En lo que respecta concretamente a la revisión de los libros litúrgicos, el criterio es admitir “variaciones y adaptaciones legítimas”, pero salvan...
En lo que respecta concretamente a la revisión de los libros litúrgicos, el criterio es admitir “variaciones y adaptaciones legítimas”, pero salvando “la unidad sustancial del rito romano” (SC 38). En el título de esta parte del documento, que corresponde a la letra d) de la sección III del capítulo I: “Normae ad aptationem ingenio et traditionibus populorum perfi ciendam”.
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