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Ministerio del Poder Popular de Comercio Nacional REGLAMENTOS TÉCNICOS ACREDITACIÓN METROLOGÍA CERTIFICACIÓN GUÍA DE SERVICIOS En Venezuela, somos Calidad 2 INDICE MISIÓN Y VISIÓN 3 METROLOGÍA 8 ACREDITACIÓN 8 CERTIFICACIÓN 11 5 REGLAMENTACIONES TÉCNICAS En Venezuela, somos Calidad 3 INTRODUCCIÓN La Ley del Sistema Venezolano para la Calidad establece que el Ministerio de Comercio Nacional es el órgano rector del Sistema Venezolano para la Calidad. Esta función la ejerce a través del Servicio Desconcentrado de Normalización, Calidad, metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER), encargado de dictar y coordinar las políticas que regirán las actividades del Sistema. En 2022, el Plan Estratégico de Reimpulso del Comercio Nacional establece entre sus vértices la consolidación del Sistema Venezolano de Calidad, en aras de conjugar la producción nacional con altos estándares de calidad. Este vértice impulsa la implementación de sistemas de gestión de calidad en la industria nacional, para que nuestros productos tengan mayor competitividad en mercados internacionales. VISIÓN Ser reconocidos nacional e internacionalmente como el organismo garante del Sistema Venezolano para la Calidad. Asegurar el derecho de las personas adisponer de bienes y servicios de calidad, a través de la óptima gestión del Sistema Venezolano para la Calidad, promoviendo políticas, planes yprogramas para lograr el desarrollo socioeconómico del país. MISIÓN 4 Evalúa si los productos fabricados en el territorio nacional se encuentran sujetos al cumplimiento de alguna Norma Venezolana COVENIN obligatoria o un Reglamento Técnico, de acuerdo con las especi�caciones técnicas de cada producto. Evalúa si los productos importados que se comercializarán en el territorio nacional están sujetos al cumplimiento de alguna Norma Venezolana COVENIN obligatoria o un Reglamento Técnico, de acuerdo con las especi�caciones técnicas de cada producto. Registro sobre los productos nacionales e importados para los cuales se dictan Normas Venezolanas COVENIN de carácter obligatorio y Reglamentaciones Técnicas, cuyo cumplimiento es indispensable para el desaduanamiento y comercialización en el país. A través de la Dirección de Reglamentos Técnicos se establecen los requisitos obligatorios que deben cumplir los productos, servicios y procesos que se comercializan en el país, para evitar que puedan constituir un riesgo para la salud, la seguridad y el medio ambiente. REGLAMENTACIONES TÉCNICAS SERVICIOS CONSTANCIA DE CONSULTA TÉCNICA DE PRODUCCIÓN NACIONAL CONSTANCIA DE REGISTRO OBLIGATORIO DE PRODUCTOS NACIONALES E IMPORTADOS CONSTANCIA DE CONSULTA TÉCNICA RÉGIMEN LEGAL 20 1 2 3 5 Establece los procedimientos y metodologías para la asignación, con�guración y suspensión del NIV, así como también los requisitos de contenido, estructura, especi�caciones, localizaciones, troquelado, marcado o estampado, �jación. CONSTANCIA DE REGISTRO NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR (NIV) Establece los requisitos y metodologías para la veri�cación del índice de e�ciencia energética, métodos de ensayo, etiquetado y evaluación de la conformidad de los acondicionadores de aire. CONSTANCIA DE REGISTRO DE DECLARACIÓN DE ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN ACONDICIONADORES DE AIRE CONSTANCIA DE REGISTRO DE DECLARACIÓN DE ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA REFRIGERADORES Y CONGELADORES Establece los requisitos y metodologías para la veri�cación del índice de e�ciencia energética, métodos de ensayo, etiquetado y evaluación de la conformidad de los aparatos de refrigeración y congelación. Establece los requisitos y metodologías para la veri�cación del índice de e�ciencia energética, métodos de ensayo, etiquetado y evaluación de la conformidad de las lámparas �uorescentes. CONSTANCIA DE REGISTRO DE DECLARACIÓN DE ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA LÁMPARAS FLUORESCENTES Aplicable a personas Naturales y Jurídicas que realicen actividades de empresas manufactureras, empresas en el área de ascensores de pasajeros y montacargas; escaleras mecánicas, empresas en el ramo de incendio y Registro de Consultores. CONSTANCIA DE CONSULTA TÉCNICA DE SERVICIOS Y PROCESOS NACIONALES 6 4 8 5 6 7 REGLAMENTACIONES TÉCNICAS 7 Establece un sistema para recopilar información sobre el aparato productivo del país, permitiendo generar oportunamente estadísticas y formular políticas industriales y comerciales que apoyen a los distintos sectores y fortalezcan su capacidad competitiva. CONSTANCIA DE REGISTRO DE EMPRESA MANUFACTURERA 10 Establece los requisitos de información mínima obligatoria que debe contener el etiquetado de todo tipo de calzado, que se fabrique o importe al territorio nacional. CONSTANCIA DE REGISTRO OBLIGATORIO DE FABRICANTES NACIONALES E IMPORTADORES DE CALZADO 11 CONSTANCIA DE REGISTRO OBLIGATORIO PARA EMPRESAS EN EL ÁREA DE DETECCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Registro para las empresas que se dediquen a estas actividades, de manera que cumplan con las Normas Venezolanas COVENIN de carácter obligatorio y Reglamentaciones Técnicas que se dicten en la materia. 14 Registro para las empresas que se dediquen a estas actividades, de manera que cumplan con las Normas Venezolanas COVENIN de carácter obligatorio y Reglamentaciones Técnicas que se dicten en la materia. CONSTANCIA DE REGISTRO OBLIGATORIO PARA EMPRESAS EN EL ÁREA DE ASCENSORES, MONTACARGAS Y ESCALERAS MECÁNICAS 15 CONSTANCIA DE REGISTRO OBLIGATORIO DE FABRICANTES NACIONALES E IMPORTADORES DE PRENDAS DE VESTIR (TEXTIL) Establece los requisitos mínimos obligatorios que debe contener el etiquetado de las prendas de vestir nacionales o importadas que se comercialice en el territorio nacional. 12 CONSTANCIA DE REGISTRO ELECTRÓNICO DE CONSULTORES (REC) Establecer un sistema para la recopilación de información sobre los consultores, pues constituyen un valioso instrumento para la generación oportuna de estadísticas de los prestadores de servicio de consultoría y apoyo a los distintos sectores económicos. 13 Establece los requisitos mínimos obligatorios que debe contener el etiquetado de todo tipo de calzado y prendas de vestir que se comercialice en el territorio nacional. CONSTANCIA DE REGISTRO DE ETIQUETADO 9 REC REGLAMENTACIONES TÉCNICAS METROLOGÍA SERVICIOS 1 2 3 A través de la Dirección de Metrología se garantizan las buenas prácticas en los sistemas de medición e instrumentos de medida que se utilizan en el comercio nacional, asegurando así la obtención de resultados con�ables y transparentes. Es el procedimiento que certi�ca a los fabricantes e importadores que sus equipos e instrumentos de medición (balanzas, termómetros, medidores, etc.) cumplen con las normas técnicas que les son aplicables para su entrada y comercialización en el país. APROBACIÓN DE MODELO Es el procedimiento que incluye el examen, mareaje o precintado y emisión de una constancia de veri�cación que con�rma que un instrumento de medida, importado o recién fabricado, satisface las exigencias reglamentarias. VERIFICACIÓN INICIAL O COMPLEMENTARIA Evaluación que se realiza periódicamente en un instrumento de medida veri�cado inicialmente, para comprobar que ese instrumento corresponda en todas sus partes y características básicas al modelo aprobado. Se indicará con una marca ubicada en un lugar visible o mediante la Constancia de Veri�cación respectiva. VERIFICACIONES PERIÓDICAS 8 METROLOGÍA 4 5 6 Dirigido a balanzas e instrumentos de pesar referente a la aplicabilidad de la Constancia de Normas Venezolanas COVENIN o Reglamentos Técnicos, para certi�car que aquellos importados cumplan con lo establecido en la norma que regula la materia. CONSULTA TÉCNICA RÉGIMEN LEGAL 20 (EVALUACIÓN DE MODELO) Autoriza la utilización de empaques, envases o etiquetas que disponga el fabricante o importador de algún producto, previamentea la realización de una modi�cación por cambio de razón social, cambio de contenido neto, modi�cación de un CPE, entre otros; con la �nalidad de poder agotar las existencias de dicho material de empaque. Corrección de la información cargada por los usuarios en el sistema de registro de SENCAMER, ya sea por algún error en el nombre del producto, contenido neto, peso escurrido, marca, elaborado por, distribuido por, tipo de producto, entre otros. Consiste en brindar información al usuario acerca de inquietudes que pueda presentar respecto al cumplimiento de controles metrológicos enmarcados en la Metrología Legal; así como también sobre calibración de instrumentos en el campo de la Metrología Industrial. CONSULTAS TÉCNICAS AGOTAMIENTO DE ETIQUETAS CONSULTAS TÉCNICAS CORRECCIONES 7 CONSULTAS TÉCNICAS CONTROLES METROLÓGICOS certi�ca que la cantidad de producto, según su peso, sea el indicado en el envoltorio o empaque que lo contiene. Todo producto envasado debe ser registrado y veri�cado antes de comercializarse en el país. 8 CONTROL DE PRODUCTOS PREENVASADOS (CPE) 9 METROLOGÍA Certi�ca que la cantidad de producto, según su peso, sea el indicado en el envoltorio o empaque que lo contiene, pero exclusivamente aquellos productos con peso desigual, es decir, los que sufren merma después de envasados o vendidos según la cantidad solicitada por el cliente. 9 CONTENIDO NETO DESIGUAL (CND) Certi�ca que los envases de cualquier tipo de material que se utilicen en plantas envasadoras, establecimientos comerciales y detallistas, que sirvan para determinar el contenido a envasar, cumplan las tolerancias correspondientes a la medición de su capacidad nominal, establecidas por las disposiciones legales sobre la materia. 10 CONTROL METROLÓGICO DE ENVASES (CME) Las operadoras o administradoras que desarrollen, plani�quen y ejecuten, directamente o a través de terceros, actividades propias del ramo de loterías, bingos, casinos y a�nes, deben certi�car el peso y cualquier otra especi�cación de las esferas de juego o de los equipos de sorteo. 11 CERTIFICACIÓN DE ESFERAS Y EQUIPOS DE SORTEO RELACIONADOS CON EL RAMO DE LOTERÍAS, BINGOS, CASINOS Y AFINES Evaluación de las aplicaciones, programas y sistemas en línea de lotería, bajo criterios cientí�cos y técnicos, en dos (2) etapas principales: Análisis Estadístico de Aleatoriedad y Análisis Computacional de la Aplicación. El propósito es garantizar el correcto funcionamiento de la aplicación y poder certi�carla para su uso en el ramo. 12 CERTIFICACIÓN DE PROGRAMAS Y SISTEMAS EN LÍNEA, RELACIONADOS CON EL RAMO DE LOTERÍAS, BINGOS, CASINOS Y AFINES (SOFTWARE DE LOTERÍA) Procedimiento que establece, bajo condiciones especí�cas, la relación entre los valores de magnitudes indicados por un instrumento o sistema de medición, y los valores correspondientes de esa magnitud materializados por patrones trazados internacionalmente, con sus incertidumbres asociadas. 13 CALIBRACIÓN INDUSTRIAL DE INSTRUMENTOS DE MEDIDA Y PATRONES 10 11 ACREDITACIÓN SERVICIOS 1 A través de la Dirección Acreditación se otorga reconocimiento formal a una organización (laboratorios y organismos) como competente para llevar a cabo determinadas actividades de evaluación de la conformidad, tales como ensayos, calibraciones, certi�caciones e inspecciones. Reconocimiento formal de la competencia técnica de laboratorios para la realización de actividades de ensayos. Se aplica la Norma Internacional ISO/IEC 17025:2017 “Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración”. LABORATORIOS DE ENSAYOS 2 Reconocimiento formal de la competencia técnica de laboratorios para la realización de actividades de calibración. Se aplica la Norma Internacional ISO/IEC 17025:2017 “Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración”. LABORATORIOS DE CALIBRACIÓN 3 Reconocimiento formal de la competencia técnica de laboratorios para la realización de actividades de ensayos clínicos. Se aplica la Norma Internacional ISO 15189:2012 "Requisitos particulares para la calidad y la competencia". LABORATORIOS CLÍNICOS 12 ACREDITACIÓN Reconocimiento formal de la competencia técnica de organismos que evalúan y certi�can sistemas de gestión de la calidad. A aplica la Norma Internacional ISO/IEC 17021:2015 “Evaluación de la Conformidad. Requisitos para los organismos que realizan la auditoría y la certi�cación de sistemas de gestión”. Reconocimiento formal de la competencia técnica de organismos que realizan inspecciones del diseño de un producto, servicio, proceso o planta, para determinar su conformidad con requisitos especi�cados o generales sobre la base de un juicio profesional. Se aplica la Norma Internacional ISO/IEC 17020:2012 “Criterios generales para la operación de varios tipos de organismos que realizan inspección” 4 ORGANISMOS DE INSPECCIÓN 5 ORGANISMOS DE CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD Reconocimiento formal de la competencia técnica de organismos que evalúan y certi�can productos. Se aplica la Norma Internacional ISO/IEC 17065:2012 “Requisitos generales para los organismos que operan sistemas de certi�cación de productos”. 6 ORGANISMOS DE CERTIFICACIÓN DE PRODUCTOS 13 CERTIFICACIÓN SERVICIOS A través de la Dirección Acreditación se otorga reconocimiento formal a una organización (laboratorios y organismos) como competente para llevar a cabo determinadas actividades de evaluación de la conformidad, tales como ensayos, calibraciones, certi�caciones e inspecciones. 3 A través de la Dirección de Gestión de la Calidad se ejecutan los procesos de veri�cación de cumplimiento asociados al reconocimiento y uso de distinciones o marcas de calidad del Estado venezolano, brindando asistencia técnica y asesoría en materia de calidad a todas las partes interesadas. Es el sello de calidad y excelencia que otorga el Estado Venezolano. Garantiza que los productos fabricados o manufacturados en el país están conforme con los requisitos y especi�caciones técnicas establecidas en las Normas Venezolanas COVENIN y los sistemas de control de la calidad. Es una certi�cación de carácter voluntario que se otorga a productores agroalimentarios para reconocer que cumplen con los requisitos y criterios de Buenas Prácticas Agrícolas en sus procesos productivos y generarle un valor agregado a su producción. Es el proceso mediante el cual se certi�ca que una persona es competente para la ejecución de ciertas tareas u o�cios, mediante la comprobación de una serie de requisitos y competencias establecidas en un esquema de certi�cación especí�co. MARCA NORVEN CERTIFICACIÓN DE PERSONAS BUENAS PRÁCTICAS AGRÍCOLAS (BPA) 2 Es una certi�cación de carácter voluntario que se otorga a emprendimientos con una antigüedad no mayor a dos (02) años, para reconocer el cumplimiento de los requisitos pautados por la metodología de Buenas Prácticas y generarle un valor agregado a su producción. BUENAS PRÁCTICAS DE EMPRENDIMIENTO (BPE) 4 1 SencamerCalidad CalidadEsVida SencamerCalidad Sencamer Calidad En Venezuela, somos Calidad
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