¿Qué carácter reviste la enunciación del art. 175 del Código de Proc. Civil de Córdoba?;: La demanda se deducirá por escrito y expresara: 1- El no...
¿Qué carácter reviste la enunciación del art. 175 del Código de Proc. Civil de Córdoba?;: La demanda se deducirá por escrito y expresara: 1- El nombre , domicilio real, edad y estado civil de demandante; tipo y numero de documento de identidad. 2- El nombre y domicilio del demandado- 3- La cosa que se demande designada con exactitud. . si se reclamase el pago de una suma de dinero, deberá establecerse el importe pretendido, cuando ello fuese posible. Inclusive respecto de aquella obligaciones cuyo monto depende del prudente arbitrio judicial. 4- Los hechos y el derecho en que se funde la acción. 5- la petición en términos claros y precisos.
Compartir