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Regulación de la esmeralda

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REGULACIÓN 
Ahora, respecto a la regulación de las actividades esmeralderas de Zambia, se tiene 
la Ley de Minas y Minerales de 1995, en donde se esquematizan los procedimientos de 
concesión de licencias, se restringen algunas actividades de exploración y extracción, y crea 
un ambiente de inversión muy favorable, al tiempo que permite el arbitraje internacional para 
ser escrito en los acuerdos de desarrollo. 
Un marco de referencia para el desarrollo responsable también se ha creado a través 
de la publicación de la Protección Ambiental y el Reglamento de Control de Contaminación. 
Según la Ley de Minas y Minerales de 1995, hay tres tipos de licencia disponibles 
para un operador a gran escala: Prospección de licencia, licencia de retención y licencia de 
gran escala. En la primera se confiere el derecho para la exploración de cualquier mineral 
sobre cualquier tamaño de área por un periodo de dos años renovables. En la segunda se 
confiere el derecho de conservar un área sujeta al acuerdo, sobre la que se han completado 
los estudios de factibilidad, pero las condiciones del mercado no son favorables para el 
desarrollo de un depósito en ese momento. Y la licencia de gran escala confiere derechos 
exclusivos para llevar a cabo las actividades de minería por un máximo de 25 años. Las 
solicitudes tienen que ir acompañadas de planes de protección del medio ambiente y de las 
propuestas para el empleo y la formación de los ciudadanos de Zambia. 
Para los operadores pequeños hay permisos y licencias similares, como lo son los 
permisos de prospección, titulo minero de pequeña escala, derechos de artesanos mineros y 
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