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DIAGNOSTICO_PARA_EL_APROVECHAMIENTO_FORE

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2021 
DIAGNÓSTICO PARA EL 
APROVECHAMIENTO FORESTAL 
SUSTENTABLE DE ESPECIES PROTEGIDAS 
EN UMA EXTENSIVAS 
ANDREA SÁNCHEZ VAUGHAN 
http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/253/1/mx/vida_silvestre.html
Diagnóstico para el Aprovechamiento Forestal Sustentable de especies protegidas en UMA extensivas 19 de mayo de 
2021 
 
 
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CONTENIDO 
1. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................................ 2 
1.1. Productos forestales maderables (PFM) ........................................................................................................... 3 
1.2. Productos forestales no maderables (PFNM) ................................................................................................. 3 
1.3. Especies con aprovechamiento ........................................................................................................................... 4 
1.3.1. Aprovechamiento de especies protegidas ................................................................................................... 4 
2. ANTECEDENTES .............................................................................................................................................................. 4 
3. MARCO JURÍDICO .......................................................................................................................................................... 8 
3.1. Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos ............................................................................ 8 
3.2. Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres 
(CITES) 8 
3.3. Ley General de Vida Silvestre .............................................................................................................................. 9 
3.4. Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente .............................................................. 10 
3.5. Ley General del Desarrollo Forestal Sustentable ......................................................................................... 11 
3.6. Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre .......................................................................................... 11 
3.7. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente ............................ 12 
3.8. Normas Oficiales Mexicanas .............................................................................................................................. 12 
4. GLOSARIO........................................................................................................................................................................ 13 
5. REVISIÓN DE LOS PLANES DE MANEJO ............................................................................................................... 15 
5.1. Objetivo General .................................................................................................................................................. 15 
5.2. Objetivos Específicos ........................................................................................................................................... 15 
5.3. Actividades y/o Prácticas Susceptibles de Apoyo ......................................................................................... 15 
5.4. Medidas de Monitoreo y Muestreo.................................................................................................................. 18 
5.5. Medidas de Prevención, Control y Vigilancia ................................................................................................ 18 
5.6. Medidas de Mitigación ......................................................................................................................................... 18 
6. CONCLUSIONES Y APORTACIONES .................................................................................................................... 18 
7. REFERENCIAS .................................................................................................................................................................. 20 
 
 
Diagnóstico para el Aprovechamiento Forestal Sustentable de especies protegidas en UMA extensivas 19 de mayo de 
2021 
 
