Logo Studenta

¿Qué requisitos para su progreso exige el art. 484 del C.P.C.? : Fuera de los casos previstos en los art. Precedentes, quien tuviere fundado motivo...

¿Qué requisitos para su progreso exige el art. 484 del C.P.C.? : Fuera de los casos previstos en los art. Precedentes, quien tuviere fundado motivo para temer que durante el tiempo anterior al reconocimiento judicial de su derecho, este pudiere surgir un perjuicio inminente o irreparable, podrá solicitar las medidas que, según las circunstancias, fueren mas aptas para asegurar provisionalmente el cumplimiento de la sentencia.

Esta pregunta también está en el material:

PROCESAL_II_PREGUNTASs[1] OK
71 pag.

Direito Processual Civil I Universidad Empresarial Siglo 21Universidad Empresarial Siglo 21

Todavía no tenemos respuestas

¿Sabes cómo responder a esa pregunta?

¡Crea una cuenta y ayuda a otros compartiendo tus conocimientos!


✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales