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INSTITUTO LATINOAMERICANO DE ECONOMIA, SOCIEDAD Y POLÍTICA (ILAESP) PROGRAMA DE PÓSGRADUACIÓN EN POLÍTICAS PÚBLICAS Y DESARROLLO (PPGPPD) LOS AVANCES NORMATIVOS PARA UNA POLITICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR INTERCULTURAL EN COLOMBIA ADRIAN CAMILO CABRERA SOLARTE Foz do Iguaçu 2019 INSTITUTO LATINOAMERICANO DE ECONOMIA, SOCIEDAD Y POLÍTICA (ILAESP) PROGRAMA DE PÓSGRADUACIÓN EN POLÍTICAS PÚBLICAS Y DESARROLLO(PPGPPD) LOS AVANCES NORMATIVOS PARA UNA POLITICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR INTERCULTURAL EN COLOMBIA ADRIAN CAMILO CABRERA SOLARTE Propuesta de disertación presentada al Programa de Pos-Graduación en Políticas Públicas y Desarrollo (PPGPPD), de la Universidad Federal da Integración Latino- Americana, como requisito para la obtención del titulo de Magister en Políticas Públicas y Desarrollo. Orientador: Prof. Dr. Antonio de la Peña Co-orientadora: Prof. Dra. Ángela Erazo Foz do Iguaçu 2019 ADRIAN CAMILO CABRERA SOLARTE LOS AVANCES NORMATIVOS PARA UNA POLITICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR INTERCULTURAL EN COLOMBIA Propuesta de disertación presentada al Programa de Pos-Graduación en Políticas Públicas y Desarrollo (PPGPPD), de la Universidad Federal da Integración Latino- Americana, como requisito para la obtención del titulo de Magister en Políticas Públicas y Desarrollo. BANCA DE DEFENSA Orientador: Prof. Dr. Antonio de la Peña UNILA Co-orientador: Prof. Dra. Ángela Erazo UFB Prof. Dra. Renata Peixoto de Oliveira UNILA Prof. Dra. Sandra Patricia Guido UPN Prof. Dr. Wagner R. Amaral UEL Foz do Iguaçu, 17 de abril de 2019. Catalogação elaborada pela Divisão de Apoio ao Usuário da Biblioteca Latino-Americana Catalogação de Publicação na Fonte. UNILA - BIBLIOTECA LATINO-AMERICANA C117a Cabrera Solarte, Adrian Camilo. Os avanços normativos para uma política de educação superior intercultural na Colômbia / Adrian Camilo Cabrera Solarte. - Foz do Iguaçu, PR, 2019. 91 f.: il. Dissertação (Mestrado) - Universidade Federal da Integração Latino-Americana. Instituto Latino-Americano de Economia, Sociedade e Política. Programa de Pós-Graduação em Políticas Públicas e Desenvolvimento. Foz do Iguaçu - PR, 2019. Orientador: Antonio de la Peña. Coorientador: Angela Erazo Muñoz. 1. Educação superior - Colômbia. 2. Educação superior - Indígena. 3. Políticas públicas - Educação. I. Peña, Antonio de la. II. Muñoz, Angela Erazo. III. Universidade Federal da Integração Latino-Americana. IV. Título. CDU 378(=1.862-82) A José y Mary. AGRADECIMIENTOS A mis orientadores Antonio de la Peña y Ángela Muñoz, por su orientación, dedicación y paciencia durante este periodo. A mi banca, Renata Peixoto, Sandra Guido y Wagner Amaral por aceptar la invitación. A mis hermanos, Yazmin y Cristian, y mis sobrinas Laura y Gabriela, por ser siempre el motor para seguir adelante sin importar la distancia. A la Universidad del Cauca y al programa de Estudios Interculturales por permitirme realizar mi estancia académica durante el primer semestre del 2018. Así como a la profesora Elizabeth Castillo por las orientaciones y el aprendizaje durante este periodo. A la Universidad Federal de Integración Latino-Americana (UNILA) y al Programa de Pos- Graduación en Políticas Publicas y Desarrollo (PPGPPD), especialmente al coordinador Gilson Bautista por su disponibilidad en ayudarme a realizar mi estancia académica en Colombia. A Antonio Chavaco del Consejo Regional Indígena del Cauca por sus charlas las cuales enriquecieron esta investigación, como también al Centro de Documentación Alicia José María Ulcué, por facilitar documentos la presente investigación y por su colaboración. Por ultimo, a todas las personas que acompañaron y de una u otra manera ayudaron a que esta investigación se llevara acabo, muchas gracias. CABRERA S, Adrian Camilo. Los Avances Normativos para una Política de Educación Superior Intercultural en Colombia. Disertación presentada al Programa de Pos-graduación en Políticas Publicas y Desarrollo (PPGPPD), Maestría en Políticas Publicas y Desarrollo en la Universidad Federal de Integración Latino-Americana – UNILA, Foz do Iguaçu, 2019. RESUMEN Colombia es uno de los países de Latinoamérica con significativa diversidad étnica y cultural, tanto en contextos rurales como urbanos. Sin embargo, a pesar de la presencia histórica, los grupos étnicos fueron reconocidas como grupos diversos y culturalmente significativos en la Constitución Política de 1991. La cual, en teoría, crea un nuevo marco jurídico que prohíbe la discriminación y establece nuevas medidas políticas con el objetivo de superar la exclusión que han sufrido los grupos étnicos por siglos. Este reconocimiento constitucional es un asunto reciente, pero sus luchas por una educación pertinente que reconozca la diversidad cultural del país no son nuevas, en donde el derecho a una educación ha adquirido un lugar fundamental en las demandas de los grupos étnicos a través del accionar desde la década de los setenta por una educación propia y que hoy es visible en la creación de la primera institución de educación superior llevada por un movimiento social. Así, teniendo en cuenta lo anterior, nuestra investigación tiene como objetivo realizar una descripción y análisis de los avances normativos por una política de Educación Superior para grupos étnicos en Colombia desde la década de los noventa a la actualidad, haciendo énfasis en los procesos que lleva adelante organizaciones sociales indígenas, como es el caso del Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC) y su proyecto Universidad Autónoma Indígena Intercultural (UAIIN), UAIIN, enmarcado en su Programa de Educación Bilingüe Intercultural (PEBI), donde la metodología adoptada es predominantemente cualitativa, de carácter descriptivo, donde fue usado algunas técnicas de pesquisas como: descripción, compilación, clasificación y análisis en fuentes escritas primarias y secundarias, concluyendo que en el país, desde mediados de la década de los noventa, la educación étnica es una política estatal que prima proteger la diversidad cultural y promover el multiculturalismo, sin embargo, estos desarrollos normativos han sido muy limitados y en muchos casos la política general ignora el carácter multicultural y multilingüe de la población. Palabras claves: Colombia, Educación Superior, Indígena, Interculturalidad. CABRERA S, Adrian Camilo. Os avanços normativos para uma política de educação superior intercultural na Colômbia. Dissertação apresentada ao Programa de Pós-graduação em Políticas Publicas e Desenvolvimento (PPGPPD), Maestria em Políticas Publicas e Desenvolvimento da Universidade Federal de Integração Latino-Americana – UNILA, Foz do Iguaçu, 2019. RESUMO Colômbia é um dos países da América Latina com significativa diversidade étnica e cultural, tanto em contextos rurais quanto urbano. No entanto, apesar da presença histórica, os grupos étnicos foram reconhecidos como grupos diversos e culturalmente significativos naConstituição Política de 1991. O que, em teoria, cria um novo marco legal que proíbe a discriminação e estabelece novas medidas políticas com o objetivo de superar a exclusão sofrida por grupos étnicos durante séculos. Este reconhecimento constitucional é uma questão recente, mas suas lutas por uma educação pertinente que reconheça a diversidade cultural do país não são novas, onde o direito à educação adquiriu um lugar fundamental nas demandas dos grupos étnicos por meio da ação dos mesmos na década dos setenta por uma educação própria e que é visível hoje na criação da primeira instituição de ensino superior liderada por um movimento social. Assim, tendo em conta o exposto, a nossa pesquisa pretende fazer uma descrição e analise dos avanços normativos por uma politica de ensino superior para grupos étnicos na Colômbia a partir dos anos noventa até o presente, enfatizando os processos realizados por organizações sociais indígena, como e o caso do Conselho Regional Indígena de Cauca (CRIC) e seu projeto Universidade Autónoma Indígena Intercultural (UAIIN), dentro de seu Programa de Educação Bilingue Intercultural (PEBI), onde a metodologia adotada e predominantemente qualitativa, de caráter descritiva, onde foi usado algumas técnicas de pesquisas como: descrição, compilação, classificação e análise em fontes escritas primárias e secundárias, concluindo que no país, desde meados da década nos noventa, a educação étnica é a politica estatal que visa proteger esta diversidade cultural e promover o multiculturalismo, mas os seus desenvolvimentos têm sido muito limitados e em muitos casos, a politica geral ignora o caráter multicultural e multilíngue da população Palavras-chaves: Colômbia, Educação Superior, Indígena, Interculturalidade. CABRERA S, Adrian Camilo. The normative advances to a politics of intercultural higher education in Colombia. Dissertation presented to the Post-Graduation Program in Public Policy and Development (PPGPPD), Master in Public Policy and Development at the Federal University of Latin American Integration – UNILA, Foz do Iguaçu, 2019. ABSTRACT Colombia is one of the countries of Latin America with significant ethnic and cultural diversity, both in rural and urban contexts. However, despite