 
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1. INTRODUCCIÓN 
México cuenta con más de 138 millones de hectáreas de bosques y áreas naturales, esto representa el 70% 
de la superficie del territorio nacional (CONAFOR, 2018), mientras que las unidades para la conservación, 
manejo y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre (UMA), representan cerca del 20% del territorio 
nacional, es decir, más de 38 millones de hectáreas (Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 
2018). Se han contabilizado en un total de 7,214 UMA de tipo extensivo, es decir en vida libre, en el país 
hasta el año 2012 (Ver Figura 1). Son grandes extensiones de tierra que, al ser manejadas, de ellas se pueden 
obtener miles de productos forestales para consumo humano y otros usos; ya que nuestros bosques, no 
solamente proveen madera, sino que producen fauna silvestre también, forraje, alimentos, materiales de 
construcción, plantas medicinales, tierra de monte, resinas, gomas y leña, que comúnmente son utilizados 
por la gente que habita en ellos, ya sea para autoconsumo o venta local. Y además proveen de múltiples 
beneficios que realizan como la captación del agua, captura del carbono, fijación del nitrógeno, retención de 
suelos, limpieza y purificación del aire, y por último, son espacios de recreación. Estos beneficios se llaman 
servicios ambientales, y la mejor manera de que los bosques nos los continúen proveyendo con el paso del 
tiempo, es haciendo un uso y buen manejo forestal sustentables (MFS). 
Desafortunadamente, dado que no se han sabido conservar de manera sustentable, se han perdido millones 
de hectáreas de bosques y selvas por diversas causas, antropogénicas principalmente, es por esta razón que 
los propietarios o poseedores de predios los han destinado voluntariamente para el aprovechamiento 
sustentable de las especies silvestres que ahí habitan. Dando respuesta a la necesidad de conservar la 
biodiversidad y dar impulso a la producción y el desarrollo socioeconómico del país. 
Por lo tanto, las UMA surgen de la necesidad de contar con alternativas viables de desarrollo 
socioeconómico en México, promoviendo la diversificación de actividades productivas en el sector rural 
mediante el binomio “conservación-aprovechamiento sustentable” de la vida silvestre, a través del uso 
racional, planificado y ordenado de los recursos naturales y revirtiendo los procesos de deterioro ambiental 
(SEMARNAT, 2008). 
451
787
285
3573
2314
No. de UMA extensivas en México
Sur-Sureste
Centro-Occidente
Centro
Noreste
Noroeste
Figura 1. Grafica de la proporción real del número total de las unidades de manejo extensivas ubicadas en 
nuestro país y segmentadas por regiones. 
Total = 7,214 UMA 
Diagnóstico para el Aprovechamiento Forestal Sustentable de especies protegidas en UMA extensivas 19 de mayo de 
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Aplicándose junto con el buen MFS, ejidos y comunidades, lo hacen a través de la consolidación de empresas 
forestales comunitarias y UMA que han generado beneficios económicos, sociales y ambientales beneficiando 
a toda la comunidad, pero también es un reto y una gran responsabilidad, para que a través de esquemas de 
conservación y manejo integral y sustentable de sus bosques, logren abatir los efectos de la pobreza y 
mejorar sus condiciones de vida (Cortés Montaño & Fernández Vázquez, 2015; García-Peña, 2001). 
De esta forma, dándoles un manejo sustentable, a nuestros bosques, éstos pueden producir miles de 
productos forestales de manera perpetua y óptima. Dichos recursos son obtenidos de los árboles, la 
vegetación y los hongos del bosque, de ellos, pueden obtenerse solamentesus partes o individuos 
completos para su aprovechamiento. De acuerdo a su uso y a la parte vegetal de la que se trate, es su 
clasificación. Son dos clases de productos forestales, los maderables y no maderables. 
1.1. PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES (PFM) 
Se emplean para diversos usos, como pueden ser la construcción o elaboración de herramientas de trabajo 
(cajas, canoas, carretas, ruedas, mangos), de utensilios domésticos (bastones, cucharas, escobas, jaulas, 
muebles), de elementos de la vivienda (techos, paredes, cercas, vigas, postes), de instrumentos musicales 
(guitarras, violines, jaranas), de artesanías y de instrumentos ceremoniales o rituales (bastones, cruces). 
Asimismo, en gran parte del país, la madera se utiliza como combustible (leña, carbón, ocote) (Rendón & 
Neyra, 2020). 
A nivel nacional el promedio de producción de madera solamente, del periodo comprendido entre los años 
1980 y 2003, se han producido 8,220 millones de m3 de madera y solamente la producción de 2003 
representó un valor de 6,686 millones de pesos. (NOM-152-SEMARNAT-2006, 2008). 
Los productos forestales maderables que se obtienen son madera, leña, carbón, postes, pulpa. 
1.2. PRODUCTOS FORESTALES NO MADERABLES (PFNM) 
Por otra parte, los recursos forestales no maderables, también tienen una importancia relevante ya que de 
ellos se obtienen materias primas y productos que se utilizan en diferentes procesos de la industria química, 
cosmética, farmacéutica, en la medicina moderna, y en la tradicional o naturista. Asimismo, son utilizados en 
la construcción rural, en la elaboración de artesanías, para uso alimenticio, adorno o decorativo, sustrato 
para parques, jardines y viveros, entre otros. Mismos que por sus características propias tienen aceptación 
comercial en los mercados locales, regionales, nacional e internacional (PROY-NOM-005-SEMARNAT-2012, 
2012). 
Al menos en nuestro país se producen más de 70,000 Ton al año, en promedio, según la Secretaría de 
Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT, 2014) y solamente en el año de 1995 la producción no 
maderable tuvo una derrama económica de 42 millones de pesos provenientes del bosque templado, 16.5 
millones de pesos provenientes de bosques tropicales, y 24 millones de pesos, provenientes de zonas áridas 
y semiáridas respectivamente (García-Peña, 2001). 
Los productos que se obtienen de la naturaleza son resinas, exudados, aceites esenciales, tierra de monte, 
hongos, musgo, heno y doradilla, especies ornamentales y medicinales, cortezas, colorantes y taninos, follaje, 
flores, frutos y semillas, raíces y rizomas, árboles de navidad, conos y semillas forestales y leña, entre otros. 
De los cuales, los ecosistemas predominantes del que se aprovechan más especies no maderables, son las 
zonas áridas y semiáridas. Los PFNM que se aprovechan en mayor cantidad en México son la tierra de 
monte (62%), las resinas (17.4%) y las plantas medicinales, hongos comestibles y arbustos (9.1%) (Anastacio-
Martínez et al. 2016; García-Peña, 2001). 
Diagnóstico para el Aprovechamiento Forestal Sustentable de especies protegidas en UMA extensivas 19 de mayo de 
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1.3. ESPECIES CON APROVECHAMIENTO 
En México, el aprovechamiento forestal maderable se concentra en un reducido número de especies que 
crecen en condiciones diversas que determinan su abundancia y distribución, con una disponibilidad variable 
de volúmenes por aprovechar, generalmente en cantidades reducidas, de las especies de mayor demanda y 
valor comercial, y que además son destinadas al comercio internacional. Como las maderas preciosas de 
cedro rojo (Cedrela odorata) y caoba (Swietenia macrophylla), o de especies como ciricote (Cordia dodecandra), 
granadillo (Platymiscium yucatanum), katalox (Swartzia cubensis) y la ceiba (Ceiba pentandra), así como los 
oyameles (Abies spp.), los pinos (Pinus spp.) y los encinos (Quercus spp.). 
Por otro lado, el aprovechamiento forestal no maderable, se concentra en un gran número de especies 
aprovechadas, así como cada una de sus distintas partes. Las especies de climas templados que destacan por 
su importancia son (Pinus spp.) con aproximadamente 10 especies, los hongos comestibles 
(aproximadamente 200 especies), el nogal (Juglans regia), la hoja de laurel (Litsea glausencens), el musgo 
(Thuidium robustum, Polytrichum juniperinum), el heno (Tillandsia spp.), la vara perlilla (Simphoricarpus 
microphyllum), la raíz de zacatón (Muhlenbergia macroura), la doradilla (Selaginella lepidophylla), los quelites 
(Chenopodium spp.), el sauce (Salix spp.) y el taxcal (Juniperus deppeana), las especies tropicales, como palma 
camedor (Chamaedorea spp.), chicozapote (Manilkara zapota), palma real (Scheelea liebmannu), palma de 
sombrero (Sabal spp.), (Brahea dulcis), otate (Arthrostylidium pittierl), pimienta gorda (Pimenta dioica), barbasco 
(Dioscorea alata, Dioscorea spp.), malanga de montaña (Xanthosoma robustum), cuatecomate (Crescentia alata), 
guarumbo (Cecropia obtusifolia), nanche (Byrsonima crassifolia), cuachalalate (Anphyterigium adstringens), pochote 
(Ceiba aesculifolia), guaje (Leucaena spp.), y querengue (Vitex mollis). De las zonas áridas y semiáridas se 
concentran en especies como la candelilla (Euphorbia antisiphyllitica), la lechuguilla (Agave lechugilla), orégano 
(Lippia spp.), nopal (Opuntia spp.), palmilla (Nolina spp.), numerosas cactáceas (Pereskiopsis spp., Hylocereus 
spp. Mammillaria spp., Lophophora williamsii, etc.), magueyes (Agave spp.), pinón (Pinus cembroides), 
gobernadora, (Larrea tridentata), jojoba (Simmondsia chinensis), el palo fierro (Olneya tesota) la yuca (Yucca 
carnerosana, Fuca spp.), el sotol (Dasilyrion spp.), la damiana (Turnera diffusa), la zarzaparrilla (Smilax spp.), el 
mezquite (Prosopis juliflora) y el cortadillo (Nolina cespitifera), solamente por mencionar algunas (Rendón & 
Neyra, 2020; Allan Ellis, 2016; Garcia-Peña, 2001). 
1.3.1. APROVECHAMIENTO DE ESPECIES PROTEGIDAS 
Además del cedro rojo y la caoba, también se utilizan otras especies catalogadas en alguna categoría de 
riesgo, como el granadillo (Dalbergia granadillo), que por su coloración se usa para elaborar artesanías en el 
estado de Jalisco, e instrumentos musicales en Michoacán; el sahuaro (Carnegiea gigantea) es una cactácea 
utilizada en Sonora para construir paredes de viviendas rurales, muebles y artesanías, diversas especies de 
palmas (Chamaedorea spp.), hongo panza (Boletus edulis), biznagas (Echinocactus grusonii, E. platyacanthus y E. 
parryi), órganos (Echinecereus spp.), hongo blanco (Tricholoma magnivelare), ocote (Pinus chiapensis), pino 
amarillo (P. caribaea hondurensis), pino negro (P. jeffreyi), pino tarasco (P. martinezii), pino azul (P. 
maximartinezii), palo fierro (Olneya tesota), mangle rojo (Rhizophora mangle), entre otros (Chillopa-Morales). 
2. ANTECEDENTES 
Las Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre, mejor conocidas como UMA, derivaron 
del Programa de Conservación de la Vida Silvestre y Diversificación Productiva en el Sector Rural, 1997-
2000. Donde México estableció como objetivo general: “Conservar la biodiversidad de México y generar 
oportunidades de diversificación socioeconómica para el sector rural”, mientras que el de las UMA es 
promover alternativas de desarrollo sustentable mediante las cuales se favorezca la conservación del hábitat 
Diagnóstico para el Aprovechamiento Forestal Sustentable de especies protegidas en UMA extensivas 19 de mayo de 
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de la vida silvestre, la reducción de las tasas de pérdida de estas especies y la recuperación de las 
poblaciones de aquellas que están en riesgo (Servín et al. 2018). 
Las unidades de manejo innovaron el aprovechamiento de vida silvestre en México y hay casos que muestran 
su viabilidad. Sin embargo, desde el punto de vista de la conservación de la vida silvestre, los resultados de 
su operación son poco convincentes. Las estadísticas sobre las especies manejadas actualmenteindican que 
una alta proporción de UMA tiene centrada su atención en el manejo de especies de valor cinegético, 
quedando desatendidas muchas otras especies de vida silvestre, que pueden ser afectadas por las acciones 
destinadas a favorecer a las poblaciones de especies con interés económico (Gallina-Tessaro et al. 2009). 
Se puede demostrar que por lo menos el 70% de las UMA de tipo extensivas, se dedica al aprovechamiento 
sustentable de fauna silvestre, dejando a la flora, con un porcentaje menor al 30% a nivel nacional. La ventaja 
de conservar especies de interés cinegético o especies sombrilla, en este caso, es que se pueden conservar 
las demás especies silvestres que se encuentran en el mismo hábitat, es por eso de vital importancia, darle 
también el manejo necesario al entorno. 
Recientemente en 2012, se hizo una Evaluación en torno a las UMA, tanto intensivas como extensivas, llevar 
a cabo un análisis de la efectividad a nivel Nacional en el periodo de 1997 a 2008, para conocer si carecen o 
no de la información completa y su funcionamiento en términos generales, en cuanto al manejo de las 
especies. Donde se dan a conocer los datos de la flora registrada dentro de las UMA extensivas, ya que más 
del 85% se basan en el aprovechamiento sustentable de las poblaciones naturales. (Véase Tabla 1). 
Tabla 1. Listado de especies con mayor frecuencia de registro dentro de las UMA extensivas con fines de aprovechamiento. Datos 
obtenidos de CONABIO. NOM 059- SEMARNAT-2010 donde Pr= Protección especial, A= Amenazada, P= En Peligro de Extinción 
y N/A= No Aplica; y CITES donde Ap. II= Apéndice II y N/A= No Aplica. 
Listado de especies silvestres en UMA 
Especies más registradas en UMA Extensivas 
Género Especie Frecuencia Región NOM 
059 
CITES Uso 
Pinus chiapensis 35 Sur-Sureste Pr - Maderable 
Laguncularia racemosa 33 Centro-
Occidente/Sur-
Sureste 
A - Maderable 
Chamaedorea pochutlensis 15 Centro-Occidente A - Ornamental 
Attalea cohune 14 Centro-Occidente Pr - Alimenticio 
Sabal yapa 14 Sur-Sureste - - No maderable 
Chamaedorea ernesti-augustii 13 Sur-Sureste/Noreste A - No maderable 
Rhizophora mangle 13 Sur-Sureste/Centro-
Occidente 
A - Medicinal 
Tricholoma magnivelare 12 Sur-Sureste/Centro-
Occidente 
Pr - Alimenticio 
Chamaedorea quetzalteca 11 Sur-Sureste A - No maderable 
Olneya tesota 10 Noroeste Pr Artesanal 
Sabal mauritiiformis 10 Sur-Sureste - - Construcción 
Lippia graveolens 9 Noroeste/Noreste - - Medicinal 
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Dioon edule 8 Sur-Sureste/Centro-
Occidente 
P Ap. II Ornamental 
Dioscorea composita 7 Sur-Sureste - - Medicinal 
Dasylirion cedrosanum 6 Noreste - - Ornamental 
Cantharellus cibarius 5 Sur-Sureste - - Alimenticio 
Polytrichum spp 5 Noreste - - Ornamental 
Beaucarnea recurvata 4 Centro-
Occidente/Noreste 
A Ap. II Ornamental 
Boletus edulis 4 Sur-Sureste/Centro-
Occidente 
A - Alimenticio 
Sabal mexicana 4 Centro-Occidente - - Artesanal 
Agave salmiana 3 Centro-Occidente - - Alimenticio 
Avicennia germinans 3 Centro-Occidente A - Maderable 
Morchella elata 3 Sur-Sureste A - Alimenticio 
Morchella esculenta 3 Sur-Sureste - - Alimenticio 
Conocarpus erectus 2 Centro-Occidente A - Ornamental 
Cryosophila nana 2 Centro-Occidente A - Artesanal 
Echinocactus platyacanthus 2 Centro-Occidente A Ap. II Ornamental 
Ferocactus emoryi 2 Noroeste - - Ornamental 
Morchella conica 2 Sur-Sureste A - Alimenticio 
Pinus maximartinezii 2 Centro-Occidente P - Ornamental 
Prosopis laevigata 2 Centro-Occidente - - Maderable 
Rhamnus gonzalezzi 2 Noroeste - - Medicinal 
Vitis cinerea 2 Noreste - - Alimenticio 
Yucca carnerosana 2 Centro-Occidente - - No maderable 
Boletus aereus 1 Centro-Occidente - - Alimenticio 
Chamaedorea elegans 1 Noreste - - Ornamental 
Cylindropuntia bigelovii 1 Noroeste - - Ornamental 
Litsea glaucescens 1 Noreste P - Alimenticio 
Mammillaria thornberi 1 Noroeste - - Ornamental 
Nolina parryi 1 Noroeste - - Ornamental 
Pinus caribaea 1 Sur-Sureste P Maderable 
Pithecellobium leptophyllum 1 Noroeste - - Alimenticio 
Prosopis juliflora 1 Noroeste - - Maderable 
Yucca rigida 1 Noroeste - - No maderable 
 Más específicamente, se clasifican por regiones, las especies que se encuentran dentro de una categoría de 
riesgo, o dentro de algún apéndice del CITES, de acuerdo a las que tienen mayor aprovechamiento, según la 
información obtenida de CONABIO, dentro de las UMA extensivas del país. (Véase Tabla 2). 
 
