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¿Qué sucede con la acción penal, cuando hay fallecimiento del imputado? a) La acción penal continúa. b) La acción penal se extingue. c) El causan...

¿Qué sucede con la acción penal, cuando hay fallecimiento del imputado?


a) La acción penal continúa.
b) La acción penal se extingue.
c) El causante de la acción penal continúa en el proceso.
d) El representante o heredero se vincula inmediatamente al proceso.

Esta pregunta también está en el material:

CUESTIONARIO CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL
31 pag.

Sociologia Institucion Educativa Colegio Universidad Virtual De ColombiaInstitucion Educativa Colegio Universidad Virtual De Colombia

💡 1 Respuesta

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La respuesta correcta es (b), La acción penal se extingue.

El artículo 31 de la Ley 906 de 2004 establece que la acción penal se extingue por muerte del imputado. Esto significa que, en caso de fallecimiento del imputado, la acción penal no puede continuar.

Las respuestas (a), (c) y (d) son incorrectas porque no se ajustan a lo establecido en la ley.

En conclusión, en caso de fallecimiento del imputado, la acción penal se extingue y el proceso penal se archiva.


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