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Artículos
Complementarios
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Durante décadas los procesos de violencia en Co-
lombia han provocado miles de víctimas de deli-
tos como el homicidio, desplazamiento forzado, 
secuestro, extorsión y desaparición forzada, entre 
otros. Cada víctima dentro de su entorno, exige 
del Estado la acción efectiva para reestablecer su 
historia de vida, pero cada historia sigue enmarca-
da en procesos de dolor y sufrimiento, difíciles de 
asimilar en el marco de la reconstrucción del tejido 
social, afectado ante tanta impunidad. 
En este sentido, la desaparición forzada es uno de 
los delitos que afecta en mayor medida los Derechos 
Fundamentales de las víctimas, en especial los fami-
liares, quienes ante la incertidumbre del destino de 
la persona o sus restos, afrontan situaciones sociales, 
psicológicas y familiares, que no les permiten elabo-
rar un duelo que, suspendido, se convierte en parte 
del proyecto de vida y motivación para una búsqueda 
indefinida de verdad y justicia.
En ese contexto, en el año 2000 mediante la pro-
mulgación de la Ley 589, se tipifica en Colombia el 
delito de desaparición forzada, después de 13 años 
de iniciativas legislativas, en las cuales asociaciones 
de víctimas, impulsaron el proceso, con el único fin 
de obtener herramientas jurídicas que permitieran 
investigaciones para dar con el paradero de sus 
familiares desaparecidos. Sin embargo, el objeti-
vo de ubicar a los perpetradores de los hechos y 
judicialización de los mismos a la luz del derecho 
internacional, garantizaba recobrar la confianza en 
las instituciones que por muchos años, no dieron 
respuesta ante este delito de lesa humanidad. 
Adicionalmente, la Ley 589 de 2000 crea otros me-
canismos para la búsqueda efectiva de las personas 
desaparecidas, como son la Comisión de Búsqueda 
de Personas Desaparecidas1, el Registro Nacional 
de Desaparecidos (RND), el Mecanismo de Búsque-
da Urgente2 y la administración de bienes de las 
personas desaparecidas3, elementos que al abordar 
problemáticas de índole político, técnico, judicial y 
REGISTRO NACIONAL DE 
DESAPARECIDOS
1	 Comisión	de	Búsqueda	de	Personas	Desaparecidas,	es	una	comisión	nacional	y	permanente	
de	búsqueda	de	personas	desaparecidas	con	el	fin	de	apoyar	y	promover	la	investigación	
del	delito	de	desaparición	forzada,	con	pleno	respeto	de	las	competencias	institucionales	y	
de	las	facultades	de	los	sujetos	procesales.	Art.	8	Ley	589	de	2000.
2	 El	mecanismo	de	búsqueda	urgente	es	un	mecanismo	público	tutelar	de	la	libertad	y	la	
integridad	personales	y	de	los	demás	derechos	y	garantías	que	se	consagran	en	favor	de	
las	personas	que	se	presume	han	sido	desaparecidas.	Tiene	por	objeto	que	las	autoridades	
judiciales	realicen,	en	forma	inmediata,	todas	las	diligencias	necesarias	tendientes	a	su	
localización,	como	mecanismo	efectivo	para	prevenir	la	comisión	del	delito	de	desaparición	
forzada.	Art.	1	Ley	971	de	2005.
Diana Ramírez
Psicóloga coordinadora grupo de la Red Nacional de 
NN. INML
Clemencia Martínez
Grupo de la Red Nacional de NN. INML
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civil, pretenden en conjunto lograr 
el reestablecimiento de la persona 
desaparecida a su ámbito familiar 
y lograr para los familiares la 
ayuda necesaria para solucionar 
la problemática asociada a la des-
aparición de una persona. 
Dentro de los mecanismos an-
teriores, el Registro Nacional 
de Desaparecidos es una de las 
herramientas primordiales para 
la búsqueda de personas desapa-
recidas desde diferentes ámbitos 
de acción. En primer lugar, es un 
sistema de información nacional e 
interinstitucional, que tiene como 
objetivos principales identificar 
cadáveres sometidos a necropsia 
médico legal en el territorio na-
cional, orientar la búsqueda de 
personas reportadas como víc-
timas de desaparición forzada 
y facilitar el seguimiento de los 
casos y el ejercicio del Mecanismo 
de Búsqueda Urgente. 
Es decir, su carácter interinstitu-
cional incluye todas las entidades 
que aportan información útil para 
la identificación e investigación 
de los casos4, quienes tienen la 
obligación de transferir de mane-
ra permanente y oportuna, y de 
acuerdo con sus funciones, todos 
los datos que cumplan con los ob-
jetivos en cuanto a la identifica-
ción de cadáveres y la búsqueda 
de personas desaparecidas.
Además, es importante señalar 
que con la expedición del Decre-
to 4218 de 2005, se operativiza 
la implementación del RND, y se 
incluyen como finalidades en su 
artículo 3, lo siguiente: 
• “Dotar a las autoridades públi-
cas de un instrumento técnico 
que sirva de sustento en el di-
seño de políticas preventivas y 
represivas, en relación con la 
desaparición forzada”, es de-
cir que las cifras y/o reportes 
generados por el sistema de 
información, contribuye a la 
visibilización del fenómeno y 
por tanto al diseño y aplicación 
de medidas para contrarrestar 
la ocurrencia del delito desde 
niveles municipales, departa-
mentales y nacionales.
• “Dotar a las autoridades ju-
diciales, administrativas y 
de control de un instrumento 
técnico de información eficaz, 
sostenible y de fácil acceso que 
permita el intercambio, con-
traste y constatación de datos 
que oriente la localización de 
personas desaparecidas”. Lo 
anterior, puede considerarse 
como la respuesta a las víc-
timas, quienes durante años 
realizaron rutas de búsqueda 
por entidades y no obtuvieron 
información sobre la investiga-
ción de sus casos, ni la coordi-
nación interinstitucional que 
esperaban para el desarrollo de 
la búsqueda de su ser querido.
• “Dotar a la ciudadanía y a las 
Organizaciones de Víctimas de 
Desaparición Forzada, de la in-
formación que sea de utilidad 
para impulsar ante las autori-
dades competentes el diseño de 
políticas de prevención y control 
de las conductas de desapari-
ción forzada, de que trata la 
Ley 589 de 2000 y localizar a 
las personas víctimas de estas 
conductas”. En este sentido, la 
comunidad en general, requie-
re de información disponible y 
accesible, que permita aliviar la 
ansiedad provocada por la in-
certidumbre de un hecho de des-
aparición, pero al mismo tiempo 
verificar la actividad realizada 
por las entidades responsables 
de la investigación y búsqueda 
de personas desaparecidas.
Para la implementación del Re-
gistro Nacional de Desaparecidos, 
en el marco de principios de vera-
cidad, oportunidad y utilidad, y 
en cumplimiento de los objetivos 
y finalidades descritos en párrafos 
anteriores, se hizo necesario el di-
seño de las siguientes plataformas 
tecnológicas: 
1. Consultas públicas
Sección ubicada en la página WEB 
del Instituto Nacional de Medici-
na Legal y Ciencias Forenses5, 
mediante la cual, la comunidad 
en general puede consultar alfa-
béticamente los nombres y ape-
llidos de cadáveres ingresados al 
instituto en el nivel nacional y los 
reportes de personas desaparecidas 
ingresadas al Registro Nacional de 
Desaparecidos, desde el 1° de enero 
de 2007 a la fecha.
3	 Administración	de	los	bienes	de	las	personas	víctimas	del	
delito	de	desaparición	forzada.	La	autoridad	judicial	que	
conoce	o	dirige	el	proceso	por	el	delito	de	desaparición	
forzada,	 podrá	 autorizar	 al	 cónyuge,	 compañero	 o	
compañera	permanente,	a	alguno	de	los	padres	o	de	los	
hijos	del	desaparecido	para	que	provisionalmente	asuman	
la	disposición	y	administración	de	todos	o	parte	de	sus	
bienes,	en	cuanto	fueren	de	su	manejo	exclusivo.	Quien	
sea	autorizado,	actuará	como	curador	de	conformidad	con	
las	leyes	civiles	sobre	la	materia.
4	 Las	entidades	y	organizaciones	que	conforman	la	Comisión	
Nacional	de	Búsqueda	de	Personas	Desaparecidas	como	son:	
La Fiscalía General de la Nación o su delegado permanente, 
Procuraduría General de la Nación o su delegadopermanente, 
Defensoría del Pueblo o su delegado permanente, Ministerio 
de Defensa o un delegado de la Oficina de Derechos Humanos 
del Ministerio de Defensa, Programa Presidencial de Derechos 
Humanos y DIH o su delegado permanente, FONDELIBERTAD 
o su delegado permanente, Instituto de Medicina Legal o su 
delegado permanente, un Representante de la Asociación 
de Familiares de Detenidos Desaparecidos, ASFADDES y un 
Representante de las organizaciones no gubernamentales de 
Derechos Humanos escogidas por ellas mismas,	las	entidades	
que	cumplen	funciones	de	policía	judicial,	las	entidades	
autorizadas	 que	 registran	 personas	 reportadas	 como	
desaparecidas.	Las	demás	que	puedan	aportar	información	
relativa	a	la	identificación	de	personas	y	a	la	investigación	
del	delito	de	desaparición	forzada	como	son	la	Registraduría	
Nacional	del	Estado	Civil,	el	Instituto	Nacional	Penitenciario	
y	Carcelario	INPEC,	el	Departamento	Administrativo	Nacional	
de	Estadística	DANE,	el	Departamento	Administrativo	de	
Seguridad	DAS	y	el	Ministerio	de	la	Protección	Social. 5	 www.medicinalegal.gov.co
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2. SIRDEC
Es el Sistema de Información Red 
de Desaparecidos y Cadáveres, 
implementado a partir del 1 de 
enero de 2007, en el cual se regis-
tra la información de los cadáveres 
ingresados al instituto en el nivel 
nacional y los reportes de perso-
nas desaparecidas. Los usuarios 
de esta plataforma tecnológica 
pueden consultar, ingresar y mo-
dificar información, según perfiles 
de acceso preestablecidos a partir 
de su competencia en la investiga-
ción, identificación y búsqueda de 
personas desaparecidas. 
3. SICOMAIN
Es el Sistema de Información 
Consulta Masiva Internet, dise-
ñado como aplicativo retrospec-
tivo en el cual se ha consolidado 
toda la información de cadáveres 
y desaparecidos registrada en 
archivos y bases de datos elec-
trónicas, anteriores al año 2007. 
Dicha información fue suminis-
trada por entidades competentes 
en la materia como son: Fiscalía 
General de la Nación (Unidad 
Nacional de Derechos Humanos, 
Unidad Nacional de Fiscalías 
para la Justicia y la Paz y Cuerpo 
Técnico de Investigación), Insti-
tuto Nacional de Medicina Legal 
y Ciencias Forenses, Procuradu-
ría General de la Nación, Policía 
Nacional, Comisión de Búsqueda 
de Personas Desaparecidas y Vi-
cepresidencia de la República.
4. SINEI
Es el Sistema de Ingreso de Es-
tadística Indirecta, en el cual se 
ingresan las actividades forenses 
realizadas por médicos oficiales y 
en servicio social obligatorio, en 
aquellos lugares donde no exis-
ten sedes del Instituto Nacional 
de Medicina Legal y Ciencias 
Forenses. Dicho aplicativo fue 
implementado el 1° de enero de 
2009, por medio de la remisión de 
claves de acceso a los hospitales 
6	 Cruce	referencial:	proceso	de	análisis	y	conjunto	de	tareas	dirigidos	a	correlacionar	los	datos	incluidos	en	el	Registro	Nacional	
de	Desaparecidos	o	los	disponibles	en	otras	fuentes	de	información,	que	permitan	orientar	o	referenciar	la	identificación	de	un	
cadáver,	la	búsqueda	de	una	persona	desparecida	o	la	investigación	de	un	caso.	Decreto	4218	de	2005	Artículo	6	definiciones.
Departamento 2007 2008 2009
Amazonas	 2 7 3
Antioquia 125 471 3.976
Atlántico 89 414 353
Arauca 3 142 116
Bogotá	D.C 2.923 3.279 3.769
Bolívar 22 167 275
Boyacá 20 325 282
Caldas 9 515 499
Caquetá 5 233 288
Casanare 81 239 205
Cauca 17 249 250
César 31 618 401
Córdoba 1 304 415
Cundinamarca 133 666 298
Chocó 1 50 233
Guainía 	 2 10
Guaviare 10 264 132
Huila 8 181 275
La	Guajira 10 215 139
Magdalena 14 690 322
Meta 37 1.053 418
Nariño 5 348 370
Norte	de	santander 17 1.207 476
Putumayo 5 181 769
Quíndio 4 221 136
Risaralda 13 290 425
San	Andrés	y	
Providencia 	 4 2
Santander 162 919 715
Sucre 1 136 149
Tolima 20 305 561
Valle	del	Cauca 552 1.950 1.926
Vaupés 	 3 	
Vichada 3 48 48
Sin	información 30 117 229
Total 4.323 15.696 18.236
de municipios del país donde no 
existen sedes del INMLCF.
Actualmente, el Registro Nacional 
de Desaparecidos sigue su desa-
rrollo conceptual y tecnológico, 
proporcionando a los usuarios 
una herramienta de consulta y 
cruce referencial6 permanente, 
así como las cifras dinámicas del 
comportamiento del fenómeno en 
las últimas décadas, pero también 
la oportunidad a la comunidad na-
cional e internacional, de conocer 
de la realidad colombiana desde la 
visión de las víctimas que aún cla-
man por obtener verdad, justicia 
y reparación, ante el dolor perma-
nente de no saber donde están sus 
desaparecidos. 
Cuadro 1. Reporte de personas 
desaparecidas por departamento
El cuadro1 muestra un incre-
mento importante de reportes 
de personas desaparecidas en 
el año 2008 y 2009, cuando en-
tidades como el Cuerpo Técnico 
de Investigación, la Unidad de 
Justicia y Paz de la Fiscalía y la 
Comisión de Búsqueda de Perso-
nas Desaparecidas, iniciaron el 
acceso a la plataforma SIRDEC, 
por medio de jornadas masivas 
que han permitido el registro 
de casos existentes en archivos 
físicos a nivel nacional desde la 
década de los noventa y los casos 
correspondientes a las jornadas 
de víctimas del delito de desapa-
rición forzada, realizados en va-
rios departamentos del país. 
Por otra parte es importante acla-
rar que las fechas de desaparición 
de los casos ingresados en el Regis-
tro Nacional de Desaparecidos no 
ha sido limitada, por lo cual exis-
ten registros de desaparición desde 
principios del siglo XX, incluyen-
do los reportes realizados ante el 
Grupo de Trabajo de las Naciones 
Unidas sobre Desapariciones For-
zadas e Involuntarias, asociados a 
las décadas de los 70s, 80s y 90s.
Además, se evidencian depar-
tamentos como Antioquia, Valle 
del Cauca y Putumayo, con un 
número importante de reportes 
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en relación al resto del país. En 
el caso de la ciudad de Bogotá, el 
ingreso de desapariciones es rele-
vante, teniendo en cuenta que las 
ausencias voluntarias y/o asocia-
das a crisis familiares, económicas 
o sociales, se hacen evidentes, por 
tratarse de la ciudad capital, con 
índices de desplazamientos aso-
ciados a los anteriores fenómenos 
y la infraestructura de las entida-
des responsables de la búsqueda. 
 
Cuadro 2. Reporte de personas 
desaparecidas clasificada como presunta 
desaparición forzada
En el cuadro 2 se relaciona la 
incidencia de las desapariciones 
presuntamente forzadas ocurri-
das en los departamentos del 
país y clasificadas en el RND por 
todas las entidades intervinien-
tes. Esta clasificación obedece a 
la hipótesis inicial referida por el 
reportante, a partir de la descrip-
ción de las circunstancias del he-
cho, condición sociopolítica de la 
persona desaparecida y criterios 
establecidos por la Comisión de 
Búsqueda de Personas Desapa-
recidas. Es importante aclarar 
que la tipificación del delito es-
tablecida por la Fiscalía General 
de la Nación no necesariamente 
corresponde a la clasificación in-
gresada en el RND y puede variar 
según los avances investigativos 
y hallazgos de cada caso.
Es relevante que la incidencia de 
desapariciones presuntamente 
forzadas ocurridas en la ciudad 
de Bogotá, es significativamente 
menor, en relación con el total de 
casos, lo cual se explica a partir de 
la naturaleza de las desaparicio-
nes de la capital, asociadas a crisis 
familiares, económicas o sociales, 
definidas en ocasiones como au-
sencias voluntarias. 
Cuadro 3. Reporte de personas 
desaparecidas por sexo y edad
Departamento 2007 2008 2009
Amazonas 	 	 1
Antioquia 40 171 2450
Atlántico 3 28 40
Arauca 	 42 66
Bogotá	D.C 5 60 137
Bolívar 1 59 134
Boyacá 	 35 114
Caldas 2 70 150
Caquetá 1 35 123
Casanare 54 74 101
Cauca 	 67 135
Cesar 3 262 176
Córdoba 	 201 231
Cundinamarca 4 119 66
Chocó 1 5 168
Guainía 	 	 4
Guaviare 5 71 58
Huila 2 30 74
La	Guajira 5 83 75
Magdalena 4 163 174
Meta 5 265 182
Nariño 	 274 276
Nortede	Santander 1 166 152
Putumayo 2 90 641
Quindio 	 30 15
Risaralda 	 28 72
San	Andrés	y	
Providencia
	 2 	
Santander 	 258 392
Sucre 12 17 36
Tolima 3 68 143
Valle	del	cauca 23 401 508
Vaupés 	 3 	
Vichada 1 18 26
Sin	información 8 19 145
Total 185 3.214 7.065
 
Edad/Sexo
2007 2008 2009
Masculino Femenino Masculino Femenino Masculino Femenino
0-2	años	 9 7 7 5 8 3
2-10	años 30 28 59 39 75 45
10-20	años 526 632 1.015 1.023 1.354 1.786
20-30	años 1.037 305 3.498 870 3.779 981
30-40	años 631 112 3.592 460 3.682 500
40-50	años 428 71 2.417 357 2.295 311
Más	de	50	
años
418 121 2.227 357 3.237 416
Sin	determinar 0 0 1 0 7 0
Total 3.079 1.276 12.813 3.061 14.437 4.042
Analizar las cifras referidas en el 
Cuadro 3, se debe resaltar que el 
50% del total de casos ingresados, 
se encuentra en los rangos de 20 
a 40 años y el 78% corresponde al 
sexo masculino. Lo anterior, se re-
laciona con las cifras de hechos vio-
lentos como masacres, homicidio 
selectivo, secuestro, entre otros, en 
los cuales las víctimas principales 
corresponden a hombres en plena 
capacidad productiva y como víc-
timas subsidiarias, a mujeres que 
deben asumir roles de liderazgo 
en ámbitos familiares, laborales 
y sociales, ante la ausencia de la 
imagen masculina. 
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Cuadro 4. Reporte de personas que 
continúan desaparecidos, reportados en 
los años 2007, 2008 y 2009
En cuanto a la actualización y 
seguimiento de los reportes de 
personas desaparecidas, con el 
fin de establecer la aparición (vi-
vos o muertos) y definir el estado 
del caso para continuar labores de 
búsqueda, es responsabilidad de 
todas las entidades competentes 
en la búsqueda e investigación. 
Departamento 2007 2008 2009
Sin	información	 29 115 225
Amazonas 2 7 4
Antioquia 110 446 3678
Arauca 1 140 114
Atlántico	 46 374 258
Bogotá 2.111 2.600 2.204
Bolívar 19 145 254
Boyacá 14 295 219
Caldas 7 491 372
Caquetá 3 131 281
Casanare 77 235 193
Cauca 17 229 231
Cesar	 26 610 386
Chocó 1 50 232
Córdoba 1 294 387
Cundinamarca 96 626 242
Guainía 0 2 10
Guaviare 10 262 131
Huila 7 173 262
La	Guajira 10 209 133
Magdalena 13 682 316
Meta 33 1.039 400
Nariño	 4 347 364
Norte	de	Santander 15 1.142 413
Putumayo 5 178 762
Quindío	 3 208 71
Risaralda 12 278 311
San	Andrés	y	
Providencia	
0 4 2
Santander 92 818 551
Sucre	 1 134 139
Tolima 14 271 461
Valle	del	cauca 485 1.929 1.862
Vaupés 0 3 0
Vichada 3 48 48
Subtotal 3.267 14.515 15.516
Total 33.298
A la fecha, la interinstituciona-
lidad del RND y las1.022 claves 
de acceso asignadas a entidades 
diferentes al INML, garantizan 
una cobertura en la actualización 
oportuna de los casos, la dinami-
zación de los datos y por tanto de 
las cifras generadas. 
Ver cuadro 5.
“EL REGISTRO NACIONAL DE DESAPARECIDOS NO ES UN SISTEMA DE INFORMACIÓN 
INSTITUCIONAL, ES EL REGISTRO NACIONAL Y ÚNICO DE DESAPARECIDOS DEL ESTADO 
COLOMBIANO”
Dra. Diana E. Ramirez Paez
REFERENCIAS NORMATIVAS
• Art. 2 C.N. “Son fines esenciales del Estado: Servir a la comunidad, 
promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de 
los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución 
Nacional.”
• Art. 12 C.N. “Nadie será sometido a desaparición forzada.”
• Art. 113 C.N. “Los diferentes órganos del Estado tienen funciones 
separadas pero colaboran armónicamente con la realización de sus 
fines”
• Decreto 786 de 1990: por el cual se reglamenta parcialmente el titulo 
IX de la Ley 09 de 1979, en cuanto a la práctica de autopsias clínicas 
y médico legales, así como vicerrectomias y se dictan otras disposi-
ciones.
• Ley 38 de 1993: por la cual se unifica el sistema de dactiloscopia y se 
adopta la carta dental para fines de identificación. 
• Ley 589 de 2000 art. 9: “El Gobierno Nacional diseñará y pondrá en 
marcha un registro nacional de desaparecidos (...)será coordinado por 
el INMLCF y funcionará en su sede”.
• Ley 971 de 2005: “Por medio de la cual se reglamenta el Mecanismo de 
Búsqueda Urgente...”
• Ley 975 de 2005: “Por la cual se dictan disposiciones para la 
reincorporación de miembros de grupos armados organizados al 
margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la con-
secución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para 
acuerdos humanitarios.”
• Decreto 4218 de 2005: Por el cual se reglamenta el artículo 9 de 
la Ley 589 de 2000.
• Decreto 929 de 2007: “Por el cual se establece el reglamento de la 
Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas creada por la 
Ley 589 de 2000.”
En los últimos años, el INML 
ha reportado el ingreso del 5% 
aproximado del total de los casos 
que al finalizar el año continúan 
como cadáveres no identificados. 
Sin embargo, procesos de identi-
ficación retrospectivos a partir de 
cotejos dactiloscópicos y cruces 
técnicos en el RND han permiti-
do el aumento paulatino de iden-
tificaciones, logrando disminuir 
el porcentaje a un promedio de 
4,3 % anual, para los años 2007 
y 2008. 
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Departamento 
2007 2008 2009
Masculino Femenino No 
especificado Masculino Femenino No 
especificado Masculino Femenino No 
especificado
Antioquia 83 8 7 160 26 19 105 23 15
Arauca 13 2 2 22 1 2 14 3 1
Atlántico 27 6 3 27 7 6 25 7 4
Amazonas 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Bogotá	D.C 96 24 14 149 31 49 323 79 166
Bolívar 41 18 2 12 7 5 13 4 10
Boyacá 5 0 2 11 1 6 9 2 5
Caldas 23 4 3 38 9 9 14 2 7
Caquetá 6 4 0 43 9 1 25 10 4
Casanare 22 2 1 	0 0 	0 0 0 0
Cauca 2 	0 0	 11 0 1 10 3 0
Cesar 31 4 0 25 5 1 7 1 1
Chocó 9 1 0 9 0 1 10 0 3
Córdoba 98 10 12 33 2 3 42 16 2
Cundinamarca 24 7 3 32 8 8 28 6 3
Guainía 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Guaviare 0 0 0 0 0 0 0 0 0
La	Guajira 11 2 8 7 2 1 2 2 2
Huila 19 2 1 19 3 1 27 5 3
Magdalena 45 11 4 26 3 11 13 7 9
Meta 176 24 4 78 22 5 107 31 17
Nariño 32 6 0 27 9 0 30 8 1
Norte	de	Santander 29 2 5 24 1 5 8 0 1
Putumayo 11 2 0 10 0 0 9 3 1
Quindío 19 0 1 9 1 1 13 2 1
Risaralda 23 3 1 36 5 5 19 7 3
Santander 41 4 7 28 6 7 18 5 3
San	Andrés	y	
Providencia
0 0 0 0 0 0 0 0 0
Sucre 23 1 2 6 1 4 0 0 1
Tolima 48 6 0 42 12 1 35 5 9
Valle	del	cauca 31 8 1 61 8 5 114 24 5
Vichada 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Vaupés 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Subtotal 988 161 83 945 179 157 1.020 255 277
Total 1.232 1.281 1.552
Total 2007 a 2009 4.065
Cuadro 5. Reporte de cadáveres no identificados por año de ingreso, sexo y departamento
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LAS BARRERAS INVISIBLES DEL 
REGISTRO DE LA VIOLENCIA 
SEXUAL EN EL CONFLICTO ARMADO 
COLOMBIANO
Este artículo presenta los principales avances de una 
investigación en marcha sobre los factores que inciden 
en la decisión médica de tomar o no evidencias útiles 
para la investigación de delito sexual en el contexto 
del conflicto armado colombiano. La investigación 
ha sido realizada por un equipo interinstitucional 
en el que se cuenta con funcionarios de la División 
de Referencia e Información Pericial -DRIP-, del 
Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias 
Forenses (INMLCF)4. 
El artículo tiene 5 secciones. Las dos primeras ex-
plicitan el punto de partida y las “precauciones de 
método”. El tercer acápite presenta los diez factores 
identificados. En la cuarta sección se describe como 
operaron esos factores en dos masacres con víctimas 
femeninas perpetradas por grupos de autodefensa 
entre los años 1997 y 2003. En la quinta y última 
sección, se presentan las conclusiones del trabajo. 
Punto de partida: ciencias sociales, 
violencia sexual y expectativas políticas 
Desde que empezó esta investigación, hace 4 años, 
hasta hoy el tema de violencia sexual ha ido ganan-
do importancia política y analítica. Importancia re-
lacionada con el trabajo de algunas organizaciones 
sociales en la documentación y el litigio de casos5 y la 
discusión pública a propósito deciertos eventos6. 
 
Esta investigación parte de ese contexto y de la 
suposición de que la consideración de la violencia 
sexual como una violación del DIH debía traducirse 
en unas medidas o acciones específicas por parte de 
las autoridades estatales. Más aún, con la promul-
gación y divulgación de los Protocolos de Minnesota 
1	 Politóloga	de	la	Universidad	de	los	Andes	e	investigadora	del	Centro	de	Investigación	y	
Educación	Popular	(Cinep).	Miembro	de	ODECOFI,	silvia_otero85@yahoo.com	
2	 	Politóloga	y	filósofa	de	la	Universidad	de	los	Andes.	Asistente	de	investigación	del	Grupo	
de	Memoria	Histórica,	de	la	Comisión	Nacional	de	Reparación	y	Reconciliación	(CNRR).	
vivi_quinterom@gmail.com.
3	 Profesora	asistente	del	Departamento	de	Ciencia	Política	de	la	Universidad	de	los	Andes.	
ibolivar14@gmail.com	
4	 Ellos	han	propiciado	toda	la	recolección	de	información,	han	orientado	las	preguntas	y	los	
análisis	que	acá	presentamos.	Además,	el	DRIP	ha	facilitado	su	planta	física	y	el	tiempo	de	
varios	de	sus	investigadores	para	realizar	las	tareas	que	la	investigación	ha	demandado.	En	el	
INMLyCF	la	investigación	está	identificada	con	el	número	719	de	la	División	de	Investigación	
Científica	del	Instituto	Nacional	de	Medicina	Legal	y	Ciencias	Forenses,	llamada	“Violencia	
sexual	contra	mujeres	asesinadas	en	masacres	perpetradas	por	grupos	de	autodefensa	
durante	el	periodo	1997–2003,	y	factores	que	determinan	el	registro	de	este	tipo	de	violencia	
por	parte	del	INMLyCF”.	Además	de	las	autoras	del	articulo,	el	equipo	que	lleva	a	cabo	esta	
investigación	está	compuesto	por	miembros	del	DRIP	del	INMLyCF	(Luz	Janeth	Forero,	
Raúl	Insuasty,	Mónica	Perdomo	y	Germán	De	la	Hoz).	Esta	investigación	se	deriva	de	una	
financiada	por	Colciencias	por	la	convocatoria	405	de	2007,	denominada	“¿Oímos	lo	que	
su	cuerpo	dice?	¿Vemos	lo	que	su	cuerpo	muestra?	Prácticas	estatales	en	levantamiento	de	
cadáveres	femeninos	en	contexto	de	conflicto	armado”,	liderada	por	Maria	Emma	Wills.
5	 Desde	abril	de	2001	un	grupo	de	organizaciones	sociales	produce	anualmente	el	informe	
de	la	Mesa	de	Trabajo	“Mujer	y	Conflicto	Armado”	documentando	casos	de	violencia	contra	
las	mujeres	en	el	conflicto	armado	colombiano.	
6	 Especialmente	importante	en	este	tema	fue	el	caso	de	la	Masacre	de	El	Salado	(2000)	pues	
un	artículo	señalaba	que	aunque	los	peritos	que	atendieron	este	evento	fueron	advertidos	
de	la	ocurrencia	de	violaciones	y	torturas	sexuales,	no	tomaron	evidencias	de	las	mismas.	
Revista	Semana,	El	cuerpo	femenino,	botín	de	guerra.	30	de	octubre	de	2004.	Sección	Política,	
edición:	1173.
Silvia Otero Bahamón1 
Viviana Quintero Márquez 2
Ingrid J. Bolívar 3
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(1991) y Estambul (1999) que con-
sideran la violencia sexual como 
una forma de tortura. En un co-
mienzo se trataba de investigar si 
las autoridades cumplían o no con 
los procedimientos consagrados en 
los protocolos para documentar 
o detectar indicios de violencia 
sexual. Hoy y después de conocer 
las condiciones en que trabajan 
los funcionarios del INMLCF, y de 
aprender de ellos, se considera más 
pertinente preguntar por la forma 
como las autoridades se relacionan 
con dichos procedimientos.
Como gran parte de los funciona-
rios de las organizaciones sociales 
que denuncian la violencia sexual 
y de quienes han investigado so-
bre la violencia política en Colom-
bia, las autoras tienen formación 
en ciencias sociales y adolecen de 
grandes vacíos en formación médi-
ca7. Esta investigación constituye 
su primer encuentro con médicos 
y profesionales de la salud, quie-
nes a pesar de su conocimiento y 
experiencia no han sido sistemáti-
camente interrogados e incluidos 
en la discusión sobre violencia 
política en el país. 
 
Precauciones de método y 
delimitación del objeto de estudio
En el contexto de los conflictos ar-
mados la violencia sexual tienen 
lugar en distintos tipos de even-
tos violentos. Esta investigación 
se ocupa de masacres8 perpetra-
das por grupos de autodefensa 
en el periodo 1997-20039. Con 
esa definición se hizo una lectura 
de los datos del Banco de Datos 
del Cinep y su Revista Noche y 
Niebla10 buscando los eventos en 
los que se produjeron mínimo 4 
7	 No	 se	 dispone	 de	 datos	 estadísticos	 para	 sostener	 esta	
afirmación.	 Afirmación	 construida	 a	 partir	 de	 nuestra	
experiencia	como	funcionarios	de	ONG	e	investigadoras.	
En	el	campo	de	violencia	política	destacamos	muy	pocas	
publicaciones	que	consulten	a	los	médicos	quienes	primero	
atienden	(o	después	de	las	autoridades	judiciales)	y	lidian	de	
primera	mano	con	las	víctimas	de	los	eventos	de	violencia.	
homicidios y entre ellos hubiera 
al menos 2 víctimas femeninas, 
conectados en tiempo, motivo, vic-
timario, tipo de víctima y lugar. 
El ejercicio arrojó un total de 66 
masacres y se incluyeron cuatro 
eventos especiales donde tres mu-
jeres son asesinadas.
