Teniendo en cuenta el Artículo 202 del decreto 0019 de enero 10 de 2012, que modifica el Artículo 52 de la Ley 769 de 2002, modificado por el Artic...
Teniendo en cuenta el Artículo 202 del decreto 0019 de enero 10 de 2012, que modifica el Artículo 52 de la Ley 769 de 2002, modificado por el Articulo 12 de la Ley 1383 de 2012. ¿En cuánto tiempo se deberá realizar la primera revisión técnico – mecánica y de emisiones contaminantes para vehículos nuevos de servicio particular diferentes de motocicletas y similares?
A. Deben realizar esta revisión a partir del quinto (5) año contado a partir de la fecha de su matrícula. B. Deben realizar esta revisión a partir del sexto (6) año contado a partir de la fecha de su matrícula. C. Deben realizar esta revisión a partir del cuarto (4) año contado a partir de la fecha de su matrícula. D. No deben efectuar tal revisión.
Compartir