Transcriba el art. 557 C.P.C.C. juicio declarativo: Cualquiera fuese la sentencia quedará siempre a salvo, al actor y al ejecutado, el derecho de p...
Transcriba el art. 557 C.P.C.C. juicio declarativo: Cualquiera fuese la sentencia quedará siempre a salvo, al actor y al ejecutado, el derecho de promover el juicio declarativo que corresponda, sin que puedan volver a discutirse en él las defensas sobre las que ya recayó pronunciamiento, salvo que se fundaren en pruebas que no se pudieren ofrecer en el ejecutivo.
Compartir