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Tabla 2. Listado de las especies más aprovechadas y con más ejemplares aprovechados de las distintas regiones del país, con excepción 
de la región Noroeste por falta de datos. NOM-059-SEMARNAT-2010 donde Pr= Protección especial, A= Amenazada, P= En 
Peligro de Extinción y N/A= No Aplica; y CITES donde Ap. II= Apéndice II y N/A= No Aplica. 
Listado de especies con aprovechamiento 
Especies más aprovechadas en UMA Extensivas 
No Especie Organismo Región NOM 059 CITES 
1 Tricholoma magnivelare Hongos Sur-Sureste Pr N/A 
2 Chantharellus cibarius N/A N/A 
3 Boletus edulis A N/A 
1 Pinus chiapensis Plantas Pr N/A 
2 Chamaedorea ernesti-augusti A N/A 
3 Chamaedorea quetzalteca A N/A 
4 Chamaedorea graminifolia A N/A 
5 Chamaedorea oblongata A N/A 
6 Guaiacum sanctum A Ap. II 
7 Chamaedorea elegans N/A N/A 
8 Chamaedorea ferruginea A N/A 
9 Thrinax radiata A N/A 
10 Tillandsia usneoides N/A N/A 
1 Tricholoma magnivelare Hongos Centro Pr N/A 
1 Echinocactus grusonii Plantas P Ap. II 
2 Tillandsia spp. N/A N/A 
3 Polytrichum juniperus N/A N/A 
4 Echinocactus platyacanthus P Ap. II 
1 Tricholoma magnivelare Hongos Centro-Occidente Pr N/A 
1 Chamaedorea pochutlensis Plantas A N/A 
2 Attalea (=Orbignya) guacuyule Pr N/A 
3 Cryosophila nana A N/A 
4 Agave salmiana N/A N/A 
5 Otatea acuminata N/A N/A 
6 Sabal mexicana N/A N/A 
7 Pinus martinezii Pr N/A 
8 Laguncularia racemosa A N/A 
9 Conocarpus erectus A N/A 
10 Opuntia joconostle N/A Ap. II 
1 Dasylirion cedrosanum Plantas Noreste N/A N/A 
2 Vitis cinerea N/A N/A 
3 Lippia graveolens N/A N/A 
4 Chamaedorea ernesti-augusti A N/A 
5 Chamaedorea elegans A N/A 
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3. MARCO JURÍDICO 
Nuestro país está comprendido por una serie de leyes, normas y toda aquella política ambiental que rigen, 
protegen, gestionan y administran, el uso o el aprovechamiento de los recursos naturales que forman parte 
de la Nación, la regulación de todas las actividades productivas y no productivas en la materia, evitando así 
su sobreexplotación o uso desmedido y aminorando el impacto humano negativo en la medida de lo posible. 
Así pues, tiene fundamentación legal en los siguientes artículos: 
3.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS 
Artículo 27. Todos los recursos naturales, como tierras y aguas dentro de los límites del territorio 
nacional son propiedad de la Nación, en beneficio social y su aprovechamiento, con el objeto de hacer una 
repartición equitativa de la riqueza publica, conservando, mejorando y preservar el equilibrio ecológico, 
desarrollo de la propiedad rural y fomentando las actividades del campo, como la silvicultura y otras 
actividades económicas. El dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible, y la explotación, uso o 
aprovechamiento de los recursos ya sea vía pública o privada, no podrá realizarse más que mediante de 
concesiones otorgadas por el Poder Ejecutivo Federal, de acuerdo con reglas y condiciones establecidas en 
las Leyes. 
3.2. CONVENCIÓN SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES 
AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES (CITES) 
Es un acuerdo internacional concertado entre los gobiernos.Tiene por finalidad velar por que el comercio 
internacional de especímenes de animales y plantas silvestres no constituye una amenaza para la 
supervivencia de las especies. Siendo el instrumento jurídico internacional que regula la exportación, 
reexportación e importación de especímenes vivos o muertos de animales y plantas silvestres amenazados, 
así como de sus partes y derivados. Está basado en un sistema de permisos y certificados comerciales que 
pueden obtenerse si se cumple una serie de condiciones, y que deben ser presentados antes de que un envío 
de especímenes sea autorizado a entrar o salir de un país. 
Artículo 1. Principios fundamentales: 
1. El Apéndice I incluirá todas las especies en peligro de extinción que son o pueden ser afectadas 
por el comercio. El comercio en especímenes de estas especies deberá estar sujeto a una 
reglamentación particularmente estricta a fin de no poner en peligro aún mayor su supervivencia y 
se autorizará solamente bajo circunstancias excepcionales. 
2. El Apéndice II incluirá: 
a) todas las especies que, si bien en la actualidad no se encuentran necesariamente en 
peligro de extinción, podrían llegar a esa situación a menos que el comercio en 
especímenes de dichas especies esté sujeto a una reglamentación estricta a fin de evitar 
utilización incompatible con su supervivencia; 
b) aquellas otras especies no afectadas por el comercio, que también deberán sujetarse a 
reglamentación con el fin de permitir un eficaz control del comercio en las especies a que 
se refiere el subpárrafo a) del presente párrafo 
3. El Apéndice III incluirá todas las especies que cualquiera de las Partes manifieste que se hallan 
sometidas a reglamentación dentro de su jurisdicción con el objeto de prevenir o restringir su 
explotación, y que necesitan la cooperación de otras Partes en el control de su comercio. 
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3.3. LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE 
Artículo 1. Reglamentaria del Art. 27 Constitucional, párrafo tercero, donde su objeto es relativo a la 
conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat, en el territorio de la República 
Mexicana y en las zonas en donde la Nación ejerce su jurisdicción. El aprovechamiento sustentable de los 
recursos forestales maderables y no maderables de las especies cuyo medio de vida total se el agua, será 
regulado por las leyes forestal y de pesca, respectivamente, salvo que trate de especies o poblaciones en 
riesgo. 
Artículo 4. Es deber de todos los habitantes del país, la conservación de la vida silvestre queda prohibido 
cualquier acto que implique su destrucción, daño o perturbación, en perjuicio de los intereses de la Nación. 
Los Propietarios o legítimos poseedores de los predios en donde se distribuye la vida silvestre, tendrán 
derechos de aprovechamiento sustentable sobre sus ejemplares, partes y derivados en los términos 
descritos en la presente ley y demás disposiciones aplicables. Los derechos sobre los recursos genéticos 
estarán sujetos a los tratados internacionales y a las disposiciones sobre la materia. 
Artículo 18. Los propietarios y legítimos poseedores de predios en donde se distribuye la vida silvestre 
tendrán el derecho a realizar su aprovechamiento sustentable y la obligación de contribuir a conservar el 
hábitat conforme a lo establecido en la presente Ley; asimismo, podrán transferir esta prerrogativa a 
terceros, conservando el derecho a participar de los beneficios que se deriven de dicho aprovechamiento. 
Las personas que realicen aprovechamiento serán responsables de los efectos negativos que este pudiera 
tener para la conservación de la vida silvestre y su hábitat. 
Artículo 42. Las actividades de conservación y aprovechamiento sustentable se realizarán de conformidad 
con las disposiciones establecidas en esta Ley, las disposiciones que de ella deriven y con base en el plan de 
manejo respectivo. Así como la presentación de informes periódicos. 
Artículo 55. La importación, exportación y reexportación de ejemplares, partes y derivados de especies 
silvestres incluidas en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y 
Flora Silvestres, se llevarán a cabo de acuerdo con esa Convención, lo dispuesto en la presente Ley y las 
disposiciones que de ellas se deriven. 
Artículo 85. Solamente se podrá autorizar el aprovechamiento de ejemplares de especies en riesgo cuando 
se dé prioridad a la colecta y captura para actividades de restauración, repoblamiento, reintroducción e 
investigación científica. Cualquier otro aprovechamiento, en el caso de poblaciones en peligro de extinción y 
amenazadas, estará sujeto a que se demuestre que se ha cumplido satisfactoriamente cualquiera de las 
cuatro actividades mencionadas anteriormente y que: 
a) Los ejemplares sean producto de la reproducción controlada, que a su vez contribuya con el 
desarrollo de poblaciones en programas, proyectos o acciones avalados por la Secretaría cuando 
éstos existan, en el caso de ejemplares en confinamiento. 
b) Contribuya con el desarrollo de poblaciones mediante reproducción controlada, en el caso de 
ejemplares de especies silvestres en vida libre. 
Artículo 87. Para el aprovechamiento de ejemplares de especies silvestres en riesgo se deberá contar con: 
a) Criterios, medidas y acciones para la reproducción controlada y el desarrollo de dicha población 
en su hábitat natural incluidos en el plan de manejo, adicionalmente a lo dispuesto en el artículo 40 
de la presente Ley. 
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10 
 
b) Medidas y acciones específicas para contrarrestar los factores que han llevado a disminuir sus 
poblaciones o deteriorar sus hábitats. 
c) Un estudio de la población que contenga estimaciones rigurosas de las tasas de natalidad y 
mortalidad y un muestreo. 
Artículo 92. Las personas de la localidad que realizan aprovechamiento de ejemplares, partes y derivados 
de vida silvestre para su consumo directo, o para su venta en cantidades que sean proporcionales a la 
satisfacción de las necesidades básicas de éstas y de sus dependientes económicos, recibirán el apoyo, 
asesoría técnica y capacitación por parte de las autoridades competentes para el cumplimiento de las 
disposiciones de la presente Ley y de su reglamento, así como para la consecución de sus fines. 
Artículo 106. Sin perjuicio de las demás disposiciones aplicables, toda persona física o moral que ocasione 
directa o indirectamente un daño a la vida silvestre o a su hábitat, está obligada a repararlo o compensarlo 
de conformidad a lo dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental. Los propietarios y legítimos 
poseedores de los predios, así como los terceros que realicen el aprovechamiento, serán responsables 
solidarios de los efectos negativos que éste pudiera tener para la conservación de la vida silvestre y su 
hábitat. 
3.4. LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE 
Artículo 1. Es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos 
Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección 
al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. 
Artículo 22. Se consideran instrumentos económicos de carácter fiscal, los estímulos fiscales que 
incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental, cuando sus objetivos estén dirigidos a la 
preservación, protección, restauración o aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y el 
ambiente. 
Artículo 22 Bis. Se consideran prioritarias para efectos del otorgamiento de los estímulos fiscales, las 
siguientes actividades relacionadas con: 
III.- El ahorro y aprovechamiento sustentable y la prevenciónde la contaminación del agua; 
Artículo 79. Para la preservación y aprovechamiento sustentable de la flora y fauna silvestre, se 
considerarán los siguientes criterios: 
I. La preservación y conservación de la biodiversidad y del hábitat natural de las especies de flora y 
fauna que se encuentran en el territorio nacional y en las zonas donde la nación ejerce su soberanía 
y jurisdicción; 
III. La preservación de las especies endémicas, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a 
protección especial; 
VI. La participación de las organizaciones sociales, públicas o privadas, y los demás interesados en la 
preservación de la biodiversidad; 
IX. El desarrollo de actividades productivas alternativas para las comunidades rurales, y 
X. El conocimiento biológico tradicional y la participación de las comunidades, así como los pueblos 
indígenas en la elaboración de programas de biodiversidad de las áreas en que habiten. 
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Artículo 83. El aprovechamiento de los recursos naturales en áreas que sean el hábitat de especies de flora 
o fauna silvestres, especialmente de las endémicas, amenazadas o en peligro de extinción, deberá hacerse de 
manera que no se alteren las condiciones necesarias para la subsistencia, desarrollo y evolución de dichas 
especies. La Secretaría deberá promover y apoyar el manejo de la flora y fauna silvestre, con base en el 
conocimiento biológico tradicional, información técnica, científica y económica, con el propósito de hacer un 
aprovechamiento sustentable de las especies. 
Artículo 87. El aprovechamiento de especies de flora y fauna silvestre en actividades económicas podrá 
autorizarse cuando los particulares garanticen su reproducción controlada o desarrollo en cautiverio o 
semicautiverio o cuando la tasa de explotación sea menor a la de renovación natural de las poblaciones. No 
podrá autorizarse el aprovechamiento sobre poblaciones naturales de especies amenazadas o en peligro de 
extinción, excepto en los casos en que se garantice su reproducción controlada y el desarrollo de 
poblaciones de las especies que correspondan. El aprovechamiento de recursos forestales no maderables y 
de leña para usos domésticos se sujetará a las normas oficiales mexicanas. 
3.5. LEY GENERAL DEL DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE 
Artículo 1. La presente Ley es Reglamentaria del artículo 27 de la Constitución, y tiene por objeto regular 
y fomentar el manejo integral y sustentable de los territorios forestales, la conservación, protección, 
restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales 
del país y sus recursos con el fin de propiciar el desarrollo forestal sustentable. 
Artículo 29. La política nacional en materia forestal promoverá el desarrollo forestal sustentable, a través 
del manejo forestal comunitario y otros instrumentos de política pública que contribuya a mejorar el ingreso 
y la calidad de vida de las personas que participan en la actividad forestal y promueva la generación de valor 
agregado en las regiones forestales, diversificando las alternativas productivas y creando fuentes de empleo 
en el sector, observando los siguientes principios rectores: 
1. Impulsar que el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas forestales sea fuente 
permanente de ingresos y mejores condiciones de vida para sus propietarios o poseedores y 
las comunidades que dependen de dichos ecosistemas, generando una oferta suficiente para la 
demanda social, industrial y la exportación, así como fortalecer la capacidad productiva de los 
ecosistemas y fomentar el manejo forestal comunitario. 
Artículo 84. El aprovechamiento de recursos no maderables únicamente requerirá de un aviso por escrito 
a la autoridad competente. El Reglamento establecerá los requisitos del aviso. 
Artículo 85. Se requiere autorización para el aprovechamiento en los casos siguientes: 
a) Tierra de monte y de hoja; 
b) Tallos de las especies del género Yucca, y 
c) Plantas completas de las familias Agavaceae, Cactaceae, Cyatheaceae, Dicksoniaceae, Nolinaceae, 
Orchidaceae, Palmae y Zamiaceae provenientes de vegetación forestal. 
3.6. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE 
Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley General de Vida Silvestre. 
Artículo 101. Los titulares de las UMA en vida libre interesados en llevar a cabo el aprovechamiento 
extractivo de ejemplares de especies silvestres en alguna categoría de riesgo deberán presentar aparte de lo 
previamente estipulado, lo siguiente: 
I. Los resultados del muestreo más reciente realizado sobre la abundancia relativa y estructura en 
el marco del estudio de poblaciones, con estimaciones estadísticas de natalidad y mortalidad, y 
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II. Las especificaciones sobre los programas, proyectos o actividades de restauración, recuperación, 
repoblación, reintroducción y vigilancia. 
3.7. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y 
PROTECCIÓN AL AMBIENTE 
Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley General del Equilibrio Ecológico 
y la Protección al Ambiente, en materia de evaluación del impacto ambiental a nivel federal. 
Artículo 5. Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán 
previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental: 
N) Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración: 
I. Aprovechamiento de especies sujetas a protección; 
II. Aprovechamiento de cualquier recurso forestal maderable y no maderable en selvas 
tropicales, con excepción del que realicen las comunidades asentadas en dichos 
ecosistemas, siempre que no se utilicen especies protegidas y tenga como propósito el 
autoconsumo familiar, 
III. Cualquier aprovechamiento persistente de especies de difícil regeneración 
Artículo 15. Los aprovechamientos y las plantaciones forestales previstas en el artículo 5o., incisos n) y ñ), 
respectivamente, podrán presentar de manera simultánea la manifestación de impacto ambiental y el plan de 
manejo. 
3.8. NORMAS OFICIALES MEXICANAS 
Norma Disposición 
NOM-059-SEMARNAT-
2010 
Esta norma tiene por objeto identificar las especies o poblaciones de vida 
silvestre en riesgo en la República Mexicana, así como establecer los 
criterios de inclusión, exclusión o cambio de categoría de riesgo para las 
especies o poblaciones. 
NOM-061-SEMARNAT-
1994 
Que establece las especificaciones para mitigar los efectos adversos 
ocasionados en la flora y fauna silvestres por el aprovechamiento forestal. 
Es de observancia obligatoria en los aprovechamientos forestales. 
NOM-152-SEMARNAT-
2006 
Que establece los lineamientos, criterios y especificaciones de los 
contenidos de los programas de manejo forestal para el aprovechamiento 
de recursos forestales maderables bosques, selvas y vegetación de zonas 
áridas. 
PROY-NOM-005-
SEMARNAT-2012- 
CANCELADA 
Que establece criterios y especificaciones técnicas para el 
aprovechamiento de los recursos forestales no maderables en poblaciones 
naturales de ecosistemas forestales. Es de observancia obligatoria para 
todas las actividades de aprovechamiento de recursos forestales no 
maderables en poblaciones naturales dentro del territorio nacional. 
 
 
 
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4. GLOSARIO 
Aprovechamiento: El uso que se realiza sobre una población silvestre o ecosistema, dentro de niveles que 
permita mantener la capacidad intrínseca de renovarse y de adaptarse al cambio. 
Aprovechamiento extractivo: La utilización y extracción de ejemplares, partes o derivados de especies 
silvestres, mediantecolecta, captura o caza. 
Aprovechamiento forestal sustentable: La extracción realizada en los términos de esta Ley, de los 
recursos forestales del medio en que se encuentren, incluyendo los maderables y los no maderables, en 
forma que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman 
parte dichos recursos por periodos indefinidos. 
Aprovechamiento no extractivo: Las actividades directamente relacionadas con la vida silvestre en su 
hábitat natural que no impliquen la remoción de ejemplares, partes o derivados, y que, de no ser 
adecuadamente reguladas, pudieran causar impactos significativos sobre eventos biológicos, poblaciones o 
hábitat de las especies silvestres. 
Aprovechamiento sustentable: La utilización de los recursos naturales en forma que se respete la 
integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos, 
por periodos indefinidos. 
Captura: La extracción de ejemplares vivos de fauna silvestre del hábitat en que se encuentran. 
Colecta: La extracción de ejemplares, partes o derivados de vida silvestre del hábitat en que se encuentran. 
Derivados: Los materiales generados por los ejemplares o individuos a través de procesos biológicos, cuyo 
aprovechamiento no implica la destrucción de ejemplares o partes. Para efectos de las disposiciones que se 
aplican al comercio exterior, se considerarán productos los derivados no transformados y subproductos 
aquellos que han sido sujetos a algún proceso de transformación. 
Desarrollo Forestal Sustentable: Proceso evaluable y medible mediante criterios e indicadores de 
carácter ambiental, silvícola, económico y social que tienda a alcanzar una productividad óptima y sostenida 
de los recursos forestales sin comprometer el rendimiento, equilibrio e integridad de los ecosistemas 
forestales, que mejore el ingreso y la calidad de vida de las personas que participan en la actividad forestal y 
promueva la generación de valor agregado en las regiones forestales, diversificando las alternativas 
productivas y creando fuentes de empleo en el sector; 
Especies de difícil regeneración: Las especies vulnerables a la extinción biológica por la especificidad de 
sus requerimientos de hábitat y de las condiciones para su reproducción. 
Estudio de poblaciones: Aquel que se realiza con el objeto de conocer sus parámetros demográficos, 
tales como el tamaño y densidad; la proporción de sexos y edades; y las tasas de natalidad, mortalidad y 
crecimiento durante un período determinado, así como la adición de cualquier otra información relevante. 
Fauna silvestre: Las especies animales que subsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se 
desarrollan libremente, incluyendo sus poblaciones menores que se encuentran bajo control del hombre, así 
como los animales domésticos que por abandono se tornen salvajes y por ello sean susceptibles de captura y 
apropiación. 
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Flora silvestre: Las especies vegetales, así como los hongos, que subsisten sujetas a los procesos de 
selección natural y que se desarrollan libremente, incluyendo las poblaciones o especímenes de estas 
especies que se encuentran bajo control del hombre. 
Impacto ambiental: Modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la naturaleza. 
Manejo: Aplicación de métodos y técnicas para la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida 
silvestre y su hábitat. 
Muestreo: El levantamiento sistemático de datos indicadores de las características generales, la magnitud, la 
estructura y las tendencias de una población o de su hábitat, con el fin de diagnosticar su estado actual y 
proyectar los escenarios que podría enfrentar en el futuro. 
Plan de manejo: El documento técnico operativo de las Unidades de Manejo para la Conservación de Vida 
Silvestre sujeto a aprobación de la Secretaría, que describe y programa actividades para el manejo de 
especies silvestres particulares y sus hábitats y establece metas e indicadores de éxito en función del hábitat 
y las poblaciones. 
Producto forestal maderable: Es el bien obtenido del resultado de un proceso de transformación de 
materias primas maderables, con otra denominación, nuevas características y un uso final distinto. 
Residuos forestales: Son aquellos materiales que se desprenden de aprovechamientos madereros y que 
no son extraídos por no ser convertibles en subproductos, la mayoría de estos desechos procede de las 
cortas finales y están compuestos principalmente de ramas, despuntes y hojas. 
Tasa de aprovechamiento: La cantidad de ejemplares, partes o derivados que se pueden extraer dentro 
de un área y un período determinados, de manera que no se afecte el mantenimiento del recurso y su 
potencial productivo en el largo plazo. 
Tierra de monte y tierra de hoja: Es un recurso forestal no maderable compuesto por suelo y 
materiales de origen mineral y orgánico que forma parte de los terrenos forestales. 
Vida silvestre: Los organismos que subsisten sujetos a los procesos de evolución natural y que se 
desarrollan libremente en su hábitat, incluyendo sus poblaciones menores e individuos que se encuentran 
bajo el control del hombre, así como los ferales. 
 
 
 
 
 
 
 
 
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5. REVISIÓN DE LOS PLANES DE MANEJO 
Actualmente, el aprovechamiento sustentable de la vida silvestre, extractivo y no extractivo, se realiza a 
través de las UMA. Ésta debe contar con un Plan de Manejo (PM) aprobado por la SEMARNAT. Por lo que 
se analizó cada uno de los Planes de Manejo de 3 UMA extensivas de distintos estados y regiones del país, 
los cuales, pretenden aprovechar sustentablemente sus bosques y plantaciones para la obtención de 
productos forestales maderables y no maderables; que cumplen en su mayoría los requisitos que se piden, 
basados en el Art. 40 de la LGVS, donde menciona que deben integrar su expediente con datos generales, 
los títulos de la tenencia de la tierra, la posición geográfica y el Plan de Manejo (PM). 
Éste debe contener al menos los objetivos, metas e indicadores de éxito, información biológica de la o las 
especies que se van a manejar, la descripción del sitio e infraestructura con la que se cuenta, los métodos de 
muestreo y monitoreo de especies; un cronograma de actividades y prácticas, las medidas que se tomarían 
en caso de contingencia, así como los de vigilancia, que son preventivos. 
Y en este caso, contar con la marca para la identificación de los ejemplares y sus productos, así como, la 
manera en que se realizará el aprovechamiento sustentable. 
5.1. OBJETIVO GENERAL 
En el objetivo general de dos de los tres documentos se especifica que el objetivo general, es la 
elaboración de un documento técnico que indica que se realizará el aprovechamiento sustentable 
maderable de cierta especie de interés y en el tercero menciona que es la conservación del hábitat 
natural, poblaciones y ejemplares de especies silvestres. El cuál cumple completamente el Art. 39 de la 
LGVS. 
5.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 
Según el Art. 39, (LGVS) podrán tener objetivos específicos de restauración, protección, 
mantenimiento, recuperación, reproducción, repoblación, reintroducción, investigación, rescate, 
resguardo, rehabilitación, exhibición, recreación, educación ambiental y aprovechamiento sustentable. 
Del cual, todos mencionaron protección, mantenimiento, repoblación y aprovechamiento. 
5.3. ACTIVIDADES Y/O PRÁCTICAS SUSCEPTIBLES DE APOYO 
De acuerdo al Art. 1 de las Reglas de operación del Programa apoyos para el desarrollo forestal 
sustentable 2021, tienen como objetivo general apoyar a las personas propietarias, legítimas poseedoras y 
habitantes de las zonas forestales para que implementen acciones que contribuyana la protección, 
conservación, restauración e incorporación al manejo forestal sustentable, eso incluye a las UMA; de 
terrenos forestales, preferentemente forestales y temporalmente forestales; así como, el fortalecimiento de 
las cadenas de valor, que a su vez contribuyan a la adaptación y mitigación de los efectos del Cambio 
Climático. 
Por lo menos existen una serie de prácticas o actividades que se apoyan en la actualidad dentro del 
Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor (MFCCV), que es donde entran 
las unidades de manejo, en una de sus modalidades. 
Todos los planes de manejo, cuentan con las actividades a realizar y un cronograma completo, por lo que 
vienen detalladas a continuación, en la medida de lo posible mezcladas, ya que no todas realizan las mismas 
prácticas. (Véase Tabla 3). 
Diagnóstico para el Aprovechamiento Forestal Sustentable de especies protegidas en UMA extensivas 19 de mayo de 
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Tabla 3. Tabla comparativa entre las actividades o prácticas que se llevan a cabo para el manejo de especies con aprovechamiento ya 
sea en predios con producción forestal o unidades de manejo para la conservación de vida silvestre. Nótese que el representa a las 
actividades o prácticas de las UMA y la a aquellas que son apoyadas actualmente por CONAFOR. Todas las están clasificadas por 
tipo de apoyo, dónde *= Cercado aplicable solamente a UMA de flora, 1= Mejores prácticas de participación social, 2= Programa de 
Manejo Forestal Maderable o DTU para maderables o Estudio Técnico o PMFS para no maderables, 3=Exclusivo para no maderables en 
Selvas y especies de difícil regeneración, 4= Solamente mantenimiento de caminos forestales, 5= Proyectos productivos integrales para 
mujeres, s= Componente IV de Servicios Ambientales de la GMPM; ^= Componente V de Protección Forestal. 
Tabla comparativa de actividades y prácticas Apoyos 
CONAFOR 
Actividades y prácticas que se realizan para el 
manejo y aprovechamiento de vida silvestre, tanto 
maderables como no maderables o fauna, ya sea 
en predios o en unidades de manejo para la 
conservación y aprovechamiento de vida silvestre 
Tipos de UMA Prácticas 
apoyadas 
M NM F M NM VS 
Manejo Forestal 
 Remoción del suelo 
 
