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trabajo n1de procesal publico

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1.  El amparo por mora:
Se encuentra regulada en el art. 23 de la C.N.
Se encuentra regulada en el art. 36 de la L.N.P.A
Es la llamada habilitación de instancia.
Será viable en la medida en que hayan vencido los plazos para que
la autoridad administrativa se pronuncie.
No se considera una orden judicial de pronto despacho.
2. El control de razonabilidad:
Es exigible sólo para los recursos administrativos.
Es exigible sólo a los actos administrativos.
Es exigible a todo actuar del Estado, sea que trate del ejercicio de actividad 
reglada o discrecional.
Es exigible a todo el actuar del Estado para el ejercicio de actividad reglada.
Es exigible sólo para los actos emanados de la administración pública 
descentralizada.
3. Cuando vencen los plazos procesales para que sea impugnado, un acto administrativo deviene:
Interno.
Recursivo.
Abstracto.
Firme.
Concreto.
4. Respecto del amparo por mora en la Provincia de Córdoba podemos afirmar que:
La competencia para la tramitación de los amparos por mora, está reservada a los
tribunales con competencia múltiple.
La legitimación activa sólo está supeditada a la afectación de un interés legítimo.
La legitimación activa sólo está supeditada a la afectación de un derecho 
subjetivo.
La legitimación activa está supeditada a la afectación de un interés legítimo o de 
un interés legítimo.
No se cuenta con una ley que lo regula específicamente.
5. La regulación administrativa vigente en la Argentina, dispone que la interposición de recursos administrativos contra actos administrativos como regla:
Produce la suspensión de los efectos del acto recurrido.
No produce la impugnación del acto administrativo.
Produce que el acto quede confirmado.
No produce la suspensión de los efectos del acto recurrido.
Produce que el acto quede firme.
6. En el caso planteado, el acto administrativo dictado:
Agota la vía administrativa.
Implica que la administración pública ha utilizado de manera ilegítima su potestad 
revocatoria.
Da lugar a un amparo por mora.
Es válido.
Da lugar a un recurso de queja.
7. En la órbita nacional, la interposición de un recurso de reconsideración:
Es obligatorio siempre.
Es de carácter optativo y lleva implícito el recurso de alzada.
Es de carácter optativo y lleva implícito el recurso jerárquico.
Es obligatorio para la administración pública descentralizada.
Es obligatorio y procede en los casos en que el órgano que decide posea una 
autoridad jerárquica superior dentro de la organización administrativa.
8. En la órbita nacional, el recurso de alzada:
No se halla previsto.
Es obligatorio.
Suspende los efectos de la decisión de la administración.
Es inconstitucional.
Es optativo.
9. En el caso planteado:
El acto administrativo es nulo.
La decisión de la administración de revocar la habilitación es un contrato 
administrativo.
La decisión de la administración de revocar la habilitación es un reglamento.
El acto administrativo es válido.
Debe interponerse un recurso extraordinario federal.
10. 
Para los supuestos en que se pretenda cuestionar actos administrativos emanados de 
la máxima autoridad de un ente autárquico descentralizado que no sea una 
universidad nacional:
Es obligatorio para el interesado interponer un recurso de alzada dentro de los 
quince días, el que será resuelto por el órgano que encabeza la administración 
central.
Podrá interponerse, a opción del interesado, un recurso de alzada dentro de los 
quince días, el que será resuelto por el órgano que encabeza la administración 
central.
Podrá interponerse, a opción del interesado, un recurso de reconsideración 
dentro de los veinte días, el que será resuelto por el órgano que encabeza la 
administración central.
Podrá interponerse, a opción del interesado, un recurso de reconsideración 
dentro de los diez días, el que será resuelto por el órgano que encabeza la 
administración central.
Es de carácter optativo entablar el recurso de reconsideración y lleva implícito el 
recurso de alzada.
11. La Corte Suprema de Justicia de la Nación considera en la actualidad que no resultanmateria justiciable:
Las decisiones dictadas en el marco de los concursos universitarios, 
exceptuando los casos en donde los mismos fueran manifiestamente arbitrarios.
Los actos administrativos que lesionan un interés jurídico protegido.
Los actos administrativos discrecionales.
Los actos que afectan derechos constitucionales.
Los actos administrativos reglados.
12.  Indique cuál de las siguientes opciones es incorrecta:
La acción de lesividad es promovida por la administración pública cuando 
pretende revocar un acto administrativo firme, consentido y del que han nacido 
derechos subjetivos en cumplimiento.
De acuerdo a la Ley 19.549 la acción de lesividad debe promoverse dentro del 
plazo de prescripción del derecho sustancial.
En el sistema contencioso administrativo nacional rige un sistema de unidad de 
acciones, más allá de la situación jurídica subjetiva del administrado.
Dentro del ámbito federal quien detenta un interés simple sólo puede promover 
una denuncia de ilegitimidad.
En el sistema contencioso administrativo nacional rige un sistema de pluralidad 
de acciones de acuerdo a la situación jurídica subjetiva del administrado.
13.  Indique cuál de las siguientes opciones es incorrecta:
De acuerdo a la Ley 19.549 la acción de lesividad debe promoverse dentro del 
plazo de prescripción del derecho sustancial
La acción de lesividad es promovida por la administración pública cuando 
pretende revocar un acto administrativo firme, consentido y del que han nacido 
derechos subjetivos en cumplimiento.
En el sistema federal, cuando la acción es promovida por una persona que 
ostenta un derecho subjetivo, no se pueden solicitar medidas cautelares.
Dentro del ámbito federal quien detenta un interés simple sólo puede promover 
una denuncia de ilegitimidad.
En el sistema contencioso administrativo nacional rige un sistema de unidad de 
acciones más allá de la situación jurídica subjetiva del administrado.
14. Cuando algún ordenamiento federal específico prevé un recurso judicial directo, la Cámara que intervenga podrá controlar:
La legitimación activa
Sólo la aplicación del derecho.
Que se hayan respetado las normas de procedimiento.
La constitucionalidad de las normas aplicables.
Los hechos y la aplicación del derecho de manera amplia.
15. En el caso planteado, el acto administrativo produce sus efectos:
Desde que se presenta un recurso administrativo.
Desde que se suspenden sus efectos.
Desde que emana de la Administración Pública.
Desde su notificación al interesado.
Desde que se plantea su nulidad.
16. La acción de lesividad es promovida:
Por el Poder Ejecutivo Nacional.
Por el Defensor del Pueblo.
Por la administración pública.
Por el afectado indirecto.
Por el afectado.
17. El control de discrecionalidad técnica:
Se configura en aquellos supuestos en que la norma exige la adopción de un
juicio científico o técnico por parte de la administración pública de decisiones
que en reiteradas ocasiones recaen sobre organismos públicos de carácter
especializado.
Consiste en la fiscalización de la discrecionalidad a través del control de los 
elementos reglados del acto administrativo entre los que se destacan la 
competencia, la causa, la forma y la finalidad.
Consiste en la verificación de la regularidad externa de la decisión adoptada por 
la administración pero no el núcleo de la discrecionalidad de la decisión 
adoptada.
Consiste en la verificación de definiciones genéricas efectuados por el 
ordenamiento administrativo que, para aplicarse a un caso concreto,requieren 
ser interpretadas por el Poder Judicial.
Analiza si la decisión de la administración encuentra sustento fáctico en los 
sucesos acaecidos en la realidad.
18. En el caso planteado, el acto administrativo dictado:
Agota la vía administrativa.
Implica que esa decisión no es controlable judicialmente.
Se fija un plazo para interponer un recurso de reconsideración contraesa 
decisión de 120 días.
No puede ser revocado cuando hay derechos subjetivos en cumplimiento.
Se manifiesta contra esa decisión por lo que debe interponerse un recurso 
directo o judicial.
19. 
En la órbita nacional el agotamiento de la vía administrativa se produce con la interposición de
un recurso de reconsideración ante la misma autoridad que dictó la decisión dentro de los
veinte días.
Verdadero
Falso
20. 
El Art. 45 de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 22.240) establece que los actos 
administrativos que dispongan sanciones en el ámbito de dicha ley no podrán ser 
recurridos por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo 
Federal.
Falso
Verdadero

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