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Derechos_Humanos (27)

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INTRODUCCIÓN
Los derechos humanos son garantías esenciales para que podamos vivir como seres humanos. Sin ellos no podemos cultivar ni ejercer plenamente nuestras cualidades, nuestra inteligencia, talento y espiritualidad.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es la piedra angular en la historia de estos derechos. Fue redactada por representantes de procedencias legales y culturales de todo el mundo y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948, en París, como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse.
Mediante esta Declaración, los Estados se comprometieron a asegurar que todos los seres humanos, ricos y pobres, fuertes y débiles, hombres y mujeres, de todas las razas y religiones, son tratados de manera igualitaria.
Establece que los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que tienen derecho a la vida, la libertad y la seguridad de su persona, a la libertad de expresión, a no ser esclavizados, a un juicio justo y a la igualdad ante la ley. También a la libertad de circulación, a una nacionalidad, a contraer matrimonio y fundar una familia así como a un trabajo y a un salario igualitario.
Desde su adopción, la Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha traducido a más de 360 idiomas (es el documento más traducido del mundo) y ha sido fuente de inspiración para las constituciones de muchos Estados que se han independizado recientemente y para muchas democracias nuevas.
Aunque no forma parte del derecho internacional vinculante (es decir, de aplicación obligatoria), gracias a su aceptación por países de todo el mundo ha adquirido un gran peso moral.
Las Naciones Unidas también han aprobado muchos tratados que obligan jurídicamente a los Estados a garantizar los derechos fundamentales de sus ciudadanos. Los más importantes son: el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus dos Protocolos Facultativos (sobre el procedimiento de quejas individuales y la pena de muerte) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y su Protocolo Facultativo Documento PDF.
La Declaración, junto con esos dos Pactos y sus Protocolos, constituyen la Carta Internacional de Derechos Humanos.
OBJETIVO GENERAL
· Conocer el concepto de los Derechos Humanos
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1. Conocer las características de los derechos humanos
2. Conocer la clasificación de los derechos humanos
3. Exponer ejemplos de instituciones de derechos humanos a nivel nacional e internacional.
DERECHOS HUMANOS
La expresión “derechos humanos” (también citada con frecuencia como DD.HH.) hace referencia a las libertades, reivindicaciones y facultades propias de cada individuo por el sólo hecho de pertenecer a la raza humana. Esto significa que son derechos de carácter inalienable (ya que nadie, de ninguna manera, puede quitarle estos derechos a otro sujeto más allá del orden jurídico que esté establecido) y de perfil independiente frente a cualquier factor particular (raza, nacionalidad, religión, sexo, etc.).
Derechos humanos
Los derechos humanos también se caracterizan por ser irrevocables (no pueden ser abolidos), intransferibles (un individuo no puede “ceder” sus derechos a otro sujeto) e irrenunciables (nadie tiene el permiso para rechazar sus derechos básicos). Aún cuando se encuentran amparados y contemplados por la mayoría de las legislaciones internacionales, los derechos humanos implican bases morales y éticas que la sociedad considera necesaria respetar para proteger la dignidad de las personas.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (abreviada a través de la sigla DUDH), la cual fue adoptada por las Naciones Unidas en 1948, aglutina a todos los derechos que están considerados como básicos. Se conoce como Carta Internacional de los Derechos Humanos a la combinación de esta declaración con los distintos pactos internacionales de derechos humanos que fueron acordados entre diversas naciones.
La DUDH señala que, al nacer, todos los hombres y mujeres son libres e idénticos en materia de derechos y dignidad y deja clara su postura de rechazo hacia la esclavitud, la servidumbre, las torturas y los tratos que puedan ser considerados como inhumanos, degradantes o crueles.
A la hora de establecer el listado de los derechos humanos existentes tenemos que dar a conocer que los mismos se clasifican de la siguiente manera:
Derechos civiles y políticos: a la vida, a la igualdad, a la libertad…
Derechos económicos, sociales y culturales: a la salud, a la educación, a la vivienda…
Derechos laborales: al trabajo, a la libre elección de trabajo…
Derechos de los detenidos y presos: a un trato humano y con respeto a la dignidad inherente al ser humano…
Derechos frente a la Administración.
Derechos en relación a la Administración de Justicia: a ser oído por el Tribunal, a ser juzgado por un tribunal independiente e imparcial…
Derechos de los pueblos y derechos de las víctimas de violaciones de derechos fundamentales.
Entre las mencionadas violaciones se encuentran las desapariciones forzosas de personas, el terrorismo, la propaganda a favor de la guerra, el genocidio y los crímenes de guerra, la explotación del hombre por el hombre, la tortura y penas inhumanas o degradantes, la esclavitud, los trabajos forzosos o la apología del odio.
