Si el locador se niega a recibir la llave del inmueble locado, según lo prescripto por ley, el locatario:
Todas son correctas.
Debe esperar hasta q...
Si el locador se niega a recibir la llave del inmueble locado, según lo prescripto por ley, el locatario: Todas son correctas. Debe esperar hasta que el locador lo considere pertinente. Puede consignar la llave en la justicia. No tiene opción y debe continuar en el inmueble locado. Sólo puede consignar cuando fue estipulado.
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