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Especificaciones de la Mostaza

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Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01 
 
ITEM 167 
Código UNSPSC 50171800 
Nombre del Producto MOSTAZA 
Nombre Comercial del 
Producto 
MOSTAZA 
Calidad Cumplir con los requisitos de la norma técnica NTC –1755 
Generalidades 
La Mostaza es una salsa baja en calorías y colesterol. Su semilla 
tiene un alto contenido proteico y de minerales. Además posee 
propiedades antisépticas Producto viscoso preparado con harina 
de mostaza, compuesto por una mezcla de semillas molidas de 
mostaza amarilla o blanca (Brassicahirtamoench), mostaza café 
(Brassicajuncea) o mostaza negra (Brassicanigra); adicionada de 
vinagre, sal, condimentos o especias y aditivos 
Requisitos generales 
El producto debe elaborarse con materias primas adecuadas y de 
calidad óptimas para consumo humano. Debe tener color y olor 
característicos del producto, color café claro, sabor característico 
El producto debe estar libre de impurezas o materiales extraños. 
El color: amarillo o amarillo- amarronado característico de la 
variedad. Sabor: picante. Olor: fuerte. No debe presentar olores 
extraños, ni humedad externa anormal, no se permite la 
presencia de plagas, residuos químicos y signos de pudrición. El 
producto no debe contener sustancias destinadas a dar aroma, 
color o a modificar las características fisicoquímicas 
Requisitos Específicos 
El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la 
NTC - 1755 Los productos desengrasados de la mostaza debe 
cumplir con los siguientes requisitos: Humedad (%) m/m: 14%; 
máximo Cenizas (%) m/m: 6%; máximo Cenizas insolubles (%) 
m/m: 1,5% máximo Fibra bruta (%) m/m: 17% máximo. Aceite 
esencial (%) m/m: 0.5% mínimo 1% máximo. El proveedor debe 
cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura Decreto 3075 
de 1997 del Ministerio de la Protección Social. Debe cumplir con 
los requisitos establecidos en la Resolución 4241de 1991 del 
Ministerio de Salud y los requisitos establecidos en la NTC1755. El 
producto no debe exceder los limites de metales pesados y 
plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007. 
Empaque y rotulado 
El producto debe estar envasado en recipientes de plástico, o de 
otros materiales, con cierre hermético, que no alteren las 
características fisicoquímicas y organolépticas y que proporcione 
al producto una adecuada protección durante el transporte y 
almacenamiento. - Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, 
por medio de la cual se establecen los parámetros para el 
rotulado o etiquetado de productos 
Presentación 
Empaque x 1000 gramos. Unid 
 
 
 
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ITEM 168 
Código UNSPSC 50171800 
Nombre del Producto MOSTAZA DIJON 
Nombre Comercial del 
Producto 
MOSTAZA DIJON 
Calidad Cumplir con los requisitos de la norma técnica NTC –1755 
Generalidades 
La Mostaza es una salsa baja en calorías y colesterol. Su 
semilla tiene un alto contenido proteico y de minerales. 
Además posee propiedades antisépticas Producto viscoso 
preparado con harina de mostaza, compuesto por una 
mezcla de semillas molidas de mostaza amarilla o blanca 
(Brassicahirtamoench), mostaza café (Brassicajuncea) o 
mostaza negra (Brassicanigra); adicionada de vinagre, sal, 
condimentos o especias y aditivos de mostaza de Dijon es 
una versión refinada de ese primer condimento 
Requisitos generales 
El producto debe elaborarse con materias primas adecuadas 
y de calidad óptimas para consumo humano. Debe tener 
color y olor característicos del producto, color café claro, 
sabor característico El producto debe estar libre de 
impurezas o materiales extraños. El color: amarillo o 
amarillo- amarronado característico de la variedad. Sabor: 
picante. Olor: fuerte. No debe presentar olores extraños, ni 
humedad externa anormal, no se permite la presencia de 
plagas, residuos químicos y signos de pudrición. El producto 
no debe contener sustancias destinadas a dar aroma, color o 
a modificar las características fisicoquímicas 
Requisitos Específicos 
El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en 
la NTC - 1755 Los productos desengrasados de la mostaza 
debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad (%) 
m/m: 14%; máximo Cenizas (%) m/m: 6%; máximo Cenizas 
insolubles (%) m/m: 1,5% máximo Fibra bruta (%) m/m: 17% 
máximo. Aceite esencial (%) m/m: 0.5% mínimo 1% máximo. 
El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de 
Manufactura Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de la 
Protección Social. Debe cumplir con los requisitos 
establecidos en la Resolución 4241 de 1991 del Ministerio 
de Salud y los requisitos establecidos en la NTC1755. El 
producto no debe exceder los limites de metales pesados y 
plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007. 
Empaque y rotulado 
El producto debe estar envasado en recipientes de plástico, 
o de otros materiales, con cierre hermético, que no alteren 
las características fisicoquímicas y organolépticas y que 
proporcione al producto una adecuada protección durante 
el transporte y almacenamiento. - Cumplir con la Resolución 
No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los 
parámetros para el rotulado o etiquetado de productos. 
Presentación Frasco por 370 gramos. Unid 
 
 
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ITEM 169 
Código UNSPSC 
50304500 
 
Nombre del Producto NARANJA 
Nombre Comercial del 
Producto 
NARANJA VALENCIA 
Calidad NTC 1266 
Generalidades 
La Naranja Valencia debe estar exenta de todo defecto aceptando 
alteraciones superficiales que no excedan el 10% (Tolerancia de Mancha) 
del área total del fruto, siempre y cuando no afecten la parte interna de la 
fruta 
Requisitos generales 
La naranja debe estar libre de sabor y olor no característico Libre de 
pudrición y hongos sobre la superficie del producto Libre de deformaciones 
Libre de quemaduras de sol, cicatrices, cortaduras, o señales de maltrato. 
Libre de humedad 
Requisitos Específicos 
Los frutos deben estar enteros 
 Deben tener la forma característica de la NARANJA VALENCIA  Deben 
presentar cáliz  Deben estar sanas (libres de ataques de insectos y/o 
enfermedades, que desmeriten la calidad interna del fruto)  Deben estar 
libres de humedad externa anormal producida por mal manejo en las etapas 
post-cosecha (recolección, acopio, selección, clasificación, adecuación, 
empaque, almacenamiento y transporte)  Deben estar exentas de cualquier 
olor y/o sabor extraño (provenientes de otros productos, empaques o 
recipientes y/o agroquímicos, con los cuales hayan estado en contacto)  
Deben presentar aspecto fresco y consistencia firme 
Empaque y rotulado 
El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro 
envase que evite su deterioro y contaminación y permita su 
conservación, manipulación y visualización total de la fruta, el 
cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene 
Presentación 
Deben estar exentas de materiales extraños (tierra, polvo, agroquímicos, y 
cuerpos extraños) visibles en el producto o en su empaque. Los residuos de 
plaguicidas no deben exceder los límites máximos establecidos en el Codex 
Alimentarías 
 El grado de madurez debe permitir la manipulación y el transporte de los 
frutos, sin deterioro alguno hasta su destino final. PRESENTACIONEN 
BOLSA O CANASTILLA POR 1000 GRAMOS 
 
 
 
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ITEM 170 
Código UNSPSC 50101700 
Nombre del Producto NUEZ 
Nombre Comercial del 
Producto 
NUECES DEL BRASIL 
Calidad NTC 1291 
Generalidades 
Nuez nogal (Juglans regia L.) Pertenece a la familia de las 
Juglandaceae. Su fruto nuez grande, drupáceo, con mesocarpio 
carnoso y endocarpio duro, arrugado en dos valvas, y el interior 
dividido incompletamente en dos o cuatro celdas; semilla con 
dos o cuatro lóbulos y muchos hoyos. Especies cultivadas: 
Juglans regia (nogal europeo) Juglans cinerea (nogal ceniciento) 
Juglans nigra (nogal negro) Juglans californica (nogal de 
California) Dentro de cada grupo se dividen a su vez en 
variedades con frutos de cáscara tierna y variedades con frutos 
de cáscara dura, distinguiéndolas en subclases según se 
produzcan frutos comestibles o para extraer aceite. El fruto 
inmaduro se utiliza para la fabricación del licor conocido como 
'Ratafía' y de su fruto se obtiene un buen 
Requisitos generales 
La nuez nogal no debe presentar semillas vacías, arrugadas 
oscuras o adheridas a la cáscara. Color: cascara o pies es café y el 
interior del fruto es blanco Olor y sabor: característico 
Apariencia: firme seco y duroLa nuez de macadamia debe estar 
exento en cualquiera de los grados de clasificación de colores 
objetables o residuos de sustancias toxicas o que este infectado. 
Debe estar exento de impurezas sustancias extrañas, o 
sustancias destinadas modificar sus características 
fisicoquímicas. El la nuez debe estar libre de la presencia de 
plagas y protegido de la humedad. 
Requisitos Específicos 
Composición química de la nuez nogal: - Agua 4% - Hidratos de 
carbono 15% (fibra 5%) - Proteínas 15% - Lípidos 60% (ácido 
linoleico 30%) - Sodio 4 mg/100 g - Potasio 500 mg/100 g - Calcio 
80 mg/100 g - Fósforo 400 mg/100 g - Hierro 2 mg/100 g - 
Vitamina B1 0,3 mg/100 g - Vitamina B2 0,1 mg/100 g Debe 
cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 
1291. Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de 
Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007 
Empaque y rotulado 
Debe ser envasado o empacado en material inerte que le 
confiera al producto una adecuada protección durante el 
almacenamiento, transporte y comercialización. El empaque 
debe garantizar el mantenimiento de las características 
microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas 
del producto. El rotulado debe cumplir con los requisitos 
establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la 
Protección Social. 
Presentación Empaque plástico x 1000grms. Unid 
 
 
 
Ministerio de Trabajo 
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Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
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ITEM 171 
Código UNSPSC 50101700 
Nombre del Producto NUEZ DE MACADAMIA 
Nombre Comercial del 
Producto 
NUEZ DE MACADAMIA 
Calidad NTC 1291 
Generalidades 
Nuez de macadamia o Macadamia integrifolia Macadamia 
ternifolia var. Integrifolia perteneciente a la familia: Proteáceas 
(Proteaceae). Los nombres comunes del fruto seco son: 
macadamia, nuez de arbusto y nuez maroochi. Sólo dos 
especies poseen importancia comercial por ser las únicas que 
tienen la nuez comestible: Macadamia integrifolia y Macadamia 
tetraphylla. 
Requisitos generales 
Color: cascara o pies es café y el interior del fruto es blanco 
Olor y sabor: característico Apariencia: firme seco y duro La 
nuez de macadamia debe estar exento en cualquiera de los 
grados de clasificación de colores objetables o residuos de 
sustancias toxicas o que este infectado. Debe estar exento de 
impurezas sustancias extrañas, o sustancias destinadas 
modificar sus características fisicoquímicas. La nuez debe estar 
libre de la presencia de plagas y protegido de la humedad. 
Requisitos Específicos 
Composición química de la nuez de macadamia: - Agua 3% - 
Hidratos de carbono 15% (2% fibra) - Lípidos 71% - Proteínas 
8% - Potasio 260 mg/100 g - Calcio 48 mg/100 g - Hierro 20 
mg/100 g - Vitamina B1 0,34 mg/100 g - Vitamina B2 0,11 
mg/100 g Limite de Aflatoxinas permitido 10 microgramos por 
kilogramo de maní descascarado Debe cumplir con los 
requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 1291 Debe 
cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas 
establecidos en la Resolución 2906 de 2007 
Empaque y rotulado 
Debe ser envasado o empacado en material inerte que le 
confiera al producto una adecuada protección durante el 
almacenamiento, transporte y comercialización. El empaque 
debe garantizar el mantenimiento de las características 
microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas 
del producto. El rotulado debe cumplir con los requisitos 
establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la 
Protección Social. 
Presentación Bolsa x 1000grms. Unid 
 
 
 
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ITEM 172 
Código UNSPSC 50161500 
Nombre del Producto PANELA CUADRADA 
Nombre Comercial del 
Producto 
PANELA CUADRADA 
Calidad Cumplir con las especificaciones de la norma técnica NTC-1311 
Generalidades 
Panela es el producto solido obtenido por evaporación de los jugos de la 
caña de azúcar. La textura de la panela es característica, debido la relación 
de azúcares reductores y sacarosa, lo cual determina la consistencia o 
dureza. La panela debe estar libre de olores, sabores extraños, 
verdeamientos, ablandamientos excesivo; no puede estar fermentada ni 
presentar ataques de hongos o insectos En la elaboración de la panela no 
se permite el uso de hidrosulfito de sodio ni hiposulfito de sodio, no otras 
sustancias químicas con propiedades blanqueadoras. 
Requisitos generales 
Para la elaboración de panela sólo se podrá utilizar como materia prima las 
mieles vírgenes procedentes de trapiches paneleros autorizados por la 
autoridad competente. Las mieles utilizadas en el procesamiento de la 
panela deben estar libres de olores, hongos, sabores extraños, 
ablandamiento, verdeo, insectos y fermentaciones. En la fabricación de la 
panela no se permite el uso de hidrosulfito de sodio, hiposulfito de sodio y 
cualquier otro blanqueador químico, el uso de azúcar, ni de mieles 
procedente de ingenios azucareros. Debe cumplir con los limites de 
plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007. 
Requisitos Específicos 
Panela libre de materias, olores y sabores extraños, verdeamientos, 
ablandamiento excesivo; no puede estar fermentada, ni presentar ataques 
de hongos o insectoscumplir con las especificaciones de la norma técnica 
NTC-1311. Azúcares reductores %: 5.5% Mínimo Azúcares no reductores %: 
83% Máximo Proteínas, en % (N x 6.25): 0.2% Mínimo Cenizas, en %: 0.8% 
Mínimo Humedad %: 9.0% Máximo SO2: NEGATIVO Colorantes: NEGATIVO 
Clarificantes permitidos: Poliacrilamidas, balso, guásimo y cadillo. La panela 
debe presentar el certificado o copia de inscripción de los Trapiches 
Paneleros y las Centrales de acopio de Mieles Vírgenes procedentes de 
Trapiches Paneleros, expedido por el INVIMA, al cumplimiento a la Res. 779 
de 2006 y el certificado de evaluación de conformidad del trapiche 
productor vigente. 
Empaque y rotulado 
- Empaque individual. 
- Peso por unidad de 500 gramos. 
- Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se 
establecenlos parámetros para el rotulado o etiquetado de productos 
terminados y materias primas.Se requiere con una vida útil de seis meses. 
Presentación Unidad por 1000 gramos 
 
 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
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ITEM 
173 
Código UNSPSC 
30264900 
Nombre del Producto PAPEL ALUMINIO 
Nombre Comercial del Producto PAPEL ALUMINIO 
Calidad 
ETMP190-DID-C-A2 Especificación técnica, que establece los 
requisitos y características que debe cumplir y los ensayos a los 
cuales debe someterse el papel aluminio FT.0133.DINTR/2008 - 
IDENTIFICACIÓN CODIGO DE BARRAS EJÉRCITO NACIONAL 
numeral 
Generalidades 
El papel aluminio, (también conocido como papel de plata o 
platita por su semejanza al brillo cromado que refleja la alúmina), 
son hojas delgadas de aluminio de un grosor inferior a 0,2 mm, 
habiendo medidas tan finas como las que están por debajo de los 
0,006 mm. Así, la hoja de metal es sumamente flexible, maleable 
y puede ser doblada o cubrir objetos con mucha facilidad, 
empleado en aislamientos térmicos y barreras contra el vapor. 
Sin embargo, este producto es frágil y fácilmente se daña, siendo 
comúnmente laminado en combinación con otros materiales 
como plástico o papel para hacerlo más útil. 
Requisitos generales 
El papel aluminio no debe venir roto, sucio, arrugado y con un 
ancho homogéneo. 
Requisitos Específicos 
El papel aluminio debe cumplir con los siguientes requisitos. 
Características Valores Color Plateado Ancho 30 cm Composición 
Aluminio al 99.5 % de pureza Calibre 0.02 mm 
Empaque y rotulado 
Empaque individual: Debe ser empacado en rollos de 40 metros 
lineales. Empaque colectivo: El elemento debe ser empacado en 
cajas de cartón por 12 rollos con el fin garantizar la calidad en el 
transporte y el almacenamiento. 
Rotulado: Para efectos de almacenaje, este elemento deberá 
tener un rotulo en cada rollo y en cada caja, estos deberán ser 
centrados y cumplir lo estipulado en la FT.0133.DINTR/2008- 
Identificación Código De Barras Ejército Nacional. 
Presentación Rollo Por 1000 Metros 
 
 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01 
 
ITEM 
174 
Código UNSPSC 
14121806 
Nombre del Producto PAPEL PARAFINADO 
Nombre Comercial del Producto PAPEL PARAFINADO 
Calidad 
Debe cumplir con las especificaciones y requisitos establecidos 
en la presente ficha técnica y la NTC 1673. 
Generalidades 
El papel térmico es un tipo de papel que es sensible al calor y que se 
emplea en aquellas aplicaciones que usan tecnología de impresión 
térmica directa. En el papel térmico se distinguen las siguientes partes: 
1) Un papel soporte que es la base sobre el que se aplican las capas de 
estucado y en el cual quedará impresa la imagen. 2) Una capa de pre 
estuco o pre capa que es la capa inferior que cubre el soporte para 
garantizar una superficie más uniforme y lisa sobre la que se aplicará la 
capa térmica. 3) La capa térmica que es la capa superior que está 
formada por una gran cantidad de compuestos químicos que al ser 
sometidos al calor reaccionan entre si y desarrollan la imagen. Los 
principales componentes de esta capa son: un colorante, un 
sensibilizador y un desarrollador de color. La reacción química entre los 
productos de la capa térmica se detendrá cuando deje de aplicarse el 
calor en el cabezal térmico o cuando la reacción haya sido completa. La 
base puede estar fabricada en cartón o plástico 
Requisitos generales 
El papel debe estar en perfecto estado, sin rasgos de maltrato; 
debe tener una imagen limpia, lisa, con baja tendencia al 
encocamiento, exenta de pelusa, fibras superficiales, polvo, 
suciedad, manchas y arrugas o cualquier otro defecto que afecte 
el normal desempeño del producto. No puede contener 
elementos tóxicos a los seres humanos. 
Requisitos Específicos 
El papel utilizado debe cumplir con los requisitos establecidos en 
la NTC-1673 que establece los requisitos que debe cumplir y los 
ensayos a los cuales debe someterse el papel para imprimir y 
escribir. El gramaje mínimo del papel térmico debe ser 55 g/m2 . 
Se puede presentar en diferentes colores de acuerdo a los 
requisitos particulares del comprador, los colores más usados 
son: blanco, amarillo, rosa, verde y azul. Las dimensiones de 
ancho y largo varían según especificaciones particulares. Número 
de hojas: Una sola hoja Empaque y rotulado 
El papel deberá empacarse de forma tal que no sufra daños y 
conserve su calidad en condiciones adecuadas de manejo, 
almacenamiento y transporte. El empaque deberá estar rotulado 
indicando como mínimo, tipo de papel, el peso básico, calibre, 
dimensiones, fabricante, importador (si aplica), país de 
fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, 
importador o distribuidor responsable según corresponda, marca 
y fecha de producción o número de lote. 
Presentación Rollo Por 500 Metros 
 
 
 
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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01 
 
ITEM 175 
 
50407000 
Código UNSPSC 
Nombre del Producto PAPRICA 
Nombre Comercial del 
Producto 
PAPRICA 
Calidad 
NTC 4423 Resolución 4241 de 1991 de Ministerio de 
Salud. 
Generalidades 
La páprika es un cultivo originario de América del Sur, 
concretamente del área de Perú y en algunas zonas de 
Bolivia. Es una planta cultivada desde la antigüedad por 
los habitantes americanos que Colón encontró en su 
primer viaje y la llevó a España en 1.943, extendiéndose 
a lo largo del siglo XVI por otros países de Europa, Asia y 
África. La Páprika constituía un alimento básico de la 
población indígena. La páprika es una planta con 
multitud de tipos que da origen a diferentes formas y 
usos del fruto. 
Requisitos generales 
Género: Pimiento no picante Molida en polvo Color : 
Rojizo Sabor: Característico especial (Agridulce). Olor: 
Característico especial. Climas: Se desarrolla en climas 
tropicales y semi-tropicales Suelos: Arenosos, bien 
aireados, provista de materia orgánica y Sobre todo con 
buen drenaje, no tolera sales. 
Requisitos Específicos 
Sin manchas y decoloraciones 
En polvo 
Uso : Consumo directo 
La paprika deshidratada en polvo debe tener: Humedad 
%m/m: 8% mínimo 10% máximo. Contenido de fibra 
cruda: 2.8% máximo Contenido de ceniza menor a 8.5% 
Tamaño de partícula paso por malla de 0.5 mm (95%). 
La paprika y los productos elaborados a partir del mismo 
deben cumplir con los requisitos microbiológicos 
establecidos en la Resolución 4241 de 1991. 
Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los 
límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 
2007, el Ministerio de la Protección Social. 
Empaque y rotulado 
Envase plástico que conserve sus características 
organolépticas y lo proteja de la humedad como el vidrio 
o el polipropileno. Rotulado con el nombre del producto, 
nombre del empacador y/o productor (marca comercial), 
fecha de empaque. 
Presentación Envase plástico por 1000 gramos 
 
 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01 
 
ITEM 176 
Código UNSPSC 50121500 
Nombre del Producto PESCADO REFRIGERADO 
NombreComercial del 
Producto 
PARGO ROJO 
Calidad 
Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 776 
de 2008 del Ministerio de la Protección Social Resolución 676 
de 2007 del Ministerio de la Protección Social NTC 1443. 
Generalidades 
Son todas y cada una de las especies hidrobiológicas marinas o 
de agua dulce tales como pescados, crustáceos y moluscos, 
dentro de los cuales se entienden incluidos los productos de 
acuicultura en estado fresco, ya sea entero, fraccionado, 
eviscerado o no, ha sido sometido a la acción del frío, hasta 
alcanzar en el centro térmico una temperatura de cero a cuatro 
grados centígrados (O°C a 4°C). 
Requisitos generales 
Los productos de la pesca, en particular pescados, moluscos y 
crustáceos frescos, congelados, ultracongelados, precocidos, 
cocidos y en conserva deberán cumplir con las características o 
condiciones establecidas en el Decreto 561 de 1984 o los que 
los modifiquen, adicionen o sustituyan. 
Requisitos Específicos 
Se podrán emplear otras especies de pescados autorizadas 
para el consumo, en tal caso el producto elaborado hará 
referencia a la especie animal empleada en las Resoluciones 
337 de 2006 y 148 de 2007 o las que las modifiquen, adicionen 
o sustituyan, expedidas por el Ministerio de la Protección 
Social, el Codex Alimentarius y las demás especies de pescados 
que se comercialicen en el territorio nacional Histamina, mg/kg 
en atún El producto se debe conservar y mantener a 
temperatura de refrigeración (a temperatura de 0 a 4°C) 
durante su vida útil. No debe llegar congelado ni con partículas 
de hielo escarchado. Los aditivos empleados en su preparación 
deben cumplir con los límites permitidos resolución 776 de 
2008. Debe cumplir con los requisitos microbiológicos y 
fisicoquímicos establecidos en la Resolución 776 de 2008. 
Cumplir con los Límites Máximos de Residuos establecidos en la 
Resolución 676 de 2007 del Ministerio de la Protección Social o 
la norma que la modifique. Debe cumplir con los requisitos de 
calidad establecidos en la NTC 1443. 
Empaque y rotulado 
El producto se debe empacar en material grado alimentario, 
inocuo y resistente, de tal manera que no reaccione con el 
producto o altere sus características microbiológicas, físicas, 
químicas y sensoriales, asegurando su conservación e 
inocuidad en las condiciones que exige el producto, durante el 
transporte, almacenamiento y comercialización. El rotulo debe 
contemplar lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 
Presentación Empaque al vacio x 1 kilo. Unid 
 
 
 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
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ITEM 177 
Código UNSPSC 50171800 
Nombre del Producto PASTA DE TOMATE 
Nombre Comercial del 
Producto 
PASTA AL 100% DE TOMATE 
Calidad 
NTC 1287 Resolución 15790 de 1984 del Ministerio de Salud. 
Resolución 14712 de 1984 del Ministerio de Salud. NTC 1287 
Decreto 3075 de 1997 
Generalidades 
Pasta de tomate es un producto higienizado elaborado a partir 
de tomates (Lycopersicumesculentum) sanos y maduros enteros 
troceados y triturados o de pulpa de tomate, con o sin la adición 
de aditivos permitidos, contiene como mínimo 18% de sólidos 
solubles del tomate. Pasta concentrada de tomate: es el 
concentrado de tomate que contiene como mínimo 24% de 
sólidos solubles de tomate. 
Requisitos generales 
Las características organolépticas de las pastas de tomate 
diluidos a 8 ° Brix serán: Aspecto: líquido espeso no translúcido 
de consistencia uniforme. Color: rojo característico (grado A o c 
Munsell). Olor: propio y libre de olor objetable. Sabor: propio y 
libre de sabores extraños La pasta no deberá presentar partes 
decoloradas ni oscuras o ennegrecimientos. No se permite la 
adición de almidones naturales o modificados. Debe estar libre 
de la presencia de plagas (insectos o larvas). La pasta de tomate 
debe cumplir con los requisitos específicos establecidos en la 
Resolución 15790 de 1984 y la NTC 1287. Debe cumplir con los 
requisitos establecidos en el Decreto 3075 del Ministerio de 
Salud. Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de 
Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del 
Ministerio de la Protección Social. Color y olor característico. 
Requisitos Específicos 
Producto no cercano a su fecha de vencimiento. 
La pasta de tomate refinada y de buena calidad tendrá los 
siguientes atributos: 
· Sólidos solubles del tomate a 20°C %m/m: 18% mínimo. 
· Color rojo brillante 
· Alto contenido de azúcar. 
· Medianamente baja acidez. 
 
 
Empaque y rotulado 
Empaque hermético que conserve sus características 
organolépticas como garrafas de vidrio o doy pack según la 
presentación. Rotulado con el nombre del producto, nombre del 
empacador y/o productor (marca comercial), fecha de empaque 
y fecha de vencimiento. 
Presentación 
Frasco por 1000 gramos 
 
 
 
 
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ITEM 178 
Código UNSPSC 12161800 
Nombre del 
Producto 
PECTINA 
Nombre Comercial 
del Producto 
PECTINA 
Calidad 
Decreto 3075 de 1997. NTC 512 1 Industrias alimentarias. Rotulado o etiquetado.-
 Norma general. NTC 512 2 Industrias alimentarias. Rotulado o etiquetado –
 Rotulado nutricional de alimentos envasados 
Generalidades 
La pectina es un carbohidrato purificado obtenido de la dilución del mesocarpio de 
frutos cítricos. A esta pectina obtenida se adiciona un estabilizante alimenticio y 
de dextrosa, para uniformarla a 150° S.A.G. Las pectinas son sustancias 
altamente utilizadas en la industria alimentaria por tener propiedad gelificadora 
Requisitos 
generales 
La pectina es un polvo fino de color blanco amarillento o marrón claro, inodoro de 
sabor dulce agradable, soluble en agua e insoluble en alcohol u otros disolventes 
orgánicos 
Requisitos 
Específicos 
Peso molecular 20.000 400.000 g/mol Pectina de gelado rápido 150 ± 5 °SAG 
Contenido ácido galacturónico 65% máx 
Empaque y 
rotulado 
El envase o empaque destinado a contener el producto debe ser hermético, 
alejado del calor y la humedad. Además, debe asegurarse la buena conservación 
del producto durante su almacenamiento y transporte. 
Presentación 
El producto se comercializará en las presentaciones que requiera el mercado de 
acuerdo con su contenido neto, expresado en unidades del Sistema Internacional 
ENVASE plástico totalmente sellado apto para alimentos por 1000 gramos. 
 
 
 
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ITEM 179 
Código UNSPSC 50305400 
Nombre del Producto PERA 
Nombre Comercial del 
Producto 
PERA 
Calidad NTC 1291 
Generalidades 
La pera es el fruto del peral, un árbol caducifolio de la 
especie Pyrus communis. Destinada para el consumo en 
fresco o como materia prima para el procesamiento. 
Puede servirse como fruta al natural o en variedad de 
jugos y conservas. Es rico en sacarosa, fructosa, glucosa, 
vitaminas y mineral. El fruto se destinada para el 
consumo fresco o como materia prima para el 
procesamiento. Es considerado fruto climatérico, sus 
características color, tamaño, sabor, grado de madurez y 
defectos, establecerán su clasificación según su calidad 
como primera (1ª) y (2ª). 
Requisitos generales 
Características de la organolépticas de la pera: - Color: la 
epidermis puede ser verdosa o amarilla o puedevariar de 
acuerdo a la variedad, la pulpa puede presentar color 
crema intermedios a amarillo depende de la variedad. - 
Textura: la pulpa es dura pero en la madurez es blanda y 
la epidermis lisa. - Sabor: ácida y en la madurez es dulce. - 
Olor: la pulpa es aromática. - Forma: característica de la 
variedad Los requisitos mínimos de calidad son: tener un 
producto entero, sano (sin rajaduras, plagas ni 
enfermedades), limpio (sin materiales extraños), con un 
color típico de la especie y variedad, de aspecto fresco. La 
pera debe estar libre de la presencia de plagas exentas de 
humedad exterior anormal, libre de olores y sabores 
extraños. 
Requisitos Específicos 
La pera debe cumplir con los requisitos establecidos en la 
NTC 1291. Los residuos de plaguicidas no de beben 
exceder los limites máximos establecidos en la Resolución 
2906 de 2007 del Ministerio de la protección Social. 
Empaque y rotulado 
El contenido de cada unidad de empaque debe ser 
homogéneo envase que evite su deterioro y 
contaminación y permita su conservación, manipulación y 
visualización de la fruta, el cual deberá mantenerse en 
buenas condiciones de higiene. 
Presentación Bolsa x 1 kilo. Unid 
 
 
 
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ITEM 180 
Código UNSPSC 50171500 
Nombre del Producto PEREJIL 
Nombre Comercial del 
Producto 
PEREJIL 
Calidad NTC 4423 Resolución 4241 de 1991 de Ministerio de Salud. 
Generalidades 
El perejil puede ser de hojas planas y de hojas rizadas (Petroselinum 
hortense, Petroselinum crispum) son plantas sanas y limpias, frescas 
o desecadas, empleadas como especias o condimentos vegetales 
porque contienen sustancias saborizantes o aromatizantes, las 
cuales se emplean para aderezar, aliñar o mejorar el aroma, sabor y 
apariencia de los alimentos. 
Requisitos generales 
Características organolépticas de la especia: Color: verde 
característico de la planta. Olor: aromático propio del producto. 
Sabor: ligeramente picante tendiendo a dulce. El producto debe 
estar sano, sin enfermedades, limpio sin materiales extraños. La 
planta de perejil, debe estar libre de la presencia de plagas, exentas 
de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños. 
Requisitos Específicos 
Deben cumplir con los siguientes requisitos: Humedad, máximo 
10%; Cenizas, máximo 13 %; Extracto etéreo 2 a 5%. El perejil y los 
productos elaborados a partir del mismo deben cumplir con los 
requisitos microbiológicos establecidos en la Resolución 4241 de 
1991. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites 
máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio 
de la Protección Social. 
Empaque y rotulado 
El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro 
envase que evite su deterioro y contaminación y permita su 
conservación, manipulación y visualización total del producto, el 
cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El 
rotulado debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 
2005 del Ministerio de la Protección Social. 
Presentación 
El producto puede ser distribuido según lo requiera el mercado a 
granel o empacado. Su peso estará establecido en unidades de masa 
del Sistema Internacional BOLSA POR UN KILOGRAMO. UND 
 
 
 
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ITEM 181 
Código UNSPSC 50112000 
Nombre del Producto CARNE DE CERDO 
Nombre Comercial del 
Producto 
PIEL DE CERDO 
Calidad 
Decreto 1500 de 2007, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 
de 1982 y NTC 4271 
Generalidades Piel de cerdo sin pelo procedente del lomo del anima 
Requisitos generales 
La piel o cuero debe provenir de una planta de beneficio 
autorizada. Debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, 
abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos libre de olores 
anormales. La carne de cerdo en canal o en cortes debe estar 
exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, 
suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones 
higiénicas que prevengan su contaminación. La carne debe ser 
inspeccionada y aprobada por la autoridad competente que 
garantice que está exenta de cualquier lesión patología y que es 
apta para el consumo humano. 
Requisitos Específicos 
En la carne de cerdo la musculatura, grasa, cartílagos deben 
presentar olor y color característicos normales de la especie. 
Debe cumplir con los límites de Residuos de Medicamentos 
Veterinarios y otras Sustancias Químicas establecidos en la 
normatividad sanitaria vigente. La piel de cerdo debe provenir de 
proveedores que se encuentren autorizados y registrados ante la 
autoridad sanitaria competente y que hayan entregado el 
producto a la temperatura reglamentada. La carne de cerdo debe 
cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en 
la Resolución 4282 de 2007 del Ministerio de la Protección social 
Empaque y rotulado 
Los materiales de, empaque deberán ser de primer uso y 
fabricados sobre la base de productos que no alteren las 
características organolépticas de la carne, que no transmitan a la 
misma, sustancias nocivas para la salud de las personas y que 
sean resistentes a la manipulación, al transporte y deberán 
manejarse y almacenarse en forma higiénica. La etiqueta del 
producto deberá contener como mínimo, fecha de beneficio, 
fecha de empaque, fecha de vencimiento, nombre del corte. El 
etiquetado deberá garantizar la trazabilidad del producto. Debe 
cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 
2005 del Ministerio de la protección Social, para materias primas. 
Presentación Empacado al Vacío x 1 kilo. Unid 
 
 
 
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ITEM 182 
Código UNSPSC 50405600 
Nombre del Producto PIMENTON 
Nombre Comercial del 
Producto 
PIMENTON 
Calidad NTC 4423 Resolución 4241 de 1991 de Ministerio de Salud. 
Generalidades 
Pimentón (Capsicum annuum) de variedades cultivares fruto 
del pimiento para ser consumido fresco, su color puede 
variar dependiendo de la variedad desde verde, amarillo, 
naranja al rojo sangre. Sus variedades pueden ser dulces, 
agridulces y picantes. La característica picante se la debe a la 
"capsaicina" presente en una proporción muy baja que junto 
con otros componentes llamados capsaicinoides no superan 
el 1%. El género Capsicum, incluye entre 20 a 30 especies de 
pimientos. El pimentón puede clasificarse como: pimentón 
alargado, cónico, cuadrado, obtuso, liso (tomate pimentón). 
Requisitos generales 
El pimentón debe cumplir con los requisitos de calidad 
establecidos en la NTC 3634-1 Los residuos de plaguicidas no 
de beben exceder los límites máximos establecidos en la 
Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección 
Social. 
Requisitos Específicos 
Características organolépticas del pimentón Color: verde, 
amarillo, naranja al rojo sangre. Olor: aromático propio del 
producto. Sabor: dulces, agridulces y ligeramente picante. El 
producto debe estar entero, limpio (sin materiales extraños). 
El pimentón debe estar libre de la presencia de plagas, 
exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y 
sabores extraños. 
Empaque y rotulado 
El producto podrá ser empacado en material grado 
alimenticio permita visualización su conservación y 
manipulacióndel producto. 
Presentación Empaque x 1000grms.Unid 
 
 
 
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ITEM 183 
Código UNSPSC 10151800 
Nombre del Producto PIMIENTA MOLIDA 
Nombre Comercial del 
Producto 
PIMIENTA NEGRA MOLIDA 
Calidad Resolución 4241 de 1991 NTC 4423 
Generalidades 
Como pimienta Piper se conoce a una gran variedad de plantas cuyo 
fruto se emplea molido como especia picante en gastronomía: entre 
las más conocidas: Pimienta blanca: producto molido obtenido del 
fruto maduro y privado de la parte externa del ``Piper nigrum'', L. 
Pimienta de Cayena o roja:producto molido obtenido de frutos 
enteros desecados del ``Capsicum frutescens'', L. y ``C. Baccatum'', L. 
Pimienta de Jamaica molida procedente de la ``Pimenta officinalis'', 
B. Pimienta negra: producto molido, procedente del ``Piper nigrum'', 
L. Con no más del 5% de pedúnculos y granos abortados. Para 
cualquier variedad de pimienta molida, por efectos de tecnología de 
molienda, se permite utilizar carbohidratos, proteínas comestibles, 
anticompactantes, grasas o aceites comestibles, en una proporción 
máxima de 10%. 
Requisitos generales 
El producto debe estar libre de impurezas o materiales extraños. El 
color: característico de la variedad. Sabor: picante Olor: 
característico del producto. Aspecto: polvo No debe presentar olores 
extraños, ni humedad externa anormal, no se permite la presencia 
de plagas, residuos químicos y signos de pudrición. El producto no 
debe contener sustancias destinadas a dar aroma, color o a 
modificar las características fisicoquímicas. El proveedor debe 
cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura Decreto 3075 de 
1997 del Ministerio de la Protección Social. El producto no debe 
exceder los limites de metales pesados y plaguicidas establecidos en 
la Resolución 2906 de 2007. 
Requisitos Específicos 
Según la variedad debe cumplir los siguientes requisitos: Pimienta 
blanca: humedad, máximo 18%; cenizas, máximo 3.5%; cenizas 
insolubles, máximo 0.3%; fibra bruta, máximo 9%; extracto etéreo 
fijo, mínimo 6%. Pimienta de Cayena o roja: humedad, máximo 9%; 
cenizas, máximo 8%; cenizas insolubles, máximo 1.25%; fibra bruta, 
máximo 28%; extracto etéreo volátil, mínimo 15%. Pimienta de 
Jamaica: humedad, máximo 10%; cenizas, máximo 6%; cenizas 
insolubles, máximo 0.4%; fibra bruta, máximo 25%; extracto etéreo 
volátil, mínimo 3%; aceite esencial, mínimo 3%. Pimienta negra: 
humedad, máximo 14%; cenizas, máximo 7%; cenizas insolubles, 
máximo 1.5%; fibra bruta, máximo 14%; extracto etéreo no volátil, 
mínimo 5.5%, aceite esencial 0.5 a 2.5%. Debe cumplir con los 
requisitos establecidos en la Resolución 4241 de 1991 del Ministerio 
de Salud y los requisitos establecidos en la NTC 4423. 
Empaque y rotulado 
Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable al 
contacto con el producto que no altere las características del 
producto y aseguren su conservación lo preserven durante su vida 
útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la 
Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. 
Presentación Bolsa x 1000 grm. Unid 
 
 
 
Ministerio de Trabajo 
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ITEM 184 
Código UNSPSC 10151800 
Nombre del Producto PIMIENTA CAYENA 
Nombre Comercial del 
Producto 
PIMIENTA CAYENA 
Calidad Resolución 4241 de 1991 NTC 4423 
Generalidades 
Como pimienta Piperse conoce a una gran variedad de 
plantas cuyo fruto se emplea en grano como especia picante 
en gastronomía: entre las más conocidas se extrae : Pimienta 
blanca: es el fruto maduro y privado de la parte externa del 
``Pipernigrum'', L. Pimienta de Cayena o roja: frutos enteros 
desecados del ``Capsicumfrutescens'', L. y ``C. Baccatum'', L. 
Pimienta de Jamaica: frutos desecados de ``Pimenta 
officinalis'', B. Pimienta negra: fruto incompletamente 
maduro y seco, procedente del ``Pipernigrum'', L. Con no 
más del 5% de pedúnculos y granos abortados. 
Requisitos generales 
El producto debe estar libre de impurezas o materiales 
extraños. El color: característico de la variedad. Sabor: 
picante Olor: característico del producto. No debe presentar 
olores extraños, ni humedad externa anormal, no se permite 
la presencia de plagas, residuos químicos y signos de 
pudrición. El producto no debe contener sustancias 
destinadas a dar aroma, color o a modificar las 
características fisicoquímicas 
Requisitos Específicos 
humedad, máximo 9%; cenizas, máximo 8%; cenizas 
insolubles, máximo 1.25%; fibra bruta, máximo 28%; extracto 
etéreo volátil, mínimo 15%. Debe cumplir con los requisitos 
establecidos en la Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de 
Salud y los requisitos establecidos en la NTC 4423. El 
producto no debe exceder los limites de metales pesados y 
plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007 el 
ministerio de la Protección Social. 
Empaque y rotulado 
Empaque hermético que conserve sus características 
organolépticas y lo proteja de la humedad como el 
polipropileno. Rotulado con el nombre del producto, nombre 
del empacador y/o productor (marca comercial), fecha de 
empaque. 
El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la 
Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección 
Social. 
Presentación Bolsa por 1000 gramos 
 
 
 
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ITEM 185 
Código UNSPSC 
10151800 
 
Nombre del Producto PIMIENTA DE JAMAICA 
Nombre Comercial del 
Producto 
PIMIENTA DE JAMAICA 
Calidad Producto sin alérgenos. No contiene OGM 
Generalidades 
Es una especia procedente del árbol de nombre Pimenta dioica. 
Su sabor y olor es similar al del clavo, canela, pimienta negra y 
nuez moscada 
Requisitos generales 
Frutos desecados y enteros de Pimienta officinalis. 100% 
pimienta dulce o de Jamaica, sirve para aromatizar productos y en 
varios usos culinarios. 
Requisitos Específicos 
Aspecto: Bayas Color: Marrón rojizo Olor: Aroma agradable. 
Exento de olores atípicos. Sabor: Picante. Exento de sabores 
atípicos. Textura: Típica del producto Ausencia de materias 
extrañas 
Escherichia coli (ufc/g): < 10 Salmonella (/25g): Ausencia Cl. 
sulfito reductores (ufc/g): < 1 * 103 
Empaque y rotulado 
Los empaques deben ser de un material atóxico, 
inalterable al contacto con el producto, deben garantizar 
su conservación durante su vida útil. El rotulado 
obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 
5109 de 2005 o la norma que modifique adicione o 
sustituya. 
Presentación 
El producto será comercializado envasado en material 
que no cambie las características organolépticas del 
producto, en presentación de 1000 gramos. 
 
 
https://es.wikipedia.org/wiki/Especia
 
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ITEM 186 
Código UNSPSC 50364600 
Nombre del Producto PIÑA 
Nombre Comercial del 
Producto 
PIÑA EN ALMIBAR LATA 
Calidad NTC 729 NTC 695 Resolución 14712 de 1984 del Ministerio de Salud 
Generalidades 
Fruto proveniente de cualquier variedad cayena lisa, (Ananas 
comosus L.Meer), fruta o parte de la misma la cual es desecada, 
deshidratada o pasa, porque se le ha removido parcialmente o 
totalmente el agua de constitución por medios naturales o 
artificiales, alcanzando a reducir el contenido de humedad en el 
cuerpo de la misma hasta llegar a un 20% del peso. El proceso de 
deshidratación en las frutas se puede realizar empleando las 
técnicas de atomización, secado en rodillos, secado al vacío en 
bandejas o en cámaras de sacado por aire caliente. 
Requisitos generales 
Características sensoriales: Color: amarillo Olor: piña Sabor: 
ligeramente dulce Apariencia: sólido (fruta entera , trozos o tajadas) 
Debe ser almacenado a temperatura ambiente, en su envase 
original Debe estar exento de sustancias extrañas, o sustancias 
destinadas a dar aroma, color o modificar sus características 
fisicoquímicas. La piña deshidratada debe estar exenta de 
contaminantes especialmente de sustancias farmacológicamente 
activas, libre de la presencia de plagas y protegido de la humedad. 
 
Requisitos Específicos 
Sólidos solubles (°Brix): 85 mínimo. Humedad: 15 % máximo. Debe 
cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 729 y NTC 695. 
Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas 
establecidos en la resolución 2906 de 2007 o norma que adicione 
modifique o sustituya. 
 
Empaque y rotulado 
El producto debe ser empacado en material suficientemente inerte 
al producto y hermético, que asegure su conservación y calidad 
durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El 
rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la 
Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social 
 
Presentación 
El producto se comercializará en las presentaciones que requiera el 
mercado de acuerdo con su contenido neto, expresado en unidades 
de masa del Sistema Internacional. FRASCO POR 474 GRAMOS 
 
 
 
 
 
 
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ITEM 187 
Código 
UNSPSC 
50202200 
Nombre del 
Producto 
PISCO 
Nombre 
Comercial 
del Producto 
 PISCO 
Calidad 
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Mini
sterio de Salud -
 Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 
1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaborac
ión, 
hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos 
productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional 
y las 
normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decre
to 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social –
 Por el cual se establece el 
reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir p
ara la 
fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribució
n, 
transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebi
das 
alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiq
uen, 
adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC
 4676 – 
Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 –
 Envases de vidrio para bebidas alcoholicas. 
Generalidad
es 
El Pisco es un aguardiente de uva, fruto de la destilación de mostos fresc
os en 
alambiques que no rectifican el producto. El pisco así obtenido debe tener
 un 
color transparente o ligeramente ambarino. Tiene variedades o sub tipos c
omo Pisco puro, Pisco aromatico, Pisco Mosto verde y Pisco acholado 
Requisitos 
generales 
Color transparente o ligeramente ambarino 
Requisitos 
Específicos 
Graduación alcoholimétrica: Mínimo 38° 
El producto debe contar con denominación de origen peruano. 
Empaque y 
rotulado 
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y 
conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa,
 y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente 
y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 
4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto 
empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. 
Presentació
n 
Botella de Vidrio x 750cc. Unid 
 
