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¿Qué sucede en el caso de los escritos anónimos que no suministren evidencia o datos concretos que permitan encauzar la investigación? a) Se dele...

¿Qué sucede en el caso de los escritos anónimos que no suministren evidencia o datos concretos que permitan encauzar la investigación?


a) Se delegará a un funcionario judicial con el fin de que practique las pruebas correspondientes.
b) Esta clase de denuncias, se archivarán por parte del fiscal correspondiente.
c) Se delegarán funciones especiales en el querellante con el fin de que el mismo sea quien practique las pruebas correspondientes.
d) Ainda que a denúncia não anexe as provas necessárias, a investigação segue em curso com o devido processo.

Esta pregunta también está en el material:

CUESTIONARIO CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL
31 pag.

Sociologia Institucion Educativa Colegio Universidad Virtual De ColombiaInstitucion Educativa Colegio Universidad Virtual De Colombia

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La respuesta correcta es (b), Esta clase de denuncias, se archivarán por parte del fiscal correspondiente.

El artículo 252 de la Ley 906 de 2004 establece que los escritos anónimos que no suministren evidencia o datos concretos que permitan encauzar la investigación se archivarán por parte del fiscal correspondiente.

Las respuestas (a), (c) y (d) son incorrectas porque no se ajustan a lo establecido en la ley.

En conclusión, en caso de que un escrito anónimo no suministre evidencia o datos concretos que permitan encauzar la investigación, el fiscal correspondiente procederá a archivar la denuncia.


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