Estas decisiones de método no 
ignoran ni subestiman el hecho 
de que hubo masacres con muje-
res víctimas antes y después del 
período de observación, ni que los 
grupos de guerrilla también las 
han cometido. Tampoco se supo-
ne que la violencia sexual ocurre 
solamente contra mujeres o que 
siempre tiene resultados fatales. 
Sin embargo, se decidió concen-
trar la atención en este tipo de 
evento para hacer comparacio-
nes entre casos y seguir de cer-
ca la decisión médica de tomar o 
no evidencias útiles para la in-
vestigación de delito sexual. La 
base de datos de 66 masacres y 
4 eventos especiales arrojaron el 
total de 642 muertes, entre ellos 
225 mujeres, 417 hombres y 52 
NN. sin sexo identificado. En ese 
momento se inició la búsqueda de 
los protocolos de necropsia y las 
actas de inspección de cada una 
de esas personas, labor que pudo 
adelantarse hasta cierto punto, 
8	 Según	la	Defensoría	del	Pueblo,	masacre	es	el	asesinato	
masivo	 de	 cuatro	 o	 más	 personas	 que	 pueden	 estar	
conectados	 por	 suceder	 en	 una	 misma	 región,	 o	 por	
razones	de	persecución	política,	ideológica	o	social.	Se	
comprende	que	una	masacre	puede	darse	en	un	mismo	
lugar,	o	en	varios	municipios	o	localidades	de	una	misma	
vereda,	corregimiento,	jurisdicción	y	hasta	departamento.	
Defensoría	del	Pueblo,	Luz	para	la	vida.	Masacres	ocurridas	
en	Colombia	hasta	1999.	Sistema	de	Alertas	Tempranas	
(SAT),	Bogotá,	2000.
9	 Pues	son	quienes	más	masacres	han	cometido	y	por	ser	
los	momentos	en	los	que	se	da	una	mayor	concentración	
de	este	tipo	de	eventos.	En:	Vásquez,	Bolívar	y	González:	
Violencia	Política	en	Colombia.	Bogotá	DC,	Cinep,	2003.	
10	 El	Banco	de	Datos	de	Cinep	recoge	 información	sobre	
acciones	bélicas	(combates,	emboscadas,	etc.)	violaciones	
al	DIH	y	a	los	Derechos	Humanos.	Los	eventos	reportados	
en	prensa,	fuentes	oficiales,	e	informantes	regionales	son	
categorizados	y	cada	4	meses	realiza	la	publicación	de	la	
revista	Noche	y	Niebla.	
pues algunas no fueron atendidas 
por el INMLCF y otras no lograron 
ser ubicadas. 
Al mismo tiempo se revisaron los 
instrumentos internacionales de 
documentación de la tortura (Es-
tambul y Minnesota), los manuales 
de formación del personal forense, 
se entrevistaron 33 funcionarios 
en Bogotá y durante el trabajo de 
campo11 y se revisaron algunos ex-
pedientes judiciales disponibles. El 
trabajo de recolección, lectura, y co-
dificación de las anteriores fuentes 
permitió detectar y empezar a de-
finir los diez factores12 que afectan 
la decisión o la posibilidad de que 
un médico tome o no evidencias úti-
les para la investigación de delito 
sexual en un cadáver femenino en 
contexto de masacre. 
Antes de pasar a la sección en 
la que se definen los factores, es 
importante recalcar algunos ele-
mentos sobre la construcción de 
los mismos. Primero, se presenta 
aquí una primera definición de los 
factores, pero el trabajo de su de-
limitación aún no está terminado. 
Segundo, los factores son el resul-
tado de un trabajo a través y con 
las distintasfuentes. Las conver-
saciones que se tuvieron con los 
miembros de las organizaciones 
11	 Se	 han	 codificado	 entrevistas	 realizadas	 a	 10	 expertos	
patólogos,	odontólogos	y	médicos	forenses	a	nivel	nacional	
y	regional	oriente.	En	el	trabajo	de	campo	se	realizaron	
entrevistas	a	16	médicos	y	5	disectores,	así	como	a	un	ex	
coordinador	 de	 Unidad	 Básica	 y	 un	 funcionario	 de	 una	
funeraria.	Las	ciudades	visitadas	son:	Cali,	Buenaventura,	
Popayán,	Rionegro,	Medellín,	Yarumal,	San	Carlos,	Caldas,	
San	Rafael,	El	Peñol,	Andes,	Granada,	Santa	Fé	de	Antioquia,	
Barrancabermeja,	Apartadó,	Turbo,	Caucasia	y	Segovia.	
12	 Se	reconoce	que	el	término	factor	tiene	un	uso	técnico	en	
estadística.	Un	uso	que	alude	a	la	agrupación	de	variables	
que	encajarían	en	un	mismo	sentido	y	de	cuya	denominación	
se	espera	cierta	coincidencia	entre	el	“lenguaje	natural”	de	
los	actores	y	el	esquema	analítico	que	propone	quien	estudia	
el	problema.	En	esta	aproximación	a	los	factores	no	se	han	
seguido	procedimientos	estadísticos.	Sin	embargo,	sí	se	
han	construido	y	definido	estos	factores	prestando	especial	
atención	a	las	variables	que	distintos	actores	implicados	en	
el	problema	identifican,	especialmente,	a	aquello	que	los	
propios	médicos	recalcan.
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sociales que hacen seguimiento 
de los temas de violencia sexual y 
la lectura de los protocolos inter-
nacionales, preparó a los autores 
para preguntarse por el entorno 
institucional y político en el que 
se hace visible y posible traba-
jar temas de violencia sexual. 
De otro lado, la recolección de 
los protocolos de necropsia y las 
actas de inspección y la compren-
sión de las lógicas bajo las cuáles 
se producen, fue mostrando las 
diferencias en el ejercicio foren-
se de los médicos entrevistados, 
los cambios en el proceder del 
Instituto a lo largo del tiempo, y 
la complejidad de las relaciones 
entre distintas agencias del Esta-
do. Posteriormente las pacientes 
explicaciones de los médicos y 
asistentes forenses sobre su tra-
bajo y sus formas de proceder y 
su disposición a recibirnos in-situ 
fue lo que permitió comprender 
mejor qué elementos inciden en 
que se tomen o no evidencias úti-
les para la investigación de delito 
sexual en los casos que estudia-
mos. Así pues, los factores son las 
variables que orientan el proce-
der médico en uno u otro senti-
do. Tercero, los factores recogen 
señalamientos de las entrevistas 
realizadas y ponen a dialogar las 
distintas opiniones de los médi-
cos entrevistados, pero tales en-
trevistas deben ser vistas como 
tendencias y no como generaliza-
ciones. En efecto, no se entrevistó 
la mayoría de médicos, ni se les 
puso a conversar en un mismo es-
pacio-tiempo. Cuarto, los eventos 
de estudio van de 1997 a 2003. 
Sin embargo, la investigación 
trató de recoger en entrevistas y 
trabajo de campo información so-
bre cómo eran las condiciones de 
trabajo en ese momento. Por eso 
es preciso aclarar que si bien la 
situación actual dista de ser per-
fecta, se pueden detectar mejo-
rías radicales en lo que tiene que 
ver con condiciones de trabajo y 
capacitación de los funcionarios 
sobre temas de violencia sexual.
En la exposición se hace un uso 
muy esquemático de las entrevis-
tas por razones de espacio edito-
rial. Además y cómo se verá en lo 
que sigue, los factores identificados 
aluden al desarrollo del conflicto 
armado sólo de maneras indirec-
tas (qué médico atiende en el lugar 
donde se produce el evento o en que 
estado llegan las víctimas). El tra-
bajo se concentra en la información 
y en los elementos que un médico 
tiene disponibles a la hora de ha-
cer la necropsia. Una comprensión 
más compleja y articulada de los 
factores y los casos deberá contar 
con una caracterización analítica 
de los tiempos, lugares, actores y 
condiciones en que tuvieron lugar 
las masacres revisadas. 
Una vez se presentan los factores, 
ellos son aplicados al examen de 
dos casos. Para ellos se cuenta con 
revisión de prensa, información 
secundaria, protocolos de necrop-
sias, actas de inspección y el ex-
pediente judicial. En el anexo 2 se 
identifica las fuentes disponibles 
para el análisis de cada caso. El 
criterio utilizado para la elección 
de estos casos fue eminentemen-
te práctico: son los casos con más 
fuentes y uno de ellos tuvo gran 
impacto nacional. 
1. Factores que determinan 
la búsqueda de evidencia útil 
para investigar delito sexual
Este apartado presenta los diez 
factores que determinan la bús-
queda de evidencias útiles para 
la investigación de delito sexual 
en cadáveres de mujeres vícti-
mas de masacres. 
a. Entorno que pregunta y presiona 
por seguimiento de la violencia sexual
El factor entorno tiene que ver con 
la creciente demanda, presión y/
o exigencia de parte de distintos 
sectores sociales hacia la autori-
dad médico legal para que realice 
exámenes que conduzcan a cla-
rificar si hubo violencia sexual 
en determinados eventos. Esa 
reciente presión es resultado del 
trabajo de organizaciones sociales, 
de la promoción de instrumentos 
internacionales de protección de 
los derechos, y del interés de los 
organismos judiciales de mejorar 
la administración de justicia en 
estos casos (Ley 938 de diciembre 
de 2004). De este entorno, resultó 
el trabajo solidario entre organiza-
ciones intergubernamentales y el 
INMLCF para producir y difundir 
guías y reglamentos técnicos ac-
tualizados que llegaran a todos los 
organismos y personas que reali-
zan funciones periciales asociadas 
con medicina legal y ciencias fo-
renses en el país.
Por ello, tanto médicos de hospita-
les, rurales y médicos forenses, a 
partir del año 2000 han recibido la 
directriz de ajustar su labor a los 
Protocolos de Minnesota (Manual 
de la ONU para la prevención e 
investigación efectivas de ejecu-
ciones sumarias, extrajudiciales, 
arbitrarias o legales promulgado 
en 1991), y el Protocolo de Estam-
bul (o Manual de la ONU para la 
investigación y documentación 
efectivas de la tortura, y otros 
tratos o penas crueles, inhuma-
nas o degradantes promulgado en 
1999). Ambos Protocolos incluyen 
la metodología para la documen-
tación de la violencia sexual como 
forma de tortura.
Adicional a Estambul, en el área 
de clínica se cuenta con la Guía de 
Consulta Abreviada para el Exa-
men Sexológico Forense, Informe 
Pericial y Manejo del Kit para la 
Toma de Muestras, en los Sectores 
Forense y de Salud (2006), así como 
con el Reglamento Técnico para el 
Abordaje Integral de la Víctima en 
la Investigación del Delito Sexual 
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(2006), que no es el primero, pero 
ofrece una descripción actualizada 
y clara de los procedimientos que 
se deben seguir en el proceso de 
atención forense a las víctimas”13. 
En el área de patología se dispo-
ne del Manual para la práctica de 
autopsias medico legales (2000), el 
Instructivo para la Documentación 
Fotográfica Digital en la Investiga-
ción de Delitos Sexuales y Lesio-
nes Personales (2004), y la Guía 
de Procedimientos para la Realiza-
ción de Necropsias Médico-legales, 
segunda edición (2004), y 33 Bole-
tines de Patología Forense. 
A la presión de la ONU y la Corte 
Interamericana se suma el conoci-
miento mundial sobre la violencia 
sexual en la guerra, difundido a 
través de los Tribunales para Yu-
goslavia y Ruanda que visibiliza-
ron la ocurrencia de incontables 
agresiones sexuales por razones 
étnicas contra las mujeres. La 
resonancia de las Comisiones de 
Verdad de Sudáfrica, Guatemala 
y Perú, que recalcaron la utiliza-
ción de la violación como arma de 
guerra también ha contribuido a 
crear un entorno interesado en 
conocer este fenómeno.
En Colombia la difusión de estos 
eventos ha recaído en Organiza-
ciones No Gubernamentales con 
enfoque de género, como Amnistía 
Internacional, la Mesa de Trabajo 
Mujer y Conflicto Armado, Corpo-ración Humanas y Cisma Mujer, 
entre otras, quienes han documen-
tado y visibilizado la ocurrencia de 
violencia sexual asociada al con-
flicto armado, sobre todo desde el 
conocimiento de la Masacre de El 
Salado, ocurrida en el año 2000. 
Ha habido una creciente presión 
13	 Instituto	Nacional	de	Medicina	Legal	y	Ciencias	Forenses.	
Establecimiento	Público	Adscrito	a	la	Fiscalía	General	de	la	
Nación.	Reglamento	Técnico	para	el	Abordaje	Integral	de	
la	víctima	en	la	Investigación	del	Delito	Sexual.	Bogotá,	
Agosto	de	2006.
sobre el tema14 y, en respuesta, un 
gran avance en la actualización y 
difusión de protocolos y guías. Sin 
embargo, es importante recalcar 
que dicho entorno no ha existido 
desde siempre, y que en varios 
años incluidos en nuestro perio-
do de estudio no existía interés 
ni conocimiento sobre la violencia 
sexual en el conflicto armado. 
b. Marco conceptual que permita imaginar 
la ocurrencia de ese fenómeno
La búsqueda de evidencia de posi-
ble delito sexual en cadáveres de 
mujeres en contexto de masacres 
depende de lo que denominamos 
la existencia de un marco con-
ceptual que permita imaginar la 
ocurrencia de ese fenómeno. Tan-
to las entrevistas con los expertos 
consultados, como el conocimiento 
del debate mundial sobre el tema 
permiten sugerir que depende de 
varios elementos. 
• De la existencia de un entorno 
(ver punto anterior). Antes del 
año 2000 la ocurrencia de violen-
cia sexual en contexto de conflicto 
era prácticamente desconocida.
• De interiorizar que la agresión 
sexual anterior a un homicidio 
no ocurre únicamente en con-
textos evidentes, como asesina-
tos en serie, asaltos callejeros, 
o crímenes pasionales. Como lo 
establece la literatura interna-
cional sobre Violencia Sexual 
y Guerra, además de la Guía 
de elaboración de necropsias 
que rige actualmente15, pue-
de ocurrir agresión sexual en 
muertes por cualquier causa y 
más si se producen en contexto 
de violaciones al DIH; incluso 
desde la expedición del Manual 
para la Práctica de Autopsias 
Médico-Legales en 2000 se ha-
cen referencias explícitas a la 
necesidad de documentar delito 
14	 Ver	fallo	Gutiérrez	Soler,	que	conminó	al	Estado	a	capacitar	
a	su	personal	forense	en	el	protocolo	de	Estambul,	y	las	
exigencias	del	Comité	Contra	la	Tortura	CAT/C/CR/31/1.
sexual siempre que las circuns-
tancias no permitan descartarlo 
de antemano. No obstante, por 
un lado, muchos de los eventos 
que estudiamos ocurrieron an-
tes del 2000. Y por otro lado, 
aún después de este momento 
no todos los médicos han in-
corporado dichos lineamientos 
en su accionar por factores que 
veremos más adelante. 
• De interiorizar que en casos de 
homicidios colectivos y en con-
texto de violación al DIH se re-
quiere un abordaje complejo, tal 
como lo establece el Protocolo de 
Minnesota. Dicho abordaje debe 
ir más allá de la identificación 
y la determinación de la causa 
de muerte, que en la realidad 
ha sido en muchas ocasiones el 
énfasis del abordaje forense por 
cuenta de la presión del volumen 
de trabajo que afrontan los mé-
dicos en la práctica. 
c. Formas de ejercer la medicina forense
En el sistema judicial colombia-
no, cuando una persona sufre una 
muerte no natural, el cadáver debe 
ser inspeccionado por una autori-
dad con funciones de Policía Judi-
cial, quien ordena la realización de 
una autopsia o necropsia. Estas 
autopsias las puede practicar un 
médico del INMLCF o un médico 
designado para cumplir con fun-
ciones como legista en áreas no 
cubiertas por el Instituto (Decreto 
Ley 786/16 de 1990). Los objetivos 
de la autopsia médico-legal son: 1. 
Contribuir a establecer la causa 
(arma de fuego, arma cortopun-
zante, trauma contundente), ma-
nera (natural, homicidio, suicidio, 
accidental) y mecanismo de muerte 
(choque hipovolémico, lesión cere-
bral, falla respiratoria), 2. Obtener 
información respecto a las circuns-
tancias que rodearon la muerte y 
15	 INMLCF,	 Guía	 de	 procedimientos	 para	 la	 realización	 de	
autopsias	médico-	legales,	Segunda	Edición,	2004.	
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condiciones vitales del fallecido. 3. 
Identificar, recuperar y preservar 
evidencias (proyectiles, residuos 
de pintura, cabellos, manchas 
de sustancias extrañas). 4. Con-
tribuir a establecer o verificar la 
identidad del occiso. 5. Establecer 
la expectativa de vida. 6. Elaborar 
un reporte médico objetivo16. 
El protocolo de necropsia y las evi-
dencias recolectadas en el cuerpo, 
junto con otras evidencias y los 
testimonios son utilizados por las 
autoridades judiciales para tipifi-
car los delitos cometidos, probar-
los, investigarlos, sancionar los 
culpables y administrar justicia. 
El INMLCF ha producido una serie 
de Manuales, Guías y Boletines 
que orientan a los peritos en la 
realización de la necropsia. La 
primera edición del Manual fue 
publicada en 2000, e introducía 
algunos lineamientos del Protocolo 
de Minnesota para la realización 
de autopsias. La segunda edición 
fue publicada en 2004, e incluía 
más lineamientos de Minnesota 
para documentar tortura e incluso 
algunos lineamientos del Protocolo 
de Estambul útiles para el estudio 
de cadáveres.
Este factor se ocupa de dos aspec-
tos que tienen que ver con la forma 
como se ejerce la medicina forense 
en Colombia y que tienen impli-
caciones para nuestra pregunta 
concreta de investigación. Estos 
son, por un lado, las diferencias 
en el grado de profundidad y mi-
nuciosidad con el que se realiza las 
necropsias y por otro lado la forma 
como se incluye la información re-
colectada en el protocolo. 
Diferencias en el grado 
de profundidad con el 
que se realiza la necropsia
En Colombia, durante mucho 
tiempo la práctica de autopsias 
se limitaba a determinar la causa, 
manera y mecanismo de muerte. 
Este tipo de autopsia, denomina-
do autopsia orientada, no tenía en 
cuenta la necesidad de detectar, 
documentar y analizar evidencias 
con miras a obtener pruebas de la 
autoría y las circunstancias de la 
comisión de un delito17. Este tipo 
de práctica se mantenía por va-
rias razones: el gran volumen de 
casos, la reciente articulación de 
los sistemas legales municipales 
y departamentales al Sistema 
Nacional de Medicina Legal, la 
poca difusión y apropiación de la 
literatura forense internacional, 
la inexistencia de programas de 
especialización en medicina fo-
rense y el desconocimiento de los 
protocolos internacionales. 
No obstante, hacia mediados de la 
década de los 90 se empezaron a 
trabajar casos en los que la causa 
y manera de muerte no eran las 
aparentes: accidentes de tránsito 
que en realidad eran homicidios 
con actividad sexual relaciona-
da, muertes naturales que eran 
homicidios, etc. Y desde el nuevo 
milenio se empezaron a adoptar 
los lineamientos de los protocolos 
de Minnesota y Estambul18. Esto 
reveló que la orientación de la ne-
cropsia no permitía recoger infor-
mación que pudiera complementar 
o contradecir las hipótesis inicia-
les, y por eso se empezó a trabajar 
en el Manual para la Práctica de 
autopsias médico legales que se 
publicó y difundió en el año 2000. 
Este manual planteó la directriz 
de que toda autopsia debía ser no 
orientada, y debía no sólo determi-
nar causa, manera y mecanismo 
de muerte, sino aportar evidencia 
y pruebas para entender las cir-
cunstancias en las que sucedieron 
los hechos. Para ello se exigía rea-
lizar un examen externo minucio-
so, así como examen interno. En 
sus propias palabras el manual 
indica que “no haga necropsias 
orientadas, practique un examen 
completo; por ejemplo, aun si el 
caso corresponde a un accidente 
de tránsito, examine genitales. De 
lo con¬trario, no podrá detectar 
delitos poco obvios”19. 
Dicho examen incluye revisar 
cuidadosamente la boca y los ge-
nitales pues “tanto la boca como 
el recto y la vagina deben explo-
rarse siempre por ser puertas de 
entrada y lugares donde pueden 
encontrarse lesiones difíciles de 
sospechardesde el examen ex-
terno”20. Adicionalmente, se de-
ben registrar alteraciones en la 
región perineal, genital y anal, 
axilas, palmas y plantas y áreas 
cubiertas por pelo, y se revisaría 
con cuidado la evidencia traza 
contenida en las uñas.
El manual indica que se deben 
tomar frotis vaginal, rectal y oral 
para búsqueda de espermatozoides 
si se sospecha atentado sexual o si 
no dispone de información clara y 
completa respecto a las circunstan-
cias, que permita descartar esta 
posibilidad de antemano”21. Esto 
incluso si no hay indicios claros ni 
lesiones evidentes. 
