Logo Studenta

ARTES MUSICALES

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

DIRECCION GENERAL 
“Contribuyendo a la gobernabilidad democrática de Costa Rica desde 1953” 
Correo electrónico: gestionrh@sercivil.go.cr Página electrónica: www.sercivil.go.cr 
Teléfonos: 2227-0005/2227-2133 Fax: 2227-0231 Apartado Postal 3371-1000 San José 
 
 
Código: 004000 
 
ARTES MUSICALES 
Especialidad propia para el Título IV (Régimen Artístico), 
creada con Resolución DG-126-2011 del 15/02/2011, 
Publicada en el Diario Oficial La Gaceta N°48 del 09/03/2011. 
 
 
1. DEFINICIÓN 
 
Se refiere a las actividades de composición, arreglo, interpretación, ejecución, 
dirección y formación musical. 
 
2. CARACTERÍSTICAS 
 
Comprende la composición y arreglo de obras en los distintos géneros musicales, 
para ser ejecutadas por intérpretes individuales o colectivos, y para distintas 
agrupaciones musicales. 
 
La composición musical como una expresión creativa, plasma en forma escrita, 
los compases de todas las partes vocales o instrumentales de una obra 
susceptible de ser ejecutada por músicos o cantantes en un recital, función, 
ópera, espectáculo lírico o concierto. 
 
El arreglo o adaptación musical es una modificación o derivación de una 
composición o pieza musical original a partir de efectos sonoros, para que sea 
interpretada por un grupo de instrumentos distintos de aquellos para la que 
originalmente fue compuesta la obra. 
 
La interpretación y ejecución se pueden realizar con cualquier instrumento 
musical, en forma individual (como solista) o colectiva: en los distintos géneros 
musicales y para distintas agrupaciones musicales y se determina según la 
necesidad institucional. 
 
Los instrumentos musicales pueden ser, por ejemplo de viento, cuerda o 
percusión, electrónicos, de teclado o según otras clasificaciones de acuerdo con 
el material de confección: de metal, madera, cuero, barro. 
 
Las agrupaciones musicales para las que aplica esta especialidad son: orquesta 
sinfónica, orquesta de cámara profesional, banda de conciertos profesional, coro 
profesional, coro de cámara profesional, ensambles, grupo de cámara, grupo 
profesional de música popular. 
 
DIRECCION GENERAL 
“Contribuyendo a la gobernabilidad democrática de Costa Rica desde 1953” 
Correo electrónico: gestionrh@sercivil.go.cr Página electrónica: www.sercivil.go.cr 
Teléfonos: 2227-0005/2227-2133 Fax: 2227-0231 Apartado Postal 3371-1000 San José 
 
 
 
La formación musical se podría dar para todo tipo de instrumento musical, en 
distintos niveles programáticos formativos desde inicial hasta universitario, y para 
grupos de distintas edades, sexo, nivel educativo y para personas con 
discapacidad o necesidades educativas especiales. 
 
La dirección en artes musicales se refiere a los casos de dirección artística de 
una interpretación musical o a los casos de la dirección de un programa o 
dependencia institucional de interpretación o formación musical de ámbito local o 
nacional. En este segundo caso implica el proceso de planeación, dirección, 
organización y ejecución de las actividades que implica la realización de una 
producción musical. 
 
3. RANGO DE APLICACIÓN 
 
Aplica para todas las clases artísticas según las especificidades de los cargos. 
 
4. ATINENCIA ARTÍSTICA 
 
Según la disciplina indicada en el grado artístico requerido para el cargo de 
que se trate. 
 
5. UBICACIÓN 
 
Las Oficinas de Recursos Humanos serán las responsables de justificar, 
mediante estudio técnico, la utilización de una especialidad que no haya 
formado parte de su estructura ocupacional.

Continuar navegando