Logo Studenta

Teniendo en cuenta el Artículo 89 del Decreto 0019 de enero 10 de 2012, cuando se trate de actos de disposición, gravamen o limitación al dominio d...

Teniendo en cuenta el Artículo 89 del Decreto 0019 de enero 10 de 2012, cuando se trate de actos de disposición, gravamen o limitación al dominio de inmuebles, solo procederá el poder general por escritura pública o especial, que contenga únicamente la identificación precisa del inmueble o inmuebles, su ubicación, dirección, numero de matricula inmobiliaria y cedula catastral, adicionalmente a esto:

A. Los linderos serán establecidos por el notario que realiza la escritura.
B. Los poderes requerirán linderos.
C. Los poderes no requerirán linderos.
D. Los poderes requerirán linderos y las formas de pago o adquisición del inmueble.
A
B
C
D

Esta pregunta también está en el material:

CUESTIONARIO LEY ANTITRAMITES
18 pag.

Sociologia Institucion Educativa Colegio Universidad Virtual De ColombiaInstitucion Educativa Colegio Universidad Virtual De Colombia

Todavía no tenemos respuestas

¿Sabes cómo responder a esa pregunta?

¡Crea una cuenta y ayuda a otros compartiendo tus conocimientos!


✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales