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¿Cuáles son los casos más emblemáticos que ha resuelto la Corte Penal Internacional?

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Todos los Apuntes

La Corte Penal Internacional es una institución jurisdiccional permanente con facultades para juzgar a las personas que hayan cometido los crímenes más graves contra los derechos humanos (genocidios, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y crímenes de agresión). Atendiendo a la gravedad de dichos crímenes se aplican dos principios importantes a los mismos:

  • Principio de jurisdicción universal
  • Principio de imprescriptibilidad penal de los crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad.

En el preámbulo del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional del 17 de julio de 1998 se establece:

Teniendo presente que, en este siglo, millones de niños, mujeres y hombres han sido víctimas de atrocidades que desafían la imaginación y conmueven profundamente la conciencia de la humanidad,

Reconociendo que esos graves crímenes constituyen una amenaza para la paz, la seguridad y el bienestar de la humanidad,

Afirmando que los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto no deben quedar sin castigo y que, a tal fin, hay que adoptar medidas en el plano nacional e intensificar la cooperación internacional para asegurar que sean efectivamente sometidos a la acción de la justicia,

Decididos, a los efectos de la consecución de esos fines y en interés de las generaciones presentes y futuras, a establecer una Corte Penal Internacional de carácter permanente, independiente y vinculada con el sistema de las Naciones Unidas que tenga competencia sobre los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto,

La Corte Penal Internacional ( CPI) se rige en su composición y funcionamiento por dicho Estatuto. La sede se encuentra en La Haya, aunque puede celebrar sesiones en otros lugares, cuando lo estime conveniente.

Casos Emblemáticos

En cuanto a la pregunta concreta que nos atañe, lo primero señalar que, debido a la gravedad de los hechos que enjuicia la CPI, todos los casos serían destacables y dignos de mención. Mencionaré algunos como muestra:

Caso contra Ahmad Al Faqi Al Mahdi : Encontrado culpable de crímenes de guerra por dirigir ataques contra diez monumentos históricos religiosos en Tombuctú y Malí y condenado a 9 años. Siendo la primera vez que la destrucción de monumentos culturales se califica como crímenes de guerra por parte de la CPI.

Caso contra Thomas Lubanga:

Fue el fundador de la Unión de Patriotas Congoleños, y el primer condenado por la CPI. Se le juzgó por el alistamiento de niños menores de 15 años para participar en conflicto armado. La pena fue de 14 anos de prisión.

Caso contra el presidente sudanés Omar Al-Bashir:

Fue el primer jefe de Estado en ser acusado por la CPI. Se le acusó de crímenes de guerra y de lesa humanidad en relación con el conflicto de Darfur. Se emitieron ordenes de arresto en 2009 y 2010. El sospechoso aún se encuentra en libertad. Mientras no se arreste, el CPI no podrá juzgarlo.

Caso contra Katanga Case:

Fue declarado culpable en el 2014 de un crimen de lesa humanidad (asesinato) y cuatro cargos de crímenes de guerra (asesinato, ataque a una población civil, destrucción de bienes y pillaje) cometidos en el pueblo de Bogoro. La sentencia fue de 12 anos de prisión.

Además de conformidad con el artículo 79 del Estatuto de Roma se ha creado en el 2004 un Fondo Fiduciario para las Víctimas. Dicho fondo tiene una doble finalidad. Por una banda, pretende ser una ayuda física y psicológica a las víctimas y a sus familiares, y por otra contribuir a la reparación del daño que ordene el tribunal.

En cuanto a la efectividad de dicha jurisdicción, por poner un ejemplo, en junio del 2015 de 22 casos investigados, solamente se dictaron 2 condenas. El hecho de que la CPI solo sea competente en los países adheridos al Estatuto de Roma, con el añadido de que su actuación depende del consentimiento del Consejo de Seguridad de la ONU, lo hace poco resolutivo. Es interesante destacar que en el seno de dicho Consejo de Seguridad, el derecho a veto de sus miembros permanentes juega en contra de la actuación de la CPI.

Son 124 los Estados que han ratificado dicho Estatuto de Roma, pero por contra, hay todavía 60 países que no lo han hecho. Entre estos últimos están Estados Unidos, Rusia, China, India e Israel.

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