Tratamiento al suelo 
 
Actividades en selvas para su establecimiento, 
regeneración y enriquecimiento 
 
 Tratamientos silvícolas 
 
Preaclareos 
 
 Aclareos 
 
 Cortas de selección 
 
 Cortas de saneamiento 
 
 Cortas de regeneración 
 Regeneración inducida 
Tratamientos complementarios 
 
 Podas 
 
 Chaponeo 
 
 Remoción de materia orgánica excesiva 
 
 Limpieza y control de residuos del 
aprovechamiento 
 
 Reproducción controlada 
 
 Establecimiento de viveros 5
 
5
 
5
 
 
 Colecta de germoplasma 
 
 Adquisición de semillas 
 
 Almacenamiento y germinación de semillas 
 
 Propagación y reproducción 
Manejo del Hábitat 
 Prácticas de protección y conservación del 
suelo y agua 
 
 
 Establecimiento de cajetes s s s 
 
 Establecimiento de terrazas individuales 
 
 Construcción de presas de ramas s s s 
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17 
 
 
 Control de la erosión s s s 
 
 Restauración de zonas afectadas 
 
 Mantenimiento de cuerpos de agua 
 Prácticas de protección y conservación de la 
biodiversidad 
 
 
 Reforestación, revegetación o repoblación 
 
 Zonificación 
 
 Control y erradicación de especies invasoras y/o 
ferales 
 
 
 Establecimiento de franjas de vegetación natural 
 
 Identificación de nidos y refugios s s s 
 
 Reubicación y rescate de vida silvestre 
 
 Colocación de bebederos 
Monitoreo biológico 
 Recorridos periódicos de inspección s s s 
 Identificación de áreas para repoblación 
 Detección de plagas y enfermedades s s s 
 Evaluación del hábitat s s s 
 Análisis de información 
 Revisión periódica de genética poblacional 
 Estudios técnicos 
 
 Manifestación de impacto ambiental o informe 
prev. 
 3
 
 
 Tasas de aprovechamiento, planes y programas de 
manejo 
 
2
 
2
 
 Educación ambiental 
 
 Repartición de folletos y trípticos 
 
 Pláticas a la población 
1
 
1
 
 
 Talleres de participación 
1
 
1
 
Manejo de ejemplares y poblaciones 
 Colecta de material biológico 
 Extracción de ejemplares y partes 
 Diagnóstico fitosanitario 
 Diagnóstico zoosanitario 
 Captura y contención de fauna silvestre 
 Traslado y transporte de ejemplares 
Medidas de protección y vigilancia 
 
Colocación de letreros y carteles 
 
Cercado de protección para regeneración vegetal * 
 
Apertura, rehabilitación y mantenimiento de caminos 
4
 
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Apertura y rehabilitación de brechas cortafuego 
 
