Logo Studenta

¿Qué acciones colusorias se tramitarán en procedimiento ordinario según el Art. 290? a) Las que priven del dominio, posesión o tenencia de algún i...

¿Qué acciones colusorias se tramitarán en procedimiento ordinario según el Art. 290?

a) Las que priven del dominio, posesión o tenencia de algún inmueble o de algún derecho real de uso, usufructo, habitación, servidumbre o anticresis constituido sobre un inmueble o de otros derechos que legalmente pertenecen a un tercero.
b) Las que priven del dominio, posesión o tenencia de algún inmueble.
c) Las que priven del dominio, posesión o tenencia de algún derecho real de uso, usufructo, habitación, servidumbre o anticresis constituido sobre un inmueble.

Esta pregunta también está en el material:

CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS
51 pag.

Orgânica I Unidad Central Del Valle Del CaucaUnidad Central Del Valle Del Cauca

Todavía no tenemos respuestas

¿Sabes cómo responder a esa pregunta?

¡Crea una cuenta y ayuda a otros compartiendo tus conocimientos!


✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales