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327 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es Artículos Complementarios 328 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es Durante décadas los procesos de violencia en Co- lombia han provocado miles de víctimas de deli- tos como el homicidio, desplazamiento forzado, secuestro, extorsión y desaparición forzada, entre otros. Cada víctima dentro de su entorno, exige del Estado la acción efectiva para reestablecer su historia de vida, pero cada historia sigue enmarca- da en procesos de dolor y sufrimiento, difíciles de asimilar en el marco de la reconstrucción del tejido social, afectado ante tanta impunidad. En este sentido, la desaparición forzada es uno de los delitos que afecta en mayor medida los Derechos Fundamentales de las víctimas, en especial los fami- liares, quienes ante la incertidumbre del destino de la persona o sus restos, afrontan situaciones sociales, psicológicas y familiares, que no les permiten elabo- rar un duelo que, suspendido, se convierte en parte del proyecto de vida y motivación para una búsqueda indefinida de verdad y justicia. En ese contexto, en el año 2000 mediante la pro- mulgación de la Ley 589, se tipifica en Colombia el delito de desaparición forzada, después de 13 años de iniciativas legislativas, en las cuales asociaciones de víctimas, impulsaron el proceso, con el único fin de obtener herramientas jurídicas que permitieran investigaciones para dar con el paradero de sus familiares desaparecidos. Sin embargo, el objeti- vo de ubicar a los perpetradores de los hechos y judicialización de los mismos a la luz del derecho internacional, garantizaba recobrar la confianza en las instituciones que por muchos años, no dieron respuesta ante este delito de lesa humanidad. Adicionalmente, la Ley 589 de 2000 crea otros me- canismos para la búsqueda efectiva de las personas desaparecidas, como son la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas1, el Registro Nacional de Desaparecidos (RND), el Mecanismo de Búsque- da Urgente2 y la administración de bienes de las personas desaparecidas3, elementos que al abordar problemáticas de índole político, técnico, judicial y REGISTRO NACIONAL DE DESAPARECIDOS 1 Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, es una comisión nacional y permanente de búsqueda de personas desaparecidas con el fin de apoyar y promover la investigación del delito de desaparición forzada, con pleno respeto de las competencias institucionales y de las facultades de los sujetos procesales. Art. 8 Ley 589 de 2000. 2 El mecanismo de búsqueda urgente es un mecanismo público tutelar de la libertad y la integridad personales y de los demás derechos y garantías que se consagran en favor de las personas que se presume han sido desaparecidas. Tiene por objeto que las autoridades judiciales realicen, en forma inmediata, todas las diligencias necesarias tendientes a su localización, como mecanismo efectivo para prevenir la comisión del delito de desaparición forzada. Art. 1 Ley 971 de 2005. Diana Ramírez Psicóloga coordinadora grupo de la Red Nacional de NN. INML Clemencia Martínez Grupo de la Red Nacional de NN. INML 329 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es civil, pretenden en conjunto lograr el reestablecimiento de la persona desaparecida a su ámbito familiar y lograr para los familiares la ayuda necesaria para solucionar la problemática asociada a la des- aparición de una persona. Dentro de los mecanismos an- teriores, el Registro Nacional de Desaparecidos es una de las herramientas primordiales para la búsqueda de personas desapa- recidas desde diferentes ámbitos de acción. En primer lugar, es un sistema de información nacional e interinstitucional, que tiene como objetivos principales identificar cadáveres sometidos a necropsia médico legal en el territorio na- cional, orientar la búsqueda de personas reportadas como víc- timas de desaparición forzada y facilitar el seguimiento de los casos y el ejercicio del Mecanismo de Búsqueda Urgente. Es decir, su carácter interinstitu- cional incluye todas las entidades que aportan información útil para la identificación e investigación de los casos4, quienes tienen la obligación de transferir de mane- ra permanente y oportuna, y de acuerdo con sus funciones, todos los datos que cumplan con los ob- jetivos en cuanto a la identifica- ción de cadáveres y la búsqueda de personas desaparecidas. Además, es importante señalar que con la expedición del Decre- to 4218 de 2005, se operativiza la implementación del RND, y se incluyen como finalidades en su artículo 3, lo siguiente: • “Dotar a las autoridades públi- cas de un instrumento técnico que sirva de sustento en el di- seño de políticas preventivas y represivas, en relación con la desaparición forzada”, es de- cir que las cifras y/o reportes generados por el sistema de información, contribuye a la visibilización del fenómeno y por tanto al diseño y aplicación de medidas para contrarrestar la ocurrencia del delito desde niveles municipales, departa- mentales y nacionales. • “Dotar a las autoridades ju- diciales, administrativas y de control de un instrumento técnico de información eficaz, sostenible y de fácil acceso que permita el intercambio, con- traste y constatación de datos que oriente la localización de personas desaparecidas”. Lo anterior, puede considerarse como la respuesta a las víc- timas, quienes durante años realizaron rutas de búsqueda por entidades y no obtuvieron información sobre la investiga- ción de sus casos, ni la coordi- nación interinstitucional que esperaban para el desarrollo de la búsqueda de su ser querido. • “Dotar a la ciudadanía y a las Organizaciones de Víctimas de Desaparición Forzada, de la in- formación que sea de utilidad para impulsar ante las autori- dades competentes el diseño de políticas de prevención y control de las conductas de desapari- ción forzada, de que trata la Ley 589 de 2000 y localizar a las personas víctimas de estas conductas”. En este sentido, la comunidad en general, requie- re de información disponible y accesible, que permita aliviar la ansiedad provocada por la in- certidumbre de un hecho de des- aparición, pero al mismo tiempo verificar la actividad realizada por las entidades responsables de la investigación y búsqueda de personas desaparecidas. Para la implementación del Re- gistro Nacional de Desaparecidos, en el marco de principios de vera- cidad, oportunidad y utilidad, y en cumplimiento de los objetivos y finalidades descritos en párrafos anteriores, se hizo necesario el di- seño de las siguientes plataformas tecnológicas: 1. Consultas públicas Sección ubicada en la página WEB del Instituto Nacional de Medici- na Legal y Ciencias Forenses5, mediante la cual, la comunidad en general puede consultar alfa- béticamente los nombres y ape- llidos de cadáveres ingresados al instituto en el nivel nacional y los reportes de personas desaparecidas ingresadas al Registro Nacional de Desaparecidos, desde el 1° de enero de 2007 a la fecha. 3 Administración de los bienes de las personas víctimas del delito de desaparición forzada. La autoridad judicial que conoce o dirige el proceso por el delito de desaparición forzada, podrá autorizar al cónyuge, compañero o compañera permanente, a alguno de los padres o de los hijos del desaparecido para que provisionalmente asuman la disposición y administración de todos o parte de sus bienes, en cuanto fueren de su manejo exclusivo. Quien sea autorizado, actuará como curador de conformidad con las leyes civiles sobre la materia. 4 Las entidades y organizaciones que conforman la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas como son: La Fiscalía General de la Nación o su delegado permanente, Procuraduría General de la Nación o su delegadopermanente, Defensoría del Pueblo o su delegado permanente, Ministerio de Defensa o un delegado de la Oficina de Derechos Humanos del Ministerio de Defensa, Programa Presidencial de Derechos Humanos y DIH o su delegado permanente, FONDELIBERTAD o su delegado permanente, Instituto de Medicina Legal o su delegado permanente, un Representante de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, ASFADDES y un Representante de las organizaciones no gubernamentales de Derechos Humanos escogidas por ellas mismas, las entidades que cumplen funciones de policía judicial, las entidades autorizadas que registran personas reportadas como desaparecidas. Las demás que puedan aportar información relativa a la identificación de personas y a la investigación del delito de desaparición forzada como son la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, el Departamento Administrativo de Seguridad DAS y el Ministerio de la Protección Social. 5 www.medicinalegal.gov.co 330 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es 2. SIRDEC Es el Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres, implementado a partir del 1 de enero de 2007, en el cual se regis- tra la información de los cadáveres ingresados al instituto en el nivel nacional y los reportes de perso- nas desaparecidas. Los usuarios de esta plataforma tecnológica pueden consultar, ingresar y mo- dificar información, según perfiles de acceso preestablecidos a partir de su competencia en la investiga- ción, identificación y búsqueda de personas desaparecidas. 3. SICOMAIN Es el Sistema de Información Consulta Masiva Internet, dise- ñado como aplicativo retrospec- tivo en el cual se ha consolidado toda la información de cadáveres y desaparecidos registrada en archivos y bases de datos elec- trónicas, anteriores al año 2007. Dicha información fue suminis- trada por entidades competentes en la materia como son: Fiscalía General de la Nación (Unidad Nacional de Derechos Humanos, Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz y Cuerpo Técnico de Investigación), Insti- tuto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Procuradu- ría General de la Nación, Policía Nacional, Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas y Vi- cepresidencia de la República. 4. SINEI Es el Sistema de Ingreso de Es- tadística Indirecta, en el cual se ingresan las actividades forenses realizadas por médicos oficiales y en servicio social obligatorio, en aquellos lugares donde no exis- ten sedes del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Dicho aplicativo fue implementado el 1° de enero de 2009, por medio de la remisión de claves de acceso a los hospitales 6 Cruce referencial: proceso de análisis y conjunto de tareas dirigidos a correlacionar los datos incluidos en el Registro Nacional de Desaparecidos o los disponibles en otras fuentes de información, que permitan orientar o referenciar la identificación de un cadáver, la búsqueda de una persona desparecida o la investigación de un caso. Decreto 4218 de 2005 Artículo 6 definiciones. Departamento 2007 2008 2009 Amazonas 2 7 3 Antioquia 125 471 3.976 Atlántico 89 414 353 Arauca 3 142 116 Bogotá D.C 2.923 3.279 3.769 Bolívar 22 167 275 Boyacá 20 325 282 Caldas 9 515 499 Caquetá 5 233 288 Casanare 81 239 205 Cauca 17 249 250 César 31 618 401 Córdoba 1 304 415 Cundinamarca 133 666 298 Chocó 1 50 233 Guainía 2 10 Guaviare 10 264 132 Huila 8 181 275 La Guajira 10 215 139 Magdalena 14 690 322 Meta 37 1.053 418 Nariño 5 348 370 Norte de santander 17 1.207 476 Putumayo 5 181 769 Quíndio 4 221 136 Risaralda 13 290 425 San Andrés y Providencia 4 2 Santander 162 919 715 Sucre 1 136 149 Tolima 20 305 561 Valle del Cauca 552 1.950 1.926 Vaupés 3 Vichada 3 48 48 Sin información 30 117 229 Total 4.323 15.696 18.236 de municipios del país donde no existen sedes del INMLCF. Actualmente, el Registro Nacional de Desaparecidos sigue su desa- rrollo conceptual y tecnológico, proporcionando a los usuarios una herramienta de consulta y cruce referencial6 permanente, así como las cifras dinámicas del comportamiento del fenómeno en las últimas décadas, pero también la oportunidad a la comunidad na- cional e internacional, de conocer de la realidad colombiana desde la visión de las víctimas que aún cla- man por obtener verdad, justicia y reparación, ante el dolor perma- nente de no saber donde están sus desaparecidos. Cuadro 1. Reporte de personas desaparecidas por departamento El cuadro1 muestra un incre- mento importante de reportes de personas desaparecidas en el año 2008 y 2009, cuando en- tidades como el Cuerpo Técnico de Investigación, la Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía y la Comisión de Búsqueda de Perso- nas Desaparecidas, iniciaron el acceso a la plataforma SIRDEC, por medio de jornadas masivas que han permitido el registro de casos existentes en archivos físicos a nivel nacional desde la década de los noventa y los casos correspondientes a las jornadas de víctimas del delito de desapa- rición forzada, realizados en va- rios departamentos del país. Por otra parte es importante acla- rar que las fechas de desaparición de los casos ingresados en el Regis- tro Nacional de Desaparecidos no ha sido limitada, por lo cual exis- ten registros de desaparición desde principios del siglo XX, incluyen- do los reportes realizados ante el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Desapariciones For- zadas e Involuntarias, asociados a las décadas de los 70s, 80s y 90s. Además, se evidencian depar- tamentos como Antioquia, Valle del Cauca y Putumayo, con un número importante de reportes 331 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es en relación al resto del país. En el caso de la ciudad de Bogotá, el ingreso de desapariciones es rele- vante, teniendo en cuenta que las ausencias voluntarias y/o asocia- das a crisis familiares, económicas o sociales, se hacen evidentes, por tratarse de la ciudad capital, con índices de desplazamientos aso- ciados a los anteriores fenómenos y la infraestructura de las entida- des responsables de la búsqueda. Cuadro 2. Reporte de personas desaparecidas clasificada como presunta desaparición forzada En el cuadro 2 se relaciona la incidencia de las desapariciones presuntamente forzadas ocurri- das en los departamentos del país y clasificadas en el RND por todas las entidades intervinien- tes. Esta clasificación obedece a la hipótesis inicial referida por el reportante, a partir de la descrip- ción de las circunstancias del he- cho, condición sociopolítica de la persona desaparecida y criterios establecidos por la Comisión de Búsqueda de Personas Desapa- recidas. Es importante aclarar que la tipificación del delito es- tablecida por la Fiscalía General de la Nación no necesariamente corresponde a la clasificación in- gresada en el RND y puede variar según los avances investigativos y hallazgos de cada caso. Es relevante que la incidencia de desapariciones presuntamente forzadas ocurridas en la ciudad de Bogotá, es significativamente menor, en relación con el total de casos, lo cual se explica a partir de la naturaleza de las desaparicio- nes de la capital, asociadas a crisis familiares, económicas o sociales, definidas en ocasiones como au- sencias voluntarias. Cuadro 3. Reporte de personas desaparecidas por sexo y edad Departamento 2007 2008 2009 Amazonas 1 Antioquia 40 171 2450 Atlántico 3 28 40 Arauca 42 66 Bogotá D.C 5 60 137 Bolívar 1 59 134 Boyacá 35 114 Caldas 2 70 150 Caquetá 1 35 123 Casanare 54 74 101 Cauca 67 135 Cesar 3 262 176 Córdoba 201 231 Cundinamarca 4 119 66 Chocó 1 5 168 Guainía 4 Guaviare 5 71 58 Huila 2 30 74 La Guajira 5 83 75 Magdalena 4 163 174 Meta 5 265 182 Nariño 274 276 Nortede Santander 1 166 152 Putumayo 2 90 641 Quindio 30 15 Risaralda 28 72 San Andrés y Providencia 2 Santander 258 392 Sucre 12 17 36 Tolima 3 68 143 Valle del cauca 23 401 508 Vaupés 3 Vichada 1 18 26 Sin información 8 19 145 Total 185 3.214 7.065 Edad/Sexo 2007 2008 2009 Masculino Femenino Masculino Femenino Masculino Femenino 0-2 años 9 7 7 5 8 3 2-10 años 30 28 59 39 75 45 10-20 años 526 632 1.015 1.023 1.354 1.786 20-30 años 1.037 305 3.498 870 3.779 981 30-40 años 631 112 3.592 460 3.682 500 40-50 años 428 71 2.417 357 2.295 311 Más de 50 años 418 121 2.227 357 3.237 416 Sin determinar 0 0 1 0 7 0 Total 3.079 1.276 12.813 3.061 14.437 4.042 Analizar las cifras referidas en el Cuadro 3, se debe resaltar que el 50% del total de casos ingresados, se encuentra en los rangos de 20 a 40 años y el 78% corresponde al sexo masculino. Lo anterior, se re- laciona con las cifras de hechos vio- lentos como masacres, homicidio selectivo, secuestro, entre otros, en los cuales las víctimas principales corresponden a hombres en plena capacidad productiva y como víc- timas subsidiarias, a mujeres que deben asumir roles de liderazgo en ámbitos familiares, laborales y sociales, ante la ausencia de la imagen masculina. 332 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es Cuadro 4. Reporte de personas que continúan desaparecidos, reportados en los años 2007, 2008 y 2009 En cuanto a la actualización y seguimiento de los reportes de personas desaparecidas, con el fin de establecer la aparición (vi- vos o muertos) y definir el estado del caso para continuar labores de búsqueda, es responsabilidad de todas las entidades competentes en la búsqueda e investigación. Departamento 2007 2008 2009 Sin información 29 115 225 Amazonas 2 7 4 Antioquia 110 446 3678 Arauca 1 140 114 Atlántico 46 374 258 Bogotá 2.111 2.600 2.204 Bolívar 19 145 254 Boyacá 14 295 219 Caldas 7 491 372 Caquetá 3 131 281 Casanare 77 235 193 Cauca 17 229 231 Cesar 26 610 386 Chocó 1 50 232 Córdoba 1 294 387 Cundinamarca 96 626 242 Guainía 0 2 10 Guaviare 10 262 131 Huila 7 173 262 La Guajira 10 209 133 Magdalena 13 682 316 Meta 33 1.039 400 Nariño 4 347 364 Norte de Santander 15 1.142 413 Putumayo 5 178 762 Quindío 3 208 71 Risaralda 12 278 311 San Andrés y Providencia 0 4 2 Santander 92 818 551 Sucre 1 134 139 Tolima 14 271 461 Valle del cauca 485 1.929 1.862 Vaupés 0 3 0 Vichada 3 48 48 Subtotal 3.267 14.515 15.516 Total 33.298 A la fecha, la interinstituciona- lidad del RND y las1.022 claves de acceso asignadas a entidades diferentes al INML, garantizan una cobertura en la actualización oportuna de los casos, la dinami- zación de los datos y por tanto de las cifras generadas. Ver cuadro 5. “EL REGISTRO NACIONAL DE DESAPARECIDOS NO ES UN SISTEMA DE INFORMACIÓN INSTITUCIONAL, ES EL REGISTRO NACIONAL Y ÚNICO DE DESAPARECIDOS DEL ESTADO COLOMBIANO” Dra. Diana E. Ramirez Paez REFERENCIAS NORMATIVAS • Art. 2 C.N. “Son fines esenciales del Estado: Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución Nacional.” • Art. 12 C.N. “Nadie será sometido a desaparición forzada.” • Art. 113 C.N. “Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente con la realización de sus fines” • Decreto 786 de 1990: por el cual se reglamenta parcialmente el titulo IX de la Ley 09 de 1979, en cuanto a la práctica de autopsias clínicas y médico legales, así como vicerrectomias y se dictan otras disposi- ciones. • Ley 38 de 1993: por la cual se unifica el sistema de dactiloscopia y se adopta la carta dental para fines de identificación. • Ley 589 de 2000 art. 9: “El Gobierno Nacional diseñará y pondrá en marcha un registro nacional de desaparecidos (...)será coordinado por el INMLCF y funcionará en su sede”. • Ley 971 de 2005: “Por medio de la cual se reglamenta el Mecanismo de Búsqueda Urgente...” • Ley 975 de 2005: “Por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la con- secución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios.” • Decreto 4218 de 2005: Por el cual se reglamenta el artículo 9 de la Ley 589 de 2000. • Decreto 929 de 2007: “Por el cual se establece el reglamento de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas creada por la Ley 589 de 2000.” En los últimos años, el INML ha reportado el ingreso del 5% aproximado del total de los casos que al finalizar el año continúan como cadáveres no identificados. Sin embargo, procesos de identi- ficación retrospectivos a partir de cotejos dactiloscópicos y cruces técnicos en el RND han permiti- do el aumento paulatino de iden- tificaciones, logrando disminuir el porcentaje a un promedio de 4,3 % anual, para los años 2007 y 2008. 333 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es Departamento 2007 2008 2009 Masculino Femenino No especificado Masculino Femenino No especificado Masculino Femenino No especificado Antioquia 83 8 7 160 26 19 105 23 15 Arauca 13 2 2 22 1 2 14 3 1 Atlántico 27 6 3 27 7 6 25 7 4 Amazonas 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Bogotá D.C 96 24 14 149 31 49 323 79 166 Bolívar 41 18 2 12 7 5 13 4 10 Boyacá 5 0 2 11 1 6 9 2 5 Caldas 23 4 3 38 9 9 14 2 7 Caquetá 6 4 0 43 9 1 25 10 4 Casanare 22 2 1 0 0 0 0 0 0 Cauca 2 0 0 11 0 1 10 3 0 Cesar 31 4 0 25 5 1 7 1 1 Chocó 9 1 0 9 0 1 10 0 3 Córdoba 98 10 12 33 2 3 42 16 2 Cundinamarca 24 7 3 32 8 8 28 6 3 Guainía 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Guaviare 0 0 0 0 0 0 0 0 0 La Guajira 11 2 8 7 2 1 2 2 2 Huila 19 2 1 19 3 1 27 5 3 Magdalena 45 11 4 26 3 11 13 7 9 Meta 176 24 4 78 22 5 107 31 17 Nariño 32 6 0 27 9 0 30 8 1 Norte de Santander 29 2 5 24 1 5 8 0 1 Putumayo 11 2 0 10 0 0 9 3 1 Quindío 19 0 1 9 1 1 13 2 1 Risaralda 23 3 1 36 5 5 19 7 3 Santander 41 4 7 28 6 7 18 5 3 San Andrés y Providencia 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Sucre 23 1 2 6 1 4 0 0 1 Tolima 48 6 0 42 12 1 35 5 9 Valle del cauca 31 8 1 61 8 5 114 24 5 Vichada 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Vaupés 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Subtotal 988 161 83 945 179 157 1.020 255 277 Total 1.232 1.281 1.552 Total 2007 a 2009 4.065 Cuadro 5. Reporte de cadáveres no identificados por año de ingreso, sexo y departamento 334 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es LAS BARRERAS INVISIBLES DEL REGISTRO DE LA VIOLENCIA SEXUAL EN EL CONFLICTO ARMADO COLOMBIANO Este artículo presenta los principales avances de una investigación en marcha sobre los factores que inciden en la decisión médica de tomar o no evidencias útiles para la investigación de delito sexual en el contexto del conflicto armado colombiano. La investigación ha sido realizada por un equipo interinstitucional en el que se cuenta con funcionarios de la División de Referencia e Información Pericial -DRIP-, del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF)4. El artículo tiene 5 secciones. Las dos primeras ex- plicitan el punto de partida y las “precauciones de método”. El tercer acápite presenta los diez factores identificados. En la cuarta sección se describe como operaron esos factores en dos masacres con víctimas femeninas perpetradas por grupos de autodefensa entre los años 1997 y 2003. En la quinta y última sección, se presentan las conclusiones del trabajo. Punto de partida: ciencias sociales, violencia sexual y expectativas políticas Desde que empezó esta investigación, hace 4 años, hasta hoy el tema de violencia sexual ha ido ganan- do importancia política y analítica. Importancia re- lacionada con el trabajo de algunas organizaciones sociales en la documentación y el litigio de casos5 y la discusión pública a propósito deciertos eventos6. Esta investigación parte de ese contexto y de la suposición de que la consideración de la violencia sexual como una violación del DIH debía traducirse en unas medidas o acciones específicas por parte de las autoridades estatales. Más aún, con la promul- gación y divulgación de los Protocolos de Minnesota 1 Politóloga de la Universidad de los Andes e investigadora del Centro de Investigación y Educación Popular (Cinep). Miembro de ODECOFI, silvia_otero85@yahoo.com 2 Politóloga y filósofa de la Universidad de los Andes. Asistente de investigación del Grupo de Memoria Histórica, de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR). vivi_quinterom@gmail.com. 3 Profesora asistente del Departamento de Ciencia Política de la Universidad de los Andes. ibolivar14@gmail.com 4 Ellos han propiciado toda la recolección de información, han orientado las preguntas y los análisis que acá presentamos. Además, el DRIP ha facilitado su planta física y el tiempo de varios de sus investigadores para realizar las tareas que la investigación ha demandado. En el INMLyCF la investigación está identificada con el número 719 de la División de Investigación Científica del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, llamada “Violencia sexual contra mujeres asesinadas en masacres perpetradas por grupos de autodefensa durante el periodo 1997–2003, y factores que determinan el registro de este tipo de violencia por parte del INMLyCF”. Además de las autoras del articulo, el equipo que lleva a cabo esta investigación está compuesto por miembros del DRIP del INMLyCF (Luz Janeth Forero, Raúl Insuasty, Mónica Perdomo y Germán De la Hoz). Esta investigación se deriva de una financiada por Colciencias por la convocatoria 405 de 2007, denominada “¿Oímos lo que su cuerpo dice? ¿Vemos lo que su cuerpo muestra? Prácticas estatales en levantamiento de cadáveres femeninos en contexto de conflicto armado”, liderada por Maria Emma Wills. 5 Desde abril de 2001 un grupo de organizaciones sociales produce anualmente el informe de la Mesa de Trabajo “Mujer y Conflicto Armado” documentando casos de violencia contra las mujeres en el conflicto armado colombiano. 6 Especialmente importante en este tema fue el caso de la Masacre de El Salado (2000) pues un artículo señalaba que aunque los peritos que atendieron este evento fueron advertidos de la ocurrencia de violaciones y torturas sexuales, no tomaron evidencias de las mismas. Revista Semana, El cuerpo femenino, botín de guerra. 30 de octubre de 2004. Sección Política, edición: 1173. Silvia Otero Bahamón1 Viviana Quintero Márquez 2 Ingrid J. Bolívar 3 335 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es (1991) y Estambul (1999) que con- sideran la violencia sexual como una forma de tortura. En un co- mienzo se trataba de investigar si las autoridades cumplían o no con los procedimientos consagrados en los protocolos para documentar o detectar indicios de violencia sexual. Hoy y después de conocer las condiciones en que trabajan los funcionarios del INMLCF, y de aprender de ellos, se considera más pertinente preguntar por la forma como las autoridades se relacionan con dichos procedimientos. Como gran parte de los funciona- rios de las organizaciones sociales que denuncian la violencia sexual y de quienes han investigado so- bre la violencia política en Colom- bia, las autoras tienen formación en ciencias sociales y adolecen de grandes vacíos en formación médi- ca7. Esta investigación constituye su primer encuentro con médicos y profesionales de la salud, quie- nes a pesar de su conocimiento y experiencia no han sido sistemáti- camente interrogados e incluidos en la discusión sobre violencia política en el país. Precauciones de método y delimitación del objeto de estudio En el contexto de los conflictos ar- mados la violencia sexual tienen lugar en distintos tipos de even- tos violentos. Esta investigación se ocupa de masacres8 perpetra- das por grupos de autodefensa en el periodo 1997-20039. Con esa definición se hizo una lectura de los datos del Banco de Datos del Cinep y su Revista Noche y Niebla10 buscando los eventos en los que se produjeron mínimo 4 7 No se dispone de datos estadísticos para sostener esta afirmación. Afirmación construida a partir de nuestra experiencia como funcionarios de ONG e investigadoras. En el campo de violencia política destacamos muy pocas publicaciones que consulten a los médicos quienes primero atienden (o después de las autoridades judiciales) y lidian de primera mano con las víctimas de los eventos de violencia. homicidios y entre ellos hubiera al menos 2 víctimas femeninas, conectados en tiempo, motivo, vic- timario, tipo de víctima y lugar. El ejercicio arrojó un total de 66 masacres y se incluyeron cuatro eventos especiales donde tres mu- jeres son asesinadas. Estas decisiones de método no ignoran ni subestiman el hecho de que hubo masacres con muje- res víctimas antes y después del período de observación, ni que los grupos de guerrilla también las han cometido. Tampoco se supo- ne que la violencia sexual ocurre solamente contra mujeres o que siempre tiene resultados fatales. Sin embargo, se decidió concen- trar la atención en este tipo de evento para hacer comparacio- nes entre casos y seguir de cer- ca la decisión médica de tomar o no evidencias útiles para la in- vestigación de delito sexual. La base de datos de 66 masacres y 4 eventos especiales arrojaron el total de 642 muertes, entre ellos 225 mujeres, 417 hombres y 52 NN. sin sexo identificado. En ese momento se inició la búsqueda de los protocolos de necropsia y las actas de inspección de cada una de esas personas, labor que pudo adelantarse hasta cierto punto, 8 Según la Defensoría del Pueblo, masacre es el asesinato masivo de cuatro o más personas que pueden estar conectados por suceder en una misma región, o por razones de persecución política, ideológica o social. Se comprende que una masacre puede darse en un mismo lugar, o en varios municipios o localidades de una misma vereda, corregimiento, jurisdicción y hasta departamento. Defensoría del Pueblo, Luz para la vida. Masacres ocurridas en Colombia hasta 1999. Sistema de Alertas Tempranas (SAT), Bogotá, 2000. 9 Pues son quienes más masacres han cometido y por ser los momentos en los que se da una mayor concentración de este tipo de eventos. En: Vásquez, Bolívar y González: Violencia Política en Colombia. Bogotá DC, Cinep, 2003. 10 El Banco de Datos de Cinep recoge información sobre acciones bélicas (combates, emboscadas, etc.) violaciones al DIH y a los Derechos Humanos. Los eventos reportados en prensa, fuentes oficiales, e informantes regionales son categorizados y cada 4 meses realiza la publicación de la revista Noche y Niebla. pues algunas no fueron atendidas por el INMLCF y otras no lograron ser ubicadas. Al mismo tiempo se revisaron los instrumentos internacionales de documentación de la tortura (Es- tambul y Minnesota), los manuales de formación del personal forense, se entrevistaron 33 funcionarios en Bogotá y durante el trabajo de campo11 y se revisaron algunos ex- pedientes judiciales disponibles. El trabajo de recolección, lectura, y co- dificación de las anteriores fuentes permitió detectar y empezar a de- finir los diez factores12 que afectan la decisión o la posibilidad de que un médico tome o no evidencias úti- les para la investigación de delito sexual en un cadáver femenino en contexto de masacre. Antes de pasar a la sección en la que se definen los factores, es importante recalcar algunos ele- mentos sobre la construcción de los mismos. Primero, se presenta aquí una primera definición de los factores, pero el trabajo de su de- limitación aún no está terminado. Segundo, los factores son el resul- tado de un trabajo a través y con las distintasfuentes. Las conver- saciones que se tuvieron con los miembros de las organizaciones 11 Se han codificado entrevistas realizadas a 10 expertos patólogos, odontólogos y médicos forenses a nivel nacional y regional oriente. En el trabajo de campo se realizaron entrevistas a 16 médicos y 5 disectores, así como a un ex coordinador de Unidad Básica y un funcionario de una funeraria. Las ciudades visitadas son: Cali, Buenaventura, Popayán, Rionegro, Medellín, Yarumal, San Carlos, Caldas, San Rafael, El Peñol, Andes, Granada, Santa Fé de Antioquia, Barrancabermeja, Apartadó, Turbo, Caucasia y Segovia. 12 Se reconoce que el término factor tiene un uso técnico en estadística. Un uso que alude a la agrupación de variables que encajarían en un mismo sentido y de cuya denominación se espera cierta coincidencia entre el “lenguaje natural” de los actores y el esquema analítico que propone quien estudia el problema. En esta aproximación a los factores no se han seguido procedimientos estadísticos. Sin embargo, sí se han construido y definido estos factores prestando especial atención a las variables que distintos actores implicados en el problema identifican, especialmente, a aquello que los propios médicos recalcan. 336 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es sociales que hacen seguimiento de los temas de violencia sexual y la lectura de los protocolos inter- nacionales, preparó a los autores para preguntarse por el entorno institucional y político en el que se hace visible y posible traba- jar temas de violencia sexual. De otro lado, la recolección de los protocolos de necropsia y las actas de inspección y la compren- sión de las lógicas bajo las cuáles se producen, fue mostrando las diferencias en el ejercicio foren- se de los médicos entrevistados, los cambios en el proceder del Instituto a lo largo del tiempo, y la complejidad de las relaciones entre distintas agencias del Esta- do. Posteriormente las pacientes explicaciones de los médicos y asistentes forenses sobre su tra- bajo y sus formas de proceder y su disposición a recibirnos in-situ fue lo que permitió comprender mejor qué elementos inciden en que se tomen o no evidencias úti- les para la investigación de delito sexual en los casos que estudia- mos. Así pues, los factores son las variables que orientan el proce- der médico en uno u otro senti- do. Tercero, los factores recogen señalamientos de las entrevistas realizadas y ponen a dialogar las distintas opiniones de los médi- cos entrevistados, pero tales en- trevistas deben ser vistas como tendencias y no como generaliza- ciones. En efecto, no se entrevistó la mayoría de médicos, ni se les puso a conversar en un mismo es- pacio-tiempo. Cuarto, los eventos de estudio van de 1997 a 2003. Sin embargo, la investigación trató de recoger en entrevistas y trabajo de campo información so- bre cómo eran las condiciones de trabajo en ese momento. Por eso es preciso aclarar que si bien la situación actual dista de ser per- fecta, se pueden detectar mejo- rías radicales en lo que tiene que ver con condiciones de trabajo y capacitación de los funcionarios sobre temas de violencia sexual. En la exposición se hace un uso muy esquemático de las entrevis- tas por razones de espacio edito- rial. Además y cómo se verá en lo que sigue, los factores identificados aluden al desarrollo del conflicto armado sólo de maneras indirec- tas (qué médico atiende en el lugar donde se produce el evento o en que estado llegan las víctimas). El tra- bajo se concentra en la información y en los elementos que un médico tiene disponibles a la hora de ha- cer la necropsia. Una comprensión más compleja y articulada de los factores y los casos deberá contar con una caracterización analítica de los tiempos, lugares, actores y condiciones en que tuvieron lugar las masacres revisadas. Una vez se presentan los factores, ellos son aplicados al examen de dos casos. Para ellos se cuenta con revisión de prensa, información secundaria, protocolos de necrop- sias, actas de inspección y el ex- pediente judicial. En el anexo 2 se identifica las fuentes disponibles para el análisis de cada caso. El criterio utilizado para la elección de estos casos fue eminentemen- te práctico: son los casos con más fuentes y uno de ellos tuvo gran impacto nacional. 1. Factores que determinan la búsqueda de evidencia útil para investigar delito sexual Este apartado presenta los diez factores que determinan la bús- queda de evidencias útiles para la investigación de delito sexual en cadáveres de mujeres vícti- mas de masacres. a. Entorno que pregunta y presiona por seguimiento de la violencia sexual El factor entorno tiene que ver con la creciente demanda, presión y/ o exigencia de parte de distintos sectores sociales hacia la autori- dad médico legal para que realice exámenes que conduzcan a cla- rificar si hubo violencia sexual en determinados eventos. Esa reciente presión es resultado del trabajo de organizaciones sociales, de la promoción de instrumentos internacionales de protección de los derechos, y del interés de los organismos judiciales de mejorar la administración de justicia en estos casos (Ley 938 de diciembre de 2004). De este entorno, resultó el trabajo solidario entre organiza- ciones intergubernamentales y el INMLCF para producir y difundir guías y reglamentos técnicos ac- tualizados que llegaran a todos los organismos y personas que reali- zan funciones periciales asociadas con medicina legal y ciencias fo- renses en el país. Por ello, tanto médicos de hospita- les, rurales y médicos forenses, a partir del año 2000 han recibido la directriz de ajustar su labor a los Protocolos de Minnesota (Manual de la ONU para la prevención e investigación efectivas de ejecu- ciones sumarias, extrajudiciales, arbitrarias o legales promulgado en 1991), y el Protocolo de Estam- bul (o Manual de la ONU para la investigación y documentación efectivas de la tortura, y otros tratos o penas crueles, inhuma- nas o degradantes promulgado en 1999). Ambos Protocolos incluyen la metodología para la documen- tación de la violencia sexual como forma de tortura. Adicional a Estambul, en el área de clínica se cuenta con la Guía de Consulta Abreviada para el Exa- men Sexológico Forense, Informe Pericial y Manejo del Kit para la Toma de Muestras, en los Sectores Forense y de Salud (2006), así como con el Reglamento Técnico para el Abordaje Integral de la Víctima en la Investigación del Delito Sexual 337 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es (2006), que no es el primero, pero ofrece una descripción actualizada y clara de los procedimientos que se deben seguir en el proceso de atención forense a las víctimas”13. En el área de patología se dispo- ne del Manual para la práctica de autopsias medico legales (2000), el Instructivo para la Documentación Fotográfica Digital en la Investiga- ción de Delitos Sexuales y Lesio- nes Personales (2004), y la Guía de Procedimientos para la Realiza- ción de Necropsias Médico-legales, segunda edición (2004), y 33 Bole- tines de Patología Forense. A la presión de la ONU y la Corte Interamericana se suma el conoci- miento mundial sobre la violencia sexual en la guerra, difundido a través de los Tribunales para Yu- goslavia y Ruanda que visibiliza- ron la ocurrencia de incontables agresiones sexuales por razones étnicas contra las mujeres. La resonancia de las Comisiones de Verdad de Sudáfrica, Guatemala y Perú, que recalcaron la utiliza- ción de la violación como arma de guerra también ha contribuido a crear un entorno interesado en conocer este fenómeno. En Colombia la difusión de estos eventos ha recaído en Organiza- ciones No Gubernamentales con enfoque de género, como Amnistía Internacional, la Mesa de Trabajo Mujer y Conflicto Armado, Corpo-ración Humanas y Cisma Mujer, entre otras, quienes han documen- tado y visibilizado la ocurrencia de violencia sexual asociada al con- flicto armado, sobre todo desde el conocimiento de la Masacre de El Salado, ocurrida en el año 2000. Ha habido una creciente presión 13 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Establecimiento Público Adscrito a la Fiscalía General de la Nación. Reglamento Técnico para el Abordaje Integral de la víctima en la Investigación del Delito Sexual. Bogotá, Agosto de 2006. sobre el tema14 y, en respuesta, un gran avance en la actualización y difusión de protocolos y guías. Sin embargo, es importante recalcar que dicho entorno no ha existido desde siempre, y que en varios años incluidos en nuestro perio- do de estudio no existía interés ni conocimiento sobre la violencia sexual en el conflicto armado. b. Marco conceptual que permita imaginar la ocurrencia de ese fenómeno La búsqueda de evidencia de posi- ble delito sexual en cadáveres de mujeres en contexto de masacres depende de lo que denominamos la existencia de un marco con- ceptual que permita imaginar la ocurrencia de ese fenómeno. Tan- to las entrevistas con los expertos consultados, como el conocimiento del debate mundial sobre el tema permiten sugerir que depende de varios elementos. • De la existencia de un entorno (ver punto anterior). Antes del año 2000 la ocurrencia de violen- cia sexual en contexto de conflicto era prácticamente desconocida. • De interiorizar que la agresión sexual anterior a un homicidio no ocurre únicamente en con- textos evidentes, como asesina- tos en serie, asaltos callejeros, o crímenes pasionales. Como lo establece la literatura interna- cional sobre Violencia Sexual y Guerra, además de la Guía de elaboración de necropsias que rige actualmente15, pue- de ocurrir agresión sexual en muertes por cualquier causa y más si se producen en contexto de violaciones al DIH; incluso desde la expedición del Manual para la Práctica de Autopsias Médico-Legales en 2000 se ha- cen referencias explícitas a la necesidad de documentar delito 14 Ver fallo Gutiérrez Soler, que conminó al Estado a capacitar a su personal forense en el protocolo de Estambul, y las exigencias del Comité Contra la Tortura CAT/C/CR/31/1. sexual siempre que las circuns- tancias no permitan descartarlo de antemano. No obstante, por un lado, muchos de los eventos que estudiamos ocurrieron an- tes del 2000. Y por otro lado, aún después de este momento no todos los médicos han in- corporado dichos lineamientos en su accionar por factores que veremos más adelante. • De interiorizar que en casos de homicidios colectivos y en con- texto de violación al DIH se re- quiere un abordaje complejo, tal como lo establece el Protocolo de Minnesota. Dicho abordaje debe ir más allá de la identificación y la determinación de la causa de muerte, que en la realidad ha sido en muchas ocasiones el énfasis del abordaje forense por cuenta de la presión del volumen de trabajo que afrontan los mé- dicos en la práctica. c. Formas de ejercer la medicina forense En el sistema judicial colombia- no, cuando una persona sufre una muerte no natural, el cadáver debe ser inspeccionado por una autori- dad con funciones de Policía Judi- cial, quien ordena la realización de una autopsia o necropsia. Estas autopsias las puede practicar un médico del INMLCF o un médico designado para cumplir con fun- ciones como legista en áreas no cubiertas por el Instituto (Decreto Ley 786/16 de 1990). Los objetivos de la autopsia médico-legal son: 1. Contribuir a establecer la causa (arma de fuego, arma cortopun- zante, trauma contundente), ma- nera (natural, homicidio, suicidio, accidental) y mecanismo de muerte (choque hipovolémico, lesión cere- bral, falla respiratoria), 2. Obtener información respecto a las circuns- tancias que rodearon la muerte y 15 INMLCF, Guía de procedimientos para la realización de autopsias médico- legales, Segunda Edición, 2004. 338 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es condiciones vitales del fallecido. 3. Identificar, recuperar y preservar evidencias (proyectiles, residuos de pintura, cabellos, manchas de sustancias extrañas). 4. Con- tribuir a establecer o verificar la identidad del occiso. 5. Establecer la expectativa de vida. 6. Elaborar un reporte médico objetivo16. El protocolo de necropsia y las evi- dencias recolectadas en el cuerpo, junto con otras evidencias y los testimonios son utilizados por las autoridades judiciales para tipifi- car los delitos cometidos, probar- los, investigarlos, sancionar los culpables y administrar justicia. El INMLCF ha producido una serie de Manuales, Guías y Boletines que orientan a los peritos en la realización de la necropsia. La primera edición del Manual fue publicada en 2000, e introducía algunos lineamientos del Protocolo de Minnesota para la realización de autopsias. La segunda edición fue publicada en 2004, e incluía más lineamientos de Minnesota para documentar tortura e incluso algunos lineamientos del Protocolo de Estambul útiles para el estudio de cadáveres. Este factor se ocupa de dos aspec- tos que tienen que ver con la forma como se ejerce la medicina forense en Colombia y que tienen impli- caciones para nuestra pregunta concreta de investigación. Estos son, por un lado, las diferencias en el grado de profundidad y mi- nuciosidad con el que se realiza las necropsias y por otro lado la forma como se incluye la información re- colectada en el protocolo. Diferencias en el grado de profundidad con el que se realiza la necropsia En Colombia, durante mucho tiempo la práctica de autopsias se limitaba a determinar la causa, manera y mecanismo de muerte. Este tipo de autopsia, denomina- do autopsia orientada, no tenía en cuenta la necesidad de detectar, documentar y analizar evidencias con miras a obtener pruebas de la autoría y las circunstancias de la comisión de un delito17. Este tipo de práctica se mantenía por va- rias razones: el gran volumen de casos, la reciente articulación de los sistemas legales municipales y departamentales al Sistema Nacional de Medicina Legal, la poca difusión y apropiación de la literatura forense internacional, la inexistencia de programas de especialización en medicina fo- rense y el desconocimiento de los protocolos internacionales. No obstante, hacia mediados de la década de los 90 se empezaron a trabajar casos en los que la causa y manera de muerte no eran las aparentes: accidentes de tránsito que en realidad eran homicidios con actividad sexual relaciona- da, muertes naturales que eran homicidios, etc. Y desde el nuevo milenio se empezaron a adoptar los lineamientos de los protocolos de Minnesota y Estambul18. Esto reveló que la orientación de la ne- cropsia no permitía recoger infor- mación que pudiera complementar o contradecir las hipótesis inicia- les, y por eso se empezó a trabajar en el Manual para la Práctica de autopsias médico legales que se publicó y difundió en el año 2000. Este manual planteó la directriz de que toda autopsia debía ser no orientada, y debía no sólo determi- nar causa, manera y mecanismo de muerte, sino aportar evidencia y pruebas para entender las cir- cunstancias en las que sucedieron los hechos. Para ello se exigía rea- lizar un examen externo minucio- so, así como examen interno. En sus propias palabras el manual indica que “no haga necropsias orientadas, practique un examen completo; por ejemplo, aun si el caso corresponde a un accidente de tránsito, examine genitales. De lo con¬trario, no podrá detectar delitos poco obvios”19. Dicho examen incluye revisar cuidadosamente la boca y los ge- nitales pues “tanto la boca como el recto y la vagina deben explo- rarse siempre por ser puertas de entrada y lugares donde pueden encontrarse lesiones difíciles de sospechardesde el examen ex- terno”20. Adicionalmente, se de- ben registrar alteraciones en la región perineal, genital y anal, axilas, palmas y plantas y áreas cubiertas por pelo, y se revisaría con cuidado la evidencia traza contenida en las uñas. El manual indica que se deben tomar frotis vaginal, rectal y oral para búsqueda de espermatozoides si se sospecha atentado sexual o si no dispone de información clara y completa respecto a las circunstan- cias, que permita descartar esta posibilidad de antemano”21. Esto incluso si no hay indicios claros ni lesiones evidentes. Podría interpretarse que la ne- cropsia orientada y la no orienta- da son dos extremos del espectro del grado de profundidad y minu- 16 INMLCF, Manual para la Realización de Autopsias Médico Legales, 2002, Máximo Alberto Duque, “Manejo del Cadáver por parte del médico”, En: Revista del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Vol. XVIII No 2 de 2004, Bogotá. Pp. 7, Mary Luz Morales y Maria Dolores Morcillo, “Aplicación de los principios de la patología forense a la atención de un caso de muerte colectiva: relato de una experiencia y algunas recomendaciones”, En: Revista Científica, Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Volumen 20, Número 1, 2008, Pp. 19 – 28, y p. 21 18 Entrevista Dr. Mary Luz Morales, Julio 2009. 19 Ibíd., Pág. 64. 20 Ibíd., Pág. 64 21 Ibíd., Pág. 67 17 Parafraseado de Manual para la realización de autopsias médico legales, pp.50. 339 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es ENTORNOS FAVORABLES PARA EL APRENDIZAJE CRIMINAL EN COLOMBIA1 Isaac De León Beltrán2 y Eduardo Salcedo-Albarán3 Investigadores Grupo Método Resumen En este trabajo se afirma que el narcotráfico ha fortalecido el en- torno criminal colombiano. Este se fortaleció como consecuencia del afianzamiento del narcotráfico. El medio colombiano es propicio para el crimen porque presenta i) altosniveles de impunidad, ii) índices graves de corrupción, y , iii) mano de obra disponible y a bajo costo entrenada en el uso de la violencia. Este ambiente favo- rable para el crimen ha permiti- do el desarrollo de competencias criminales. Dentro de estas habi- lidades la iniciativa empresarial criminal ocupa un lugar especial. En este contexto, las autoridades enfrentan organizaciones que muestran altas tasas de innova- ción. Desde este punto de vista, se tiene el reto de iniciar procesos de aprendizaje capaces de responder a los procesos de rápida adapta- ción de los actores criminales. INTRODUCCIÓN El objetivo de este trabajo es for- mular dos teorías sobre el apren- dizaje criminal. La primera es el desarrollo de las habilidades criminales. La segunda explica el modo en que un entorno insti- tucional puede favorecer el desa- rrollo de dichas habilidades. La primera se basa en el análisis eco- nómico del crimen (Becker, 1968). La segunda, en el análisis de los entornos generosos –o entornos munificentes (Castrogiovanni, 1991). Desde el punto de vista eco- nómico el crimen puede ser exa- minado como un comportamiento racional. Esta perspectiva per- mite analizar el comportamiento criminal sin tener en cuenta con- sideraciones morales acerca del «deterioro moral» o la «pérdida de valores». Del mismo modo, la perspectiva económica no revisa el crimen como una enfermedad psicosocial. La teoría propuesta permite explicar el elevado nú- mero de homicidios en Colom- bia. Este problema es pertinente porque la tasa de homicidios de Colombia desde la década de los ochenta se encuentra por encima de la tasa promedio de América Latina y del mundo (Echeverry, Salazar & Navas, 2001). Ciertas conductas criminales pueden ser estudiadas desde la perspectiva económica porque tie- nen una definida orientación ha- cia el beneficio económico. Tal es el caso de los delitos en donde se puede identificar el afán de lucro. Este trabajo se concentra en las conductas criminales en las que se puede identificar fácilmente el afán de lucro. Para que una conducta criminal sea exitosa es necesario el desa- rrollo de un conjunto de compe- tencias. Las competencias son el conjunto de conocimientos, habilidades y conductas que le permite a una persona un alto desempeño en su trabajo. Las competencias tienden a mostrar una larga duración una vez de- sarrolladas. (Spencer y Spencer, 1993; Ansorena Cao, 1996; Woo- druffe, 1993). Se propone en este trabajo extender el uso del con- cepto de competencias laborales del mercado laboral legal al «mer- cado laboral criminal». Se asume en este trabajo que las competen- cias se componen de habilidades (skills), es decir, en la capacidad para hacer algo. En ese sentido, las habilidades son la manifesta- ción concreta y observable de las competencias. Se puede afirmar que el desarrollo de competencias para el adecuado desempeño de un individuo en un oficio es una cuestión que trans- ciende la frontera entre lo legal e ilegal; para realizar de modo apropiado un oficio (criminal o no) es necesario el desarrollo de un conjunto específico de habili- dades. El desarrollo de las com- petencias criminales se produce en un ambiente de aprendizaje; esto es válido tanto para el desa- rrollo de habilidades productivas no criminales como el manejo de máquinas y equipos en el sector industrial legal como en el desa- rrollo de habilidades como el ma- nejo de armas y mecanismos de coordinación criminal. Las competencias criminales se desarrollan en un proceso de socialización criminal que pone en contacto al individuo con una organización. Si se tiene esto en cuenta, la racionalidad criminal puede ser vista como el cálculo de medios y fines que hace una persona que cuenta con el entre- namiento adecuado para aumen- tar la probabilidad de éxito en la comisión de delitos (Beltrán & ciosidad a la hora de hacer las necropsias. Los manuales, las guías los reglamentos son linea- mientos que orientan el accionar del médico más no constreñi- mientos, pues hay lugar para su propio criterio. El perito, tenien- do en cuenta las circunstancias del caso, sus preferencias, los re- glamentos vigentes, formación, “olfato forense” y experticia toma decisiones sobre dicho grado de profundidad y minuciosidad. En el grupo de 72 necropsias de ca- dáveres femeninos disponibles que datan entre 1997 y 2003, encontra- mos cierta “diversidad” en el grado de profundidad con el que se realiza el examen interno y externo. Algu- nas, como las que analizaremos en el caso de la masacre de El Salado, son apenas párrafos descriptivos de las lesiones externas. Otras reali- zadas por médicos de sector salud en hospitales se limitan al examen externo. Al lado de otras realizadas por médicos de unidades básicas, seccionales y regionales que reali- zan un examen externo e interno muy minucioso, que a veces incluye la toma de muestras. Ahora bien, detectar un delito sexual en homicidios en contextos de DIH es más factible si se hace una autopsia no orientada, minu- ciosa y detallada. Y es así pues que la ocurrencia de ese tipo de eventos no suele ser evidente o común, no suele ser recogida en los relatos de la escena, casi nunca es una hipó- tesis de la autoridad que realiza la inspección de los cadáveres, y no es una lesión relacionada directa- mente con la causa y el mecanis- mo de muerte. Sólo con un examen exhaustivo del cuerpo, sólo yendo más allá de las heridas que causa- ron la muerte, y a veces insistiendo incluso ante la ausencia de lesio- nes aparentes, puede detectarse el delito sexual en estos contextos. 22 Ibíd., Pág. 59 Segundo debate Para los médicos con entrena- miento forense en Colombia, los hallazgos de la necropsia pueden documentarse de dos formas. La primera, es incluyendo sólo la in- formación del orden de lo positi- vo, es decir, lo que se encuentra y se puede probar. La segunda, incluyendolos datos negativos además de los datos positivos. Esto significa incluir información de lo que se buscó y no se encontró en la necropsia. Los que documentan lo positivo sostienen que el médico sólo debe documentar lo que encontró pues no tiene sentido darle a la autori- dad (que por cierto no siempre tiene la capacitación suficiente para inter- pretar la información médico foren- se), datos negativos que no aportan a la investigación. Entretanto los segundos dicen que la información de lo que no se encuentra es igual- mente importante y que debe ser incluida explícitamente en el pro- tocolo de necropsia. Según el Manual para la prácti- ca de autopsias médico-legales de 2000, en la documentación de la necropsia se recomienda “listar los hallazgos negativos perti- nentes (esto documentará lo que usted buscó y no estaba ahí)”22. No obstante, la lectura atenta de las necropsias recogidas nos reveló que, en lo que tiene que ver con el delito sexual, sólo en un caso se explicita por parte de la perito que “no se encuentran lesiones en el cuerpo de posible delito sexual”. Este debate es fundamental para nuestro objeto de estudio, pues una cosa es lo que se observa, y otra cosa lo que se deja documen- tado en el protocolo de necropsia. Aquellos que consideran que lo negativo también es importante, pondrían en sus protocolos que “se descartó posible agresión sexual”. Pero aquellos que enfatizan en lo positivo no harán referencias textuales, lo cual no quiere decir que no se haya pensado, buscado, observado y descartado. d. Conexión escena-sala de necropsias En el sistema forense colombiano se separa la investigación de la es- cena del crimen de la realización del examen del cuerpo: por un lado, las instituciones que tienen funciones de Policía Judicial (CTI, DAS, SIJIN, DIJIN, Procurador, alcaldes, inspectores de policía, entre otros) realizan la inspección de cadáver, adelantan la búsqueda de los sospechosos y reúnen infor- mación y evidencias. Por otro lado los médicos con funciones médico- legales reciben el cadáver, realizan la necropsia, toman las muestras pertinentes que envían a los labo- ratorios para luego remitirlas a las autoridades, identifican el cadáver y lo entregan a los familiares pre- via autorización de la Fiscalía. A la hora de hacer la necropsia los médicos cuentan con el Acta de Inspección de Cadáver, el ca- dáver y los elementos probatorios que vienen con éstos. El Acta de Inspección, debe consignar infor- mación sobre el sitio donde fue encontrado el cuerpo, causa de muerte y manera , recolección de evidencia, descripción de prendas y de heridas, relato de los hechos, testimonios oculares, entre otros. Esta puede contener suficiente información para guiar al médico en la realización de la necropsia, o puede traer información insu- ficiente que deja sin pistas al fo- rense frente al cuerpo. Por eso, la calidad de la información conte- nida en el acta es un factor que afecta la toma de evidencia que conlleven a probar la existencia de 340 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es delito sexual. Si el acta contiene el relato de los hechos, la hipó- tesis de lo ocurrido, descripción de la escena y de la ubicación del cuerpo, facilita la indagación del cuerpo, la contextualización de los hallazgos, y la conclusión del caso. Sin embargo, ésta constitu- ye una de las mayores dificulta- des de la labor del médico forense en Colombia. Las actas suelen ser muy pobres y tienden a omitir da- tos de los hechos y pistas sobre presuntos responsables. “Infor- tunadamente, en muchas partes del país la Inspección es sólo un trámite y no procede según la es- tricta metodología que requiere, o se considera que el médico, por sus conocimientos, no requiere más información y se limita así su posibilidad de ofrecer experticias realmente útiles para los fines de la investigación”23. Los médicos suelen estar ciegos y solos con el cuerpo en sus salas. Por ejemplo, es muy distinta un acta que consigna “presuntos pa- ramilitares llegaron hace 3 días a la población, sacaron a la gente de sus casas, separaron a los hom- bres de las mujeres y asesinaron a 20 pobladores en dicho lapso de tiempo”, a un acta que consigna: “indagación en el vecindario: ne- gativa”. La falta de información sobre la escena limita aquello que el médico puede considerar deter- minante en la necropsia. De otro lado, la implementación de los procedimientos para el ma- nejo del cadáver en la escena es reciente y se dio de forma diferen- ciada en el territorio. En Bogotá empezó a trabajarse desde 199724 pero en muchas localidades sólo se dio con la entrada en vigencia del Sistema Penal Acusatorio y la Resolución 6394 de 2004, Ma- nual de Cadena de Custodia para el SPOA, así como el Manual de Policía Judicial25. Antes de ese momento era muy común que los cadáveres llegaran desvestidos, manipulados, embalados en una sábana y sin cuidado de la cade- na de custodia. Esto dificultaba la recuperación de evidencia de desgarros, manchas, posición de interiores, o de evidencia física como cabellos y restos de semen o sangre, piezas definitivas en la do- cumentación de un delito sexual. Esto implica que en el periodo que estudiamos (1997-2003) el trata- miento inadecuado del cadáver por parte de las autoridades con funciones de Policía Judicial ocu- rriera con frecuencia. Por ello el manejo del cuerpo en la escena es un factor que incide en el registro de violencia sexual. e. Capacitación del médico al que le corresponde hacer la necropsia El grado de entrenamiento o ex- perticia del médico al que le corres- ponde hacer la necropsia constituye también un factor que determina el registro de delito sexual. El Sis- tema Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses funciona de la siguiente manera: existe el Insti- tuto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses quien es el rec- tor del sistema y está adscrito a la Fiscalía General de la Nación (Ley 938 de 2004). El INMLCF cuenta actualmente con ocho Direcciones Regionales: Oriente, Nororiente, Norte, Occidente, Suroccidente, Sur, Suroccidente y Bogotá, 25 Direcciones Seccionales ubicadas en la mayoría de capitales depar- tamentales, y 125 puntos de aten- ción (Unidades Básicas), cuatro de ellas Móviles (Sabana, Quindío, Itsmina y Acacías). Dichos 125 puntos de atención cubren el 65% de la población 23 Ibíd., Pág. 30 24 Entrevista Dr. Mary Luz Morales. colombiana. El resto del territo- rio debe ser cubierto por médicos rurales u oficiales de los hospita- les. Por eso las necropsias pre- sentan grandes variaciones que dependen principalmente de la formación y la experiencia del médico a quién le correspondió hacer la necropsia. Como sucede en toda profesión, hay diferencias de formación de los médicos del sector salud fren- te a los médicos del Instituto. Y dentro de estos últimos, existen diferencias entre los que reciben un entrenamiento básico y los que realizan una especialización en patología o medicina forense, o entre los nuevos y los experimen- tados. Esto explica la existencia de necropsias más y menos exhausti- vas y más y menos detalladas. En Colombia la carrera de me- dicina incluye en su pensum de estudios un módulo de formación en Medicina Legal y muchas uni- versidades tienen convenio con el Instituto para lograr que los estudiantes hagan rotaciones de un mes. Pero esta corta formación en temas forenses no es suficiente para abordar con todo el rigor los casos complejos. Según cuatro ex- pertos consultados, es prácticamen- te improbable que un médico rural o un médico que tenga que hacerse cargo de tareas médico-legales en un hospital municipal, sea capaz de documentar un caso donde hubo violaciones al DIH, hay múltiples cadáveres, están en avanzado esta- do de descomposición o hubo acti- vidad sexual relacionada. Así como un médico generaltiene los conoci- mientos pero requiere experiencia para practicar una cesárea o un procedimiento quirúrgico, tampo- co tiene la suficiente destreza para realizar este tipo de necropsias. En palabras de una experta, “hay una distancia gigantesca entre ser mé- dico y ser perito forense. Es como si 25 Entrevistas médicos Popayán, Buenaventura y Antioquia. 341 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es a mí me pusieran a hacer una ciru- gía a corazón abierto. Yo sé dónde queda el corazón, pero es imposible que yo haga esa cirugía”. Sin embargo, mientras que en el sistema de salud el médico puede remitir la paciente a un municipio que le pueda prestar la atención requerida, en el sistema médico- legal el médico rural o los médicos de los hospitales están obligados a abordar el caso. Ellos pueden e in- cluso deben estar en comunicación con el médico de la Unidad Básica más cercana, pedir asesoría y apo- yo. Pero a veces los médicos del sector salud no saben que pueden contar o no cuentan con expertos del INMLCF para abordar casos complejos y en muchos casos se presentan problemas de informa- ción y coordinación entre los dos sectores. Es importante recalcar que para los primeros años del periodo de estudio la comunica- ción inmediata por teléfono o por celular no estaba disponible, lo que conllevaba a que los médicos rurales o de hospitales asumieran solos los casos. Entre los médicos del Instituto también hay grandes diferencias. Los médicos nombrados toman un curso de un mes: dos sema- nas en patología y dos semanas en clínica. Esta formación básica los habilita para realizar bien los informes periciales. Pero el olfato, el interés por descubrir lo no evi- dente o el índice de sospecha, ne- cesarios para encontrar los casos de homicidio con actividad sexual relacionada, sólo se obtienen tras años de ejercicio y con una voca- ción o gusto por los casos de pato- logía. En efecto, algunos médicos tienen más interés por las tareas de clínica, pero deben asumir tan- to clínica como patología dadas las condiciones institucionales de las Unidades Básicas. Además de la experiencia y la pasión por lo forense, detectar violencia sexual, requiere un grado de formación específico y especializado. Dos de los expertos consultados insistieron en que “el concepto de homicidio sexual es un concepto especializado, que casi no es del alcance de un mé- dico general. Yo creería que un médico general no está en la con- dición de abordar una masacre en la que se sospecha que pudo haber habido violación o acti- vidad sexual, porque no está lo suficientemente capacitado. No es porque no pueda, sino porque sencillamente no fue formado para eso. Puede que tenga algún esbozo, pero es poco probable que quede bien hecho. O incluso, si tuvieran la idea, también sería un poco difícil que la lleve a cabo. Para hablar de homicidio sexual se requiere tener cierta forma- ción, especialización, haber visto qué es eso, conocer los tratados, saber cómo lo manejan en otros países, incluso si lo vamos a mi- rar dentro de nuestro país es una cosa que se ha acuñado en los últimos años”. f. Control del personal: capacitaciones, monitoreo Es un hecho que los manuales para hacer autopsias desde el 2000 tienen unas directrices muy precisas frente a la toma de muestras cuando se sospecha actividad sexual, y que el protocolo de Minnesota expresa claramente la forma de documentar la violencia sexual como forma de tortura en un cadáver. Pero la expedición de los manuales, guías y reglamentos requiere divulgación entre todas las Regionales, Seccionales y Unidades Básicas del Instituto, que el personal sea capacitado y re-entrenado y que su ejercicio sea observado y revisado. El control del personal frente a la aplicación de los lineamientos ex- pedidos en manuales y protocolos internacionales es otro factor que determina la toma de evidencia útil para documentar posible de- lito sexual en contextos de con- flicto armado. Dicho control de personal puede darse en formas de monitoreo a la calidad de las necropsias y capacitaciones. En lo que tiene que ver con la ca- pacitación sobre protocolos inter- nacionales y manuales, en el año 2002 se presentó el protocolo de Estambul en el Congreso Nacio- nal de Medicina Legal. Ese mismo año empezó el entrenamiento de los peritos sobre el “Manual para la realización de autopsias médi- co-legales” y sobre el manejo de evidencia. Así mismo se empezó a promover la aplicación del pro- tocolo de Minnesota en el ámbito regional, como guía para hacer au- topsias en caso de violaciones a los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. En noviembre de 2006 se hizo un cur- so de los protocolos de Minnesota y Estambul con 153 funcionarios de los organismos con funciones de Policía Judicial y funcionarios del Instituto, y en 2007 se hizo un Seminario de Formación en el pro- tocolo de Estambul26. En cuanto al seguimiento, a par- tir del año 200027 se implementó el programa de monitoreo de la cali- dad básica, que incluía la detec- ción y documentación de lesiones causantes de dolor, inmovilización, 26 Datos tomados de los Comentarios del Gobierno de Colombia a las conclusiones y recomendaciones del Comité contra la Tortura CAT/C/COL/CO/3/Add.1, 13 de junio de 2006, CAT/C/COL/CO/3/Add.2, 24 de septiembre de 2008, y del Cuarto informe Periódico a la Convención Contra la Tortura de parte del Estado Colombiano, CAT/C/COL/4 del 21 de febrero de 2008. 27 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. División de Tanatología Forense. Dra. Mary Luz Morales. Manual para la Práctica de Autopsia. Bogotá, 2000. 342 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es agresión sexual y ocultamiento del cuerpo. Así mismo se avanzó en la implementación del SIVEL- CE (Sistema de Vigilancia Epide- miológica de Lesiones de Causa Externa) que desde las variables relacionadas con Derechos Hu- manos recoge desde 2003 indicios de tortura física, inmovilización, causación de dolor y mutilaciones premortem28, sistema que facilita el monitoreo permanente sobre los datos. Se observa entonces que el con- trol del personal es un factor que juega a favor de la toma de evi- dencias de agresión sexual, pues está orientado a acercar la prácti- ca de los peritos con los estánda- res publicados en los manuales y guías. Pero hay que enfatizar que no siempre se ha monitoreado la calidad de las necropsias y que incluso, después de que surgiera la iniciativa subsistieron limita- ciones logísticas que dificultan avanzar en las capacitaciones y el monitoreo, las herramientas y recursos que permiten hacerlo no siempre han estado disponibles: la sistematización y el acceso a Internet desde las unidades bási- cas es prácticamente nueva y sin este recurso resultaba muy difícil adelantar controles y evaluacio- nes sobre una muestra represen- tativa de los informes periciales realizados. Adicionalmente esta carencia dificultaba el acceso de los médicos a los nuevos manua- les, guías y reglamentos. g. Formatos de necropsia El formato es el instrumento escrito que acompaña la realiza- ción de la necropsia. Se trata de una guía que recuerda al médico forense el orden de los procedi- mientos y las indagaciones que no puede dejar de realizar du- rante su exploración. El formato refleja el nivel de exploración del cadáver, sus hallazgos, análisis y conclusiones, y por lo general se recomienda acompañarlo de esquemas y diagramas así se dis- ponga de registro fotográfico29. En la actualidad todos los infor- mes periciales de necropsia en el nivel nacional son diligenciados en Internet a través del Sistema de Información Red de Desapa- recidos y Cadáveres (SIRDEC). Este sistema incorpora elemen- tos del Derecho Internacional Humanitario como desaparición forzaday tortura, y se encuentra diseñado para que ninguna varia- ble, incluida la posible ocurren- cia de violencia sexual, quede sin registrar. También se indaga por las circunstancias de la muerte, y por todos los elementos asociados que se hayan podido identificar durante la práctica de la necrop- sia. Además del protocolo, cada necropsia está acompañada por un registro gráfico y fotográfico. Sin embargo, para el periodo en estudio, los formatos o protoco- los aún no se habían integrado al SIRDEC, y aunque el Manual para la Práctica de Autopsias del año 2000 anexa una completa guía de protocolo de necropsia, en la práctica existía diversidad en el diseño, o en la forma en que se indagaba por los datos, tal como anota un médico con larga trayec- toria en el Instituto. La mayoría de los protocolos reali- zados tanto en el periodo en estu- dio, como en la actualidad constan de: identificación del caso, examen externo, descripción de prendas, examen interno, descripción de lesiones, conclusiones y esque- mas de las lesiones encontradas. 28 Ibíd. La primera parte puntualiza el caso: se le asigna un número, y se anota el nombre de la víctima, el documento de identidad, la hora y lugar de la muerte, la hora y lugar de la necropsia, el nombre del funcionario que ordena la ne- cropsia, el nombre del prosector y el nombre del disector. La se- gunda parte tiene que ver con el examen exterior del cadáver. Allí se suelen describir los fenómenos cadavéricos, la forma en que se recibe al cadáver, y se da cuenta del estado en que se encuentran todos sus órganos externos. El si- guiente paso es la descripción de las prendas de vestir a la que le sigue el examen interno que im- plica la exploración de los órganos internos del cuerpo. Posterior a este examen se hace una descrip- ción detallada de las heridas que produjeron la muerte incluyendo la trayectoria de las lesiones, y se anotan conclusiones como causa, manera y mecanismo de muerte, así como los comentarios del caso. Después se reseña si se solicitó algún examen adicional al reali- zado y finalmente se incluye un esquema de lesiones, que consiste en una gráfica del cuerpo humano en el que se señalan las heridas. Como el diseño o la forma en que se preguntaba por la información fue evolucionando con el tiempo, es decir, con la paulatina imple- mentación de nueva literatura, manuales, protocolos interna- cionales, y en consecuencia, más variables y elementos hasta final- mente integrarse en el SIRDEC, podemos preguntarnos si estas variaciones pudieron facilitar o evitar que se indagara por la ocu- rrencia de violencia sexual previa al homicidio. La respuesta es sí. Hasta hace pocos años se indaga- ba menos por aspectos tanto de cuerpo como de la información asociada al delito. En muchos casos no se anotaba si la víctima 29 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. División de Tanatología Forense. Dra. Mary Luz Morales. Manual para la Práctica de Autopsias Médico-Legales. Bogotá, 2000. 343 In st itu to N ac io na l d e M ed ic in a Le ga l y C ie nc ia s Fo re ns es había muerto junto con otros in- dividuos y en qué tipo de sucesos. La descripción de las prendas era bastante limitada y los formatos podían dejarse inconclusos. Si bien todos los protocolos solici- taban un examen externo y uno interno de los órganos genitales, las preguntas concretas podían contribuir a que no se examina- ra a profundidad esta parte. En el examen externo algunos proto- colos preguntaban abiertamente por órganos genitales, otros pro- tocolos indagaban por órganos genitales y mamas, otros exami- naban vagina, otros dirigían el examen a vagina y ano y otros incluían en este espacio órganos sexuales, mamas y glúteos. Como puede verse la exactitud con la que se preguntaba por los órga- nos sexuales podía orientar al médico hacia mejores pesquisas sobre la posible ocurrencia de violencia sexual, así como llamar su atención sobre otros lugares del cuerpo donde pudiese haber rastros de actividad sexual como el ano, los senos y los glúteos, y otras regiones no evidentemente relacionadas como los muslos, el cuello, la boca, entre otros. Actualmente, el entorno de la pregunta por la violencia sexual así como la implementación de instrumentos para abordar ca- sos de DIH, han impuesto más detalle en las preguntas sobre el cuerpo y las circunstancias asociadas a la muerte, así como mejores descripciones de las prendas: manchas, cotejo balís- tico, desgarros, etc. Además los médicos forenses no pueden arti- cular sus necropsias al SIRDEC si no responden todas las pre- guntas que el sistema requiere. h. Los signos de violencia sexual En todo contacto entre un cuerpo y otro se intercambia evidencia física, a esto se le conoce como el Principio de Locard. Según este principio, el agresor que ataca a la víctima deja algo en ella, y la víctima deja algo en el agresor. De otro lado, un lugar deja elementos en quienes lo visitan y el visitante deja elementos en el lugar30. El delito sexual implica con- tacto entre el cuerpo del agresor y el del agredido por lo que es de es- perarse que se dejen huellas tanto en las víctimas como en la escena del crimen. Algunas huellas sólo se obtendrán tras la recuperación de evidencia traza y el examen sexoló- gico31, pero otras huellas serán más evidentes en el examen externo y estarán indicando al perito sobre lesiones patrón asociadas a cir- cunstancias de delito sexual. Esto es lo que llamamos los signos de violencia sexual. Los signos de vio- lencia sexual son entonces, todas las pistas que hacen que el médico sospeche que pudo haber violencia sexual previa a un homicidio. Dichos signos son de dos órdenes, el primero alude a lo que se pre- serva o conoce de la escena del crimen, y el segundo, a los signos localizados en el cuerpo. El prime- ro se refiere a la información con- signada en el acta de inspección de cadáver o comunicada al perito por las autoridades que atendie- ron el caso, como las prendas de vestir, el lugar donde aparecen las víctimas, la cantidad de personas o de cadáveres con las que apare- ce la víctima. El segundo, implica marcas como mordeduras, desga- rros en piel o mucosas, traumas en restos óseos, etc. En relación con la información que se rescata de la escena del crimen, el primer signo es que el acta de inspección de cadáver aporte in- formación sugerente de violencia sexual, pida concretamente un fro- tis vaginal o toma de evidencia de violencia sexual. Otro signo común para los médicos forenses son las prendas de vestir y su ubicación. Estas pueden ser exteriores e in- teriores. Pueden presentar fibras, manchas o huellas, y/o los cadá- veres estar desnudos, con la ropa superpuesta o desgarrada, de una talla mayor o menor a la propia, o con un atuendo que al parecer no le pertenece. Esto suscita sospechas de posible delito sexual entre los médicos forenses. Igualmente, si la víctima carece de ropa interior, la tiene puesta al revés, o desubi- cada, las pesquisas sobre agresión sexual serán más agudas por ad- verso que sea el contexto. Otro de los signos que mencionan los mé- dicos entrevistados es la ubicación de los cadáveres. Si se encuentra el cadáver de una mujer en un lugar apartado de la zona urbana, o en un lugar solitario, rápidamente se entra en sospecha de un posible ataque sexual, sea guerrillera o no. Otros signos como las famosas posturas sexualizadas, que podrían informar más sobre las circunstan- cias de cada caso, son poco mencio- nadas por los forenses, ya que su abordaje médico-legal se da en la sala de necropsias, no en el lugar de la escena del crimen donde pue- de evidenciarse ese tipo de signo o indicador de posible delito sexual. De otro lado, que un homicidio se haya dado en contexto de violación al DIH, es suficiente signo para in- dagar por posibles evidencias úti- les para determinar
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