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¿Cómo se clasifican los tratados internacionales?

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Los tratados internacionales se pueden clasificar de diversas maneras, según el criterio que se utilice.

Según el número de partes, los tratados pueden ser:

  • Bilaterales: Los tratados bilaterales son acuerdos entre dos Estados.
  • Multilaterales: Los tratados multilaterales son acuerdos entre tres o más Estados.

Según su objeto o finalidad, los tratados pueden ser:

  • Políticos: Los tratados políticos regulan las relaciones entre los Estados, como los tratados de paz, los tratados de alianza o los tratados de comercio.
  • Jurídicos: Los tratados jurídicos establecen normas jurídicas, como los tratados de derechos humanos, los tratados de derecho internacional humanitario o los tratados de derecho del mar.
  • Económicos: Los tratados económicos regulan las relaciones económicas entre los Estados, como los tratados de comercio, los tratados de cooperación económica o los tratados de inversión.
  • Tecnológicos: Los tratados tecnológicos regulan la cooperación tecnológica entre los Estados, como los tratados de cooperación científica o los tratados de cooperación espacial.
  • Culturales: Los tratados culturales regulan la cooperación cultural entre los Estados, como los tratados de cooperación educativa o los tratados de cooperación turística.
  • Ambientales: Los tratados ambientales regulan la protección del medio ambiente, como los tratados de protección de la capa de ozono o los tratados de lucha contra el cambio climático.

Según su forma, los tratados pueden ser:

  • Tratados escritos: Los tratados escritos son acuerdos que se formalizan en un documento escrito.
  • Tratados verbales: Los tratados verbales son acuerdos que se formalizan mediante declaraciones verbales.

Según su estado de aprobación, los tratados pueden ser:

  • Tratados en vigor: Los tratados en vigor son tratados que han sido aprobados por todas las partes y que han entrado en vigor en virtud de sus disposiciones.
  • Tratados no en vigor: Los tratados no en vigor son tratados que han sido aprobados por algunas partes, pero que aún no han entrado en vigor.

Según su duración, los tratados pueden ser:

  • Tratados a plazo fijo: Los tratados a plazo fijo son tratados que tienen una duración determinada.
  • Tratados perpetuos: Los tratados perpetuos son tratados que no tienen una duración determinada.

Según su carácter vinculante, los tratados pueden ser:

  • Tratados vinculantes: Los tratados vinculantes son tratados que imponen obligaciones a las partes.
  • Tratados no vinculantes: Los tratados no vinculantes son tratados que no imponen obligaciones a las partes.

Según su carácter público o privado, los tratados pueden ser:

  • Tratados públicos: Los tratados públicos son tratados que regulan las relaciones entre los Estados.
  • Tratados privados: Los tratados privados son tratados que regulan las relaciones entre particulares.

Estas son solo algunas de las formas en que se pueden clasificar los tratados internacionales. La clasificación más adecuada dependerá del criterio que se utilice.


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