Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
DIRECCION GENERAL “Contribuyendo a la gobernabilidad democrática de Costa Rica desde 1953” Correo electrónico: gestionrh@sercivil.go.cr Página electrónica: www.sercivil.go.cr Teléfonos: 2227-0005/2227-2133 Fax: 2227-0231 Apartado Postal 3371-1000 San José Código: 004000 ARTES MUSICALES Especialidad propia para el Título IV (Régimen Artístico), creada con Resolución DG-126-2011 del 15/02/2011, Publicada en el Diario Oficial La Gaceta N°48 del 09/03/2011. 1. DEFINICIÓN Se refiere a las actividades de composición, arreglo, interpretación, ejecución, dirección y formación musical. 2. CARACTERÍSTICAS Comprende la composición y arreglo de obras en los distintos géneros musicales, para ser ejecutadas por intérpretes individuales o colectivos, y para distintas agrupaciones musicales. La composición musical como una expresión creativa, plasma en forma escrita, los compases de todas las partes vocales o instrumentales de una obra susceptible de ser ejecutada por músicos o cantantes en un recital, función, ópera, espectáculo lírico o concierto. El arreglo o adaptación musical es una modificación o derivación de una composición o pieza musical original a partir de efectos sonoros, para que sea interpretada por un grupo de instrumentos distintos de aquellos para la que originalmente fue compuesta la obra. La interpretación y ejecución se pueden realizar con cualquier instrumento musical, en forma individual (como solista) o colectiva: en los distintos géneros musicales y para distintas agrupaciones musicales y se determina según la necesidad institucional. Los instrumentos musicales pueden ser, por ejemplo de viento, cuerda o percusión, electrónicos, de teclado o según otras clasificaciones de acuerdo con el material de confección: de metal, madera, cuero, barro. Las agrupaciones musicales para las que aplica esta especialidad son: orquesta sinfónica, orquesta de cámara profesional, banda de conciertos profesional, coro profesional, coro de cámara profesional, ensambles, grupo de cámara, grupo profesional de música popular. DIRECCION GENERAL “Contribuyendo a la gobernabilidad democrática de Costa Rica desde 1953” Correo electrónico: gestionrh@sercivil.go.cr Página electrónica: www.sercivil.go.cr Teléfonos: 2227-0005/2227-2133 Fax: 2227-0231 Apartado Postal 3371-1000 San José La formación musical se podría dar para todo tipo de instrumento musical, en distintos niveles programáticos formativos desde inicial hasta universitario, y para grupos de distintas edades, sexo, nivel educativo y para personas con discapacidad o necesidades educativas especiales. La dirección en artes musicales se refiere a los casos de dirección artística de una interpretación musical o a los casos de la dirección de un programa o dependencia institucional de interpretación o formación musical de ámbito local o nacional. En este segundo caso implica el proceso de planeación, dirección, organización y ejecución de las actividades que implica la realización de una producción musical. 3. RANGO DE APLICACIÓN Aplica para todas las clases artísticas según las especificidades de los cargos. 4. ATINENCIA ARTÍSTICA Según la disciplina indicada en el grado artístico requerido para el cargo de que se trate. 5. UBICACIÓN Las Oficinas de Recursos Humanos serán las responsables de justificar, mediante estudio técnico, la utilización de una especialidad que no haya formado parte de su estructura ocupacional.
Compartir