Podría interpretarse que la ne-
cropsia orientada y la no orienta-
da son dos extremos del espectro 
del grado de profundidad y minu-
16	 INMLCF,	Manual	para	la	Realización	de	Autopsias	Médico	
Legales,	2002,	Máximo	Alberto	Duque,	“Manejo	del	Cadáver	
por	parte	del	médico”,	En:	Revista	del	Instituto	Nacional	de	
Medicina	Legal	y	Ciencias	Forenses,	Vol.	XVIII	No	2	de	2004,	
Bogotá.	Pp.	7,	Mary	Luz	Morales	y	Maria	Dolores	Morcillo,	
“Aplicación	de	 los	principios	de	 la	patología	forense	a	 la	
atención	 de	 un	 caso	 de	 muerte	 colectiva:	 relato	 de	 una	
experiencia	 y	 algunas	 recomendaciones”,	 En:	 Revista	
Científica,	Instituto	Nacional	de	Medicina	Legal	y	Ciencias	
Forenses,	Volumen	20,	Número	1,	2008,	Pp.	19	–	28,	y	p.	21
18	 Entrevista	Dr.	Mary	Luz	Morales,	Julio	2009.	
19	 Ibíd.,	Pág.	64.
20	 Ibíd.,	Pág.	64
21	 Ibíd.,	Pág.	67
17	 Parafraseado	de	Manual	para	la	realización	de	autopsias	
médico	legales,	pp.50.
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ENTORNOS FAVORABLES 
PARA EL APRENDIZAJE 
CRIMINAL EN 
COLOMBIA1
Isaac De León Beltrán2 y Eduardo 
Salcedo-Albarán3
Investigadores Grupo Método 
Resumen 
En este trabajo se afirma que el 
narcotráfico ha fortalecido el en-
torno criminal colombiano. Este se 
fortaleció como consecuencia del 
afianzamiento del narcotráfico. 
El medio colombiano es propicio 
para el crimen porque presenta 
i) altosniveles de impunidad, ii) 
índices graves de corrupción, y , 
iii) mano de obra disponible y a 
bajo costo entrenada en el uso de 
la violencia. Este ambiente favo-
rable para el crimen ha permiti-
do el desarrollo de competencias 
criminales. Dentro de estas habi-
lidades la iniciativa empresarial 
criminal ocupa un lugar especial. 
En este contexto, las autoridades 
enfrentan organizaciones que 
muestran altas tasas de innova-
ción. Desde este punto de vista, se 
tiene el reto de iniciar procesos de 
aprendizaje capaces de responder 
a los procesos de rápida adapta-
ción de los actores criminales. 
INTRODUCCIÓN
El objetivo de este trabajo es for-
mular dos teorías sobre el apren-
dizaje criminal. La primera es 
el desarrollo de las habilidades 
criminales. La segunda explica 
el modo en que un entorno insti-
tucional puede favorecer el desa-
rrollo de dichas habilidades. La 
primera se basa en el análisis eco-
nómico del crimen (Becker, 1968). 
La segunda, en el análisis de los 
entornos generosos –o entornos 
munificentes (Castrogiovanni, 
1991). Desde el punto de vista eco-
nómico el crimen puede ser exa-
minado como un comportamiento 
racional. Esta perspectiva per-
mite analizar el comportamiento 
criminal sin tener en cuenta con-
sideraciones morales acerca del 
«deterioro moral» o la «pérdida 
de valores». Del mismo modo, la 
perspectiva económica no revisa 
el crimen como una enfermedad 
psicosocial. La teoría propuesta 
permite explicar el elevado nú-
mero de homicidios en Colom-
bia. Este problema es pertinente 
porque la tasa de homicidios de 
Colombia desde la década de los 
ochenta se encuentra por encima 
de la tasa promedio de América 
Latina y del mundo (Echeverry, 
Salazar & Navas, 2001).
Ciertas conductas criminales 
pueden ser estudiadas desde la 
perspectiva económica porque tie-
nen una definida orientación ha-
cia el beneficio económico. Tal es 
el caso de los delitos en donde se 
puede identificar el afán de lucro. 
Este trabajo se concentra en las 
conductas criminales en las que 
se puede identificar fácilmente el 
afán de lucro. 
Para que una conducta criminal 
sea exitosa es necesario el desa-
rrollo de un conjunto de compe-
tencias. Las competencias son 
el conjunto de conocimientos, 
habilidades y conductas que le 
permite a una persona un alto 
desempeño en su trabajo. Las 
competencias tienden a mostrar 
una larga duración una vez de-
sarrolladas. (Spencer y Spencer, 
1993; Ansorena Cao, 1996; Woo-
druffe, 1993). Se propone en este 
trabajo extender el uso del con-
cepto de competencias laborales 
del mercado laboral legal al «mer-
cado laboral criminal». Se asume 
en este trabajo que las competen-
cias se componen de habilidades 
(skills), es decir, en la capacidad 
para hacer algo. En ese sentido, 
las habilidades son la manifesta-
ción concreta y observable de las 
competencias.
Se puede afirmar que el desarrollo 
de competencias para el adecuado 
desempeño de un individuo en un 
oficio es una cuestión que trans-
ciende la frontera entre lo legal 
e ilegal; para realizar de modo 
apropiado un oficio (criminal o 
no) es necesario el desarrollo de 
un conjunto específico de habili-
dades. El desarrollo de las com-
petencias criminales se produce 
en un ambiente de aprendizaje; 
esto es válido tanto para el desa-
rrollo de habilidades productivas 
no criminales como el manejo de 
máquinas y equipos en el sector 
industrial legal como en el desa-
rrollo de habilidades como el ma-
nejo de armas y mecanismos de 
coordinación criminal. 
Las competencias criminales 
se desarrollan en un proceso de 
socialización criminal que pone 
en contacto al individuo con una 
organización. Si se tiene esto en 
cuenta, la racionalidad criminal 
puede ser vista como el cálculo 
de medios y fines que hace una 
persona que cuenta con el entre-
namiento adecuado para aumen-
tar la probabilidad de éxito en la 
comisión de delitos (Beltrán & 
ciosidad a la hora de hacer las 
necropsias. Los manuales, las 
guías los reglamentos son linea-
mientos que orientan el accionar 
del médico más no constreñi-
mientos, pues hay lugar para su 
propio criterio. El perito, tenien-
do en cuenta las circunstancias 
del caso, sus preferencias, los re-
glamentos vigentes, formación, 
“olfato forense” y experticia toma 
decisiones sobre dicho grado de 
profundidad y minuciosidad.
 
En el grupo de 72 necropsias de ca-
dáveres femeninos disponibles que 
datan entre 1997 y 2003, encontra-
mos cierta “diversidad” en el grado 
de profundidad con el que se realiza 
el examen interno y externo. Algu-
nas, como las que analizaremos en 
el caso de la masacre de El Salado, 
son apenas párrafos descriptivos de 
las lesiones externas. Otras reali-
zadas por médicos de sector salud 
en hospitales se limitan al examen 
externo. Al lado de otras realizadas 
por médicos de unidades básicas, 
seccionales y regionales que reali-
zan un examen externo e interno 
muy minucioso, que a veces incluye 
la toma de muestras. 
Ahora bien, detectar un delito 
sexual en homicidios en contextos 
de DIH es más factible si se hace 
una autopsia no orientada, minu-
ciosa y detallada. Y es así pues que 
la ocurrencia de ese tipo de eventos 
no suele ser evidente o común, no 
suele ser recogida en los relatos de 
la escena, casi nunca es una hipó-
tesis de la autoridad que realiza la 
inspección de los cadáveres, y no 
es una lesión relacionada directa-
mente con la causa y el mecanis-
mo de muerte. Sólo con un examen 
exhaustivo del cuerpo, sólo yendo 
más allá de las heridas que causa-
ron la muerte, y a veces insistiendo 
incluso ante la ausencia de lesio-
nes aparentes, puede detectarse el 
delito sexual en estos contextos. 
22	 Ibíd.,	Pág.	59
Segundo debate
Para los médicos con entrena-
miento forense en Colombia, los 
hallazgos de la necropsia pueden 
documentarse de dos formas. La 
primera, es incluyendo sólo la in-
formación del orden de lo positi-
vo, es decir, lo que se encuentra 
y se puede probar. La segunda, 
incluyendolos datos negativos 
además de los datos positivos. 
Esto significa incluir información 
de lo que se buscó y no se encontró 
en la necropsia. 
Los que documentan lo positivo 
sostienen que el médico sólo debe 
documentar lo que encontró pues 
no tiene sentido darle a la autori-
dad (que por cierto no siempre tiene 
la capacitación suficiente para inter-
pretar la información médico foren-
se), datos negativos que no aportan 
a la investigación. Entretanto los 
segundos dicen que la información 
de lo que no se encuentra es igual-
mente importante y que debe ser 
incluida explícitamente en el pro-
tocolo de necropsia.
Según el Manual para la prácti-
ca de autopsias médico-legales de 
2000, en la documentación de la 
necropsia se recomienda “listar 
los hallazgos negativos perti-
nentes (esto documentará lo que 
usted buscó y no estaba ahí)”22. 
No obstante, la lectura atenta 
de las necropsias recogidas nos 
reveló que, en lo que tiene que 
ver con el delito sexual, sólo en 
un caso se explicita por parte de 
la perito que “no se encuentran 
lesiones en el cuerpo de posible 
delito sexual”.
Este debate es fundamental para 
nuestro objeto de estudio, pues 
una cosa es lo que se observa, y 
otra cosa lo que se deja documen-
tado en el protocolo de necropsia. 
Aquellos que consideran que lo 
negativo también es importante, 
pondrían en sus protocolos que “se 
descartó posible agresión sexual”. 
Pero aquellos que enfatizan en 
lo positivo no harán referencias 
textuales, lo cual no quiere decir 
que no se haya pensado, buscado, 
observado y descartado. 
d. Conexión escena-sala de necropsias
En el sistema forense colombiano 
se separa la investigación de la es-
cena del crimen de la realización 
del examen del cuerpo: por un 
lado, las instituciones que tienen 
funciones de Policía Judicial (CTI, 
DAS, SIJIN, DIJIN, Procurador, 
alcaldes, inspectores de policía, 
entre otros) realizan la inspección 
de cadáver, adelantan la búsqueda 
de los sospechosos y reúnen infor-
mación y evidencias. Por otro lado 
los médicos con funciones médico-
legales reciben el cadáver, realizan 
la necropsia, toman las muestras 
pertinentes que envían a los labo-
ratorios para luego remitirlas a las 
autoridades, identifican el cadáver 
y lo entregan a los familiares pre-
via autorización de la Fiscalía. 
 
A la hora de hacer la necropsia 
los médicos cuentan con el Acta 
de Inspección de Cadáver, el ca-
dáver y los elementos probatorios 
que vienen con éstos. El Acta de 
Inspección, debe consignar infor-
mación sobre el sitio donde fue 
encontrado el cuerpo, causa de 
muerte y manera , recolección de 
evidencia, descripción de prendas 
y de heridas, relato de los hechos, 
testimonios oculares, entre otros. 