 
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ITEM 188 
Código UNSPSC 50112000 
Nombre del Producto CARNE Y VISCERAS DE POLLO O GALLINA 
Nombre Comercial del 
Producto 
POLLO ENTERO CON HUESO 
Calidad 
Decreto 2270 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección 
Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen o 
reemplacen. Resolución 4287de 2007 del ministerio de la 
Protección Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen 
o reemplacen. NTC 3644-2 Industrias Alimentarias. Pollo 
Beneficiado. NTC 3644-3 Industrias Alimentarias. Definición 
y Descripción de los cortes básicos de pollo. 
Generalidades 
Carne de pollo o gallina, es el producto obtenido de la parte 
muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto del ave, 
incluyendo piel, grasa, tendones y vasos, proveniente pollo 
o gallina, (aves de corral de la familia de Faisanidae, del 
género Gallus, de la especie domésticas) que en edad de 
sacrificio han sido declaradas aptas para el consumo 
humano. Las canales de aves podrán ser fraccionadas en 
diferente corte para su comercialización. 
Requisitos generales 
La carne debe provenir de una planta de beneficio 
autorizada. Debe estar libre de hematomas, fracturas, 
necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos, 
libre de olores anormales entre otros. La carne de pollo o 
gallina, en canal o en cortes debe estar exenta de 
contaminación por material fecal, suciedad o materia 
extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas 
que prevengan su contaminación. La carne debe ser 
inspeccionada y aprobada por la autoridad competente que 
garantice que está exenta de cualquier lesión o patología y 
que es apta para el consumo humano. 
Requisitos Específicos 
En la carne pollo o gallina debe presentar: Olor: 
característicos de la especie. Color de la carne: rosa pálido. 
La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen 
las condiciones de conservación de la misma. Las plantas 
de beneficio para carne, productos cárnicos comestibles y 
vísceras debe cumplir con los requisitos de calidad e 
inocuidad establecidos en la Resolución 4287 de 2007. La 
carne, los productos cárnicos comestibles y vísceras deben 
cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 
3644-2 y NTC 3644-3. 
Empaque y rotulado 
La carne de pollo deberá ser envasada o empacada, en 
material sanitario de primer uso, que no alteren las 
características organolépticas fisicoquímicas y 
microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la 
manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos 
establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias 
primas 
Presentación Empacado al vacio x 2 kilos. Unid 
 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01 
 
ITEM 189 
Código UNSPSC 50112000 
Nombre del 
Producto 
POLLO 
Nombre Comercial 
del Producto 
 PIERNA PERNIL 
Calidad 
Decreto 2270 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección 
Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen o 
reemplacen. Resolución 4287de 2007 del ministerio de la 
Protección Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen 
o reemplacen. NTC 3644-2 IndustriasAlimentarias. Pollo 
Beneficiado. NTC 3644-3 Industrias Alimentarias. Definición y 
Descripción de los cortes básicos de pollo. 
Generalidades 
Carne de pollo, es el producto obtenido de la parte muscular 
y tejidos blandos que rodean al esqueleto del ave, incluyendo 
piel, grasa, tendones y vasos, proveniente pollo o gallina, 
(aves de corral de la familia de Faisanidae, del género 
Gallus, de la especie domésticas) que en edad de sacrificio 
han sido declaradas aptas para el consumo humano. Las 
canales de aves podrán ser fraccionadas en diferente corte 
para su comercialización. 
Requisitos 
generales 
La carne debe provenir de una planta de beneficio 
autorizada. Debe estar libre de hematomas, fracturas, 
necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos, 
libre de olores anormales entre otros. La carne de pollo o 
gallina, en canal o en cortes debe estar exenta de 
contaminación por material fecal, suciedad o materia extraña 
y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que 
prevengan su contaminación. La carne debe ser 
inspeccionada y aprobada por la autoridad competente que 
garantice que está exenta de cualquier lesión o patología y 
que es apta para el consumo humano. 
Requisitos 
Específicos 
En la carne pollo o gallina debe presentar: Olor: 
característicos de la especie. Color de la carne: rosa pálido. 
La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen 
las condiciones de conservación de la misma. Las plantas de 
beneficio para carne, productos cárnicos comestibles y 
vísceras debe cumplir con los requisitos de calidad e 
inocuidad establecidos en la Resolución 4287 de 2007. La 
carne, los productos cárnicos comestibles y vísceras deben 
cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 
3644-2 y NTC 3644-3. 
Empaque y 
rotulado 
La carne de pollo deberá ser envasada o empacada, en 
material sanitario de primer uso, que no alteren las 
características organolépticas fisicoquímicas y 
microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la 
manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos 
establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias 
primas 
Presentación Empacado al vacio x 1 kilo. Unid 
 
 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
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ITEM 190 
Código UNSPSC 50111500 
Nombre del Producto POLVO PARA HORNEAR 
Nombre Comercial del 
Producto 
POLVO PARA HORNEAR 
Calidad 
Levadura química para aligerar las masas y aumentar el 
volumen de productos horneados Cumplir con la NTC 1582 
Generalidades 
Mezcla homogénea de ingredientes que actúan como 
agentes leudantes en productos de panadería, pastelería, 
etc. Fina glanulometría Alto y constante poder de 
gasificación Doble acción: actúa en el reposo y en el horneo 
Seguridad de volumen 
Requisitos generales 
El producto se debe elaborar con buenas prácticas de 
manufactura. Se deben inocuos por si mismos en 
condiciones normales de uso, se deben presentar en forma 
de polvo. Debe tener color, sabor y aroma característicos del 
producto 
Requisitos Específicos 
El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en 
la norma NTC 1582 
Empaque y rotulado 
Debe estar empacada en materiales atóxicos que aseguren 
la buena conservación e higiene del producto. Cumplir con la 
resolución N° 5109, por la cual se establecen los parámetros 
para el rotulado o etiquetado del producto y materias primas 
Presentación Bolsa por 500 gramos. Unid 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
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ITEM 191 
Código UNSPSC 10101800 
Nombre del 
Producto 
PULPO 
Nombre 
Comercial del 
Producto 
PULPO 
Calidad 
Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. 
Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 776 de 
2008 del ministerio de la Protección Social. Resolución 5109 de 
2005 del Ministerio de la Protección Social. 
Generalidades 
El Pulpo (Octopus Vulgaris). Los octópodos en su orden de 
moluscos cefalópodos carecen de concha y poseen ocho brazos. 
Son animales marinos y carnívoros. 
Requisitos 
generales 
El pulpo muerto, fresco, deben presentar las siguientes 
características: Cuerpo: Ligeramente húmedo, brillante y 
consistente, Color: característico de la variedad. Ojos brillantes: 
deben llenar la totalidad de la órbita, destacándose de la misma. 
Olor: propio de cada especie. Todos los moluscos deben ser 
muertos por cocción en agua potable o agua de mar limpia, cuya 
graduación en cloruro de sodio no podrá ser superior al 3%. Los 
moluscos deberán ser refrigerados o congelados inmediatamente 
después de su cocción. El producto debe estar exento de cualquier 
material extraño que constituya un peligro para la salud. Los 
productos de la pesca que se exporten deben elaborarse bajo el 
Sistema de Análisis de Puntos Críticos de Control HACCP. 
Requisitos 
Específicos 
El pulpo se comercializa fresco congelado y en conserva. Su carne 
se ablanda al golpearla o al congelarla. Este molusco debe 
almacenarse en refrigeración de 0 a 4 °C o congelado a –18° C. El 
proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura 
(BPM) Decreto 3075 de 1997 Ministerio de Salud. El pulpo debe 
cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 561 de 1984 
del ministerio de Salud. El pulpo debe cumplir con los requisitos 
microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 670 
de 2007 de Ministerio de la Protección Social. 
Empaque y 
rotulado 
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y 
atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las 
características propias del producto aseguren su conservación 
durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos 
establecidos en la Resolución 5109 de 2005. 
Presentación Empaque al vacío x 5 Kilos. Unid 
 
 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
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ITEM 192 
Código UNSPSC 50131800 
Nombre del 
Producto 
QUESO 
Nombre Comercial 
del Producto 
QUESO CAMPESINO TIPO CRIOLLO 
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 
Generalidades 
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su 
fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación 
enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su 
conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. 
El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente 
de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El 
queso campesino está clasificado como queso fresco, blando 
graso o semigraso. 
Requisitos 
generales 
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, 
característico, olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, 
sin babosidades. Su contenido de grasa puede variar y estar 
clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben estar 
exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal 
diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los 
ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias tóxicas 
y residuos de drogas o medicamentos 
Requisitos 
Específicos 
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, 
salvo en los casos en que por las condiciones especiales de 
ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad 
sanitariacompetente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en 
extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo. El producto debe 
mantenerse refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El queso 
campesino no podrán exceder los límites máximos de 
plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 2007 
Empaque y 
rotulado 
El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente 
inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren 
sus características microbiológicas, físicas, químicas y 
sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el 
almacenamiento, transporte y comercialización. 
Presentación Bloque x 1000grm. Unid 
 
 
 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01 
 
 
 
 
ITEM 
193 
Código UNSPSC 
50131800 
Nombre del 
Producto 
QUESO 
Nombre 
Comercial del 
Producto 
QUESO COSTEÑO 
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 
Generalidades 
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su 
fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación 
enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su 
conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El 
queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de 
especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso 
campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o 
semigraso. 
Requisitos 
generales 
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, 
olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, sin 
babosidades. Su contenido de grasa puede variar y estar 
clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben estar 
exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal 
diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los 
ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias tóxicas y 
residuos de drogas o medicamentos 
Requisitos 
Específicos 
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, 
salvo en los casos en que por las condiciones especiales de 
ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad 
sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en 
extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo. El producto debe mantenerse 
refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El producto debe cumplir 
con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en 
la Resolución 1804 de 1989 
Empaque y 
rotulado 
El producto debe ser empacado en Plastco resistente que no 
reaccionen con el producto o alteren sus características 
microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su 
conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y 
comercialización. 
Presentación Bloque x 1000grms. Unid 
 
 
 
 
 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
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ITEM 
194 
Código UNSPSC 
50131800 
Nombre del 
Producto 
QUESO 
Nombre 
Comercial del 
Producto 
QUESO CREMA 
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 
Generalidades 
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su 
fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación 
enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su 
conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. 
El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente 
de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El 
queso campesino está clasificado como queso fresco, blando 
graso o semigraso. 
Requisitos 
generales 
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, 
olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, sin 
babosidades. Su contenido de grasa puede variar y estar 
clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben estar 
exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal 
diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los 
ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias tóxicas y 
residuos de drogas o medicamentos 
Requisitos 
Específicos 
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, 
salvo en los casos en que por las condiciones especiales de 
ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad 
sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en 
extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo. El producto debe mantenerse 
refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El producto debe cumplir 
con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en 
la Resolución 1804 de 1989. El queso campesino no podrán 
exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la 
Resolución 2906 de 2007 
Empaque y 
rotulado 
El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente 
inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus 
características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y 
que asegure su conservación y calidad durante el 
almacenamiento, transporte y comercialización 
Presentación Envase Plastico x 500grms. Unid 
 
 
 
 
 
 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
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ITEM 
195 
Código UNSPSC 
50131800 
Nombre del 
Producto 
QUESO 
Nombre Comercial 
del Producto 
QUESO DOBLE CREMA 
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 
Generalidades 
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su 
fabricación está listo para el consumo, obtenido por 
coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. 
Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de 
refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche 
pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para 
el consumo humano El queso campesino está clasificado como 
queso fresco, blando graso o semigraso. 
Requisitos generales 
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, 
característico, olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y 
suave, sin babosidades. Su contenido de grasa puede variar y 
estar clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben 
estar exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal 
diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los 
ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias 
tóxicas y residuos de drogas o medicamentos 
Requisitos 
Específicos 
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche 
cruda, salvo en los casos en que por las condiciones 
especiales de ubicación, dificultades de transporte, la 
Resolución 1804 de 1989. El queso campesino no podrán 
exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la 
Resolución 2906 de 2007 
Empaque y rotulado 
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes 
suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el 
producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, 
químicas y sensoriales y que asegure su conservación y 
calidad durante el almacenamiento, transporte y 
comercialización 
Presentación Bloque x 1000grms. Unid 
 
 
 
 
 
 
ITEM 
196 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01 
 
Código 
UNSPSC 50131800 
Nombre del 
Producto 
QUESO 
Nombre 
Comercial del 
Producto 
QUESO DOBLE CREMA CONTENIDO GRASO 25% 
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución1804 de 1989 NTC 750 
Generalidades 
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su 
fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación 
enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su 
conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El 
queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de 
especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso 
campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o 
semigraso. 
Requisitos 
generales 
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, 
olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, sin babosidades. 
Su contenido de grasa puede variar y estar clasificado como graso o 
semigraso. Los quesos deben estar exentos de grasas y proteínas de 
origen vegetal o animal diferentes de las lácteas excepto las que 
provengan de los ingredientes utilizados. Debe estar exento de 
sustancias tóxicas y residuos de drogas o medicamentos 
Requisitos 
Específicos 
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, 
salvo en los casos en que por las condiciones especiales de 
ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad sanitaria 
competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto 
seco) m/m: 45,0% Mínimo. El producto debe mantenerse refrigerado 
a temperatura entre 0 y 4°C. El producto debe cumplir con los 
requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la 
Resolución 1804 de 1989. El queso campesino no podrán exceder los 
límites máximos de plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 
2007 
Empaque y 
rotulado 
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes 
suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto 
o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y 
sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el 
almacenamiento, transporte y comercialización 
Presentación Bloque x 1000grm. Unid 
 
 
 
 
 
ITEM 
197 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01 
 
Código UNSPSC 
50131800 
Nombre del 
Producto 
QUESO 
Nombre 
Comercial del 
Producto 
QUESO MOZZARELLA TAJADO 
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 
Generalidades 
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su 
fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación 
enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su 
conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. 
El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente 
de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El 
queso campesino está clasificado como queso fresco, blando 
graso o semigraso. 
Requisitos 
generales 
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, 
olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, sin 
babosidades. Su contenido de grasa puede variar y estar 
clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben estar 
exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal 
diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los 
ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias tóxicas y 
residuos de drogas o medicamentos 
Requisitos 
Específicos 
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, 
salvo en los casos en que por las condiciones especiales de 
ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad 
sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en 
extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo. El producto debe mantenerse 
refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El producto debe cumplir 
con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en 
la Resolución 1804 de 1989. El queso campesino no podrán 
exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la 
Resolución 2906 de 2007 
Empaque y 
rotulado 
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes 
suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el 
producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, 
químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad 
durante el almacenamiento, transporte y comercialización El 
rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la 
Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social 
Presentación Bloque x 1000 grms. Unid 
 
 
 
 
 
ITEM 
198 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01 
 
Código UNSPSC 
50131800 
Nombre del 
Producto 
QUESO 
Nombre 
Comercial del 
Producto 
QUESO PARMESANO 
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 
Generalidades 
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su 
fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación 
enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su 
conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. 
El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente 
de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El 
queso campesino está clasificado como queso fresco, blando 
graso o semigraso. 
Requisitos 
generales 
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, 
olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, sin 
babosidades. Su contenido de grasa puede variar y estar 
clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben estar 
exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal 
diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los 
ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias tóxicas y 
residuos de drogas o medicamentos 
Requisitos 
Específicos 
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, 
salvo en los casos en que por las condiciones especiales de 
ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad 
sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en 
extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo. El producto debe mantenerse 
refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El producto debe cumplir 
con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en 
la Resolución 1804 de 1989. El queso campesino no podrán 
exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la 
Resolución 2906 de 2007 
Empaque y 
rotulado 
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes 
suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el 
producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, 
químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad 
durante el almacenamiento, transporte y comercialización El 
rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la 
Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social 
Presentación Bloque x 1000 grms. Unid 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Ministerio de Trabajo 
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha 
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 
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TEM 199 
Código 
UNSPSC 50131800 
Nombre del 
Producto 
QUESO 
Nombre 
Comercial del 
Producto 
QUESO RICCOTTA 
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 
Generalidades 
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su 
fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación 
enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su 
conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. 
El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente 
de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El 
queso campesino

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