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la educacion privada en los niveles educativos

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La educación privada niveles educativos 
La educación privada no es privativa de pocos, más bien hace referencia a que 
su gestión está en manos de particulares, quienes asumen toda la 
responsabilidad tanto de los éxitos como de los fracasos. Otra gran diferencia 
es que la educación llamada pública es ‘gratuita’, los servicios que tienen un 
costo- se pagan indirectamente y solidariamente vía impuestos; en la privada 
el servicio educativo los costos son pagados directamente por el padre de 
familia. Atendiendo a esa sola diferencia se corre el riesgo de etiquetar como 
social y humanitaria la una y exclusiva y elitista la otra. Cuando en verdad el 
costo de la educación privada incluye el costo de la educación pública. 
El padre de familia no puede deducir los gastos por la enseñanza de sus hijos. 
Las características del personal de una Institución Educativa Privada 
dependen, esencialmente, del Nivel en que prestan servicio y de las funciones 
que desempeñan. 
De todos modos, cada uno de sus miembros habrá de cumplir, como mínimo, 
los requisitos que se establecen para el sector oficial en el Capítulo V del 
Reglamento de Instituciones Públicas, cuya síntesis, en sus elementos 
comunes a todos sus miembros, es la siguiente: 
 Buenas relaciones humanas. 
 Ajuste emocional y salud física y mental. 
 El nivel de titulación o la formación básica requerida en cada caso. 
 Habilidades especiales para tratar con la población escolar a la que 
sirve, según el grupo de edad, necesidades e intereses. 
 Conducta moral incuestionable. 
Observación de normas de higiene y de vestir según corresponde a un docente. 
Consecuencias: 
El Estado debería cambiar su óptica al normar el Sector Educativo: legislando 
con miras a una educación peruana integrada e integral, en la cual todos tienen 
los mismos derechos y deberes. Legislar para todos significa que la educación 
privada no es sinónimo de lucro de la que hay que defender a los usuarios, es 
una opción que se condice con el derecho a la libertad de la enseñanza. 
Los padres tienen el derecho de elegir el tipo de educación que quieren para 
sus hijos. Tal derecho se ejerce en la medida que existan centros educativos 
que se diferencien por su axiología, proyecto y planes educativos. 
La educación privada permite que el padre de familia pueda elegir y controlar 
con mayor eficacia la calidad del servicio que ofrece la escuela elegida. La 
educación privada no tiene por qué ser satanizada como en épocas pretéritas, 
su razón de ser se entronca con el hecho que los padres de familia son los 
primeros educadores de sus hijos y por ello tiene la potestad de elegir la mejor 
‘ayuda calificada’ (colegio) para lograr con ese importante cometido. 
El crecimiento de la educación privada es señal clara que soplan nuevos 
vientos en la sociedad. Es de esperar que el Estado los aproveche para 
imprimir también velocidad a la educación pública y no legislar para igualar 
hacia abajo todo el sistema educativo. Durante décadas la educación pre-
universitaria en República Dominicana fue una política no prioritaria para los 
gobiernos. Solo basta analizar el gasto público educativo histórico: Desde 
1970 a 2012 este promedió por debajo del 2% del PIB. La desatención 
histórica del Estado dominicano al sector determinó sus bajos niveles de 
cobertura y su mala calidad. Esta desatención creó una demanda educativa que 
vino a ser resuelta con el surgimiento de un sector privado que se consolidaría 
en las décadas de los ochentas y noventas. A este proceso se le llama 
privatización por defecto. 
La Constitución dominicana establece en su artículo 63 que “Toda persona 
tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de 
condiciones y oportunidades”. Sigue el mismo artículo en su acápite. 
El Estado garantiza la educación pública gratuita y la declara obligatoria en el 
nivel inicial, básico y medio”. Sin embargo, los indicadores tradicionales 
cuestionan el cumplimiento de este mandato constitucional.

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