¿Cuál es la pena por autorizar la distribución de alimentos en descomposición o mal estado que ponga en peligro la salud de otro, según el artículo...
¿Cuál es la pena por autorizar la distribución de alimentos en descomposición o mal estado que ponga en peligro la salud de otro, según el artículo 464-Bis de la Ley General de Salud?
a) Seis meses a dos años de prisión o pena pecuniaria de 500 a 5 mil días de salario mínimo general vigente en la Distrito Federal o la zona económica de que se trate. b) De uno a nueve años de prisión y multa equivalente de cien a mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate. c) De tres a quince años de prisión y multa de cincuenta mil a cien mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica.
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