( 12.3 ) Existe cosa juzgada formal cuando: No obstante ser inimpugnable la sentencia dentro del proceso en el que se dictó, existe la posibilidad ...
( 12.3 ) Existe cosa juzgada formal cuando: No obstante ser inimpugnable la sentencia dentro del proceso en el que se dictó, existe la posibilidad de obtener, en un proceso posterior, un resultado distinto al
Compartir