Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
L NAC LY 26447.rtfE20090209.zip10/02/2009 Art Citar Lexis: N° LNACLY26447 NACIONAL LEY 26447 FLORA Y FAUNA Conservación de la fauna silvestre. Régimen. Modifi cación sanc. 03/12/2008; promul. 05/01/2009; publ. 09/01/2 009 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argent ina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ley: Art. 1.– Sustitúyese el art. 35 Ver Texto de la ley 22421 y sus modificaciones de Protección y Conservación de la F auna Silvestre, por el siguiente: Art. 35.- En los Parques Nacionales, Monumentos Nat urales y Reservas Nacionales, en todo lo concerniente a la fauna silv estre, regirán la legislación específica para esas áreas y los arts. 3 Ver Texto , 16 Ver Texto , inc. a), 24 Ver Texto , 25 Ver Texto , 26 Ver Texto y 27 Ver Texto de la presente ley. En el ámbito de las áreas protegidas administradas por la Administración de Parques Nacionales, será exclusiv amente el citado organismo, en su calidad de autoridad administrativ a de aplicación, el responsable de dictar las normas complementarias y aclaratorias sobre la protección y manejo de la fauna silvestre y de e stablecer las prohibiciones previstas en los arts. 25 Ver Texto y 26 Ver Texto de la presente ley. Las disposiciones de este artículo se aplicarán tam bién en las reservas naturales estrictas y en las reservas natu rales silvestres y educativas, administradas por el Estado nacional a través de la Administración de Parques Nacionales. Art. 2.– Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. Cobos - Fellner - Hidalgo - Estrada AR_LA001
Compartir