Además de todo lo citado tenemos que exponer que una de las organizaciones que más trabajan día a día por los Derechos Humanos es, sin lugar a dudas, Amnistía Internacional que se caracteriza por ser una entidad independiente y absolutamente democrática. Para conseguir su misión lleva a cabo tareas de investigación para sacar a luz situaciones que atenten contra los derechos humanos como una manera de denunciarlos y de evitar que se hagan efectivas.
En las últimas décadas, el concepto de derechos humanos ha adquirido una gran importancia en la mayoría de las sociedades del mundo. Aquellos gobernantes y regímenes acusados de violar los derechos humanos suelen ser condenados por su propio pueblo y por los diversos organismos internacionales.
CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
La clasificación de carácter histórico basada en la aparición o reconocimiento cronológico de los DDHH por parte del orden jurídico normativo internacional, distingue entre los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos, los Derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales y los Derechos de Tercera generación o Derechos de Los Pueblos. La mayor parte de los tratados en el ámbito de los DDHH hacen una distinción entre los denominados "derechos civiles y políticos" y los derechos "económicos, sociales y culturales".
Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos
Los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos se refieren a los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos e internacionales. Estos Derechos surgieron como respuesta a los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios de finales del siglo XVIII en occidente. Estas exigencias fueron consagradas como auténticos derechos y como tales difundidos internacionalmente.
Los Derechos Civiles y Políticos están destinados a la protección del ser humano individualmente, contra cualquier agresión de algún órgano público. Se caracterizan porque imponen al Estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano.
El Estado debe limitarse a garantizar el libre goce de estos derechos, organizando la fuerza pública y creando mecanismos judiciales que los protejan. Los Derechos Civiles y Políticos pueden ser reclamados en todo momento y en cualquier lugar, salvo en aquellas circunstancias de emergencia que permiten el establecimiento de ciertas limitaciones de sólo algunas garantías.
Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos
· Toda persona tiene los derechosy libertades fundamentales sin distinción de raza, sexo, color, idioma, posición social o económica
· Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica
· Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre
· Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral
· Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación
· Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia
· Toda persona tiene derecho a una nacionalidad
· En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país
· Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean
· Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión
· Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas
· Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica
Derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Los derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. Su reconocimiento en la historia de los Derechos Humanos fue posterior a la de los derechos civiles y políticos, de allí que también sean denominados derechos de la segunda generación.
La razón de ser de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales se basa en el hecho de que el pleno respeto a la dignidad del ser humano, a su libertad y a la vigencia de la democracia, solo es posible si existen las condiciones económicas, sociales y culturales que garanticen el desarrollo de esos hombres y esos pueblos.
La vigencia de estos derechos se encuentra condicionada a las posibilidades reales de cada país, de allí que la capacidad para lograr la realización de los mismos varía de país a país.
Estos derechos económicos, sociales y culturales, pueden exigirse al Estado en la medida de los recursos que efectivamente él tenga, pero esto no significa que el Estado puede utilizar como excusa para el cumplimiento de sus obligaciones, el no poseer recursos cuando en realidad dispone de ellos.
En este aspecto, deben verificarse los indicadores de desarrollo integral en relación con la distribución que hace el Poder Público de sus ingresos en razón de la justicia social.
Derechos de Segunda generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales
· Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales
· Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias
· Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses
· Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios
· Toda persona tiene derecho a la salud física y mental
· Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales
· Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades
· La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita
Derechos de Tercera generación o Derechos de Los Pueblos
Los Derechos de Tercera Generación también conocidos como Derechos de Solidaridad o de los Pueblos contemplan cuestiones de carácter supranacional como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano.
El contenido de estos derechos no está totalmente determinado. Los Derechos de los Pueblos se encuentran en proceso de definición y están consagrados en diversas disposiciones de algunas convenciones internacionales.
Derechos de Tercera generación o Derechos de Los Pueblos
· Derecho a la autodeterminación
· Derecho a la independencia económica y política
· Derecho a la identidad nacional y cultural
· Derecho a la paz
· Derecho a la coexistencia pacífica
· Derecho a el entendimiento y confianza
· La cooperación internacional y regional
· La justicia internacional
· El uso de los avances de las ciencias y la tecnología
· La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos
· El medio ambiente
· El patrimonio común de la humanidad
· El desarrollo que permita una vida digna
CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS
Los Derechos Humanos se aplican a todos los seres humanos sin importar edad, género, raza, religión, ideas, nacionalidad. Cada persona tiene la misma dignidad y nadie puede estar excluido o discriminado del disfrute de sus derechos.
Universales
Los Derechos Humanos se aplican a todos los seres humanos sin importar edad, género, raza, religión, ideas, nacionalidad. Cada persona tiene la misma dignidad y nadie puede estar excluido o discriminado del disfrute de sus derechos.
Irreversibles y progresivos
La consagración de nuevos Derechos no excluye ni desestima la vigencia de Derechos antes consagrados y la existencia de viejos Derechos no impide que las nuevas condiciones sociales vividas por los pueblos determinen la vigencia de otros Derechos, como ha sucedido con el HABEAS DATA, el cual busca proteger la intimidad de las personas frente a los sistemas masivos de información y comunicación.
Los avances en la protección de nuevos Derechos o nuevas formas de un mismo Derecho se hacen sobre el supuesto de vigencia de todos los Derechos consagrados.
Indivisibles
No puede hablarse de división de los Derechos Humanos, todos deben ser respetados y garantizados por autoridades y gobernantes.
No negociables
Los Derechos Humanos son bienes pertenecientes, de manera absoluta, a cada ser humano, por ello ninguna autoridad puede negociarlos.
Inviolables
Nadie puede atentar, lesionar o destruir los Derechos Humanos. Esto quiere decir que las personas y los gobiernos deben regirse por el respeto a los Derechos Humanos; las leyes dictadas no pueden ser contrarias a éstos y las políticas económicas y sociales que se implementan tampoco. Por ejemplo, el derecho a la vida no puede ser violentado bajo ninguna circunstancia, como ocurre frecuentemente en la realidad, ni por la acción de fuerzas policiales o militares ni por políticas económicas que condenan a la muerte por desnutrición o hambre a la población.
Obligatorios
Los Derechos Humanos imponen una obligación concreta a las personas y al Estado de respetarlos aunque no haya una ley que así lo diga. Es obligatorio respetar todos los Derechos Humanos que existan en las leyes nacionales y también aquellos que no lo están aún.
Trascienden las fronteras nacionales
La comunidad internacional puede y debe intervenir cuando considere que un Estado está violando los Derechos Humanos de su población. En este sentido, ningún Estado puede argumentar violación de su soberanía cuando la comunidad internacional interviene para requerir que una violación a los Derechos Humanos sea corregida.
Indivisibles, interdependientes, complementarios y no jerarquizables
Los Derechos Humanos están relacionados entre sí. Es decir, no se debe hacer ninguna separación ni pensar que unos son más importantes que otros. La negación de algún derecho en particular significa poner en peligro el conjunto de la dignidad de la persona, por lo que el disfrute de algún derecho no puede hacerse a costa de los demás. Es así, como no se puede, por ejemplo, disfrutar plenamente del derecho a la educación si la persona no está bien alimentada o si carece de una vivienda adecuada, ni se puede ejercer el derecho a la participación política si se niega el derecho a manifestar o estar bien informados.
INSTITUCIONES QUE DEFIENDEN LOS DERECHOS HUMANOS EN HONDURAS
CONADEH (COMISIONADO NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS)
En el ejercicio de sus atribuciones, el Comisionado Nacional de los DerechosHumanos no está sujeto a mandato imperativo alguno, no recibe instrucción de ninguna autoridad. Desempeña sus funciones con plena autonomía, puesto que su objetivo es la defensa de los derechos fundamentales de la persona humana y el fortalecimiento del Estado de Derecho
CODEH (COMITÉ PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS EN HONDURAS)
El Comité para la Defensa de los Derechos Humanos en Honduras (CODEH), es una organización humanitaria, sin fines de lucro, constituida con apego a las leyes hondureñas, cuyo propósito es lograr la democracia, la vigencia y eficacia de los Derechos Humanos en Honduras de acuerdo
COFADEH (COMITÉ DE FAMILIARES DETENIDOS DESAPARECIDOS EN HONDURAS)
Es un espacio de resistencia moral y política ante los abusos del Estado, una organización defensora y promotora de los derechos humanos.
CDM (CENTRO DE DERECHOS DE MUJERES)
El CDM es una organización feminista, autónoma, crítica, propositiva, que promueve el fortalecimiento de la autonomía, la justicia, el ejercicio y el goce de los derechos, la ciudadanía y la igualdad de género para las mujeres.
