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PREGUNTAS DE
 EXAMÉN 
ARGUMENTACIÓN JURÍDICA 
PREGUNTAS:
 1.	¿Cuáles son los ámbitos de la argumentación y cómo se caracterizan? 
Los ámbitos de la argumentación jurídica son los siguientes:
1. Analítica.
2. Dialéctica.
3. Retórica.
4. Tópica.
En primer lugar cuando hablamos de la analítica: ofrece una adecuada expresión lógica de esos argumentos, estos argumentos se utilizan en la ciencia, estos argumentos discurren desde unos principios o puntos de partidas iniciales e incontestables, para establecer otras proposiciones verdaderas que se sigue de ello por necesidad.
Se prueba mediante argumentos que se consideran productos discursivos, autónomos e impersonales. Se utiliza en artículos especializados como en manuales.
Se produce una deducción de las premisas, y hay una conexión entre las premisas y la conclusión.
Interesa este punto analítica por su forma y si son significativos. Estas lógicas ofrecen pautas, el contenido de lo que se dice puede ser verdadero o falso.
Garantiza la validez lógica del argumento. La analítica trata de garantizar que lo que diga sea lógico y verdadero, las premisas de las que partimos tienen que ser verdaderas, la lógica se puede utilizar en cualquier ámbito de la argumentación.
La analítica se ocupa de la forma en la cual se expresa para garantizar la lógica.
Se puede utilizar un mismo argumento lógico, pero un argumento es lógico cuando se utiliza adecuadamente ese argumento, es decir no cambia las premisas. Hay una especial importancia de las matemáticas, la lógica de las matemáticas es una lógica deductiva saca la lógica de las premisas, la mente humana amplia el conocimiento, la lógica solo son deductiva, sea el tipo de lógica que usemos tenemos que utilizar lógicas deductivas y no inductivas como en el caso de Jones Stuart Smith.
En segundo lugar hablamos de la dialéctica: es una discusión razonable, se puede dar en cualquier ámbito, lo que aquí importa no son los productos de la argumentación, sino que verdaderamente importa son los procedimientos argumentativos y las normas que gobiernan y dirigen el ejercicio de los papeles del defensor o del oponente. Nos encontramos con diversas clases de argumentación (Confrontaciones dialógicas, alegaciones plausibles, deliberaciones jurídicas o políticas, controversias ideológicas, negociaciones, etc.)
Uno de los puntos críticos de análisis es la detección y el tratamiento de las falacias, como maniobra ilegítima, una de sus aspiraciones es la provisión y al intervención de estrategias argumentativas no solo legitimas, sino también eficaces y fiables. 
El curso del argumento deviene no solo sensible al contexto discursivo, sino cambiante y sujeto a las vicisitudes de la propia interacción.
Se pide una ponderación de la calidad y de razones, el curso de la discusión nos lleva a reconsidérese la justificación de las normas, valores o supuestos que suponen aplicables al asunto en cuestión.
La retórica: El lugar del proceso es el que se dirige a convencer, la retórica lo que busca es mover el ánimo de las personas, es un proceso de comunicación personal, son discursos suasorios, hay un catálogo de recursos para introducir creencias disposiciones y acciones. Aquí aparece el arte del “bien hablar”, aquí lo que se trata es de convencer persuadir, el arte de la retórica no deja de ser una disciplina tentativa, empírica, dependiente de la catalogación pendiente y natural de los recursos y de las figuras del discurso sancionadas por el uso o por la crítica, aunque también deban de atender sus fronteras con la semiológicas. El mismo discurso bueno o malo puede mover a una determinada gente en su determinado lugar o momento, así como aburrir o dejar indiferente a esa misma gente en otro lugar o momento.
En obras de Aristóteles la retórica aparece unida a la dialéctica.
La Tópica: Se usan con un significado técnico Se usan por los sofistas para adoptar clichés argumentativos, susceptibles de utilización en una pluralidad e contextos oratorios y que los rectores podían aprender de memoria.
La tópica para Aristóteles no es una disciplina autónoma sino un aspecto de la retórica y la dialéctica. Lo que la tópica aporta es un conjunto de argumentos con carácter general y susceptible de utilización alternativa, que proporciona a los argumentos los puntos de partida necesarios para estructurarse en torno a un conjunto de criterios, reglas, enunciados.
Aristóteles parte de una visión esencialista del lenguaje como capaz de reflejar el verdadero ser de las cosas. Y clasifica a los tópicos en lugares de accidente, del género, de lo propio y de la definición.
En la retórica de Aristóteles parte de la discusión de tres géneros de discursos retórico (el deliberativo, el judicial, o apodíctico).
En cuanto a la forma que adoptan pueden ser refranes, leyes lógicas, reglas de uso lingüístico, opiniones generales, etc.…
2. ¿En qué consiste la Tópica?
Los “Topoi” se usaban para denominar puntos de vista relativos a contenidos y en la utilización de técnicas determinadas, en las que un orador podía realizar aseveraciones adecuadas a sus fines dependiendo de cada ocasión. Los Sofistas, adoptaron este término para designar ciertos “clichés” argumentativos, utilizados en contextos oratorios y aprendidos de memoria. En la obra de Aristóteles, el concepto de tópica, no puede desvincularse de la dialéctica y la retórica; puesto que contiene aspectos comunes, no pudiendo constituirse como una disciplina libre. Se lleva a cabo una labor argumentativa en campos carentes de verdades necesarias y con fines pragmáticos, aportando un conjunto de argumentos generales y susceptibles de utilización variable, que proporcionan puntos de vista necesarios para establecer unos criterios, reglas y enunciados que son aceptados o construidos bajo las verdades prácticas; es decir, la tópica forma parte de los recursos argumentativos que proporciona el común horizonte hermenéutico donde se parte para elaborar o imponer los criterios rectores de una práctica social concreta, por tanto, la Tópica de Aristóteles, trata sobre los “auxilios metodológicos de la dialéctica”, siendo un campo de gran relevancia en aplicación lógica. Con este razonamiento dialéctico, se intenta envolver un argumento del adversario, haciéndolo caer en contradicción y ser capaz de sostener una tesis, defendiendo nuestra postura por medio de las proposiciones que sean más plausibles dentro de cada tema. Se da una visión esencialista, clasificando los tópicos en lugares del accidente, del género, de lo propio y de la definición. En ellos, puede detectarse un carácter serio, ligado a estructuras necesarias para el razonamiento. Sin embargo, en la Retórica, se parte de la distinción entre los tres géneros de discurso retorico (deliberativo, judicial y demostrativo), para expresar los lugares propios de cada uno, procediendo en un momento posterior a la explicación de los lugares comunes a los tres géneros. Los Topoi Aristotélicos, anclados en los endoxa, se caracterizan por encontrarse un contexto probatorio donde se persigue una forma de acción en el auditorio, funcionando como premisa y, también, garantizando una corrección basada en el razonamiento. Los tópicos, pueden considerarse refranes, leyes lógicas, reglas del uso lingüístico, opiniones generales, etc. En este sentido, nos encontramos con la obra de Cicerón, estando guiada por fines más prácticos, donde para los romanos, la tópica sólo interesa por sus implicaciones con la retórica, es decir, con el arte de la elocuencia; aunque, sin embargo, la filosofía y la ética juegan una importante labor, puesto que como fundamentos de su práctica oratoria serán, en última posición, el buen sentido y el “decorum”. La tópica de Cicerón, surge de la inventio, es decir, de su actividad oratoria, basada en las ideas y las palabras; que se corresponde con el doble objetivo que pretende todo buen orador: convencer y persuadir. Por ello, un argumento es una razón plausible inventada para convencerde una cosa dudosa, contenidos en lugares, tomados como depósitos de argumentos; mientras que la tópica es el arte para hallar esos argumentos. Ahora bien, se hacen dos clasificaciones distintas de los lugares: De Inventione, división de las pruebas entre las referidas a las personas y al negocio; mientras que posteriores obras, habla de lugares extrínsecos al asunto y lugares intrínsecos, resultantes de la dialéctica y argumentación. Los primeros, suponen la invocación de un asunto como medio para fundamentar una convicción. En cambio, los lugares extrínsecos, corresponden a la enumeración de las partes, la etimología, causas, efectos, analogía, nociones contradictorias, etc. La doctrina del “status” en relación con los tópicos, viene a referirse como un medio para ordenar las cuestiones presentes en cada caso jurídico y fijar los puntos en disputa, teniendo cabida en el género deliberativo. Se distingue entre las cuestiones que afectan a la argumentación, y las referidas a los materiales legales; donde se discute a su vez, el acaecimiento de los hechos y su clasificación, pudiendo estar justificados, incluso, si son o no contrarios a derecho, además, de la competencia del juez. 
Las cuestiones basadas en el esclarecimiento de las normas legales, quedan divididas cuando la letra del precepto y la voluntad legislativa se contradigan, cuando se dan antinomias legales, cuando la propia ley se presta interpretaciones diversas, y cuando existan lagunas en la ley. 
A raíz de su doctrina, se seleccionan tópicos, en razón del tipo de cuestión que se trata, siendo relevante para cada caso. Se parte centrando el punto de discusión, y a continuación, mediante la inventio, se cogen los lugares correspondientes al mismo. Cada status posee sus lugares propios y Cicerón, los va mencionando a medida que repasa los mismos, mediante una enumeración. Se invoca el sentido común, para sujetos que puedan comprender a partir de algún modo de acceso a la esencia de las cosas, y también, habla del buen sentido, como fundamento de la elocuencia. 
