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ASPECTOS ETICOS 
DE LA PSICOMETRÍA
VIDEO…COMO SER UN PSICOLOGO ANTIETICO 
EN 10 PASOS
https://www.youtube.com/watch?v=7Ku79EVlr-
U
https://www.youtube.com/watch?v=7Ku79EVlr-U
Desarrollo de taller con base en casos 
presentados y el código ético y deontológico 
del psicólogo
Código ético y deontológico del psicólogo
ley 1090
Dr, me voy a 
suicidar!
Me ayudas a evaluar a tu prima?
Yo creo 
que está 
deprimido
Claro yo te 
muestro la 
puntuación 
de sus test
La aplicación de los principios éticos no se puede 
hacer de manera mecánica, esto es, no son una 
especie de recetario al cual uno acude cada vez 
que tiene un problema. Cada principio ético tiene 
límites
Se requiere del buen juicio, es decir, de una 
ponderación adecuada por parte de quien tiene 
que tomar la decisión, y esta ponderación exige 
tomar en serio los derechos e intereses de los otros.
QUÉ SON LOS PRINCIPIOS ÉTICOS?
Los llamados principios éticos pueden ser vistos 
como los criterios de decisión fundamentales que los 
miembros de una comunidad científica o 
profesional han de considerar en sus deliberaciones 
sobre lo que sí o no se debe hacer en cada una de 
las situaciones que enfrenta en su quehacer 
profesional.
Tienen como propósito garantizar que las 
distintas disciplinas estén al servicio de todos los 
seres humanos y que en su esfuerzo por el 
progreso del conocimiento y por el 
mejoramiento del bienestar de los destinatarios 
del servicio profesional, se respeten los 
derechos humanos de todos los grupos 
involucrados.
La tendencia internacional actual es reducir los 
principios, razón por la cual, y en aras de hacer un 
documento práctico, se ha limitado esta guía a 
cinco principios éticos: Beneficiencia, No 
Malficencia, Justicia, Autonomía e Integridad. Estos 
principios éticos se encuentran directamente 
relacionados con la
Declaración Universal de Principios Éticos para 
Psicólogos.
http://www.eticapsicologica.org/index.php/documentos/articulos/item/18-principio-de-beneficencia
http://www.eticapsicologica.org/index.php/documentos/articulos/item/19-principio-de-no-maleficencia
http://www.eticapsicologica.org/index.php/documentos/articulos/item/20-principio-de-justicia
http://www.eticapsicologica.org/index.php/documentos/articulos/item/21-principio-de-autonomia
http://www.eticapsicologica.org/index.php/documentos/articulos/item/22-principio-de-integridad
http://www.eticapsicologica.org/index.php/documentos/lineamientos/item/33-declaracion-universal-de-principios-eticos-para-psicologas-y-psicologos
Estos principios se condensan en …
Etica biomédica de no 
causar daño, someter 
a procedimientos 
fútiles o temerarios
Respeto y justicia por 
todas las personas, 
incluidas minorías
Reconocer la 
autonomía y 
determinación de las 
personas
Integridad y veracidad 
de lo que se realiza 
en el contexto 
psicológico
Principios
1. Evaluación, intervención y diagnostico en un contexto 
profesional: Fundamentación adecuada
2. Competencia y uso apropiado de evaluaciones e 
intervenciones: Tener en cuenta adelantos y cambios 
respecto a la evaluación
Principios
3. Construcción de test: Se debe utilizar procedimientos 
científicos actualizados para diseño, estandarización, 
validación, reducción, eliminación del sesgo y 
recomendaciones de uso
4. Uso de la evaluación: Los psicólogos deben conocer 
todas los procesos psicométricos de las pruebas que 
usan 
También son conscientes de todas las limitaciones y 
limites de certidumbre sobre el proceso evaluativo
Principios
5. Identificar las situaciones en las cuales un test pueden 
no ser aplicables o requieren un ajuste en virtud de 
características tales como etnia, estado 
socioeconómico, idioma, religión, orientación sexual, 
genero, nacionalidad, discapacidad o capacidades 
diferenciadas.
Principios
6. Al interpretar los resultados de la evaluación, incluidas 
las interpretaciones automatizados, los psicólogos tienen 
en cuenta los distintos aspectos del test y características 
de la persona evaluada que pueden afectar a los juicios 
del psicólogo o reducir la precisión de sus interpretaciones
Se deben manifestar las reservas que se tienen 
Principios
7. No se promueve el uso de técnicas de evaluación 
psicológica por parte de personas no cualificadas
8. No se basa la evaluación sobre test obsoletos o 
desfasados en relación con los objetivos que se persiguen 
en la actualidad
9. Prestación de servicios de 
evaluación: 
Los psicólogos que ofrecen sus 
servicios de calificación o evaluación 
a otros profesionales describen con 
precisión la finalidad, normas, validez, 
fiabilidad y aplicaciones de los 
procedimientos, así como cualquier 
cualificación especial aplicable a su 
uso. 
10. Retroalimentación de los resultados:
A menos que se informe claramente con antelación a 
la persona evaluada que la evaluación excluye 
cualquier tipo de explicación de los resultados (como 
ocurre con casos de consejo organizacional o 
evaluaciones de preempleo, seguridad o del ámbito 
jurídico), los psicólogos han de garantizar que se 
proporcione una explicación de los resultados, 
utilizando un lenguaje que pueda entender la 
persona evaluada u otra persona legalmente 
autorizada por el cliente.
11. Mantenimiento de seguridad 
de los test:
Los psicólogos se esfuerzan para 
mantener la integridad y seguridad 
de los tests y otras técnicas de 
evaluación, de acuerdo con la ley y 
las obligaciones contractuales, y de 
tal modo que les permitan cumplir 
con los requerimientos del código 
ético.
http://www.eticapsicologica.org/index.php/co
mponent/spsimpleportfolio/item/52-consultas-
y-quejas
Las quejas más frecuentes frente al ejercicio 
del psicólogo
http://www.eticapsicologica.org/index.php/component/spsimpleportfolio/item/52-consultas-y-quejas
LOS TEST INFORMATIZADOS, SU USO Y ÉTICA
PRINCIPIOS RESPECTO A APLICACIÓN DE TEST 
INFORMATIZADOS 
Elementos e ítems que no aporten al objetivo, 
deberían no ser tenidos en cuenta en la 
valoración global
Si se introducen cambios en el equipamiento 
estándar, debe demostrarse que no afecta el 
desempeño general del test
PRINCIPIOS RESPECTO A APLICACIÓN DE TEST 
INFORMATIZADOS 
En la medida de lo posible se deben controlar 
las situaciones bajo las cuales se administra la 
prueba.
Sitio tranquilo, cómodo, libre de distracciones y 
con ítems legibles en pantalla y libres de 
estímulos luminosos
PRINCIPIOS RESPECTO A APLICACIÓN DE TEST 
INFORMATIZADOS 
Se debe supervisar la ejecución del test y 
brindar asistencia al examinado 
Buscar controlar cualquier efecto negativo 
sobre la aplicación de la prueba, debido a la 
poca familiaridad del examinado con el 
ordenador
CONSENTIMIENTO Y ASENTIMIENTO
RESPONDER LAS PREGUNTAS:
DIFERENCIAS
EN QUE CASOS SE DEBEN CREAR CONSENTIMIENTOS INFORMADOS 
REVOCACION DEL CONSENTIMIENTO
DECLARACION 
MENORES DE EDAD
QUE ES UN PROCESO DIALÓGICO?
El Consentimiento informado en psicología es 
un deber del psicólogo y un derecho del 
usuario. 
Como deber es la obligación del profesional 
de informar a su usuario de manera clara, 
oportuna, veraz y completa del proceso que 
seguirá en la prestación de sus servicios en 
cualquier área de la psicología, cerciorándose 
y asegurándose de que el usuario lo ha 
entendido, 
En relación con la psicometría se trata de que 
el participante o evaluado comprenda el 
objetivo de la evaluación, en que consistirá y 
que consecuencias puede acarrear 
Es un derecho del usuario recibir dicha 
información y dar su consentimiento para la 
intervención psicológica de manera libre y 
autónoma.
Es un proceso dialógico en razón a que se 
establece entre psicólogo y su usuario, un 
diálogo entre dos partes, y su objetivo es la 
búsqueda de mecanismos y estrategias 
psicológicas en procura del bienestar del 
usuario y garantizando que pueda ejercer su 
autonomía.
De acuerdo con las reglas del derecho, cada 
vez que se establece una obligación de una 
parte, surgen unos derechos de laotra. En ese 
sentido, las obligaciones del profesional de la 
psicología son los derechos del usuario, y los 
deberes del usuario son los derechos del 
psicólogo. Recuérdese que el artículo 36 de 
la Ley 1090 de 2006 establece los deberes del 
psicólogo con las personas objeto de su 
ejercicio profesional. 
http://www.eticapsicologica.org/index.php/documentos/lineamientos/item/37-ley-1090-de-2006
En consecuencia, las personas objeto del 
ejercicio profesional, es decir, los usuarios del 
psicólogo, son los recipiendarios de los 
derechos, y como titulares de ese derecho, al 
psicólogo no le queda más que cumplirlos y 
hacerlos cumplir.
