El concepto de parte según Chiovenda es: El que demanda en nombre propio o en cuyo nombre se demanda una actuación de la ley, y aquel contra el cua...
El concepto de parte según Chiovenda es: El que demanda en nombre propio o en cuyo nombre se demanda una actuación de la ley, y aquel contra el cual esa actuación de ley es demandada.
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