Esta puede contener suficiente 
información para guiar al médico 
en la realización de la necropsia, 
o puede traer información insu-
ficiente que deja sin pistas al fo-
rense frente al cuerpo. Por eso, la 
calidad de la información conte-
nida en el acta es un factor que 
afecta la toma de evidencia que 
conlleven a probar la existencia de 
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delito sexual. Si el acta contiene 
el relato de los hechos, la hipó-
tesis de lo ocurrido, descripción 
de la escena y de la ubicación del 
cuerpo, facilita la indagación del 
cuerpo, la contextualización de 
los hallazgos, y la conclusión del 
caso. Sin embargo, ésta constitu-
ye una de las mayores dificulta-
des de la labor del médico forense 
en Colombia. Las actas suelen ser 
muy pobres y tienden a omitir da-
tos de los hechos y pistas sobre 
presuntos responsables. “Infor-
tunadamente, en muchas partes 
del país la Inspección es sólo un 
trámite y no procede según la es-
tricta metodología que requiere, 
o se considera que el médico, por 
sus conocimientos, no requiere 
más información y se limita así su 
posibilidad de ofrecer experticias 
realmente útiles para los fines de 
la investigación”23. Los médicos 
suelen estar ciegos y solos con el 
cuerpo en sus salas. 
Por ejemplo, es muy distinta un 
acta que consigna “presuntos pa-
ramilitares llegaron hace 3 días 
a la población, sacaron a la gente 
de sus casas, separaron a los hom-
bres de las mujeres y asesinaron 
a 20 pobladores en dicho lapso de 
tiempo”, a un acta que consigna: 
“indagación en el vecindario: ne-
gativa”. La falta de información 
sobre la escena limita aquello que 
el médico puede considerar deter-
minante en la necropsia.
De otro lado, la implementación 
de los procedimientos para el ma-
nejo del cadáver en la escena es 
reciente y se dio de forma diferen-
ciada en el territorio. En Bogotá 
empezó a trabajarse desde 199724 
pero en muchas localidades sólo 
se dio con la entrada en vigencia 
del Sistema Penal Acusatorio y 
la Resolución 6394 de 2004, Ma-
nual de Cadena de Custodia para 
el SPOA, así como el Manual de 
Policía Judicial25. Antes de ese 
momento era muy común que los 
cadáveres llegaran desvestidos, 
manipulados, embalados en una 
sábana y sin cuidado de la cade-
na de custodia. Esto dificultaba 
la recuperación de evidencia de 
desgarros, manchas, posición de 
interiores, o de evidencia física 
como cabellos y restos de semen o 
sangre, piezas definitivas en la do-
cumentación de un delito sexual. 
Esto implica que en el periodo que 
estudiamos (1997-2003) el trata-
miento inadecuado del cadáver 
por parte de las autoridades con 
funciones de Policía Judicial ocu-
rriera con frecuencia. Por ello el 
manejo del cuerpo en la escena es 
un factor que incide en el registro 
de violencia sexual.
e. Capacitación del médico al que 
le corresponde hacer la necropsia
El grado de entrenamiento o ex-
perticia del médico al que le corres-
ponde hacer la necropsia constituye 
también un factor que determina 
el registro de delito sexual. El Sis-
tema Nacional de Medicina Legal 
y Ciencias Forenses funciona de la 
siguiente manera: existe el Insti-
tuto Nacional de Medicina Legal y 
Ciencias Forenses quien es el rec-
tor del sistema y está adscrito a la 
Fiscalía General de la Nación (Ley 
938 de 2004). El INMLCF cuenta 
actualmente con ocho Direcciones 
Regionales: Oriente, Nororiente, 
Norte, Occidente, Suroccidente, 
Sur, Suroccidente y Bogotá, 25 
Direcciones Seccionales ubicadas 
en la mayoría de capitales depar-
tamentales, y 125 puntos de aten-
ción (Unidades Básicas), cuatro de 
ellas Móviles (Sabana, Quindío, 
Itsmina y Acacías). 
Dichos 125 puntos de atención 
cubren el 65% de la población 
23	 Ibíd.,	Pág.	30
24	 Entrevista	Dr.	Mary	Luz	Morales.
colombiana. El resto del territo-
rio debe ser cubierto por médicos 
rurales u oficiales de los hospita-
les. Por eso las necropsias pre-
sentan grandes variaciones que 
dependen principalmente de la 
formación y la experiencia del 
médico a quién le correspondió 
hacer la necropsia. 
Como sucede en toda profesión, 
hay diferencias de formación de 
los médicos del sector salud fren-
te a los médicos del Instituto. Y 
dentro de estos últimos, existen 
diferencias entre los que reciben 
un entrenamiento básico y los 
que realizan una especialización 
en patología o medicina forense, o 
entre los nuevos y los experimen-
tados. Esto explica la existencia de 
necropsias más y menos exhausti-
vas y más y menos detalladas.
En Colombia la carrera de me-
dicina incluye en su pensum de 
estudios un módulo de formación 
en Medicina Legal y muchas uni-
versidades tienen convenio con 
el Instituto para lograr que los 
estudiantes hagan rotaciones de 
un mes. Pero esta corta formación 
en temas forenses no es suficiente 
para abordar con todo el rigor los 
casos complejos. Según cuatro ex-
pertos consultados, es prácticamen-
te improbable que un médico rural 
o un médico que tenga que hacerse 
cargo de tareas médico-legales en 
un hospital municipal, sea capaz 
de documentar un caso donde hubo 
violaciones al DIH, hay múltiples 
cadáveres, están en avanzado esta-
do de descomposición o hubo acti-
vidad sexual relacionada. Así como 
un médico generaltiene los conoci-
mientos pero requiere experiencia 
para practicar una cesárea o un 
procedimiento quirúrgico, tampo-
co tiene la suficiente destreza para 
realizar este tipo de necropsias. En 
palabras de una experta, “hay una 
distancia gigantesca entre ser mé-
dico y ser perito forense. Es como si 25	 Entrevistas	médicos	Popayán,	Buenaventura	y	Antioquia.
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a mí me pusieran a hacer una ciru-
gía a corazón abierto. Yo sé dónde 
queda el corazón, pero es imposible 
que yo haga esa cirugía”.
Sin embargo, mientras que en el 
sistema de salud el médico puede 
remitir la paciente a un municipio 
que le pueda prestar la atención 
requerida, en el sistema médico-
legal el médico rural o los médicos 
de los hospitales están obligados a 
abordar el caso. Ellos pueden e in-
cluso deben estar en comunicación 
con el médico de la Unidad Básica 
más cercana, pedir asesoría y apo-
yo. Pero a veces los médicos del 
sector salud no saben que pueden 
contar o no cuentan con expertos 
del INMLCF para abordar casos 
complejos y en muchos casos se 
presentan problemas de informa-
ción y coordinación entre los dos 
sectores. Es importante recalcar 
que para los primeros años del 
periodo de estudio la comunica-
ción inmediata por teléfono o por 
celular no estaba disponible, lo 
que conllevaba a que los médicos 
rurales o de hospitales asumieran 
solos los casos. 
Entre los médicos del Instituto 
también hay grandes diferencias. 
Los médicos nombrados toman 
un curso de un mes: dos sema-
nas en patología y dos semanas 
en clínica. Esta formación básica 
los habilita para realizar bien los 
informes periciales. Pero el olfato, 
el interés por descubrir lo no evi-
dente o el índice de sospecha, ne-
cesarios para encontrar los casos 
de homicidio con actividad sexual 
relacionada, sólo se obtienen tras 
años de ejercicio y con una voca-
ción o gusto por los casos de pato-
logía. En efecto, algunos médicos 
tienen más interés por las tareas 
de clínica, pero deben asumir tan-
to clínica como patología dadas las 
condiciones institucionales de las 
Unidades Básicas. 
Además de la experiencia y la 
pasión por lo forense, detectar 
violencia sexual, requiere un 
grado de formación específico y 
especializado. Dos de los expertos 
consultados insistieron en que “el 
concepto de homicidio sexual es 
un concepto especializado, que 
casi no es del alcance de un mé-
dico general. Yo creería que un 
médico general no está en la con-
dición de abordar una masacre 
en la que se sospecha que pudo 
haber habido violación o acti-
vidad sexual, porque no está lo 
suficientemente capacitado. No 
es porque no pueda, sino porque 
sencillamente no fue formado 
para eso. Puede que tenga algún 
esbozo, pero es poco probable que 
quede bien hecho. O incluso, si 
tuvieran la idea, también sería 
un poco difícil que la lleve a cabo. 
Para hablar de homicidio sexual 
se requiere tener cierta forma-
ción, especialización, haber visto 
qué es eso, conocer los tratados, 
saber cómo lo manejan en otros 
países, incluso si lo vamos a mi-
rar dentro de nuestro país es una 
cosa que se ha acuñado en los 
últimos años”.
f. Control del personal: 
capacitaciones, monitoreo
Es un hecho que los manuales 
para hacer autopsias desde el 
2000 tienen unas directrices 
muy precisas frente a la 
toma de muestras cuando se 
sospecha actividad sexual, y 
que el protocolo de Minnesota 
expresa claramente la forma de 
documentar la violencia sexual 
como forma de tortura en un 
cadáver. Pero la expedición de los 
manuales, guías y reglamentos 
requiere divulgación entre todas 
las Regionales, Seccionales y 
Unidades Básicas del Instituto, 
que el personal sea capacitado y 
re-entrenado y que su ejercicio 
sea observado y revisado. 
El control del personal frente a la 
aplicación de los lineamientos ex-
pedidos en manuales y protocolos 
internacionales es otro factor que 
determina la toma de evidencia 
útil para documentar posible de-
lito sexual en contextos de con-
flicto armado. Dicho control de 
personal puede darse en formas 
de monitoreo a la calidad de las 
necropsias y capacitaciones.
En lo que tiene que ver con la ca-
pacitación sobre protocolos inter-
nacionales y manuales, en el año 
2002 se presentó el protocolo de 
Estambul en el Congreso Nacio-
nal de Medicina Legal. Ese mismo 
año empezó el entrenamiento de 
los peritos sobre el “Manual para 
la realización de autopsias médi-
co-legales” y sobre el manejo de 
evidencia. Así mismo se empezó 
a promover la aplicación del pro-
tocolo de Minnesota en el ámbito 
regional, como guía para hacer au-
topsias en caso de violaciones a los 
Derechos Humanos y el Derecho 
Internacional Humanitario. En 
noviembre de 2006 se hizo un cur-
so de los protocolos de Minnesota 
y Estambul con 153 funcionarios 
de los organismos con funciones 
de Policía Judicial y funcionarios 
del Instituto, y en 2007 se hizo un 
Seminario de Formación en el pro-
tocolo de Estambul26.
En cuanto al seguimiento, a par-
tir del año 200027 se implementó el 
programa de monitoreo de la cali-
dad básica, que incluía la detec-
ción y documentación de lesiones 
causantes de dolor, inmovilización, 
26	 Datos	 tomados	 de	 los	 Comentarios	 del	 Gobierno	 de	
Colombia	a	las	conclusiones	y	recomendaciones	del	Comité	
contra	la	Tortura	CAT/C/COL/CO/3/Add.1,	13	de	junio	de	
2006,	CAT/C/COL/CO/3/Add.2,	24	de	septiembre	de	2008,	
y	del	Cuarto	informe	Periódico	a	la	Convención	Contra	la	
Tortura	de	parte	del	Estado	Colombiano,	CAT/C/COL/4	del	
21	de	febrero	de	2008.	
27	 Instituto	Nacional	de	Medicina	Legal	y	Ciencias	Forenses.	
División	de	Tanatología	Forense.	Dra.	Mary	Luz	Morales.	
Manual	para	la	Práctica	de	Autopsia.	Bogotá,	2000.
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agresión sexual y ocultamiento 
del cuerpo. Así mismo se avanzó 
en la implementación del SIVEL-
CE (Sistema de Vigilancia Epide-
miológica de Lesiones de Causa 
Externa) que desde las variables 
relacionadas con Derechos Hu-
manos recoge desde 2003 indicios 
de tortura física, inmovilización, 
causación de dolor y mutilaciones 
premortem28, sistema que facilita 
el monitoreo permanente sobre 
los datos. 
Se observa entonces que el con-
trol del personal es un factor que 
juega a favor de la toma de evi-
dencias de agresión sexual, pues 
está orientado a acercar la prácti-
ca de los peritos con los estánda-
res publicados en los manuales y 
guías. Pero hay que enfatizar que 
no siempre se ha monitoreado la 
calidad de las necropsias y que 
incluso, después de que surgiera 
la iniciativa subsistieron limita-
ciones logísticas que dificultan 
avanzar en las capacitaciones y 
el monitoreo, las herramientas y 
recursos que permiten hacerlo no 
siempre han estado disponibles: 
la sistematización y el acceso a 
Internet desde las unidades bási-
cas es prácticamente nueva y sin 
este recurso resultaba muy difícil 
adelantar controles y evaluacio-
nes sobre una muestra represen-
tativa de los informes periciales 
realizados. Adicionalmente esta 
carencia dificultaba el acceso de 
los médicos a los nuevos manua-
les, guías y reglamentos. 
g. Formatos de necropsia
El formato es el instrumento 
escrito que acompaña la realiza-
ción de la necropsia. Se trata de 
una guía que recuerda al médico 
forense el orden de los procedi-
mientos y las indagaciones que 
no puede dejar de realizar du-
rante su exploración. El formato 
refleja el nivel de exploración del 
cadáver, sus hallazgos, análisis 
y conclusiones, y por lo general 
se recomienda acompañarlo de 
esquemas y diagramas así se dis-
ponga de registro fotográfico29. 
En la actualidad todos los infor-
mes periciales de necropsia en el 
nivel nacional son diligenciados 
en Internet a través del Sistema 
de Información Red de Desapa-
recidos y Cadáveres (SIRDEC). 
Este sistema incorpora elemen-
tos del Derecho Internacional 
Humanitario como desaparición 
forzaday tortura, y se encuentra 
diseñado para que ninguna varia-
ble, incluida la posible ocurren-
cia de violencia sexual, quede sin 
registrar. También se indaga por 
las circunstancias de la muerte, y 
por todos los elementos asociados 
que se hayan podido identificar 
durante la práctica de la necrop-
sia. Además del protocolo, cada 
necropsia está acompañada por 
un registro gráfico y fotográfico. 
Sin embargo, para el periodo en 
estudio, los formatos o protoco-
los aún no se habían integrado 
al SIRDEC, y aunque el Manual 
para la Práctica de Autopsias del 
año 2000 anexa una completa 
guía de protocolo de necropsia, en 
la práctica existía diversidad en 
el diseño, o en la forma en que se 
indagaba por los datos, tal como 
anota un médico con larga trayec-
toria en el Instituto. 
La mayoría de los protocolos reali-
zados tanto en el periodo en estu-
dio, como en la actualidad constan 
de: identificación del caso, examen 
externo, descripción de prendas, 
examen interno, descripción de 
lesiones, conclusiones y esque-
mas de las lesiones encontradas. 
28	 Ibíd.
La primera parte puntualiza el 
caso: se le asigna un número, y se 
anota el nombre de la víctima, el 
documento de identidad, la hora 
y lugar de la muerte, la hora y 
lugar de la necropsia, el nombre 
del funcionario que ordena la ne-
cropsia, el nombre del prosector 
y el nombre del disector. La se-
gunda parte tiene que ver con el 
examen exterior del cadáver. Allí 
se suelen describir los fenómenos 
cadavéricos, la forma en que se 
recibe al cadáver, y se da cuenta 
del estado en que se encuentran 
todos sus órganos externos. El si-
guiente paso es la descripción de 
las prendas de vestir a la que le 
sigue el examen interno que im-
plica la exploración de los órganos 
internos del cuerpo. Posterior a 
este examen se hace una descrip-
ción detallada de las heridas que 
produjeron la muerte incluyendo 
la trayectoria de las lesiones, y se 
anotan conclusiones como causa, 
manera y mecanismo de muerte, 
así como los comentarios del caso. 
Después se reseña si se solicitó 
algún examen adicional al reali-
zado y finalmente se incluye un 
esquema de lesiones, que consiste 
en una gráfica del cuerpo humano 
en el que se señalan las heridas. 
Como el diseño o la forma en que 
se preguntaba por la información 
fue evolucionando con el tiempo, 
es decir, con la paulatina imple-
mentación de nueva literatura, 
manuales, protocolos interna-
cionales, y en consecuencia, más 
variables y elementos hasta final-
mente integrarse en el SIRDEC, 
podemos preguntarnos si estas 
variaciones pudieron facilitar o 
evitar que se indagara por la ocu-
rrencia de violencia sexual previa 
al homicidio. La respuesta es sí. 
Hasta hace pocos años se indaga-
ba menos por aspectos tanto de 
cuerpo como de la información 
asociada al delito. En muchos 
casos no se anotaba si la víctima 
29	 Instituto	Nacional	de	Medicina	Legal	y	Ciencias	Forenses.	
División	de	Tanatología	Forense.	Dra.	Mary	Luz	Morales.	
Manual	 para	 la	 Práctica	 de	 Autopsias	 Médico-Legales.	
Bogotá,	2000.	
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había muerto junto con otros in-
dividuos y en qué tipo de sucesos. 
La descripción de las prendas era 
bastante limitada y los formatos 
podían dejarse inconclusos. Si 
bien todos los protocolos solici-
taban un examen externo y uno 
interno de los órganos genitales, 
las preguntas concretas podían 
contribuir a que no se examina-
ra a profundidad esta parte. En 
el examen externo algunos proto-
colos preguntaban abiertamente 
por órganos genitales, otros pro-
tocolos indagaban por órganos 
genitales y mamas, otros exami-
naban vagina, otros dirigían el 
examen a vagina y ano y otros 
incluían en este espacio órganos 
sexuales, mamas y glúteos. Como 
puede verse la exactitud con la 
que se preguntaba por los órga-
nos sexuales podía orientar al 
médico hacia mejores pesquisas 
sobre la posible ocurrencia de 
violencia sexual, así como llamar 
su atención sobre otros lugares 
del cuerpo donde pudiese haber 
rastros de actividad sexual como 
el ano, los senos y los glúteos, y 
otras regiones no evidentemente 
relacionadas como los muslos, el 
cuello, la boca, entre otros. 
Actualmente, el entorno de la 
pregunta por la violencia sexual 
así como la implementación de 
instrumentos para abordar ca-
sos de DIH, han impuesto más 
detalle en las preguntas sobre 
el cuerpo y las circunstancias 
asociadas a la muerte, así como 
mejores descripciones de las 
prendas: manchas, cotejo balís-
tico, desgarros, etc. Además los 
médicos forenses no pueden arti-
cular sus necropsias al SIRDEC 
si no responden todas las pre-
guntas que el sistema requiere.
h. Los signos de violencia sexual
En todo contacto entre un cuerpo y 
otro se intercambia evidencia física, 
a esto se le conoce como el Principio 
de Locard. Según este principio, el 
agresor que ataca a la víctima deja 
algo en ella, y la víctima deja algo 
en el agresor. De otro lado, un lugar 
deja elementos en quienes lo visitan 
y el visitante deja elementos en el 
lugar30. El delito sexual implica con-
tacto entre el cuerpo del agresor y 
el del agredido por lo que es de es-
perarse que se dejen huellas tanto 
en las víctimas como en la escena 
del crimen. Algunas huellas sólo se 
obtendrán tras la recuperación de 
evidencia traza y el examen sexoló-
gico31, pero otras huellas serán más 
evidentes en el examen externo y 
estarán indicando al perito sobre 
lesiones patrón asociadas a cir-
cunstancias de delito sexual. Esto 
es lo que llamamos los signos de 
violencia sexual. Los signos de vio-
lencia sexual son entonces, todas 
las pistas que hacen que el médico 
sospeche que pudo haber violencia 
sexual previa a un homicidio. 
Dichos signos son de dos órdenes, 
el primero alude a lo que se pre-
serva o conoce de la escena del 
crimen, y el segundo, a los signos 
localizados en el cuerpo. El prime-
ro se refiere a la información con-
signada en el acta de inspección 
de cadáver o comunicada al perito 
por las autoridades que atendie-
ron el caso, como las prendas de 
vestir, el lugar donde aparecen las 
víctimas, la cantidad de personas 
o de cadáveres con las que apare-
ce la víctima. El segundo, implica 
marcas como mordeduras, desga-
rros en piel o mucosas, traumas en 
restos óseos, etc.
En relación con la información que 
se rescata de la escena del crimen, 
el primer signo es que el acta de 
inspección de cadáver aporte in-
formación sugerente de violencia 
sexual, pida concretamente un fro-
tis vaginal o toma de evidencia de 
violencia sexual. Otro signo común 
para los médicos forenses son las 
prendas de vestir y su ubicación. 
Estas pueden ser exteriores e in-
teriores. Pueden presentar fibras, 
manchas o huellas, y/o los cadá-
veres estar desnudos, con la ropa 
superpuesta o desgarrada, de una 
talla mayor o menor a la propia, o 
con un atuendo que al parecer no le 
pertenece. Esto suscita sospechas 
de posible delito sexual entre los 
médicos forenses. Igualmente, si 
la víctima carece de ropa interior, 
la tiene puesta al revés, o desubi-
cada, las pesquisas sobre agresión 
sexual serán más agudas por ad-
verso que sea el contexto. Otro de 
los signos que mencionan los mé-
dicos entrevistados es la ubicación 
de los cadáveres. Si se encuentra el 
cadáver de una mujer en un lugar 
apartado de la zona urbana, o en 
un lugar solitario, rápidamente se 
entra en sospecha de un posible 
ataque sexual, sea guerrillera o 
no. Otros signos como las famosas 
posturas sexualizadas, que podrían 
informar más sobre las circunstan-
cias de cada caso, son poco mencio-
nadas por los forenses, ya que su 
abordaje médico-legal se da en la 
sala de necropsias, no en el lugar 
de la escena del crimen donde pue-
de evidenciarse ese tipo de signo o 
indicador de posible delito sexual. 
De otro lado, que un homicidio se 
haya dado en contexto de violación 
al DIH, es suficiente signo para in-
dagar por posibles evidencias úti-
les para determinar

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