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7. En la órbita nacional, la interposición de un recurso de reconsideración: Es obligatorio siempre. Es de carácter optativo y lleva implícito el r...

7. En la órbita nacional, la interposición de un recurso de reconsideración:
Es obligatorio siempre.
Es de carácter optativo y lleva implícito el recurso de alzada.
Es de carácter optativo y lleva implícito el recurso jerárquico.
Es obligatorio para la administración pública descentralizada.
Es obligatorio y procede en los casos en que el órgano que decide posea una autoridad jerárquica superior dentro de la organización administrativa.

Verdadero
Falso

Esta pregunta también está en el material:

trabajo n1de procesal publico
5 pag.

Direito Processual Civil I Universidad Empresarial Siglo 21Universidad Empresarial Siglo 21

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