido y las 
actividades de los jardines infantiles, de tal manera que todos ellos, sean de propiedad pública o privada, 
tengan mínimas diferencias en las prácticas pedagógicas y aseguren el mismo nivel de calidad. El 
 
12 Se debe tener en consideración que los niños comienzan su educación escolar obligatoria, el año que cumplen 
6 años. 
 
 
 
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objetivo también es que los jardines sean accesibles para todos los niños, independientemente de los 
recursos económicos de los padres. 
 
Respecto a los costos del jardín infantil, es parcialmente cubierto por el Estado y la tarifa adicional se 
establece de acuerdo a los ingresos de la familia. 
 
Por último, existe también la figura de la cuidadora de niños (Dagmamma). No se requieren calificaciones 
formales o capacitación para convertirse en un cuidador de niños. Sin embargo, para los cuidadores de 
niños que cuidan a tres o más niños (incluidos sus propios hijos), se aplican los requisitos de la normativa 
sobre atención sanitaria en guarderías y escuelas. Además, deben contar con la aprobación del 
municipio para funcionar. 
 
2.2.2. Nivel Escolar: Programa Extra escolar 
 
La Ley de Educación, Sección 13-7, establece que el municipio debe tener una oferta para un programa 
extraescolar, antes y después de la escuela, para los niños de 1° a 4° nivel de primaria y para niños con 
necesidades especiales de 1 a 7 años. 
 
El programa extraescolar es otra opción de cuidados de los hijos para los padres que trabajan y la ley 
dispone que en estas horas extraescolares se deben facilitar las actividades lúdicas, culturales y de ocio 
en función de la edad, el nivel funcional y los intereses de los niños. 
 
El programa extracurricular escolar es también responsabilidad del municipio, pudiendo no estar 
vinculado a la escuela. Pero, si está vinculado a la escuela, es el Director normalmente quien también 
lo dirige. El municipio puede, a su vez, exigir que los costos del programa extraescolar lo cubran los 
propios padres. 
 
No existen regulaciones centrales sobre cómo debería ser el programa extraescolar, pero se organiza 
de acuerdo con las condiciones locales, por ejemplo, la duración de la jornada escolar y las necesidades 
de los solicitantes. Por lo general, están abiertos media hora antes de que se inicie el horario escolar y 
alrededor de cuatro horas después de que termina. 
 
Lo que sí existe es un ‘Plan marco para el programa extraescolar’ (Rammeplan for ‘skolefritidsordningen’ 
o ‘SFO’). El Plan marco para el SFO consta de seis capítulos, a saber: 1. Sobre el plan marco para el 
programa extraescolar, 2. Base de valores del programa extraescolar, 3. Contenido del programa 
extraescolar, 4. Programa extraescolar inclusivo; 5. Cooperación en el programa extraescolar; y 6. 
Desarrollo de la calidad. 
 
2.3. Apoyo económico directo para el cuidado de los niños 
 
Por último, el sistema contempla ciertos beneficios pecuniarios que contribuyen a apoyar la crianza y 
cuidado de los hijos para los padres que trabajan: 
 
 
 
 
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 Padres o madres de niños preescolares (1 y 2 años), cuando por razones de demanda no se ha 
obtenido un cupo en un jardín infantil. En este caso, se tiene derecho a un pago en dinero efectivo 
por no obtener un cupo en un jardín infantil, ya que lo usual es ir al jardín infantil más cercano a 
su residencia. En ese caso, se puede recibir el 100% de la prestación, o bien si el niño solo tiene 
una jornada parcial, se puede recibir el 20, 40, 60 u 80 % de la prestación. Actualmente, la 
prestación equivale a 7.500 coronas noruegas ($687,17 dólares aproximadamente). El beneficio 
se puede recibir durante un máximo de 11 meses. 
 
 Padres o madres solteras trabajadores y que crían solos a sus hijos (no se considera soltero a 
los que cohabitan). La idea detrás de estos beneficios es apoyar a aquellospadres o madres que 
crían solos y que no cuentan con redes de apoyo, otorgándose los siguientes beneficios: 
 
- Beneficio transitorio (Kort om overgangsstønad). Si se es padre o madre soltera y se tiene 
hijos menores de 8 años, el beneficio transitorio le asegurará ingresos por hasta tres años. 
Las remuneraciones determinan a cuánto beneficio tiene derecho. 
- Beneficio de cuidados de niños (Kort om stønad til barnetilsyn). Este beneficio cubre parte 
del costo que se requiere pagar para el cuidado de niños para padres solteros que trabajan. 
Puede recibir este beneficio hasta que el niño termine su cuarto año de escuela primaria. 
Para hacerlo efectivo se debe proporcionar documentación de los gastos de cuidado del hijo 
con una factura a su nombre. Si se tienen acuerdos privados de cuidado de niños, como una 
niñera o un cuidador de niños (Dagmamma), se debe presentar también el acuerdo que se 
tiene con esa persona. Asimismo, el beneficio puede cubrir también los cuidados del hijo 
después del jardín infantil o del servicio extraescolar, cuando se trabaja por la noche, por 
turnos, fines de semana, viajes por trabajo. 
 
Referencias 
 
Referencias generales 
 
Brita Bungum and Elin Kvande (2022). Current leave and other employment-related policies to support parents 
Norwegian University of Science and Technology. Disponible en: http://bcn.cl/3dop7 
 
EURYDICE (2022) Education System Luxembourg. Disponible en: http://bcn.cl/3djzc 
 
Ministère de l’Éducation nationale, de l’Enfance et de la Jeunesse (2021) L’éducation non formelle dans le secteur 
de l’Enfance et de la Jeunesse. Disponible en: http://bcn.cl/3djwo 
 
Ministre de la Famille et de l’Intégration (2023). Le congé parental au Luxembourg. Disponible en: 
http://bcn.cl/3djzh 
 
Ministère de l’Éducation nationale, de l’Enfance et de la Jeunesse (2021). Cadre de référence national sur 
l’éducation non formelle des enfants et des jeunes. Disponible en: http://bcn.cl/3djzj 
 
OECD (2023) Early childhood education and care (ECEC): A vital component of the family policy framework in 
OECD countries. Disponible en: http://bcn.cl/3dnbf 
 
 
 
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United Nations Children’s Fund, UNICEF (2021). Anna Gromada and Dominic Richardson. Where do rich countries 
stand on childcare? Disponible en: http://bcn.cl/3djx1 
 
World Bank http://bcn.cl/3dnji 
 
Referencias normativas 
 
Chile 
 
Código del Trabajo. DFL N° 1 Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo. Disponible 
en: https://bcn.cl/2f6o9 
 
Ley N° 20.891 de 2016. Perfecciona el permiso postnatal parental y el ejercicio del derecho a sala cuna para las 
funcionarias y funcionarios públicos que indica. Disponible en: https://bcn.cl/2g76x 
 
Ley N° 20.832 de 2015 Crea la autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia. 
Disponible en: https://bcn.cl/2lbwf 
 
Ley N° 20.545 de 2011. Modifica las normas sobre protección a la maternidad e incorpora el permiso postnatal 
parental. Disponible en: https://bcn.cl/2jybf 
 
Ley N° 20.399 de 2009. Otorga derecho a sala cuna al trabajador. Disponible en: https://bcn.cl/2k1bm 
 
Ley N° 20.379 de 2009. Crea el sistema intersectorial de protección social e institucionaliza el subsistema de 
protección integral a la infancia "Chile Crece Contigo". Disponible en: https://bcn.cl/2fbd7 
 
Ley N° 19.532 de 1997. Crea el régimen de jornada escolar completa diurna y dicta normas para su aplicación. 
Disponible en: https://bcn.cl/2f8qo 
 
ORD. Nº 642/4. Dictamen Dirección del Trabajo. Protección a la Maternidad. Salas Cunas. Obligación. 
Cumplimiento. Disponible en: http://bcn.cl/3dn8o 
 
Luxemburgo 
 
Code du Travail. Disponible en: http://bcn.cl/3djnj 
 
Code de la Sécurité Sociale. Disponible en: http://bcn.cl/3djnh 
 
Loi du 29 juillet 2022 modifie la loi du 4 juillet 2008 sur la jeunesse et celle du 17 décembre 2021 concernant le 
budget des recettes et des dépenses de l’Etat pour l’exercice 2022. Disponible en: http://bcn.cl/3djzu 
 
Règlement grand-ducal du 28 juillet 2017 portant établissement du cadre de référence national «Éducation non 
formelle des enfants et des jeunes». Disponible en: http://bcn.cl/3djuk 
 
Règlement grand-ducal modifié du 14 novembre 2013 concernant l’agrément à accorder aux gestionnaires de 
services d’éducation et d’accueil pour enfants. Disponible en: http://bcn.cl/3djy7 
 
 
 
 
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Noruega 
 
Ley de Seguridad Social Lov om folketrygd (folketrygdloven). Disponible en: http://bcn.cl/3dkvn 
 
Ley de ambiente laboral Lov om endringer i arbeidsmiljøloven m.m. Disponible en: http://bcn.cl/3dl28 
 
Lov om ferie, Ley de Vacaciones. Disponible en: http://bcn.cl/3dnjn 
 
Plan Marco para el contenido y las tareas de los jardines infantiles (Rammeplan for barnehagens innhold og 
oppgaver). Disponible en: http://bcn.cl/3dlmh 
 
Plan Marco para el programa extraescolar (Rammeplan for SFO). Disponible en: http://bcn.cl/3dnjl 
 
 
Nota aclaratoria 
Asesoría Técnica Parlamentaria está enfocada en apoyar preferentemente el trabajo de las Comisiones 
Legislativas de ambas Cámaras, con especial atención al seguimiento de los proyectos de ley. Con lo cual se 
pretende contribuir a la certeza legislativa y a disminuir la brecha de disponibilidad de información y análisis entre 
Legislativo y Ejecutivo. 
 
 
 
 
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(CC BY 3.0 CL)

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