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Derechos_Humanos (17)

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Derechos Humanos
Concepto
Los derechos humanos son un conjunto de principios, de aceptaciones universales, reconocidos constitucionalmente y garantizados jurídicamente, orientados a asegurar al ser humano su dignidad como persona, en su dimensión individual y social, material y espiritual.
Los Derechos Humanos son perrogativos que de acuerdo al derecho internacional, tiene la persona frente al Estado para impedir que este interfiera coartándolos en el ejercicio de ciertos derechos fundamentales, o para obtener del Estado la satisfacción de ciertas necesidades básicas y que son inherentes a todos los individuos por el mero hecho de ser humano.
Los mismos derechos poseen una serie de caracteres:
· SON INATOS O INHERENTES
Todas las personas nacemos con derechos que nos pertenecen por nuestra condición de seres humanos. Su origen no es el Estado o las leyes, decretos o títulos, sino la propia naturaleza o dignidad de la persona humana. Por eso cuando una ley viola los derecho humanos se considera nula porque va contra la misma naturaleza humana
· SON UNIVERSALES
Todas las personas, mujeres, hombres y niños tienen derechos. 
Por eso no importa la raza, el sexo, la cultura o la religión, tampoco importa la nacionalidad o el lugar en que se viva. Cada persona tiene la misma dignidad y nadie puede estar excluido o discriminado del disfrute de sus derechos.
Es así que tiene los mismos derechos tanto un niño como una niña, un indígena como un campesino, una mujer como un hombre, un musulmán como un cristiano, un negro como un blanco, un pobre como un rico.
· SON INALIENABLES E INTRASFERIBLE
La persona humana no puede, sin afectar su dignidad, renunciar a sus derechos o negociarlos.
Tampoco el Estado puede disponer de los derechos de los ciudadanos. Se entiende que en situaciones extremas algunos derechos pueden ser limitados o suspendidos, pero nunca alienados (eliminados o extinguidos).
· SON ACUMULATIVOS, IMPRESCRIPTIBLES O RREVERSIBLES
Como la humanidad es cambiante, las necesidades también, por ello a través del tiempo vamos conquistando nuevos derechos, que una vez alcanzados forman parte del patrimonio de la dignidad humana. Una vez reconocidos formales los Derechos Humanos, su vigencia no caduca.
· SON INVIOLABLES
Nadie puede atender, lesionar o destruir los derechos humanos. Esto quiere decir que las personas y los gobiernos deben regirse por el respeto a los Derechos Humanos, las leyes dictadas no deben ser contrarias a estos y las políticas económicas y sociales que se implementan tampoco. Por ejemplo, el derecho a la vida no puede ser violentado bajo ninguna circunstancia, como ocurre frecuentemente en la realidad, ni por la acción de fuerzas policiales o militares ni por políticas económicas que condenan la muerte por desnutrición o hambre a la población 
· SON OBLIGATORIOS
Imponen una obligación concreta a las personas y al Estado de representarlos aunque no haya una ley que así lo diga
· TRASCIENDEN LAS FRONERAS NACIONALES
Esta característica se refiere a que la comunidad internacional, por ejemplo, la ONU puede y debe intervenir cuando se considere que un Estado está violando los Derechos Humanos de una población.
En este sentido, ningún Estado puede argumentar violación de su soberanía cuando la Comunidad Internacional interviene para requerir que una violación a los Derechos Humanos sea corregida
· SON INDIVISIBLES, INTERDEPENDIENTES, COMPLEMENTARIOS Y NO JERARQUIZADOS
Los Derechos Humanos están relacionados entre sí. Es decir, no podemos hacer ninguna separación ni pensar que son más importantes que otro. La negación de algún derecho en particular significa poner en peligro el conjunto de la dignidad de la persona, por ejemplo, el disfrute de algún derecho a costa de los demás
Evolución de los Derechos Humanos
La concepción individualista se empieza por resquebrajar en el siglo XX. Algunas circunstancias históricas, entre ellas el advenimiento del maquinismo, cambiaron las condiciones sociales e hicieron modificar la posición individual. La igualdad tal como se había concebido por la Revolución Francesa era teoría. Los individuos eran iguales ante la ley, el servicio militar, el impuesto. Se decía que “ningún artificio debe trabar el movimiento de ascension
Las dimensiones de los Derechos humanos
Los derechos humanos son el punto de encuentro en el que se cruzan los caminos de la ética, la política y el derecho. De ahí su especial fuerza y densidad conceptual. Dependiendo de las situaciones, de los problemas, de los momentos, el acento recae en uno u otro aspecto, pero los derechos humanos se mueven siempre en la intersección entre la ética, la política y el derecho. 
Trabajar con los derechos humanos implica una visión amplia y consciente de la riqueza de perspectivas que ofrecen, de su carácter multidimensional. Exigen ir de la ética a la política, de la política al derecho, o a la inversa, suscitando relaciones interminables. Estos recorridos los hacen capaces de expresar los problemas de nuestro tiempo y estimulan la búsqueda de soluciones.
 La conjunción de estas dimensiones, con sus tensiones y con sus interferencias, es la fuente de energía de los derechos humanos. Los empobrecemos cada vez que los simplificamos y los reducimos a imperativo ético, a estrategia polí- tica o a herramienta jurídica. Los derechos humanos requieren un enfoque multidisciplinar
1-ETICA
Los derechos humanos proclaman nuestro compromiso con una vida digna y un mundo mejor. Los esfuerzos del hombre por descubrirse, por superarse a sí mismo, por abrirse a los demás, por construir una sociedad más habitable, tienen una poderosa forma de expresión en los derechos humanos. Lo humano de estos derechos se formula como la lucha frente a todo lo que consideramos inhumano, degradante, inaceptable. 
Por eso los derechos humanos son exigencias de justicia: el gran valor que sintetiza todas las aspiraciones de la ética social. Aspiran a ser la voz de la justicia en un mundo que tiene por delante grandes retos que afrontar, la voz de todos los humillados y ofendidos de nuestro tiempo. 
En tanto que ética, los derechos humanos manifiestan siempre un inconformismo, el gesto de alguien que pide más, que no se resigna a su estado y condición. Hay un fondo rebelde, insatisfecho, en estos derechos que apuntan hacia algo que todavía no hemos alcanzado. 
Los derechos humanos aparecen como tarea inacabable, como proyecto, como promesa. Nos llevan más allá de lo que ya tenemos y sabemos. Forman parte de una modernidad todavía pendiente. Reciben el brillo de utopía, de los grandes sueños de la humanidad. Con ellos nos inventamos como personas. Son expresiones y estímulos de nuestra creatividad.
2-POLITICA
Los derechos humanos no pueden quedarse en el ámbito de las convicciones personales. Reclaman el paso de lo privado a lo público, de lo personal a lo institucional. Tienen que traducirse en acción política, entendiendo este término en el sentido más noble y amplio posible. 
Se afirman y se debaten constantemente en la escena pública y son objeto no sólo de consenso sino de controversia. Todos los partidos políticos los incluyen en sus programas, aunque dan visiones distintas de ellos. Los derechos humanos representan exigencias absolutas, incondicionales, irrenunciables, pero, no obstante, se ven sujetos a negociaciones. En una sociedad pluralista se enfrentan diferentes concepciones de los derechos humanos, de su contenido, de su alcance, de sus prioridades. La materia de los derechos humanos es extraordinariamente polémica. 
Siempre habrá que vencer resistencias. La historia de estos derechos es una historia de luchas, de reivindicaciones, de movilizaciones; de éxitos y también de retrasos y de fracasos. 
Los derechos humanos pretenden humanizar el poder y necesitan del poder para implantarse, para desplegar su fuerza liberadora y organizadora. Pero experimentan también una incomodidad ante el poder que pretende apropiárselos, reducirlos a ideología, utilizarlos como fuente de legitimación. Los derechos humanos serán siempreincómodos y nadie podrá apoderarse de ellos.
3-DERECHO
Los derechos humanos no son sólo ideas. Son y necesitan ser derechos. Se expresan con el lenguaje imperativo e imperioso del derecho y tienen que estar garantizados jurídicamente. Pero ningún otro derecho se parece a ellos. Son derechos distintos, situados en un lugar privilegiado: derechos fundamentales, derechos que dan fundamento y aspiran a gobernar todo el derecho. 
Funcionan como normas entre otras normas, pero también de otro modo; como principios, como valores superiores. Inspiran todo el ordenamiento jurídico y lo transforman. Y no son sólo cosa de juristas: ningún ciudadano puede ignorarlos. 
