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nueva criminolo$ía Y derecho traducción de IGNACIO MUÑAGORRI CONTROL Y DOMINACION Teoriu~ crintinoZógicus bargae~as y proyecto hegemónico Por MASSIMO PAVARNI Epilogo de ROBERTO BERGALLI Siglo veintiuno editores Argentina s. a. LAVALLE 1634 11 A (C1048AAN), BUENOS AIRES, REPÚBLICAARGENTINA Siglo veintiuno editores, s.a. de C.V. CERRO DEL AGUA 248, DECEGACIÓN COYOACÁN, 04310, MÉXICO, D. F. 364 Pavarini, Massimo PAV Control y dominación: teorías criminológicas burguesas y proyecto hegemónico.- 1%. ed. - Buenos Aires: Siglo XXI Editores Argentina, 2002. 224 p. ; 21x13 cm.- (Nueva cnminología y derecho) Traducción de: Ignacio Muñagorn ISBN 987-1 105-19-3 1. Título. - 1. Cnminología Título original: La niminologia O 1980, Le Monnier O 1983, Siglo XXI Editores, S.A. de C.V. Edición al cuidado de Jorge Tula Portada original de Anhelo Hernández Adaptación de portada: Daniel Chaskielberg 1"dición argentina: 1.000 ejemplares O 2002, Siglo XXI Editores Argentina S.A. ISBN 987-1 105-19-3 Impreso en Industria Gráfica Argentina Gral. Fructuoso Rivera 1066, Capital Federal, en el mes de enero de 2003 Hecho el depósito que marca la ley 11.723 Impreso en Argentina - Made in Argentina f NDICE PRESENTACI~N ADVERTENCIA DEL AUTOR A LA EDICIÓN ESPANOLA PREMISA PRIMERA PARTE: CRlMlNOLOGfA Y ORDEN BURGUÉS r. La primacía de la politica en las primeras formas de conocimiento criminológico, 27; 11. Derecho a castigar y libertades burgueses, 40; iri. IJroceso productivo y necesidad disciplinar, 31; iv. Saber crimi- nológico y estrategia del control social en el Iluminismo, SS; V. La invención penitenciaria: de la eliminación a la reintegración del criminal, 3G; VI. Conocimiento criminoldgico e institución arce- laria. $8; vil. La revolución industrial: miseria y criminalidad, 40; vrir. La criminología de la segunda mitad del siglo xrx: hombre delincuente y clases peligrosas, 43; IX. Luces y sombras de una ciencia comprometida desde su inicio, 47; x. Positivismo crimino- 16gico e ideología de la dcfeiisa social, 49: xr. El modelo integrado de ciencia penal, 52 r. Malestar .social y anomia en la crisis del liberalismo clásico, 55; ti. El derrumbe del enfoque positivista, 56, 111. La primada del análisis sociológico en la criminologfa estadounidense, 60; N. La g6riesis del concepto de desviación, 62; v. Desviación e ideologia del melting pot, ,64; n. Demorden y ciudad: la ecologia criminal. 67; nr. Capital monopolista y control difuso, 71; mi. Estado asistencia1 y politica del control social, 75; ix. *edad opulenta y pesimismo criminológico, 76; x. Crisis del welfare, 79; xr. Dainstitucionaliza- ci6n y guetizaci6n en la crisis fiscal del estado, 82; xrr. Nuevas ten- dencias en la politica segregativa, 85; xrir. La radicalización de las posiciones en la criminologfa contemportinea, 89 SEGUNDA PARTE: INDIVIDUO, AUTORIDAD Y CRIMEN: LAS TEORfAS CRIMINOLOGICAS 1. LAS T E O ~ A S CRIMINOL&ICAS DE LA INTECRACI~N SOCIAL 1. El paradigma etiológico en la interpretación positivista de la 151 criminalidad. 89; ir. Algunas criticas al enfoque positivista en crimi- riologia, 98; III. Las teorias psicoanalíticas sobre la acci6n criminal y la sociedad puiiitiva; iv. Las teorias de la anomia y de las sub- culturas criminales, 108, V. La naturaleza histdrica y políticamente determinada de la teoría funcionalista de la anomia y de las inter- pretaciones subculturales, 112. 2. LAS INTERPRETACIONES CRIMINOL&IUS AGNÓSTICAS EN LA SOCIEDAD PLURALlSTA 119 r. La teoría de la asociación diferencial y de la criminalitla<l de los cuellos blancos, 120; ir. Asociacioiies diferenciales y criminalidad de los cucllos blancos cii la interpretaci6ii de las nuevas formas de cri- minalidad, 123; 111. El panorama intcraccionista del encasillamiento, 127; iv. La equivoadad del lobelling approarh (enfoque encasilla- dor), 130 3. ENFOQUES URIMINOL&ICOS EN LA INTEKPRLTACLON GON- FI.ICTIVA DE LA SOCIEDAD 138 r. El proceso de criminalizaU6n en las teorias conflictivas, 139; 11. El discivlinamieiito del conflicto e11 los te6ricos del conflicto. 141: 111. ~&nologfa y marxismo o el problema de una crimi~iolo~ia matcriallsta, 148; rv. Las posiciones radicales de la desviaci6n: de la "nueva criminologia" a la "criminologia critica", 155 I. Fracaso del reformismo social y obsolesccncia crimiiiológica, 166; 11. El "irresistible" ascenao del nuevo realismo criminolbgico, 168; 111. La mala mnciencia del buen crimin6log0, 171 A. Obras de caricter general, 173; B. Para actualizarse, 175; c. Una bibliografía sobre temas específicos. 176: D. Saber criminológiw y orden burgub, 178; E. Las teorías crimiiiológicas, 186 Poco antes de comenzar la traducción de este libro tuve la des- dicha de ver un programa en la televisión española sobre las cár- celes de mhxima seguridad.' Y digo la desdicha porque aun sa- biendo de la voluntad desinformativa de la mayoria de los medios de información uno mantiene la pequeña ilusión, que quizá surge del pesimismo y la desesperanza, de que incluso a través de esos medios, en algún momento, pueda infiltrarse al- guien que diga realmente lo que pasa. El programa fue desdi- chado y desinformativo, si los hay, aunque pudo haber alguien que alguna utilidad ideológica, supongo, obtendría. Las desdichas, no es que se compensen, ahi quedan, pero jun- to a ellas también hay momentos gratos y otras miradas y otras lecturas que no sólo permiten la comprensión de la realidad sino también la solidaridad y la perplejidad suficientes para se- guir vivos. Creo que este libro que he tenido el placer de tradu- cir pertenece a ellas. La amistad que me une con su autor Massi- mo Pavarini, entrañable compañero de mis días boloñeses, la calidad y belleza de su libro y la enorme utilidad que, estoy convencido, ofrece para la información y la discusión, tan nece- sarias, sobre eso que se llama Criminologia, explican sobrada- mente esta traducción. Es peculiar la presencia oficial de la criminologia en España. Singularmente, en la primavera de 1980 entre una serie de pun- tos programáticos que el Ministerio del Interior relacionaba en un proyecto de lucha contra la criminalidad aparecía, en un punto, la criminologia como nueva arma, entre otras, para inten- tar acabar con el infiel. Y en aquel conjunto de deseos de lucha- protección contra los enemigos de la propiedad privada, contra la droga, contra la honestidad, deshonestidad en grado sumo, surgía, como no, un intento de legitimación a través de una cien- cial social vacia de objeto, pero en la que se empeñaban un sin- número de finalidades absolutamente injustificadas e injustifi- cables. Era una manera de recuperar lo que la ceguera de la 1 Exactamente se pmyectb el Z de septiembre de 1981. [9] dictadura anterior había ocultado y recuperarlo en las nuevas lides de las nuevas necesidades del consenso, recuperarlo junto a los departamentos especiales, eufeniismo que encierra las cir- celes aun más seguras, recuperarlo eii la crisis, recuperarlo en la desocupación galopante, recuperarlo a la vez que descle la norma y aun más en la práctica se pretendía negar la libertad constitii- cional apenas estrenada. Era la recuperación de un aliado, por- que el estado social, también respecto de la criminalidad, nece- sita presentarse como garantía en caso de trastorno del proceso económico y de lo que encierra, de las situaciones de privilegio, de la desigual distribución de la riqueza, de la renta condicio- nada estructuralmente. Este libro nos ayuda a comprender, nos es útil en el largo y difícil camino de redescubrir el objeto y las vías, nos acerca a1 lenguaje real de los conflictos, y por esto abre camino para ii- desentrañando, tambiéncuando se trata de la criminalidad, rea- lidades aparentemente tan imponentes como la soberanía y I;i disciplina, la planificación ideológica y la dominación, la autori- dad y el cientificismo, la contundencia normativa y el sistema político económico. . . y para comprender, también, la fragilidad y el hundimiento de la legitimación de la represión penal y del estado llamado social. I. MUÑAWRRI Saii Sebastidn, diciembre de 1981 ADVERTENCIA DEL AUTOR .A LA EDICION ESPAÑOLA En el mes de diciembre de hace tlos años, exactamente como ahora, disfrutando el periodo de las fiestas navideñas, terminaba este pequeño libro. Diidaba entonces (como sinceramente durlo en parte aún hoy) de que mi trabajo satisficiese la finalidad ex- presa de una obra de carácter introdiictorio: ser simple sin caer en la banalidad; ciertamente -y al pasar el tiempo cada ve1 estoy más convencido- este empeño ha servido, y mucho, a quien lo liat~ia asiimitlo: a mi mismo. En resunien: considero que para realizarlo han fiincionado los fines no declarados pero latentes de los que --a medida qiie el trabajo crecía- me hice escrupuloso servidor. Y esto, para iin joven lector it a 1' iano, aten- to y sensible al clima ciiltiiral de estos tiempos, puede resul- tar de fácil comprensión; qiiizá no a quien no lia vivido estos últimos diez años en Italia. Dirigiéndome ahora a iin público de lengua española -y pienso en particular en quienes serán mis lectores latinoamericanos- siento el deber de incluir esta sincera nota intro<liictoria con la esperanza cle que se me perdone 1111 cierto tono severo, alimentado sólo por el pesimismo de la razón y ajeno a todo optimismo voluntarista. I,a idea de escribir este pequeño volumen no 1ia sido mía en el sentirlo de que no había pensado nunca dedicarme a una em- presa de este tipo si no hubiese sido víctima de tina conjura; en efecto, he sido seducido por las circiinstancias. . . y por un cierto amor por la provocación. Todo comenzó con iina llamada de telefono. El profesor Ser- gio Moravia, director de una colección con el titulo "Introduc- ción a . . ." buscaba desde hacía tiempo e infriictiiosamente a quien estuviese dispuesto y quisiese meter en el reducido espa- cio de sólo doscientas páginas escritas a máquina y en un plazo bastante breve (pocos meses) aquella ciencia que lleva el nombre cIe criminoIogía. De esta manera, a través d e la red invisible pero inexorable que son las relaciones de amistad, había llegado hasta mi. . . que no soy criminólogo. Y ya esto es una circiinstancia ciiriosa que dice miicho sobre [l'l lo que ha sido la investigación criminológica en Italia. Para el autor de este pequeno volumen, que no ha tenido del todo cla- ro las ideas sobre "qué es" la criminología, criminólogo puede ser s610 aquel que institucionalmente es definido tal (¡y en este caso me siento inclinado a compartir incondicionalmente el enfoque interaccionista!); lo que significa, para la realidad cien- tífica italiana, que criminólogo es s610 quien es tal académi- camente. Si así es -y desafio a demostrar lo contrario- los criminólogos italianos son algunos profesores universitarios - e n verdad pocos- de estricta formación médica y psiquiátrica que combinan algunas lecciones universitarias (ipoquísimas. . . , Italia es en esto un verdadero Edén!) con bien retribuidos peri- tajes y consultas médico-legales. Les conozco a casi todos tam- bién personalmente: son personas dignisimas y merecedoras de la máxima consideración sobre todo por la capacidad de "ven- der" -y se me dice que a buen precio- su propio "saber". In- creíble pero cierto. Pero precisamente porque seriamente inten- tan "venderse" (lo cual, y lo digo sin ironía, es algo muy serio) no tienen el tiempo ni la oportunidad de explicar a los demás cómo "se sacan los conejos de la galera". Y pienso que precisa- mente es por esta razón por lo que el profesor Sergio Moravia, llegado a la desesperación, se ha visto obligado a llamar a mi puerta, a pedir ayuda a quien de la criminologia se ha intere- sado siempre como el impenitente vagabundo, quien, y con ra- zón, ha sido siempre visto como un intruso, y por añadidura descarado.. ., que sin haber sido nunca invitado se ha encon- trado en un party muy exclusivista y de repente lia puesto las manos sobre la vajilla y . . . sobre la camarera. Desgraciadamente, como el que suscribe no hay muchos en Italia: un pequeño grupo de "liantes", todos más huérfanos de padre qiie respetables: el que se deleitaba con la filosofía, quien se ocupaba de la historia del movimiento obrero, qiiien creía que el derecho penal fuese algo serio, quien soñaba en el gran viaje por continentes desconocidos porque había estudiado an- tropología cultural.. . , quien simplemente estaba desocupado. Les ha viciado la política, ese vicio inconfesable que ha conta- giado miseramente y contaminado irremediablemente a nuestros "muchachos del 68", a aquellos que el gran poeta americano de los años sesenta llamaba "las mejores cabezas de mi generación", que desgraciadamente, para ellos, no se han perdido en los sue- ños psicodélicos de las drogas duras sino que se han obstinado en querer comprender, ¡estupidez imperdonable!, que estaba su- cediendo, por qué nunca cambiaban las cosas y cómo cambia- ban.. ., y al final, muchos de ellos, de estudiantes que eran, se han encontrado, despues de apenas diez años, siendo pequeños "barones" en la universidad (otra particularidad, esta completa- mente italiana). Bien: este grupito de intelectuales (y digo inte- lectuales sin pudor a pesar de la descalificación de este término al menos en Italia), capaz de sentirse bien m9s allá de su real consistencia numérica (jsomos cuatro gatos!), es el que, bien o mal, lleva adelante la revista La questione criminale (aprecia- da, me dicen, también en el extranjero) y es también el que in- ternacionalmente es reconocido como el ala avanzada de la "nue- va" criminología.. . y no sólo de la italiana. Así hemos nacido, a comienzos de los años setenta, en el clima de las transformaciones e involuciones del estado de derecho frente a las grandes campañas de las luchas obreras y estudian- tiles, animados por un proyecto tan simple como seductor para aquellos tiempos: mostrar "el rey desnudo".' Comprender, bajo la apariencia legitimadora de la forma jurídica, los modos en que se producían las relaciones sociales y de drlse. Fue así como nos encontramos con la criminología con sus nuevos ropajes de ciencia de los procesos de criminalización; fue así como comen- zamos a practicar, como aprendices de brujos, sus enunciados; fue así como sin prejuicios la utilizamos y disfrutamos como ins- trumentos delpara la crítica del sistema de la represión penal. A posteriori es quizá posible liquidar esta experiencia, más política que cultural, tachándonos de ingenuidad; no niego, en efecto, que la mayoría de las veces, con el entusiasmo del alqui- mista en la búsqueda de la piedra filosofal, terminamos por des- cubrir "el agua caliente", pero también es cierto que llegamos a descubrirla por primera vez. En resumen, aquel exaltante pe- 1 " I Q u ~ preciosos son los vestidos nuevos del Emperador1 [Que magnifia colal [Que hermoso es todo1 Nadie permitía que los demás se diesen cuenta de que nada veia, para no ser tenido por incapaz o por estúpido. Ningún traje del monarca había tenido tanto éxito como aquel. {Pero si no lleva nadal, exclamb de pronto un ni íb. . . [No lleva nada; es un niflo el que dice que no llwa nadal lPero si no lleva nadal gritb, a1 fin, el pueblo entero" (H. C. Andenon, Los vestidos nuevos del emperador [ N . del T.]). riodo de ilusiones fue posible no tanto porque prestásemos fe ciega en lo correcto de nuestro método (el de una aproximación iiiacrosocioldgicaal problema criminal) ciianto porque actuando así nos sentíatiios en armonía con el movimiento de masas que reclamaba y políticamente presionaba para iina transformación social radical. Si con el final de los años setenta y los inicios de los ochenta, bajo el eiiipiije de la crisis económica y fiscal y coincidiendo coi1 las grandes derrotas del movimiento obrero, aquel periodo en Italia, y más en general en el mundo occidental, puede decirse que ha sido definitivamente superado, también nuestra expe- riencia, aun siendo limitada y ciertamente marginal, no lia po- dido más que extinguirse. No ciertamente en el sentido de ;o existir más sino más bien en la necesidad de cambiar profunda- mente para poder continiiar existiendo. Y es en este preciso momento en el que se sitúa el problema central de un análisis crítico y también piadoso tle lo qiie había sido nuestra "aven- tura"; y es también en este preciso momento en el que he escrito este libro. La oportunidad que casualmente se me ofreció de poder escri- bir, con estilo libre y no académico y para iin público no espe- cializado, lo que personalmente pensaba (pero honestamente: lo que cada iino de nosotros pensaba) sobre/de la criminología me ha parecido una ocasión que no se podía perder, precisa- mente porque de esta manera podía por fin recorrer críticamen- te el camino de estos diez últimos y confusos años. Y considero ésta una confesibn necesaria: fundamentalmente, entre otros niotivos, para comprender cómo las dudas, la perplejidad y tam- bién la amargura ,han terminado por dejar poco sitio a lo que piadosameiite se acostiimbra llamar lo "positivo" de toda expe- riencia. Escrito todo de un tirón en no más de tres meses, sin abrir un libro ni consultar bibliografía, ni utilizar viejos apuntes.. . solo frente a la página en blanco y a la máquina de escribir, he hecho lo que está tan de moda: una reflexión sobre mi mismo. Quien tenga la paciencia de leerme hasta el final, observará, con una cierta contrariedad y una pizca de irritacibn, que es bastante di- ficil si no imposible deducir ciiál es mi punto de vista, que todo me sea un poco estrecho, que en cada cosa veo s610 y únicamen- te los líniites, los riesgos. Que al final de todo continuo sólo ocupándome de estas cosas, no porque me las crea sino porque parece ser la única cosa que. bien o mal, sé todavia hacer. Y como se suele decir en Italia, "cada cual tiene una familia que iiiantener" y esto viene a cuento porque precisamente mientras escribía este libro me ha nacido una espléndida hija que se llama Reberca, a quien deberé, antes o después, responder a la inquietante pregunta: "~Papi , qué haces en la vida?" Pero esto, entendámonos bien, es sólo tina apariencia.. . y por demás falsa. Si el tono general del libro puede inicial y superficialmente Iiacer pensar en una desesperación chica, hasta ahora y por eso inismo reivindico, como autor, el derecho de declarar que cuan- to he escrito tendía y tiende, aun ahora, a afirmar una esperan- za: que sea posible, sobre la base de lo que ha sido mi experien- cia, encontrar o al menos buscar, un fundamento más seguro y menos contingente para tina ciencia criminológica emancipa- dora. Terminado el tiempo en el cual era posible satisfacerse con mostrar el rostro violento de la represión de clase, ha llegado ahora el momento de comprometerse en la construcción de un conocimiento crítico de la cuestión criminal, el cual pueda pro- ponerse en términos positivos como ciencia de las transformacio- nes y de la liberación. Pero tal proyecto tan ambicioso supo- ne la solución de problemas todavía lejanos de ser simplemen- te encuadraclos en forma correcta, como lo son el de saber si existe ) cuiil debe ser la reEerencia objetiva en criminologia; si se puede poner como Eiindamento de la nueva ciencia crimi- nológica y de la política criminal emancipatoria una teoría de las necesidades; cuáles relaciones deben establecerse entre cien- cia penal y criminologia critica, etc. En resumen, estamos toda- vía en el comienzo. . . y bastante distantes de tener las ideas claras. De todo esto el lector no italiano debía ser informado; de todo esto debe tomar conciencia. De otro modo es inútil que me lea. Sé perfectamente que no seré aceptado por quien entiende que la situación actual de la criminología critica es ya, por si misma, revolucionaria; es decir, de estar en condiciones para ofrecerse como conocimiento de la/por la liberación del hombre. En un contexto politico iiacional distinto una fe semejante es quizás explicable y hasta legítima. Mas es asi mismo legítimo, en una realidad como la italiana de principios de los años ochenta, el haber perdido esa fe. 0, por lo menos, ésta es mi modesta y per- sonalisima opinión. Pienso, por el contrario, poder ser todavia y parcialmente útil como un saludable antídoto contra demasia- dos fáciles entusiasmos. Y, por lo tamo, permitaseme escribirlo: ésta no es una cosa que cuente poco. Finalmente dos palabras para quienes han tenido la paciencia de introducirme ante ustedes: Roberto e Ignacio. Dos amigos, dos personas vinculadas por una idéntica fe política. La única y mejor referencia para invitarles a leerme lo constituyen las firmas de ambos. Gracias. Bolonia, diciembre de 1981 PREMISA "Este árabe. que, por otro lado, será un buen calcu- lador. un eminente químico, un astrónomo exacto, aeerá que Mahoma ha metido la mitad de la luna en su manga. ¿Por que irá más allá del sentido co- mún en las tres ciencias de las que hablo y estará por debajo del sentido común cuando se trate de esa mitad de la luna? [. . .] @mo puede operarse esa extraíía marcha atrás en el espiritu? l ~ i o las ideas que caminan con un paro tan regular y tan firme en el cerebro respecto de un gran nilmero de objetos pueden errar tan miserablemente en otros. mil veces más palpables y más fáciles de comprender? [. . .] {De que manera está viciado el órgano de este árabe que ve la mitad de la luna en la manga de Mahoma? Lo está por el miedo." (Voltaire, Diccionario filosdfico, voz: "sentido co- mún".) Singular historia la de la criminología: una y otra vez, en situa- ciones distintas, el saber criminológico Iia sido reivindicado por el moralista, por el político, por el filósofo, por el jurista, por el cultivador de las ciencias estadísticas, por el médico, por el psicó- logo, por el psiquiatra, por el sociólogo. Para entenderlo mejor, muchas ciencias Iian visto como apéndice propio lo que nosotros llamamos criminología. En los manuales todo esto ha animado el miís descarado sincretismo. Un capitulo dedicado a cada uno de los mil saberes: criminología clínica, antropología criminal, sociologia criminal, psicología criminal, psicoanálisis criminal. sociología de la desviación, etc. Todos juntos, aun cuando reci- procamente tienden a excluirse, a negarse el uno al otro toda dignidad. Pienso que si se quiere comprender el objeto-criminología es preciso negar que el objeto tenga un sentido por si mismo; es ne- cesario comenzar a pensar que ha tenido y tiene un sentido en función de algo distinto. E x t m o . Pienso, en efecto, que bajo el término criminologia se pueden comprender una pluralidad de discursos, una heterogeneidad de objetos y de metodos no homageneizíables entre sí pero orientados -aun moviéndose des- de puntos de partida muy lejanos- hacia la solución de un pro- blema común: cómo garantizar el orden social. Una exigencia inmediatamente politica, por lo tanto una preocupación sentida y necesaria en cualquier organización social; una necesidad ca- p de legitimar, una y otra vez, cualquier saber teórico que se preste a este fin prdctico. Ciertamente, cada discurso tiene sil fuerza de inercia, parece sobrevivir así más allá de su fin, se perpetúaa veces por sus propias razones internas. Las polémi- cas, las disputas, las escuelas, son generadas a veces por intereses corporativos, de casta, por los pontifices del conocimiento cri- minológico. Pero en el fondo de cada reflexidn criminológica existe siempre esta preocupación por el desorden social, por la amenaza al orden constituido. El criminólogo, en efecto, difi- cilmente se ha sustraído y se sustrae a la tentación de vulgarizar sus reflexiones en sugerencias prácticas, operativas. En reglas ciertas y adecuadas. Desde esta perspectiva me parece que se puede darle la vuelta a la exposición tradicional que de esta ciencia se tiende a pro- poner. Ya no una historia de la idea criminológica, ya no el producirse casi partogenCtico de un conocimiento dellsobre el cri- men. Más allá de cada una de las sugerencias innegables de progreso científico se impone ahora una lectura que destaque los saltos, las antinomias, la heterogeneidad del discurso. Y esto porque es razonable afirmar la insensatez intrínseca del disciir- .m criminológico. Su racionalidad está, como decía, en otra par- te, en la respuesta politica que estas reflexiones vienen a dar a necesidades siempre diversas, a exigencias de orden cambiante. El hilo de Ariadna de una posible comprensión de los lenguajes crirninológicos es asi buscado en las demandas, cualitativamente distintas, de politica criminal. Movi6ndonos a lo largo de esta dirección, no es en absoluto arbitrario buscar la epifania del cliscurso criminológico en la sencilla razón de que en cada organización social no pueden no tener un puesto exigencias de orden a las que alguien no puede no haber buscado respuestas. Decimos entonces que cuando lis- Mamos de criminologia pensamos en un lenguaje altamente pro- fesionaliurdo y por tanto nos referimos al momento en que, bajo la necesidad de una división del trabajo, alguien lia hecho de Sophie Realce PREMISA 19 este saber una profesión. Y en tal caso debemos mantener que la criminologia es una ciencia burguesa, nacida con la aparición del sistema capitalista de producción. Pero para que pudiera surgir esta profesionalidad crimino- lógica era necesario que el ansia de orden social encontrase iin objeto sobre el que fijar su interts exclusivo. Perdóneseme la analogía: el enfermo, el que sufre, es ciertamente un prirrs res- pecto de la ciencia médica, respecto de la categoria enfermedad, pero es ciertamente un posterius, como objeto del saber, respec- to de la clínica. La reflexión profesional sobre las enfermedades del cuerpo y de la mente surgen despub de la hospitalización. También la criminologia se interesa por una "patología" social que, aunque en formas distintas, preexistia a su surgimiento, pero ciertamente, en cuanto ciencia, es posterior a la reducción del criminal a encarcelado. Quien se interesaba por el crimen y por el criminal se ha profesionalizado en cuanto existía el en- carcelado, en cuanto existía un lugar físico, una organización de los espacios llamada cdrcel. Su inicial y privilegiado labora- torio. Y la cárcel, como se verá, surge 9610 con el sistema capi- talista de prodiicción. Ciertamente es posible hoy sostener una relativa autonomía entre práctica de la segregación y ciencia criminológica, pero así no ha siicedido en el pasado y ni siquiera vale completamente para el presente. Así, pues, con la conciencia de realizar una división en parte arbitraria podemos aproximadamente situar el origen del dis- curso criminológico en la aparición de la sociedad burguesa. Y desde ese punto parte también el presente análisis en lo que se refiere a su primera parte. De cuanto he dicho se puede deducir cómo habré de proceder. Buscaré, en los términos más simples posibles, recoger las deman- clas centrales qiie la sociedad del capital ha planteado durante su evolución en los temas de orden y disciplina social y exponer criticamente las respuestas teóricas que la ciencia criminológica ha ofrecido. La segunda parte del presente volumen es estrechamente de- pendiente de la primera; no es la continuación lógica, pero sf la misma materia, que, afrontada anteriormente desde un punto cle vista histórico, ahora es reexaminada en terminos esencial- mente teóricos. Sophie Realce Sophie Realce Sophie Realce Sophie Sublinhado Sophie Realce 20 PREMISA En el curso de dos siglos de historia -se lia d i c l i e la crimi- nología Iia venido ofreciendo respuestas distintas a demandas siempre diversas de orden social. Este patrimonio de conocimien- to criminológico se muestra sin embargo altamente refractario a toda sistematización: no existe así modelo organizativo que no determine exclusiones y peligrosas deformaciones. En tanto que conscientemente crítico, todo proyecto de sistematización se ofre- ce como lecho de Procusto en relación con la producción aimi- nológica, y esto -lo repito- depende, en primer lugar, de la elevada heterogeneidad de los discursos de esta ciencia. El riesgo se corre normalmente porque no puede ser evitado de otra manera. El esquema que en este ámbito se utiliza para exponer critica- mente algunas (y quede claro, 1~610 algunas!) de las teorías criminol6gicas ha sido el de asumir como criterio sistemático la interpretación que se da de las relaciones entre individuo y au- tidad. Me explico. Como se sabe, nuestra comprensión de la realidad no es una simple colección o conjunto desordenado de los significados asig- nados a los sucesos y a las cosas que la invisten y la rodean; por el contrario, es una jerarquia -más o menos sistemáticamente organizada- de estos significados, a través de los cuales interpre- tamos la realidad. Esta perspectiva organizadora funciona por lo tanto como un filtro sin el cual no conseguiremos dar ninguna inteligibilidad a las cosas, ningún significado a la realidad; sólo ordenando jerárquicamente conseguimos atribuir un significado coherente al mundo. Y esto vale .también para cómo interpretamos la criminalidad. Las ideas que podemos tener a propósito de este fenbmeno social dependen en resumidas cuentas de la particular perspectiva con la que ordenamos nuestras ideas a propósito de que cosa es, o de qué cosa debe ser, la sociedad eii general. Depende pues de nuestra concepción del mundo, o sea de nuestra ideologia. Y siendo diversas las ideologfas, diversas serán las explicaciones de la criminalidad. Uno de los contextos especializados en los que intentamos interpretar la realidad es ciertamente el de la investigación cien- tifica. Por lo que se refiere al fenbmeno criminal, junto a las diversas opiniones que la gente tiene de esta realidad, existe Sophie Sublinhado PREMISA 2 1 tambidn la opinión (mejor: las opiniones) de una ciencia: la criminología. Digo opiniones porque tambidn, en lo que con- cierne a este contexto especializado, el peso de la ideología es de alpina manera determinante. El conocimiento científico es, d1 mismo, producto de ciertos principios organizadores de la reali- dad. Al nivel de la investigación científica, las perspectivas gene- rales sobre cómo una parte limitada del mundo - e l fenómeno particular que se estudia- debe ser interpretado, lleva a desarro- llar un cuerpo relativamente consistente de conocimientos que reflejan la acumulación de aplicaciones realizadas de aquellas perspectivas. Cuando este conjunto consistente de conocimien- tos acerca de iin determinado fenómeno crece, nos encontrare- mos frente a una teoria cientifica, o sea un cuerpo de interpreta- ciones que, durante un determinado periodo de tiempo, son aceptadas como válidas por muchos cientificos y que sirve para dar explicaciones consideradas satisfactorias a algunos problemas. Las teorías científicas tienden pues a diferenciarse de las ideo- logías en cuantoson más limitadas en el objetivo, resultando en primer lugar del estudio de una particular categoría de fenóme- nos, ciertamente mínimos respecto de la ,totalidad de los abarca- dos por las ideologías, y, en segundo lugar, siendo más tdcnicas en relación con el objeto examinado e interpretado de cuanto lo son las ideologías. Sin embargo son tambidn similares a aquéllas, en la medida en que en el corazón de cada teoria cientifica permanece para siempre un conjunto de principios organizadores que influirán en las mismas conclusiones, en los descubrimientos, porque estos principios sugerirán ellos mismos los problemas a afrontar asf como el tipo de soluciones a buscar. Aun cuando la teoria se presenta como un modelo reconocido como válido, en efecto, tambidn en una comunidad bien restringida de científicos exis- ten diversas teorías. Diferentes teorias, tantas como diferentes son las ideologías. Y todo esto es particularmente cierto en lo que concierne a la criminologia. El criminólogo, al afrontar tambidn una temática especifica -como podría ser la criminalidad juvenil, la ilegalidad de los detentadores del poder económico, el uso de las drogas ligeras, etcetera-, se adhiere -la mayoría de las veces inconscientemen- te-. a un determinado modelo de sociedad, y en particular da por implícita una particular concepción de la ley penal, de las organizaciones sociales y de las relaciones entre los ciudadanos y el estado. Como he indicado, la ciencia criminológica nace con la apa- rición del sistema capitalista y acompaña las vicisitudes de la sociedad burguesa. Desde la segunda mitad del siglo XVIII hasta hoy se han sucedido diversas explicaciones de la criminalidad en general o de fenómenos criminales singulares; esta pluralidad de interpretaciones y de teorias criminológicas pueden ser rea- grupadas en una serie bastante limitada de perspectivas genera- les capaces de dar cuenta de las relaciones entre la ley y la socie- dad. Cada una de ellas reEleja diferentes principios organizado- res y diEerentes valores acerca de la naturaleza del Iiombre y de la sociedad, y por lo tanto diferentes enfoques del estudio de la criminalidad. Siguiendo este criterio me dispongo a exponer las teorias cri- minológicas que considero que han marcado en los términos más incisivos la historia de esta ciencia. Algunas precisiones de método. En el tratamiento de las materias en las dos perspectivas ante- riormente indicadas me he preocupado de dar cuenta crítica- mente más de los problemas que de las soluciones. En cuanto introducción a la criminologia he hecho lo posible para que este escrito no se asemejase a un pequeño manual de criminología. Razones de espacio hubieran frustrado en todo caso tal finali- dad, y además no creo que hubiera ofrecido un buen servicio al lector que se acerca por primera vez a esta disciplina. Y por Último, lo confieso, yo mismo no conseguirfa escribir un manual de criminologia porque no sabria decir con certeza qué es la crimonologia; más modestamente pienso en ayudar a compren- der quC ofrece y para qué sirve esta criminologia. Y precisamen- te es esto lo que he intentado hacer en estas páginas. Por estas razones he privilegiado las cuestiones politico-teóricas afrontadas por la criminologia y, por el contrario, consciente- mente, he descuidado la exposición y la documentación de la producción cientifica en sentido estricto. Y en efecto, en los bre- ves capitulas de este texto no he citado casi autores, obras, escue- las, tendencias, etc.; he hablado s610 -lo repito- de algunos problemas. Sophie Realce PREMISA 23 Esta eleccihn (le método me ha obligado así a (lar amplio espacio a la nota bibliográfica en la parte final del volumen. Individiializadas las cuestiones de fondo, el lector que lo desee tiene así la posibilidad de profundizar los problemas singulares, esto es de entrar en el fondo de las posiciones doctrinales. 1,a I~ibliografia razonada se ofrece como medio para este fin: por esto he diferenciatlo con atención las fuentes (las obras clásicas) tle los con~entarios críticos que sobre ellas se han propuesto en el tiempo, biiscando, también en este caso, conducir al lector a través de los mismos niidos ~~olitico-teóricos afrontaclos en el texto. Una última observacii,n, que es, en lin, una esperanza: pienso que la curiosiclad que puede impulsar hoy a leer y a informarse sollre criminología es dictada por la relevancia creciente que el tema del orden público y de la liicha contra el crimen ha verii- <lo adquiriendo en todos los países occidentales y también por lo tanto en Italia. El delito ha salido (le los restringidos espacios <le la crnnica negra y ha ciil~ierto con prepotencia la primera jhgina de los di;irios. Es razonable pensar que la orquestatia campaña de alnrma social persiga el fin de utilizar políticamente niievas formas de consenso tle masas; no me desagrada pensar qiie pueda -indirectamente- también suscitar en algunos una necesidad de ver más claro, cle intentar comprender. Esto, al menos, deseo. Y es también con este objetivo, para ayudar a controlar a través del esfuerzo <le la razón las reacciones emo- tivas e irracionales en relación con esa criminalida~l que los me- dios de informacihn de masas califican como creciente, que he escrito el presente voliimen. iMientras estas príginus se daban a la imprenta, el amigo y colega Gabriele Casola mmia en un accidente de automóvil. A quien ron inteligencia y entusiasmo me ayudó tambidn en el presente trabajo, dedico este libro. PRIMERA PARTE CRIMINOLOGfA Y ORDEN BURGUÉS El delito, y más en general las cuestiones planteadas sobre las diversas alteraciones y desobediencias al orden social, está$ ob- viamente presentes en cada sociedad, en todas partes y siempre. Decir esto es una obviedad. Menos obvio, pienso, es afirmar que las formas a travds de las que nosotros, hoy, nos relacionamos con estas cuestiones -esto es nuestra criminologia- determinan un conocimiento teórico y práctico marcado por algunas carac- teristicas que lo diferencian de otros que le han precedido his- tóricamente o que incluso ahora son expresados por culturas extrañas a nosotros. I,a reflexión criminológica que nos pertenece surge, en efecto, del análisis de formas muy determinadas de desorden social, esto es del estudio de concretos y específicos atentados a esta socie- dad, a una sociedad en la que ha reinado y reina un cierto orden social, una cierta disciplina. Reconstruir pues las vicisitudes relevantes de esta sociedad equivale a recorrer la historia de los problemas de orden y control social de esta sociedad. 1. LOS ORfGENES Y LOS PRIMEROS DESARROLLOS TEORICOS Ida traiisición de la sociedad en la qiie reina el modelo de pro- rlucción feudal a aquella en que domina incontrastado el sistema de proclucción capitalista cubre iin arco de tiempo relativamente amplio. Desde el siglo XVI hasta el XVIII, especialmente en los países económicamente más avanzados (Inglaterra, Holanda, la Liga Anseática en Alemania) asistimos a ese complejo fenómeno económico-social qiie KarI Marx llamó de acumulación origina- ria y que determinará en la segunda mitad del siglo XVIII la transformación qiie es conocida por nosotros como revoluci6ii industrial. En estos siglos se rompe pues un viejo orden sociopolítico -el feudal, que había dominado diirante casi un milenio- y se colocan al mismo tiempo los funclamentos para un nuevo or- den: el capitalista. Las primeras formas <le conocimiento criminológico -uso el término en iina acepción impropia porque de criminologia como ciencia authnoma no se puede hablar todavía- se desarrollan en este arco de tiempo en el qiie la clase burguesa conquista el poder político asumiendo el papel tle clase dominante.Este niievo conocimiento, en siis orígenes, se desarrolla esencialmente como trorin política, como disciirso acerca del buen gobierno, acerca de la riqueza de las naciones, sobre los modos de preser- var el orden, la concordia, la felicidad pública. Es pues una reflexión impregnada de espíritu optimista, completamente di- rigida a la proyección; y, en efecto, una profunda tensión ético- política la apoya en el esfuerzo de imaginar las nuevas formas institiicionales (políticas, económicas, jurídicas o sociales) del poder y del vivir social. En la elaboración de este complejo pro- yecto para iin nicevo orden se presta atención también a las nue- rus formas de desobecliencia, del disenso. de la no integración y i271 por lo tanto tambitn de la violación de las leyes que la nueva sociedad se da. Tradicionalmente se quiere limitar el surgir de las primeras reflexiones sobre el crimen en la sociedad burguesa al pensa- miento reformador del siglo XVIII y a las obras de los iluministas en temas de legislación penal. Elección viciada por el reduccio- nismo: se termina por dirigir la atención sólo a algunos autores -Beccaria en Italia, Benrham en Inglaterra, Hommel en Ale- mania, por ejemplo, o sea a los autores más directamente com- prometidos en los problemas de legislación criminal- y por limitar el interés únicamente a los problemas político-jurídicos relacionados con la codificación, el proceso penal, las garantías del imputado, etc. En efecto, la producción criminológica del liberalismo clásico debe, por lo menos, comenzar por las obras de Hobbes y puede ser comprendida sólo a través de una lec- tura que recorra transversalmente todo el pensamiento político- filosófico de los siglos XVII y XVIII. S610 el esfuerzo por leer la cuestión criminal dentro de la más amplia reflexión política del periodo permite evitar la in- terpretacibn aún hoy dominante que ve o quiere ver del pensa- miento político-jurídico de la época sólo el aspecto, igualmente presente, de la afirmación de lu libertad civil en relación con las arbitrariedades del Poder, de la defensa del ciudadano con- tra el Príncipe. IJna interpretación, esta, que quiere privilegiar solamente el momento negativo de la crítica de los Iiorrores de la justicia penal todavía impregnada de herencias feudales, que tiende a enfatizar entre otras medidas la pretensión voluntarista e ideológica de hacer de la legislación criminal la magna carta de la libertad del ciudadano-imputado más que el instrumen- to de la represión del estado. Se oscurece, de este modo, una realidad cultural mucho más compleja que no deja nunca de acompañar el momento destructivo de la critica al viejo orden sociopolítico, una reflexión por otra parte profunda sobre los modos de preservar la concordia y de garantizar el control social en el nuevo orden. La nueva geografía socioeconómica que se determina con la progresiva ruptura de los vínculos feudales y con la emergencia de una economía capitalista impone la necesidad de elaborar un nuevo atlas sobre el cual ordenar la práctica política. Sophie Realce Sophie Sublinhado Si el infringirse de la original relación de coruée entre soberano y súbditos libera a estos últimos de las cadenas de su sujeción -haciendo así libre al siervo- simultáneamente la acumulación del capital en manos de pocos despoja de los medios de produc- ción a las masas productoras -liberando de este modo al siervo de los medios para su propio sustento. Si la libertad adquirida, los derechos civiles, los nuevos espacios de autonomía fueron para la clase burguesa condiciones necesarias para su propia actividad comercial e industrial, para las amplias masas de cam- pesinos y pequeños productores liberados de los vínculos feuda- les y expulsados de las tierras o en cualquier modo privados de sus medios de producción, estas mismas condiciones constituye- ron el presupuesto para su transformación en fuerza de trabajo asalariada. Las nuevas leyes del mercado determinaron una minoría de propietarios de los medios de producción frente a la mayoría de no propietarios, o propietarios solamente de la fuerza de trabajo (proletariado). Ningún vínculo jurídico obligará ya a nadie a someterse a otro (como en el pasado a través de la relación de corote); únicamente la imperiosidad de satisfacer las propias necesidades vitales a pesar de estar privados de bienes obligará a las masas expropiadas a ceder contractualmente su propia ca- pacidad laboral a la clase patronal a cambio de un salario. En las relaciones privadas reinará incuestionado el contrato, esque- ma jurídico que exalta la autonomía de las partes y es capaz de disciplinar las múltiples formas en que se entrelazan las rela- ciones entre sujetos libres e iguales. La explotación del hombre por el hombre no podrá encontrar así ninguna forma de reco- nocimiento en la teoria política; la sujeción de muchos a pocos será consecuencia casi natural de una realidad objetiva, la eco- nómica, donde reinan las leyes férreas del mercado y de la pro- ducción. La reflexión político-juridica de la época deberá hacer las cuentas con esta realidad; en particular las sentidas preocu- paciones de garantizar el orden y la paz sugieren la nueva estra- tegia del control y de la disciplina social. Los nudos a desatar no son pocos, aunque todos giran alrede- dor de una Única y central cuestibn: cómo educar a los no pro- pietarios a aceptar como natural su propio estado de proletarios, cómo disciplinar a estas masas para que no sean más potenciales Sophie Realce Sophie Realce Sophie Realce 50 CRIMINOLOG~A Y ORDEN B U R G U ~ atentadores contra la propiedad y, a1 mismo tienipo, cómo ga- rantizar que en la sociedad civil se realicen las esferas de libertad y autonomía que son las condiciones necesarias para el libre autorregularse del mercado. La cuestión, incluso en su unidad, se presta a ser afrontada en (los diversos frentes. 11. DERECHO A CASTIGAR Y LlBERTADES BURGUESAS El primer aspecto -ciertamente el más ideologizado de la his- toriografía jiirídica contemporánea- es el de la reforma penal y procesal. El criterio inspirador de esta vasta obra reformadora es precisamente el de refundir el derecho de castigar y las formas de su ejercicio sobre la base de las nuevas libertades burguesas; lo que equivale a garantizar jurídicamente en la relación con la autoridad las esferas de autonomía de los particulares. Por nece- sidad, el eje sobre el qiie girará si1 teorización interna será el contrato. La misma legitimación del poder punitivo -por qué se castiga y por que este derecho pertenece al Príncipe- en- contrará su fundamento en el pacto social, en un postulado político que quiere súbditos y soberanos ligados por un contrato en el que recíprocamente es cambiado el mínimo posi.ble de las libertades de los súbditos por el orden social administrado por el principe; el príncipe, piies, como único titular del poder re- presivo. De esto deriva el principio de legalidad en materia penal: solo el principe podrá determinar qiié es lícito y que es penalmente ilícito, y su voliintad se expresará en la ley; ésta deberá ser clara e ineqzlivoca para qiie los particulares sean siempre conscientes de la esfera de su propia autonomía y liber- tad; el juez iio podrá nunca transformarse en legislador, por lo tanto la intcrp~.etación de la ley deberá ser rigl~rosarnente cir- cunscrita y disciplinada: la ley penal podrá decidir shlo para el presente y el firtrrro, niinc;i para el pasado, a fin de que, en el posible coiiociiniento de la voliintad del principe, se tenga cer- t e a de las roiisecuencias de las propias acciones y relaciones. Y aún más: precisamente porqiie el potler de castigar lia sido otor- gado contracti~;ilmente por quienes son los destinatarios de laley penal, no se podrá adiiiitir la pena de mtrertc! en cuanto el Sophie Realce derecho a la vida es un bien supremo para el particular y no piede haber siclo pactado a cambio de un bien ciertamente menor como es la paz social. Y asimismo la entidad de la pena debe ser siempre niedida por la gravedad de la ilicitud cometida: el criterio de la sanción penal será asi el de la retribución, esto es el de iiti sufrimiento contractualmente equivalente a la ofensa. Con parecida intransigencia se invocará la codificación, como instrumento para poner orden en la ley, para eliminar las nu- iiierosas cotitratlicciones entre las fuentes, y una vez más para llar certeza a la esfera de la licitud, a la esfera, pues, en que la autonomia privada es libre de explicarse. En el fondo de esta reflexión politico-jurídica se obtiene una constante preocupa- cicin: limitar la esfera tle la autoridad, circunscribirla entre li- niites precisos, únicamente como salvaguardia de las reglas mi- iiimas del vivir social qiie piiedan garantizar el libre juego del mercado. 111. PROCESO PRODUCTIVO Y NECESIDAD DISCIPLINAR Sin embargo, la condición primera para qiie la organización plitica piieda clesarrollarse en el sentido arriba indicado es que los excluidos cle la propiedad acepten estas reglas de juego como naturales. De aqiii el segiintlo aspecto del problema: educar este universo -compiiesto por ex campesinos y artesanos habitiiados a vivir bajo el sol y segfin el tiempo de las estaciones- para devenir clase obrera, para aceptar por lo tanto la lógica del tra- bajo asalariado, para recoiicx.er en la clisciplina de la fábrica sil propia conclición natural. A la solución de este problema fundamental se habia llegado a travds de politicas diversas y contrapuestas. En iin primer mo- mento el violento proceso socioeconómico, qiie durante la caida del sistema fe~iclal (le l>ro<liicci6n habia determinado -a lo largo <le iin perioilo cte tiempo de por lo menos dos siglos- las con- cliciones primarias del desarrollo capitalista (dicho de otra ma- nera: acumiilacihii de riquezas en las manos de la clase biirgiiesa y creación de iin ejército indiistrial de reserva, o sea, creaci6n (le ;implias concentraciones de expropiados por los medios de pro- Sophie Realce Sophie Realce ducción, ya no campesinos y todavía no clase obrera y por lo tanto un universo de marginados, potenciales atentadores contra la propiedad), estuvo tristemente caracterizado por una violenta reacción en lo que respecta a estas masas de pobres y vagabundos. Una política criminal de tipo sanguinario, en la que a través de la horca, la marca a fuego y el exterminio se habia buscado - . contener la amenaza creciente al orden constituido determinada por esta excedencia de marginales. Esta reacción era dictada por razones objetivas: cuando los niveles cuantitativos de la fuerza de trabajo expulsada del campo fueron superiores a las posibi- lidades efectivas de su empleo como mano de obra de la manu- factura reciente, la única posibilidad de resolver la cuestión del orden público fue la eliminación fisica para muchos y la polftica del terror para los demris. La consideración politica respecto de las clases marginales cambió a su vez gradualmente con el des- arrollo, en los inicios del siglo xv~i y más aún en el siglo xvrri, de la manz~factura, despues de la fabrica y por lo tanto con la siempre creciente posibilidad de transformar aquellas masas en proletariado. Y es precisamente en presencia de este cambio en la situación del mercado de trabajo cuando comenzó a surgir una consideración distinta y una política diversa respecto de la marginalidad social. A la brutal legislación penal de los siglos xvr y XVII le sigue progresivamente un complejo de medidas diri- gidas a disciplinar a la poblacidn fluctuante y excedente a través de una variada organización de la beneficencia pública por uii lado y a través del internamiento institucional por otro. Surge una nueva polftica social que, sobre el iinico fundamento de la aptitud para el trabajo subordinado, discriminaba entre el pobre inocente (el anciano, el niño, la mujer, el inválido) y el pobre mlpable (el joven y el hombre maduro desocupado): a las nece- sidades de supervivencia del primero se intentad hacer frente a través de la organización asistencia]; para el segundo se usar4 la internación coactiva en el vasto archipiélago institucional que surgirá un poco por todas partes en la Europa protestante y tambidn en la católica de los siglos x v i ~ y XVIII. {Qué es y en qué consiste esta internación coactiva? Quien lleva en Francia el nombre de Hópital Gknkral, de Rasphuis y Spinhuis en Flandes. de Rridewell y TVorkhowe en Inglaterra, de casa di lavoro y casa di correzione en Italia, etc., cumple una idéntica función: Sophie Realce Sophie Realce Sophie Realce Sophie Realce Sophie Realce socializar a la disciplina y a la ética manufacturera a quien era, por origen y educación, extraño. Asf, en estos lugares, ociosos, vagabundos, pequeños transgresores de la ley, etc., serán obliga- dos al trabajo, iin trabajo ciertamente más duro y alienante que aquel que era posible encontrar en el merca40 libre, para que el terror de acabar internados obligase a la fuerza de trabajo desocupada a aceptar las condiciones de empleo más intolera- bles. Con el tiempo, después, esta originaria institución sufrirá un proceso de especialización, y de esta forma de internación surgirá, a finales del siglo XVIII, también la penitenciaria para los transgresores de la ley penal. . . Junto al proceso que contempla la acumulación de riquezas en las manos de la nueva clase capitalista asistimos a un análogo proceso de acumulación de fuerza de trabajo; una certera y pre- cisa acumulación de hombres utiles, verdadera y precisa trans- formación antropológica de la originaria clase campesina en cla- se obrera. La invención institucional cambió de hecho la propia organización interna de la manufactura y de la fábrica en lo que se definió -no diversamente de cuanto sucederá en la nueva or- ganización escolástica y militar- como realidad dependiente del proceso productivo dominante. En los orígenes de la sociedad capitalista el corazón de la polí- tica de control social se encuentra precisamente en esto: en la emergencia de un proyecto politico capaz de conciliar la auto- noniia de los particulares en su relación respecto de la autoridad s o m o libertad de acumular riquezas- con el sometimiento de las masas disciplinadas a las exigencias de la producción s o m o necesidad dictada por las condiciones de la sociedad - capitalista. Y es en la lógica de este proyecto que afloran las primeras formas de conocimiento criminológico y de estrategia de control social en relación con la desviación criminal. Exami- némosla brevemente y por puntos: * La teoría del contrato social encuentra en su propio funda- Sophie Realce Sophie Realce Sophie Realce 34 C R I M I N O ~ ~ A Y ORDEN ~ U R G U É S mento una ética utilitarista: en cuanto que los hombres son por naturaleza egoístas, sólo para eliminar el peligro de una guerra perenne de todos contra todos es por lo que se llega al acuerdo de mantener la paz y el orden con la limitacibn de alguna liber- tad dentro de los limites de cuanto se habia pactado colectiva- mente con la autoridad. En este sentido el delito es el ejercicio de una libertad o un modo de ejercitar una cierta libertad a la que se habia renunciado contractualmente. * En cuanto el hombre es sujeto de necesidades posibles de ser satisfeclias sólo con el dominio de los bienes, el pacto social deberá disciplinar las relaciones sociales de propiedad. Conse- cuentemente la legislación ya sea civil o penal definirá los di- versoscomportamientos humanos sobre la base cle su ~itilitlad en una sociedad de clases, donde a una minoría de poseedores se contrapone una mayoría de necesitados excluidos de la pro- piedad. La recompensa por las actividades útiles y la condena de las tlañosas no podrá fundarse más que en la aceptaciih aprio- rística de una distribución desigual de la propiedad, desigualdad reconocida como definitiva, e inmutable. La satisfacción de las propias necesidacles a través del contrato será reconocida como útil, moral y lícita; fuera de este esquema jurídico la accibn será considerada socialmente nociva, inmoral, criminal. Se consigue que el éntasis puesto sobre el principio de la igualdad de los hombres en el estado de naturaleza no se extienda nunca a la critica <lc la distribución clasista de las oportunidades de los asociados en relación con la propiedad. + Sólo la ley penal -como voluntad del príncipe, único titu- lar del poder represivo- podrá definir las formas ilícitas en que puede realizarse la satisfacción de las necesidades. Sobre el pre- supuesto de la igualdad de todos los ciudadanos frente a la ley, no se piiede sino atribuir a cada uno igtial responsabilidad para sus propias acciones. El interés para quien viola la norma penal queda así resuelto al nivel puramente formal de la accicin impn- table, no pudiéndose de hecho aceptar un conocimiento distinto del hombre que delinque, en cuanto supondría el reconoci- miento de las desigualdades sociales e individiiales frente a la propiedad. Pero al mismo tiempo, como efecto de la desgarra- dora contradicción entre principio de igualdad formal y distri- bución clasista de las oportunidades, la acción criniinal está Sophie Realce Sophie Realce Sophie Realce OR~CENES Y PRIMEROS DESARROLLOS TEÓRICOS 35 politicamente considerada como propia de los excluidos de la propiedad y por lo tanto como atentado al orden y a la paz de los poseedores. * Si una organización social de propietarios que contratan libremente pretende un hombre soberano de sus propias accio- nes y por lo tanto libre frente a la elección entre el actuar licito y el actuar ilícito, por otra parte el conocimiento de que la violación de la norma es una forma propia de la condición de no propietarios -y por lo tanto es siempre potencialmente aten- tado politiro- sugiere las primeras definiciones del criminal como sujeto irracional, primitivo, peligroso. En otras palabras, la necesidad política de afirmar una racio- nalidad igual de los hombres se diluye en la igualmente adver- tida necesidad (le definir en términos de estigma, como distinto, como otro, al enemigo de clase. Como se ve, el conocimiento criminológico del periodo clá- sico se detiene ante el umbral de la contradicción política entre principio de igualdad y distribución desigual de las oportuni- dades sociales; no resolviendo en ningún sentido este nudo, desarrolla por tanto un saber contradictorio y heterogéneo. Junto a las afirmaciones de la racionalidad de las acciones criminales como consecuencia del libre arbitrio (sobre este paradigma se desarrollarán las codificaciones penales) no faltará tampoco un conocimiento del criminal como ser disminuido, no desarrolla- do completamente, privado de su voluntad, más parecido al sal- vaje y al niño que al hombre civilizado y maduro, o sea al hombre burgués, al hombre-propietario. Y es precisamente en esta interpretación donde se tiende a mistificar las desigualdades socioeconómicas entre los hombres como desigualdades natura- les, donde se encontrará el modo de desarrollar la voluntad pedrigdgica de la época clásica como acción social en relación con los excliiidos de la propiedad -y por ende en las relaciones del criminal como del pobre, del loco- a fin de integrarlos en el proceso productivo, a fin de educarlos para ser no propietarios sin atentar contra la propiedad, es decir a ser clase obrera. Pero en esta acción pedagógica nace también el conocimiento del otro, de lo diverso. El saber criminológico nace en realidad en la acción de integración del criminal. El lugar privilegiado de Sophie Realce Sophie Realce Sophie Realce este ejercicio del poder político y de la adquisición de conoci- mientos será la penitenciaria. Ya se ha indicado cómo la institución penitenciaria surge, entre los siglos XVIII y XIX, de la experiencia de la gran internación. Es oportuno a esta altura dedicar algunas palabras a la génesis de esta institución que todavía hoy la opinión piiblica considera que ha existido siempre, como si fuese un dato obvio que quien comete un crimen sea castigado con la privación de la libertad por un cierto periodo de tiempo mientras este tipo de pena es histhricamente una realidad que no tiene más de dos siglos. En efecto, antes de que se impusiese la pena de cárcel, los ordenamientos penales contemplaban un complejo sistema de sanciones que sacrificaban algunos bienes del culpable -la ri- queza con las penas pecuniarias, la integridad física y la vida con las penas corporales y la pena de muerte, el honor con las penas infamantes, etc.-, pero que no consideraban la perdida de la libertad por un periodo determinado de tiempo un ,castigo apropiado para el criminal. Y esto, simplemente, porque la liber- tad no era considerada un valor cuya privación piidiese consi- derarse como un sufrimiento, como un mal. Ciertamente existía ya la circe], pero como simple lugar de custodia donde el impu- .tado esperaba el proceso; antes de la aparición del sistema de producción capitalista no existía la cárcel como lugar de ejecii- ción de la pena propiamente dicha que consistía, como se ha señalado, en algo distinto a la pérdida de libertad. Sólo con la aparición del nuevo sistema de producción la libertad ntlquiri5 un valor econdtnico: en efecto, sólo cuando todas lns formas de ln riqueza social fueron reconocidas al común denominador de trabajo humano medido en el tiempo, o sea de trabajo asala- rindo, fue concebible una pena que privase al culpable de un quanlrim de libertad, es decir, de un quantum de trabajo astc- lariado. Y desde este preciso momento la pena pri7rativn de la libertad, o sea la cárcel, se convierte en la sancihn penal más Sophie Realce Sophie Realce Sophie Realce Sophie Realce difundida, la pena por excelencia en la sociedad productora de mercancias. Esta forma de sanción permite la más completa realización de la misma idea retributiva de la pena que, como se ha obser- vado anteriormente, no es otra cosa que una consecuencia de la naturaleza contractual del derecho penal burgués: la libertad medida en el tiempo constituye de hecho la forma más simple del valor de cambio. La heterogeneidad de las acciones crimi- nales -.delitos contra la vida, el patrimonio, el estado, etc.- podía encoiitrar en el momento sancionador su propio equiva- lente en la privación de un bien por definición fungible como sólo puede serlo la moneda: el tiempo como riqueza. Pero ésta no fue ciertamente la única razón por la que la pena carcelaria se impuso como pena principal en la sociedad del capital. Una sanción que permitía disponer autoritariamente de un sujeto para un determinado periodo de tiempo venia también a ofre- cerse como la ocasión más propicia para ejercitar sobre ellos un poder disciplinar, o sea aquella práctica pedagógica de educa- ción del desviado según las necesidades del proceso productivo. La cárcel, pues, heredó la experiencia de aquella originaria ins- titución que había sido la casa di lavoro, la Workhowe, la Ras- plruis, etc., y, en efecto, como ella, cambió la propia organiza- ción interna de la manufactura, de la fábrica y situó el momento de aprendizaje coactivo de la disciplina del trabajo como su fi- nalidad. La invención penitenciaria se situaba deesta manera como central en la inversibn de la práctica del control social: de una política criminal que había visto en la aniquilación del trans- gresor la única posibilidad de oposición a la acción criminal (ipiénsese en lo que había sido la política de represión de la criminalidad en los siglos xv y xvr!) se pasa ahora, precisamente gracias al modelo penitenciario, a una política que tiende a rein- tegrar, a quien se ha puesto fuera del pacto social delinquiendo, en su interior, pero en la situación de quien podrá satisfacer sus propias necesidatles solamente vendiéndose como fuerza de tra- bajo, es decir en la situacihn de proletariado. Con esto se realizaban, por primera vez, las condiciones para un nuevo conocimiento: en los restringidos espacios de la peni- tenciaria el criminal perdía definitivamente los contornos abs- Sophie Realce Sophie Realce Sophie Realce Sophie Realce tractos de quien viola la norma penal para transformarse en un sujeto concreto de necesidades materiales, en algo que finalmente podía ser observaclo, espiado, estudiado, en última instancia co- nocido. En este sistema de control distinto, la cárcel cumple tambidn una función instrumental hacia una exigencia emer- gente, y con el tiempo cada vez más sentida: el conocimiento criminal. En este sentido es correcto afirmar que el saber crimi- nológico es ante todo, en sus orígenes, conocimiento del crimi- nal. La criminología y sus vicisitudes están así estrechamente unidas a la cárcel y a su historia; y esto no sólo por lo que concierne .al origen contemporáneo de esta institución y de este conocimiento sino, como veremos a continuación, esta conexión inicial se reproducirá tambidn en el futuro, creando un haz de condicionamientos recíprocos. De esta manera algunas de las formas sobre las que se organi- zará el conocimiento criminológico burguds estarán fuertemente condicionadas por esta relación original con la institución car- celaria; examinemos las principales: * La criminologia, desde su inicio, autolimita su propio inte- res únicamente por el delincuente que puede ser conocido en la cárcel, ignorando de este modo la realidad social en la que ha vivido y en la que volverá a vivir. El objeto de esta criminología no es así tanto el delincuente, cuanto aquel delincuente reducido a desviado institucionaliurdo, esto es a encarcelado. Desde esta persApectiva es ya posible ver el equívoco sobre el que se fundará casi todo el saber de la criminologia: exactamente la estrecha equiparación entre delincuente y encarcelado. Sobre la identifi- cación acritica de estos dos sujetos se funda todo un tipo de producción criminológica; mejor sería llamarla una ideología que confundirá la agresividad y la alienación del hombre insti- tucionalizado con su intrínseca maldad, que clasificará y tipifi- cará como modos diversos de ser criminal tanto las formas de supervivencia a la realidad penitenciaria como las adaptaciones a los modelos impuestos, a la violencia clasificatoria sufrida. Sophie Realce Sophie Realce Sophie Realce OR~CENES Y PRIMEROS DESARROLLOS TEÓRICOS 39 * La cárcel es una organización de los espacios que permite observar y analizar una colectividad permanentemente expuesta. Quien es observado se transformará muy pronto en conejillo de Indias, el observador en sabio, la cárcel en observatorio social. La cárcel, de obseruatorio privilegiado de la marginalidad cn- minal, se ofrecerá como taller para intentar el gran experimento: la transformación del hombre, la educación de aquel sujeto hete- rogéneo, que es el criminal, en sujeto homogdneo, esto es en proletario. La ciencia criminológica se reconoce en esta doble tlimensión: es ciencia de la observación y es ciencia de la edu- cacicm. En cuanto saber que tiene por objeto al detenido, la cri- minología es ciencia atenta a los indicios, ciencia que acumula informaciones en torno a lo que hace a la población carcelaria distinta de la no internada. La cárcel ofrece en efecto la opor- tunidad para una exposición absoliita a la curiosidad científica: cada gesto, cada señal de desconsuelo, de dolor, de impaciencia, cada intimidad, cada palabra de este universo de cobayos podrán ser descritos. clasificados, comparados, analizados, estudiados. Y todavía más: la conformación de los miembros, el color de los ojos, el perfil de la cara y cualquier otra señal que pueda des- cribir este objeto de estudio que es el encarcelado será regis- trada atentamente. Con el tiempo se ampliará un detallado atlas de esta fauna en cautividad. Pero con esto de particiilar: a cau- sa de la ya indicada identificación entre detenido y criminal este conocimiento será utilizado en el exterior de la penitenciaria, en la sociedad libre, como ciencia indicativa para individualizar a los potencidles atentadores de la propiedad, los socialmente pelig~osos; la criminología se ofrecerá así como saber práctico necesario a la politica de prevención y represión de la crimina- lidad y será, a distintos niveles, utilizada tanto por el juez penal como por las fuerzas de policía. Pero la criminología es tambidn ciencia pedagógica y por lo tanto ciencia de la transformación. De tiempo en tiempo sus cultores hablarán lenguajes diversos, por ejemplo el médico y el psiquiátrico, así como, de tiempo en tiempo, la institución penitenciaria será definida como hospital, como manicomio; pero en el fondo, la preocupación de quien detenta este conoci- Sophie Realce miento parece ser una y sólo una: sugerir prácticas de manipu- lación, experimentar tratamientos, educar para el conformismo. Éstas son algunas -y sólo algunas- de las caracteristicas que marcaron, con intensidad diversa, las vicisitudes de la crimino- logía hasta tiempos muy cercanos a nosotros y que hacen que entre ella y la institución penitenciaria se pueda individualizar una serie de relaciones condicionadas recíprocamente. En efecto, sólo desde hace poco tiempo la criminologia, aunque sea par- cialmente, se ha liberado de estos vínculos que no le permitían ser ciencia critica de la sociedad. Y será instructivo observar cómo esta emancipación en la ciencia criminológica todavía coincide con un suceso que se refiere a la penitenciaria: su crisis sin solución y su progresiva obsolescencia como instrumento principal de control social. Otro momento central en esta sintktica reconstrucción histórica de la reflexión criminológica burguesa es el que se desarrolló en la Europa de la segunda mitad del siglo XIX como respuesta a las trans'formaciones sociales y a los nuevos problemas del orden en el periodo que sucedió a la revolución industrial. Con la consolidación del dominio capitalista en la Europa de la Restauración, la interpretación política de la criminalidad que había caracterizado la tpoca de la conquista del poder por parte de la nueva clase burguesa, incluidas las contradicciones del pensamieiito iluminista, siempre indeciso entre el momento critico y las exigencias de racionalización, parece resolverse defi- nitivamente en una lectura apologética del orden social exis- tente. La ambigüedad que caracterizaba las primeras formas de conocimiento criminológico estaba realmente dictada por la do- ble exigencia de criticar las formas liostiles de poder (el feudal) y al mismo tiempo proyectar las formas de un nuevo poder (el burguts); pero una vez que el poder político fue definitivamente conquistado, los intereses de la clase hegemónica se limitaron a inventar la estrategia para conservarlo. En esta perspectiva es comprensible como fuese precisamente el modelo contractiial Sophie Realce -aquel esquema jurídico-político que vigorizaba y daba consis- tencia tedrica a la necesidad de autonomía del burgués frente al aparato del estado aristocrático-feudal-el que entrase pro- fundamente en crisis. Y es precisamente en la negación defini- tiva, a travds de un tortuoso camino de progresivas revisiones, de aqiiella afirmación política tan eversiva que quería a los indivi- <Iiios libres e iguales entre sí, en la que se empeña el pensamiento positivista, orientándose cada vez más hacia la enunciación de teorías capaces de justificar cientificamente las desigualdades sociales como necesaria diversidad natural. Este esfuerzo teórico responde a una situación de clase modificada; en lo específico de la política del control social intentaremos ahora individua- lizar los problemas que se presentan con mayor radicalidad. Lo que entra profundamente en crisis es pues el mismo mito del liberalismo económico: ahora parece imposible creer que a la riqueza de las naciones corresponda el bienestar gene- ralizado de los ciudadanos. Precisamente la revolución industrial había enseñado que a una cada vez mayor aczlmzllacidn de ri- quezas acompañaba una cada vez más amplia y generalizada ac~~mulación de miseria. Quizá nunca, como entonces, el espec- táculo de la pobreza propagada por las grandes ciudades indus- triales y las inevitables tensiones sociales que esta realidad con- llevaba debieron preocupar tan profundamente a las conciencias vigilantes de la epoca. Por el momento, la fe optimista en una sociedad más justa e igualitaria debía ser rechazada. La desigual distribución de las riquezas no era ya un accidente que se podía exorcizar en la enunciación fideísta de que en una sociedad de iguales sólo el mérito personal hacía a algunos (pocos) ricos y a otros (muchos) pobres. La miseria debía ser aceptada ahora como un hecho social. Pero de este conocimiento obtenido, que sacudía irremediablemente las antiguas seguridades, tomaban formas nuevos temores, nuevos miedos colectivos. Si de un lado, en efecto, el desarrollo de la sociedad capitalista había creado definitivamente las nuevas clases laboriosas -expropiadas de los medios de producción y que aceptaban como natural la disci- plina de fábrica-, por otra parte estas mismas clases maduraban cada vez más una conciencia antagónica, es decir una verdadera y precisa conciencia de clase respecto de los intereses del capital. En sus primitivas formas de organiración ~ol í t ica -sindicatos, Sophie Realce Sophie Realce asociaciones laborales, etc.- el proletariado se colocaba como el adversario irreductible y perjudicaba toda certeza burguesa en el futuro liaciéndose portador de tina esperanza considerada inadmisible: la revolitción para una sociedad sin clases. La reac- cióii en.el frente buigués fue inmediata: las asociaciones de tra- bajadores fueron definidas como asociaciones de malhechores y el proletariado como potencial criminal. Se conoce asf la primera forma de criminaltzazarión del adversario de clase. Este proceso que tendía a fijar el atributo de peligrosidad en la clase obrera estaba en efecto facilitado por la observación de algunos teiiómenos. En primer lugar la nueva ciencia estadística Iiabía mostrado cómo la criminalidad liabía sido una prerroga- tiva casi exclusiva de las clases más pobres. La ecuación miseria- criminalidad no parecía poder ya ser negada. En segundo lugar, las incontrolables leyes del mercado capitalista habían enseñado cómo un descenso de los niveles salariales o un aumento de los índices de desocupación podían lanzar a los estratos más débiles (le la clase obrera a la indigencia y a la miseria. La laboriosidad proletaria era un estado siempre precario: el trabajador podía siempre devenir el pobre. De aquí el círculo vicioso: proletario- pobre-rl iminnl. Como se podrá examinar a continuación, la criminología po- sitivista se aprovechó, en parte, de la ruptura de esta identidatl: subrepticiamente intentó definir las clases peligrosas como natu- ralmente distintas de las trabajadoras, atribuyendo a las primeras la cualidad de degeneradas y a las segundas la cualidad de útiles. S610 estas últimas podían gozar todavía -y mientras aceptasen las reglas de juego que las querían disciplinadas y sometidas a la autoridad- de los privilegios del estado de derecho, de las garan- t i r~.~ del derecho burgués; las clases criminales -precisamente en cuanto cargadas de los atributos de degeneradas, inmaduras, salvajes, más semejantes a las bestias que a los hombres, etc.- debían ser sometidas a una especie de no derecho, esto es podian ser eliminadas, reprimidas o reeducadas fuera y contra de toda garantía jurídica, por simple necesidad de higiene social. Ciertamente, la criminología de la segunda mitad del siglo xix no fue sólo esto; decimos que sirvió también para esto. Más en general, lo que caracteriza el conocimiento crimino- lógico de la época es la voluntad de dar respuestas política- Sophie Realce Sophie Realce mente tranquilizadoras; precisamente porque la criminalidatl es socialmente percibida como síntoma de malestar, de enfer- medad de la sociedad, se torna necesario capturar, relegar, cir- cunscribir el saber criminológico a un 8rea no política, a un espacio neutral, en el que no sea ya posible atribuir ninguna inteligibilidad a la acción criminal, en la cual la cuestión crimi- nal (de aquella criminalidad) no induzca más a nadie a poner en cuestión el orden (de aquella sociedad). Visto de otra manera, una ulterior escisión, también ésta en- gañosa, entre política criminal - c o m o política de la prevencihn y represión de la criminalidad- y política tout-coi~rt; en otras palabras, esto significa que toda posible solución del fenómeno criminal --como el bandolerismo mericiional, las organizaciones anarquistas, la delincuencia juvenil, etc.- debe necesariamente ser expuesta dentro del ciiadro institucional dado. Entre teoría del estado por un lacio y conocimiento del fenómeno criminal y política criminal por otro, debe ser construida una barrera. La primacía de la política en el conocimiento criminal propia del lluminismo es así negada. VIII. LA CRIMINOLOG~A DE LA SEGUNDA MITAD DEL SIGLO XIX: HOMBRE DELINCUENTE Y CLASES PELIGROSAS Conviene, en este momento, adelantar una doble observación: en primer lugar, más que en sus resultados y en sus intenciones, la criminología positivista se caracterizará por su mktodo; en segundo lugar, si bien esta aproximación marcará todo el pen- samiento criminológico de fines del siglo XIX, algunos de los presupuestos epistemológicos de aquel saber, si no todos, conta- minarin también la criminología burguesa del siglo xx; una herencia -la del positivismo- que es posible encontrar todavía hoy en las teorías criminológicas más acreditadas. Intentemos ahora obtener las características comunes del en- foque positivista de la criminologia: Laos progresos obtenidos en las ciencias naturales -con sus reflejos tobre la renovación tecnológica ligada a las exigencias de la prodiicción- atribuyeron a su método la ~rimacia como Sophie Realce único método cientifico. La criminologia, igual que otros saberes sociales, si quería emanciparse y llegar a ser conocimiento cien- tífico de la sociedad debía aplicar a su propio objeto de estudio aquel método. Entre mundo físico y mundo social se suponían leyes comunes y, como tales, cognoscibles a través de un método comiin. Como fundamento del conocimiento criminológico po- sitivista -de manera no diversa que para otras ciencias socia- les- se colocaba por ende una interpretación mecanicista de la socierlad. * Pero para qiie se pudieran descubrir las leyes del compor- tamiento criminal era necesario que este fuese determinado. No es preciso aquí insistir mucho sobre la polémica de aquella épo- ca entre partidarios del libre arbitrio y partidarios tiel determi- nismo; fue una polémica que interesó mas a la filosofía en
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