Logo Studenta

¿Teniendo en cuenta los principios de oralidad y celeridad, las providencias judiciales, podrán transcribirse, reproducirse o verter a texto escrit...

¿Teniendo en cuenta los principios de oralidad y celeridad, las providencias judiciales, podrán transcribirse, reproducirse o verter a texto escrito apartes de la actuación?

Teniendo en cuenta los principios de oralidad y celeridad, las providencias judiciales podrán transcribirse, reproducirse o verter a texto escrito apartes de la actuación incluyendo las citas o referencias apropiadas para la debida fundamentación de la decisión.
A. En algunos casos se podrán transcribir, reproducir o verter a texto escrito apartes de la actuación, cuando por efectos de celeridad, el juez lo autorice.
B. Siempre se podrán transcribir, reproducir o verter a texto escrito apartes de la actuación puesto que es una decisión judicial de carácter público.
C. Nunca se podrán transcribir, reproducir o verter a texto escrito apartes de la actuación incluyendo las citas o referencias apropiadas para la debida fundamentación de la decisión.
D. En ningún caso se podrán transcribir, reproducir o verter a texto escrito apartes de la actuación excepto las citas o referencias apropiadas para la debida fundamentación de la decisión.

Esta pregunta también está en el material:

CUESTIONARIO CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL
31 pag.

Sociologia Institucion Educativa Colegio Universidad Virtual De ColombiaInstitucion Educativa Colegio Universidad Virtual De Colombia

Todavía no tenemos respuestas

¿Sabes cómo responder a esa pregunta?

¡Crea una cuenta y ayuda a otros compartiendo tus conocimientos!


✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales