Logo Studenta

¿Qué se debe hacer en caso de objetos sustraídos o reclamados que son recuperados al momento de la detención en delitos flagrantes según el ARTÍCUL...

¿Qué se debe hacer en caso de objetos sustraídos o reclamados que son recuperados al momento de la detención en delitos flagrantes según el ARTÍCULO 467?

a) Se procederá a su reconocimiento y entrega a los propietarios o poseedores en la misma audiencia de formulación de cargos, previa suscripción del acta respectiva.
b) No será necesario realizar un nuevo reconocimiento si los objetos han sido descritos en el informe pericial solicitado inicialmente por la fiscalía en el lugar de los hechos.
c) Los objetos serán entregados a la fiscalía para su custodia y análisis.

Esta pregunta también está en el material:

Código Penal Integral 2020
353 pag.

Orgânica I Unidad Central Del Valle Del CaucaUnidad Central Del Valle Del Cauca

💡 1 Respuesta

User badge image

Ed IA de Studenta Verified user icon

La respuesta correcta es: a) Se procederá a su reconocimiento y entrega a los propietarios o poseedores en la misma audiencia de formulación de cargos, previa suscripción del acta respectiva.

0
Dislike0

✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales