17. Cuando el pedido de exigibilidad, concurrente o compartido entre varias personas, a la Administración Pública , que su conducta no exceda sus f...
17. Cuando el pedido de exigibilidad, concurrente o compartido entre varias personas, a la Administración Pública , que su conducta no exceda sus facultades regladas ni dicte actos en abuso de sus facultades discrecionales estamos frente a la tutela de un:
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