Por último, cabe hacer una distinción entre tópica y consenso, viendo la legitimación que se da en este aspecto. 
Al tener en cuenta las manifestaciones referidas a la tópica, podemos concluir que hay diversos tipos: -Los fundados en relaciones lógicas, llamadas proposiciones analíticas obvias y lugares comunes, -Los que descansan en convicciones generales de sentido común, consideradas plausibles, y -Las estimaciones bastante plausibles, que también pueden llamarse “sabias”; pero los tópicos no sólo son presunciones comunes, ya que realizan una labor de precisión lógica y conceptual, que los justifica como evidencias fundadas; donde podemos citar los tópicos: 
-Sobre la definición, el género, lo propio y lo accidental; que descansan en un análisis de la predicación.
-Los que se fundan en el análisis de las relaciones entre lo universal y lo particular. 
-Los de carácter comparativo, naciendo del análisis entre correlaciones. 
-Los asociados a una relación de negación, como la contraposición. 
Sin embargo, su característica más notable, se halla en el uso que hace sobre la conformación basada en estrategias argumentativas, como pautas que conforman entimemas convincentes, descansando en un bloque de interrelaciones plausibles. 
En definitiva, se consideran los tópicos, no sólo como premisas de apoyo, sino también, como un esquema metódico de inferencia. 
3. ¿En qué consiste la tópica jurídica?
Para empezar hay que tomar como base la utilización de la tópica en la dialéctica, en estos casos en los que se carece de premisas ciertas y objetivas, se partirá de las cosas que parecen bien a todos, o a la mayoría, o a los sabios. De ahí se obtendrán, no una sino diversas premisas, que pugnarán entre sí por determinar la solución final. Esto da lugar a un juego dialéctico, en el que se enfrentan las diferentes premisas; endoxas según Aristóteles, que llamaba así a estas premisas que no conducen a razonamientos demostrativos sino dialécticos; así como los razonamientos respectivos a que den lugar, unos razonamientos que deberán haber sido inferidos correctamente de acuerdo a las reglas de la lógica.
Pero en la época romana, la retórica se separó de la dialéctica, para otorgar a la primera una dimensión fundamentalmente práctica. En la obra de Cicerón, los tópicos son, tanto los argumentos del discurso persuasivo como los lugares de donde aquellos se sacan, y que pueden ser extrínsecos al asunto o intrínsecos.
A pesar de todo, ni en Aristóteles ni en Cicerón quedan claros los criterios para seleccionar los tópicos adecuados a la consecución de una argumentación convincente y que sea aceptada como la solución del caso. Se trata de una imprecisión que arrastrará también la tópica de Viehweg, la cual se erige en una teoría que, más que preocuparse por la racionalidad, objetiva y consensuada, de la decisión final, se preocupa por la forma en que se pueden obtener una pluralidad de argumentos, igualmente válidos para la solución de un caso.
El punto de partida de la tópica jurídica de Viehweg es también el problema concreto práctico, consistente en la aporía fundamental de saber "qué es lo justo, aquí y ahora", y cuya solución no la encuentra el jurista inequívocamente dada en ningún lugar. Para encontrarla, le será útil una "técnica del pensamiento por problemas", que es a lo que Viehweg llama "Tópica", y que consiste en un saber que proporciona los argumentos que pueden utilizarse para justificar la decisión final en torno al mismo.
Los "tópicos" son para Viehweg "puntos de vista", aunque también se refiere a ellos como "enunciados directivos"; y su función se concreta en su uso argumentativo para la discusión de problemas, en cuanto elementos comunicativos.
Pero los tópicos también facilitan el "entendimiento" o precomprensión del problema. Para Viehweg, ejemplos de tópicos son tanto la norma jurídica, los cánones de interpretación, las máximas o refranes jurídicos, el sentido común o los mismos principios generales del derecho.
Viehweg no ofrece ningún criterio de elección de los tópicos adecuados para lograr un razonamiento o argumentación. Pero lo que sí está claro es que con la tópica sólo podrán utilizarse los argumentos sustentados en el consenso, razón por la cual aquel no es ya la base para la objetividad de la solución final, sino el mismo punto de partida de los diferentes argumentaciones que pretenden la resolución del caso.
Viehweg estudia también un modelo de conocimiento jurídico teórico. Dentro de ese modelo, se distingue tanto un saber dogmático como un saber investigador. El primero opera reflexionando sobre una opinión que no se cuestiona, pues la considera dotada de autoridad y legitimidad; el segundo se pregunta constantemente. La dogmática tiene para Viehweg una función "performativa" o reguladora de la conducta social; la cetética en cambio, tiene una función meramente cognitiva; pero ambas, dogmática y cetética, tienen su origen en la tópica, lo que las convierte en saberes derivados.
La cetética pone el acento en el aspecto problemático o cuestionador, mientras que la dogmática lo hace en las respuestas, a cuya consolidación tiende, frente a ulteriores problematizaciones. En realidad, con estos planteamientos Viehweg reproduce la "aporía" que viene persiguiendo al conocimiento jurídico.
Lo que Viehweg trata de conseguir es tender un puente entre cetética y dogmática, al considerar la posibilidad de que la cetética se convierta en parte de la dogmática.
4. ¿Qué aspectos caracterizan la las teorías de la argumentación jurídica?
Pese a las diferencias que se dan entre los distintos autores, todos tienen en común buscar la objetividad hermenéutica. Y los buscan en las virtudes de la argumentación racional, y abandonando los factores materiales (subjetivos, ideológicos, económicos, axiológicos, etc.) que pueden interferir en las decisiones de muchos jueces europeos.
Parten del presupuesto de que el legislador no es racional, y por consiguienteno hace leyes perfectas. Por el contrario, son los juristas que interpretan y aplican la ley. 
-las teorías de la argumentación jurídica no renuncian a las posibilidades de la razón formal ni al ideal de certeza, utilizando incluso las nuevas lógicas que superan los arcaicos silogismos deductivos del positivismo jurídico decimonónico. Pero ésta sólo se considera un medio para elaborar correctamente los argumentos, no para decidir cuál es el verdadero.
-Las teorías de la argumentación jurídica, con Perelman a la cabeza y seguido, con matizaciones, por autores como parten de la aceptación de que, en toda aplicación del derecho, hay una opción valorativa en torno a su justicia. Pero, Perelman propone que existe una forma de encontrar, racional y objetivamente, la opción adecuada. 
-Según Perelman, los criterios de objetividad para estas opciones valorativas no son inferiores a los de los razonamientos lógicos, sino tan solo diferentes: los primeros común y a lo aceptable en una determinada comunidad. 
Perelman propone canalizarla hacia la objetividad y certeza que supone su aceptación consensuada por la comunidad, mediante el mecanismo de la argumentación racional de sus decisiones, en las que, se "opta" por valores.
-Las técnicas de argumentación del razonamiento judicial están destinadas, no a conocer sino a decidir. De ahí que no sean razonamientos deductivos ni inductivos sino justificadores de la solución adoptada, entre todas las posibles.
En este, el juez no cuenta, con un criterio objetivo que le lleve a la solución correcta: en eso no le sirve ni la ley, sólo es otro elemento a tener en cuenta por el juez en su razonamiento. También podrá utilizar "técnicas de enlace", obtenidas por procedimientos cuasilógicos, o las "técnicas de disociación de nociones", que llevan a utilizar principios extralegislativos.
Es criticable porque existe la posibilidad de derivar hacia un iusnaturalismo, como consecuencia de esa remisión a "principios extralegislativos". 
El propio Perelman reconocía que, desde la nueva retórica, resultaba difícil distinguir entre Derecho Natural y Derecho Positivo. 
-Perelman distinguía entre persuadir y convencer y auditorio particular y auditorio universal, de manera que persuadir significaría argumentar para sólo valer ante un auditorio particular, lo que implica una operación ligada a los intereses particulares de aquel auditorio; mientras que convencer es argumentar para obtener la adhesión del auditorio universal, compuesto por todo ser de razón, y que, en realidad, constituye una ficción cuya utilidad como medida de consenso resultará pues, muy discutible.
-Estas concepciones de la argumentación racional de tipo filosófico, cuando son aplicadas a la argumentación jurídica, nos muestran cómo ésta última se constituye más bien como una argumentación de tipo particular, persuasiva y dirigida a un auditorio particular. Y lo es porque la argumentación jurídica busca, no tanto el acuerdo de todos como la eficacia "práctica" de la decisión., Perelman no busca tanto la objetividad como la "imparcialidad" del juez, sobre la base de su aceptabilidad general. 
De esta forma, la retórica puede llegar a cumplir una función ideológica de justificación del Derecho positivo existente, al presentar como imparciales y aceptables decisiones que realmente no lo son.
5. No es lo mismo una premisa plausible que una premisa verdadera, pero, a efectos de la argumentación, ¿Qué significa partir de una premisa plausible o una premisa verdadera?
Hace ya bastantes siglos que Aristóteles (como nos recuerda Juan Antonio García Amado en su libro Teorías de la tópica jurídica), sentó una distinción básica entre dos tipos de materias o cuestiones: por un lado, aquellas en las que es posible para el sujeto partir de verdades o principios ciertos e indubitados, ya se entienda ello como resultado de alguna forma de intuición intelectual de esencias o como postulado necesario de la actividad teórica en las ciencias que exigen una estructuración que, en términos actuales, podríamos llamar axiomática; es decir, que han de arrancar de principios primeros que no se discuten aunque en sí podrían ser discutibles, como el mismo Aristóteles reconocía. Por otro lado, están aquellas otras materias en las que, por no darse la posibilidad anterior, hay que partir de “cosas plausibles”, verosímiles, probables; no de verdades o certezas absolutas, sino de opiniones más o menos respaldadas.
Respecto al primer tipo de cuestiones según Carlo A. Viano, pensaba que a partir de la intuición intelectual de esencias se podían obtener para el razonamiento consiguiente premisas dotadas de plena certeza intelectual.
Aristóteles reconoce claramente que la idea de verdad queda reservada para estos campos en que se puede partir del conocimiento de los principios primeros y no para el campo de lo opinable.
El rasgo fundamental de la dialéctica se encuentra en la naturaleza de sus premisas, que sólo son verosímiles.
Un entimema es una alegación plausible, deductiva por lo regular, que cabe construir sobre la base proposicional o inferencia de uno o más tópicos. 
Por otro lado, también puede incluir premisas consistentes en apelaciones a signos o indicios, o consistentes en proposiciones que suelen ser verdaderas. En todo caso, su propósito es establecer una conclusión más o menos convincente.
6. NO ENTRA
7. ¿Qué es un entimema? Ponga un ejemplo y explíquelo.
El entimema es el nombre que recibe un silogismo en el que se ha suprimido una de las premisas o la conclusión, las cuales se dan por obvias o se consideran implícitas en el enunciado, es decir, se parte de que éstas ya residen en la mente del auditorio y por tanto no tienen que enunciarse. Por ello también se le conoce como “silogismo truncado”. El entimema es una figura básica del discurso retórico así como el silogismo es la figura esencial de la lógica. En el silogismo:
"Las casas antiguas tienen vigas de madera,
esta casa tiene más de 200 años,
luego entonces esta casa tiene vigas de madera”
Es la cadena razonada que se establece entre premisas y conclusión la que parece respaldar lo que se propone. En el entimema, en cambio, el lector es el que tiene que aportar una de las partes para que la proposición sea asequible, lo que genera un efecto diferente, más informal. Por ejemplo en la frase:
"A mí me gusta escuchar buena música,
no voy a escuchar reggaetón”
Donde se ha suprimido la premisa mayor: “el reggaetón no es buena música”.
8. Asunción, aserción, presunción y presuposición: no forman parte de un trabalenguas ni de ningún eslogan de autoayuda, pero entonces, ¿qué son?
Antes de explicar en qué consisten la aserción, la asunción, la presunción y la presuposición debemos establecer en el punto de vista en el que se encuentran. Todas ellas se van a localizar en la buena argumentación siempre que ésta sea vista desde el prisma o desde el punto de vista dialéctico. Este punto de vista se va a diferenciar de los demás (concretamente del punto de vista analítico o lógico) en las siguientes diferencias. En primer lugar, en este punto de vista nos encontramos en el terreno de la discusión de una determinada cuestión o tema (ya sea o no sea jurídico) y no en el terreno de la prueba. En segundo lugar, la atención se dirige a los procedimientos de interacción argumentativa donde importan los papeles de los participantes, las reglas de confrontación entre el participante que defiende un postulado y quien lo confronta o lo pone en duda. En tercer lugar, lo que importa en la dialéctica es el buen curso y el buen fin de la argumentación o la calidad buena o falaz del argumento. Así, la argumentación dialéctica se fundamenta no en la veracidad de las premisas y de las conclusiones que componen los argumentos sino más bien de la plausibidad de las premisas y conclusiones de los argumentos, es decir, de que un argumento coincida más o menos con el pensamiento de una mayoría o del auditorio. Por ello, la carga de la prueba será un elementofundamental y, los medios o mejor dicho, las premisas empleadas son la asunción, la aserción, la presunción y la presuposición.
¿Qué son la asunción, la aserción, la presunción y la presuposición? Podemos decir que son simplemente premisas empleadas en la argumentación dialéctica a través de las cuales se distribuye la carga de las pruebas. Distingamos cada una de ellas:
1)	Asunción: suposición táctica o provisional explícita, introducida por expresiones como “supongamos que…” por las que se invita a recrear un nuevo escenario posible o un nuevo punto de partida y, dado su carácter hipotético no comporta la carga de la prueba.
2)	Aserción: proposición o propuesta decidida que trae consigo un compromiso expreso con lo propuesto, por ello, quien propone dicha propuesta estará obligado a probarla y solucionar las objeciones que realice la contraparte y, en caso de no poder probarlo tendrá que retractar su tesis.
3)	Presunción: propuesta avanzada por el proponente como una suerte de compromiso común o como una proposición digna de crédito. Si no es rechazada por el oponente, se supone aceptada y si la rechaza, el oponente deberá probar por qué se debe rechazar esa presunción. El ejemplo jurídico más claro es la presunción de inocencia, basada en el principio “probat que dicit, non qui negat”.
4)	Presuposición: es un supuesto previo e implícito que el proponente considera compartido y lo libera de la carga de la prueba. No apunta a un curso futuro sino que obra desde el pasado, como un antecedente tácito que forma parte del marco de discusión. A veces pasan desapercibidas por el interlocutor.
Como se ha dicho anteriormente, el carácter fundamental de la dialéctica es la plausibilidad aunque ésta no es requisito semántico de la proposición (puede no ser verdadera) sino una atribución programática pues lo plausible es lo que cree o sostiene cierto tipo de gente, por lo que está asociada a opiniones o a la creación.
A veces ocurre que de premisas más o menos plausibles se deriva una conclusión implausible, con lo que estamos ante una paradoja, la cual se concibe como la expresión determinada que propone algo generalmente aceptado o en apariencia razonable pero realmente es absurdo; o como una anomalía generada dentro de una teoría mantenida por una comunidad científica.
En cualquier caso, lo importante en la dialéctica es el argüir entre el proponente y su oponente, con sus respectivas cargas, tareas y responsabilidades respetando las reglas de la buena argumentación dialéctica. Así, argumentará bien el que obtenga su conclusión de las premisas más familiares o plausibles, o el oponente que lleve a desdecirse o contradecirse a su adversario, o el proponente que sabe mantener su posición sin inconsistencias internas. 
9. ¿Cuál es el ámbito argumentativo de la prueba demostrativa?
Su ámbito es la analítica que Es el lugar natural de las pruebas deductivas, en particular, de las demostrativas, que son aquellas que discurren desde unos principios o puntos de partida iniciales e incontestables, para establecer otra proposición verdadera que se sigue de ellos por necesidad. Ya que la deducción únicamente extrae las consecuencias necesarias a partir de las premisas.
Estas pruebas consisten en argumentos considerados como productos discursivos, autónomos e impersonales –en calidad de “textos”, cuyo análisis determina la estructura ilativa de las proposiciones integrantes que, a su vez, sólo son relevantes por su forma lógica (lo que las hace ser consideradas como predicaciones afirmativas o negativas acerca de unos sujetos tomados de modo universal o particular, por ejemplo, “todo S es P”, “algún S no es P”); y en caso de ser asertos significativos (por ejemplo, “ningún hombre es piedra”), por tratarse de afirmaciones/negaciones verdaderas o falsas.
Procura establecer unos criterios que nos permitan reconocer la validez o invalidez lógica, o, en términos más generales, la corrección o incorrección de los argumentos analizados, en cuanto productos textuales y autónomos.
10. Según Antonio Machado, así hablaba Juan de Mairena a sus alumnos: Al orador, es decir, al hombre que habla convirtiéndonos en simple auditorio, le exigimos más o menos conscientemente no sólo que sea él quien piensa lo que dice, sino que crea él la verdad de lo que piensa aunque luego nosotros lo pongamos en duda: que nos transmita una fe, una convicción, que la exhiba al menos, y nos contagie de ella en lo posible. ¿En qué ámbito de la argumentación podemos ubicar esta forma de comunicación? Razone su respuesta.
El ámbito de la argumentación en la que se expresa en este texto es la argumentación retórica, la cual consiste en convencer a un auditorio, es decir que va a tener una cierta finalidad suasoria creando un ánimo en los sujetos que conforman al auditorio. Así, para provocar dicho estado de ánimo pueden utilizarse todo tipo de expresiones que muestran el factor personal del sujeto sus actitudes, sus posiciones, emociones, etcétera. 
Así, la retorica se va a caracterizar por la elaboración de un contexto por la persona que en el texto se la define como orador, un “escenario” por el que el orador permitirá la entrada al auditorio para convencerles. Recordemos que el objetivo propio de la retorica es la persuasión que triunfa con el convencimiento, pero esa persuasión retórica no es exclusiva del orador sino que el interlocutor también puede intervenir (algo que lo diferencia de la propaganda). Por ello, lo que se pretende crear son motivos al auditorio para que acepte y apoye la tesis del orador, el orador funcionaría como un impulsor por el que un interlocutor (o el auditorio) consiga creer y convencerse de lo dicho por el orador.
Por último, debemos hablar de las fuentes argumentativas. Según Aristóteles, podemos distinguir tres fuentes:
Logos: que hace referencia tanto al tema como a los medios argumentativos del discurso.
Pathos: hace referencia a la actitud y a la posición receptiva del auditorio.
Ethos: hace referencia a la disposición o talante del agente discursivo u orador. Este elemento en relación con el texto es el que tiene más importancia, puesto que dicho talante se va a mostrar con la propia presentación del agente discursivo u orador, cobrando transcendencia la imagen que se proyecta de sí mismo, por lo que puede ganar o perder credibilidad ante el público. Por ello, y como bien dice el texto, el orador no sólo debe afirmar o negar una cosa, sino que debe creer que es verdad, dándole una mayor seguridad ante el público para que luego éste juzgue si el orador tiene o no tiene razón; puesto que si el propio orador tiene desde el principio dudas en relación con la tesis defendida, ya desde el principio puede decirse que va a estar condenado al fracaso o los efectos de convencimiento afectarán no a todo (o casi todo) el auditorio sino a un grupo determinado de personas, puesto que como ya hemos dicho cada persona que forma el auditorio es distinta, y puede que el argumento tenga éxito en unas personas pero no en otras. 
11. ¿Existe alguna diferencia entre la retórica y publicidad?
El objetivo propio de la retórica es la persuasión, que es inducir a alguien a creer o a hacer algo, incluido lo contrario, disuadirle o inducirle a no creerlo o a no hacerlo. Su triunfo es el convencimiento. Pero conviene distinguir la persuasión retórica de la propaganda, porque la primera se basa en una comunicación entre personas, el inductor y el receptor, donde éste último es activo, autónomo y responsable de sus propios actos. En la persuasión retórica, la inducción implica reciprocidad y transparencia, para que el receptor sea consciente de los procedimientos empleados. En cambio, la propaganda es una forma manipuladora de inducción de actitudes, actuaciones o creencias. La manipulación reside en el ejercicio opaco y asimétrico de las técnicas de influencia sobre una audiencia tratada como mero sujeto pasivo, como público amorfo, de conducta estadísticamente previsible. Esta es especialmente visible enla publicidad.
En la retórica, no se trata de comunicar información ni de atenerse a las reglas del juego, como ocurre, respectivamente, en la lógica y en la dialéctica.
12) Falacia, paralogismo y sofisma: ¿quieren decir lo mismo?
Los vocablos arriba mencionados en esta pregunta implican entre sí una serie de diferencias, si bien todos tienen que ver con la mala argumentación. El termino falacia es el más general y podría decirse que abarca a los otros dos, los cuales designan circunstancias más especificas de la mala argumentación. Pero veamos, de forma más pormenorizada, las características de cada uno de ellos, siguiendo el texto del profesor Vega Reñon. 
FALACIA.
Ha heredado el doble sentido del término latino “fallo”, el cual equivale, por un lado, a engañar o inducir a error, y por otro, a fallar, incumplir o defraudar. De ahí́ que el adjetivo falaz sirva para calificar lo que se presta o induce a error, sea falso, fallido o fraudulento.
Falacia y falaz incorporan un sentido peyorativo con un doble significado, es decir, que significan tanto creencias u opiniones falsas ampliamente extendidas (por ejemplo, el tópico “todos los españoles son ingobernables”), como el razonamiento o la argumentación fraudulenta, es decir, el argumento inválido o incorrecto que suele pasar por bueno.
PARALOGISMOS.
Designa el argumento erróneo o incorrecto, a veces propiciado por su confusión o semejanza con otra forma legitimas de razonamiento, pero con el sentido neutro de un fallo ocasional o error cometido por falta de competencia o de atención. Por ejemplo:
Supongamos que M y N son dos personas que, sin conocerse apenas, deben compartir piso…
-Como a los dos nos interesa ser permisivos y prácticos-Dice M-, no hay regla que no pueda admitir alguna excepción. Tomando esa norma como regla general básica, dispondremos siempre de cierto margen de maniobra acordemos lo que acordemos.
El problema de esa regla-observa N…-es que no nos sirve para nada y tu propuesta sólo es razonable en apariencia; la verdad es que resulta un paralogismo. Supongamos que la regla básica es, como dices, que no haya regla sin sus posibles excepciones; pero sus excepciones serían que hubiera efectivamente reglas sin ellas. En fin, un lio.
SOFISMA.
 Sin embargo cuando hablamos de sofisma nos referimos a una estratagema o argucia argumentativa hecha a sabiendas:
1- Con intención dolosa de probar algo frente a alguien aunque a través de unas de una prueba de suyo fallida.
2-De vencerle en la discusión aunque se violen sus reglas.
3- De persuadirle aunque sea la eficacia suasoria lo único que prime.
Por lo tanto el sofisma incorpora una connotación peyorativa pues es una incorrección cometida de mala fe, con la que, de forma deliberada, se busca inducir a alguien a error, engaño o confusión. Además, este sentido peyorativo es subrayado por su mismo nombre, “sofisma”, en cuanto que deriva del término griego “sofista”. (A los sofistas considerados como competidores de los filósofos y educadores en la Grecia antigua, se les atribuían intenciones fraudulentas en el uso del discurso y en el debate dialéctico).
Aquí tenemos un ejemplo de sofisma.
“La reina Iseo es acusada sotto voce de haber cometido adulterio con Tristán, como así́ ha sido, y el caballero se ha visto obligado a dejar la Corte. No obstante, para disipar de una vez por todas los rumores y las sospechas, Iseo se presta a hacer un juramento solemne según la fórmula veredictiva “si m ́ait Dieu –que Dios sea mi valedor, pondo a Dios por testigo”-, una fórmula que la obliga a no incurrir en perjurio so pena de arriesgar su salvación eterna. Iseo prepara el escenario: el juramento tendrá́ lugar ante todo el pueblo, en un prado que se extiende al otro lado del vado de un río. Hace volver a Tristán y lo disfraza de mendigo leproso que la suba sobre los hombros, a horcajadas, para cruzar el vado sin mojarse el vestido. Luego, colocados todos en sus puestos en el prado, Iseo se dispone a jurar flanqueada por el propio rey Marc, su esposo, y por el rey Arturo, que actúa como garante del acto. Este fue su juramento: “Pongo a Dios por testigo y juro por mi salud que jamás ningún hombre ha estado entre mis muslos, salvo el rey Marc, mi esposo, y ese que ahora me ha servido para cruzar el vado”.
En definitiva, podría decirse que el paralogismo equivale a un “engañarse a sí mismo”, mientras que el sofisma es un “mentir con la intención de engañar”. Ambos se enmarcan en el paradigma de la mala argumentación que se designa, de forma genérica, con el término “falacia”.
13. ¿Algo lógicamente valido es siempre verdadero? Razone su respuesta.
La verdad opera de manera distinta en la lógica. Aquí se habla de validez, y depende de que se haya verificado correctamente –es decir, de acuerdo a las reglas de la lógica escogida- la relación de consecuencia lógica entre premisas y conclusión. La verdad de las premisas se presupone. Dicho esto, puede decirse que los argumentos analíticos buscan, tanto la validez material como la validez lógica, a fin de acreditar al máximo su corrección. En lógica, sólo importa la validez lógica o formal; en la analítica, que es el lugar de la demostración o explicación de lo que necesariamente ocurre, importan ambas, la validez formal y la material, ya que sólo así se consigue hacer avanzar el conocimiento. Imaginemos un argumento A, en un contexto o conversación dada: su validez o invalidez lógica exigirá sacarlo de dicho marco y llevarlo al marco de un determinado lenguaje lógico donde se determinará su forma lógica: si esta se verifica correctamente –es decir, de acuerdo a los códigos de esa lógica- el argumento será lógicamente válido. Es obvio que habrá una correspondencia entre la gramática básica del argumento A, en su contexto original, y la sintaxis en su versión en el lenguaje lógico, de modo que la versión lógica sea un trasunto de la primera versión. Pero lo que importa en el terreno de la lógica no es esta correspondencia sino mostrar la estructura lógica de dicho argumento. 
14) Explique todo lo que sepa para construir un buen argumento acerca de las causas y cuáles son las falacias en las que podemos incurrir cuando lo hacemos mal. PAGS. 26-42 y 63-64.
Para argumentar bien desde la perspectiva lógica-analítica tenemos que tener en cuenta que comunicamos e intercambiamos información mediante determinados tipos de actos. El significado o contenido de un enunciado se llama proposición en lógica. Si sus pretensiones se cumplen la proposición es verdadera, si no es falsa.
La proposición más importante de una proposición es la verdad o la falsedad, la relación que importa aquí es la de implicación. Así no puede ocurrir que A sea verdadera y B falsa, ya que esto significaría que la información falsa de B estaría contenida en la información verdadera de A, de modo que A portaría una información verdadera y falsa a la vez lo cual es imposible. De esto derivan dos principios: la preservación de la verdad del antecedente de la relación, en el sentido de que toda proposición implicada por una proposición verdadera es verdadera y la remisión de la falsedad del consecuente de la relación en el sentido de que toda proposición que implique una proposición falsa es falsa.
Un argumento es una unidad discursiva con pretensiones de prueba o de contraprueba, un conjunto de premisas, una conclusión y una cadena de razonamiento entre ambos extremos. Un argumento será válido si el conjunto de sus premisas implica su conclusión.
Desde el punto de vista de la buena argumentación se puede decir que es un buen argumento toda argumentación concluyente y epistémicamente cogente, es decir que establece nuevos conocimientos, los buenos argumentos han de constar de premisas que se saben verdaderas y con un nexo consecutivo reconocido para ser lógicamente válidos.
La argumentación buena tiene límites, las argumentaciones se constituyen en textos de monólogos un agente discursivo obra como un portador de pretensiones de prueba y de recursos deductivos.Lo que importa no es tanto si la proposición es verdadera o falsa, hay que distinguir entre un argumento formalmente válido y un argumento materialmente válido. La validez formal se da cuando el nexo que vincula sus premisas consiste en una relación de consecuencia lógica reconocida o reconocible. La validez material se da cuando el nexo que vincula premisas a su conclusión se atiene a los criterios metodológicos.
La verdad es importante para la analítica ya que desarrolla argumentos explicativos o descriptivos. En lógica solo importa la validez lógica o formal, en la analítica que es el lugar de demostración o explicación de lo que necesariamente ocurre importan ambas. Los términos lógicos suelen ser vacíos y neutrales pueden operar sin distorsiones en cualquier ámbito discursivo.
El principio de la forma, dos argumentos con la misma forma lógica son todos ellos válidos o inválidos. De aquí se deduce una directriz formal de convalidación e invalidación. La convalidación tiene tres virtudes: la consistencia, la tiene si no permite derivar una conclusión falsa de premisas verdaderas; la suficiencia, cuando permite derivar cualquier conclusión verdadera de las debidas premisas, en los mismos supuestos de formalización e interpretación y la decidibilidad que ostenta cuando permita dictaminar efectiva y mecánicamente, ante cualquier conjunto de premisas y cualquier conclusión, si esta conclusión es consecuencia o no de esas premisas en los mismos supuestos.
La validez lógica ayuda a expresar la validez o corrección de un argumento analítico, es decir, la corrección del argumento demostrativo explicativo.
La verdad de las premisas es muy importante para la corrección o validez de los argumentos analíticos. La validez y la verdad se entrecruzan dando lugar a 8 tipos de argumentos según Alfredo Deaño.
Tipo 1: premisas y conclusión verdadera, razonamiento no válido; Tipo 2: premisas verdaderas, conclusión falsa, razonamiento no válido; Tipo 3: premisas falsas, conclusión verdadera, razonamiento no válido; Tipo 4: premisas falsas, conclusión falsa razonamiento no válido; Tipo 5: premisas falsas, conclusión verdadera, razonamiento válido; Tipo 6: premisas y conclusión falsas, razonamiento válido; Tipo 7: premisas y conclusión verdadera, razonamiento válido y Tipo 8: premisas verdaderas y conclusión falsa razonamiento válido.
 Desde el punto de vista dialéctico encontramos una serie de diferencias respecto del punto de vista lógico. No estamos en el terreno de la prueba sino de la discusión en torno a una cuestión, la atención se dirige a los papeles de los participantes, las convenciones y normas de confrontación, los recursos disponibles o el curso seguido por el debate. Lo que importa en la dialéctica es la mayor o menos plausibilidad, esto puede distinguirse en:
- Asunción: suposición tácita o provisional, introducida por expresiones como "supongamos que".
- Aserción: proposición o propuesta decidida que trae consigo un compromiso expreso con lo propuesto.
- Presuposición: es una propuesta, si no es rechazada por el oponente, se supone aceptada y si la rechaza debe el oponente probar su rechazo. Ej. La presunción de inocencia.
- Presuposición: supuesto previo e implícito que el proponente considera compartido y lo libera de la carga de la prueba.
La dialéctica se caracteriza por la plausibilidad es lo que cree o sostiene cierto tipo de gente, requiere respaldo social. Según Vega Reñón la buena argumentación dialéctica tiene diez reglas.
1. Ningún participante debe impedir a otro tomar su propia posición respecto la discusión. Ej. "no quiero oír hablar".
2. Quien tenga una tesis está obligado a defenderla y responder de ella cuando su interlocutor se lo demande, se incumple cuando se elude la prueba. Ej. "los hechos hablan por sí mismos".
3. La crítica a una tesis debe versar sobre la tesis realmente sostenida por el interlocutor.
4. La tesis solo puede defenderse con argumentos referidos a ella.
5. Todo interlocutor puede verse obligado a reconocer supuestos o premisas tácitas y las implicaciones implícitas en su posición, así como verse obligado a responder de ellas. El proponente la transgrede cuando se niega a admitir tales supuestos o implicaciones. El oponente puede incumplirla cuando exagera o deforma cuando trata de descalificar la tesis.
6. Una tesis ha sido defendida de modo concluyente si su defensa consiste en argumentos derivados de un punto de partida común. Se incumple por parte del proponente una suposición que le conviene como si fuera un supuesto compartido su oponente incurre en peticiones "tengo la razón". El antagonista incumple cuando pone en duda o la desmiente como autodefensa.
7. Una tesis o posición ha sido defendida de modo concluyente si su defensa ha consistido en argumentos correctos o resultantes de aplicación de esquemas de razonamiento. Se transgrede por falacias.
8. Los argumentos utilizados en la discusión deben ser válidos o convalidables mediante las premisas.
9. El fracaso en la defensa de una tesis puede hacer que el proponente se retracte en ella, el éxito de su defensa deber llevar al oponente a retirar sus dudas acerca de la tesis en cuestión, o cuando el oponente toma como absolutamente falsa la tesis que el proponente no ha sabido defender. Hay que confiar en las virtudes dialécticas.
10. Las posiciones no deben ser vagas, ni los enunciados confusos. Las transgresiones se producen por falacias.
Estas diez reglas se pueden resumir en tres grupos: juego limpio 1,2,5,9 y 10; pertinencia de las alegaciones o argumentos a favor y de las objeciones o argumentos en contra 3 y 4; y suficiencia y efectividad de la argumentación en orden a la resolución de la cuestión o al buen fin del debate 6, 7, 8 y 9. Aunque se sigan estas reglas puede que los interlocutores lleguen a una discusión.
Desde el punto de vista retórico, el tipo de discurso más relevante es el suasorio dirigido a mover el ánimo del auditorio, el orador pretende influir sobre un conjunto de personas. 
Así, una argumentación puede ser eficaz, si tiene éxito en un auditorio concreto; válida si tiene éxito ante un auditorio universal; persuasiva si solo influye a un auditorio particular; convincente triunfa ante un auditorio universal.
En un acto de habla se distingue el acto locutivo de decir algo, el ilocutivo de hacer algo y el perlocutivo consistente en el efecto de lo dicho. Las preguntas retóricas como acusación o interpelaciones.
En la retórica el factor personal no es irrelevante, están en juego actitudes, disposiciones, emociones o compromisos.
El objeto propio de la retórica es la persuasión, inducir a alguien a creer o a hacer o no hacer algo, su triunfo es el convencimiento. 
La persuasión retórica se basa en una comunicación entre personas, la inducción implica reciprocidad y transparencia, la propaganda es una forma manipuladora de inducción. En la retórica se trata de comunicar ciertas actitudes con el fin de generar compromiso. La buena argumentación retórica se basa en una comunicación efectiva, buen orden de las operaciones del agente retórico, oportunidad y hallar el género del discurso más apropiado. Los géneros son: el judicial, el deliberativo, el apodíctico, en ensayo, la entrevista el reportaje, internet.
También tenemos que tener en cuenta las fuentes argumentativas de prueba y persuasión, tres fuentes: el logos engloba el tema mediante el discurso; el ethos, disposición del agente y pathos disposición receptiva del público, cobra relieve la prudencia, virtud y asunción. 
La argumentación retórica es buena si está compuesta y dispuesta de modo eficiente para sus propósitos. El humor tiene un papel retórico muy importante, con vistas a alcanzar los objetivos.
FALACIAS EN LA LÓGICA, LA DIALÉCTICA Y LA RETÓRICA.
- ANALÍTICA: la falacia equivale a un intento fallido de prueba, es el argumento que no alcanza a probar o demostrar lo que pretende. Supone la presencia de vicios como la falsa apariencia de virtud y representan un estereotipo de indiferencia oargumentación ilegítima.
- DIALÉCTICA: la falacia equivale a todo acto de habla que desvíe o frustre los esfuerzos de los agentes involucrados para resolver de modo razonable la cuestión planteada. Se produce cuando no se respetan algunas reglas de la buena argumentación dialéctica.
Existen cuatro tipos de intervenciones falaces: en la apertura cuando se pasa de un tipo de discurso a otro; confrontación si se alteran los asuntos del día convenidos o se pasa a la siguiente fase mientras alguien discrepa del plan de discusión; en la argumentación, las intervenciones se producen si eluden las obligaciones como rehuir la defensa de la posición mantenida, desplazar la carga de la prueba o hacer apelaciones falsas; en la clausura, cuando se fuerza el cierre de la discusión de forma inapropiada, antes de la resolución del conflicto o de conseguir los objetivos propuestos.
- RETÓRICA: se trata de las estrategias del inductor que logra engañar al receptor y hacer efectivo su propósito, lo que cuenta es su intención persuasiva. Así habrá falacias fallidas o frustradas para determinada gente, mientras que en otros casos serán efectivas. No hay formas genéricas, la finalidad de la falacia retórica es lograr una respuesta.
15. ¿Cómo funciona la analogía, si se considera como una forma de inferencia?
Analogía, del griego αναλογíα (ana -reiteración o comparación- y logos, razón), significa comparación o relación entre varias razones o conceptos; comparar o relacionar dos o más seres u objetos, a través de la razón, señalando características generales y particulares, generando razonamientos basados en la existencia de semejanzas entre éstos, aplicando a uno de ellos una relación o una propiedad que está claramente establecida en el otro. La analogía permite una forma inductiva de argumentar que asevera que si dos o más entidades son semejantes en uno o más aspectos, entonces lo más probable es que también existan entre ellos más semejanzas en otros.
 Una analogía permite la deducción de un término desconocido a partir de análisis de la relación que se establece entre dos términos conocidos, entonces podemos decir que la analogía, el razonamiento analógico -que es su mayor aplicación- es un procedimiento a posteriori, que consiste en pasar de lo conocido a lo desconocido, de los efectos manifiestos a las causas que se nos esconden. Se llama inferencia la circunstancia en que un antecedente hace seguir de él necesariamente un consecuente; la inferencia puede ser deductiva, inductiva o analógica.
Cuando se infiere una proposición particular la llamamos inferencia analógica. 
Mejor queda caracterizada una inferencia por la VALIDEZ DE LA CONCLUSION. 
Esta inferencia plantea que desde proposiciones particulares se infiere 
(se induce) una proposición general o particular. 
Ejemplo de analogía como interferencia: El perro, gato, caballo, vaca, cordero, cabra, cerdo, tienen sangre caliente. Todos estos animales son mamíferos.
Conclusión: los mamíferos tienen sangre caliente.
16. Falacia, paralogismo y sofisma: ¿Quieren decir lo mismo ?
Fuentes: temario de Argumentación Jurídica + internet.
http://www.webdianoia.com/glosario/display.php?action=view&id=131&from=action=search%7Cby=F
Ojo : he utilizado partes de textos y del curso sin reformular todo.
Punto común de los 3 vocablos: se refieren a la mala argumentación (conclusión no se sigue necesariamente de sus premisas).
Falacia: más general.
Paralogismo y sofisma: aspectos o circunstancias más especificas.
Falacia:
Latín: fallo: engañar o inducir a error O fallar, incumplir.
→ Falacia: sentido peyorativo: creencias o opiniones falsas ampliamente extendidas + razonamiento o argumentación fraudulenta
→ argumento inválido o incorrecto que tiene la apariencia de verdad
Una falacia no sigue una pauta de argumentación de buena fe (paralogismo) o de mala fe (sofisma).
Paralogismo:
(p61 temario)
Argumento erróneo o incorrecto. Sentido neutro de un fallo ocasional o error cometido por falta de competencia o de atención.
Sofisma:
(p62 temario)
Argucia argumentativa hecha a sabiendas:
	-con la intención dolosa de probar algo frente a alguien aunque a trabes de una prueba de suyo fallida.
	-de vencerle en la discusión aunque se violen sus reglas.
	-de persuadirle aunque sea la eficacia suasoria lo único que prime.
→ argumentar bien con ánimo de engañar → mala fe: deliberadamente inducir a error
Sofisma → sofista → los sofistas: intenciones fraudulentas en el uso del discurso y debate dialéctico.
17. Explique todo lo que sepa para construir un buen argumento acerca de las causas y cuáles son las falacias en las que podemos incurrir cuando lo hacemos mal. 
Para construir un buen argumento es necesario que ese argumento sea bueno desde el punto de vista analítico, desde el punto de vista dialéctico y desde el punto de vista retórico.
Estamos ante un buen argumento desde el punto de vista analítico cuando tenemos que un argumento es válido si y solo si las premisas componen el antecedente de una relación de consecuencia lógica cuyo consecuente es la conclusión, es decir, que si partiendo de unas premisas llegamos a una conclusión. 
De esta manera, desde el punto de vista de la buena argumentación lógica, se puede afirmar que: 
a)	Es un buen argumento toda argumentación lógicamente concluyente y exacta demostrativa en suma. 
b)	Los buenos argumentos han de constar de premisas que se saben verdaderas y con un nexo consecutivo reconocido para que sean lógicamente válidas. 
Estamos ante un buen argumento desde el punto de vista lógico, cuando lo que importa no es tanto si la proposición es verdadera o falsa o si algo es o no realmente el caso, sino si son válidos o no una clase de argumentos o una pauta de deducción. Por eso, hay que distinguir entre un argumento formalmente válido y un argumento materialmente válido. La validez formal se da cuando el nexo que vincula sus premisas consiste en una relación de consecuencia lógica reconocida o reconocible. En cambio, la validez material se da cuando el nexo que vincula sus premisas a su conclusión, aunque no consiste en una relación de consecuencia lógica, se atiende a los criterios metodológicos de adecuación inferencial que sean aplicables. 
Es decir, desde el punto de vista lógico, la validez no depende de que la proposición sea verdadera o falsa, o que sea real o no. La validez lógica de un argumento es una validez formal, pero no una validez material. 
En cuanto a la verdad, esta es importante para la analítica, ya que a través de ella se desarrollan los argumentos explicativos o descriptivos, no así en relación a los argumentos prácticos. 
Desde el punto de vista dialéctico estamos ante una buena argumentación cuando: 
a)	En primer lugar, existe una discusión en torno a una cuestión. 
b)	En segundo lugar, cuando la atención se dirige a los procedimientos de interacción argumentativa donde importan los papeles de los participantes, las convenciones y normas de la confrontación, los recursos disponibles o el curso seguido por el debate. 
c)	En tercer lugar, lo que importa en la dialéctica no es tanto la bondad del argumento como el buen curso y el buen fin de la argumentación o la calidad buena o falaz del argumento.
Es decir, que estas tres características suponen que en la argumentación dialéctica no se da ni el individualismo metodológico ni el objetivismo textual. 
En la dialéctica lo que caracteriza a las premisas es su plausibilidad, la cual no es el atributo semántico de una proposición sino una atribución pragmática, ya que lo plausibles es lo que cree o sostiene un cierto tipo de gente, es decir, que requiere un respaldo social.
Los aspectos básicos de la dialéctica son la mayor o menos plausibilidad, es decir, lo que la mayoría considera correcto, relacionada con la distribución de la carga de la prueba. Las premisas que encontramos en la dialéctica son: asunción, aserción, presunción y presuposición. 
-	La asunción es una suposición tácticao provisional explícita, introducida por expresiones como “supongamos que”. Invita a un punto de partida o escenario posible, y no comporta carga de la prueba. 
-	La aserción es una proposición o propuesta decidida que trae consigo un compromiso expreso con lo propuesto. Corresponde al proponente la carga de la prueba y responder de las objeciones. 
-	La presunción es una propuesta o proposición avanzada por el proponente como una suerte de compromiso común o como una proposición digna de crédito.
-	Presuposición es un supuesto previo e implícito que el proponente considera compartido y lo libera de la carga de la prueba. 
Estamos ante un buen argumento desde el punto de vista retórico, cuando el tipo de discurso más relevante es el suasorio, es decir, dirigido a mover el ánimo del auditorio en la dirección que el orador quiere. Este discurso que el orador utiliza tiene que estar formado por referencia de creencias y actitudes para conseguir el fin suasorio. 
Así, una argumentación puede ser: 
a)	Eficaz: si tiene éxito dirigiéndose a un auditorio concreto y obrando conforme a lo considerado normal.
b)	Válido: si tiene éxito dirigiéndose a un auditorio universal formado por un tipo de gente que se supone inteligente, competente y razonable.
c)	Meramente persuasiva: si sólo alcanza a influir a un auditorio particular.
d)	Convincente: cuando triunfa ante un auditorio universal.
Desde el punto de vista retórico hay dos características esenciales: 
1)	Tiene que haber una relación entre el decir y el hacer cosas con palabras: esto es así ya que la retórica se muestra como una dimensión que acompaña toda actuación lingüística en su calidad de forma de hacer algo con palabras.
2)	El objetivo propio de la retórica es la persuasión.
El análisis retórico tiene que tener en cuenta el poder expresivo o inductor del discurso y sus posibles efectos en el interlocutor, ya que nuestro lenguaje dispone de expresiones realizativas que comportan la acción correspondiente. Ya que tanto la expresividad como la efectividad retórica introducen en los actos de habla ciertas modulaciones relativamente características. Por lo que, todo esto significa que en la retórica el factor personal no es irrelevante, ya que están en juego actitudes, disposiciones, emociones o compromisos, a diferencia de la dialéctica. 
El objetivo propio de la retórica es la persuasión, que es inducir en alguien a creer o a hacer algo, incluido lo contrario, disuadirle o inducirle a no creerlo o a no hacerlo. 
Para concluir, hay que destacar ciertas normas para la buena argumentación retórica: 
a)	Observar las directrices cooperativas que velan por la comunicación efectiva.
b)	Buen orden de las operaciones que debe llevar a cabo el agente retórico: mención de tópicos y de recursos suasorios, la disposición debida de las partes del discurso.
c)	Oportunidad de la intervención discursiva; decir lo que conviene en el momento oportuno conforme a sus previsiones sobre el auditorio.
d)	Hallar el género del discurso más apropiado al asunto y al marco del discurso.
Recapitulando, para crear buenos argumentos, necesitamos tener un buen argumento desde el punto de vista analítico (válido), desde el punto de vista dialéctico (de debate) y desde el punto de vista retórico (de suasorio o introducción de creencias o ideas).
Cuando no argumentamos bien realizamos falacias. La falacia equivale, por un lado, a engañar o inducir a error, y por otro lado, a fallar, incumplir o defraudar. 
Desde el punto de vista de la analítica, una falacia equivale a un intento fallido de la prueba. Consiste en un argumento pretendidamente probatorio que no alcanza a probar o a demostrar lo que pretende. Responden a la ausencia de virtudes tales como la verdad reconocida o acreditada de las premisas, la corrección de la inferencia o validez del nexo ilativo pretendido entre las premisas y la conclusión. Las falacias en el ámbito de la analítica suponen la presencia de vicios como la falsa apariencia de virtud y representan un estereotipo usual y persuasivo de inferencia o argumentación ilegítima. 
Desde el punto de vista de la dialéctica, la falacia equivale a todo acto de habla que desvíe o frustre los esfuerzos de los agentes involucrados en la discusión para resolver de modo razonable la cuestión planteada o sus diferencias de opinión al respecto. 
En el ámbito retórico, las falacias consisten en estratagemas o estrategias deliberadamente captadas por el inductor, con un propósito suasorio o disuasorio, que logra engañar o enredar al receptor y hacer efectivo su propósito. Desde el punto de vista del inductor, lo que cuenta es su intención persuasiva, que puede ser recta e ingenua o fraudulenta o dolosa. La finalidad suasoria de la falacia en la retórica es lograr una respuesta o actitud rendida, por lo que prevenir el éxito de las estrategias falaces en este ámbito exige promover contramedidas que garanticen la transparencia y reciprocidad de la comunicación. 
18. ¿Cómo podemos distinguir un dilema de un falso dilema? Razone su respuesta.
El dilema es un argumento deductivo, por eso cuando están formulados correctamente (válido) la verdad de sus premisas garantiza la verdad de sus conclusiones.
Estructura del dilema:
P o Q
Si P entonces R
si Q entonces S
Por lo tanto R o S
→ argumento formado por 2 proposiciones contrarias y que se usa para demostrar una cosa.
→ Definición de Burke (p51 temario) « hay un dilema al que cualquier oposición a una injusticia triunfante, en la naturaleza de las cosas, está sujeta. Si usted no hace nada, será considerado un cómplice. Si usted resiste, será acusado de provocar al irritable poder cometer nuevos excesos. La conducta de la parte perdedora nuca parece como correcta ».
→ Ambas soluciones, aunque son diferentes, tengan aspectos positivos y negativos. Depende de nuestros valores. Así, solucionar un dilema resulta doloroso.
El falso dilema va a invalidar la eficacia del dilema. Dos únicas opciones posibles presentadas, que a menudo son opuestas o injustas. Pero la verdad es que existen alternativas no consideradas hasta ahora. La falacia es que el argumento olvide alternativas razonables, sin justificar esta exclusión. Exclusión de buena o de mala fe. También porque las premisas no son correctas.
Muy utilizados en política, en un discurso retórico, se ocultan las alternativas. También pueden formularse como sentencias de hecho. Ejemplo: si no estás conmigo, estás contra mí.
Ejemplos de wikipedia:
« ¿Reelegirá usted al partido en el gobierno, o le dará alas al terrorismo?»
«Paco no ha llegado a trabajar. O ha tenido un accidente en el coche o se ha quedado dormido. Llamamos a su casa y averiguamos que salió a tiempo, luego ha tenido un accidente.»
Para calificar este argumento de dilema y no de falso dilema: probar que las otras alternativas que pueden explicar porque Paco no ha llegado a trabajar no pueden existir y que solo hay las 2 enunciadas en el argumento.
El dilema presenta una solución que no es totalmente satisfactoria, de eso resulta una elección moral. Pero el falso dilema, su falacia, presenta soluciones como las únicas posibles aunque hay otras. Un falso dilema esconde una parte de las posibilidades o se basa sobre premisas falsas. Como cada falacia, induce a error por no presentar la verdad.
Para distinguir entre el argumento y su falacia, es necesario verificar la veracidad de las premisas y ver si existen otras soluciones al caso.
Cf: diagrama para el análisis del dilema.
19. A propósito de Watson, lea los siguientes argumentos, y explique si son buenos a malos argumentos y de qué tipo. Razone sus respuestas. 
a) Si Watson fue a la oficina de correos a enviar una carta, debería haberla escrito esta mañana. 
 Watson no escribió ninguna carta esta mañana. 
 Por lo tanto, Watson no fue a la oficina de correos a enviar una carta
b) Si las calles están heladas, el correo de Watson se demora. 
 Por lo tanto, las calles están heladas. 
El primerargumento (a) que nos encontramos, hay que decir que es un argumento bueno. El argumento es bueno porque se trata de un modus tollens, es decir, el modo de quitar. 
La estructura del modus tollens es: 		si p, entonces q 
						no -p, 
						por lo tanto, no –q
Si Watson fue a la oficina de correo a enviar una carta; corresponde a p
debería haberla escrito esta mañana: corresponde a q
Watson no escribió ninguna carta esta mañana: corresponde a no -p
Por lo tanto, Watson no fue a la oficina de correos a enviar una carta: es decir, no -q
El modus tollens es una clase de argumento deductivo. Los argumentos deductivos son aquellos en los que la verdad de sus premisas garantiza la verdad de sus conclusiones. Si las dos premisas son verdaderas, a la conclusión también lo será, y para discrepar de ella, hay que discrepar con, al menos, una de las premisas. Los argumentos deductivos bien formulados se conoces también como argumentos válidos. 
El segundo argumento (b) que hallamos, a diferencia del primero, hay que decir que se trata de una falacia. Además se trata de una falacia que consiste en afirmar el consecuente, es decir, que se llega a una falacia por la mala realización en uso de argumentos lógicos, debido a que esta falacia tiene cierta semejanza con los argumentos deductivos, pero a diferencia de estos, la falacia realiza mal el argumento lógico: 
La estructura de la falacia que consiste en afirmar el consecuente es: 
			si p, entonces q
			q
			por la tanto, p
Si las calles están heladas: corresponde a p
el correo de Watson se demora: corresponde a q. 
Por lo tanto, las calles están heladas: equivale a p
Para acabar, hacer una breve explicación de término falacia. Las falacias se definen como un paradigma de la mala argumentación. La palabra falaz tiene un doble sentido: a) Engañar o inducir a error b) fallar, incumplir o defraudar. 
En muchos casos recurriremos a ellas para hacer malos argumentos, pero, no obstante, en otros casos las realizamos sin una voluntad y sin un conocimiento. 
20. El argumento de autoridad puede pervertirse en la falacia. Explique razonadamente esta circunstancia.
El argumento de autoridad es aquel que se emplea acudiendo a ciertas autoridades. Como su fuerza depende del prestigio de la autoridad podemos incurrir en la falacia. Esto es debido a la falta de pertinencia, ya que se argumenta aludiendo a autoridades que no tienen nada que ver con el asunto y de esta manera desviar la cuestión.
Podemos mencionar la falacia ad hominem, que ataca a la persona y no a sus argumentos. Es una manera de descalificar al adversario personalmente. 
Se puede caer en la falacia aludiendo a la clase social, raza, religión, nacionalidad, antecedentes, etc.
Tal vez sea verdad ese calificativo, pero esa no es la cuestión que se discute, sino los argumentos que se estén tratando.
21. ¿En qué consiste la falacia naturalista? ¿Y la petición de principio?
Falacia Naturalista: 
 El intento de identificar o reducir lo “bueno” a lo “natural” se denomina en filosofía “falacia naturalista”. Esto es: se dice que algo es bueno porque es natural. Todas las éticas han incurrido en este tipo de falacia que consiste en justificar la bondad de algo por el mero hecho de considerarlo “natural”. Evidentemente las definiciones de lo que pueden ser o dejar de ser “natural” son muy heterogéneas y van desde lo relacionado con la misma naturaleza y/o dios, hasta criterios hedonistas, metafísicos, nacionalistas o lo que se quiera. En definitiva, se trata de identificar con lo “natural” lo que cada uno propugna y así justificarlo.
 Una de las falacias más recurrentes en las democracias actuales es la de las mayorías, a saber: si lo aprueba la mayoría es que es lo natural, y por tanto bueno. En nuestras democracias existen fundamentalmente dos formas de que la mayorías se expresen, votando y/o comprando, y en ambas ha habido abundantes ejemplos de que las mayorías no siempre aciertan. Las mayorías auparon a Hitler al poder, por ejemplo, y las mayorías consumen hoy basura física e intelectual en gran abundancia, a pesar del desastre que ello significa para sus estómagos y neuronas. Sin embargo, el criterio de igualar lo bueno con lo que acepta la mayoría sigue teniendo éxito. 
Falacia de Petición de principio o “petito principii”:
Es postular o tomar lo del principio demostrando por sí mismo lo que no está claro o no es conocido por sí mismo, esto es: no demostrar. Utiliza como premisa lo mismo que dice la conclusión. La idea es que el principio de una demostración no puede apoyarse en la conclusión, una cosa no puede ser probada por sí misma. En todo raciocinio, lo que sirve de fundamento debe ser más claro y conocido que lo que se quiere probar. Por eso la falacia consiste en postular o sentar aquello mismo que es preciso demostrar. 
Se incurre en este sofisma de dos maneras:
A. Cuando se utiliza una premisa equivalente a la conclusión o que depende de ella. Al emplear una premisa que es equivalente a la conclusión o dice exactamente lo mismo que ella, caemos vertiginosamente en el llamado círculo vicioso o prueba en círculo, donde ambas proposiciones se amparan recíprocamente. 
B. Porque se utiliza como premisa algo cuya verdad no está probada. Lo que sirve de prueba en un argumento debe ser más claro y conocido que lo que se quiere probar. Es preciso que la conclusión busque un apoyo que no se cuestione. Aquí se da por descontado que el interlocutor aceptará como evidente una proposición no demostrada, la cometen con frecuencia quienes parten de supuestos religiosos o ideológicos que consideran indiscutibles (Todo discurso ideológico se apoya necesariamente sobre un presupuesto que no cuestiona). 
22) El modus ponens es un buen argumento deductivo. ¿Puede ser usado falazmente? ¿De qué manera? Razone sus respuestas.
