La respuesta correcta es la B. No es procedente destruir los documentos que posean valor histórico. Estos deben ser conservados.
Explicación:
La destrucción de documentos digitalizados está regulada por la Ley 594 de 2000 (Ley General de Archivos) y por el Decreto 1081 de 2015.
Estas normas establecen que:
Los requisitos para la destrucción de documentos digitalizados son:
En resumen, no es procedente destruir todos los documentos digitalizados. Los documentos que posean valor histórico deben ser conservados permanentemente. Los documentos que no posean valor histórico pueden ser destruidos después de un período de tiempo determinado, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos en la Ley General de Archivos y en el Decreto 1081 de 2015.
Para ampliar la información sobre este tema, se recomienda consultar los siguientes recursos:
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