El C.I., más que un requisito en la práctica de 
los servicios en psicología, es un proceso 
dialógico entre el psicólogo y su usuario, 
sustentado en una institución jurídica, en 
donde una de las partes se compromete para 
con otra a llevar a cabo una serie de 
procedimientos y la otra da su permiso, 
consciente en ello.
http://www.eticapsicologica.org/index.php/documentos/articulos/item/3-dialogo-en-el-consentimiento-informado
Como proceso dialógico y jurídico, es 
producto del momento histórico, del Zeitgeist 
imperante en donde la práctica de la 
psicología es consecuente con la tendencia 
jurídica imperante de asumir a la persona 
humana como un ser con dignidad, con 
capacidad de decisión, y no como un simple 
objeto de la práctica de los profesionales de la 
psicología
Dentro de la información que el psicólogo 
debe proporcionarle a su usuario, en ese 
proceso dialógico, antes de que este de su 
consentimiento, está la de informarle sobre la 
intervención misma, los previsibles resultados, su 
efectos deseables y adversos, el uso que se le 
dará a la información obtenida, las limitaciones 
al secreto profesional y las consecuencias 
jurídicas que se pudieran presentar como 
consecuencia de la intervención.
CONDICIONES:
1. Solo en actividades lícitas
2. Voluntario sin manipulación o 
aleccionamiento
3. Expresar con claridad limitaciones del 
secreto profesional
4. En entornos forenses, deberá aclarar su 
derecho a la no declarar en contra de sí 
mismo o contra su cónyuge, compañero 
permanente o parientes dentro del cuarto 
grado de consanguinidad, segundo de 
afinidad o primero civil
CONDICIONES NO VALIDAS:
1. El estado mental del paciente no es normal
2. El paciente se encuentra en estado de 
inconsciencia
3. El paciente es menor de edad
Llámese infante o niño, todo el que no ha 
cumplido siete años; impúber, el que no ha 
cumplido catorce años, adulto, el que ha 
dejado de ser impúber; mayor de edad, o 
simplemente mayor, el que ha cumplido 
dieciocho años, y menor de edad, o 
simplemente menor, el que no ha llegado a 
cumplirlos 
CONCEPTO 50972 DE 2010 ICBF
Es por ello que la misma ley ha señalado, que 
en términos de la capacidad legal, la cual está 
ligada a la capacidad de disposición, de la 
que a su vez se desprende la capacidad para 
consentir, es decir, de dar el consentimiento, 
no es lo mismo un menor de catorce años que 
uno mayor de esta edad.
En otras palabras, la ley, en términos de la 
capacidad, ha establecido, en tratándose de 
los menores de edad, una edad límite a los 
catorce años. Ello se ve reflejado, por ejemplo, 
en la edad para consentir en las relaciones 
sexuales
Por otro lado, están los menores de edad que 
la ley llama menores adultos, que son 
incapaces relativos, ellos podrán firmar el 
Consentimiento pero con el acompañamiento 
de sus representantes legales; también podrán 
hacerlo de manera independiente con 
asesoramiento del psicólogo para algunas 
intervenciones que no revistan mayor 
trascendencia para ellos para las que se han 
considerado como responsables.
CASOS DE INTERDICCIOÓN
Para que el psicólogo obvie la firma de una de los dos 
padres, se han de seguir las siguientes reglas:
1. el fallecimiento de uno de ellos 
2. que uno de los padres haya perdido la patria potestad del 
menor mediante resolución judicial 
3. que no se conozca el paradero de uno de los dos padres
4. que se obre bajo el principio del bien superior del niño, el 
cual descansa a su vez en los principios del mal menor y del 
de beneficencia. 
El psicólogo deberá utilizar todos los mecanismos a su 
alcance para constatar la imposibilidad de uno de los padres 
para dar su consentimiento o verificar que se está 
efectivamente buscando el mayor beneficio para el menor.
Una de las principales razones para necesitar la 
firma de los dos padres es para evitar el riesgo 
de que un padre mal intencionado recurra al 
psicólogo con el fin de que intervenga con sus 
hijos y después utilizar dichas intervenciones 
como prueba en procesos judiciales en contra 
de su pareja. Es lo que se conoce como pre 
constitución de pruebas. En esos casos, se dice 
que el psicólogo obra como idiota útil si no 
conoce el objetivo del padre que solicita el 
servicio.
Declaración universal sobre Bioética y 
Derechos Humanos
“La investigación científica sólo se debería 
llevar a cabo previo consentimiento libre, 
expreso e informado de la persona interesada. 
La información debería ser adecuada, 
facilitarse de forma comprensible e incluir las 
modalidades para la revocación del 
consentimiento. 
La persona interesada podrá revocar su 
consentimiento en todo momento y por 
cualquier motivo, sin que esto entrañe para 
ella desventaja o perjuicio alguno. Las 
excepciones a este principio deberían hacerse 
únicamente de conformidad con las normas 
éticas y jurídicas aprobadas por los Estados, de 
forma compatible con los principios y 
disposiciones enunciados en la presente 
Declaración, en particular en el Artículo 27, y 
con el derecho internacional relativo a los 
derechos humanos”