¿Cuáles son los documentos que deben acompañarse en esa oportunidad?. ¿Según nuestro CPC de Córdoba, qué sucede si no los acompaña en esa oportunid...
¿Cuáles son los documentos que deben acompañarse en esa oportunidad?. ¿Según nuestro CPC de Córdoba, qué sucede si no los acompaña en esa oportunidad?. ¿Puede acompañarlos después?art. art. 182. El actor deberá acompañar a la demanda los documentos de qu haya de valerse. Si no los tuviese, los designara con la mayor precisión posible, expresando su contenido y el lugar en que se encuentren, bajo pena de abonar, si los presentara después, las costas causadas por la presentación tardia.
Compartir