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Se ha discutido si estas segundas formalidades están establecidas ad solemnitatem o solamente ad probationem. Si se mantiene su carácter de solemni...

Se ha discutido si estas segundas formalidades están establecidas ad solemnitatem o solamente ad probationem. Si se mantiene su carácter de solemnidades, el incumplimiento del plazo o de la subinscripción tiene por efecto la nulidad absoluta e insanable del convenio. Los autores que defienden esta postura se apoyan en la literalidad de la frase “dentro de los treinta días subsiguientes” que utiliza el artículo 225, inciso 2º o bien comparan estos acuerdos con los pactos del artículo 1723 del Código Civil y les atribuyen los mismos efectos. La opinión contraria, que defiende el propósito de publicidad de la subinscripción, tiene algunos argumentos de texto que son importantes. El inciso final del artículo 225 prescribe que “mientras una subinscripción relativa al cuidado personal no sea cancelada por otra posterior, todo nuevo acuerdo o resolución será inoponible a terceros”. Luego, el acuerdo es válido entre las partes que concurren a otorgarlo y les es recíprocamente oponible. Lo que sucede es que los terceros que contratan con ellos (aquellos que no conocen las convenciones entre los padres) no están obligados a pasar por ellas. Esta inoponibilidad podría entonces sanearse subinscribiendo la escritura pública, el acta o la sentencia judicial fuera de plazo, con la finalidad de hacerla oponible a terceros, pues el artículo 6º de la Ley sobre Registro Civil no exige plazo alguno para subinscribir resoluciones judiciales que disponen sobre el cuidado personal del hijo. A fortiori, no debería exigirlo tampoco para subinscribir escrituras públicas, actas extendidas ante un oficial civil o sentencias de separación, nulidad o divorcio. Esta opinión parece más plausible que la que le da efectos absolutos a la parte final del inciso segundo del artículo 225, que manda cumplir con “las mismas solemnidades” para revocar estos acuerdos.

Esta pregunta también está en el material:

Cuidado de crianças em famílias separadas
42 pag.

Solução de Conflitos Universidad Antonio NariñoUniversidad Antonio Nariño

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