14. El gravamen impuesto por el Estado Mar Azul:
Es válido siempre que no se imponga de modo discriminatorio.
No puede ser impuesto por el sólo hec...
14. El gravamen impuesto por el Estado Mar Azul: Es válido siempre que no se imponga de modo discriminatorio. No puede ser impuesto por el sólo hecho del paso del buque por su mar territorial. Sólo sería admisible bajo condición de reciprocidad. No puede ser impuesto en el caso, porque los Estados Sin Litoral gozan de una exención. Es válido siempre que el mismo haya sido publicado en debida forma.
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