Los derechos fundamentales marcan un hito en la historia del derecho y también en la historia general. Configuran eso que se denomina Estado de Derecho, uno de los grandes logros en el progreso de la civilización. Con ellos el derecho no sólo incorpora unas normas nuevas, que aparecen en las grandes declaraciones de derechos, en las constituciones. Son un nuevo modo de pensar, una nueva lógica jurídica, que se abre paso a través del creciente espesor normativo de las sociedades actuales. Afecta a todas las ramas del derecho y las renueva. 
Un impulso de alcance planetario que rompe las barreras de los derechos nacionales e instaura una perspectiva mundial. Lo expresa muy bien la Declaración Universal: el reconocimiento de la dignidad del ser humano, independientemente de quién sea y dondequiera que se encuentre. Los derechos humanos son un esfuerzo por abrir horizontes y superar las limitaciones. 
La formulación de los derechos humanos es un proceso en curso. Van apareciendo nuevos derechos y nuevas formulaciones de los ya conocidos. No se trata de un catálogo cerrado, sino, siempre por precisar y ampliar. Los derechos humanos proporcionan grandes desafíos a la razón jurídica.
Los Derechos Humanos en el régimen uruguayo
Libertad de prensa, radio y televisión
El 27 de junio de 1973 él entonces presidente Juan María Bordaberry anunciaba por cadena de radio y televisión la disolución del Parlamento, iniciando así el gobierno de facto que se extendería hasta 1985.
El gobierno y los militares, esa madrugada ya habían ocupado  todas las radios privadas del país por tiempo indefinido desde las 5 horas (8 GMT). El Estado Mayor de las FF.AA. había estado comunicando la medida a todas las direcciones de las mismas emisoras desde esa madrugada.
A las cinco de la mañana comenzó la Cadena Nacional de radioemisoras, utilizando canciones folklóricas, “A Don José”, “El Pericón Nacional”, entre otras. A las 5 y 20,  se da a conocer el decreto de disolución  de las Cámaras (Parlamento). Irónica y paradójicamente, también se advierte que se sancionarán todo tipo de comentario o grabación por medios audiovisuales, que atribuyan directa o indirectamente propósitos dictatoriales al P.E. o pudiese perturbar la tranquilidad u orden público.
Se clausura el 19 de setiembre de 1973 por espacio de una semana a CX30 que ya se llamaba “La Radio”, pues su histórico nombre “Radio Nacional”, había sido proscripto el 5 de junio de ese año, por entender el régimen que tal denominación significaría la mala interpretación del oyente como vocero o perteneciente a una radioemisora oficial. El motivo podría ser otro: esta emisora ya había iniciado una etapa de renovación al mando de su nuevo director José Germán Araújo, con perfil opositor. En todo el período de dictadura, y especialmente en la etapa de la reconquista de la Democracia, esta emisora jugará un papel fundamental.
El gobierno de Bordaberry era ya un gobierno cívico militar. Pero en 1976 el presidente constitucional fue desplazado por el poder militar, imponiendo al Dr. Aparicio Méndez.
En los medios de comunicación, se estableció una férrea censura de prensa , cerrando diarios, revistas y radios cuya lista es muy larga y que condujo conjuntamente con la confiscación de la prensa extranjera.
“La dictadura uruguaya implemento una serie de dispositivos de vigilancia social que permitió hablar de una “sociedad controlada”. Dicho aspecto de la maquinaria represiva, sin embargo, comenzó a funcionar antes del 27 de junio de 1973.
Desde los años ’30-’40 del siglo pasado, pero sobre todo después de la Segunda Guerra Mundial, en el marco de la tardía “Guerra Fría” que se desenvuelve en el continente latinoamericano, los servicios de inteligencia de nuestro país fueron desplegando una discreta pero sistemática vigilancia, infiltración y/o recopilación de información referida a organizaciones comunistas, movimiento de extranjeros, exiliados en el país, intelectuales, congresos, viajes a los países socialistas, personas con apellido eslavo, manifiestos, discursos, actos.
Entre los años 1975 y 1979, ya bajo dictadura, el montaje de ese sistema de vigilancia y control de la sociedad y los individuos por parte del Estado y sus agentes fue tan generalizado, profesional y sistemático, alcanzó tantos aspectos de la realidad y personas, que bien podría caracterizarse de tendencia totalitaria esa etapa de la dictadura.
“La línea estratégica de las fuerzas armadas en su ascenso al poder, estuvo marcada por golpes sucesivos y no simultáneos a las distintas instituciones del país” (¹)
Con una premisa ideológica: destruír al Comunismo Internacional en el país, infiltrado en las instituciones democráticas y combatir definitivamente al terrorismo, encarnado por los “Tupamaros” y agrupaciones  de Izquierda.
“Asi se disolvió el Parlamento terminando con el Poder Legislativo; se quitaron de la esfera de competencia de la justicia civil los juicios por delitos políticos y se la pasó a tribunales militares, terminando con la independencia del poder judicial; se proscribieron numerosos partidos, grupos y dirigentes políticos y se estableció un “receso “sin término de toda actividad política, prohibiendo el ejercicio de derechos políticos y la opinión de los sectores civiles en la conducción política del país; se intervino la Universidad de la República y se impuso un control militar en todos los niveles de la enseñanza, destituyendo a los profesores, maestros y funcionarios que se negaran a enseñar en la forma que querían los militares; se ¡legalizó la Convención Nacional de Trabajadores persiguiendo a dirigentes y militantes sindicales; se ¡legalizó la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay”. (¹)
Así, los medios de comunicación quedaron sujetos a todo tipo de censuras, hasta había “censura previa” de las publicaciones y de los programas de radio y de televisión. Si éstos no se ajustaban a lo que el gobierno estimaba conveniente eran sancionados, por ejemplo, con la suspensión de ediciones por un determinado tiempo o el cierre definitivo del diario o la audición. (²)
Las persecuciones y la vigilancia sobre actitudes sospechosas de resistencia al régimen dictatorial por parte de las fuerzas de seguridad, tienen este ejemplo en el caso de personas relacionadas con los medios por las siguientes comunicaciones internas de la época:
Detenido en el Estadio Centenario
15 de abril 1977. ◊
“En la noche de ayer en momentos que se estaba irradiando el Himno Patrio por los altoparlantes del Estadio Centenario, resulta detenida la persona .J. E. S. S., oriental, soltero, de 26 años, titular de la C.l. № (…), de profesión cronista de CX-32 Radio “El Mundo“, Sección Prensa, domiciliado en (…), persona ésta que al llegar a la estrofa “Tiranos Temblad” pronunció la citada frase con énfasis particular que llamó la atención a un funcionario policial que logra su detención.
Indagado el causante expresó que no le dio énfasis a la citada frase por algún motivo en especial, sino porque naturalmente en esa parte se levanta la voz. El causante posee anotaciones en ésta.”
◊ Dirección Nacional de Información e Inteligencia. Departamento № 6. Parte de Novedades Diarias. Abril 1977.
Los limites a la libertad de expresión y el control de los medios masivos de comunicación constituyó otra de las preocupaciones represivas del régimen con incidencia sobreel conjunto de la población, imponiendo una variedad de sanciones a quienes transgredieran sus disposiciones en la materia. (³)
 
EL SISTEMA LEGAL IMPUESTO A LOS MEDIOS EN EL URUGUAY DICTATORIAL
Ley de Radiodifusión (Ley 14.670)
15 de junio 1977.
“PROYECTO DE LEY
Articulo 1º. Los servicios de radiodifusión, considerados de interés público, podrán explotarse por entidades oficiales y privadas, en régimen de autorización o licencia, con la respectiva asignación de frecuencia.
Entiéndese por radiodifusión, a los efectos de esta ley, el servicio de radiocomunicaciones cuyas emisoras sonoras, televisivas o similares estén destinadas a la recepción directa por el público.
Artículo 2º. El Servicio Oficial de Difusión Radioeléctrica (SODRE) gozará de preferencia sobre los particulares en cuanto a la asignación de frecuencias o canales y ubicación de estaciones, asi como en todo lo relativo a las demás condiciones de instalación y funcionamiento.
Artículo 3º. Las emisoras privadas incurrirán en responsabilidadfrente a la Administración, en los casos siguientes:
1) Si transmitieren o intentaren transmitir sin autorización; 2) Cuando infringieren cualquiera de las condiciones de la autorización; 3) En caso de que transgredieren las normas de emisión y funcionamiento que establezcan las leyes y los reglamentos o los usos intencionales, según lo dispuesto en los convenios respectivos; 4) Cuando las emisiones, sin configurar del ito o falta, pudieren perturbar la tranquilidad pública, menoscabar la moral y las buenas costumbres, comprometer la seguridad o el interés públicos, o afectar la imagen o el prestigio de la República.
Articulo 4º). El Poder Ejecutivo podrá imponer, en las hipótesis del articulo anterior, las siguientes sanciones:
1º) Advertencia;
2º) Apercibimiento;
3º) Multa equivalente al importe de treinta Unidades Reajustables (Ley 13.728, de 17 de diciembre de ¡968) a trescientas Unidades Reajustables; 4º) Suspensión o clausura de la emisora por plazo de veinticuatro horas, como mínimo y treinta dias como máximo; 5º) Revocación de la autorización.En la hipótesis del numeral 3 del articulo precedente, se dispondrá la clausura definitiva, con incautación de la emisora sin indemnización.
Artículo 5º. El Poder Ejecutivo graduará racionalmente la aplicación de las sanciones atendiendo a la gravedad de la falta, a la entidad del daño y a los antecedentes de la emisora responsable.
Artículo 6º. En caso de delitos de Lesa Nación (Ley 14.068, de 10 de julio de ¡972), el Poder Ejecutivo procederá de inmediato a la clausura provisoria de la emisora responsable, dando cuenta a la jurisdicción competente, sin perjuicio de la decisión administrativa final en cuanto a la autorización.
Cuando se tratare de otros delitos o de faltas, el Poder Ejecutivo podrá suspender preventivamente la autorización de la emisora responsable, dando cuenta a la justicia ordinaria, a sus efectos.
Artículo 7º. La Dirección Nacional de Relaciones Públicas de la Presidencia de la República (DINARP) será competente para controlar que las emisoras se ajusten a las normas constitucionales, legales y reglamentarias que regulen la libre comunicación del pensamiento.
Artículo 8º. Deróganse la ley 8.390, de 13 de noviembre de 1928, y las demás disposiciones modificativas y concordantes, en lo referente a radiodifusión.
Hamlet Reyes, Presidente, Nelson Simonetti, Secretario
Ministerio de Defensa Nacional. Montevideo, 23 de junio de 1977.
Cúmplase, acúsese recibo, comuniqúese, publiquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Aparicio Méndez
Walter Ravenna “.
 
Suspensión de transmisiones a emisoras uruguayas.
Esta es una relación de las emisoras sancionadas:
1. CX 30. Resolución 1113 del 05.07.1973. Se prohibe utilizar la denominación de Radio Nacional.
2. CW 1. Radio Colonia. Resolución del 25.01.1974. Suspensión por 10 días.
3. CX12. Radio Oriental. Resolución del 28.05.1974. Suspensión de 24 horas.
4. CX 20. Radio Montecarlo. Resolución 1690 del 15.08.1974. Suspensión de 24 horas.
5. CX 32. Radio Sur. Suspensión por 24 horas.
6. CX 4. Radio Rural. Resolución 1781 del 30.08.1974. Suspensión de 24 horas.
7. CW 1. Radio Colonia. Resolución del 27.11.1975. Clausura.
8. CX 44. Radio Panamericana. Resolución 403 del 06.04.1976. Suspensión de 15 días.
9. CX 42. Radio Vanguardia. Resolución 456 del 27.04.1976. Cancelación del permiso para transmitir.
10. C X 34. Radio Artigas. Resolución del 04.05.1978. Suspensión por 5 días.
11. CX30. La Radio. Resolución del 18.11.1983. Clausura por 30 días.
Se aplican también “sanciones de advertencia” ante trasmisiones o comentarios inadecuados a:
– CX28. Radio Imparcial. 21.08.1979.
– CW41. Radio San José. 28.08.1979.
– CX40. Radio Fénix. 04.09.1979.
– CX30. La Radio. 15.08.1981.
– CX32. Radiomundo. 18.08.1981.
– CX46. Radio América. 18.08.1981.
– CX33. La Nueva Radio de Florida. 18.08.1981.
– CX46. Radio América. 26.08.1981.
– CX8. Radio Sarandí. 01.12.1981.
Se ejerció un control permanente a emisoras y programas cuyo contenido fue considerado ofensivo al régimen y sus objetivos.
La audiencia contraria al régimen se refugiaba en la sintonía de algunas emisoras, como la ya mencionada CX30, y el espacio que conducía Rubén Castillo por CX8, llamado“Discodromo Show”.
Precisamente, el locutor Ruben Castillo periodista y hombre de la cultura, se las ingenió el 9 de julio del ’73 en Radio Sarandí para convocar al pueblo a la manifestación de repudio a la dictadura con aquel poema inolvidable del poeta español Federico García Lorca, “A las cinco de la tarde”.
Repitió durante su programa decenas de veces la consigna “a las cinco de la tarde” y por cada vez que lo hacía cientos de uruguayos responderían al llamado. Cuando fueron las cinco de la tarde, una gigantesca multitud con los principales dirigentes del Frente Amplio a la cabeza, inundó la Avenida.
Aquella tarde el Ejercito y la Policía reprimieron duramente.
 
CONTROL A EMISORAS DE RADIO
· Radio CX 10 “Continente”. Juan Carlos Mareco.
22 de mayo 1976.
“En el día de la fecha se notificó a las autoridades de CX 10 “Radio Continente ” la prohibición de actuar en vivo o mediante grabación de la persona Juan Carlos Mareco (Pinocho) “.
· Programa “Un hombre y su música” en Radio Sarandí
4 de octubre 1979.
“Como se viene realizando habitualmente, se procedió a controlar la emisión de CX 8 Radio “Centro Sarandí”, programa “Un hombre y su música” que conduce Rubén Castillo, el que en razón de la actividad deportiva, en el día de ayer comenzó a las 23:30′ horas, finalizando a la hora 01:00′ de hoy.
En el transcurso del mismo, su conductor entrevistó a Rosario Castillo, su hija, quien se encuentra radicada en España desempeñándose como “discjockey”, y registra anotaciones en nuestra Dirección por haber sido integrante de la proscripta U.J. C.”
· “Yo y un millón”. René Jolivet y Convergencia Democrática.
30 de julio de 1980.
El Parte de Novedades Diarias de la fecha, registra el seguimiento de la emisora CX 44 Radio “Panamericana”, dejando constancia de que “(…) en el programa denominado “Yo y un Millón ” conducido por el periodista René Jolivet en el espacio de 12.00 a 13.00, “Enfoques de la realidad Nacional”, el conductor se refirió a las declaraciones que en la Sede de las Naciones Unidas realizara Juan Raúl Ferreira Sienra, presentando al “Grupo Convergencia Democrática “.  El citado periodista fue analizando aspectos diversos de las palabras de Ferreira Sienra, siguiendo el orden del espacio radial. ”
Se detalla que éste comenzó cuestionando “(…) el por qué se presentaba el representante del Gobierno con un nombre “Alejandro “sin más datos “.
Asu vez, también comentó críticamente “(…) el hecho de que se realizara en la sede de las Naciones Unidas, contrariando principios básicos de no intervención que caracteriza su funcionamiento. Más aún, condenó la intervención de los representantes diplomáticos de Nicaragua que fueron quienes solicitaron el lugar en el local, señalando los fundamentos Marxistas del actual régimen nicaragüense y el acercamientode figuras destacadas, de la violencia y el terrorismo internacional de ese Gobierno como Yasser Arafat y Fidel Castro (…)” .
En el Parte se destaca que “(…) el tono del periodista en el espacio fue de vehemente condena para con los integrantes de “Convergencia Democrática”. “
· Música prohibida en Radio Universal”
1981.
“En base a una información aportada por otra Agencia, en la cual se consignaba a la hora 06.00 del día de la fecha, se irradió por CX22 “Radio Universal”, un tema folklórico titulado “Por ser pocos “, en el cual se ensalzaba al “Che ” Guevara, Sandino y Emiliano Zapata; la superioridad dispuso se efectuaran las averiguaciones del caso “.
De esta forma, un Oficial del Departamento II de Inteligencia se dirigió a la Emisora y se entrevistó con el Administrador, quien le informó que en el horario en que fue transmitida dicha canción se lleva a cabo el programa “Campo Universal”. Se pasó a interrogar al encargado de la selección musical, quien expresó que el tema transmitido es interpretado por Tabaré Etecheverry y que la elección del mismo fue producida por una equivocación “ya que el tema en cuestión está ubicado en el sexto lugar de la cara A, cuando en realidad el seleccionado (Zafrero) ocupa el tercer lugar”.
Continuando con la investigación el Oficial interrogó a la Auxiliar de discoteca, quien manifestó no haberse percatado del contenido del tema musical.

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