Logo Studenta

¿Cuáles son las contravenciones de primera clase según el artículo 393? 1. La o el fletero que sobrecargue las embarcaciones, por sobre la capacid...

¿Cuáles son las contravenciones de primera clase según el artículo 393?

1. La o el fletero que sobrecargue las embarcaciones, por sobre la capacidad autorizada.
2. La persona que destruya, inutilice o menoscabe los dispositivos de control de tránsito o señalética, o dañe el ornato de la ciudad o la propiedad privada de los ciudadanos con pinturas, gráficos, frases o cualquier otra manifestación, en lugares no autorizados. En los supuestos determinados en este numeral, la persona contraventora estará obligado a la reparación por los daños ocasionados.
3. La persona que tenga pozos sin las debidas seguridades.
4. La persona que realice escándalo público sin armas, salvo el caso de justa defensa propia o de un tercero.
5. La o el capitán del buque que navegue con dos a más patentes de navegación de diversas naciones o sin patente; el que navegue sin matrícula o bien sin otro documento que pruebe su nacionalidad y la legitimidad de su viaje.

Esta pregunta también está en el material:

Código Penal Integral 2020
353 pag.

Orgânica I Unidad Central Del Valle Del CaucaUnidad Central Del Valle Del Cauca

💡 1 Respuesta

User badge image

Ed IA de Studenta Verified user icon

Según el artículo 393, las contravenciones de primera clase son: 1. La o el fletero que sobrecargue las embarcaciones, por sobre la capacidad autorizada. 2. La persona que destruya, inutilice o menoscabe los dispositivos de control de tránsito o señalética, o dañe el ornato de la ciudad o la propiedad privada de los ciudadanos con pinturas, gráficos, frases o cualquier otra manifestación, en lugares no autorizados. En los supuestos determinados en este numeral, la persona contraventora estará obligado a la reparación por los daños ocasionados. 3. La persona que tenga pozos sin las debidas seguridades. 4. La persona que realice escándalo público sin armas, salvo el caso de justa defensa propia o de un tercero. 5. La o el capitán del buque que navegue con dos o más patentes de navegación de diversas naciones o sin patente; el que navegue sin matrícula o bien sin otro documento que pruebe su nacionalidad y la legitimidad de su viaje.

0
Dislike0

✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales