1.1.2 Tráfico privado externo
Este segundo presupuesto alude a la realidad social de la persona, es decir, al modo particular de actuación del suje...
1.1.2 Tráfico privado externo Este segundo presupuesto alude a la realidad social de la persona, es decir, al modo particular de actuación del sujeto, que, en el actuar de su vida cotidiana y al entablar relaciones jurídicas con las demás personas en la sociedad, debe necesariamente transponer la frontera. Ello implica que una persona física o Jurídica de DIPr que desarrolle su vida o su actividad en el seno de un mismo Estado, jamás dará lugar a la aplicación de un derecho extranjero y, por lo tanto, no se presentará ningún problema propio del DIPr. Actualmente, esta realidad social se presenta de manera muy favorable, sobre todo con el fenómeno de la globalización.
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