the historical presence, ethnic groups were recognized as diverse and culturally significant groups in the 1991 Political Constitution. Which, in theory, creates a new legal framework that prohibits discrimination and establishes new policy measures aimed at overcoming the exclusion that ethnic groups have suffered for centuries. This constitutional recognition is a recent issue, but their struggles for a relevant education that recognizes the country´s cultural diversity are not new, where the right to education has acquired a fundamental place in the demands of ethnic groups through action since the 1970s for their own education and which is now visible in the creation of the first institution of higher education led by a social movement. Thus, considering the foregoing, our research aims to carry out a description and analysis the progress made by a policy if higher education for ethnic groups in Colombia since the 1990s to the present, emphasizing the processes carried out by indigenous social organizations, such as the Regional Indigenous Council of Cauca (CRIC) and its project Indigenous Intercultural Autonomous University (UAIIN), as part of its Bilingual Intercultural Education Programmed (PEBI), where a methodology adopted is predominantly qualitative, of a descriptive nature, where some research techniques will be used, such as: description, compilation, classification and analysis in primary and secondary written sources, concluding ha in the country, since the nineties the ethnics education is the state policy aimed at protecting this cultural diversity and enhancing the multiculturalism, but its developments have been very limited and in many cases the implementation of the general policy, ignoring this multicultural and multilingual character of the population. Keywords: Colombia, Higher education, Indigenous, Interculturality. LISTA DE ABREVIATURAS La siguiente lista tiene como finalidad recopilar todas las siglas que fueron utilizadas a lo largo del documento, cada sigla está acompañada de su respectiva denominación formal. UNESCO – Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura IESALC – Instituto Internacional de la Educación Superior en América Latina y el Caribe IES – Instituciones de Educación Superior IIES – Instituciones Interculturales de Educación Superior CRES – Conferencia Regional de Educación Superior UAIIN – Universidad Autónoma Indígena Intercultural CRIC – Consejo Regional Indígena del Cauca DANE – Departamento Administrativo Nacional de Estadística SEIP – Sistema de Educación Indígena Propio SNIES – Sistema Nacional de Información de la Educación Superior ONIC – Organización Nacional Indígena de Colombia MEN – Ministerio de Educación Nacional DNP – Dirección Nacional de Planeamiento ONIC – Organización Nacional Indígena de Colombia PEC – Proyectos de Educación Comunitarios PEI – Proyectos Educativos Institucionales PEBI – Programa de Educación Bilingüe Intercultural CERES – Centro Regionales de Educación Superior URACCAN – Universidad de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Nicaragüenses LISTA DE DIAGRAMAS Diagrama 1 – Estructura del Sistema de Educación Indígena Propio (SEIP)………………41 Sumario 1. INTRODUCCIÓN........................................................................................................ 15 1.1 Justificativa ........................................................................................................... 17 1.2 Antecedentes bibliográficos .................................................................................. 18 1.3 Elementos conceptuales ........................................................................................ 22 1.4 Metodología ........................................................................................................... 26 2. UNA APROXIMACIÓN HISTORICO-NORMATIVA A LA EDUCACIÓN INDÍGENA EN COLOMBIA .............................................................................................................. 30 2.1 Los inicios de la educación indígena en Colombia ............................................... 30 2.2 La educación superior indígena en Colombia ...................................................... 32 2.3 Marco Normativo de la Educación Superior Indígena en Colombia: De la Constitución de 1991 al Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) ........................ 33 2.3.1 Ley de Educación Superior (Ley 30 de 1992) ................................................... 37 2.3.2 La Etnoeducación como política educativa para los grupos étnicos ................... 39 2.3.3 Sistema de Educación Indígena Propio (SEIP): Una propuesta desde el movimiento indígena ................................................................................................. 43 3. EL MOVIMIENTO INDÍGENA CAUCANO .............................................................. 47 3.1 Los inicios del Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC) ............................ 48 3.1.1 Los Programas del Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC) .................... 54 3.2 La Universidad Autónoma Intercultural Indígena (UAIIN): una Universidad “de” y “para” el Movimiento Indígenacaucano ........................................................ 57 3.2.1 Objetivos y visión que orienta a la UAIIN ........................................................ 61 4. POR UNA EDUCACIÓN SUPERIOR INTERCULTURAL EN COLOMBIA ............ 65 4.1 Interculturalizando la educación superior ........................................................... 66 4.2. Los avances normativos para una educación superior intercultural ................. 71 5. CONSIDERACIONES FINALES ............................................................................... 81 15 1. INTRODUCCIÓN Colombia es uno de los países de Latinoamérica con significativa diversidad étnica y cultural, tanto en contextos rurales como urbanos1. Sin embargo, a pesar de la presencia histórica, los grupos étnicos –indígenas, afrocolombianos, raizales y rom– sólo fueron reconocidos como grupos diversos y culturalmente significativos en la Constitución Política de 19912. La cual, en teoría, crea un nuevo marco jurídico que prohíbe la discriminación y establece medidas políticas y jurídicas con el objetivo de superar la exclusión que han sufrido estos grupos por siglos. Para la siguiente investigación, nos centraremos en las cuestiones indígenas. Dentro de este reconocimiento se garantizaron tres aspectos fundamentales para las comunidades indígenas: primero, el ordenamiento territorial, segundo, la participación política y social para los indígenas, y tercero, el reconocimiento de una Colombia multiétnica y pluricultural, permitiendo garantía de derechos territoriales y culturales. Lo cual se dio en medio de una relación de tensión entre el Estado colombiano y los grupos étnicos, tensión que en ocasiones se polariza y en otros momentos cede paso al diálogo y a la construcción conjunta, convirtiéndolos en un referente importante de la colombianidad, ocupando un lugar importante en la construcción de nación multiétnica y constituyendo un paradigma de autonomía, organización y logros en su lucha por derechos específicos. Dentro de estas relaciones y tensiones, el papel que cumplen los movimientos y organizaciones, como es el caso del Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), el cual, en sus más de 40 años de fundación, se ha consolidado como un estandarte del movimiento indígena colombiano y como una de las organizaciones más influyentes del país. Lo cual sé ha reflejado en la creación de instituciones interculturales llevadas por los mismos movimientos sociales, como es el ejemplo de su Programa de Educación Bilingüe 1 Datos del último censo realizado en el país por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) de 2005, en Colombia existen en la actualidad 1.378.884 habitantes que se autorreconocen como indígenas o pertenecientes a estos pueblos o descendientes de los mismos, repartidos en 82 pueblos indígenas ubicados en 281 municipios de 30 de los 32 departamentos del país. Sus resguardos ocupan el 32% del territorio nacional, especialmente en las zonas de la Amazonia y Orinoquia. Las mayores concentraciones de población se encuentran en los departamentos de La Guajira, Cauca y Nariño (DANE, 2005). 2 En Colombia, antes de 1991, se realizaron tres intentos para hacer una reforma constitucional durante los gobiernos de Alfonso López Michelsen (1974-1978), Julio César Turbay (1978-1982) y Virgilio Barco (1986- 1990), todos fallidos por la falta de voluntad política de los gobiernos de turno y otros sectores tradicionales. 