La competencia de la Administración General del Estado en la organización de la fase final de las competiciones que trasciendan el ámbito de una Comunidad Autónoma y tengan relevancia para la participación de los equipos deportivos en representación del deporte español en competiciones internacionales de esta condición es: b) Organizar la fase final de forma directa por el Consejo Superior de Deportes, por las federaciones deportivas o por cualquier entidad deportiva reconocida en esta ley.
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