Según la definición de las Naciones Unidas (1993), se considera violencia de género: a) Cualquier acto que resulta en daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico en la mujer, incluyendo las amenazas de perpetrar dichos actos, coerción o privación arbitraria de libertad, ocurra esto tanto en espacios públicos como privados.
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