Sí puede ser usado falazmente, de forma que la falacia estaría en la afirmación del consecuente. Un ejemplo de mal uso del modus ponens sería:
"Si las calles están heladas, el correo se demora; (si p, entonces q)
el correo se demora; (p)
por lo tanto, las calles están heladas". (por lo tanto, q)
El modus ponens el método deductivo más simple, hasta el punto que a veces la consecuencia resulta obvia. Se ponen dos premisas verdaderas correctamente formuladas, lo que nos llevará hasta una conclusión verdadera también. El problema puede surgir si planteamos una o las dos premisas mal formuladas, o que están inconexas. En este caso, al producirse este mal planteamiento, la conclusión devendrá en errónea, y por lo tanto se produce una falacia de afirmación del consecuente.
23. ¿Cómo se pueden desarrollar argumentos falaces en el ámbito de la dialéctica?
En la dialéctica , siempre que se intente desviar o frustrar los esfuerzos de los agentes involucrados en la discusión para resolver de modo razonable la cuestión planteada o sus diferencias de opinión al respecto, es decir, en lenguaje coloquial, cuando “se dan largas” . De manera resumida se pueden señalar cuatro tipos de intervenciones falaces en una discusión:
- En la fase de apertura: Cuando se pasa sin autorización o consenso de los participantes de un tipo de discurso o diálogo a otro, o de un género o contexto argumentativo a otro.
- En la fase de confrontación: Si se alteran los asuntos del día convenidos o se pasa a la siguiente fase mientras que se discrepa del plan de discusión.
-En la fase de argumentación: Aquí se producen intervenciones falaces si se eluden las propias obligaciones, como por ejemplo; rehuir la defensa de la posición mantenida, desplazar indebidamente la carga de la prueba, introducir de contrabando supuestos no admitidos por el otro, hacer apelaciones falsas, etc.
- En la fase de clausura: Cuando se fuerza el cierre de la discusión de forma premeditada o inapropiada, antes de llegar a un acuerdo o de alcanzar los objetivos previstos por la conversación.
En conclusión, se puede decir que se incurre en falacias siempre que no se respeten las reglasde la buena dialéctica, o se intente sabotear el objetivo de la conversación o la propia conversación en sí. Asimismo, es más importante saber detectar en este ámbito las falacias que se intenten inferir por parte de nuestro contrincante que saber ejercer dichas falacias con el propósito de convencer a nuestro contrincante.
24. ¿En qué consiste la motivación de las decisiones judiciales?
Con la motivación el intérprete y aplicador del derecho justifica porque un determinado asunto se resuelve aplicando ciertas normas y no otras.
Constituye un elemento fundamental del Estado de Derecho frente a cualquier tipo de arbitrariedad. Esta exigencia de motivación garantiza el sometimiento al principio de legalidad de los aplicadores del Derecho, al mismo tiempo que permite a los justiciables conocer las razones que fundamentan las decisiones.
La Constitución española establece en su artículo 120.3 que las sentencias serán siempre motivadas y se pronunciarán en audiencia pública.
25. En relación a la motivación de las sentencias, se distingue entre contexto de descubrimiento y contexto de justificación. ¿En qué consiste cada uno de ellos?
Es por ello que resulta muy útil la distinción entre contexto de descubrimiento y contexto de justificación, que en su día propusiera Reichenbach, uno de los miembros del círculo de Viena. Parece que rescata la vieja distinción que estableciera Cicerón, entre inventio y iudicium. De esta manera, en el contexto de descubrimiento afloran las motivaciones psicológicas o sociológicas que han condicionado un descubrimiento científico, o, en nuestro caso, una determinada resolución judicial o, más generalmente, cualquier argumentación jurídica (y aquí, para detectarlas, tendremos que auxiliarnos de la psicología y de la sociología); mientras que en el contexto de justificación se hallan las razones aportadas para apoyar la argumentación. Tales razones son las que importan a las teorías de la argumentación jurídica, interesada en saber, no tanto cómo se llega a una decisión jurídica, sino si esa decisión es o no jurídicamente justificable. Así, puede ocurrir, como hace notar García Figueroa, que un juez de personalidad agresiva y vinculado al Ku Klux Klan dicte una sentencia justa para un caso en el que interviene un ciudadano negro o que un magistrado simpatizante con Amnistía Internacional condene sin fundamento a un mártir de los derechos humanos completamente inocente.
26. ¿Qué problemas afectan a la justificación interna?
La justificación interna es reconstruir los hechos a través del uso del razonamiento. Habiendo 4 problemas, dos de premisas normativas (conexiones lógicas entre las normas jurídicas) y dos de premisas fácticas (son premisas descriptivas referidas a los hechos más relevantes). Los problemas de la premisa normativa son los de relevancia y los de interpretación, y los problemas de la premisa fáctica son los de prueba y de calificación de los hechos. 
A. Premisas normativas:
	1. De relevancia: Estos problemas surgen cuando nos preguntamos qué norma es relevante para el caso, y se plantea con particular énfasis en los sistemas jurídicos de base judicial. Aquí juega un papel importante la analogía, artículo 4.1 CC. La cuestión fundamental es encontrar esa “identidad de razón” que permita fundar la aplicación de las consecuencias jurídicas de una norma a un caso diferente, pero parecido, al contemplado con la norma.
	2. De interpretación: El mayor problema de la interpretación es la ambigüedad y la vaguedad del lenguaje, ya que las normas no están actualizadas normalmente. 
B. Premisas fácticas:
	1. De prueba: estos problemas surgen cuando no se consigue desarrollar un test de coherencia entre un enunciado del pasado y una serie de enunciados sobre el presente que son congruentes con el primer enunciado. Y es que, la prueba consiste, precisamente, en ese test. Estas pruebas tienen que tener un orden lógico y coherente para que puedan tener una conexión racional y con lo cual sean un relato válido para el juicio.
	2. De calificación o de hechos secundarios: Estos problemas surgen en la calificación jurídica de los mismos. Ejemplo para entender mejor página 79: El ejemplo de MacCormikc se refiere al caso MacLennan v. MacLennan. Los MacLennan son cónyuges el uno del otro, pero pasan largas temporadas separados. Tras un año de ausencia, Mr MacLennan vuelve a casa y encuentra a su esposa embarazada. Como él no podía ser el padre, inicia los trámites de la separación y del divorcio, alegando adulterio por parte de su mujer. Mrs. MacLennan no admite la acusación: no niega el hecho de que su marido no es el padre, pero aduce que su embarazo es por inseminación artificial. La cuestión es si una inseminación artificial, con un esperma distinto al del marido, y sin que este lo sepa, puede o no considerarse como un adulterio
27. ¿Qué tipo de premisas caracterizan la motivación?
La motivación comprende la justificación que el intérprete y aplicador del Derecho hace sobre la resolución de un determinado asunto en base a las normas que ha aplicado para la solución de la controversia. Por ello, es más específico hablar de una justificación. Concebida ésta como una argumentación racional, hemos de destacar una serie de premisas que están presentes en la misma.
En primer lugar hablamos de las premisas descriptivas, es decir, de la premisa fáctica referida a los hechos, en la que pueden implicarse tanto cuestiones filosóficas como jurídicas.
En segundo lugar, caracterizan también la justificación las premisas normativas que, pueden ser sistemáticas y extrasistemáticas y que, a su vez, conducen a una justificación interna y a una justificación externa, respectivamente.
Las premisas normativas sistemáticas, referidas a la justificación interna, son aquéllas que pertenecen al ordenamiento jurídico, y se identifican con la regla de reconocimiento de Hart. La regla de conocimiento es la última regla del ordenamiento jurídico, y adopta la forma de un discurso de legitimación del poder y de análisis de los mecanismos sociales que sustentan la existencia de dicho ordenamiento jurídico en una sociedad determinada.
Las premisas normativas extrasistemáticas, referidas a la justificación externa, son producto de una actividad argumentativa, denominada por García Figueroa como “discreción judicial”. Dentro de éstas hemos de distinguir entre las expresas y las entimemáticas. Las primeras son, entre otras, las normas consuetudinarias, las de derechos extranjeros, las normas históricas aplicadas mediante Derecho transitorio o las normas morales; mientras que las entimemáticas no aparecen en el razonamiento por ser consideradas por la comunidad como obvias.
Como conclusión podemos decir que es posible aplicar la lógica deductiva a todos los razonamientos y, por tanto, al tipo de conclusión que puede obtenerse. En todos los casos podemos encontrarnos con razonamientos o argumentaciones lógicamente válidos. 
Es importante destacar la relevancia en el contexto de la argumentación jurídica la presencia de entinemas o razonamientos donde no aparecen explicitadas todas sus premisas y que, aun así, siguen siendo lógicos. Esto se debe a que en el entorno jurídico hay un contexto cultural compartido por todos los profesionales del Derecho.
28. ¿Qué sabe de la analogía?
	
Es el también llamado argumento a pari o a simili. Esta tipología de argumentación es la más antigua, remontándose al Derecho Romano. No obstante, pese a su antigüedad, podemos encontrarlo en nuestro ordenamiento jurídico, concretamente en el Art. 4.1 del Código Civil.
	La analogía consta de cuatro elementos: hay una norma (N) que regula el supuesto (S1), al que se le aplica la consecuencia jurídica (C); un supuesto S2 no regulado por ninguna norma; los supuestos S1 y S2 son semejantes; y que entre estos dos supuestos existe una identidad de razón.
	Por un lado está la “analogía legis”, que va de lo particular a lo general por inducción de un cierto número de normas, y formula un principio

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