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¿Cuál es la obligación de reparar integralmente las violaciones de derechos humanos? a. Numentos o actos de preservación de la memoria. b. Otras ...

¿Cuál es la obligación de reparar integralmente las violaciones de derechos humanos?


a. Numentos o actos de preservación de la memoria.
b. Otras medidas de satisfacción.
c. Medidas de garantías de no repetición.
d. Adecuar legislación interna.
e. Control de convencionalidad.
f. Capacitación.
g. Mecanismos institucionales de protección y monitoreo.
h. Transformación de situaciones de discriminación estructural.
i. Otras medidas.
j. Investigación, determinación, enjuiciamiento y, en su caso, sanción de todos los responsables.
k. Determinación del paradero de las víctimas.

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La obligación de reparar integralmente las violaciones de derechos humanos es un principio fundamental del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio establece que los Estados tienen la obligación de reparar a las víctimas de violaciones de derechos humanos, restituyéndolas a la situación en la que se encontraban antes de la violación, o, en su caso, proporcionándoles una compensación justa.

La obligación de reparación integral se compone de las siguientes medidas:

  • Restitución: La restitución es la medida más importante de reparación, ya que tiene como objetivo devolver a la víctima a la situación en la que se encontraba antes de la violación. Esto puede implicar, por ejemplo, la devolución de bienes confiscados, el reintegro a un empleo, o la reparación de daños físicos o psicológicos.
  • Indemnización: La indemnización es una compensación económica que se otorga a la víctima para compensarla por los daños sufridos. La indemnización debe ser justa y adecuada, y debe cubrir todos los daños, incluyendo los daños materiales, morales e inmateriales.
  • Satisfacción: La satisfacción es una medida no pecuniaria que tiene como objetivo reparar el daño moral sufrido por la víctima. Esto puede implicar, por ejemplo, una disculpa pública, un monumento conmemorativo, o la creación de un programa de educación para prevenir futuras violaciones de derechos humanos.
  • Garantías de no repetición: Las garantías de no repetición son medidas que tienen como objetivo evitar que las violaciones de derechos humanos vuelvan a ocurrir. Esto puede implicar, por ejemplo, la reforma del sistema judicial, la creación de programas de educación, o la investigación de los responsables de las violaciones.

Las medidas de reparación pueden ser implementadas por el Estado responsable de las violaciones, o por un organismo internacional, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Las opciones (a), (b), (c), (d), (e), (f), (g), (h), (i), (j) y (k) son todas medidas que pueden formar parte de la reparación integral de las violaciones de derechos humanos. La opción (i) es una medida residual, que se utiliza para incluir cualquier otra medida que sea necesaria para la reparación integral.

En conclusión, la obligación de reparar integralmente las violaciones de derechos humanos es un principio fundamental del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio establece que los Estados tienen la obligación de reparar a las víctimas de violaciones de derechos humanos, restituyéndolas a la situación en la que se encontraban antes de la violación, o, en su caso, proporcionándoles una compensación justa.


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