De acuerdo con la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de informaci...
De acuerdo con la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, en caso de que el paciente no acepte el tratamiento prescrito:
a) Se procederá al alta forzosa. b) Se propondrá al paciente la firma del alta voluntaria. c) Se contactara con los servicios sociales municipales para que estos se encarguen de la atención al paciente. d) Se pondrá inmediatamente en conocimiento del juez para que confirme o revoque el tratamiento.
Compartir