16 Intercultural (PEBI), que hoy se manifiesta en la consolidación desde el año 2003 en la creación de la primera universidad indígena e intercultural del país, la Universidad Autónoma Intercultural Indígena (UAIIN). Destacándose un aporte organizativo, cultural y político, que va inclusive más allá de lo estrictamente indígena, en donde contribuye directamente a los objetivos fundamentales de la organización: unidad, territorio, cultura y autonomía (CRIC, 2004; CASTILLO, 2008, pp. 15-16), dentro de los cuales, la educación es base de su lucha y un proceso de construcción de pensamiento para analizar los problemas, para descubrir nuevas raíces y para fortalecer identidad como pueblos ancestrales. En este sentido, la educación va mucho más allá de la escuela (CRIC, 2004) y al mismo tiempo haciendo frente a la educación oficial, la cual es considerada como un instrumento de dominación eficaz por parte del Estado (MOLINA; TABAREZ, 2008, p. 9). Esto, asumiendo que después de la constitución de 1991, el Estado colombiano toma una postura más “inclusiva” en cuanto a mejorar la calidad de educación que se imparte en el país y la participación de los movimientos para la construcción de estas políticas, lo cual se reflejó en el marco de las relaciones con el Estado, en donde la educación es uno de los sectores sobre los cuales han enfocado su trabajo y alrededor de este se viene discutiendo y negociando hasta la fecha, propuestas (políticas, programas, proyectos) con el Ministerio de Educación Nacional (MEN). Lo anterior, teniendo en cuenta que existe una amplia normatividad de carácter internacional (y nacional) que obliga al Estado a garantizar una educación que responda a las necesidades y características de las poblaciones étnicas. Sin embargo, esta normatividad se ha desarrollado y aplicado principalmente a la educación básica y media, dejando por fuera el tema de Educación Superior, es decir, Colombia no ha desarrollado una ley de Educación Superior Intercultural – como se ha implementado en México, Ecuador, Bolivia y Perú– , por lo que, pese a la existencia de una normatividad que interpreta los derechos de los indígenas en educación, la persistencia de “normalización” de la exclusión de esta población del sistema social, político, económico de la nación impide que el ritmo de la implementación de políticas públicas de educación indígena sea más o menos constaste, como lo describe Irupe (2012), en donde algunas criticas del movimiento social indígena al sistema educativo se relacionan a la inconsistencia entre el discurso “intercultural”, el cual defiende un dialogo entre culturas, pero en la práctica continúa imponiéndose la visión, identidad y lengua del 17 estado-nación. Esto se percibe en el accionar de las organizaciones indígenas de Colombia, como es el caso del CRIC, de incorporar en su agenda política la exigencia al Estado del cumplimiento de sus derechos en general y de la educación en particular, en donde se continúa primando la ciencia moderna y el conocimiento científico, que, como deja claro Boaventura de Souza Santos (2008, p. 52) “fue diseñada originariamente para convertir de este lado de la línea en un sujeto de conocimiento, y del otro lado en un objeto de conocimiento”, privilegiando al trabajo individual sobre el colectivo, a la escrita sobre la oralidad, y a uso de lenguas hegemónicas sobre lenguas indígenas. En este contexto, la presente investigación pretende describir y analizar los avances normativos por una política de Educación Superior para grupos étnicos en Colombia, centrando nuestra atención en los procesos que han llevado adelante organizaciones sociales indígenas particularmente en la región del Cauca, como es el caso del CRIC y su proyecto UAIIN, enmarcado en su PEBI. 1.1 Justificativa La educación para grupos étnicos, de acuerdo con Castillo y Rojas (2005), surge a mediados de los años ochenta, como resultado de las luchas políticas de la década del setenta, donde la educación es un tema que remarca una especial importancia para las comunidades y grupos indígenas, ya que les permite retomar sus raíces, ser protagonistas de su propiaenseñanza y buscar, a través de sus costumbres y tradiciones, construir un marco educativo diferenciado y propio. Donde el surgimiento de universidades interculturales viene a generar una ruptura de gran trascendencia para el momento contemporáneo, en cuanto “al reconocimiento de las diversas epistemologías y diversas formas de producir conocimiento, propias de las culturas indígenas ancestrales” (MEDINA, 2013, p. 66), tema que se encuentra incorporado a la reivindicación de las múltiples minorías culturales junto a las dificultades que traza su reivindicación, en distintos espacios del mundo académico y cultural; sustentado sobre el orden epistemológico que constituye una racionalidad diferente a la hegemónica del mundo occidental. Es decir, la reivindicación de las variadas formas de producción de conocimientos y “saberes” existentes, propios de los pueblos excluidos -indígenas, afro, gitanos, entre otros-, 18 que propician y materializan otros estilos o modos de vida, formas de organización socioeconómica y maneras de relación con la naturaleza, el medio ambiente y el cosmos. Lo cual, se refleja en los procesos de construcción y desarrollo de instituciones interculturales colocan en dialogo y participación a diferentes actores sociales cuyas practicas responden a visiones del mundo diversas entre sí. Por eso se trata de instituciones cuya creación y desarrollo se ha dado en el marco de las tensiones propias de tener que responder simultáneamente a exigencias propias de visiones del mundo, valores y normatividades, entre las cuales se registran diferencias significativas que incluso son motivo no sólo de tensiones, sino también de conflicto y disputas (MATO, 2009, pp. 30-34). Como lo es el proyecto de educación particularmente llevado por organizaciones sociales como el CRIC y su PEBI, con el apoyo de las Autoridades Indígenas del Sur Occidente Colombiano (AISO) y la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC) (CASTILLO; ROJAS, 2005). Construyendo formas y estructuras de pensamiento muy diversas, aspectos que generan otros modos de actuación, individual y colectiva, opuestos a los marcados por la cultura occidental y, por su puesto, con otros sistemas de valores éticos, cognitivos, estéticos y también diversos. Por otro lado, en términos de producción científica, existen pocos trabajos académicos a nivel de tesis que analicen la educación superior intercultural en Colombia, por lo cual, considero que realizar esta investigación desde un enfoque de la política pública, contribuye bastante para ampliar y diversificar el corpus teórico sobre esta temática, aún mas, al ser la UAIIN, la primera universidad indígena e intercultural en el territorio colombiano. 1.2 Antecedentes bibliográficos Ahora, teniendo en cuenta lo anterior, resulta apropiado realizar un breve recorrido bibliográfico, en donde es posible evidenciar una cantidad limitada de autores que acompañan la discusión en torno a la interculturalidad en al ámbito educativo, por un lado, de forma teórica “interculturalidad deseada”, y por otro como un instrumento en las reivindicaciones políticas, sociales, culturales y educacionales de las poblaciones históricamente ignoradas “interculturalidad de hecho”. Uno de los primeros documentos encontrados fue Diagnóstico sobre la Educación 19 Superior Indígena en Colombia, llevado por el IESALC-UNESCO con el apoyo de la ONIC, CRIC, el cual permite establecer algunas condiciones con relación a la visión de la educación superior indígena en Colombia, con elementos esenciales como son la disposición que deben tener las instituciones educativas para adelantar procesos de inclusión de población indígena, llevando a cabo programas de enseñanzas pertinente, disposición de una adecuada infraestructura y de materiales de estudio, así como el acceso sin discriminación en condiciones de igualdad. El documento hace un llamado de atención a las instituciones de educación superior, las cuales no han estructurado currículos académicos que atiendan las necesidades de los estudiantes pertinentes a las comunidades indígenas. Lo cual permite inferir que, a pesar que se han realizado algunos avances, la implementación de políticas educativas para grupos étnicos, aún queda mucho camino por recorrer en cuanto a la coherencia entre las políticas estatales y el discurso implementados en las instituciones educativas (UNESCO, 2004). Un documento elaborado por el Ministerio de Educación Nacional (Dirección de Poblaciones y Proyectos Intersectoriales, Subdirección de Poblaciones), titulado Estado del Arte de la Etnoeducación en Colombia con Énfasis en Política Pública, elaborado por Patricia Enciso Patiño (2004), hace un recorrido respecto a las políticas públicas educativas para grupos indígenas, afrocolombianos, raizales y rom, que desde su reconocimiento en la Constitución Política de 1991 reconoce la diversidad étnica y cultural del país y garantiza su protección (Art. 7); traduciendo este reconocimiento en un conjunto de derechos específicos que favorecen a las comunidades indígenas, entre ellos el derecho a la autodeterminación de los pueblos, el derecho a la protección de las culturas, al uso y oficialidad de las lenguas, a la enseñanza bilingüe, a una educación con respeto de la identidad. De este modo, marca una diferencia en la lectura de los derechos de los pueblos indígenas reconociendo a los grupos étnicos de los derechos de los pueblos indígenas reconociendo a los grupos étnicos como sujetos de derecho colectivo y no como personas individuales (ENCISO, 2004). El documento finaliza haciendo un balance de la promulgación de la Constitución del 91, la cual se refleja en una amplia difusión de los derechos de pueblos indígenas, afrodescendientes y gitanos, en donde se llevaron a cabo ajustes en las políticas públicas que ahora incluyen los grupos étnicos, así como también la aparición de nuevos pueblos indígenas y su legalización, la participación de representantes de los grupos étnicos en las instancias 20 estatales, conformación de redes nacionales e internacionales interétnicas, al tiempo que llama la atención a que los lineamientos no siempre son congruente con los grupos étnicos, pues estas políticas educacionales se encuentran incluidas dentro del contexto de la globalización y la competitividad de mercados amplios, los cuales contienen a las comunidades con una menor representación y se acoge a las directrices internacionales, dejando de lado las necesidades particulares de los grupos minoritarios. Continuando, el siguiente documento es el libro “Educación Superior Indígena en Colombia. Una apuesta de futuro y esperanza” llevado acabo por un equipo de investigadores encabezado por Avelina Panchón Aquite, realizado en el 2005 (PANCHON et al., 2005), el cual es el primer estudio de educación superior indígena en Colombia que destaca la necesidad y la viabilidad de un proceso de desarrollo y transformación de la universidad a partir de un dialogo pluriétnico y multicultural. A lo largo del documento se puede apreciar un constante proceso de exclusión, marginación y ausencia de políticas de educación superior indígena por parte del Estado, pese que la Constitución de 1991 consagró, dentro de sus principios fundamentales el reconocimiento de la diversidad étnica y cultural. Sin embargo, ni el MEN, ni las instituciones de educación superior se han interesado en hacer realidad estos principios. Esto generó que las mismas comunidades indígenas tomaran la voluntad y la iniciativa de orientar e implementar procesos educativos propios. En este sentido, y en el marco de la etnoeducación, se han buscado la concertacióncon el Estado para la construcción de políticas educativas que contemplen su particular cosmogonía. Lo anterior, teniendo en cuenta que al Estado le corresponde trazar e implementar políticas educativas coherentes con el tratamiento de esta problemática. Colocando en la mesa de discusión una de las inconsistencias más reconocidas en el sistema educativo colombiano, la cual es la separación radical entre los niveles de básica y media y el nivel superior. En donde persiste una visión parcializada y desintegradora de la realidad que se refleja en el divorcio entre la educación media y la universitaria. Por último, el documento hace énfasis que las actuales estructuras organizativas y administrativas de las instituciones de educación superior, el enfoque de los programas académicos, etc., no son adecuados para atender a las poblaciones rurales e indígenas con particularidades sociales y culturales diferenciadas. 21 Teniendo en cuenta lo anterior, el resultado de esta experiencia muestra que, probablemente se han hecho grandes intentos por implementar de forma concreta dinámicas educativas que conlleven al Estado a implementar unos de los derechos institucionales, como es la diversidad cultural, no obstante, en algunos casos, estos incentivos se han visto truncados a partir de perspectivas estáticas y homogeneizantes en educación (PANCHON et al., 2005, pp. 145-149). Por otro lado, si bien esta investigación se propone abordar específicamente la temática de la educación superior intercultural en Colombia, adentrándose en un contexto de América Latina y el Caribe, retomamos el mapeo de experiencias e iniciativas de educación realizado por el Proyecto Diversidad Cultural e Intercultural en Educación Superior en América Latina, creado en julio de 2007 por el Instituto Internacional de la UNESCO para la Educación Superior en América Latina y el Caribe (IESALC-UNESCO), coordinado por Daniel Mato. El proyecto tiene como objetivo profundizar en los avances hacia la diversidad cultural, el reconocimiento del carácter pluricultural de las sociedades y la relevancia histórica de los pueblos indígenas y afrodescendientes en la región, así como la intención de producir informaciones y análisis sobre experiencias de educación superior para atender la demanda de los pueblos indígenas y afrodescendientes; formular recomendaciones políticas sobre la materia; así como promover una base de datos y una red de colaboración que permita profundizar sobre la discusión del tema (MATO, 2008, p. 15). Teniendo en cuenta que la diversidad cultural propia de América Latina y el Caribe exige que el sistema educativo en general se comprometa con la construcción de una interculturalidad con equidad para todos, orientada a generar y consolidar relaciones de colaboración intercultural basadas en la valoración de las lenguas, saberes, modos de producción de conocimiento y de aprendizaje propio de comunidades indígenas, afrodescendientes, campesinas y demás culturas diferenciadas. Lo cual se refleja en los avances significativos en varios asuntos como la educación, sin embargo, estos avances son insuficientes para la situación actual, los cuales se registran especialmente para la educación básica, media y secundaria. En el caso de la educación superior, si bien ha habido avances, continúan siendo menores en comparación a los otros niveles de formación, en un panorama de la región encontramos que en la mayor parte de los 22 países de la región se han logrado avances dentro del proceso de inclusión y el reconocimiento de la diversidad en cuanto a la existencia de comunidades y grupos étnicos, sin embargo, a nivel general se encuentran obstáculos como es la fuerte resistencia racista institucional, las limitaciones de la planta física y de presupuesto, así como una gran dificultad para contratar docentes con una formación en el área de interculturalidad. En otras palabras, ha habido numerosos avances a nivel constitucional, legislativo y normativo en relación con los derechos educativos de los pueblos indígenas, estos no han logrado verse ejecutados en la practica. Lo cual puede percibir en las intenciones en cuanto a la implementación de la política pública para grupos étnicos en educación superior a nivel latinoamericano se han visto obstaculizada por diferente elementos y situaciones que han dejado de lado el verdadero sentido en cuanto al reconocimiento de la diversidad y la inclusión de estos grupos. 1.3 Elementos conceptuales Ahora, teniendo en cuenta lo anterior, es en este contexto que surge el tema de nuestra investigación, la cual se pretende indagar las siguientes preguntas: ¿Es viable una política/ley de educación superior intercultural en Colombia, teniendo presente las experiencias que llevan algunas organizaciones indígenas como es el ejemplo del CRIC y su proyecto de UAIIN?; ¿Cuáles han sido las políticas/directrices, lineamientos de educación superior para grupos étnicos en Colombia?; ¿Cuáles han sido lo resultados referentes a los procesos de concertación entre el Estado, representado por el MEN desde la experiencia de una organización indígena y sus proyectos por una educación propia?. De este modo, con el fin de abordar dichas cuestiones, recurro a dos distinciones conceptuales, la primera la interculturalidad, y la segunda interculturalización de la educación, propuestos tanto por el movimiento social indígena CRIC y el Estado colombiano, como por autores como Gunther Dietz, Daniel Mato y Catherine Walsh. Por lo tanto, de acuerdo con las líneas de pensamiento de los autores citados, la interculturalidad como proyecto político, se refleja en la reivindicación de derechos por parte de las poblaciones históricamente excluidas, siendo fundamental comprender las diferencias existentes entre los casos estadounidense, canadiense y europeo de un lado, y el 23 latinoamericano del otro. De acuerdo con Dietz y Mateos (2009, p. 48), actualmente, el debate sobre todo el anglosajón se plantea la necesidad de “multiculturalizar” los sistemas educativos mediante mecanismo de “acción afirmativa” y “discriminación positiva” que permiten “empoderar” (empower) a determinadas minorías étnicas, autóctonas tanto como alóctonas, en sus procesos de identificación, etnogénesis y “emancipación”. En el espacio continental europeo, por el contrario, se percibe la urgencia de desarrollar una educación intercultural no a partir de las necesidades identitarias de las minorías, sino a partir de la incapacidad manifiesta de las sociedades mayoritarias de hacer frente a los nuevos desafíos de la heterogeneidad de los educandos, de la creciente complejidad sociocultural y, en resumidas cuentas, de la diversidad como característica de las futuras sociedades europeas. En el caso de América Latina, la interculturalidad está asociada en gran parte al campo de la Educación Intercultural Bilingüe (EIB)3, a las problemáticas y luchas de los pueblos indígenas y afrodescendientes (WASLH, 2009, pp. 30-31), y dentro de las políticas sociales surge de la llegada de estudiantes indígenas a las escuelas públicas que promulgaban una educación nacionalista y homogénea. Hasta principios de los 80, la educación bilingüe tenía como objetivo llevar al alumno hacia la castellanización más efectiva, utilizando para tan fin la lengua indígena en los primeros años de escolarización. La transición de la lengua indígena al castellano buscaba desplazar la lengua propia por la lengua hegemónica y oficial. Si bien, el peso de la acción educativa se concentraba en la lengua, el trasfondo fue la asimilación de los derechos políticos, culturales y sociales de los pueblosindígenas y, respondiendo a la demanda del reconocimiento colectivo en la educación, se desarrolla la educación bilingüe intercultural (o educación intercultural bilingüe). El objetivo es enriquecer al alumno con el desarrollo de su lengua y el aprendizaje del castellano como vehículo de comunicación con la sociedad hegemónica (HERNAIZ, 2004, pp.134-135). De acuerdo con Walsh (2009), existen tres perspectivas para referirse a la 3 Desde esta perspectiva, la educación intercultural bilingüe no puede entenderse como un modelo rígido que se tiene que aplica de forma estándar en toda Latinoamérica, sino como una estrategia educativa que debe ser adecuada y diferenciada, en su ejecución, a las características sociolingüísticas y socioculturales de los educandos y sus comunidades, en donde rescatamos la interculturalidad como opción política educativa es la que transforma las relaciones entre sociedades, culturas y lenguas desde una perspectiva de equidad, de pertinencia y lenguas desde una perspectiva de equidad, de pertinencia y de relevancia curricular. 24 interculturalidad. La primera, relacional, hace referencia a la forma mas básica y general del contacto e intercambio entre cultural, es decir, entre personas, practicas, saberes, valores y tradiciones culturales distintas, los que podrían darse en condiciones de igualdad o desigualdad, sin embargo, el problema con esta perspectiva es que, típicamente, oculta o minimiza la conflictividad y los contextos de poder, dominación y colonialidad continua en que se lleva acabo la relación. La segunda, funcional, siguen los planteamientos del filosofo peruano Fidel Tubino, para el cual la interculturalidad se enraíza en el reconocimiento de la diversidad y diferencia culturales, con metas a la inclusión de la misma al interior de la estructura social establecida. Desde esta perspectiva –busca promover el dialogo, la convivencia y la tolerancia–, la interculturalidad es “funcional” al sistema existente, ya que no tocas las causas de la asimetría y desigualdades sociales y culturales, así como tampoco “cuestiona las reglas de juego”, por eso “es perfectamente compatible con la lógica del modelo neo-liberal existente”. La tercera y ultima, critica, es la perspectiva desde la estructura colonialidad-racial. Es decir, un reconocimiento de que la diferencia se construye dentro de una estructura y matriz colonial de poder racializado y jerarquizado, con los blancos “blanqueados” en la cima y los pueblos indígenas y afrodescendientes en los peldaños inferiores. Desde esta posición se entiende la interculturalidad como una herramienta, como un proceso y proyecto que se construye desde la gente, en contraste a la funcional, que se ejerce desde arriba. De esta forma, sería cuestionada la formación de los estados-nacionales que ocultaron la presencia de las culturas e identidades en el territorio latinoamericano (LOPEZ, 2004 apund ARCE, 2009, p. 28), así como también un discurso propio en una fase posindigenista de la redefinición de relaciones entre el Estado y los pueblos indígenas, como en el caso del CRIC, la interculturalidad es entendida como “posibilidad entre las culturas, es un proyecto político que trasciende lo educativo para pensar en la construcción de sociedades diferentes” (PEBI, 2004, p. 111). En donde lo intercultural está centrada en la noción de lo propio, del conocimiento indígena y su lugar en las relaciones con los otros distintos: “Hoy en día entendemos el concepto de la interculturalidad como el partir desde el conocimiento de lo propio para ir integrando otros conocimientos de afuera. El ejercicio de la interculturalidad es netamente político, puesto que busca llegar a la creación de condiciones para el establecimiento de relaciones horizontales de dialogo entre diferentes. Es decir, la interculturalidad comprende las relaciones generadas y vivencias desde la valoración y respeto por el otro, en la búsqueda de 25 condiciones de igualdad desde las diferencias” (Ibídem, p. 115). Desde sus comienzos, la interculturalidad ha significado una lucha en la que han estado en permanente disputa asuntos como identificación cultural, derecho y diferencia, autonomía y nación. No es extraño que uno de los espacios centrales de esta lucha sea la educación, como institución política, social y cultural: espacio de construcción y reproducción de valores, actitudes e identidades y del poder contra-hegemónico del Estado, donde: “[…] la interculturalidad construye un imaginario-otro de sociedad, permitiendo pensar y crear un poder social distinto, como también una condición social distinta tanto conocimiento como de la existencia” (WALSH, 2004, p. 9). Por otro lado, el concepto de interculturalizar la educación, recurrimos a Dietz (2017), quien hace dos importantes preguntas, ¿Cómo se interculturaliza la educación superior?, y ¿Se debe Interculturalizar desde arriba o desde abajo?, para la primera pregunta se debe tener en cuenta que la educación superior se puede Interculturalizar de varias maneras; ya la segunda se debe tener en cuenta las diferentes visiones que cada actor y cada proyecto tenga de la interculturalidad. En un primer momento, un proyecto liderado por el movimiento social, el cual se convierte en una recuperación y reivindicación. Dentro de aquí encontramos proyectos de educación propia y autonomía, sin embargo, a estos proyectos son más intraculturales y no interculturales. Por otro lado, proyectos que pretenden desarrollar una “educación intercultural para todos”, definen la intercultural transversalmente, esto con el objetivo de ampliar los referentes para posibilitar un dialogo intercultural, entre dos o mas actores. La critica es esta noción proviene mas del debate occidental europeo y no de la tradición de educación propia del indígena. Es decir, cuando hablamos “desde abajo”, nos referimos al empoderamiento étnico y resistencia cultural, y “desde arriba” es a una interculturalidad transversal, promoviendo un acceso al sistema ya existente. Lo anterior se refleja en el surgimiento de dos grandes campos de acción de la educación superior intercultural. El primero, universidades propias por parte de grupos étnicos, bajo la noción de educación propia4, y el segundo, espacios creados por 4 En este sentido, interculturalizar “desde abajo”, dando espacio para la participación y la voz de los actores principalmente involucrados en estos programas: los indígenas. 26 universidades convencionales, mediante alianzas con los movimientos sociales. Por que interculturalizar la educación superior y las universidades es incluir con equidad sin subalternizar otras voces, otra historia, otras verdades desde la validez de otros conocimientos provenientes de las sabidurías milenarias, otras espiritualidades y formas de relación con la naturaleza, desde la perspectiva de quienes han permanecido excluidos o etiquetados con la “otredad”. En donde la noción de interculturalidad fomenta el cuestionamiento del proyecto moderno, capitalista, de mercado y occidental frente a otras opciones políticas como la del Buen Vivir/Vivir Bien y otras versiones de Estado, gobierno y de democracia. Por último, consideramos esencial reflexionar a partir de lo planteado por Mato (2010): “Interculturalizar toda la Educación Superior” es un asunto que debería interesar no solo a los pueblos étnicos, sino a todos los sectores de las respectivas sociedades nacionales. Porque es condición necesaria para mejorar la calidad de la Educación Superior de los diferentes países, y sus posibilidades de aprovechar mejor laspotencialidades de la diversidad de sus poblaciones nacionales y de construir sociedades más equitativas, que sean social y ambientalmente sostenible (p. 19). 1.4 Metodología Ahora bien, con relación a la metodología adoptada para esta investigación, es predominantemente cualitativa, de carácter descriptivo, la cual permite el desarrollo de un proceso de reflexión, y análisis del fenómeno social en su contexto (OLIVEIRA, 2013, p. 28). Por otro lado, desde el punto de vista de los objetivos perseguidos, esta es una investigación descriptiva, la cual tiene como objetivo descubrir, analizar, y observar fenómenos y hechos, buscando describirlos, clasificarlos e interpretarlos. Busca descubrir la frecuencia con que un hecho ocurre, su naturaleza, sus características, causas y relaciones con otros hechos. Aún, este tipo de pesquisa busca el establecimiento de relaciones entre las variables (GIL, 2010; PRODANOV; FREITAS, 2013). Así mismo, Oliveira (2013) destaca que la realización de una pesquisa comprende, entre otros, la utilización de métodos, el cual es definido por la autora como el camino escogido para alcanzar los objetivos previamente establecidos durante la elaboración de pesquisa. Aún, afirma que éste presupone un planteamiento con la utilización de instrumentos 27 (técnicas de pesquisa) adecuados para la consecución de tales objetivos, por lo cual, para la obtención de datos, se hizo uso de las siguientes técnicas metodológicas como: pesquisa de campo, así como la descripción, recopilación, clasificación y análisis en fuentes escritas primarias