Designación de áreas de fogata y limpieza de las 
mismas 
 
 
Brigadas para la prevención y combate de incendios ^ ^ ^ 
 
Capacitación ^ ^ ^ 
 
Brigadas sanitarias y aplicación de medidas ^ ^ ^ 
 
Reparación y mantenimiento de infraestructura 
5
 
5
 
5
 
 
5.4. MEDIDAS DE MONITOREO Y MUESTREO 
Cada PM define de acuerdo a su especie de interés, el tipo de muestreo que deberán emplear para conocer 
el estado actual de sus poblaciones silvestres. Según el Art. 87, inciso b y c de la Ley General de Vida 
Silvestre. Ya que todos hacen manejo de especies que se encuentran dentro de una categoría de protección 
de la NOM-059-SEMARNAT-2010. 
5.5. MEDIDAS DE PREVENCIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA 
La mayoría menciona por lo menos las actividades que prevendrán los incendios forestales, plagas y 
enfermedades, así como su control y combate. Dentro de las actividades más comunes son la apertura y 
rehabilitación de brechas cortafuego, los recorridos in situ, la capacitación del personal de las UMA para 
combate de incendios, así como detección de plagas y enfermedades. Los cercados de protección y la 
colocación de carteles alusivos al cuidado y protección del medio ambiente, así como otras medidas que se 
contemplan para proveer de información a los usuarios o vecinos. 
5.6. MEDIDAS DE MITIGACIÓN 
Son medidas que no son obligatorias dentro del PM, sin embargo, para algunos grupos deben considerarse, 
puesto que el Art. 1 y 5, inciso N, del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al 
Ambiente, aquellas acciones que tienen un impacto ambiental para el aprovechamiento extractivo de un 
recurso y que después de haberse realizado dicha actividad debe buscarse la manera de solucionar o mitigar 
el impacto negativo sobre el medio ambiente. Algunas de las cuales, solamente dos UMA, las aplican según 
su PM, como por ejemplo para maderables, la elaboración de composta con los residuos del 
aprovechamiento, para que cumplan su ciclo completo, como aserrín, ramas y hojas, de modo que pueda 
evitarse el desperdicio y la contaminación. Cada PM tiene medidas distintas. 
6. CONCLUSIONES Y APORTACIONES 
Al ver entonces, las necesidades, no solamente de las UMA arriba mencionadas, sino también de algunas 
otras, es que primordialmente necesitan tener actualizados con urgencia, las tasas de aprovechamiento, 
natalidad y mortalidad de las poblaciones de la especie de interés, ya que, al ser especies protegidas, deben 
ser congruentes con los objetivos mencionados con anterioridad. 
De igual forma, se deben tomar en cuentaque, al estar extrayendo productos del bosque, de especies 
protegidas, se debe tener un mayor control de las actividades, ya que causan impactos en el medio ambiente, 
y pueden hacer que las poblaciones disminuyan cada vez más. Por eso debe ser obligatorio, además que en 
el Art. 4, 60 y 62 de la LGVS y el Art. 15 fracción V de la LGEEPA, mencionan que deben mitigarse 
todos los cambios que se realicen dentro del hábitat de especies que se encuentran en un ambiente 
específico y que necesitan completar sus ciclos biológicos, que no pueden realizarlos en cualquier otro lugar. 
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Propongo entonces que se apoyen más las actividades encaminadas a la mitigación de impacto ambiental y al 
combate del cambio climático como definía dentro de sus objetivos al inicio de las RO de los Apoyos 2021. 
Se puede apreciar que las actividades o prácticas de las diferentes clases de UMA, aún no se apoyan todas y 
que podrían apoyarse más en la parte social, integrando a las comunidades a sentirse dueñas de los recursos 
naturales que hay a su alrededor, haciéndolos participes y que de esta forma, ellos sean quiénes cuiden y 
protejan nuestros ecosistemas, a su vez en un nivel más abajo, cada actividad que ellos realicen puedan 
capacitarse constantemente para que apliquen todos los conocimientos que puedan y así promover la 
conservación biológica de los bosques y selvas. 
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7. REFERENCIAS 
Aguirre-Calderón, O. A. (2015). Manejo Forestal en el Siglo XXI. Madera y Bosques, 21(especial), 17-28. 
Allan Ellis, E. (2016). Manual de mejores prácticas de manejo forestal para la conservación de la biodiversidad en 
ecosistemas tropicales de la región sureste de México. Zapopan: CONAFOR-PNUD. 
Amezcua Jaeger, T. d., Anaya Lira, M., Avendaño Moreno, S., Fuentes Nériga, R. M., González-Rebeles Islas, 
C., Martínez Flores, S. E., . . . Suzán Azpiri, G. (2012). Resultados de la Fase 1 del proyecto de 
Evaluación de las UMA. Región Centro. UNAM. 
Anastacio-Martínez, N. D., Franco-Maass, S., Valtierra-Pacheco, E., & Nava-Bernal, G. (2016). 
Aprovechamiento de productos forestales no maderables en los bosques de montaña alta, centro 
de México. Revista Mexicana de Ciencias Forestales, 7(37), 21-38. 
BIOCENOSIS A.C. (2012). Resultados de la Fase 1 del proyecto de Evaluación de las UMA. Región Sur-Sureste. 
CONABIO. 
Chillopa-Morales, F. (s.f.). Aprovechamiento de especies de flora en categoría de riesgo en terrenos forestales. 
Subsecretaria de Gestión para la Protección Ambiental. Ciudad de México: SEMARNAT. 
CONABIO. (2010). El bosque mesófilo de montaña en México: amenazas y oportunidades para su conservación y 
manejo sostenible. México DF. 
CONAFOR. (2018). Inventario Nacional Forestal y de Suelos. Informe de resultados 2009-2014. México: 
CONAFOR. 
Cortés Montaño, C., & Fernández Vázquez, E. (2015). Guía para el Buen Manejo Forestal en la Sierra Madre 
Occidental. México: Laboratorio Editorial SA de CV. 
DOF. (1994). NOM-061-SEMARNAT-1994. Que establece los lineamientos para mitigar los efectos adversos 
ocasionados en la vida silvestre para aprovechamiento forestal. Cd. Méx: Secretaría de Gobernación. 
DOF. (2008). NOM-152-SEMARNAT-2006. Que establece los lineamientos, criterios y especificaciones de los 
contenidos de programa de manejo de aprovechamiento forestal en bosques, selvas y vegetaciones áridas. 
Cd. México: Secretaría de Gobernación. 
DOF. (2010). NOM-059-SEMARNAT-2010. Protección ambiental-Especies nativas de México de Flora y Fauna 
Silvestres - Categorías de Riesgo y Especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio - Lista de Especies 
en Riesgo. Cd. Méx: Secretaría de Gobernación. 
DOF. (2012). PROY-NOM-005-SEMARNAT-2012. Que establece los criterios para realizar el aprovechamiento 
sustentable de los recursos forestales no maderables en los ecosistemas forestales; bosques de clima 
templado frío, selvas y zonas áridas y semiáridas. Cd. Méx.: Secretaría de Gobernación. No Aprobada. 
Gallina-Tessaro, S., Hernández-Huerta, A., Delfín-Alfonso, C. A., & González-Gallina, A. (2009). Unidades 
para la conservación, manejo y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre en México (UMA). 
Retos para su correcto funcionamiento. Investigación Ambiental, 1(2), 143-152. 
García-Peña, E. (2001). Marco Institucional, Normativo y Político para el Manejo y Comercialización de Productos 
Forestales No Maderables en México. México D.F. 
Diagnóstico para el Aprovechamiento Forestal Sustentable de especies protegidas en UMA extensivas 19 de mayo de 
2021 
 
 
21 
 
Íñiguez Dávalos, L. I., Rodríguez D., J. A., Ibarra, M. P., & Mendoza, Á. (2012). Resultados de la Fase 1 del 
proyecto de Evaluación de las UMA. Centro-Occidente. UDG. 
Lozano García, F., Vela Coiffier, P., & Vela Coiffier, E. (2012). Resultados de la Fase 1 del proyecto de Evaluación 
de las UMA. Región Noreste. Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. 
CONABIO. 
Montañez Escalante, P., Jiménez Osornio, J., Ruenes Morales, R., & Calvo Irabién, L. M. (s.f.). 
Aprovechamientos forestales maderables y no maderables. Usos de la Biodiversidad, 360-361. 
Rendón, A., & Neyra, L. (30 de Septiembre de 2020). Maderable. Obtenido de Comisión Nacional para el 
Conocimiento y Uso de la Biodiversidad: https://www.biodiversidad.gob.mx/diversidad/maderable 
SEMARNAT. (2005). Aprovechamiento de los Recursos Forestales. Obtenido de Informe Resumen: 
https://apps1.semarnat.gob.mx:8443/dgeia/informe_resumen/05_aprovechamiento/cap5.html 
SEMARNAT. (2008). Compendio de Estadísticas Ambientales. Obtenido de 
https://apps1.semarnat.gob.mx:8443/dgeia/informe_2008_ing/compendio_2008/compendio2008/10.
100.8.236_8080/ibi_apps/WFServletca40.html 
SEMARNAT. (2014). Anuario Estadístico de la Producción Forestal 2013. México D.F.: SEMARNAT. 
SEMARNAT. (2018). Importancia de las UMAS. Obtenido de Blog de la Secretaría de Medio Ambiente y 
Recursos Naturales: https://www.gob.mx/semarnat/articulos/las-uma-sitios-dedicados-a-la-
conservacion-de-la-vida-silvestre 
Servín, J., Carrión-González, D. E., Castro-Campos, F., Huerta-García, A., & Garza, M. (2018). Las unidades 
de manejo para la conservación de la vida silvestre (UMA) en el noroeste de México: Análisis de 10 años. 
Ciudad de México: Universidad Autónoma Metropolitana. 
VISILMEX A.C. (2012). Resultados de la Fase 1 del proyecto de Evaluación de las UMA. Región Noroeste-Centro-
Norte. SEMARNAT y CONABIO.

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