El estado del resultado del periodo y otro resultado integral (estado del resultado integral) presentará, además de las secciones del resultado del...
El estado del resultado del periodo y otro resultado integral (estado del resultado integral) presentará, además de las secciones del resultado del periodo y otro resultado integral: (a) resultados; (b) otro resultado integral total; (c) el resultado integral del periodo, siendo el total del resultado del periodo y otro resultado integral. Si una entidad presenta un estado del resultado del periodo separado no presentará la sección del resultado del periodo en el estado que presente el resultado integral.
Compartir