La respuesta correcta es (b), Si puede ser sometido porque la decisión se definió su situación jurídica fue bajo fraude.
El principio non bis in idem, o prohibición de doble juzgamiento, establece que una persona no puede ser juzgada dos veces por los mismos hechos. Sin embargo, este principio tiene excepciones, una de ellas es el fraude procesal.
El fraude procesal es la conducta de una persona que, con el fin de obtener una decisión favorable en un proceso, realiza actos que alteran la verdad de los hechos o la marcha del proceso.
En el caso del señor Juan, si se demuestra que la decisión judicial que lo absolvió fue producto de fraude procesal, entonces podrá ser sometido a nueva investigación o juzgamiento por los mismos hechos.
Las demás opciones son incorrectas porque no se ajustan a lo establecido en la ley.
En conclusión, el señor Juan puede ser sometido a nueva investigación o juzgamiento por los mismos hechos si se demuestra que la decisión judicial que lo absolvió fue producto de fraude procesal.
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