y secundarias. Ahora, con relación a la pesquisa de campo, retomé algunos elementos metodológicos de Guber (2004) sobre la etnografía, a partir de la observación planteada desde la participante. La cual, permite al investigador buscar la información directamente en el espacio geográfico en el cual el fenómeno que se está estudiando se manifiesta, exigiendo del investigador una aproximación más directa para llevar a cabo la recolección de la información que contribuirá con la consecución de los objetivos de pesquisa (Ibídem). En el caso especifico se realizo la pesquisa de campo en Colombia con el objetivo de recolectar información sobre el proceso de elaboración e implementación de políticas de educación superior para grupos étnicos. Esta actividad fue realizada durante el primer semestre del 2018, la cual, básicamente consistió en realizar acercamiento y contacto con los directivos de la UAIIN para poder realizar una estancia investigativa dentro de la institución, donde se realizo todo el conducto regular referente a esta solicitud, enviándose una carta de solicitud dirigido al Consejero Mayor de CRIC, así como a la dirección de la UAIIN, sin embargo, a pesar de cumplir con lo exigido, no se obtuvo resultado alguno. Sin embargo, se consiguieron realizar visitas periódicas a la universidad, donde se pudo tener conversaciones personales con algunos docentes, estudiantes y colaboradores del movimiento, lo cual fue crucial para el desarrollo de la investigación. Igualmente, se logro consultar y acceder a algunos documentos en el Centro de Documentación Indígena “José María Ulcué”, referentes al movimiento social indígena caucano. Sin embargo, al no tenerse permiso por parte de los representantes del CRIC, estás no serán utilizadas en el texto. Así mismo, paralelamente al trabajo de campo se realizo también una estancia de investigación e intercambio entre universidades, la cual se llevo a cabo en la Universidad del Cauca, bajo la orientación de la profesora Elizabeth Castillo, en la materia Seminario de Investigación, dentro del programa de la Maestría de Estudios Interculturales, del Departamento de Estudios Interculturales, lo cual permitió profundizar la propuesta de interculturalidad (interculturalización) en la educación superior, la cual es una temática reciente, ya que hace menos de dos décadas que se dio inicio. 28 Durante este periodo, se tuvo la oportunidad de participar del Primer Encuentro de Programas Universitarios de Formación en Procesos Interculturales (22-24 de febrero del 2018), el cual tuvo como objetivo dialogar la perspectiva intercultural presente en los programas de pregrado y posgrado que se desarrollan en diferentes universidades convencionales y no convencionales de Colombia para comprender el sentido y significado de lo intercultural en procesos de educación superior específicos. En este evento, se contó con la participación del Grupo Diverser de la Licenciatura Pedagogía de la Madre Tierra y Maestría en Educación de la Universidad de Antioquia; el Doctorado Educación de la Universidad San Buenaventura de Cali; Universidad Autónoma Intercultural Indígena UAIIN – CRIC; Resguardo de Guambia y la Maestría en Educación Popular de la Universidad del Cauca. De igual manera, se realizo una pesquisa bibliográfica, la cual, para Marconi y Lakatos (1992, p. 43), “se trata de levantar toda la bibliografía ya publicada, en forma de libros, revistas, publicaciones y etc., esto, con la finalidad de colocar al investigador en contacto directo con todo aquello que fue escrito sobre determinado asunto (…)”. El análisis documental consiste en identificar, verificar y apreciar los documentos con una finalidad específica y, en ese caso, se preconiza la utilización de una fuente paralela y simultánea de información para complementar los datos y permitir la contextualización de la información contenida en los documentos (MOREIRA, 2005), así, el uso de fuentes primarias y secundarias, se llevo a cabo mediante un levantamiento relacionado a la legislación y normatividad existente sobre las políticas de educación para grupos étnicos, enfocándose en lo referente a la educación superior. Dentro de las fuentes primarias se acudió a la Constitución Política de Colombia de 1991, la Ley 30 de 1992, La Ley 21de 1991, Ley de Educación General de 1994, así como los decretos que se emitieron durante las ultimas dos décadas como el Decretos 804 (1994), 982 (1999), 2500 (2010), 1953 (2013), 1811 (2017). Ya dentro de las fuentes secundarias se recurrió a textos teóricos sobre la interculturalidad y la interculturalización de la educación superior, así como textos generales sobre la educación indígena en Colombia y América Latina, enfocándose en las propuestas educacionales llevadas por los mismos movimientos sociales indígenas. Por último, la contemporaneidad de nuestro objeto de investigación nos permitió triangular la información, para reunir datos desde distintas perspectivas y ángulos con el 29 objetivo de verificar y colocar en dialogo los hallazgos (BARRAGAN, 2001), esto con el fin de realizar un cruzamiento de datos más profundo del objeto y objetivo de estudio. Respecto a la estructura del trabajo, esta investigación ha sido organizada en cinco secciones. En el primer punto hacemos una introducción al tema de investigación, así como la justificativa, los antecedentes bibliográficos y el marco metodológico. En un segundo punto, se hace referencia al contexto que antecede el tema de investigación. En un primer momento se hace una contextualización al desarrollo histórico de la educación indígena en Colombia, para en un segundo momento adentrarse en el marco normativo de la educación superior, especialmente haciendo hincapié desde la política etnoeducativa a la actual propuesta por el movimiento indígena colombiano denominada Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP). En el tercer punto, nos adentramos al movimiento indígena del departamento del Cauca, haciendo una descripción del Consejo Regional Indígenadel Cauca y sus programas político, económico y socio-cultural, y su proyecto de Universidad Autónoma Intercultural Indígena. El cuarto punto, se presenta una descripción y análisis de los avances normativos que se han presentado en el último periodo, sobre todo lo acordado entre el Consejo Regional Indígena del Cauca y el Ministerio de Educación Nacional, en la viabilidad de una educación superior intercultural en el país. Finalmente, en el punto cinco, cerramos con unas consideraciones finales. 30 2. UNA APROXIMACIÓN HISTORICO-NORMATIVA A LA EDUCACIÓN INDÍGENA EN COLOMBIA 2.1 Los inicios de la educación indígena en Colombia De acuerdo con Galeano (2015) y Molina-Betancur (2012), las políticas de educación indígena en Colombia se enmarcan en dos grandes momentos importantes, en el que cada uno presenta su concepción de educación indígena atendiendo un contexto histórico e ideológico. El primero y el más prolongado, va desde la construcción del Estado-nación en 1810 hasta 1978, donde el Estado concebía una educación homogénea para toda la población colombiana con el propósito de construir una nación desde una prospectiva culturalmente uniforme y la existencia de poblaciones indígenas –como parte constitutiva de la diversidad cultural de la nación– era sencillamente ignorado. Durante este periodo, la educación para las comunidades indígenas estuvo a cargo de la iglesia católica mediante el Concordato de 1886, enmarcado en una política para conducir y transformas a las "tribus salvajes" a la vida "civilizada". Es decir que los territorios habitados por pueblos indígenas fueron considerados Territorios de Misiones. Posteriormente, a partir de los años setenta inicia otro periodo para la educación indígena, con el Decreto Ley 088 de 1976; a partir de las demandas de los grupos étnicos (especialmente indígenas), el MEN define la etnoeducación5 como política. La promulgación del Decreto Ley 088 de 1976 permitió al MEN organizar una unidad para la atención especial de los grupos étnicos (MUÑOZ, 2015, p. 102). El desarrollo legal de la ley se lleva acabo mediante el decreto 1142 de 1978, el cual, define que la educación debe ser acorde a las necesidades y características culturales de los pueblos, permitiendo a dichos pueblos la participación en el diseño de sus programas educativos, alfabetizar en su lengua materna, desarrollar horarios y calendarios especiales y establecer criterios de selección y formación de maestros indígenas (TATTAY, 2011, p. 25). Un segundo momento, se extiende desde 1978 hasta la actualidad, donde se atiende a 5 El origen de esta perspectiva resulta de la apropiación y desplazamiento en el terreno educativo del concepto de “etnodesarrollo” planteado por Bonfil Batalla a comienzos de los años ochenta. Desde esta perspectiva, se le atribuye centralidad al concepto de autonomía, entendida como la capacidad de decisión que tienen los grupos étnicos sobre sus recursos económicos. 31 un nuevo contexto social y político, en donde la concepción de educación incluye las especificidades culturales de los pueblos indígenas (GALEANO, 2015, pp. 9-21; MOLINA- BETANCUR, 2012, pp. 275-283). Lo anterior, teniendo en cuenta que el proceso educativo en Colombia ha estado dirigido y orientado por políticas de estado tendiente a favorecer la sociedad mayoritariamente homogénea y unitaria, donde todos hablen el castellano, y practiquen una sola religión, anulando y deslegitimando los conocimientos y valores de los pueblos indígenas (GAVIRIA, 2001, p. 34; RODRÍGUEZ, 2011, pp. 25-28). Ahora, de acuerdo con Castillo y Rojas (2005), existen también dos grandes momentos importantes para el entendimiento de las políticas de educación indígena en Colombia. El primero con el Concordato de 1887 (Iglesia-docente), en donde la escolarización y evangelización van de la mano y se lleva a cabo por la vía de misiones religiosas en los territorios de pueblos indígenas y de poblaciones afro-descendientes; y un segundo momento con la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) de 1991 (Etnoeducación), en donde se hace un reconocimiento de los derechos a los grupos étnicos a educarse de acuerdo con sus proyectos de vida y sus identidades culturales (CASTILLO; ROJAS, 2005, pp. 60-70). Es decir, en Colombia las políticas públicas de educación indígena tienen como base un proceso de lucha por otros tipos de educación (BOLAÑOS, 2007, p. 54), entendidas estas como un conjunto de demandas políticas y de autonomía, que desde inicios del siglo XX hasta el día de hoy vienen planteando al Estado colombiano los movimientos indígenas y sus organizaciones (CASTILLA; CAICEDO, 2008, p. 15), lo cual se reflejo en la participación de la creación de la actual constitución, convirtiendo a los pueblos indígenas en un referente importante de la colombianidad (BOLAÑOS; TATTAY, 2012, pp. 46-47), pasando a ocupar un lugar importante en la construcción de nación multiétnica e intercultural y constituye un paradigma de autonomía, organización y logros en su lucha por derechos específicos (ARBELÁEZ; VÉLEZ, 2008, pp. 6-11; GALEANO, 2015, pp. 29-30). En donde los alcances no han ido de mano con la implementación operativa por parte del Estado colombiano y aún mas para la educación superior. 32 2.2 La educación superior indígena en Colombia Ahora, con relación a la historia de la educación superior en Colombia, de acuerdo con Pancho (et al., 2005), está se divide en tres periodos fundamentales, cada uno de los cuales con su propia concepción de educación indígena atendiendo al contexto histórico e ideológico. El primer periodo, la Colonia, se caracterizó por una iglesia dispersa en distintas órdenes religiosas y por los expedicionarios, que se adentran en los territorios colombianos, estableciendo ordenamientos sociales, diferentes a los existentes. En este contexto la idea y la estructura de la universidad española – universidad monástica, fundada en lo moral y lo espiritual – es impuesta en el territorio por algunas de las ordenes religiosas que buscaban formar a sus miembros. Para el caso de los indígenas, la Colonia es una época de persecución, juzgamiento y muerte (PANCHO, et al., 2005, p. 53). El segundo periodo, el republicano, se caracteriza por el naciente Estado, el cual concebía una educación homogénea para toda la población colombiana con el propósito de construir una nación desde una prospectiva culturalmente uniforme, donde la existencia de poblaciones indígenas como parte constitutiva de la diversidad cultural de la nación era sencillamente ignorado (GALEANO, 2015, pp. 9-21). Durante este periodo, se lleva acabo una lucha entre las ideologías laica y religiosa, liberal y conservadora, las cuales marcaron el camino de la universidad colombiana en los siguientes años. Por ejemplo en 1824 el gobierno en el poder reemplaza la vieja universidad española latinista y teológica por la entonces moderna universidad liberal y racionalista de Inglaterra/Francia, y en 1842 viene la reforma conservadora a la universidad que se fundamenta dando tres ideas esenciales: 1) Sujetar a los alumnos a una severa disciplina en costumbres, moralidad estudio y grados académicos; 2) Introducir el elemento religioso en la dirección de la política educativa; y 3) Introducir elementos conservadores como el derecho romano y proscribir materias consideradas peligrosas como la ciencia de la legislación constitucional y la táctica de las asambleas” (PANCHO et al., 2005, p. 56). Finalmente, la constitución de 1886 y el Concordato de 18876 le imprimenel carácter 6 En 1974, mediante la Ley 74, se reforma el Concordato de 1887 y se da un paso trascendental en la emancipación de la Iglesia de la educación indígena, suprimiendo por “completo” el monopolio sobre el aprendizaje (Molina-Bentancour, 2012, p. 281), sin embargo, el Estado no contaba con los medios necesarios 33 católico a la educación, durante este periodo hasta mediados del siglo XX, en donde la educación para las comunidades indígenas estuvo a cargo de la iglesia católica mediante, enmarcado en una política para conducir y transformar a las "tribus salvajes" a la vida "civilizada". Bajo esta perspectiva, la educación avanzó en la construcción de la Nación al brindar los elementos necesarios para el desarrollo del modelo económico, en el uso y conocimiento de la lengua nacional y la consolidación de la concepción de la propiedad privada para la utilización y el acceso a los bienes, y el establecimiento del matrimonio monogámico como práctica, ejes fundamentales del sistema capitalista y de la sociedad moderna (Rodríguez, 2011, p. 30). En palabras de Vasco (2002, p. 161), la cristianización y castellanización, fueron la herramienta clave en todo este proceso y uno de los mecanismos para formar a los indígenas en la cultura occidental, o como lo pretendió la Constitución de 1887, integrarlos a la civilización. Como último periodo, el contemporáneo, se va a caracterizar por el surgimiento de universidades publicas en algunas ciudades capitales (Medellín, Universidad de Antioquia; Cali, Universidad del Valle; y Bucaramanga, Universidad Industrial de Santander, entre otras). En un periodo más reciente, los grupos indígenas – y afrodescendientes – irrumpen en el escenario de la educación superior demandando con fuerza y novedad cambios en la educación superior. Demandas que hacen parte de los procesos de resistencia política y cultural, que en la década de los noventa logran posicionar y revalorizar a los grupos étnicos como actores de su propio desarrollo. 2.3 Marco Normativo de la Educación Superior Indígena en Colombia: De la Constitución de 1991 al Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) En 1991, se promulga en Colombia una nueva Constitución Política, la cual se caracteriza por ser más democrática, participativa y pluralista (artículo 1º), que reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación (artículo 7º). Lo cual se traduce en el para hacerse cargo de la formación de estos pueblos, por lo que continúo con una educación por contrato, ya que la Iglesia contaba con más de 1300 escuelas aptas para la enseñanza. Esta reforma es fundamental, sobre todo para los nacientes grupos étnicos y sus movimientos sociales, en donde la educación inicia a tomar fuerza entre sus mayores prioridades. 34 reconocimiento de unos derechos específicos que favorecen a las comunidades étnicas, entre ellos el derecho a la autodeterminación de los pueblos, el derecho a la protección de las culturas, al uso oficialidad de las lenguas, a la enseñanza bilingüe y una educación con respecto a la identidad (ENCISO, 2004). Es decir, el Estado garantiza que los integrantes de los grupos étnicos tengan el derecho a una formación de respeto y desarrolle su identidad, en donde se reconoce y se entiende (ANGARITA-OSSA; CAMPO-ÁNGEL, 2015, p. 177), al sujeto indígena como actor colectivo y no individual. Esto, a razón de la construcción histórica, social y cultural de los pueblos, también denominado movimiento social, el cual se constituye como una experiencia alternativa en un orden social definido históricamente, por condiciones de exclusión y subordinación, que en este caso especifico retoman sus demandas educativas que son de larga data y con un amplio marco normativo nacional e internacional. En Colombia puede decirse que los proyectos educativos promovidos por las poblaciones indígenas y afrodescendientes llevaron a un cambio significativo en el paradigma educativo oficial, cuestionando las lógicas hegemónicas y construyen formas alternativas de participación en la sociedad nacional, donde la movilización de las organizaciones sociales jugó un papel importante en la institucionalización de la etnoeducación como política estatal (ROJAS; CASTILLO, 2005, p. 86; TATTAY, 2011, p. 41). Actualmente, las constituciones de la mayoría de los países latinoamericanos reconocen a los pueblos indígenas derechos de idioma, identidad y otros de carácter cultural. Hasta el presente este reconocimiento está consagrado en las constituciones de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Guyana, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela. A esto, se agrega que prácticamente todos los países de la región están en vigencia, leyes específicas de protección de los derechos de estos pueblos, algunas de las cuales se expresan en normativas específicas para el ámbito educativo. Sin embargo, en la mayoría de los casos, estas normativas aún tienen escasos efectos prácticos (MATO, 2011, p. 67). En Colombia, la Constitución de 1991 desarrolla un cumulo de derechos sociales, económicos, políticos y culturales a la protección y pervivencia de los grupos étnicos. Así, en el campo de la educación se establece: 35 El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación (artículo 7). El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe (artículo 10). Los integrantes de los grupos étnicos tendrán derecho a una formación que respete y desarrolle su identidad cultural (artículo 68). El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación (artículo 70) (CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA, 1991). Lo anterior refleja que existe una amplia normatividad de carácter nacional e internacional7 que obliga al Estado a garantizar una educación que responde a las necesidades y características de las poblaciones étnicas, solo que estos desarrollos normativos se han centrado en los niveles de educación básica y media, dejando por fuera a la Educación Superior (CUASQUER, 2012, pp. 248-279). Es decir, en Colombia no se ha desarrollado una ley sobre Educación Superior Intercultural, como se ha llevado en países como Bolivia, México y Ecuador, entre otros, pero que sin embargo, los avances que se están llevado por parte del movimientos social indígena ayudan de que mas adelante se pueda llevar adelante esta propuesta. Es este orden de ideas se puede decir que, por ejemplo, a pesar de que en Colombia las lenguas indígenas son oficiales en sus respectivos territorios, esta prerrogativa no sé cumple, ya que no existen adecuados mecanismos que viabilicen la educación bilingüe o multilingüe en los niveles de básica y media de la educación, y en los espacios de educación superior, aún no sé contempla la educación bilingüe como política de enseñanza-aprendizaje (PANCHO et al., 2005, p. 46-8).7 Existe una amplia normatividad en el derecho internacional que reglamentan el derecho a la educación para grupos étnicos y que Colombia ha ratificado. Entre otros convenios o pactos están: la Declaración Americana de Derechos Humanos, realizada en Bogotá en1948; la Declaración de los Derechos Humanos (DHH); el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) (Ratificado mediante Ley 74 de 1968); el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) (Ratificado mediante Ley 1968); la Convención América sobre Derechos Humanos (CADH) (Ratificado mediante Ley 16 de 1972); la Convención Internacional sobre Todas las Formas de Discriminación Racial (CIFDR) (Ratificado mediante Ley 22 de 1981); la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid (Ratificado mediante Ley 26 de 1987); la Convención de los Derechos del Niño (Ratificado mediante Ley 12 de 1991); la Declaración de los Derechos de las Personas Pertenecientes a Minorías Nacionales o Étnicas, Religiosas y Lingüísticas. 36 Sin embargo, la Constitución consagra principios y derechos fundamentales para un desarrollo legislativo que responda a las necesidades y exigencias de las comunidades étnicas, aunque para las particularidades de las comunidades indígenas, esta ley no ha sido reglamentada (PANCHO, et al., 2005, p. 55). Como lo sustenta Fernandes (2014, pp. 20-21), en Colombia, el artículo 68 de la constitución garante la formación diferenciada de personas integrantes de grupos étnicos, conforme a su identidad cultural. Sin embargo, el gran impase para el reconocimiento de universidades interculturales y propias, es decir, de origen y llevadas por grupos, en nuestro caso por lo indígenas, es la ley 30, que organiza la educación superior y no reconoce la existencia de esta modalidad en su Sistema Nacional de Información de la Educación Superior –SNIES–, discriminando las características de estas instituciones. Además, dentro la autonomía universitaria, estas deben tener independencia política, económica y administrativa en relación a las otras instituciones, esto para que haya una autonomía en la generación de conocimientos, como son los casos de varias universidades con carácter intercultural en América Latina, como por ejemplo la universidad Awawtay Wasi del Ecuador, la URACCAN en Nicaragua, la Veracruzana Intercultural en México, entre otras, Uno de estos principios fue la ratificación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)8, mediante la Ley 21 en el año de 1991, la cual señala en sus artículos 21 y 26 que los miembros de los pueblos interesados deberán disponer de medios de formación profesional en todos los niveles y en pie de igualdad con los demás ciudadanos, además, que debe promoverse su participación en la formación profesional de aplicación general (artículo 22), y aclara que, cuando los programas de formación profesional de aplicación general existentes no respondan a las necesidades especiales de los pueblos interesados, los gobiernos deberán asegurar, con la participación de dichos pueblos, que se pongan a su disposición programas y medios especiales de formación. Es decir, que se debe realizar la consulta previa para asuntos de educación respecto de organización y funcionamiento de programas de profesionalización de la población afrodescendiente e indígena, con el fin de que la educación responda a las necesidades particulares, historia, 8 Puntualmente en el ámbito educativo, en el articulo 26 perteneciente a la parte VI. Educación y medios de comunicación se especifica sobre la necesidad de garantizar la educación en todos los niveles a las poblaciones indígenas. Seguidamente, el articulo 27 se especifica que la educación ofrecida por el estado a las poblaciones indígenas debe considerar sus necesidades particularidades y culturales. 37 conocimientos, técnicas, sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales. Establece también que los gobiernos deberán reconocer el derecho a crear sus propias instituciones y medios de educación (artículo 27) (CUASQUER, p. 252, 2012). Lo anterior enmarca el carácter normativo/jurídico de la educación indígena en Colombia, la cual se desprende de la Constitución política de 1991, desarrollándose a través de la Ley 30 de 1992 o conocida como la Ley de Educación Superior –que para las particularidades indígenas no ha sido reglamentada–, igualmente tiene injerencia la Ley 115 o Ley de Educación de 1994, la cual para las comunidades étnicas se denominó etnoeducación. 2.3.1 Ley de Educación Superior (Ley 30 de 1992) En 1992 es expedida la Ley 30, por la cual se organiza el servicio de la educación superior, indicando que las universidades son autónomas, por lo que tienen derecho a darse y modificar sus propias normas (artículo 28), La ley considera instituciones de nivel superior, las técnicas profesionales, las universitarias o escuelas tecnológicas y las universidades. En el artículo 2º establece que la Educación Superior es un servicio público cultural, inherente a la finalidad social del Estado que reconoce las particularidades de las expresiones del país a través de libertad de pensamiento y del pluralismo ideológico (artículo 4º) (Ley 30, 1992). Ahora, si bien la ley consagra principios constitucionales en que se reconoce la diversidad cultural, no contempla la atención a las demandas y necesidades especificas de los grupos étnicos (PANCHO, et al., 2005, pp. 64-65). En otras palabras, la ley 30 no reglamenta particularidades para las comunidades indígenas (RODRÍGUEZ(a), 2011, p. 71), así como se refleja actualmente en el informe presentado por la Universidad Nacional en 2007, titulado Acceso, permanencia y graduación de la población diversa en la educación superior, el cual señala que la Ley 30 propone algunas estrategias que favorecen a la población diversa en el acceso a la Educación Superior. Sin embargo, esta ley al mismo tiempo es discriminatoria y limitante al plantear que la población estudiantil interesada en continuar el proceso de formación deberá demostrar poseer las capacidades académicas en igualdad a todos los aspirantes, sin tomar en cuenta la diferencia cultural, así como también indica que los 38 indígenas y afrodescendientes no tienen participación en ningunas de las instancias decisorias y consultivas establecidas por la ley, como son los Consejos Superiores Universitarios (CESU), Junta Directiva del Instituto Colombiano para la Evaluación (ICFES), Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX), entre otros (Universidad Nacional, 2007, citado en Cuasquer, 2011, p. 254), es decir: “La vocación democrática de la Ley 30 de 1992 se ha venido desplazando por las presiones de una funcionalidad económica, desde la cual las políticas del conocimiento, en vez de lograr una apertura o flexibilización para el ingreso de las poblaciones étnicas, se reafirman en las viejas maneras de profesionalización, ahora en la perspectiva del mercado. En ese sentido, el derecho de las poblaciones étnicas tiene de acceder a la educación superior se restringe a unos pocos cupos otorgados a algunos estudiantes que logran resultados aceptables en las difíciles pruebas de acceso. Es cada vez más notoria la subordinación de la Universidad al modelo de estandarización y competitividad globalizado, a su perspectiva mercantil y de consumo. Finalmente, debemos reconocer nuestro inmenso vacío normativo e institucional en lo concerniente al tema de educación superior y grupos étnicos, muy a pesar de los avances en la existencia
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