Visión: El CDM es una organización reconocida nacional e internacionalmente por su contribución en la disminución de las relaciones desiguales de poder entre los géneros y por su trabajo a favor de los derechos de las mujeres. Con su propuesta ha impactado positivamente en la vida de las mujeres promoviendo su autonomía y sus liderazgos y ha contribuido a un mayor compromiso de la población y de las autoridades públicas por la construcción de una sociedad con justicia social y equidad de género.
CEM-H (CENTRO DE ESTUDIO DE LA MUJER-HONDURAS)
• NATURALEZA DEL CEM-H
La especificidad e identidad del CEM-H, que definen su naturaleza institucional se resumen en las siguientes características:
• Es una organización autónoma cuyos principios políticos, objetivos y metas se orientan de manera prioritaria hacia el mejoramiento de la condición de la mujer hondureña, en todos los niveles, en especial de la mujer pobre que representa la gran mayoría de la población femenina del país y la región.
MOVIMIENTO DE MUJERES POR LA PAZ "VISITACION PADILLA"
El Visitación Padilla surgió el 25 de Enero de 1984. Época de la Doctrina de la Seguridad Nacional. Nuestro país y toda la región centroamericana vivían las consecuencias de la implementación de la guerra de baja intensidad.
Durante los años 80 la Dirigencia del Movimiento de Mujeres Visitación Padilla, fue duramente reprimida, su máxima dirigente Alba de Mejía fue capturada y detenida en las celdas de la policía política y liberada gracias a la solidaridad nacional é internacional, su dirección siempre estuvo vigilada y perseguida, a nivel personal y sus oficinas. Los escuadrones de la muerte y las cárceles clandestinas, más cuatro ejércitos en nuestro territorio significaban un permanente terror para toda la población pero especialmente para los dirigentes(as) populares.
ORGANISMOS INTERNACIONALES QUE DEFIENDEN Y PROTEGEN LOS DERECHOS HUMANOS
 
FIDH:
La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) es una federación de organizaciones no gubernamentales de Derechos Humanos. La principal función de la federación es promover y respetar todos los derechos establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. 
 
LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS:
Es una organización internacional fundada en 1945 tras la Segunda Guerra Mundial por 51 países que se comprometieron a mantener la paz y la seguridad internacionales, desarrollar relaciones amistosas entre las naciones y promover el progreso social, mejores niveles de vida y los derechos humanos.
HUMAN RIGHTS WATCH
Human Rights Watch es una de las principales organizaciones internacionales independientes dedicadas a la defensa y la protección de los derechos humanos. Al concentrar la atención mundial en los lugares donde se violan los derechos humanos, damos voz a los oprimidos y exigimos cuentas a los opresores por sus crímenes.
CEJIL 
El objetivo principal de CEJIL (Centro por la Justicia y el Derecho Internacional) es asegurar la plena implementación de normas internacionales de derechos humanos en los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), mediante el uso efectivo del sistema interamericano de derechos humanos y otros mecanismos de protección internacional.
OIM 
La OIM (Organización Internacional para las Migraciones), una Organización intergubernamental creada en 1951, está consagrada al principio de que la migración en condiciones humanas y de forma ordenada beneficia a los migrantes y a la sociedad.
BRIGADAS INTERNACIONALES DE PAZ
Peace Brigades International (PBI). Es una organización no gubernamental, independiente que trabaja para la protección de los derechos humanos y la promoción de la resolución de conflictos a través de la no violencia. Reconoce los principios de la no violencia, la independencia, el no partidismo, la no intervención.
CONCLUSIONES
· Los derechos humanos son las facultades que adquirimos desde que estamos en el vientre de nuestra madre por el simple hecho de ser un ser humano. 
· Las características de los derechos humanos están orientadas a brindar la protección de cada persona individual indistintamente de su género, estado o nacionalidad.
· Toda ley que impone un gobierno debe tener en cuenta el principio de respetar los derechos humanos de cada persona porque si no se declara inconstitucional esa ley; para ello existen a nivel mundial instituciones encargadas de velar porque estos principios sean considerados.
	
BIBLIOGRAFIA
· http://www.un.org/es/rights/overview/
· http:// http://definicion.de/derechos-humanos/
· http://www.cubaencuentro.com/derechos-humanos/clasificacion-y-caracteristicas/clasificacion
· http://www.cubaencuentro.com/derechos-humanos/clasificacion-y-caracteristicas/caracteristicas 
· http://www.buenastareas.com/ensayos/Instituciones-Que-Defienden-Los-Derechos-Humanos/4761774.html
· http://www.scribd.com/doc/114538528/Organismos-Internacionales-Que-Defienden-y-Protegen-Los-Derechos-Humanos#scribd
ANEXOS
		
Derechos Humanos	Page 15
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